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MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES: SEGURIDAD EN EL
TRABAJO, HIGIENE INDUSTRIAL Y
ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
Asignatura:
FUNDAMENTOS Y TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES. RIESGOS QUÍMICOS
Profesor:
Eugenio Muñoz Camacho
CONTENIDOS
Con el fin de alcanzar los objetivos previstos se desarrollan los
siguientes contenidos, que corresponderían a los cuatro primeros
temas de la asignatura:
 El trabajo y la salud.
 Tipos de riesgoslaborales.
 Concepto de riesgo grave e inminente.
 Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional
• Necesidad de la acción preventiva.
• Principios generales de la acción preventiva.
 Organismoscompetentes.
• Evaluación deriesgos.
• Técnicas preventivas y plan de prevención.
• Los sujetos responsables de la prevención.
1. EL TRABAJO Y LASALUD
Aun siendo un concepto no muy sencillo de explicar, se ha
llegado a aceptar como concepto de trabajo, a aquella actividad
social convenientemente organizada, que a través de la
combinación de una serie de recursos de materias diferentes, como
pueden ser principalmente, los propios trabajadores, los materiales,
productos, equipos, máquinas, energía, tecnologías y organización,
permite al ser humano alcanzar unos objetivos prefijados y
satisfacer unasnecesidades.
La realización del trabajo por parte del hombre ha supuesto y
va seguir suponiendo, con los consiguientes aspectos tanto
positivos como negativos que ello comporta, una importante
modificación o transformación de la propia naturaleza, mediante el
concurso de dos elementos fundamentales en el mundo el trabajo,
que no son otros que, la tecnificación y organización del trabajo.
También sería necesario indicar que se entiende como
tecnificación, que no es sino el proceso mediante el cual, el hombre
elabora y fabrica todas aquellas herramientas, máquinas y equipos
materiales, dirigidas a la realización de una actividad específica, lo
que le debe permitir posteriormente realizar el trabajo de una forma
mucho más cómoda yrentable.
Por otra parte se entiende como organización del trabajo, a
aquel proceso mediante el cual el hombre, como animal social que
es, planifica y distribuye las diferentes actividades a desarrollar,
buscando generalmente obtener los mayores beneficios
económicos.
La conjunción perfecta de estos dos elementos unidos al
progreso tecnológico y social debería comportar una importante
mejora de la calidad de vida laboral, y por ende de las condiciones
en que se realiza el trabajo, eliminando o reduciendo muchos de los
problemas o riesgos que pudieran poner en peligro la salud de los
trabajadores. Sin embargo, la realidad es que todavía en los
puestos de trabajo se siguen presentando muchos de estos riesgos,
que pueden poner en peligro la seguridad y salud de los
trabajadores, y que por tanto es estrictamente necesario
identificarlos, evaluarlos y controlarlos.
Como se puede observar los conceptos de trabajo y salud
están íntimamente relacionados, con independencia de que los
propios conceptos.
A fin de comprender con suficiente claridad el concepto de
trabajo y sus consiguientes implicaciones con la salud, parece lo
más oportuno, explicar el sentido y contenido que puede tener el
término de salud.
Aunque el concepto de salud parece en un principio un
concepto muy sencillo, fácil de comprender, en realidad no es así,
por lo que habría que considerar antes de pasar a explicarlo, desde
que enfoque se quiere contemplar dicho concepto.
Así, si se quisiera considerar la salud desde un punto de vista
médico, dicho concepto se podría interpretar como la ausencia de
enfermedad, o el preservar, mantener o recuperar la salud.
Desde un punto de vista social, la salud podría considerarse
como un derecho de las personas, como un logro social o como un
mero resultado económico.
Ahora bien si se quisiera ver desde una concepción mucho
más ideal, habría que tener en cuenta la definición que para el
término de salud ha establecido la Organización Mundial de la
Salud (O.M.S.), definición que aunque data del año 1948, sigue
siendo todavía válida hoy en día, dado que va mucho más allá de
un logro social o del concepto único de ausencia de enfermedad, y
que según la cual
"la salud es un estado de bienestar físico, mental y
social completo y no meramente la ausencia de daño y
enfermedad".
Dentro del sentido que tiene esta definición habría que
resaltar algunos aspectos, que a nuestro juicio parecen
fundamentales, como puedenser:
- la orientación positiva que la O.M.S. confiere a la salud, al
considerarla como la ausencia de todo síntoma de
enfermedad, orientación totalmente contraria a la que se daba
en otras muchas definiciones, que necesariamente recurrían
a incorporar el concepto de enfermedad para poder definir la
salud, lo que comportaba una definición con un carácter
negativo.
- la concepción de la salud de una manera integral y
multidisciplinar, al incorporar dentro de ella, no solo a los
meros aspectos relacionados con la salud física, sino que
también contempla simultáneamente otros aspectos, como
son los psíquicos y los sociales, que desgraciadamente cada
día se presentan con una mayor frecuencia.
A partir de aquí, habría que tener en cuenta que dado que la
salud va a estar íntimamente relacionada con el trabajo y más
concretamente con la forma en que éste se lleva a cabo, sería
conveniente estudiar más detenidamente cuales serían aquellas
condiciones relacionadas con el trabajo que van a incidir
directamente sobre la salud de los trabajadores.
En primer lugar después de concebir la salud desde una
perspectiva integral, no parece lo más acertado estudiar las
Condiciones de Trabajo y sus repercusiones sobre la salud,
únicamente a través del estudio de una serie distintas de disciplinas
sobre la prevención de los riesgos derivados del trabajo, separadas
entre sí y encaminadas principalmente a luchar contra los
accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales
respectivamente, sino que parece lo más lógico estudiarlas desde
una óptica global.
Esta óptica global es la que hoy en día se la suele conocer
como Condiciones deTrabajo.
Profundizando más en este concepto, se podría decir de una
forma muy esquemática, que el concepto de Condiciones de
Trabajo va a englobar a todo aquel conjunto de variables que
definen la realización de una tarea concreta y el entorno en que
ésta se realiza, de tal manera que van a ser estas variables las que
van a permitir determinar la salud del trabajador, desde la triple
dimensión señalada por laO.M.S.
En los momentos actuales se puede decir que las
Condiciones de Trabajo abarcan todas aquellas series de
elementos y circunstancias que rodean la actividad laboral y que
entre otros aspectos pueden ser los siguientes:
- Las condiciones materiales correspondientes a la propia
realización del trabajo, como pueden ser entre otras:
• el esfuerzo
• la fatiga
• la temperatura
• la ventilación.
- Las condiciones de seguridad.
- La presencia de contaminantes en el lugar de trabajo, que a
su vez pueden ser:
• Contaminantes de tipofísico
• Contaminantes de tipo químico.
• Contaminantes de tipo biológico.
- Las características de la tarea, destacando su contenido
psicológico y profesional debido entre otros aspectos a su
carácter repetitivo, a la monotonía, tensión y carga mental
que ello puede comportar, posibilidades de comunicación, etc.
- Las características de la jornada de trabajo, entre cuyos
aspectos se podríanconsiderar:
• Duración de la jornada.
• Distribución dehorarios.
• Grado de flexibilidad,etc.
Con independencia de todo esto habría que tener en cuenta
que el estudio de las Condiciones de Trabajo y sus actuaciones
encaminadas a su mejora va a depender en gran medida del
entorno social en que se mueve nuestra sociedad, lo que
condiciona a su vez que el propio Estado promueva una serie de
legislaciones o actuaciones encaminadas a su estudio y mejora.
Estas obligaciones o recomendaciones parten de considerar
la salud de los trabajadores en el trabajo como un bien que es
preciso proteger y mantener. Aunque en su evolución se ha pasado
por diferentes etapas, algunas de las más significativas se han
podido encontrar en el siglo XIX cuando se establece dentro del
ámbito del derecho privado la obligación del empresario de reparar
la salud pérdida por el trabajador durante el trabajo.
Posteriormente en el año 1900 la Ley Dato, de la que
curiosamente este año celebramos su centenario, modificó
sustancialmente estos modelos del derecho a la protección de la
seguridad y salud de los trabajadores, de tal manera que es el
Estado el agente que se debe encargar de proteger la salud de los
trabajadores.
Lógicamente estas actuaciones se han ido modificando en
nuestro país, hasta tal punto que dentro de la propia Constitución
Española y más concretamente dentro de su artículo 40.2, se
encarga a los poderes públicos el velar por la seguridad y salud de
los trabajadores en el trabajo.
En este camino, no se podría en los momentos actuales,
realizar ningún comentario referente a las Condiciones de Trabajo,
sin hacer mención expresa a la Ley 31/1995 de Prevención de
Riesgos Laborales de 8 de noviembre que tiene por objeto
fundamental la determinación del cuerpo básico de garantías y
responsabilidades preciso, para establecer un adecuado nivel de
protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de las Condiciones de Trabajo, y ello en el marco de una
política coherente, coordinada y eficaz de prevención de riesgos
laborales.
Dicha Ley va encaminada a la prevención de los riesgos
derivados de estas condiciones de trabajo, que en su apartado 7 de
su artículo 4 referente a definiciones considera de forma textual:
"Se entenderá como condición de trabajo cualquier
característica del mismo que pueda tener una influencia
significativa en la generación de riesgos para la
seguridad y salud del trabajador. Quedan
específicamente incluidas en esta definición:
a) Las características generales de los locales,
instalaciones, equipos, productos y demás útiles
existentes en el centro detrabajo.
b) La naturaleza de los agentes físicos, químicos y
biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus
correspondientes intensidades, concentraciones o
niveles de presencia.
c) Los procedimientos para la utilización de los agentes
citados anteriormente que influyan en la generación de
los riesgosmencionados.
d) Todas aquellas otras características del trabajo,
incluidas las relativas a su organización y ordenación,
que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté
expuesto eltrabajador.
Como se puede deducir de una primera lectura de este
artículo, las Condiciones de Trabajo van a ser un tema de interés,
dado que van a tener una influencia en la generación de los riesgos
para la seguridad y salud de los trabajadores, motivo por lo que se
considera necesario hacer algunas observaciones sobre estos
nuevos conceptos que hemos vertido.
A la hora de realizar los estudios encaminados a una mejora
de las condiciones de trabajo, se deberán tener en cuenta no solo
aquellas condiciones que van dirigidas a evitar los accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales, sino que también aquellas
otras condiciones encaminadas a que el trabajo se realice en unas
condiciones tales, que no supongan un perjuicio bien de tipo físico,
mental o social, al mismo tiempo que las distintas exigencias de las
tareas realizadas estén en perfecta consonancia con las propias
capacidades de las personas que las realizan.
2. TIPOSDE RIESGOS LABORALES
2.1. Concepto de riesgolaboral
El primer y principal problema se plantea a la hora de intentar
traducir y comprender el significado que en la terminología sajona
presentan dos conceptos tan diferentes como son los de hazard y
risk, para los que en nuestro idioma no se ha planteado en
numerosas ocasiones darles un significado diferente, por lo que se
les traduce por el mismo término (riesgo) y se usan indistintamente,
aunque en su origen sajón tengan un sentido técnico totalmente
diferente.
El término hazard que a la hora de traducirlo a nuestro idioma
no debe hacerse mediante el término riesgo, sino por el de peligro,
representa:
"aquella fuente o situación con capacidad de producir daño en
términos de lesiones, daños a la propiedad, daños al medio
ambiente o a una combinación de ellos."
En tanto que el término risk debe ser traducido a nuestro
idioma mediante el término riesgo, teniendo como significado el de
ser: "la combinación de la frecuencia y la probabilidad y de las
consecuencias que podrían derivarse de la materialización de un
peligro."
El concepto de riesgo siempre lleva asociado dos elementos: la
frecuencia con la que se materializa un peligro y las consecuencias
que de ello puedanderivarse.
De lo expuesto se puede decir sin temor a equivocarse que el
término de riesgo siempre lleva asociado una posibilidad o
probabilidad, de que se pueda materializar un peligro, provocando
unas consecuencias negativas para la seguridad y salud de los
trabajadores.
Ahora bien hay que destacar que el concepto de probabilidad
que necesariamente lleva asociado el concepto de riesgo, no es
una probabilidad eminentemente matemática, sino que está
considerada en su sentido más amplio como el de una posibilidad
de que pudiera llegar a producirse un determinado daño para la
seguridad o salud de laspersonas.
El concepto de riesgo implica siempre una eventualidad de
que se pueda producir un hecho futuro no deseado, de carácter
negativo, lo que viene a significar que siempre es una realidad
posible.
A partir de estas explicaciones se puede deducir de una
manera muy sencilla que el Riesgo cero o nulo, no existe, dado
que la probabilidad cero o nula, en la realidad es prácticamente
imposible de conseguir, con lo que se puede decir que siempre
existe para cada situación de trabajo, un riesgo, por pequeño que
este sea.
Ahora bien, con independencia de que cada situación de
trabajo lleve incorporado un riesgo, éste se puede considerar como
aceptable o como situación sobre la que no es preciso realizar
ninguna actuación de control de riesgos, cuando la probabilidad
existente es considerada como aceptable o sumamente pequeña
por una determinadasociedad.
El Artículo 4 punto 2 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales contemplatextualmente:
“Se entenderá como riesgo laboral la posibilidad de que un
trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para
calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se
valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el
daño y la severidad del mismo."
2.2. Tipos de riesgoslaborales
2.2.1. Riesgos deaccidente
Comúnmente se habla de riesgo de accidente, por ejemplo,
de caída de altura, de atrapamiento, de explosión, etc., que puede
ser desencadenado por la existencia de uno o, en general, varios
factores de riesgo. De la probabilidad de que se produzca el
accidente, en este caso, y los daños que pueden derivarse como
consecuencia de que ocurra, se evalúa el riesgo, pudiendo
calificarlo desde el punto de vista de su gravedad.
Hay que tener en cuenta de que se conjugan dos variables de
probabilidad. Una es la probabilidad de que se produzca el
accidente, y otra la probabilidad de que ocurrido el accidente éste
dé lugar a mayores o menores daños.
Habrá, por ejemplo, una probabilidad de desprendimiento de
objetos desde una cierta altura y una probabilidad de que lleguen a
producir lesiones graves. Tanto una posibilidad remota de que se
desprenda un objeto, aunque sea pesado y desde una altura
apreciable, aunque si llegara a producirse sería muy probable que
ocasionara graves lesiones, como la muy probable caída de un
pequeño objeto elástico desde una baja altura que sería improbable
que produjera lesión alguna, podrían, ambos riesgos, calificarse
como leves oirrelevantes.
2.2.2. Riesgosambientales
Existe otra clase de riesgo además del de accidente. Se
suelen denominar riesgos ambientales o riesgos de sufrir una
alteración de la salud (enfermedad o patología). Pueden ser
desencadenados por uno o varios factores, (agentes químicos o
físicos, por ejemplo) o de organización del trabajo.
En el caso de riesgos ambientales la probabilidad de que se
produzca el daño viene representada por la dosis del agente
contaminante recibida por el organismo. Esta dosis puede medirse
como energía recibida por unidad de tiempo, si se trata de un
agente físico, o como cantidad de sustancia que penetra en el
organismo por unidad de tiempo, si se trata de un agente químico.
Si se trata de agentes físicos hay que considerar el área,
zona u órgano del cuerpo afectado o que pueda verse afectado por
la exposición a según qué tipo de agente y tener en cuenta además
determinadas características propias del mismo agente. Así por
ejemplo, para una radiación ionizante es muy diferente si se expone
el ojo o una parte de la piel, o todo el cuerpo, o si se trata de una
sustancia emisora que ha penetrado en el interior del organismo.
En la exposición a agentes químicos hay que considerar las
vías de penetración en el organismo. Con ocasión del trabajo, la
vía más común es la respiratoria, aunque existen muchos casos en
los que el agente se absorbe además a través de la piel. Cualquier
otra vía, oral, parenteral, resulta altamente improbable en el caso
del trabajo.
La severidad del daño que puede producirse por exposición a
los agentes químicos ambientales se suele determinar mediante el
porcentaje de casos que se presentan para una dosis determinada
y se denomina respuesta. La relación entre ambos parámetros se
denomina relación dosis-respuesta y es de difícil obtención. En la
práctica común para evaluar un riesgo ambiental se mide el nivel
promediado en el tiempo de la presencia del contaminante en el
puesto de trabajo (intensidad o concentración media, según se trate
de un agente físico o químico) y se compara con los valores-límite
(intensidades o concentraciones promediadas) de referencia. Para
ciertos agentes físicos, como el ruido o las radiaciones ionizantes
es relativamente sencillo medir la dosis recibida, por lo que los
valores-límite se suelen dar en términos de dosis.
Llegados a este punto, en relación con los riesgos
ambientales, es decir, debidos a agentes ambientales, conviene
distinguir dos clases de efectos: los inmediatos y los diferidos en el
tiempo.
Con la denominación efectos inmediatos, se quiere expresar
que el daño se produce nada más se desencadena el suceso que lo
causa, pudiendo evolucionar a partir de esta acción de una manera
continuada tanto a un agravamiento como a una mejoría. Este es el
caso, por ejemplo, de un accidente de caída de altura con resultado
de lesiones. Pero también la exposición a un ruido de impacto (un
disparo) con resultado de perforación del tímpano, o la salpicadura
de un líquido corrosivo sobre la piel con resultado de una
quemadura química (destrucción de los tejidos). A esta posibilidad
se refieren los riesgos de accidente, mencionados en el epígrafe
anterior, pudiendo intervenir también los agentes físicos y químicos
mencionados en éste, cuando actúan produciendo efectos de
carácter inmediato, como los de los ejemplos, efectos éstos
denominados efectosagudos.
Sin embargo, los daños o efectos a los que se refieren los
riesgos ambientales son diferidos en el tiempo. Es decir, que la
exposición continuada o repetida a unos determinados niveles o
dosis de uno o más agentes ambientales, supone la posibilidad de
sufrir al cabo de un cierto tiempo una alteración de la salud. Así una
pérdida de la capacidad auditiva por exposición a altos niveles de
ruido durante un prolongado espacio de tiempo o un cáncer por
haber estado expuesto a un agente cancerígeno años atrás
(mesotelioma y exposición por vía respiratoria a fibras de amianto
hasta treinta años antes incluso). Estos efectos que pueden
manifestarse tiempo después, meses y hasta muchos años, se
denominan efectos crónicos y son característicos de los riesgos
ambientales. Aunque no exclusivos de ellos, puesto que existen
patologías debidas a otras causas como las malas posturas o los
movimientos no adecuados y repetidos, (métodos y organización de
la tarea inadecuado, mal diseño y adaptación defectuosa del puesto
de trabajo a la persona) que pueden dar lugar con el tiempo a
patologías en músculos yhuesos.
Caso aparte, y aún más complicado por su especial índole,
son los riesgos ambientales en los que están implicados agentes
biológicos. En general, tanto estos últimos como los demás riesgos
ambientales, por la dificultad de advertir sus efectos y relacionarlos
con sus causas, que incluso pueden haber desaparecido cuando se
ponen de manifiesto los primeros signos que los delatan, por la
complejidad y gran diversidad de tales riesgos así como por las
técnicas de identificación y evaluación, necesitan de una
reglamentación técnica y metodología específica, y de profesionales
especializados para su tratamiento.
2.2.3. Riesgospsicosociales
En cuanto a los factores de riesgo relacionados con la
organización del trabajo se puede hablar de riesgos psicosociales.
La dificultad de su evaluación estriba en que las posibles
alteraciones de la salud suelen ser inespecíficas y además resulta
también muy difícil discernir en qué medida se deben a factores de
riesgo laborales y a factores extralaborales. Lo cual no quiere decir
que carezcan de importancia o que no se deban tomar medidas
preventivas. Es más, estos problemas que surgen de la
organización del trabajo, pueden ser determinantes en la
productividad y en la calidad final del producto o servicio que se
ofrece, por lo que la adopción de medidas para su detección y de
las soluciones idóneas debe ser tarea prioritaria en la gestión de la
empresa.
3. CONCEPTO DE RIESGO GRAVE E INMINENTE.
Particular atención merece las situaciones en las que pueda
considerarse que existe un riesgo grave e inminente. La Ley de
Prevención lo define como aquel que resulte probable
racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda
suponer un daño grave para la salud. A continuación aclara que
esta definición se refiere tanto a los daños inmediatos como a los
diferidos, incluyendo por lo tanto las situaciones en las que
probablemente se produzca una exposición a un agente de la que
puedan derivarse daños para la salud, aun cuando éstos no se
manifiesten de formainmediata.
Las características de estas situaciones son:
- Existe una probabilidad racional de que se materialice, es decir: es
muy posible que el riesgo se desencadene (una caldera con
sobrepresión, una techumbre en malas condiciones y que es muy
posible que se derrumbe, un depósito con un agente tóxico
sometido a una temperatura anormalmente elevada,...)
- La materialización se aprecia inminente y por lo tanto difícilmente
evitable en un corto espacio de tiempo (no responden los
dispositivos de seguridad, por ejemplo válvulas, de una caldera
donde su presión sigue elevándose más allá de la que puede
soportar por lo que está a punto de estallar; aparecen indicios
determinantes, por ejemplo grietas que se acrecientan, en una
techumbre en mal estado, por lo que parece que se derrumbará de
un momento a otro; se abre una fisura en un depósito con un
agente tóxico que comienza a escaparse,...).
- Se pueden derivar daños graves (en los ejemplos citados
anteriormente: si se está situado en el campo de influencia de la
explosión de la caldera, y cuanto más próximo a ella peor, puede
originarse múltiples y graves lesiones que pueden llegar a ser
irreversibles; análogas consecuencias pueden tener lugar si se está
debajo de la techumbre cuando se derrumba; dependiendo del
grado de toxicidad así como de la cantidad de agente tóxico
incorporada al organismo, que a su vez depende de la
concentración en el ambiente y del tiempo exposición, las
consecuencias puedan ser muy graves al producirse una severa
alteración de la salud -enfermedad- que puede manifestarse más
adelante y llegar a ser incluso irreversible)
Cuando se habla de peligro grave e inminente se expresa lo
mismo que riesgo grave e inminente.
En relación con esta situación el empresario está obligado a
adoptar las medidas adecuadas y suministrar las instrucciones
precisas para actuar en caso de emergencia de manera rápida y
eficaz con el fin de evitar las consecuencias del peligro. Además el
trabajador tiene pleno derecho a interrumpir unilateralmente su
actividad y, en caso necesario, abandonar el puesto de trabajo. Este
es el derecho de resistencia del trabajador que le asiste
oponiéndose a lo ordenado por el empresario en situaciones como
ésta, de riesgo grave e inminente, o en otras tales como aquellas en
las que se pudiera ir en contra de su dignidad personal.
4. CONCEPTOS DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD
PROFESIONAL
Accidente de trabajo
Para diferenciar los accidentes de trabajo de las otras
agresiones a la salud y bienestar de los trabajadores como
consecuencia de su trabajo nos fijaremos en la “dureza” del
agresivo y en la velocidad de la producción del daño. Así, se tienen
agresiones que causan malestar, insatisfacción u otros daños
inespecíficos y que, aun prolongándose en el tiempo, no generan
lesiones físicas o psíquicas claramente demostrables. Otras formas
de agresión, cuando se repiten a lo largo de un determinado
período, acaban produciendo enfermedades perfectamente
diagnosticables (enfermedades profesionales: silicosis, saturnismo,
sorderaprofesional…).
Por último, hay agresiones que actuando sólo una vez
producen lesiones perfectamente diagnosticables de carácter leve,
grave o mortal. Este tipo de agresiones son los accidentes de trabajo.
Estos accidentes de trabajo son los indicadores inmediatos y
más evidentes de una inadecuadas Condiciones de Trabajo y, dada
su gravedad, la lucha contra ellos es el primer paso en toda
actividadpreventiva.
¿Cómo definimos el ACCIDENTE DE TRABAJO legalmente?
Legalmente se considera accidente de trabajo toda lesión
corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del
trabajo que ejercite por cuenta ajena (Real Decreto 1/1994, de 20
de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de la SeguridadSocial).
Analizándola nos
encontramos con tres
características:
♦ Lesión corporal.
♦ Sufrido por el trabajador por
cuenta ajena.
♦ Con ocasión o por consecuencia del trabajo.
1) Lesión corporal.
Normalmente, el término lesión se asimila a golpe o herida de
consecuencias inmediatas, si bien la definición de lesión que da la
Real Academia de la Lengua es la de “daño o detrimento corporal por
herida, golpe o enfermedad”.
A raíz de la Ley de 1900 se suscita la duda sobre si la
enfermedad quedaba dentro o no del concepto de accidente de
trabajo, que resultó aclarada con una sentencia del Tribunal
Supremo de 17 de junio de 1903, al considerar que el accidente de
trabajo incluía también el de enfermedad profesional.
En consecuencia, la lesión corporal, no sólo se refiere al hecho
de que como el golpe, la herida o la quemadura tienen un reflejo
inmediato y directo en su producción, sino a otros que, como la
enfermedad en toda su acepción, tanto física como psíquica, común o
profesional, venga diferida en el tiempo por su lógica evolución,
siempre que, por supuesto, se den en ella el resto de los requisitos
que más adelante se refieren.
2) Sufrida por el trabajador por cuenta ajena.
Se excluye pues el que pudiera ser contraído por el trabajador
autónomo.
3) Con ocasión o por consecuencia de trabajo.
La expresión “con ocasión” parece más bien referida a una
relación de tipo inmediata o aparición inminente del efecto (golpe-
herida), mientras que “por consecuencia” tiene una aceptación
inmediata en el sentido de poder diferir en el tiempo sus efectos
(enfermedad común o profesional) o en el hecho de no provocar la
lesión pero dar lugar a que se produzca.
No es suficiente, pues, que el trabajador sufra una lesión
corporal, sino que ésta, para su consideración como accidente de
trabajo, tiene necesariamente que estar en relación con el trabajo
realizado. De producirse un hecho o circunstancia que rompa este
nexo causal, el evento perderá la calificación de accidente de trabajo.
Tendrán consideración de accidente de trabajo:
♦ Los que sufra el trabajador al ir o volver del lugar o centro de
trabajo; es el denominado accidente “in itinere” (del latín iter =
camino).
♦ Los que sufre el trabajador con ocasión o como consecuencia del
desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los
ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten lasfunciones
propias de dichoscargos.
♦ Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que,
aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecuta el
trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o
espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la
empresa.
♦ Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza
análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
Son escasos los supuestos que se dan relacionados con el acto
de salvamento. Si el acto se realiza por orden del empresario, nos
encontraríamos en el supuesto contemplado anteriormente y si es
acción espontánea del trabajador, debe tener por causa el trabajo.
♦ Las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la
realización de su trabajo siempre que se apruebe que la
enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo.
No se refiere, por supuesto, a las profesionales y que están
tipificadas en un cuadro exclusivo y excluyente, sino a
enfermedades comunes que el trabajador demuestre tuvieron su
causa exclusiva en la realización del trabajo.
♦ Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el
trabajador que se agraven como consecuencia de la lesión
constitutiva del accidente.
Representa en la práctica el que, frecuentemente, lesiones
congénitas o degenerativas acaben adquiriendo la consideración
de accidente de trabajo en cuanto la región anatómica afectada
coincida con la que corresponde a las lesiones anteriormente
producidas.
♦ Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su
naturaleza, duración, gravedad o terminación por enfermedades
intercurrentes.
Desde el punto de vista
preventivo, la lesión física no
necesariamente debe ir
asociada al accidente de
trabajo, produciéndose en
muchas ocasiones accidentes
llamados blancos (Fig. 1) y que
es necesario controlar. Por ello
se amplía técnicamente el
concepto de accidente de
trabajo.
Figura1
Enfermedad profesional
La enfermedad profesional se encuentra definida en el art. 116
del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 20
de junio de 1.994 como “la contraida a consecuencia del trabajo
ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en
el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y
desarrollo de esta Ley y que ésta proceda por la acción de elementos
o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad
profesional”.
Parece claro que el concepto de enfermedad profesional viene
derivado del propio de accidente de trabajo: “Lesión corporal que el
trabajador sufre con ocasión o a consecuencia del trabajo realizado
por cuenta ajena”, ya que la lesión corporal no tiene que implicar
necesariamente una inmediatez en sus consecuencias (golpe-herida),
sino que ésta puede derivarse en el tiempo apareciendo después de
Accidente de trabajo es un suceso anormal, no querido ni deseado
que se presenta de forma brusca e inesperada, normalmente es
evitable, interrumpe la continuidad del trabajo y puede causar
lesiones a las personas.
transcurrido un plazo más o menos largo y es precisamente en la
consecuencia del trabajo donde encaja la enfermedad profesional
más que en la ocasión, que parece referida a esa espontaneidad
propia del accidente.
Son elementos del concepto de enfermedad profesional:
1 El trabajo por cuenta ajena: Se excluye, pues, la que pudiera ser
contraída por eltrabajador autónomo.
1 Que sea consecuencia de las actividades que se especifiquen en
el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y
desarrollo de la Ley: Por tanto las enfermedades adquiridas por
consecuencia del trabajo que no se encuentren reflejadas en el
indicado cuadro puedan quedar incluidas en el concepto de
accidente laboral, pero no tiene la consideración de enfermedad
profesional.
1 Que proceda de la acción de sustancias o elementos que en dicho
cuadro se indiquen para cada enfermedad: Es decir, es necesario
que la Enfermedad Profesional se haya producido precisamente
por los elementos, sustancias o sustancias que detalla el cuadro
aprobado por el Real Decreto 1995/1978 mencionado para cada
tipo de enfermedad. Si las sustancias, agentes, etc. provienen del
trabajo pero no se encuentran entre las que en el indicado cuadro
dan lugar a la enfermedad profesional, estaríamos ante un
enfermedad que podría tener la consideración de accidente de
trabajo.
Diferencia entre enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Así como la definición de accidente es muy conocida, la
enfermedad profesional no lo es tanto para los que no son médicos.
La enfermedad profesional es la ocasionada por la exposición
repetitiva a determinados agentes ambientales que se presentan en
los puntos de trabajo, como consecuencia del desarrollo de
procesos y tareas en el transcurso del trabajo por cuenta ajena.
Para que se produzca una enfermedad profesional debe
producirse un CONTACTO entre la persona y el agente
contaminante causa de la misma: Esta es la semejanza absoluta y
total entre el accidente y la enfermedad profesional: el contacto, el
nexo causal.
La diferencia entre ambos es la DURACIÓN DEL
CONTACTO. En un accidente la duración es corta (casi
instantánea), mientras que en la enfermedad profesional la duración
debe ser prolongada (bien en cortos períodos repetitivos, bien en
exposiciones prolongadas). Así, el organismo humano ve minadas
sus defensas día tras día, hasta llegar a sobrepasar el límite de
tolerancia y comienza a desarrollar síntomas de la enfermedad.
Como decíamos respecto a los accidentes, y aquí con más
motivo, no podemos esperar a que aparezcan los síntomas de la
enfermedad para empezar a actuar, ya que, generalmente, los
efectos de estas enfermedades son irreversibles.
No debe confundirse la enfermedad profesional con el caso de
una intoxicación aguda por una sobreexposición a un agente
ambiental. Esto último es un accidente.
5. NECESIDAD DE LA ACCIÓN PREVENTIVA.
El balance humano y económico de los accidentes laborales y
de las enfermedades profesionales es considerable. De los 150
millones de trabajadores con que cuenta la Unión Europea, casi 10
millones sufren cada año incidentes, accidentes o enfermedades en
el lugar de trabajo. Sus efectos son mortales para unos 8.000
trabajadores. Se estiman en 20.000 millones de euros las
indemnizaciones abonadas anualmente en concepto de accidentes
y enfermedades laborales, aparte de los costes indirectos, difíciles
de calcular, pero cuya cuantía es muy importante.
En los países industrializados se estima que los accidentes
vienen a costar entre el 1 y el 3 por 100 del PIB, y debe pagarlos la
comunidad social, que además se ve obligada a crear y mantener
instituciones para desarrollar funciones relacionadas con la gestión
e indemnización de accidentes y como consecuencia hay capitales
que no pueden ser empleados en inversiones productivas.
Aunque los costes de los accidentes comportan dos aspectos
muy diferentes entre sí, los humanos y los económicos, se podría
decir desde un punto de vista ético y moral que el coste humano,
con los consiguientes sufrimientos para los propios accidentados y
sus familias, sería razón más que suficiente para poner todos los
medios económicos y humanos precisos para evitar que éstos
ocurrieran.
También es preciso definir a quién afecta realmente este
coste, o dicho de otro modo quién lo paga. Tal es el caso del propio
accidentado, su familia, la empresa, la compañía aseguradora, la
sociedad, etc.
Relacionamos esquemáticamente los costes para el
accidentado y para la sociedad centrándonos a continuación en el
coste para la empresa.
a) Coste para elaccidentado
Coste humano
* Dolor y sufrimientofísico.
* Pérdida de la capacidad de trabajo o la profesión.
* Sufrimiento en lafamilia.
* Marginación social del incapacitado.
Coste Económico
* Disminución de ingresos temporal o definitivamente
* Gastos adicionales.
b) Coste para laSociedad
Coste humano
* Muertes.
* Minusvalías.
* Lesiones graves yleves.
* Deterioro de la calidad devida.
Coste económico
* Contabilizado:
Indemnizaciones de la Seguridad Social
* Oculto:
Deterioro de bienes : materiales, equipo, instalaciones, etc.
Actuaciones obligadas : Investigaciones, procesos, etc.
Sustracción de recursos humanos para el trabajo.
c) Coste para laempresa.
Contemplemos un coste humano para la empresa, derivado
de la pérdida de recursos humanos (los accidentados) y los
problemas para otros compañeros o mandos que se ven sometidos
a procesos e incluso condenas judiciales.
Es muy importante conocer el coste económico pues incide
directamente sobre el beneficio económico de la empresa.
Existen distintos métodos para calcular estos costes teniendo
en común el diferenciar los costes que se pueden cuantificar con
facilidad (directos o asegurables, etc.) de otros que en principio
aparecen más o menos ocultos pero que en la mayoría de los casos
son muy cuantiosos (indirectos y no asegurables). Se han estimado
en los cálculos oficiales los costes ocultos en más de 5 veces los
costescuantificables.
Se consideran costes asegurados los que estipulan la
legislación vigente de acuerdo con la actividad. Si la
responsabilidad civil se asegura la prima iría incluida en este
apartado.
Entre los costes no asegurados pueden ser considerados:
- Tiempo perdido por el accidentado (no cubierto por el
seguro) o por otroscompañeros.
- Tiempo perdido por los mandos; asistiéndole,
investigando el accidente, preparando el trabajo para continuarlo
otro trabajador, elaborando informes, atendiendo a autoridades de
la Administración (Inspección de Trabajo), etc.
- Primeros auxilios y atención médica no cubierta por el
seguro.
- Daños sufridos por la maquinaria, herramientas, equipo
y materiales a consecuencia del accidente.
- Interferencias de producción, fallos en el suministro,
penalizaciones por retrasos en la entrega de los pedidos.
- Pérdida de productividad generada por el malestar que
ocasiona el accidente. Varía según la gravedad de lo ocurrido.
- Energía, alquileres, etc. que continúan mientras el
accidentado sigue improductivo.
- Procesos, condenas judiciales, abogados, etc. además
de las posibles indemnizaciones que puedan derivarse.
- Sanciones administrativas por infracciones a la
normativa legal. Por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
estas sanciones pueden llegar a 100 millones de pesetas.
- Pérdida de imagen y de mercado de la empresa.
Dado que el accidente es repentino e inesperado, algunas
empresas posponen la inversión en prevención confiando en que no
ocurra nada. Las estadísticas demuestran que en demasiados
casos la "suerte" no acompaña a este tipo de decisión.
El que se haga o no prevención depende del interés que
despierten los resultados que se esperan. Es un acto de la voluntad
que exige esfuerzos y recursos económicos.
La idea de que las actividades preventivas son contrarias al
beneficio económico de las empresas ha sido el freno que ha
impedido la ejecución de las medidas preventivas en la mayoría de
los casos y ha permitido la existencia del riesgo y los siniestros
derivados del mismo. Por ello el enorme interés que siempre han
despertado los aspectos económicos.
Por las razones expuestas nuestro objetivo será desarrollar
para cualquier sistema productivo, un plan de inversiones en
prevención que permita seleccionar, entre las alternativas de
inversión en medidas preventivas posibles, la combinación óptima
de las mismas desde el punto de vista económico preventivo y
hacerlo utilizando el mismo lenguaje y parámetros para la decisión
que los usados habitualmente en la empresa para seleccionar otros
tipos deinversiones.
Casi todas las inversiones en medidas preventivas tienen
como expectativa de beneficio la reducción de los daños
ocasionados por unos siniestros que pueden o no ocurrir. Por esta
razón las expectativas de beneficio están basadas en aspectos
probabilísticos, lo que constituye un pobre aliciente para el
empresario.
Debemos tener presente que este aspecto, en muchos casos
probabilístico, de los beneficios de las inversiones no es ajeno al
resto de las que se efectúan en la empresa: producción, nuevos
productos, etc. donde la mayor parte de las veces se trabaja con
beneficios esperados o posibles. Es el riesgo inherente a la
actividadempresarial.
Se abre de esta manera un ancho campo de expectativas a la
economía de la prevención en la empresa pues permite adoptar las
técnicas de economía y decisión empresarial a este campo e
integrar estas materias en las actividades de la empresa como una
posibilidad más para el desarrollo económico de la misma.
Si la gestión económica de la prevención que se realice es
adecuada la combinación de gastos e ingresos podrán representar
unos beneficios para laempresa.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al
empresario a realizar la prevención de riesgos laborales mediante la
adopción de cuantas medidas sean necesarias con el fin de
garantizar una protección eficaz de la seguridad y la salud de los
trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con
el trabajo.
Esta obligación, manifestada de esta manera tan absoluta, es
una consecuencia del poder de dirección del empresario, que
asigna determinadas tareas y funciones, en unas condiciones de
trabajo fijadas por él. Estas condiciones de trabajo deben ser tales
que no supongan una amenaza para la salud y para la integridad
física de los trabajadores. En suma: no deben provocar ni favorecer
la aparición de accidentes y enfermedades o patologías.
Como tampoco deben ser estas condiciones de trabajo las
que perturben la buena marcha del sistema productivo y sean
fuente de errores, pérdidas, retrasos, defectos, etc., que
correspondan a una mala gestión de la empresa, traducida
finalmente en una baja productividad y una calidad defectuosa del
producto o servicio que se ofrece.
En un mercado tan marcadamente competitivo como el de
esta época, el Mercado Único Europeo, abierto al mercado global
mundial, los objetivos de calidad son imprescindibles para la
supervivencia y desarrollo de las empresas. Para alcanzar la
calidad del producto o servicio que se ofrece al final del proceso
productivo, se debe mantener una coherencia entre todas las
funciones que se ejercen en la organización de la empresa, con
unos objetivos de calidad en todas las fases del sistema productivo:
en la misma fase inicial de concepción y diseño, la adquisición de
equipos y materiales y materias primas de calidad adecuada , la
implantación (y el buen mantenimiento y control) de las
instalaciones y equipos, con una calidad en la gestión de la
empresa, en el proceso productivo y en el producto final, incluidasu
puesta en el mercado. Desde esta perspectiva se comprende que
debe estar incluida la calidad de las condiciones de trabajo para los
objetivos de calidad total.
Siguiendo el dicho: la cadena se rompe por el eslabón más
débil, en el concepto de calidad total se excluye cualquier "dejadez"
en ningún aspecto del sistema productivo. Es obvia la necesidad de
aplicar el mismo rigor en todos los ámbitos si no se quiere exponer
al fracaso la estrategia de calidad que se pretende establecer.
La calidad constituye hoy un objetivo prioritario de las
empresas. Aunque no se trata de un objetivo novedoso, durante los
últimos años un creciente número de empresas de muy diferentes
países y sectores se han embarcado en procesos cuyo objetivo es
lograr una diferencia en la calidad de sus productos o servicios con
la esperanza de que ello contribuiría a despejar las incertidumbres
sobre su futuro en un entorno tan cambiante y competitivo como el
actual.
La calidad, definida como la aptitud de un producto o servicio
para satisfacer las necesidades explícitas o potenciales de los
usuarios, es el resultado de las calidades del conjunto de acciones
complementarias y sinérgicas de todas las funciones de la empresa.
Ello implica que la calidad de un producto o servicio sólo será
alcanzable si todas y cada una de las etapas de producción, desde
el diseño del producto hasta la comercialización del mismo, poseen
el nivel de calidad adecuado. La creciente competitividad
internacional hace que ese nivel no sea estable, sino que se torne
cada vez más elevado.
No cabe duda del papel central que ocupan los trabajadores
en este continuo proceso. De hecho, las teorías sobre Calidad Total
tienen como premisa considerar a cada operario o departamento de
la organización como un cliente interno, en relación con la tarea del
trabajador que le precede en la secuencia de trabajo. Los
trabajadores no son, por tanto, una pieza más del proceso de
calidad, sino probablemente, la más importante; sin cuyo concurso
cualquier esfuerzo en ese sentido se torna baldío. Como señala un
conocido experto “... los principales obstáculos a la calidad no son
técnicos sino decomportamiento”
Debe, por otra parte, resaltarse que los principios teóricos de
la calidad y los principios normativos de la seguridad y salud en el
trabajo son coincidentes en una alta medida ya que:
• La seguridad, como la calidad, empieza por la dirección.
• La seguridad, como la calidad, es un proyecto permanente.
• La seguridad, como la calidad, se basa fundamentalmente
en la actuación preventiva y no en la acción reparadora.
• La seguridad, como la calidad, ha de aplicarse en todas las
fases del ciclo de vida de los productos y en todas las
etapas de los procesos productivos. Es necesario prevenir
fallos tanto en las condiciones normales como anormales
que puedanacontecer.
• La seguridad, como la calidad, es medible. Sólo se puede
ser eficaz si somos capaces de medir y evaluar la situación
en la que estamos y cómo evolucionamos. En ambas
áreas, las técnicas de evaluación son similares, e incluso
algunas son idénticas.
• La seguridad, como la calidad, es tarea de todos.
• La seguridad, como la calidad, se logra mediante la
formación.
• La seguridad, al igual que la calidad requiere para su plena
eficacia, un cambiocultural.
Ante tales coincidencias la conclusión es bien simple: la
calidad y la seguridad vienen a ser dos caras de la misma moneda.
La experiencia demuestra que una actuación decidida en la
mejora de las condiciones de trabajo y, por tanto, de las condiciones
de seguridad y de salud laboral, con la participación y compromiso
de los trabajadores, allanará el camino hacia la calidad, creando el
clima de confianza mutua que ofrece toda inversión en lo humano.
Es crucial, pues, partir del convencimiento de la necesidad de
diseñar, mantener y controlar unas buenas -de calidad- condiciones
de trabajo. Se impone, además un clima de mutua confianza y
colaboración con los trabajadores. De aquí el valor de unos cauces
de comunicación y participación.
En definitiva, la gestión de la prevención de los riesgos
laborales debe estar integrada en la gestión global de la empresa,
con la determinación de unos objetivos formando parte de los
objetivos de calidad, planificando y organizando la actividad
preventiva en el conjunto del sistema productivo y de la
organización de laempresa.
6. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ACCIÓN PREVENTIVA.
El concepto de Prevención conlleva que se actúe
necesariamente sobre el riesgo bien actuando sobre la probabilidad
o bien actuando en algunas ocasiones sobre las consecuencias o
sobre las dos simultáneamente. Aunque lo más normal es que se
actúe sobre la probabilidad.
Con el desarrollo de este concepto se puede entender de una
manera muy sencilla que la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales es una Ley con un carácter activo que persigue actuar
sobre los riesgos laborales antes de que se materialicen.
Así la mencionada Ley contempla dentro del apartado 1º de
su Artículo 4 sobre definiciones, los siguientes aspectos:
"Se entenderá como prevención el conjunto de actividades o
medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la
empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del
trabajo."
No sería posible poder hablar de Prevención si no se tienen
en cuenta necesariamente los Principios de la acción Preventiva
indicados en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, que establece debidamente jerarquizados, una serie de
principios generales de actuación preventiva, que necesariamente
deben ser seguidos en el mismo orden a la hora de llevar a efecto
las actuaciones preventivas en la empresa.
El primero y principal principio de la acción preventiva que
debe aplicarse en la empresa a la hora de realizar las actuaciones
preventivas, no debe ir encaminado a la realización de una
evaluación inicial de los riesgos, sino que irá encaminado a evitar
los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, objetivo
que es el que fundamentalmente persigue la Ley de Prevención. De
aquí se deduce que en muchas ocasiones sea aconsejable el tomar
medidas encaminadas al control de los riesgos, sin necesidad de
realizar una evaluación formal de los mismos.
El segundo de los principios de la acción preventiva será el de
proceder a evaluar los riesgos para la seguridad y salud de los
trabajadores, que no hayan podido ser evitados. Esto debe permitir
al empresario poder priorizar y temporizar todas aquellas
actividades preventivas que tenga que realizar. Como se puede ver,
este segundo principio viene a reforzar el "objetivo preventivo que
tiene la Ley " que en resumidas cuentas no es otro que el de
eliminar todos los riesgos presentes en el trabajo.
El siguiente principio es el de combatir los riesgos en su
origen que vuelve de una forma muy clara a incidir en el concepto
de prevención o de tomar las medidas adecuadas para que se
puedan actuar sobre los propios riesgos o sobre los distintos
elementos que intervienen a la hora de calificar los riesgos o lo que
es lo mismo sobre la probabilidad, las consecuencias o sobre
ambas simultáneamente.
Esta forma de actuación se considera que debe ser realizada
a través de una acción planificada y organizada, anteponiendo
siempre la protección colectiva a la individual, al mismo tiempo que
se deberán definir e implantar sistemas de gestión de la prevención
que incluya como un elemento muy importante la formación de los
trabajadores sobre los riesgos a que están sometidos y las medidas
preventivas a adoptar.
Las actuaciones preventivas en la empresa, (considerando
únicamente las medidas de prevención y no las de protección)
pueden ser de muy distinta naturaleza, dependiendo el tipo y la
prioridad en su adopción, de los resultados y de la información que
se ha obtenido durante el proceso de evaluación de los riesgos.
Desde un punto de vista más concreto, estas actuaciones
pueden ser:
- Actuaciones preventivas de tipo material consistentes
fundamentalmente en la adopción de una o varias medidas de tipo
técnico o material, que van encaminadas principalmente a evitar o
disminuir el riesgo actuando sobre la probabilidad de que se
produzca el daño.
- Actuaciones de formación e información de los trabajadores
técnica preventiva que aunque en los momentos actuales tiene una
gran importancia, no siempre ha sido considerada como tal técnica.
Va encaminada a que los trabajadores puedan tener conocimiento
de la existencia e importancia de unos determinados riesgos que se
pueden presentar en sus puestos y centros de trabajo y de cuáles
son las medidas tendentes a combatir o eliminarlos.
Con independencia de estas clasificaciones y modos de
actuación preventiva en la práctica hay que tener presente que las
medidas preventivas tomadas de un modo aislado no suelen ser
muy eficaces, por lo que hay que recurrir a tomar una serie de
medidas que sean complementarias unas de otras. Con esas
condiciones las empresas podrán estar en una disposición
apropiada de mantener los niveles de riesgo dentro de unos límites
consideradoscomoaceptables.
A veces se hace necesario complementar las actuaciones
preventivas con una serie de actuaciones cotidianas en las
empresas y que por razones de distinta índole no se llevan a cabo
con la frecuencia necesaria, como son entre otras, las actuaciones
de mantenimiento preventivo de máquinas, equipos, instalaciones,
centros y lugares de trabajo, etc. sin cuyo concurso sería muy difícil
poder realizar una prevención eficaz de los riesgos en la mayoría de
las empresas.
Dentro de las actuaciones preventivas conviene destacar
algunas que van a presentar por su importancia un gran interés
como son:
- La evaluación de los riesgos, que va a permitir obtener toda
aquella información que se considere necesaria para que una
empresa u organización esté en condiciones de tomar una decisión
apropiada sobre la necesidad o no de tomar medidas preventivas y
en su caso del tipo de medidas preventivas que es necesario
adoptar.
- Las inspecciones o rondas de prevención de riesgos que
básicamente consisten en la realización de un análisis que se
realiza observando directamente y de forma ordenada, las
instalaciones procesos, máquinas, equipos, etc. para evaluar los
riesgos que pueden afectar a la seguridad y salud de los
trabajadores.
Sin embargo la mayoría de las actuaciones preventivas se
llevan a cabo y se estructuran en varias técnicas preventivas, que
son aquellas disciplinas encaminadas a prevenir los posibles daños
para la seguridad y salud de los trabajadores derivados de las
distintas condiciones de trabajo que se pueden presentar en los
citados puestos de trabajo.
Dichas técnicas, desarrolladas más adelante, son:
- La Seguridad en elTrabajo.
- La HigieneIndustrial.
- La Medicina delTrabajo.
- La Ergonomía y Psicosociología aplicada a la prevención.
Una de las más importantes actuaciones en Prevención son
las relacionadas y derivadas de la constitución del Mercado Interior
Único europeo. A partir del 31 de diciembre de 1992 se estableció
un Mercado Interior Único en el que mercancías, productos, etc.
podrían circular libremente, pero con la condición de que todos los
productos que se comercialicen en los países de la U.E fueran
seguros desde el momento de su puesta en mercado.
El artículo 100 A del Tratado de Constitución de la Comunidad
Europea establece que la Comunidad deberá establecer mediante
directivas las disposiciones sobre los requisitos de seguridad que
deben cumplir los productos para ser comercializados, directivas
que se conocen como directivas de seguridad en el producto o de
MercadoInterior.
Con la puesta en marcha de estos mecanismos, se consigue
que desde el mismo momento de su diseño o comercialización, los
productos, máquinas, equipos, etc., incorporen unas medidas de
seguridad debidamente garantizadas por fabricantes o
distribuidores.
Sin entrar en más detalles se puede decir, que a partir del
establecimiento del mercado Interior, las propias directivas de
seguridad en el producto, se constituyen como el primer y más
importante sistema de prevención en el origen de los riesgos
laborales, siguiendo la filosofía de que la primera actuación
preventiva es la eliminación de los riesgos.
Aunque las actuaciones en materia de seguridad y salud en el
trabajo deberían ser realizadas siempre que fuera posible a través
de técnicas de prevención o lo que es decir con carácter previo a
que se materialicen los riesgos laborales actuado principalmente
sobre este, a veces estas actuaciones no son posibles de realizar o
son insuficientes, debiéndose entonces recurrir a la aplicación de
otras técnicas de actuación, como pueden ser las técnicas de
protección.
Las técnicas de protección son aquellas que aunque también
son consideradas como técnicas activas, dado que se realizan con
un carácter previo a que se materialice el riesgo, su objetivo
fundamental es actuar únicamente sobre las posibles
consecuencias bien reduciéndolas o incluso eliminándolas, aunque
siempre con la particularidad de que no realiza ningún tipo de
actuación sobre la probabilidad de que se produjera el riesgo.
Así por ejemplo un trabajador que estuviera expuesto a unos
niveles de ruido considerados como inaceptables, estará expuesto a
un riesgo más o menos importante de disminución de su capacidad
auditiva. Si se le proporciona y utiliza únicamente un protector
auditivo que atenúe el nivel de ruido que puede llegar al órgano de
la audición del trabajador, hasta unos niveles que se pueden
considerar como aceptables, habrá disminuido ostensiblemente el
riesgo de disminución de la capacidad auditiva de ese trabajador
debido al ruido, aunque el nivel que existe en el ambiente o puesto
de trabajo siga siendo el mismo que existía inicialmente.
Es decir el sistema de actuación seguido no ha modificado la
probabilidad del riesgo, habiendo modificado sin embargo sus
consecuencias, con lo que la calificación del riesgo se ha visto
reducida.
Como se puede deducir fácilmente del propio concepto de
protección, esta técnica de actuación se debería llevar a cabo
después de haber realizado las técnicas de prevención que van
encaminadas a la eliminación o disminución del riesgo o como
técnica complementaria a esta.
Dentro de las técnicas de protección las más aplicadas
normalmente son:
- Técnicas de proteccióncolectiva.
- Técnicas de protecciónindividual.
Las técnicas de protección colectiva son aquellas que
protegen a los trabajadores de una forma general o lo que es decir
eliminan o reducen las consecuencias de un riesgo que afecta a un
número determinado de trabajadores.
Un ejemplo que pueden servir para clarificar este concepto lo
podemos encontrar en las redes de protección utilizadas en
construcción, que no eliminan o disminuyen el riesgo sino que lo
hacen sobre sus consecuencias y tal que protegen no a un solo
trabajador sino a un número indeterminado de ellos.
Otro ejemplo pueden ser las cabinas acústicas en centrales
térmicas que no eliminando el nivel sonoro, evitan que los
trabajadores de control de una zona, deban hacerlo en un ambiente
ruidoso toda la jornada, sino únicamente en los momentos en los
que tengan que salir a realizar labores de control propiamente
dichas.
Las técnicas de protección individual son aquellas que sirven
para proteger a un trabajador de forma individua o particular o lo
que es decir eliminan o reducen las consecuencias para un
trabajador de un determinado riesgo. Estos equipos suelen ser
específicos para la protección frente a unos determinados tipos de
riesgos. Ejemplos claros de estos equipos de protección individual
pueden ser los cascos, guantes, botas, cascos auriculares, etc.
A fin de reducir los accidentes de trabajo y las enfermedades
profesionales, se hace necesario eliminar o reducir bien los riesgos
o sus consecuencias. Igualmente la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales contempla como una obligación empresarial, el realizar
una planificación de la actividad preventiva a partir de una
evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los
trabajadores.
A partir de estas obligaciones se plantea la necesidad de
conocer el concepto de riesgo, que aunque es un término utilizado
desde hace muchos años en este campo, todavía hoy en día se
presentan a veces grandes dudas sobre cuál es el significado y
contenido que lleva asociado.
El término riesgo implica siempre lleva aparejado dos
conceptos, uno el de la probabilidad como algo posible, y otro el de
las consecuencias en formas de daños para la seguridad y salud de
los trabajadores al actualizarse el riesgo. Estos conceptos de
posibilidad y consecuencias también son considerados como
fundamentales dentro del contenido de la Ley de Prevención para
calificar los riesgos.
A la hora de actuar sobre los riesgos con el objetivo de
proteger la seguridad y salud de los trabajadores se puede hacer de
dos maneras diferentes, una actuando sobre el riesgo en si
constituyendo entonces el concepto o técnicas de Prevención y otra
actuando sobre las consecuencias constituyendo el concepto o
técnicas de Protección.
7. ORGANISMOSCOMPETENTES.
DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
I.- De la Administración Sociolaboral
Los objetivos de la administración sociolaboral, tanto a nivel
central como autonómico, son la prevención de los accidentes de
trabajo y las enfermedades profesionales, así como el estímulo y
desarrollo de los conocimientos y actividades de los empresarios y
trabajadores sobre la prevención de los riesgos.
La capacidad reglamentaria corresponde a la Administración
Central mientras que la ejecución de la reglamentación laboral es
competencia de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas.
A) Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
“Es el órgano científico-técnico especializado de la
Administración General del Estado que tiene como misión el análisis
y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así
como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. para ello
establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las
Comunidades Autónomas con competencias en esta materia”
El Instituto, en cumplimiento de esta misión, tiene las siguientes
funciones:
a) asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal y
en el desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como
internacional;
b) promoción y, en su caso, realización de actividades de
formación, información, investigación, estudio y divulgación en
materia de prevención de riesgos laborales, con la adecuada
coordinación y colaboración, en su caso, con los órganos técnicos en
materia preventiva de la Comunidades Autónomas en el ejercicio de
sus funciones en estamateria.
c) apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y
control.
d) cualesquiera otras que sean necesarias para el cumplimiento
de sus fines y le sean encomendadas en el ámbito de sus
competencias, con la colaboración, en su caso, de los órganos
técnicos de las Comunidades Autónomas con competencias en la
materia.
Presta, de acuerdo con las Administraciones competentes,
apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y
acreditación.
En relación con las Instituciones de la Unión Europea, el
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo actúa como
centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y
transmisión de la información que facilita a escala nacional, en
particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la
Salud en el Trabajo y su Red.
Ejerce la Secretaría General de la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo, prestándole la asistencia técnica y
científica necesaria para el desarrollo de sus competencias.
B) La Inspección de Trabajo y Seguridad Social
“Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la
función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de
riesgos laborales”.
En cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes
funciones:
a) vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de
riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que
incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención,
aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral,
proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción
correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa
sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en
el capítulo VII de la presenteLey;
b) asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre
la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia
tiene encomendada.
c) elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social
en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos
de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
d) informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo
mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por
sus características o por los sujetos afectados, se considere
necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades
profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en
general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del
cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de
riesgos laborales;
e) comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones
asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente
ley;
f) ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio
del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente
para la seguridad o salud de los trabajadores.
La Administración General del Estado y, en su caso, las
Administraciones Autonómicas podrán adoptar las medidas precisas
para garantizar la colaboración pericial y el asesoramiento técnico
necesarios a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en sus
respectivos ámbitos de competencia.
En el ámbito de la Administración general del Estado, el
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo apoyará y
colaborará con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el
cumplimiento de su función de vigilancia y control prevista en el
apartado anterior”.
(Ley de prevención de Riesgos Laborales, artículo 9).
La actuación de la misma será por propia iniciativa, denuncia
o mandato superior. Tiene carácter ejecutivo en cuanto a la
valoración de las condiciones de trabajo, así como en las
disposiciones que adopta en materia de Prevención de riesgos
laborales y está facultada para entrar libremente y sin previo aviso,
en cualquier momento del día o de la noche, sea laboral o festivo,
en todos los centros o lugares de trabajo sujetos a inspección.
Todo lo anterior se refiere a condiciones de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, pero además se ocupa de las condiciones de
empleo, de las cotizaciones a la Seguridad Social y de temas
relacionados con salarios, despidos, sanciones, etc
C) Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Como el fin primordial es lograr una aplicación coherente y
efectiva de la normativa en todo el territorio, parece conveniente,
dada la estructura del Estado, articular un foro de encuentro y
debate de las Administraciones Públicas con competencia en
materia normativa y ejecutiva, junto con los agentes sociales
protagonistas de la actividad preventiva en los lugares de trabajo.
Para alcanzar estosobjetivos:
“Se crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo como órgano colegiado asesor de las Administraciones
públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de
participación institucional en materia de seguridad y salud en el
trabajo.
La Comisión estará integrada por un representante de cada
una de las Comunidades Autónomas y por igual número de
miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente
con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones
empresariales y sindicales másrepresentativas.
La Comisión conocerá las actuaciones que desarrollen las
Administraciones públicas competentes en materia de promoción de
la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de
vigilancia y control y podrá informar y formular propuestas en relación
con dichas actuaciones, específicamente en lo referente a:
– criterios y programas generales deactuación;
– proyectos de disposiciones de caráctergeneral;
– coordinación de las actuaciones desarrolladas por las
Administraciones públicas competentes enmateria laboral;
– coordinación entre las Administraciones públicas
competentes en materia laboral, sanitaria y de industria.
D) Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales
“Adscrita a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo existirá una fundación cuya finalidad será promover la
mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo,
especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de
información, asistencia técnica, formación y promoción del
cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.
A efectos de lograr un mejor cumplimiento de sus fines, se
articulará su colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social.
La planificación, desarrollo y financiación de acciones en los
distintos ámbitos territoriales tendrá en consideración la población
ocupada, el tamaño de las empresas y los índices de siniestralidad
laboral.
En los sectores de actividad en los que existan fundaciones de
ámbito sectorial, constituidas por empresarios y trabajadores, que
tengan entre sus fines la promoción de actividades destinadas a la
mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, el
desarrollo de los objetivos y fines de la fundación se llevará a cabo,
en todo caso, en coordinación con aquéllas.
(Ley de prevención de Riesgos Laborales, Disposición adicional
quinta.)
E) Órganos técnicos de las Comunidades Autónomas
Las principales actividades de estos Órganos técnicos son:
• realizar estudios e informes sobre condiciones de trabajo (locales
y puestos de trabajo, equipos y materiales de trabajo peligrosos,
colectivos de trabajadores especialmente sensibles a
determinados riesgos, condiciones ergonómicas, control y
concentración decontaminantes,...);
• prestar asesoramiento técnico y asistencia a las empresas, a los
trabajadores y sus representantes y cooperar con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social y otros organismos en aspectos
técnicos;
• analizar e investigar las causas de los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales, proponiendo las medidas
correctoras;
• promover y desarrollar programas sobre métodos y técnicas de
seguridad y salud en eltrabajo;
• programar, organizar y desarrollar planes de formación en
materia de seguridad ysalud laboral;
• realizar la verificación de la certificación de equipos y medios
técnicos de prevención y protección.
F) Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Seguridad Social
Según el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social de 1994 las Mutuas son "entidades colaboradoras en la
gestión de la Seguridad Social, en relación con las contingencias de
accidentes de trabajo y enfermedad profesional".
La acción protectora se realiza a través de:
• medicina preventiva e higiene y seguridad en el trabajo;
• asistenciasanitaria;
• prestacioneseconómicas.
•
Colaboran con el sistema de Seguridad Social entregando los
excedentes de su gestión y las aportaciones que la Seguridad
Social les solicite para la financiación de servicios comunes. Su
función social y su espíritu de servicio se reflejan asimismo en que
no persiguen fines de lucro.
II.- De la AdministraciónSanitaria
“Las actuaciones de las Administraciones públicas
competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se
llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los
aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986,
de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su
desarrollo.
En particular, corresponderá a las Administraciones sanitarias:
a) el establecimiento de medios adecuados para la evaluación y
control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en
las empresas por los servicios de prevención actuantes. Para ello,
establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las
sociedades científicas, a los que deberán someterse los citados
servicios;
b) la implantación de sistemas de información adecuados que
permitan la elaboración, junto con las autoridades laborales
competentes, de mapas de riesgos laborales, así como la
realización de estudios epidemiológicos para la identificación y
prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los
trabajadores, así como hacer posible un rápido intercambio de
información;
c) la supervisión de la formación que, en materia de prevención y
promoción de la salud laboral, deba recibir el personal sanitario
actuante en los servicios deprevención autorizados;
d) la elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y
estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores”.
(Ley de prevención de Riesgos Laborales, artículo 10).
Están integrados en el Instituto Nacional de la Salud
(INSALUD) los siguientes organismos competentes especializados:
• El Instituto Nacional de Medicina y Seguridad del Trabajo
• La Escuela Nacional de Medicina del Trabajo
• La Clínica de EnfermedadesProfesionales
• El Instituto Nacional de laSilicosis
III.- De la Administración de Industria
Las bases de ordenación del sector industrial en España
quedan establecidas en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria
(BOE 23/7/92). El objeto de la seguridad industrial es la prevención
y limitación de los riesgos y de sus causas, así como la protección
contra accidentes y siniestros, derivados de la actividad industrial,
capaces de producir daños o perjuicios a las personas, los bienes o
el medio ambiente, con el fin de establecer los controles que
permitan detectar o contribuir a evitar la aparición de riesgos.
Les corresponde la elaboración de los Reglamentos de
Seguridad Industrial, así como el control sobre su cumplimiento.
Las principales instituciones y organismos con competencias
son:
- El Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial
- Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR)
Entidad reconocida por el Ministerio de Ciencia y Tecnología
para realizar actividades de normalización y certificación como
instrumento de una política de fomento de la calidad. Se trata de
una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro.
Debemos recordar lo que nos exige la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales en su artículo 11 sobre coordinación
administrativa:
“La elaboración de normas preventivas y el control de su
cumplimiento, la promoción de la prevención, la investigación y la
vigilancia epidemiológica sobre riesgos laborales, accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales determinan la necesidad de
coordinar las actuaciones de las Administraciones competentes en
materia laboral, sanitaria y de industria para una más eficaz
protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
IV.- De la AdministraciónLocal
Aunque los ayuntamientos no tienen competencias directas en
el control de las condiciones de trabajo, son los encargados, en su
término municipal, de autorizar la apertura de los centros y locales
de trabajo, con el objetivo de que éstos no supongan un peligro
para el vecindario, pudiendo determinar el cierre de aquellos
centros y locales que no reúnan dicha condición.
En algunos casos, establecen disposiciones que guardan
relación directa con la prevención de riesgos. Es de resaltar, en este
sentido, por ejemplo, las ordenanzas municipales de incendios.
ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
Las Organizaciones Internacionales con competencias en
materia de prevención de riesgos laborales realizan sobre todo
funciones de investigación, legislación, creación de convenciones
internacionales, información y control en la aplicación de la
normativa adoptada y dilucidar diferencias e interpretar
compromisos y obligaciones internacionales. Pasamos a
continuación a definir aquéllas que tienen mayor arraigo e
importancia en estamateria.
- Organización Mundial de la Salud (O.M.S.)
Esta Organización se ocupa en principio de temas sanitarios,
pero dado el concepto de salud y su implicación en los problemas
de salubridad, su voz es tenida en cuenta. Por ejemplo, la mayoría
de los países adoptan como propios los niveles de emisión y de
contaminación estimados por la OMS.
- Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Se trata de una institución intergubernamental creada en
1919, con su sede en Ginebra (Suiza), La prevención en el marco
de la O.I.T. se encamina sobre todo a dar asistencia técnica y
consejos de expertos siendo objetivos prioritarios la vigilancia de la
salud individual y colectiva de los trabajadores, la vigilancia de las
condiciones de trabajo y ambientales en relación a su nocividad
para la salud, incluidos el diseño de maquinaria y equipos y la
concepción del lugar de trabajo.
La Conferencia Internacional del Trabajo adopta normas
internacionales del trabajo, denominadas convenios y
recomendaciones. Estas normas no son automáticamente
vinculantes, pero los Gobiernos deben someterlas a sus órganos
legislativos nacionales. El Estado que ratifica un convenio
internacional del trabajo se compromete a aplicar sus disposiciones;
las recomendaciones que no necesitan ratificación son una guía
para la acción nacional en un determinado campo.
Convenios de la O.I.T., ratificados por España, han sido tenidos en
cuenta a la hora de redactar la propia Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
ORGANIZACIONES REGIONALES Y COMUNITARIAS
El Consejo Europeo
Sigue siendo el principal órgano decisorio de la Unión
Europea, con las máximas competencias en materia legislativa y
reglamentaria,
La Comisión
Es el órgano ejecutivo de la Comunidad. Tiene el poder de
iniciativa para presentar propuestas de reglamentos y directivas
aparte de cualquier otro tipo de iniciativas. En este sentido se la ha
definido como “el motor de la política comunitaria”. También le
corresponde el control de la aplicación correcta del Derecho
comunitario.
La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de
Vida y de Trabajo
Tiene su sede en Dublín y su misión es contribuir al
establecimiento de mejores condiciones de vida y de trabajo,
mediante medidas encaminadas a desarrollar y difundir los
conocimientos adecuados en este campo.
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Tiene su sede en Bilbao quedando definidos los objetivos por
lo siguiente:
“Al objeto de fomentar la mejora, principalmente del medio de
trabajo, para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores, de
acuerdo con lo previsto por el Tratado y los sucesivos programas de
acción relativos a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, la
Agencia tendrá como objetivo proporcionar a los organismos
comunitarios, a los Estados miembros y a los medios interesados
toda la información técnica, científica y económica útil en el ámbito
de la seguridad y de la salud en el trabajo."
8. EVALUACIÓN DERIESGOS.
La evaluación de riesgos es una herramienta indispensable en la
actividad preventiva, mediante la cual se obtiene la información
precisa para determinar las decisiones apropiadas en orden a
adoptar las medidas necesarias de prevención y su planificación,
estableciendo las prioridades que correspondan.
La evaluación de riesgos es en sí misma una actividad
preventiva, la primera, puesto que se dirige a identificar los factores
de riesgo y prever los posibles daños y su magnitud, para poder
elegir los medios para eliminarlos o minimizarlos. Por lo tanto, se
trata de tomar las medidas adecuadas a tiempo, de actuar con
anticipación -preventivamente- para no tener que lamentar que se
produzcan daños y que su análisis, entonces a posteriori, nos delate
los factores de riesgo que los han desencadenado y actuar, ya a
destiempo, corrigiendo las incorrectas o defectuosas condiciones de
trabajo.
El concepto de evaluación de riesgos difiere según el objeto que
se persigue, el motivo por el que se hace, quién la realiza, sobre
qué elementos, en qué sector y en qué actividades. Así es diferente
la efectuada en relación con el medio ambiente que la relativa a
prevención de riesgos laborales, por imperativo legal o con objetivos
de calidad, si la realiza un actuario o un higienista, si se refiere a
equipos o productos que se van a comercializar o a lugares de
trabajo, si se trata de una instalación radiactiva o una sala de
espectáculos o un establecimiento hotelero. Se debe añadir los
diferentes enfoques según la tradición en los diferentes Estados,
sectores, culturas,etc.
La evaluación de riesgos consiste esencialmente en un
análisis sistemático de las condiciones de trabajo con objeto de
identificar los factores de riesgo, en la valoración de los riesgos y en
el estudio de la posibilidad de eliminarlos y de otras medidas de
prevención, en sucaso.
Debe contarse con la colaboración y participación de los
trabajadores y de los distintos niveles jerárquicos.
La evaluación de riesgos consta fundamentalmente de las
siguientes etapas:
- Identificación de los factores de riesgo (también denominados
peligros, si bien este término puede tener otra acepción
diferente, relacionada con la inminencia de la materialización
del riesgo)
- Identificación de los trabajadores expuestos a los riesgos.
- Valoración, cualitativa o cuantitativa, de los riesgos
(Evaluación)existentes.
- Análisis de las posibles medidas para eliminar o controlar el
riesgo.
- Decisión sobre las medidas más adecuadas, implantación de
las mismas, su mantenimiento y control.
La evaluación debe referirse a los riesgos que pueda entrañar
la actividad laboral y que puedan tener una cierta entidad, tanto por
una cierta probabilidad de que se materialice como por la
significación del daño esperado. En general, no hay porqué tener en
cuenta los riesgos comunes de la vida ordinaria que no son motivo
de preocupación, salvo que otros factores de las condiciones de
trabajo los acrecienten.
La evaluación de riesgos debe afectar a todos los puestos de
trabajo. Podrán omitirse otros puestos equivalentes a uno ya
evaluado, con el fin de evitar evaluaciones repetidas sin utilidad
alguna.
La evaluación de riesgos exige un conocimiento profundo de
las condiciones detrabajo.
No existe un único procedimiento o método de evaluación de
riesgos con carácter general. La bibliografía ofrece una amplia
gama de métodos de todo tipo, unos más sencillos (dirigidos a la
pequeña y mediana empresa), otros más complejos dedicados a
ciertas actividades de mayor envergadura, sectoriales, para riesgos
específicos, etc.
En los casos que exista un procedimiento determinado en un
Reglamento específico (por ejemplo, sobre ruido, fibras de amianto,
plomo ambiental, etc.) se deberá aplicar exclusivamente dicho
método.
En general deberán atenerse a las características básicas
descritas anteriormente.
Se pueden adoptar diferentes enfoques siempre que, en
general, se lleven a cabo las siguientes actuaciones:
- Estudio del entorno del puesto de trabajo (condiciones
termohigrométricas, iluminación, instalaciones, equipos, suelo,
accesos, ruido, etc.)
- Identificación y estudio de las diferentes tareas.
- Estudio de las pautas de trabajo y de la ejecución de las tareas, así
como de su adecuación a los métodos establecidos.
- Análisis de factores externos que puedan influir en los riesgos (por
ejemplo: condiciones metereológicas en trabajos al aire libre)
- Análisis de factores fisiológicos, psicológicos y sociales, que puedan
interaccionar.
- Análisis del sistema de prevención implantado.
Se adoptará un determinado enfoque en función de:
- El tipo del puesto de trabajo (en un lugar estable, provisional, móvil,
etc.)
- La clase de proceso (en cadena, repetitivo, nuevo, etc.)
- Las características de la tarea (monótona, ocasional, de alto riesgo,
en espacios confinados, etc.)
- La complejidadtécnica
En ocasiones con un único procedimiento se podrá evaluar el
conjunto de todos los riesgos. En otras, sin embargo, será más
adecuado adoptar enfoques diferentes para distintos aspectos de la
actividad.
A veces es útil realizar la evaluación de riesgos como una
sucesión de diferentes etapas, en las que se avanza hacia un
conocimiento más preciso o más profundo. De esta manera, se
puede comenzar por una evaluación global que agrupe los riesgos
en dos clases: aquellos conocidos que requieren medidas de control
también conocidas, que pueden adoptarse de inmediato y son
fácilmente comprobables, y aquellos otros que necesitan de un
análisis más detallado. En esta evaluación global, cuando sea
posible, se determinarán los riesgos cuya eliminación es factible.
A menudo, la fuente de información más completa se obtiene
mediante una entrevista con los trabajadores involucrados en la
actividad que se pretende evaluar. Ellos pueden describir todos los
detalles de las tareas y funciones que desempeñan, hábitos y
precauciones que toman, pueden opinar sobre los posibles
problemas que presentan, señalar factores de riesgo y fallos del
sistema de prevención, y proponer mejoras.
Las evaluaciones más detalladas se abordarán siguiendo las
etapas señaladas con ocasión de la descripción de las
características básicas de la evaluación de riesgos. Estas etapas se
tratan con mayor amplitud másadelante.
Como ya se ha dicho, más adelante se contemplará esta
acción preventiva esencial de la evaluación de riesgos con la
extensión y detalle necesarios.
No obstante, hay que advertir que la evaluación de riesgos
debe realizarse con sujeción a los procedimientos y criterios
contenidos en la reglamentación, cuando exista. (ruido, amianto,
etc.).
En ausencia de reglamentación específica que sea de
aplicación, se seguirán normas (UNE), guías y documentos de
apoyo publicados por organismos competentes (Instituto Nacional
de Seguridad e Higiene en el Trabajo, organismos de las
Comunidades Autónomas, etc.), códigos de buena práctica,
recomendaciones de entidades reconocidas internacionalmente
(Comisión Europea, CEN/CENELEC, ISO, OIT, OMS, OCDE,
OSHA, etc.), métodos, instrucciones, guías y documentos análogos
de entidades de prestigio, especializadas o comprometidas que
ofrezcan un nivel de confianza que pueda equipararse a los
anteriores (Universidades, Mutuas, Asociaciones profesionales,
Sindicatos, Organizaciones Empresariales, Asociaciones de
fabricantes, etc.)
9. TÉCNICAS PREVENTIVAS Y PLAN DE PREVENCIÓN.
9.1. TécnicasPreventivas
La Seguridad en el Trabajo, la Higiene Industrial y la Medicina
del Trabajo son técnicas preventivas que llevan un largo camino
recorrido en la lucha contra accidentes y enfermedades laborales.
La Seguridad estudia las condiciones materiales que ponen
en peligro la integridad física de los trabajadores, la Higiene estudia
los contaminantes físicos, químicos y biológicos presentes en el
medio de trabajo, que pueden causar alteraciones reversibles o
permanentes.
La Medicina del Trabajo estudia las consecuencias de las
condiciones materiales y ambientales sobre las personas y, junto
con las Seguridad y la Higiene, trata de establecer condiciones de
trabajo que no generen daños ni enfermedades.
Está claro que es necesario seguir luchando para evitar que el
trabajo cause daños a la salud y está claro que esta lucha es un
objetivo conjunto de la Seguridad, la Higiene y la Medicina del
Trabajo.
Si aceptamos que la salud es un equilibrio entre los aspectos
físico, mental y social de la persona, no podemos reducir la salud
laboral a luchar contra los aspectos negativos del trabajo. Hay que
ampliar el campo deacción.
Para entrar en este nuevo campo tenemos que hablar de
Ergonomía: tenemos que adecuar el trabajo a las personas.
La Ergonomía nace como un conjunto de técnicas que tienen
por objeto adecuar el puesto de trabajo a la persona. Puesto que las
personas son diferentes, hay que diseñar los puestos de trabajo de
forma que se adapten a las características de cada individuo.
Esta forma de enfocar el estudio del trabajo, nació en un
principio, para adecuar las dimensiones del puesto de trabajo, y los
esfuerzos y movimientos que requería la tarea, al individuo que la
realizaba. Pronto descubrió la ergonomía la necesidad de ampliar
su campo de trabajo al medio ambiente físico. Las condiciones de
iluminación, temperatura, humedad, nivel de ruido, etc., que
dejaban de ser objeto de la Higiene Industrial en cuanto que no
generaban directamente enfermedades profesionales, tenían una
influencia determinante a la hora de estudiar tanto las exigencias
físicas y mentales del trabajo como sus consecuencias en el
rendimiento y en la fatiga de los trabajadores.
Por la misma razón, la ergonomía tuvo que ampliar su campo
de estudio y analizar los aspectos temporales del trabajo ( horarios,
pausas, ritmos, etc.), así como los aspectos organizativos que
influían en la conducta de los trabajadores.
Todo esto nos lleva a plantearnos un tratamiento de las
condiciones de trabajo pluridisciplinar, es decir que la mejora de la
salud laboral es una tarea conjunta de diversas técnicas, que
estudian tanto los factores presentes en el trabajo como las
consecuencias des éstos sobre las personas.
La ingeniería, la arquitectura, la física, la química, la biología,
la medicina y la psicosociología, que estudian los efectos negativos
del trabajo sobre las personas y la forma de evitarlos, tienen que
ampliar su campo de acción con un tratamiento ergonómico del
estudio del trabajo, de forma que no sólo se intervenga para corregir
situaciones peligrosas, sino que además se estudien nuevos
métodos de trabajo que favorezcan el desarrollo integral de los
trabajadores.
Pero este planteamiento no será válido si no tiene en cuenta
en todo momento al trabajador, no sólo como objeto pasivo de
estudio, sino también como sujeto activo que participa en la mejora
de su puesto de trabajo.
El hombre es la mejor medida de todas las cosas y por tanto
nadie está en mejores condiciones que los propios trabajadores
para conocer las consecuencias que el trabajo tiene sobre su propia
vida.
Es necesario pues, crear los mecanismos que permitan y
favorezcan la formación de los trabajadores en el campo de la
salud laboral para hacer posible su participación en la mejora de
sus condiciones detrabajo.
Las técnicas preventivas globales que pasaremos a
considerar son por tanto: Seguridad, Higiene, Medicina,
Psicosociología, Ergonomía y Formación. De una forma
multidisciplinar se pretende con todas ellas identificar, evaluar y
controlar los distintos grupos de factores de riesgos y por tanto
mejorar las condiciones de trabajo.
Sin olvidar para este objetivo el empleo de técnicas
específicas de: Ingeniería, Arquitectura, Física, Derecho, Economía,
etc.
Seguridad en el Trabajo
La Seguridad en el Trabajo fue una de las ciencias pioneras,
junto con la Medicina del Trabajo, para el control de los riesgos, y la
reducción de los accidentes laborales. Las técnicas y
procedimientos de actuación han evolucionado considerablemente
junto al desarrollo tecnológico y la propia evolución en la gestión
empresarial y en la organización del trabajo.
Se han superado los planteamientos tradicionales de una
seguridad en el trabajo paternalista y de limitado rigor científico para
desarrollarse en la actualidad en la empresa moderna bajo una
concepción:
Científica, analizando en profundidad los factores causales de los
riesgos de accidentes, y evaluando su peligrosidad para poder
seleccionar las medidas correctoras más adecuadas.
Interdisciplinar, asumiendo la intervención de las diferentes áreas
del conocimiento ante la diversidad y complejidad de variables que
pueden condicionar la inseguridad de un puesto de trabajo.
Integral, contemplando todos los riesgos, tanto los que generan
daños directos como indirectos, siendo los accidentes de trabajo,
junto a otros indicadores (averías, errores, desperfectos, etc.), con
los que están interrelacionados, objetivos colaterales de actuación.
Integrada, comprometiéndose directivos, técnicos y trabajadores en
que para la realización correcta de cualquier trabajo o proceso
productivo deben aplicarse criterios de seguridad tanto en su
concepción y diseño como en su ejecución material.
Participativa, asumiendo que los trabajadores deben participar
activamente en el defensa de su salud en base a los derechos que
les corresponden.
No se trata de la seguridad que ofrece una compañía de
seguros o la que proporcionan los vigilantes jurados. Tampoco nos
referimos a la seguridad social ni a la que pueden dar un médico al
curar a un accidentado.
La Seguridad en el Trabajo es un conjunto de conocimientos y
técnicas, que no son de tipo médico, y que tratan de eliminar, o al
menos reducir, los riesgos de daños materiales y lesiones
personales.
Para entender y aplicar la seguridad del trabajo es preciso
poseer una serie de conocimientos muy variados que corresponden
a las materias que forman parte de la seguridad del trabajo.
Materias tan distintas como la Ingeniería, Legislación, Organización
y Gestión de Empresas, Economía, Análisis Estadístico, Formación,
Psico-sociología, etc.
Como se puede ver, entender de Seguridad del Trabajo no es
fácil y es un error, que muchas empresas cometen, creer que
cualquiera puede encargarse de resolver los problemas de
seguridad. Cierto es que todos en la empresa deben participar en la
prevención de los accidentes, especialmente los trabajadores que
son los más afectados, pero asesorados por especialistas en
Seguridad del Trabajo capaces de identificar riesgos, evaluarlos y
proponer las medidas correctoras para su eliminación o control.
Una estrategia racional en la lucha contra el accidente de
trabajo, lleva a intentar la actuación en las fases previas al
accidente. Se identifica así lo que puede conocerse como Grupo de
Técnicas de Prevención. Estas Técnicas de Prevención evitan el
accidente, mediante la eliminación de los factores del Riesgo o,
bien, mediante el control de su evolución.
Pensemos en el caso de una barandilla o de una red que
protege el contorno de un hueco, en el forjado de una planta en
construcción. Su instalación y su existencia están relacionadas con
la prevención de una posible caída a distinto nivel.
No obstante, tampoco podemos olvidar que existen
circunstancias y situaciones en las que, la adopción de medidas
preventivas, puede no resultar totalmente eficaz, al no haberse
podido eliminar totalmente los factores del Riesgo. Por este motivo,
se ha permitido y tolerado la presencia de un determinado grado de
riesgo, que como tal puede llevar al desarrollo de la secuencia final
y no deseada del Accidente de Trabajo. Es aquí donde es necesario
pensar en la necesidad del desarrollo TÉCNICAS DE
PROTECCIÓN que actuarán no sólo sobre los factores de riesgo,
sino sobre las CONSECUENCIAS del accidente de trabajo, tanto en
su forma de LESIÓN para la persona humana como en su forma de
DAÑO para los elementos físicos actuantes. Por todo ello, queda
claro que estas TÉCNICAS no evitan el accidente, sino que tienden
a disminuir o controlar las CONSECUENCIAS. Este es el caso de
las ProteccionesPersonales.
No pueden ser consideradas como técnicas de lucha contra
los accidentes de trabajo, las que se dedican a reparar
económicamente las consecuencias de un accidente, como el caso
de SEGURO DE ACCIDENTE, ya que en su actuación no evita el
suceso ni sus consecuencias, pues sólo tienden a paliar
económicamente un hecho no deseado.
Con independencia de que la lucha contra los accidentes de
Trabajo se plantea en el ámbito de la PREVENCIÓN de la
PROTECCIÓN o de ambas conjuntamente, la puesta en marcha de
las mismas exige el conocimiento y dominio de una serie de
métodos, sistemas y modos que constituyen la base de las
llamadas TÉCNICAS DE SEGURIDAD definidas como:
"El conjunto de actuaciones dirigidas a la detección y
corrección de los distintos factores que intervienen en los Riesgos
de Accidentes de Trabajo y al control de su posibles
consecuencias".
Higiene Industrial
La Higiene Industrial es la técnica que estudiando, valorando y
modificando el medio ambiente físico, químico o biológico del
trabajo, previene la aparición de enfermedades profesionales a los
trabajadores expuestos. Recordemos que, desde el punto de vista
técnico, la enfermedad profesional o derivada del trabajo se define
como el deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador
producido por una exposición mínima a situaciones adversas.
La aparición de alteraciones patológicas viene determinada
por un conjunto defactores:
1. La naturaleza y estado físico de los agentes químicos y el tipo
y, en su caso, frecuencia de los agentes físicos.
2. La concentración del agente químico presente en el ambiente
o la intensidad referida al agente físico al que está expuesto el
trabajador. para evaluar el riesgo de exposición se suelen utilizar
valores-límite dereferencia.
3. El tiempo de exposición al agente en el medio ambiente de
trabajo. Los valores-límite se suelen referir a un tiempo
normalizado, como la jornada de trabajo de 8 horas diarias o 40
horas semanales. La consideración conjunta de la concentración o
intensidad, según el caso, y el tiempo de exposición da lugar al
concepto de dosis, cantidad de sustancia o de energía que recibe el
organismohumano.
4. Las características individuales de cada persona y en
particular, determinadas susceptibilidades especiales ante algún
agente que pudiera existir. Los valores de referencia se establecen
en relación a una población normal o estándar, por lo que habrá que
determinar si una persona se puede considerar incluida en ese
colectivo o no, para cada agente al que pudiera estar expuesta.
5. La existencia de otros agentes o factores que puedan
potenciar o rebajar los posibles efectos de la exposición.
La higiene industrial, como técnica no médica de prevención
de los riesgos laborales, actúa por procedimientos técnicos, en
general, con la siguientesecuencia:
1. Identificación de los diferentes agentes de riesgo.
2. Medición, en caso necesario, de la exposición al agente
(intensidad y tiempo de exposición) y aportación de datos
complementarios que se precisen.
3. Valoración del riesgo de exposición, comparando las dosis de
exposición con los valores de referencia según los criterios
establecidos.
4. Corrección de la situación, si ha lugar, con actuaciones
adecuadas, por el siguiente orden de preferencia, en: el diseño, en
el foco, en el medio de transmisión y sobre la propia persona.
5. Controles periódicos de la eficacia de las medidas preventivas
adoptadas y de la exposición, conjuntamente con la vigilancia
periódica de lasalud.
La actuación en Higiene Industrial es de tipo preventivo y de la
carácter técnico, lo cual siempre es más útil que aplicar soluciones
de carácter curativo o paliativo, de la misma manera que es mejor
invertir en una red de saneamiento que vacunar a toda una
población o, peor aún, tratar las enfermedades de esta población,
suministrándole antibióticos.
Puesto que la higiene industrial centra su análisis en el
concepto de contaminante, se hace imprescindible introducir el
concepto.
Un contaminante es, desde un punto de vista amplio, un
producto químico, una energía o un ser vivo presente en un medio,
en este caso un medio laboral, que en cantidad o concentración
suficiente pueden afectar la salud de las personas que entren en
contacto con él.
Se clasifican en químicos, físicos o biológicos.
Conceptos generales de_la_prevencion
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Conceptos generales de_la_prevencion

  • 1. MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: SEGURIDAD EN EL TRABAJO, HIGIENE INDUSTRIAL Y ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA Asignatura: FUNDAMENTOS Y TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. RIESGOS QUÍMICOS Profesor: Eugenio Muñoz Camacho
  • 2. CONTENIDOS Con el fin de alcanzar los objetivos previstos se desarrollan los siguientes contenidos, que corresponderían a los cuatro primeros temas de la asignatura:  El trabajo y la salud.  Tipos de riesgoslaborales.  Concepto de riesgo grave e inminente.  Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional • Necesidad de la acción preventiva. • Principios generales de la acción preventiva.  Organismoscompetentes. • Evaluación deriesgos. • Técnicas preventivas y plan de prevención. • Los sujetos responsables de la prevención.
  • 3. 1. EL TRABAJO Y LASALUD Aun siendo un concepto no muy sencillo de explicar, se ha llegado a aceptar como concepto de trabajo, a aquella actividad social convenientemente organizada, que a través de la combinación de una serie de recursos de materias diferentes, como pueden ser principalmente, los propios trabajadores, los materiales, productos, equipos, máquinas, energía, tecnologías y organización, permite al ser humano alcanzar unos objetivos prefijados y satisfacer unasnecesidades. La realización del trabajo por parte del hombre ha supuesto y va seguir suponiendo, con los consiguientes aspectos tanto positivos como negativos que ello comporta, una importante modificación o transformación de la propia naturaleza, mediante el concurso de dos elementos fundamentales en el mundo el trabajo, que no son otros que, la tecnificación y organización del trabajo. También sería necesario indicar que se entiende como tecnificación, que no es sino el proceso mediante el cual, el hombre elabora y fabrica todas aquellas herramientas, máquinas y equipos materiales, dirigidas a la realización de una actividad específica, lo que le debe permitir posteriormente realizar el trabajo de una forma mucho más cómoda yrentable. Por otra parte se entiende como organización del trabajo, a aquel proceso mediante el cual el hombre, como animal social que es, planifica y distribuye las diferentes actividades a desarrollar, buscando generalmente obtener los mayores beneficios económicos. La conjunción perfecta de estos dos elementos unidos al progreso tecnológico y social debería comportar una importante mejora de la calidad de vida laboral, y por ende de las condiciones en que se realiza el trabajo, eliminando o reduciendo muchos de los problemas o riesgos que pudieran poner en peligro la salud de los trabajadores. Sin embargo, la realidad es que todavía en los puestos de trabajo se siguen presentando muchos de estos riesgos, que pueden poner en peligro la seguridad y salud de los trabajadores, y que por tanto es estrictamente necesario identificarlos, evaluarlos y controlarlos.
  • 4. Como se puede observar los conceptos de trabajo y salud están íntimamente relacionados, con independencia de que los propios conceptos. A fin de comprender con suficiente claridad el concepto de trabajo y sus consiguientes implicaciones con la salud, parece lo más oportuno, explicar el sentido y contenido que puede tener el término de salud. Aunque el concepto de salud parece en un principio un concepto muy sencillo, fácil de comprender, en realidad no es así, por lo que habría que considerar antes de pasar a explicarlo, desde que enfoque se quiere contemplar dicho concepto. Así, si se quisiera considerar la salud desde un punto de vista médico, dicho concepto se podría interpretar como la ausencia de enfermedad, o el preservar, mantener o recuperar la salud. Desde un punto de vista social, la salud podría considerarse como un derecho de las personas, como un logro social o como un mero resultado económico. Ahora bien si se quisiera ver desde una concepción mucho más ideal, habría que tener en cuenta la definición que para el término de salud ha establecido la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), definición que aunque data del año 1948, sigue siendo todavía válida hoy en día, dado que va mucho más allá de un logro social o del concepto único de ausencia de enfermedad, y que según la cual "la salud es un estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño y enfermedad". Dentro del sentido que tiene esta definición habría que resaltar algunos aspectos, que a nuestro juicio parecen fundamentales, como puedenser: - la orientación positiva que la O.M.S. confiere a la salud, al considerarla como la ausencia de todo síntoma de enfermedad, orientación totalmente contraria a la que se daba en otras muchas definiciones, que necesariamente recurrían a incorporar el concepto de enfermedad para poder definir la
  • 5. salud, lo que comportaba una definición con un carácter negativo. - la concepción de la salud de una manera integral y multidisciplinar, al incorporar dentro de ella, no solo a los meros aspectos relacionados con la salud física, sino que también contempla simultáneamente otros aspectos, como son los psíquicos y los sociales, que desgraciadamente cada día se presentan con una mayor frecuencia. A partir de aquí, habría que tener en cuenta que dado que la salud va a estar íntimamente relacionada con el trabajo y más concretamente con la forma en que éste se lleva a cabo, sería conveniente estudiar más detenidamente cuales serían aquellas condiciones relacionadas con el trabajo que van a incidir directamente sobre la salud de los trabajadores. En primer lugar después de concebir la salud desde una perspectiva integral, no parece lo más acertado estudiar las Condiciones de Trabajo y sus repercusiones sobre la salud, únicamente a través del estudio de una serie distintas de disciplinas sobre la prevención de los riesgos derivados del trabajo, separadas entre sí y encaminadas principalmente a luchar contra los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales respectivamente, sino que parece lo más lógico estudiarlas desde una óptica global. Esta óptica global es la que hoy en día se la suele conocer como Condiciones deTrabajo. Profundizando más en este concepto, se podría decir de una forma muy esquemática, que el concepto de Condiciones de Trabajo va a englobar a todo aquel conjunto de variables que definen la realización de una tarea concreta y el entorno en que ésta se realiza, de tal manera que van a ser estas variables las que van a permitir determinar la salud del trabajador, desde la triple dimensión señalada por laO.M.S. En los momentos actuales se puede decir que las Condiciones de Trabajo abarcan todas aquellas series de elementos y circunstancias que rodean la actividad laboral y que entre otros aspectos pueden ser los siguientes:
  • 6. - Las condiciones materiales correspondientes a la propia realización del trabajo, como pueden ser entre otras: • el esfuerzo • la fatiga • la temperatura • la ventilación. - Las condiciones de seguridad. - La presencia de contaminantes en el lugar de trabajo, que a su vez pueden ser: • Contaminantes de tipofísico • Contaminantes de tipo químico. • Contaminantes de tipo biológico. - Las características de la tarea, destacando su contenido psicológico y profesional debido entre otros aspectos a su carácter repetitivo, a la monotonía, tensión y carga mental que ello puede comportar, posibilidades de comunicación, etc. - Las características de la jornada de trabajo, entre cuyos aspectos se podríanconsiderar: • Duración de la jornada. • Distribución dehorarios. • Grado de flexibilidad,etc. Con independencia de todo esto habría que tener en cuenta que el estudio de las Condiciones de Trabajo y sus actuaciones encaminadas a su mejora va a depender en gran medida del entorno social en que se mueve nuestra sociedad, lo que condiciona a su vez que el propio Estado promueva una serie de legislaciones o actuaciones encaminadas a su estudio y mejora. Estas obligaciones o recomendaciones parten de considerar la salud de los trabajadores en el trabajo como un bien que es preciso proteger y mantener. Aunque en su evolución se ha pasado por diferentes etapas, algunas de las más significativas se han podido encontrar en el siglo XIX cuando se establece dentro del ámbito del derecho privado la obligación del empresario de reparar la salud pérdida por el trabajador durante el trabajo.
  • 7. Posteriormente en el año 1900 la Ley Dato, de la que curiosamente este año celebramos su centenario, modificó sustancialmente estos modelos del derecho a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, de tal manera que es el Estado el agente que se debe encargar de proteger la salud de los trabajadores. Lógicamente estas actuaciones se han ido modificando en nuestro país, hasta tal punto que dentro de la propia Constitución Española y más concretamente dentro de su artículo 40.2, se encarga a los poderes públicos el velar por la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. En este camino, no se podría en los momentos actuales, realizar ningún comentario referente a las Condiciones de Trabajo, sin hacer mención expresa a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales de 8 de noviembre que tiene por objeto fundamental la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso, para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las Condiciones de Trabajo, y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de riesgos laborales. Dicha Ley va encaminada a la prevención de los riesgos derivados de estas condiciones de trabajo, que en su apartado 7 de su artículo 4 referente a definiciones considera de forma textual: "Se entenderá como condición de trabajo cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. Quedan específicamente incluidas en esta definición: a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro detrabajo. b) La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.
  • 8. c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgosmencionados. d) Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto eltrabajador. Como se puede deducir de una primera lectura de este artículo, las Condiciones de Trabajo van a ser un tema de interés, dado que van a tener una influencia en la generación de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, motivo por lo que se considera necesario hacer algunas observaciones sobre estos nuevos conceptos que hemos vertido. A la hora de realizar los estudios encaminados a una mejora de las condiciones de trabajo, se deberán tener en cuenta no solo aquellas condiciones que van dirigidas a evitar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, sino que también aquellas otras condiciones encaminadas a que el trabajo se realice en unas condiciones tales, que no supongan un perjuicio bien de tipo físico, mental o social, al mismo tiempo que las distintas exigencias de las tareas realizadas estén en perfecta consonancia con las propias capacidades de las personas que las realizan. 2. TIPOSDE RIESGOS LABORALES 2.1. Concepto de riesgolaboral El primer y principal problema se plantea a la hora de intentar traducir y comprender el significado que en la terminología sajona presentan dos conceptos tan diferentes como son los de hazard y risk, para los que en nuestro idioma no se ha planteado en numerosas ocasiones darles un significado diferente, por lo que se les traduce por el mismo término (riesgo) y se usan indistintamente, aunque en su origen sajón tengan un sentido técnico totalmente diferente.
  • 9. El término hazard que a la hora de traducirlo a nuestro idioma no debe hacerse mediante el término riesgo, sino por el de peligro, representa: "aquella fuente o situación con capacidad de producir daño en términos de lesiones, daños a la propiedad, daños al medio ambiente o a una combinación de ellos." En tanto que el término risk debe ser traducido a nuestro idioma mediante el término riesgo, teniendo como significado el de ser: "la combinación de la frecuencia y la probabilidad y de las consecuencias que podrían derivarse de la materialización de un peligro." El concepto de riesgo siempre lleva asociado dos elementos: la frecuencia con la que se materializa un peligro y las consecuencias que de ello puedanderivarse. De lo expuesto se puede decir sin temor a equivocarse que el término de riesgo siempre lleva asociado una posibilidad o probabilidad, de que se pueda materializar un peligro, provocando unas consecuencias negativas para la seguridad y salud de los trabajadores. Ahora bien hay que destacar que el concepto de probabilidad que necesariamente lleva asociado el concepto de riesgo, no es una probabilidad eminentemente matemática, sino que está considerada en su sentido más amplio como el de una posibilidad de que pudiera llegar a producirse un determinado daño para la seguridad o salud de laspersonas. El concepto de riesgo implica siempre una eventualidad de que se pueda producir un hecho futuro no deseado, de carácter negativo, lo que viene a significar que siempre es una realidad posible. A partir de estas explicaciones se puede deducir de una manera muy sencilla que el Riesgo cero o nulo, no existe, dado que la probabilidad cero o nula, en la realidad es prácticamente imposible de conseguir, con lo que se puede decir que siempre existe para cada situación de trabajo, un riesgo, por pequeño que este sea.
  • 10. Ahora bien, con independencia de que cada situación de trabajo lleve incorporado un riesgo, éste se puede considerar como aceptable o como situación sobre la que no es preciso realizar ninguna actuación de control de riesgos, cuando la probabilidad existente es considerada como aceptable o sumamente pequeña por una determinadasociedad. El Artículo 4 punto 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales contemplatextualmente: “Se entenderá como riesgo laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo." 2.2. Tipos de riesgoslaborales 2.2.1. Riesgos deaccidente Comúnmente se habla de riesgo de accidente, por ejemplo, de caída de altura, de atrapamiento, de explosión, etc., que puede ser desencadenado por la existencia de uno o, en general, varios factores de riesgo. De la probabilidad de que se produzca el accidente, en este caso, y los daños que pueden derivarse como consecuencia de que ocurra, se evalúa el riesgo, pudiendo calificarlo desde el punto de vista de su gravedad. Hay que tener en cuenta de que se conjugan dos variables de probabilidad. Una es la probabilidad de que se produzca el accidente, y otra la probabilidad de que ocurrido el accidente éste dé lugar a mayores o menores daños. Habrá, por ejemplo, una probabilidad de desprendimiento de objetos desde una cierta altura y una probabilidad de que lleguen a producir lesiones graves. Tanto una posibilidad remota de que se desprenda un objeto, aunque sea pesado y desde una altura apreciable, aunque si llegara a producirse sería muy probable que ocasionara graves lesiones, como la muy probable caída de un pequeño objeto elástico desde una baja altura que sería improbable que produjera lesión alguna, podrían, ambos riesgos, calificarse como leves oirrelevantes.
  • 11. 2.2.2. Riesgosambientales Existe otra clase de riesgo además del de accidente. Se suelen denominar riesgos ambientales o riesgos de sufrir una alteración de la salud (enfermedad o patología). Pueden ser desencadenados por uno o varios factores, (agentes químicos o físicos, por ejemplo) o de organización del trabajo. En el caso de riesgos ambientales la probabilidad de que se produzca el daño viene representada por la dosis del agente contaminante recibida por el organismo. Esta dosis puede medirse como energía recibida por unidad de tiempo, si se trata de un agente físico, o como cantidad de sustancia que penetra en el organismo por unidad de tiempo, si se trata de un agente químico. Si se trata de agentes físicos hay que considerar el área, zona u órgano del cuerpo afectado o que pueda verse afectado por la exposición a según qué tipo de agente y tener en cuenta además determinadas características propias del mismo agente. Así por ejemplo, para una radiación ionizante es muy diferente si se expone el ojo o una parte de la piel, o todo el cuerpo, o si se trata de una sustancia emisora que ha penetrado en el interior del organismo. En la exposición a agentes químicos hay que considerar las vías de penetración en el organismo. Con ocasión del trabajo, la vía más común es la respiratoria, aunque existen muchos casos en los que el agente se absorbe además a través de la piel. Cualquier otra vía, oral, parenteral, resulta altamente improbable en el caso del trabajo. La severidad del daño que puede producirse por exposición a los agentes químicos ambientales se suele determinar mediante el porcentaje de casos que se presentan para una dosis determinada y se denomina respuesta. La relación entre ambos parámetros se denomina relación dosis-respuesta y es de difícil obtención. En la práctica común para evaluar un riesgo ambiental se mide el nivel promediado en el tiempo de la presencia del contaminante en el puesto de trabajo (intensidad o concentración media, según se trate de un agente físico o químico) y se compara con los valores-límite (intensidades o concentraciones promediadas) de referencia. Para
  • 12. ciertos agentes físicos, como el ruido o las radiaciones ionizantes es relativamente sencillo medir la dosis recibida, por lo que los valores-límite se suelen dar en términos de dosis. Llegados a este punto, en relación con los riesgos ambientales, es decir, debidos a agentes ambientales, conviene distinguir dos clases de efectos: los inmediatos y los diferidos en el tiempo. Con la denominación efectos inmediatos, se quiere expresar que el daño se produce nada más se desencadena el suceso que lo causa, pudiendo evolucionar a partir de esta acción de una manera continuada tanto a un agravamiento como a una mejoría. Este es el caso, por ejemplo, de un accidente de caída de altura con resultado de lesiones. Pero también la exposición a un ruido de impacto (un disparo) con resultado de perforación del tímpano, o la salpicadura de un líquido corrosivo sobre la piel con resultado de una quemadura química (destrucción de los tejidos). A esta posibilidad se refieren los riesgos de accidente, mencionados en el epígrafe anterior, pudiendo intervenir también los agentes físicos y químicos mencionados en éste, cuando actúan produciendo efectos de carácter inmediato, como los de los ejemplos, efectos éstos denominados efectosagudos. Sin embargo, los daños o efectos a los que se refieren los riesgos ambientales son diferidos en el tiempo. Es decir, que la exposición continuada o repetida a unos determinados niveles o dosis de uno o más agentes ambientales, supone la posibilidad de sufrir al cabo de un cierto tiempo una alteración de la salud. Así una pérdida de la capacidad auditiva por exposición a altos niveles de ruido durante un prolongado espacio de tiempo o un cáncer por haber estado expuesto a un agente cancerígeno años atrás (mesotelioma y exposición por vía respiratoria a fibras de amianto hasta treinta años antes incluso). Estos efectos que pueden manifestarse tiempo después, meses y hasta muchos años, se denominan efectos crónicos y son característicos de los riesgos ambientales. Aunque no exclusivos de ellos, puesto que existen patologías debidas a otras causas como las malas posturas o los movimientos no adecuados y repetidos, (métodos y organización de la tarea inadecuado, mal diseño y adaptación defectuosa del puesto de trabajo a la persona) que pueden dar lugar con el tiempo a patologías en músculos yhuesos.
  • 13. Caso aparte, y aún más complicado por su especial índole, son los riesgos ambientales en los que están implicados agentes biológicos. En general, tanto estos últimos como los demás riesgos ambientales, por la dificultad de advertir sus efectos y relacionarlos con sus causas, que incluso pueden haber desaparecido cuando se ponen de manifiesto los primeros signos que los delatan, por la complejidad y gran diversidad de tales riesgos así como por las técnicas de identificación y evaluación, necesitan de una reglamentación técnica y metodología específica, y de profesionales especializados para su tratamiento. 2.2.3. Riesgospsicosociales En cuanto a los factores de riesgo relacionados con la organización del trabajo se puede hablar de riesgos psicosociales. La dificultad de su evaluación estriba en que las posibles alteraciones de la salud suelen ser inespecíficas y además resulta también muy difícil discernir en qué medida se deben a factores de riesgo laborales y a factores extralaborales. Lo cual no quiere decir que carezcan de importancia o que no se deban tomar medidas preventivas. Es más, estos problemas que surgen de la organización del trabajo, pueden ser determinantes en la productividad y en la calidad final del producto o servicio que se ofrece, por lo que la adopción de medidas para su detección y de las soluciones idóneas debe ser tarea prioritaria en la gestión de la empresa. 3. CONCEPTO DE RIESGO GRAVE E INMINENTE. Particular atención merece las situaciones en las que pueda considerarse que existe un riesgo grave e inminente. La Ley de Prevención lo define como aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud. A continuación aclara que esta definición se refiere tanto a los daños inmediatos como a los diferidos, incluyendo por lo tanto las situaciones en las que probablemente se produzca una exposición a un agente de la que puedan derivarse daños para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de formainmediata. Las características de estas situaciones son:
  • 14. - Existe una probabilidad racional de que se materialice, es decir: es muy posible que el riesgo se desencadene (una caldera con sobrepresión, una techumbre en malas condiciones y que es muy posible que se derrumbe, un depósito con un agente tóxico sometido a una temperatura anormalmente elevada,...) - La materialización se aprecia inminente y por lo tanto difícilmente evitable en un corto espacio de tiempo (no responden los dispositivos de seguridad, por ejemplo válvulas, de una caldera donde su presión sigue elevándose más allá de la que puede soportar por lo que está a punto de estallar; aparecen indicios determinantes, por ejemplo grietas que se acrecientan, en una techumbre en mal estado, por lo que parece que se derrumbará de un momento a otro; se abre una fisura en un depósito con un agente tóxico que comienza a escaparse,...). - Se pueden derivar daños graves (en los ejemplos citados anteriormente: si se está situado en el campo de influencia de la explosión de la caldera, y cuanto más próximo a ella peor, puede originarse múltiples y graves lesiones que pueden llegar a ser irreversibles; análogas consecuencias pueden tener lugar si se está debajo de la techumbre cuando se derrumba; dependiendo del grado de toxicidad así como de la cantidad de agente tóxico incorporada al organismo, que a su vez depende de la concentración en el ambiente y del tiempo exposición, las consecuencias puedan ser muy graves al producirse una severa alteración de la salud -enfermedad- que puede manifestarse más adelante y llegar a ser incluso irreversible) Cuando se habla de peligro grave e inminente se expresa lo mismo que riesgo grave e inminente. En relación con esta situación el empresario está obligado a adoptar las medidas adecuadas y suministrar las instrucciones precisas para actuar en caso de emergencia de manera rápida y eficaz con el fin de evitar las consecuencias del peligro. Además el trabajador tiene pleno derecho a interrumpir unilateralmente su actividad y, en caso necesario, abandonar el puesto de trabajo. Este es el derecho de resistencia del trabajador que le asiste oponiéndose a lo ordenado por el empresario en situaciones como ésta, de riesgo grave e inminente, o en otras tales como aquellas en las que se pudiera ir en contra de su dignidad personal.
  • 15. 4. CONCEPTOS DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL Accidente de trabajo Para diferenciar los accidentes de trabajo de las otras agresiones a la salud y bienestar de los trabajadores como consecuencia de su trabajo nos fijaremos en la “dureza” del agresivo y en la velocidad de la producción del daño. Así, se tienen agresiones que causan malestar, insatisfacción u otros daños inespecíficos y que, aun prolongándose en el tiempo, no generan lesiones físicas o psíquicas claramente demostrables. Otras formas de agresión, cuando se repiten a lo largo de un determinado período, acaban produciendo enfermedades perfectamente diagnosticables (enfermedades profesionales: silicosis, saturnismo, sorderaprofesional…). Por último, hay agresiones que actuando sólo una vez producen lesiones perfectamente diagnosticables de carácter leve, grave o mortal. Este tipo de agresiones son los accidentes de trabajo. Estos accidentes de trabajo son los indicadores inmediatos y más evidentes de una inadecuadas Condiciones de Trabajo y, dada su gravedad, la lucha contra ellos es el primer paso en toda actividadpreventiva. ¿Cómo definimos el ACCIDENTE DE TRABAJO legalmente? Legalmente se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejercite por cuenta ajena (Real Decreto 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la SeguridadSocial). Analizándola nos encontramos con tres características: ♦ Lesión corporal. ♦ Sufrido por el trabajador por cuenta ajena.
  • 16. ♦ Con ocasión o por consecuencia del trabajo. 1) Lesión corporal. Normalmente, el término lesión se asimila a golpe o herida de consecuencias inmediatas, si bien la definición de lesión que da la Real Academia de la Lengua es la de “daño o detrimento corporal por herida, golpe o enfermedad”. A raíz de la Ley de 1900 se suscita la duda sobre si la enfermedad quedaba dentro o no del concepto de accidente de trabajo, que resultó aclarada con una sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 1903, al considerar que el accidente de trabajo incluía también el de enfermedad profesional. En consecuencia, la lesión corporal, no sólo se refiere al hecho de que como el golpe, la herida o la quemadura tienen un reflejo inmediato y directo en su producción, sino a otros que, como la enfermedad en toda su acepción, tanto física como psíquica, común o profesional, venga diferida en el tiempo por su lógica evolución, siempre que, por supuesto, se den en ella el resto de los requisitos que más adelante se refieren. 2) Sufrida por el trabajador por cuenta ajena. Se excluye pues el que pudiera ser contraído por el trabajador autónomo. 3) Con ocasión o por consecuencia de trabajo. La expresión “con ocasión” parece más bien referida a una relación de tipo inmediata o aparición inminente del efecto (golpe- herida), mientras que “por consecuencia” tiene una aceptación inmediata en el sentido de poder diferir en el tiempo sus efectos (enfermedad común o profesional) o en el hecho de no provocar la lesión pero dar lugar a que se produzca. No es suficiente, pues, que el trabajador sufra una lesión corporal, sino que ésta, para su consideración como accidente de trabajo, tiene necesariamente que estar en relación con el trabajo realizado. De producirse un hecho o circunstancia que rompa este nexo causal, el evento perderá la calificación de accidente de trabajo.
  • 17. Tendrán consideración de accidente de trabajo: ♦ Los que sufra el trabajador al ir o volver del lugar o centro de trabajo; es el denominado accidente “in itinere” (del latín iter = camino). ♦ Los que sufre el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten lasfunciones propias de dichoscargos. ♦ Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecuta el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. ♦ Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo. Son escasos los supuestos que se dan relacionados con el acto de salvamento. Si el acto se realiza por orden del empresario, nos encontraríamos en el supuesto contemplado anteriormente y si es acción espontánea del trabajador, debe tener por causa el trabajo. ♦ Las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo siempre que se apruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo. No se refiere, por supuesto, a las profesionales y que están tipificadas en un cuadro exclusivo y excluyente, sino a enfermedades comunes que el trabajador demuestre tuvieron su causa exclusiva en la realización del trabajo. ♦ Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente. Representa en la práctica el que, frecuentemente, lesiones congénitas o degenerativas acaben adquiriendo la consideración de accidente de trabajo en cuanto la región anatómica afectada coincida con la que corresponde a las lesiones anteriormente producidas.
  • 18. ♦ Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación por enfermedades intercurrentes. Desde el punto de vista preventivo, la lesión física no necesariamente debe ir asociada al accidente de trabajo, produciéndose en muchas ocasiones accidentes llamados blancos (Fig. 1) y que es necesario controlar. Por ello se amplía técnicamente el concepto de accidente de trabajo. Figura1 Enfermedad profesional La enfermedad profesional se encuentra definida en el art. 116 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 20 de junio de 1.994 como “la contraida a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley y que ésta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”. Parece claro que el concepto de enfermedad profesional viene derivado del propio de accidente de trabajo: “Lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o a consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena”, ya que la lesión corporal no tiene que implicar necesariamente una inmediatez en sus consecuencias (golpe-herida), sino que ésta puede derivarse en el tiempo apareciendo después de Accidente de trabajo es un suceso anormal, no querido ni deseado que se presenta de forma brusca e inesperada, normalmente es evitable, interrumpe la continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas.
  • 19. transcurrido un plazo más o menos largo y es precisamente en la consecuencia del trabajo donde encaja la enfermedad profesional más que en la ocasión, que parece referida a esa espontaneidad propia del accidente. Son elementos del concepto de enfermedad profesional: 1 El trabajo por cuenta ajena: Se excluye, pues, la que pudiera ser contraída por eltrabajador autónomo. 1 Que sea consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley: Por tanto las enfermedades adquiridas por consecuencia del trabajo que no se encuentren reflejadas en el indicado cuadro puedan quedar incluidas en el concepto de accidente laboral, pero no tiene la consideración de enfermedad profesional. 1 Que proceda de la acción de sustancias o elementos que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad: Es decir, es necesario que la Enfermedad Profesional se haya producido precisamente por los elementos, sustancias o sustancias que detalla el cuadro aprobado por el Real Decreto 1995/1978 mencionado para cada tipo de enfermedad. Si las sustancias, agentes, etc. provienen del trabajo pero no se encuentran entre las que en el indicado cuadro dan lugar a la enfermedad profesional, estaríamos ante un enfermedad que podría tener la consideración de accidente de trabajo. Diferencia entre enfermedad profesional y accidente de trabajo. Así como la definición de accidente es muy conocida, la enfermedad profesional no lo es tanto para los que no son médicos. La enfermedad profesional es la ocasionada por la exposición repetitiva a determinados agentes ambientales que se presentan en los puntos de trabajo, como consecuencia del desarrollo de procesos y tareas en el transcurso del trabajo por cuenta ajena. Para que se produzca una enfermedad profesional debe producirse un CONTACTO entre la persona y el agente contaminante causa de la misma: Esta es la semejanza absoluta y total entre el accidente y la enfermedad profesional: el contacto, el nexo causal.
  • 20. La diferencia entre ambos es la DURACIÓN DEL CONTACTO. En un accidente la duración es corta (casi instantánea), mientras que en la enfermedad profesional la duración debe ser prolongada (bien en cortos períodos repetitivos, bien en exposiciones prolongadas). Así, el organismo humano ve minadas sus defensas día tras día, hasta llegar a sobrepasar el límite de tolerancia y comienza a desarrollar síntomas de la enfermedad. Como decíamos respecto a los accidentes, y aquí con más motivo, no podemos esperar a que aparezcan los síntomas de la enfermedad para empezar a actuar, ya que, generalmente, los efectos de estas enfermedades son irreversibles. No debe confundirse la enfermedad profesional con el caso de una intoxicación aguda por una sobreexposición a un agente ambiental. Esto último es un accidente. 5. NECESIDAD DE LA ACCIÓN PREVENTIVA. El balance humano y económico de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales es considerable. De los 150 millones de trabajadores con que cuenta la Unión Europea, casi 10 millones sufren cada año incidentes, accidentes o enfermedades en el lugar de trabajo. Sus efectos son mortales para unos 8.000 trabajadores. Se estiman en 20.000 millones de euros las indemnizaciones abonadas anualmente en concepto de accidentes y enfermedades laborales, aparte de los costes indirectos, difíciles de calcular, pero cuya cuantía es muy importante. En los países industrializados se estima que los accidentes vienen a costar entre el 1 y el 3 por 100 del PIB, y debe pagarlos la comunidad social, que además se ve obligada a crear y mantener instituciones para desarrollar funciones relacionadas con la gestión e indemnización de accidentes y como consecuencia hay capitales que no pueden ser empleados en inversiones productivas. Aunque los costes de los accidentes comportan dos aspectos muy diferentes entre sí, los humanos y los económicos, se podría decir desde un punto de vista ético y moral que el coste humano, con los consiguientes sufrimientos para los propios accidentados y sus familias, sería razón más que suficiente para poner todos los
  • 21. medios económicos y humanos precisos para evitar que éstos ocurrieran. También es preciso definir a quién afecta realmente este coste, o dicho de otro modo quién lo paga. Tal es el caso del propio accidentado, su familia, la empresa, la compañía aseguradora, la sociedad, etc. Relacionamos esquemáticamente los costes para el accidentado y para la sociedad centrándonos a continuación en el coste para la empresa. a) Coste para elaccidentado Coste humano * Dolor y sufrimientofísico. * Pérdida de la capacidad de trabajo o la profesión. * Sufrimiento en lafamilia. * Marginación social del incapacitado. Coste Económico * Disminución de ingresos temporal o definitivamente * Gastos adicionales. b) Coste para laSociedad Coste humano * Muertes. * Minusvalías. * Lesiones graves yleves. * Deterioro de la calidad devida. Coste económico * Contabilizado: Indemnizaciones de la Seguridad Social * Oculto: Deterioro de bienes : materiales, equipo, instalaciones, etc. Actuaciones obligadas : Investigaciones, procesos, etc. Sustracción de recursos humanos para el trabajo. c) Coste para laempresa.
  • 22. Contemplemos un coste humano para la empresa, derivado de la pérdida de recursos humanos (los accidentados) y los problemas para otros compañeros o mandos que se ven sometidos a procesos e incluso condenas judiciales. Es muy importante conocer el coste económico pues incide directamente sobre el beneficio económico de la empresa. Existen distintos métodos para calcular estos costes teniendo en común el diferenciar los costes que se pueden cuantificar con facilidad (directos o asegurables, etc.) de otros que en principio aparecen más o menos ocultos pero que en la mayoría de los casos son muy cuantiosos (indirectos y no asegurables). Se han estimado en los cálculos oficiales los costes ocultos en más de 5 veces los costescuantificables. Se consideran costes asegurados los que estipulan la legislación vigente de acuerdo con la actividad. Si la responsabilidad civil se asegura la prima iría incluida en este apartado. Entre los costes no asegurados pueden ser considerados: - Tiempo perdido por el accidentado (no cubierto por el seguro) o por otroscompañeros. - Tiempo perdido por los mandos; asistiéndole, investigando el accidente, preparando el trabajo para continuarlo otro trabajador, elaborando informes, atendiendo a autoridades de la Administración (Inspección de Trabajo), etc. - Primeros auxilios y atención médica no cubierta por el seguro. - Daños sufridos por la maquinaria, herramientas, equipo y materiales a consecuencia del accidente. - Interferencias de producción, fallos en el suministro, penalizaciones por retrasos en la entrega de los pedidos. - Pérdida de productividad generada por el malestar que ocasiona el accidente. Varía según la gravedad de lo ocurrido. - Energía, alquileres, etc. que continúan mientras el accidentado sigue improductivo. - Procesos, condenas judiciales, abogados, etc. además de las posibles indemnizaciones que puedan derivarse. - Sanciones administrativas por infracciones a la normativa legal. Por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales estas sanciones pueden llegar a 100 millones de pesetas.
  • 23. - Pérdida de imagen y de mercado de la empresa. Dado que el accidente es repentino e inesperado, algunas empresas posponen la inversión en prevención confiando en que no ocurra nada. Las estadísticas demuestran que en demasiados casos la "suerte" no acompaña a este tipo de decisión. El que se haga o no prevención depende del interés que despierten los resultados que se esperan. Es un acto de la voluntad que exige esfuerzos y recursos económicos. La idea de que las actividades preventivas son contrarias al beneficio económico de las empresas ha sido el freno que ha impedido la ejecución de las medidas preventivas en la mayoría de los casos y ha permitido la existencia del riesgo y los siniestros derivados del mismo. Por ello el enorme interés que siempre han despertado los aspectos económicos. Por las razones expuestas nuestro objetivo será desarrollar para cualquier sistema productivo, un plan de inversiones en prevención que permita seleccionar, entre las alternativas de inversión en medidas preventivas posibles, la combinación óptima de las mismas desde el punto de vista económico preventivo y hacerlo utilizando el mismo lenguaje y parámetros para la decisión que los usados habitualmente en la empresa para seleccionar otros tipos deinversiones. Casi todas las inversiones en medidas preventivas tienen como expectativa de beneficio la reducción de los daños ocasionados por unos siniestros que pueden o no ocurrir. Por esta razón las expectativas de beneficio están basadas en aspectos probabilísticos, lo que constituye un pobre aliciente para el empresario. Debemos tener presente que este aspecto, en muchos casos probabilístico, de los beneficios de las inversiones no es ajeno al resto de las que se efectúan en la empresa: producción, nuevos productos, etc. donde la mayor parte de las veces se trabaja con beneficios esperados o posibles. Es el riesgo inherente a la actividadempresarial. Se abre de esta manera un ancho campo de expectativas a la economía de la prevención en la empresa pues permite adoptar las
  • 24. técnicas de economía y decisión empresarial a este campo e integrar estas materias en las actividades de la empresa como una posibilidad más para el desarrollo económico de la misma. Si la gestión económica de la prevención que se realice es adecuada la combinación de gastos e ingresos podrán representar unos beneficios para laempresa. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a realizar la prevención de riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias con el fin de garantizar una protección eficaz de la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Esta obligación, manifestada de esta manera tan absoluta, es una consecuencia del poder de dirección del empresario, que asigna determinadas tareas y funciones, en unas condiciones de trabajo fijadas por él. Estas condiciones de trabajo deben ser tales que no supongan una amenaza para la salud y para la integridad física de los trabajadores. En suma: no deben provocar ni favorecer la aparición de accidentes y enfermedades o patologías. Como tampoco deben ser estas condiciones de trabajo las que perturben la buena marcha del sistema productivo y sean fuente de errores, pérdidas, retrasos, defectos, etc., que correspondan a una mala gestión de la empresa, traducida finalmente en una baja productividad y una calidad defectuosa del producto o servicio que se ofrece. En un mercado tan marcadamente competitivo como el de esta época, el Mercado Único Europeo, abierto al mercado global mundial, los objetivos de calidad son imprescindibles para la supervivencia y desarrollo de las empresas. Para alcanzar la calidad del producto o servicio que se ofrece al final del proceso productivo, se debe mantener una coherencia entre todas las funciones que se ejercen en la organización de la empresa, con unos objetivos de calidad en todas las fases del sistema productivo: en la misma fase inicial de concepción y diseño, la adquisición de equipos y materiales y materias primas de calidad adecuada , la implantación (y el buen mantenimiento y control) de las instalaciones y equipos, con una calidad en la gestión de la empresa, en el proceso productivo y en el producto final, incluidasu
  • 25. puesta en el mercado. Desde esta perspectiva se comprende que debe estar incluida la calidad de las condiciones de trabajo para los objetivos de calidad total. Siguiendo el dicho: la cadena se rompe por el eslabón más débil, en el concepto de calidad total se excluye cualquier "dejadez" en ningún aspecto del sistema productivo. Es obvia la necesidad de aplicar el mismo rigor en todos los ámbitos si no se quiere exponer al fracaso la estrategia de calidad que se pretende establecer. La calidad constituye hoy un objetivo prioritario de las empresas. Aunque no se trata de un objetivo novedoso, durante los últimos años un creciente número de empresas de muy diferentes países y sectores se han embarcado en procesos cuyo objetivo es lograr una diferencia en la calidad de sus productos o servicios con la esperanza de que ello contribuiría a despejar las incertidumbres sobre su futuro en un entorno tan cambiante y competitivo como el actual. La calidad, definida como la aptitud de un producto o servicio para satisfacer las necesidades explícitas o potenciales de los usuarios, es el resultado de las calidades del conjunto de acciones complementarias y sinérgicas de todas las funciones de la empresa. Ello implica que la calidad de un producto o servicio sólo será alcanzable si todas y cada una de las etapas de producción, desde el diseño del producto hasta la comercialización del mismo, poseen el nivel de calidad adecuado. La creciente competitividad internacional hace que ese nivel no sea estable, sino que se torne cada vez más elevado. No cabe duda del papel central que ocupan los trabajadores en este continuo proceso. De hecho, las teorías sobre Calidad Total tienen como premisa considerar a cada operario o departamento de la organización como un cliente interno, en relación con la tarea del trabajador que le precede en la secuencia de trabajo. Los trabajadores no son, por tanto, una pieza más del proceso de calidad, sino probablemente, la más importante; sin cuyo concurso cualquier esfuerzo en ese sentido se torna baldío. Como señala un conocido experto “... los principales obstáculos a la calidad no son técnicos sino decomportamiento”
  • 26. Debe, por otra parte, resaltarse que los principios teóricos de la calidad y los principios normativos de la seguridad y salud en el trabajo son coincidentes en una alta medida ya que: • La seguridad, como la calidad, empieza por la dirección. • La seguridad, como la calidad, es un proyecto permanente. • La seguridad, como la calidad, se basa fundamentalmente en la actuación preventiva y no en la acción reparadora. • La seguridad, como la calidad, ha de aplicarse en todas las fases del ciclo de vida de los productos y en todas las etapas de los procesos productivos. Es necesario prevenir fallos tanto en las condiciones normales como anormales que puedanacontecer. • La seguridad, como la calidad, es medible. Sólo se puede ser eficaz si somos capaces de medir y evaluar la situación en la que estamos y cómo evolucionamos. En ambas áreas, las técnicas de evaluación son similares, e incluso algunas son idénticas. • La seguridad, como la calidad, es tarea de todos. • La seguridad, como la calidad, se logra mediante la formación. • La seguridad, al igual que la calidad requiere para su plena eficacia, un cambiocultural. Ante tales coincidencias la conclusión es bien simple: la calidad y la seguridad vienen a ser dos caras de la misma moneda. La experiencia demuestra que una actuación decidida en la mejora de las condiciones de trabajo y, por tanto, de las condiciones de seguridad y de salud laboral, con la participación y compromiso de los trabajadores, allanará el camino hacia la calidad, creando el clima de confianza mutua que ofrece toda inversión en lo humano. Es crucial, pues, partir del convencimiento de la necesidad de diseñar, mantener y controlar unas buenas -de calidad- condiciones de trabajo. Se impone, además un clima de mutua confianza y colaboración con los trabajadores. De aquí el valor de unos cauces de comunicación y participación. En definitiva, la gestión de la prevención de los riesgos laborales debe estar integrada en la gestión global de la empresa, con la determinación de unos objetivos formando parte de los objetivos de calidad, planificando y organizando la actividad
  • 27. preventiva en el conjunto del sistema productivo y de la organización de laempresa. 6. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ACCIÓN PREVENTIVA. El concepto de Prevención conlleva que se actúe necesariamente sobre el riesgo bien actuando sobre la probabilidad o bien actuando en algunas ocasiones sobre las consecuencias o sobre las dos simultáneamente. Aunque lo más normal es que se actúe sobre la probabilidad. Con el desarrollo de este concepto se puede entender de una manera muy sencilla que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es una Ley con un carácter activo que persigue actuar sobre los riesgos laborales antes de que se materialicen. Así la mencionada Ley contempla dentro del apartado 1º de su Artículo 4 sobre definiciones, los siguientes aspectos: "Se entenderá como prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo." No sería posible poder hablar de Prevención si no se tienen en cuenta necesariamente los Principios de la acción Preventiva indicados en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establece debidamente jerarquizados, una serie de principios generales de actuación preventiva, que necesariamente deben ser seguidos en el mismo orden a la hora de llevar a efecto las actuaciones preventivas en la empresa. El primero y principal principio de la acción preventiva que debe aplicarse en la empresa a la hora de realizar las actuaciones preventivas, no debe ir encaminado a la realización de una evaluación inicial de los riesgos, sino que irá encaminado a evitar los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, objetivo que es el que fundamentalmente persigue la Ley de Prevención. De aquí se deduce que en muchas ocasiones sea aconsejable el tomar medidas encaminadas al control de los riesgos, sin necesidad de realizar una evaluación formal de los mismos.
  • 28. El segundo de los principios de la acción preventiva será el de proceder a evaluar los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, que no hayan podido ser evitados. Esto debe permitir al empresario poder priorizar y temporizar todas aquellas actividades preventivas que tenga que realizar. Como se puede ver, este segundo principio viene a reforzar el "objetivo preventivo que tiene la Ley " que en resumidas cuentas no es otro que el de eliminar todos los riesgos presentes en el trabajo. El siguiente principio es el de combatir los riesgos en su origen que vuelve de una forma muy clara a incidir en el concepto de prevención o de tomar las medidas adecuadas para que se puedan actuar sobre los propios riesgos o sobre los distintos elementos que intervienen a la hora de calificar los riesgos o lo que es lo mismo sobre la probabilidad, las consecuencias o sobre ambas simultáneamente. Esta forma de actuación se considera que debe ser realizada a través de una acción planificada y organizada, anteponiendo siempre la protección colectiva a la individual, al mismo tiempo que se deberán definir e implantar sistemas de gestión de la prevención que incluya como un elemento muy importante la formación de los trabajadores sobre los riesgos a que están sometidos y las medidas preventivas a adoptar. Las actuaciones preventivas en la empresa, (considerando únicamente las medidas de prevención y no las de protección) pueden ser de muy distinta naturaleza, dependiendo el tipo y la prioridad en su adopción, de los resultados y de la información que se ha obtenido durante el proceso de evaluación de los riesgos. Desde un punto de vista más concreto, estas actuaciones pueden ser: - Actuaciones preventivas de tipo material consistentes fundamentalmente en la adopción de una o varias medidas de tipo técnico o material, que van encaminadas principalmente a evitar o disminuir el riesgo actuando sobre la probabilidad de que se produzca el daño. - Actuaciones de formación e información de los trabajadores técnica preventiva que aunque en los momentos actuales tiene una gran importancia, no siempre ha sido considerada como tal técnica. Va encaminada a que los trabajadores puedan tener conocimiento de la existencia e importancia de unos determinados riesgos que se
  • 29. pueden presentar en sus puestos y centros de trabajo y de cuáles son las medidas tendentes a combatir o eliminarlos. Con independencia de estas clasificaciones y modos de actuación preventiva en la práctica hay que tener presente que las medidas preventivas tomadas de un modo aislado no suelen ser muy eficaces, por lo que hay que recurrir a tomar una serie de medidas que sean complementarias unas de otras. Con esas condiciones las empresas podrán estar en una disposición apropiada de mantener los niveles de riesgo dentro de unos límites consideradoscomoaceptables. A veces se hace necesario complementar las actuaciones preventivas con una serie de actuaciones cotidianas en las empresas y que por razones de distinta índole no se llevan a cabo con la frecuencia necesaria, como son entre otras, las actuaciones de mantenimiento preventivo de máquinas, equipos, instalaciones, centros y lugares de trabajo, etc. sin cuyo concurso sería muy difícil poder realizar una prevención eficaz de los riesgos en la mayoría de las empresas. Dentro de las actuaciones preventivas conviene destacar algunas que van a presentar por su importancia un gran interés como son: - La evaluación de los riesgos, que va a permitir obtener toda aquella información que se considere necesaria para que una empresa u organización esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad o no de tomar medidas preventivas y en su caso del tipo de medidas preventivas que es necesario adoptar. - Las inspecciones o rondas de prevención de riesgos que básicamente consisten en la realización de un análisis que se realiza observando directamente y de forma ordenada, las instalaciones procesos, máquinas, equipos, etc. para evaluar los riesgos que pueden afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Sin embargo la mayoría de las actuaciones preventivas se llevan a cabo y se estructuran en varias técnicas preventivas, que son aquellas disciplinas encaminadas a prevenir los posibles daños para la seguridad y salud de los trabajadores derivados de las distintas condiciones de trabajo que se pueden presentar en los citados puestos de trabajo.
  • 30. Dichas técnicas, desarrolladas más adelante, son: - La Seguridad en elTrabajo. - La HigieneIndustrial. - La Medicina delTrabajo. - La Ergonomía y Psicosociología aplicada a la prevención. Una de las más importantes actuaciones en Prevención son las relacionadas y derivadas de la constitución del Mercado Interior Único europeo. A partir del 31 de diciembre de 1992 se estableció un Mercado Interior Único en el que mercancías, productos, etc. podrían circular libremente, pero con la condición de que todos los productos que se comercialicen en los países de la U.E fueran seguros desde el momento de su puesta en mercado. El artículo 100 A del Tratado de Constitución de la Comunidad Europea establece que la Comunidad deberá establecer mediante directivas las disposiciones sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir los productos para ser comercializados, directivas que se conocen como directivas de seguridad en el producto o de MercadoInterior. Con la puesta en marcha de estos mecanismos, se consigue que desde el mismo momento de su diseño o comercialización, los productos, máquinas, equipos, etc., incorporen unas medidas de seguridad debidamente garantizadas por fabricantes o distribuidores. Sin entrar en más detalles se puede decir, que a partir del establecimiento del mercado Interior, las propias directivas de seguridad en el producto, se constituyen como el primer y más importante sistema de prevención en el origen de los riesgos laborales, siguiendo la filosofía de que la primera actuación preventiva es la eliminación de los riesgos. Aunque las actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo deberían ser realizadas siempre que fuera posible a través de técnicas de prevención o lo que es decir con carácter previo a que se materialicen los riesgos laborales actuado principalmente sobre este, a veces estas actuaciones no son posibles de realizar o son insuficientes, debiéndose entonces recurrir a la aplicación de otras técnicas de actuación, como pueden ser las técnicas de protección.
  • 31. Las técnicas de protección son aquellas que aunque también son consideradas como técnicas activas, dado que se realizan con un carácter previo a que se materialice el riesgo, su objetivo fundamental es actuar únicamente sobre las posibles consecuencias bien reduciéndolas o incluso eliminándolas, aunque siempre con la particularidad de que no realiza ningún tipo de actuación sobre la probabilidad de que se produjera el riesgo. Así por ejemplo un trabajador que estuviera expuesto a unos niveles de ruido considerados como inaceptables, estará expuesto a un riesgo más o menos importante de disminución de su capacidad auditiva. Si se le proporciona y utiliza únicamente un protector auditivo que atenúe el nivel de ruido que puede llegar al órgano de la audición del trabajador, hasta unos niveles que se pueden considerar como aceptables, habrá disminuido ostensiblemente el riesgo de disminución de la capacidad auditiva de ese trabajador debido al ruido, aunque el nivel que existe en el ambiente o puesto de trabajo siga siendo el mismo que existía inicialmente. Es decir el sistema de actuación seguido no ha modificado la probabilidad del riesgo, habiendo modificado sin embargo sus consecuencias, con lo que la calificación del riesgo se ha visto reducida. Como se puede deducir fácilmente del propio concepto de protección, esta técnica de actuación se debería llevar a cabo después de haber realizado las técnicas de prevención que van encaminadas a la eliminación o disminución del riesgo o como técnica complementaria a esta. Dentro de las técnicas de protección las más aplicadas normalmente son: - Técnicas de proteccióncolectiva. - Técnicas de protecciónindividual. Las técnicas de protección colectiva son aquellas que protegen a los trabajadores de una forma general o lo que es decir eliminan o reducen las consecuencias de un riesgo que afecta a un número determinado de trabajadores. Un ejemplo que pueden servir para clarificar este concepto lo podemos encontrar en las redes de protección utilizadas en construcción, que no eliminan o disminuyen el riesgo sino que lo
  • 32. hacen sobre sus consecuencias y tal que protegen no a un solo trabajador sino a un número indeterminado de ellos. Otro ejemplo pueden ser las cabinas acústicas en centrales térmicas que no eliminando el nivel sonoro, evitan que los trabajadores de control de una zona, deban hacerlo en un ambiente ruidoso toda la jornada, sino únicamente en los momentos en los que tengan que salir a realizar labores de control propiamente dichas. Las técnicas de protección individual son aquellas que sirven para proteger a un trabajador de forma individua o particular o lo que es decir eliminan o reducen las consecuencias para un trabajador de un determinado riesgo. Estos equipos suelen ser específicos para la protección frente a unos determinados tipos de riesgos. Ejemplos claros de estos equipos de protección individual pueden ser los cascos, guantes, botas, cascos auriculares, etc. A fin de reducir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, se hace necesario eliminar o reducir bien los riesgos o sus consecuencias. Igualmente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla como una obligación empresarial, el realizar una planificación de la actividad preventiva a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. A partir de estas obligaciones se plantea la necesidad de conocer el concepto de riesgo, que aunque es un término utilizado desde hace muchos años en este campo, todavía hoy en día se presentan a veces grandes dudas sobre cuál es el significado y contenido que lleva asociado. El término riesgo implica siempre lleva aparejado dos conceptos, uno el de la probabilidad como algo posible, y otro el de las consecuencias en formas de daños para la seguridad y salud de los trabajadores al actualizarse el riesgo. Estos conceptos de posibilidad y consecuencias también son considerados como fundamentales dentro del contenido de la Ley de Prevención para calificar los riesgos. A la hora de actuar sobre los riesgos con el objetivo de proteger la seguridad y salud de los trabajadores se puede hacer de dos maneras diferentes, una actuando sobre el riesgo en si
  • 33. constituyendo entonces el concepto o técnicas de Prevención y otra actuando sobre las consecuencias constituyendo el concepto o técnicas de Protección. 7. ORGANISMOSCOMPETENTES. DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS I.- De la Administración Sociolaboral Los objetivos de la administración sociolaboral, tanto a nivel central como autonómico, son la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como el estímulo y desarrollo de los conocimientos y actividades de los empresarios y trabajadores sobre la prevención de los riesgos. La capacidad reglamentaria corresponde a la Administración Central mientras que la ejecución de la reglamentación laboral es competencia de las Administraciones de las Comunidades Autónomas. A) Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo “Es el órgano científico-técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. para ello establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia” El Instituto, en cumplimiento de esta misión, tiene las siguientes funciones: a) asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal y en el desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como internacional; b) promoción y, en su caso, realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales, con la adecuada coordinación y colaboración, en su caso, con los órganos técnicos en materia preventiva de la Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus funciones en estamateria.
  • 34. c) apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control. d) cualesquiera otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines y le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias, con la colaboración, en su caso, de los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. Presta, de acuerdo con las Administraciones competentes, apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación. En relación con las Instituciones de la Unión Europea, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo actúa como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información que facilita a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red. Ejerce la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, prestándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias. B) La Inspección de Trabajo y Seguridad Social “Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales”. En cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones: a) vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el capítulo VII de la presenteLey; b) asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada.
  • 35. c) elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. d) informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales; e) comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente ley; f) ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores. La Administración General del Estado y, en su caso, las Administraciones Autonómicas podrán adoptar las medidas precisas para garantizar la colaboración pericial y el asesoramiento técnico necesarios a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en sus respectivos ámbitos de competencia. En el ámbito de la Administración general del Estado, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo apoyará y colaborará con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control prevista en el apartado anterior”. (Ley de prevención de Riesgos Laborales, artículo 9). La actuación de la misma será por propia iniciativa, denuncia o mandato superior. Tiene carácter ejecutivo en cuanto a la valoración de las condiciones de trabajo, así como en las disposiciones que adopta en materia de Prevención de riesgos laborales y está facultada para entrar libremente y sin previo aviso, en cualquier momento del día o de la noche, sea laboral o festivo, en todos los centros o lugares de trabajo sujetos a inspección. Todo lo anterior se refiere a condiciones de Seguridad e Higiene en el Trabajo, pero además se ocupa de las condiciones de empleo, de las cotizaciones a la Seguridad Social y de temas relacionados con salarios, despidos, sanciones, etc
  • 36. C) Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Como el fin primordial es lograr una aplicación coherente y efectiva de la normativa en todo el territorio, parece conveniente, dada la estructura del Estado, articular un foro de encuentro y debate de las Administraciones Públicas con competencia en materia normativa y ejecutiva, junto con los agentes sociales protagonistas de la actividad preventiva en los lugares de trabajo. Para alcanzar estosobjetivos: “Se crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo. La Comisión estará integrada por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales másrepresentativas. La Comisión conocerá las actuaciones que desarrollen las Administraciones públicas competentes en materia de promoción de la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de vigilancia y control y podrá informar y formular propuestas en relación con dichas actuaciones, específicamente en lo referente a: – criterios y programas generales deactuación; – proyectos de disposiciones de caráctergeneral; – coordinación de las actuaciones desarrolladas por las Administraciones públicas competentes enmateria laboral; – coordinación entre las Administraciones públicas competentes en materia laboral, sanitaria y de industria. D) Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales “Adscrita a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo existirá una fundación cuya finalidad será promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.
  • 37. A efectos de lograr un mejor cumplimiento de sus fines, se articulará su colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La planificación, desarrollo y financiación de acciones en los distintos ámbitos territoriales tendrá en consideración la población ocupada, el tamaño de las empresas y los índices de siniestralidad laboral. En los sectores de actividad en los que existan fundaciones de ámbito sectorial, constituidas por empresarios y trabajadores, que tengan entre sus fines la promoción de actividades destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, el desarrollo de los objetivos y fines de la fundación se llevará a cabo, en todo caso, en coordinación con aquéllas. (Ley de prevención de Riesgos Laborales, Disposición adicional quinta.) E) Órganos técnicos de las Comunidades Autónomas Las principales actividades de estos Órganos técnicos son: • realizar estudios e informes sobre condiciones de trabajo (locales y puestos de trabajo, equipos y materiales de trabajo peligrosos, colectivos de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos, condiciones ergonómicas, control y concentración decontaminantes,...); • prestar asesoramiento técnico y asistencia a las empresas, a los trabajadores y sus representantes y cooperar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y otros organismos en aspectos técnicos; • analizar e investigar las causas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, proponiendo las medidas correctoras; • promover y desarrollar programas sobre métodos y técnicas de seguridad y salud en eltrabajo; • programar, organizar y desarrollar planes de formación en materia de seguridad ysalud laboral; • realizar la verificación de la certificación de equipos y medios técnicos de prevención y protección.
  • 38. F) Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Según el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994 las Mutuas son "entidades colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, en relación con las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional". La acción protectora se realiza a través de: • medicina preventiva e higiene y seguridad en el trabajo; • asistenciasanitaria; • prestacioneseconómicas. • Colaboran con el sistema de Seguridad Social entregando los excedentes de su gestión y las aportaciones que la Seguridad Social les solicite para la financiación de servicios comunes. Su función social y su espíritu de servicio se reflejan asimismo en que no persiguen fines de lucro. II.- De la AdministraciónSanitaria “Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su desarrollo. En particular, corresponderá a las Administraciones sanitarias: a) el establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes. Para ello, establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las sociedades científicas, a los que deberán someterse los citados servicios; b) la implantación de sistemas de información adecuados que permitan la elaboración, junto con las autoridades laborales competentes, de mapas de riesgos laborales, así como la realización de estudios epidemiológicos para la identificación y prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los trabajadores, así como hacer posible un rápido intercambio de información;
  • 39. c) la supervisión de la formación que, en materia de prevención y promoción de la salud laboral, deba recibir el personal sanitario actuante en los servicios deprevención autorizados; d) la elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores”. (Ley de prevención de Riesgos Laborales, artículo 10). Están integrados en el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) los siguientes organismos competentes especializados: • El Instituto Nacional de Medicina y Seguridad del Trabajo • La Escuela Nacional de Medicina del Trabajo • La Clínica de EnfermedadesProfesionales • El Instituto Nacional de laSilicosis III.- De la Administración de Industria Las bases de ordenación del sector industrial en España quedan establecidas en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23/7/92). El objeto de la seguridad industrial es la prevención y limitación de los riesgos y de sus causas, así como la protección contra accidentes y siniestros, derivados de la actividad industrial, capaces de producir daños o perjuicios a las personas, los bienes o el medio ambiente, con el fin de establecer los controles que permitan detectar o contribuir a evitar la aparición de riesgos. Les corresponde la elaboración de los Reglamentos de Seguridad Industrial, así como el control sobre su cumplimiento. Las principales instituciones y organismos con competencias son: - El Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial - Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) Entidad reconocida por el Ministerio de Ciencia y Tecnología para realizar actividades de normalización y certificación como instrumento de una política de fomento de la calidad. Se trata de una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro. Debemos recordar lo que nos exige la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 11 sobre coordinación administrativa: “La elaboración de normas preventivas y el control de su cumplimiento, la promoción de la prevención, la investigación y la vigilancia epidemiológica sobre riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales determinan la necesidad de
  • 40. coordinar las actuaciones de las Administraciones competentes en materia laboral, sanitaria y de industria para una más eficaz protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. IV.- De la AdministraciónLocal Aunque los ayuntamientos no tienen competencias directas en el control de las condiciones de trabajo, son los encargados, en su término municipal, de autorizar la apertura de los centros y locales de trabajo, con el objetivo de que éstos no supongan un peligro para el vecindario, pudiendo determinar el cierre de aquellos centros y locales que no reúnan dicha condición. En algunos casos, establecen disposiciones que guardan relación directa con la prevención de riesgos. Es de resaltar, en este sentido, por ejemplo, las ordenanzas municipales de incendios. ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Las Organizaciones Internacionales con competencias en materia de prevención de riesgos laborales realizan sobre todo funciones de investigación, legislación, creación de convenciones internacionales, información y control en la aplicación de la normativa adoptada y dilucidar diferencias e interpretar compromisos y obligaciones internacionales. Pasamos a continuación a definir aquéllas que tienen mayor arraigo e importancia en estamateria. - Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) Esta Organización se ocupa en principio de temas sanitarios, pero dado el concepto de salud y su implicación en los problemas de salubridad, su voz es tenida en cuenta. Por ejemplo, la mayoría de los países adoptan como propios los niveles de emisión y de contaminación estimados por la OMS. - Organización Internacional del Trabajo (OIT) Se trata de una institución intergubernamental creada en 1919, con su sede en Ginebra (Suiza), La prevención en el marco de la O.I.T. se encamina sobre todo a dar asistencia técnica y consejos de expertos siendo objetivos prioritarios la vigilancia de la salud individual y colectiva de los trabajadores, la vigilancia de las condiciones de trabajo y ambientales en relación a su nocividad
  • 41. para la salud, incluidos el diseño de maquinaria y equipos y la concepción del lugar de trabajo. La Conferencia Internacional del Trabajo adopta normas internacionales del trabajo, denominadas convenios y recomendaciones. Estas normas no son automáticamente vinculantes, pero los Gobiernos deben someterlas a sus órganos legislativos nacionales. El Estado que ratifica un convenio internacional del trabajo se compromete a aplicar sus disposiciones; las recomendaciones que no necesitan ratificación son una guía para la acción nacional en un determinado campo. Convenios de la O.I.T., ratificados por España, han sido tenidos en cuenta a la hora de redactar la propia Ley de Prevención de Riesgos Laborales. ORGANIZACIONES REGIONALES Y COMUNITARIAS El Consejo Europeo Sigue siendo el principal órgano decisorio de la Unión Europea, con las máximas competencias en materia legislativa y reglamentaria, La Comisión Es el órgano ejecutivo de la Comunidad. Tiene el poder de iniciativa para presentar propuestas de reglamentos y directivas aparte de cualquier otro tipo de iniciativas. En este sentido se la ha definido como “el motor de la política comunitaria”. También le corresponde el control de la aplicación correcta del Derecho comunitario. La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo Tiene su sede en Dublín y su misión es contribuir al establecimiento de mejores condiciones de vida y de trabajo, mediante medidas encaminadas a desarrollar y difundir los conocimientos adecuados en este campo. La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo Tiene su sede en Bilbao quedando definidos los objetivos por
  • 42. lo siguiente: “Al objeto de fomentar la mejora, principalmente del medio de trabajo, para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores, de acuerdo con lo previsto por el Tratado y los sucesivos programas de acción relativos a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, la Agencia tendrá como objetivo proporcionar a los organismos comunitarios, a los Estados miembros y a los medios interesados toda la información técnica, científica y económica útil en el ámbito de la seguridad y de la salud en el trabajo." 8. EVALUACIÓN DERIESGOS. La evaluación de riesgos es una herramienta indispensable en la actividad preventiva, mediante la cual se obtiene la información precisa para determinar las decisiones apropiadas en orden a adoptar las medidas necesarias de prevención y su planificación, estableciendo las prioridades que correspondan. La evaluación de riesgos es en sí misma una actividad preventiva, la primera, puesto que se dirige a identificar los factores de riesgo y prever los posibles daños y su magnitud, para poder elegir los medios para eliminarlos o minimizarlos. Por lo tanto, se trata de tomar las medidas adecuadas a tiempo, de actuar con anticipación -preventivamente- para no tener que lamentar que se produzcan daños y que su análisis, entonces a posteriori, nos delate los factores de riesgo que los han desencadenado y actuar, ya a destiempo, corrigiendo las incorrectas o defectuosas condiciones de trabajo. El concepto de evaluación de riesgos difiere según el objeto que se persigue, el motivo por el que se hace, quién la realiza, sobre qué elementos, en qué sector y en qué actividades. Así es diferente la efectuada en relación con el medio ambiente que la relativa a prevención de riesgos laborales, por imperativo legal o con objetivos de calidad, si la realiza un actuario o un higienista, si se refiere a equipos o productos que se van a comercializar o a lugares de trabajo, si se trata de una instalación radiactiva o una sala de espectáculos o un establecimiento hotelero. Se debe añadir los diferentes enfoques según la tradición en los diferentes Estados, sectores, culturas,etc.
  • 43. La evaluación de riesgos consiste esencialmente en un análisis sistemático de las condiciones de trabajo con objeto de identificar los factores de riesgo, en la valoración de los riesgos y en el estudio de la posibilidad de eliminarlos y de otras medidas de prevención, en sucaso. Debe contarse con la colaboración y participación de los trabajadores y de los distintos niveles jerárquicos. La evaluación de riesgos consta fundamentalmente de las siguientes etapas: - Identificación de los factores de riesgo (también denominados peligros, si bien este término puede tener otra acepción diferente, relacionada con la inminencia de la materialización del riesgo) - Identificación de los trabajadores expuestos a los riesgos. - Valoración, cualitativa o cuantitativa, de los riesgos (Evaluación)existentes. - Análisis de las posibles medidas para eliminar o controlar el riesgo. - Decisión sobre las medidas más adecuadas, implantación de las mismas, su mantenimiento y control. La evaluación debe referirse a los riesgos que pueda entrañar la actividad laboral y que puedan tener una cierta entidad, tanto por una cierta probabilidad de que se materialice como por la significación del daño esperado. En general, no hay porqué tener en cuenta los riesgos comunes de la vida ordinaria que no son motivo de preocupación, salvo que otros factores de las condiciones de trabajo los acrecienten. La evaluación de riesgos debe afectar a todos los puestos de trabajo. Podrán omitirse otros puestos equivalentes a uno ya evaluado, con el fin de evitar evaluaciones repetidas sin utilidad alguna. La evaluación de riesgos exige un conocimiento profundo de las condiciones detrabajo.
  • 44. No existe un único procedimiento o método de evaluación de riesgos con carácter general. La bibliografía ofrece una amplia gama de métodos de todo tipo, unos más sencillos (dirigidos a la pequeña y mediana empresa), otros más complejos dedicados a ciertas actividades de mayor envergadura, sectoriales, para riesgos específicos, etc. En los casos que exista un procedimiento determinado en un Reglamento específico (por ejemplo, sobre ruido, fibras de amianto, plomo ambiental, etc.) se deberá aplicar exclusivamente dicho método. En general deberán atenerse a las características básicas descritas anteriormente. Se pueden adoptar diferentes enfoques siempre que, en general, se lleven a cabo las siguientes actuaciones: - Estudio del entorno del puesto de trabajo (condiciones termohigrométricas, iluminación, instalaciones, equipos, suelo, accesos, ruido, etc.) - Identificación y estudio de las diferentes tareas. - Estudio de las pautas de trabajo y de la ejecución de las tareas, así como de su adecuación a los métodos establecidos. - Análisis de factores externos que puedan influir en los riesgos (por ejemplo: condiciones metereológicas en trabajos al aire libre) - Análisis de factores fisiológicos, psicológicos y sociales, que puedan interaccionar. - Análisis del sistema de prevención implantado. Se adoptará un determinado enfoque en función de: - El tipo del puesto de trabajo (en un lugar estable, provisional, móvil, etc.) - La clase de proceso (en cadena, repetitivo, nuevo, etc.)
  • 45. - Las características de la tarea (monótona, ocasional, de alto riesgo, en espacios confinados, etc.) - La complejidadtécnica En ocasiones con un único procedimiento se podrá evaluar el conjunto de todos los riesgos. En otras, sin embargo, será más adecuado adoptar enfoques diferentes para distintos aspectos de la actividad. A veces es útil realizar la evaluación de riesgos como una sucesión de diferentes etapas, en las que se avanza hacia un conocimiento más preciso o más profundo. De esta manera, se puede comenzar por una evaluación global que agrupe los riesgos en dos clases: aquellos conocidos que requieren medidas de control también conocidas, que pueden adoptarse de inmediato y son fácilmente comprobables, y aquellos otros que necesitan de un análisis más detallado. En esta evaluación global, cuando sea posible, se determinarán los riesgos cuya eliminación es factible. A menudo, la fuente de información más completa se obtiene mediante una entrevista con los trabajadores involucrados en la actividad que se pretende evaluar. Ellos pueden describir todos los detalles de las tareas y funciones que desempeñan, hábitos y precauciones que toman, pueden opinar sobre los posibles problemas que presentan, señalar factores de riesgo y fallos del sistema de prevención, y proponer mejoras. Las evaluaciones más detalladas se abordarán siguiendo las etapas señaladas con ocasión de la descripción de las características básicas de la evaluación de riesgos. Estas etapas se tratan con mayor amplitud másadelante. Como ya se ha dicho, más adelante se contemplará esta acción preventiva esencial de la evaluación de riesgos con la extensión y detalle necesarios. No obstante, hay que advertir que la evaluación de riesgos debe realizarse con sujeción a los procedimientos y criterios contenidos en la reglamentación, cuando exista. (ruido, amianto, etc.).
  • 46. En ausencia de reglamentación específica que sea de aplicación, se seguirán normas (UNE), guías y documentos de apoyo publicados por organismos competentes (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, organismos de las Comunidades Autónomas, etc.), códigos de buena práctica, recomendaciones de entidades reconocidas internacionalmente (Comisión Europea, CEN/CENELEC, ISO, OIT, OMS, OCDE, OSHA, etc.), métodos, instrucciones, guías y documentos análogos de entidades de prestigio, especializadas o comprometidas que ofrezcan un nivel de confianza que pueda equipararse a los anteriores (Universidades, Mutuas, Asociaciones profesionales, Sindicatos, Organizaciones Empresariales, Asociaciones de fabricantes, etc.) 9. TÉCNICAS PREVENTIVAS Y PLAN DE PREVENCIÓN. 9.1. TécnicasPreventivas La Seguridad en el Trabajo, la Higiene Industrial y la Medicina del Trabajo son técnicas preventivas que llevan un largo camino recorrido en la lucha contra accidentes y enfermedades laborales. La Seguridad estudia las condiciones materiales que ponen en peligro la integridad física de los trabajadores, la Higiene estudia los contaminantes físicos, químicos y biológicos presentes en el medio de trabajo, que pueden causar alteraciones reversibles o permanentes. La Medicina del Trabajo estudia las consecuencias de las condiciones materiales y ambientales sobre las personas y, junto con las Seguridad y la Higiene, trata de establecer condiciones de trabajo que no generen daños ni enfermedades. Está claro que es necesario seguir luchando para evitar que el trabajo cause daños a la salud y está claro que esta lucha es un objetivo conjunto de la Seguridad, la Higiene y la Medicina del Trabajo. Si aceptamos que la salud es un equilibrio entre los aspectos físico, mental y social de la persona, no podemos reducir la salud laboral a luchar contra los aspectos negativos del trabajo. Hay que ampliar el campo deacción.
  • 47. Para entrar en este nuevo campo tenemos que hablar de Ergonomía: tenemos que adecuar el trabajo a las personas. La Ergonomía nace como un conjunto de técnicas que tienen por objeto adecuar el puesto de trabajo a la persona. Puesto que las personas son diferentes, hay que diseñar los puestos de trabajo de forma que se adapten a las características de cada individuo. Esta forma de enfocar el estudio del trabajo, nació en un principio, para adecuar las dimensiones del puesto de trabajo, y los esfuerzos y movimientos que requería la tarea, al individuo que la realizaba. Pronto descubrió la ergonomía la necesidad de ampliar su campo de trabajo al medio ambiente físico. Las condiciones de iluminación, temperatura, humedad, nivel de ruido, etc., que dejaban de ser objeto de la Higiene Industrial en cuanto que no generaban directamente enfermedades profesionales, tenían una influencia determinante a la hora de estudiar tanto las exigencias físicas y mentales del trabajo como sus consecuencias en el rendimiento y en la fatiga de los trabajadores. Por la misma razón, la ergonomía tuvo que ampliar su campo de estudio y analizar los aspectos temporales del trabajo ( horarios, pausas, ritmos, etc.), así como los aspectos organizativos que influían en la conducta de los trabajadores. Todo esto nos lleva a plantearnos un tratamiento de las condiciones de trabajo pluridisciplinar, es decir que la mejora de la salud laboral es una tarea conjunta de diversas técnicas, que estudian tanto los factores presentes en el trabajo como las consecuencias des éstos sobre las personas. La ingeniería, la arquitectura, la física, la química, la biología, la medicina y la psicosociología, que estudian los efectos negativos del trabajo sobre las personas y la forma de evitarlos, tienen que ampliar su campo de acción con un tratamiento ergonómico del estudio del trabajo, de forma que no sólo se intervenga para corregir situaciones peligrosas, sino que además se estudien nuevos métodos de trabajo que favorezcan el desarrollo integral de los trabajadores. Pero este planteamiento no será válido si no tiene en cuenta en todo momento al trabajador, no sólo como objeto pasivo de
  • 48. estudio, sino también como sujeto activo que participa en la mejora de su puesto de trabajo. El hombre es la mejor medida de todas las cosas y por tanto nadie está en mejores condiciones que los propios trabajadores para conocer las consecuencias que el trabajo tiene sobre su propia vida. Es necesario pues, crear los mecanismos que permitan y favorezcan la formación de los trabajadores en el campo de la salud laboral para hacer posible su participación en la mejora de sus condiciones detrabajo. Las técnicas preventivas globales que pasaremos a considerar son por tanto: Seguridad, Higiene, Medicina, Psicosociología, Ergonomía y Formación. De una forma multidisciplinar se pretende con todas ellas identificar, evaluar y controlar los distintos grupos de factores de riesgos y por tanto mejorar las condiciones de trabajo. Sin olvidar para este objetivo el empleo de técnicas específicas de: Ingeniería, Arquitectura, Física, Derecho, Economía, etc. Seguridad en el Trabajo La Seguridad en el Trabajo fue una de las ciencias pioneras, junto con la Medicina del Trabajo, para el control de los riesgos, y la reducción de los accidentes laborales. Las técnicas y procedimientos de actuación han evolucionado considerablemente junto al desarrollo tecnológico y la propia evolución en la gestión empresarial y en la organización del trabajo. Se han superado los planteamientos tradicionales de una seguridad en el trabajo paternalista y de limitado rigor científico para desarrollarse en la actualidad en la empresa moderna bajo una concepción: Científica, analizando en profundidad los factores causales de los riesgos de accidentes, y evaluando su peligrosidad para poder seleccionar las medidas correctoras más adecuadas.
  • 49. Interdisciplinar, asumiendo la intervención de las diferentes áreas del conocimiento ante la diversidad y complejidad de variables que pueden condicionar la inseguridad de un puesto de trabajo. Integral, contemplando todos los riesgos, tanto los que generan daños directos como indirectos, siendo los accidentes de trabajo, junto a otros indicadores (averías, errores, desperfectos, etc.), con los que están interrelacionados, objetivos colaterales de actuación. Integrada, comprometiéndose directivos, técnicos y trabajadores en que para la realización correcta de cualquier trabajo o proceso productivo deben aplicarse criterios de seguridad tanto en su concepción y diseño como en su ejecución material. Participativa, asumiendo que los trabajadores deben participar activamente en el defensa de su salud en base a los derechos que les corresponden. No se trata de la seguridad que ofrece una compañía de seguros o la que proporcionan los vigilantes jurados. Tampoco nos referimos a la seguridad social ni a la que pueden dar un médico al curar a un accidentado. La Seguridad en el Trabajo es un conjunto de conocimientos y técnicas, que no son de tipo médico, y que tratan de eliminar, o al menos reducir, los riesgos de daños materiales y lesiones personales. Para entender y aplicar la seguridad del trabajo es preciso poseer una serie de conocimientos muy variados que corresponden a las materias que forman parte de la seguridad del trabajo. Materias tan distintas como la Ingeniería, Legislación, Organización y Gestión de Empresas, Economía, Análisis Estadístico, Formación, Psico-sociología, etc. Como se puede ver, entender de Seguridad del Trabajo no es fácil y es un error, que muchas empresas cometen, creer que cualquiera puede encargarse de resolver los problemas de seguridad. Cierto es que todos en la empresa deben participar en la prevención de los accidentes, especialmente los trabajadores que son los más afectados, pero asesorados por especialistas en Seguridad del Trabajo capaces de identificar riesgos, evaluarlos y proponer las medidas correctoras para su eliminación o control.
  • 50. Una estrategia racional en la lucha contra el accidente de trabajo, lleva a intentar la actuación en las fases previas al accidente. Se identifica así lo que puede conocerse como Grupo de Técnicas de Prevención. Estas Técnicas de Prevención evitan el accidente, mediante la eliminación de los factores del Riesgo o, bien, mediante el control de su evolución. Pensemos en el caso de una barandilla o de una red que protege el contorno de un hueco, en el forjado de una planta en construcción. Su instalación y su existencia están relacionadas con la prevención de una posible caída a distinto nivel. No obstante, tampoco podemos olvidar que existen circunstancias y situaciones en las que, la adopción de medidas preventivas, puede no resultar totalmente eficaz, al no haberse podido eliminar totalmente los factores del Riesgo. Por este motivo, se ha permitido y tolerado la presencia de un determinado grado de riesgo, que como tal puede llevar al desarrollo de la secuencia final y no deseada del Accidente de Trabajo. Es aquí donde es necesario pensar en la necesidad del desarrollo TÉCNICAS DE PROTECCIÓN que actuarán no sólo sobre los factores de riesgo, sino sobre las CONSECUENCIAS del accidente de trabajo, tanto en su forma de LESIÓN para la persona humana como en su forma de DAÑO para los elementos físicos actuantes. Por todo ello, queda claro que estas TÉCNICAS no evitan el accidente, sino que tienden a disminuir o controlar las CONSECUENCIAS. Este es el caso de las ProteccionesPersonales. No pueden ser consideradas como técnicas de lucha contra los accidentes de trabajo, las que se dedican a reparar económicamente las consecuencias de un accidente, como el caso de SEGURO DE ACCIDENTE, ya que en su actuación no evita el suceso ni sus consecuencias, pues sólo tienden a paliar económicamente un hecho no deseado. Con independencia de que la lucha contra los accidentes de Trabajo se plantea en el ámbito de la PREVENCIÓN de la PROTECCIÓN o de ambas conjuntamente, la puesta en marcha de las mismas exige el conocimiento y dominio de una serie de métodos, sistemas y modos que constituyen la base de las llamadas TÉCNICAS DE SEGURIDAD definidas como:
  • 51. "El conjunto de actuaciones dirigidas a la detección y corrección de los distintos factores que intervienen en los Riesgos de Accidentes de Trabajo y al control de su posibles consecuencias". Higiene Industrial La Higiene Industrial es la técnica que estudiando, valorando y modificando el medio ambiente físico, químico o biológico del trabajo, previene la aparición de enfermedades profesionales a los trabajadores expuestos. Recordemos que, desde el punto de vista técnico, la enfermedad profesional o derivada del trabajo se define como el deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador producido por una exposición mínima a situaciones adversas. La aparición de alteraciones patológicas viene determinada por un conjunto defactores: 1. La naturaleza y estado físico de los agentes químicos y el tipo y, en su caso, frecuencia de los agentes físicos. 2. La concentración del agente químico presente en el ambiente o la intensidad referida al agente físico al que está expuesto el trabajador. para evaluar el riesgo de exposición se suelen utilizar valores-límite dereferencia. 3. El tiempo de exposición al agente en el medio ambiente de trabajo. Los valores-límite se suelen referir a un tiempo normalizado, como la jornada de trabajo de 8 horas diarias o 40 horas semanales. La consideración conjunta de la concentración o intensidad, según el caso, y el tiempo de exposición da lugar al concepto de dosis, cantidad de sustancia o de energía que recibe el organismohumano. 4. Las características individuales de cada persona y en particular, determinadas susceptibilidades especiales ante algún agente que pudiera existir. Los valores de referencia se establecen en relación a una población normal o estándar, por lo que habrá que determinar si una persona se puede considerar incluida en ese colectivo o no, para cada agente al que pudiera estar expuesta. 5. La existencia de otros agentes o factores que puedan potenciar o rebajar los posibles efectos de la exposición.
  • 52. La higiene industrial, como técnica no médica de prevención de los riesgos laborales, actúa por procedimientos técnicos, en general, con la siguientesecuencia: 1. Identificación de los diferentes agentes de riesgo. 2. Medición, en caso necesario, de la exposición al agente (intensidad y tiempo de exposición) y aportación de datos complementarios que se precisen. 3. Valoración del riesgo de exposición, comparando las dosis de exposición con los valores de referencia según los criterios establecidos. 4. Corrección de la situación, si ha lugar, con actuaciones adecuadas, por el siguiente orden de preferencia, en: el diseño, en el foco, en el medio de transmisión y sobre la propia persona. 5. Controles periódicos de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas y de la exposición, conjuntamente con la vigilancia periódica de lasalud. La actuación en Higiene Industrial es de tipo preventivo y de la carácter técnico, lo cual siempre es más útil que aplicar soluciones de carácter curativo o paliativo, de la misma manera que es mejor invertir en una red de saneamiento que vacunar a toda una población o, peor aún, tratar las enfermedades de esta población, suministrándole antibióticos. Puesto que la higiene industrial centra su análisis en el concepto de contaminante, se hace imprescindible introducir el concepto. Un contaminante es, desde un punto de vista amplio, un producto químico, una energía o un ser vivo presente en un medio, en este caso un medio laboral, que en cantidad o concentración suficiente pueden afectar la salud de las personas que entren en contacto con él. Se clasifican en químicos, físicos o biológicos.