e-presentaciones relacionadas con la interpretación legal, tributaria y cálculo del ISR en entidades que están inscritas en el Régimen sobre utilidades.
e-presentaciones relacionadas con la interpretación legal, tributaria y cálculo del ISR en entidades que están inscritas en el Régimen sobre utilidades.
Derecho Tributario
Es un conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas”; es decir, que el Derecho Tributario establece los parámetros legales a seguir, ya sea por el contribuyente o por los funcionarios.
Derecho Financiero
Es la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que reglamentan la recaudación, la gestión y la erogación de los medios económicos que necesita el Estado y los otros órganos públicos para el desarrollo de sus actividades, así como, el estudio de las relaciones jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado entre los mismos ciudadanos que derivan de la aplicación de esas normas.
Diferencia existente entre las fuentes del derecho tributario con el derecho financiero
Son muchas las circunstancias en las que vemos cómo se usan indistintamente ambas expresiones, por lo que no es de extrañar que haya muchas personas que tengan dudas sobre cuáles son las diferencias entre el Derecho Fiscal y el Derecho Tributario. Esta confusión es aún mayor entre quienes no tienen ningún tipo de formación especial al respecto, pero que si saben que se trata de materias que les afectan más o menos directamente.
Porque, más allá de si hay diferencias entre el Derecho Fiscal y el Derecho Tributario, lo que todo el mundo tiene claro es que se está hablando de temas como impuestos, tasas y hacienda, con las directas implicaciones que suponen para la vida cotidiana de cualquiera. Pero, sigue siendo difícil distinguir si hay diferencias entre Derecho fiscal y Derecho tributario hablando incluso con los expertos.
Hay especialistas que consideran que no existen diferencias entre ambas disciplinas, que se trata de preferencias personales a la hora de denominar una asignatura, por ejemplo, en el caso de los estudios universitarios. Para ellos, sería el propio profesor el que optaría por una u otra expresión para referirse a su asignatura, pero sin que implique cambios en el contenido.
Por el contrario, otros expertos encuentran una clara diferencia entre Derecho fiscal y Derecho tributario. Para ellos el Derecho fiscal es la materia general que se ocupa de los ingresos y presupuestos del estado, mientras el Derecho tributario es la rama que se ocupa solo de la parte de las contribuciones, sin tocar el tema de los gastos o su distribución.
Fuentes del Derecho Tributario
El Código Orgánico Tributario venezolano vigente, preceptúa en su artículo 2º, de manera expresa las fuentes de ésta rama del Derecho, así se tiene:
Artículo 2: Constituyen fuentes del derecho tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados porla República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales.
5. Las reglamentaciones y de
CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICAMenfis Alvarez
FACTIBILIDAD FINANCIERA PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICA EN LA PARROQUIA CARICUAO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, PARA EL AÑO 2020
PROCESO GERENCIAL POLICIAL EN EL ASESORAMIENTO DEL COACHING PARA LOS GERENTES DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS ORGANIZACIONALES
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL DEL ESTADO
MÉRIDA “KLÉBER RAMÍREZ” - CONVENIO ULAC-CSF
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Contabilidad Tributaria
Prof. Licdo. Carrasquel Jesús
Autores:
Álvarez Menfis CI.10.784.470
Camacaro Yubimar C.I. 15.394.689
González Raúl C.I. 6.179.197
Caracas, junio de 2020
2. 2
Impuesto Sobre la Renta (ISLR)
Es importante para abordar el tema de los impuesto se debe tener los
conceptos claros en cuanto a los impuestos, ellos se clasifican en directos e
indirectos, siendo los impuestos directos aquellos que gravan directamente a las
riquezas tanto de una persona natural como una persona jurídica a diferencia de
los impuestos indirectos son aquellos que gravan el uso de dichas riquezas.
El Impuesto Sobre la Renta (ISLR) es un impuesto directo ya que al gravar las
riquezas obtenidas se paga de forma presencial ante el órgano encargado de las
recaudaciones siendo el SENIAT y en los impuestos indirectos siendo uno de ellos
el IVA que se entera al momento de realizar una compra de un bien o un servicio y
es indirecto porque no se paga de manera presencial ante el SENIAT si no que la
contribución es por medio de la compra de un bien o servicio en el que se paga
dicho impuesto.
El Impuesto Sobre la Renta Es un tributo que se paga al Estado siendo el
intermediario el SENIAT dentro de él se gravan las ganancias, el enriquecimiento
neto o renta que tenga una persona natural o una persona jurídica el impuesto
sobre la renta se declara hasta el 31 de marzo de cada año basado al
enriquecimiento neto dentro del periodo fiscal independiente del ingreso que
genero esa renta bien sea de fuente territorial como de fuente extraterritorial. Este
impuesto tiene una ley que lo regula y ella es la ley del impuesto sobre la renta
que fue publicada en la gaceta oficial N° 6.210 el 30 de diciembre del año 2015.
3. 3
El Impuesto Sobre La Renta es considerado como un tributo
dentro de la categoría de los impuestos directos, de carácter
obligatorio para personas naturales y jurídicas, calculadas en función
de sus ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal, cuya
recaudación se realiza en forma definitiva al cierre del Ejercicio o
parciales de acuerdo a la Ley (Licdo. Carrasquel, 2020).
Sujetos Pasivos
En el articulo 19 del Código Orgánico tributario nos define que es un sujeto
pasivo “Es sujeto pasivo el obligado al cumplimiento de las prestaciones
tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable” (COT Art. 19, 2020)
Los sujetos pasivos son ordinarios, solidarios y responsables en el caso de los
responsables solidarios es un tercero un sujeto pasivo distinto al sujeto principal
en el cual tanto el principal como el tercero se encuentra vinculado facultado
legalmente al cumplimento de la responsabilidad tributarias que le corresponde al
sujeto pasivo principal Art. 20 del COT “Están solidariamente obligadas aquellas
personas de las cuales se verifique el mismo hecho imponible” es el cumplimento
del deber formal por parte de un tercero. Son responsables las personas juridicas
y naturales designadas por la administración tributaria de la recaudación de los
tributos establecidos a fín de contribuir con el bienestar de la nación, en el artículo
27 de código Orgánico tributario establece: “ Son responsables directos, en
calidad de agentes de retención o percepción, las personas designadas por la ley
o por la administración” (COT Art. 27, 2020) los contribuyentes ordinarios son las
personas natural o jurídica que realice actividades comerciales que constituyan
hechos imponibles gravados.
4. 4
En los articulos 7 al 12 de la ley de impuesto sobre la renta establece quienes
son los responsables ante la administración tributaria en cuanto a las
declaraciones que le competen del impuesto sobre la renta siendo las personas
naturales, compañias anonimas, las sociedades de responsabilidad limitada , las
sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades entre
otras personas que se encuentren irregulares o de hecho dentro de estos articulos
se encuentra ampliamente establecidos las que estan sometidos al régimen de
imposición en cuanto al enriquecimiento, las obligaciones a las que se encuentran
sometidos, el control y fiscalización que se establece en la ley en conformidad al
pago del impuesto sobre la renta.
Dentro de este marco legal se encuentran los consorcios o agrupaciones
empresariales en el cual a fines de su realización de la actividad economica se
encuentran obligados a designar un representante para los efectos fiscales,
encargado de la determinación de los enriquecimientos o perdidas del mismo el
cual debe informar a la administración tributaria la repartición de las utilidades o
pérdidas. Las porciones del enriquecimiento producto de regalías mineras o de
participaciones analogas se encuentran tipificada en el articulo 53 de la LISLR,
igulamente los que se dediquen a la explotación de hidrocarburo.
Dentro de estos articulos expresa los que se encuentra excluidos del regimen
del impuesto sobre la renta siendo ella la explotación del gas , procesamiento,
transporte, distribucción , almacenamiento, comercialización, explotación los
componetes del gas, la refineración de hidrocarburos y el crudo pesado. Es por
5. 5
tanto que las personas naturales y los contribuyentes asimilados se encuentran
obligados a la declaración del impuesto sobre la renta.
Tarifas, aplicación y Determinación
En el artículo 50 establece las tarifas en el caso de la determinación de los
impuestos se tomara en cuenta el tipo de contribuyente y las actividades a las que
se dedique las personas naturales y los contribuyentes similados se exceptuan los
contribuyentes distintos de las personas naturales y de sus asimilados, que no se
dediquen a la explotación de minas establecidos en el articulo 12 de la ley de ISLR
en la tarifa N°1:
1.- Por la fracción comprendida hasta 1.000 unidades tributarias 6,00%
2.- Por la fracción que exceda de 1.000 a 1.5000 9% y la tasa proporcional de
50% para los enriquecimientos señalados en el articulo 11.
En la tarifa N° 2 regida por el articulo 52 que expresa el enriquecimiento global
neto obtenido por los contribuyentes establecidos en el articulo 9 las compañias
anónimas y los contribuyentes asimilados a estas se exceptuan los contribueyntes
distintos de las personas naturales y de sus asimilados, que se dediquen a la
explotación de hidrocarburos y de actividades conexas que se encuentran
establecido en el articulo 11 de la ley.
Por la fracción hasta 2.000 U.T. 15%
Fracción que exceda de 2.000 y 3.000 U.T 22%
6. 6
Fracción que exceda 3.000 34%
La ley nos determina tres tarifas la tarifa número uno va dirigido para aquellas
personas naturales y empresas sin fines de lucro, la tarifa número dos va dirigido
para las personas jurídicas y la tarifa número tres va dirigido para aquellas
empresas que reciben regalías mineras o que se dediquen a la actividad de la
explotación de hidrocarburos y/o actividades conexas a ellas tipificadas en la ley
de ISLR en el título III de las tarifas y su aplicación y del gravamen proporcional a
otros enriquecimientos en los artículos 50, 52 y 53 establece:
Artículo 50. El enriquecimiento global neto anual, obtenido por los
contribuyentes a que se refiere el artículo 8o de este Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley, se gravara, salvo disposición en
contrario, con base en la siguiente tarifa expresada en unidades
tributarias (U.T.) (ISLR ART. 50, 2015).
Los impuestos tiene tres condiciones que son el hecho imponible, la base
imponible y la alicuota en el hecho imponible es la razón por la cual se genera la
obligación del pago del tributo, la base imponible es la base del cálculo por la cual
se va a determinar el impuesto y en la alicuota en la mayoría de los impuestos la
alicuota es un porcentaje o una proporción la cual sera utilizada sobre la base
imponible para así determinar cual es el impuesto que se debe enterar, los
impuestos es un pago proporcional es un porcentaje fijo el cual sera utilizado
sobre la base imponible.
En el caso del ISLR en la tarifa número uno y la tarifa número dos estas tarifas
comprenden unos intervalos de unidades tributarias por lo tanto este impuesto
7. 7
sobre la renta no es proporcional si no es progresivo debido a que a a medida que
se van obteniendo mayores ganacias la porción del pago del imuesto sobre la
renta es superior a excepción de la tarifa número tres la cual es completamente
proporcional.
El hecho imponible es la cirscuntancia que genera la obligación del pago de
dicho impuesto bien sea cuando una persona natural o juridica domiciliada en el
país tengan un enriquecimiento neto en base a estas dos circunstancia se genera
la obligación del pago del tributo porque ambos presentan renta obteniendo
ganacías y es en base a ello que se grava el impuesto sobre la renta, por tanto la
base imponible será ese enriquecimiento neto y la alicuota dependera a que tarifa
se encuentre vinculada siendo la tarifa uno y dos progresiva y la tarifa número tres
proporcional explicado en los parráfos anteriores.
Exenciones permitidas por la Ley de ISLR
Los desgravámenes son deducciones que la ley permite aplicar a
la renta de un contribuyente, persona natural residente o domiciliada
en el país, con el fin de determinar la base imponible para calcular el
impuesto de un ejercicio fiscal determinado. Existen dos tipos: el
desgravamen único y los desgravámenes detallados. (Negocio,
2018)
Título IV de las rebajas de impuestos y de los desgravámenes Capítulo I De los
Desgravámenes y de las Rebajas en el artículo 57 en adelante expresa las
exenciones de Impuesto a las Personas Naturales.
8. 8
Si el total de los desgravamenes detallados es superior a 774 unidades
tributarias se deberá utilizar el degravamen detallado si en el total de los
desgravamenes detallados es menos a las 774 unidades tributarias se utilizar a el
degravamen unico que establece la ley. En los degravames detallados la ley
establece ciertos requisitos que se deben cumplir los institutos docentes en el país
siendo el primero de ellos y uno de los más importantes es que se cuente con el
soporte de todos los pagos realizados (facturas) que soporten el gasto realizados
a dichas instituciones, los institutos deben encontrase domiciliados en Venezuela
registrados en el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
La ley permite el pago de la educación primaria, secundaria, bachillerato y
universitario como pregrado y postgrado perteneciente al contribuyente y a los
hijos del contribuyente hasta los 25 años de edad. cabe resaltar que este limite de
edad no aplica cuando el hijo del contribuyente amerite de educación especial del
cual debe estar soportado con infome médico en cuanto la condición que se
encuentra su representado, las primas de seguro de hospitalización la ley permite
colocar los pagos a las empresas domiciliadas en el país con actividades de
seguro siendo ello por hopitalización, cirugía y maternidad, del contribuyente los
beneficiarios inclusive de su conyugue no separado de bienes de igual manera se
debe tener soporte de los pagos (facturas, recibo de pago de la prima que cuente
con el sello de pagado por el seguro).
Ahora bien si el seguro se esta debitando por la nómina el contribuyente debe
contar el recibo y soporte de la deducciones aplicadas,. En cuanto a los intereses
9. 9
pagados para la adquisición y aquiler de viviendas la ley permite deducir dichos
intereres de la vivienda principal del contribuyente que estos intereses no excedan
las 1.000 unidades tributarias anuales, se permite la dedución del pago de alquiler
de la vivienda principal y este pago no puede superar las 800 unidades tributarias
anuales, en los pagos de intereses y alquileres deben estar estrictamente
soportado para ser utilizados como rebajas al impuesto del contribuyente (recibos,
contrato de arrendamiento, de propiedad todos los soporten que demuestren ante
el Fisco dicho pagos).
Los gastos médicos Odontológicos prestados en el país la ley permite como
degravame detallado por estos pagos médicos y odontólogicos generados en el
país del contribuyente y sus beneficiarios inclusive al conyugue no separado de
bienes, en dichos pagos como se ha mencionado anteriormente deben estar
soportados los servicios médicos pagados.
Impuesto Sobre la Renta persona Natural y Juridica
Los enriquecimientos neto van a depender en el caso de una persona natural se
dividiran en dos aquellos que son cobrados y aquellos que son causados, los que
son causados son a los sueldos y salarios ganancias fortuitas entre otras y el
enriquecimiento neto que es causado son por venta de inmueble, honorarios
profesionales entre otros. Ahora bien en el caso de una persona juridica
domiciliada en el país y se quiere saber su enriquecimiento neto es realizando la
resta de un ingreso bruto menos los costos, menos las deduciones que permita la
10. 10
ley en cuanto que se encuentra tipificado en el articulo de la Ley de ISLR que
establece lo siguiente:
Artículo 4. Son enriquecimientos netos los incrementos de
patrimonio que resulten después de restar de los ingresos brutos, los
costos y deducciones permitidos en este Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley, sin perjuicio respecto del enriquecimiento neto de
fuente territorial, del ajuste por inflación previsto en este Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley.
En cuanto a las deduciones se encuentran ampliamente establecidas en el
artículo 27 mecionando algunas de ellas:
Harán de la renta bruta las deducciones que se expresan a
continuación, las cuales, salvo disposición en contrario, deberán
corresponder a egresos causados no imputables al costo, normales y
necesarios, hechos en el país con el objeto de Producir el
enriquecimiento: 1. Los sueldos, salarios, emolumentos, dietas,
pensiones, obvenciones, comisiones y demás remuneraciones
similares, por servicios prestados al contribuyente, así como los
egresos por concepto de servicios profesionales no mercantiles
recibidos en el ejercido; siempre y cuando el contribuyente haya
cumplido con todas las obligaciones Inherentes a su condición de
patrono establecidas en la Ley. 2. Los intereses de los capitales
tomados en préstamo e invertidos en la producción de la renta. 3.
Los tributos pagados por razón de actividades económicas o de
bienes productores de renta, con excepción de los tributos
autorizados por este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley. En
los casos de los impuestos al consumo y cuando conforme a las
leyes respectivas el contribuyente no lo pueda trasladar como
impuesto ni tampoco le sea reembolsable, será imputable por el
contribuyente como elemento del costo del bien o del servicio ( ISLR
Art.27, 2015).
En el caso de una persona juridica domiciliada en el país esta puede tener
enriquecimiento neto de fuente territorial como enriquecimiento neto de la fuente
11. 11
extraterritorial y la suma de ambos daría el enriquecimiento neto global por
consiguiente se puede decir que el impuesto sobre la renta es un impuesto global
ya que grava tanto el enriquecimiento neto tanto dentro del país como fuera de el.
Las empresas que se encuentran en excepción del impuesto que no pagan el
impuesto son aquellas que su enriquecimiento neto global no excenden las 1.000
unidades tributarias o si su ingreso bruto no exceden las 1.500 unidades tributarias
en el periodo fiscal.
Agente de Retención Individual en sus siglas AR-I
Las personas que se encuentren bajo relación de dependencia llamados agente
de retención individual en sus siglas AR-I que es el formato de su declaración
estimada, la cual debe llenarla dentro de los primeros quince días del mes de
enero, con su firma y el cálculo de su porcentaje de retención entregarlo al patrono
para que así la unidad encargada realice las retenciones del ISLR pertinentes en
el pago de nómina que serán para el trabajador anticipo de ISLR en cuanto deba
declarar la definitiva le restara los anticipos que le fueron reteniendo por medio de
la nómina dentro de la empresa que presta sus servicios.
Cabe mencionar que todas las empresas son agentes de retención sean
civiles, mercantiles, públicas, privadas con o sin fines de lucro y deben realizar la
retención en acuerdo al cálculo que realiza el empleado en su AR-I la misma es
una declaración personal no es obligación de la empresa realizar el llenado de
este formato a sus empleados. Si el personal que labora en la entidad no sabe
12. 12
realizar el llenado de la planilla podrá ser asistido por el contador o contadores de
la entidad o uno de su preferencia que son los calificados y preparados para
realizar declaraciones; por consiguiente se encuentran obligados a presentar la
AR-I la persona que estime que tendrá un enriquecimiento mayor a las 1.000
unidades tributarias al año.
La legalidad del impuesto sobre la renta es por medio de la gaceta oficial en la
cual establece el salario mínimo vigente para así poder determinar el cálculo de
impuesto sobre la renta de persona natural en el artículo 77 de la ley de impuesto
sobre la renta establece:
Las personas naturales residentes en el país y las herencias
yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual
superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos
mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) deberán
declararlos bajo juramento ante un funcionario, oficina o por ante la
institución que la Administración Tributaria señalé en los plazos y
formas que prescriba el Reglamento. Igual obligación tendrán las
personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización
de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel
primario y obtengan ingresos brutos mayores de dos mil seiscientas
veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.) (ISLR Art. 77, 2015).
Las Personas residentes a declarar impuesto sobre la renta son aquellas que
tiene un enriquecimiento mayor a 1.000 unidades tributarias al año, esta legalidad
se encuentra tipificada desde el año 1994 anteriormente era el articulo 79 luego
paso a ser el artículo 77 debido a que se eliminaron dos artículos mediante unas
reformas sucesivas por tanto las personas naturales residenciadas en Venezuela
es aquella que tenga un enriquecimiento neto mayor a mil unidades tributarias que
13. 13
se encuentre bajo relación de dependencia (salario) o que obtenga un ingreso
bruto mayor a 1.500 unidades tributaria así lo establece la ley la especialista
Abogada Mariela LLovera define el salario:
El salario mínimo es uno de los indicadores legales por excelencia
para determinar el salario a pagar, más no es el único.
Conceptualmente diremos que el Salario Mínimo es el importe
mínimo de remuneración que un empleador está obligado a pagar a
sus trabajadores por la labor que éstos hayan realizado bajo relación
de dependencia durante un período determinado. Es importante
tomar en cuenta que el Salario Mínimo es a la vez un aspecto legal y
político de la determinación del salario de los trabajadores porque
representa una política del gobierno que influye directamente en los
niveles de salario del país (Abg. LLovera , 2020).
La persona natural que se encuentre por debajo de esa base de las 1.000
unidades tributarias no se encuentra obligada a realizar declaración por
consiguiente la ley tiene como alcance dejar excluido desde el año 90 una base de
contribuyentes que perciben uno, dos, o tres salarios mínimos entendiéndose que
no tienen rentan para cumplir con la legalidad del pago de la renta cabe acotar que
sea bajo relación de dependencia o de forma independiente como lo son
honorarios profesionales, alquileres, comercio, servicios, más de 1.500 como
ingreso bruto unidades tributarias o más de 1.000 unidades tributarias como renta
neta para la declaración de la persona natural realice la declaración.
Dentro de la ley establece los que se encuentran exentos que son aquellos que
se encuentran en la actividad primaria agrícola, pesquera, Piscícola, pescadores
en el caso de la actividad primaria persona natural residente solo si su ingreso
bruto es superior a las 2.625 unidades tributarias es decir que en el sector primario
14. 14
los que superan las 2.625 unidades tributarias al año, ahora en cuanto al sector no
primario como lo son salarios, comercios, servicios serán aplicada alguna de las
dos que se presente 1.500 de ingresos brutos para quien se encuentra de forma
independiente o más de 1.000 unidades tributarias que se encuentre bajo relación
de dependencia.
Para el año 2010 se encontraba cantidad de personas que se encontraba
excluida de la obligación en la declaración del impuesto directo como lo es el
impuesto sobre la renta el mismo es directo ya que no es trasladable a otro sujeto
pasivo bajo ninguna condición y entre más enriquecimiento exista para el
contribuyente su pago será más alto a diferencia que el que sus ingresos sean
inferiores pagara un menor porcentaje.
En la actualidad sin excepción todas las personas que se encuentren bajo
relación de dependencia deben cumplir con esta obligación ya que superan su
enriquecimiento de las 1.000 unidades tributarias anuales establecida el valor de
la gaceta oficial la siguiente:
En la Gaceta Oficial Nro. 41.839 de fecha 13 de marzo de
2020 se publica la Providencia Administrativa SNAT/2020/00006 del
21 de enero 2020 mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad
Tributaria de Bs. 50,00 a Bs. 1.500. (Servicio Nacional Integrado de
Administración Adunarea , 2020).
Siendo el salario mínimo vigente para la fecha como lo establece la gaceta
oficial extraordinaria nro. 6.532 aumento del salario mínimo. Decreto N° 4.193,
establece:
15. 15
Mediante el cual se incrementa el ingreso mínimo mensual y la
protección social. Artículo 2°. Se fija el salario mínimo nacional
obligatorio para los trabajadores y las trabajadoras que presten
servicios en los sectores públicos y privados, en todo el territorio de
la república bolivariana de Venezuela, en la cantidad de
cuatrocientos mil bolívares con cero céntimos (bs. 400.000,00)
mensuales, apartirdel1°de mayo de 2020.artículo 3°. Se fija el
cestaticket socialista mensual para los trabajadores y las
trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y
privado, en la cantidad de cuatrocientos mil bolívares con cero
céntimos (bs. 400.000,00), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
7° del decreto con rango, valor y fuerza de ley del cestaticket. En el
ejercicio fiscal de los que se encuentran laborando bajo relación de
dependencia facturando bajo honorarios profesionales su año
económico es de enero a diciembre no existe otra fecha para su año
económico como en el caso de la personas jurídicas. (Presidencia de
la República, 2020)
Ingresos Brutos
En las normas jurídicas los ingresos brutos están establecidos por el legislador
como la base para la realización de los cálculos en cuanto a los tributos, ahora
bien desde el ámbito contable estos ingresos se encuentran reflejados en el
estado de resultados en los ingresos operacionales como los ingresos no
operacionales, por tanto los ingresos brutos son aquellos ingresos que percibe la
empresa en sus actividades comerciales, como la ventas de bienes o servicios en
la ley de Impuesto sobre la renta en el Titulo II Capítulo I de Los Ingresos Brutos
su artículo 16 establece :
Artículo 16. El Ingreso bruto global de los contribuyentes, a que se
refiere el artículo 7 de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley, estará constituido por el monto de las ventas de bienes y
servicios en general, de los arrendamientos y de cualesquiera otros
proventos, regulares o accidentales, tales como los producidos por el
trabajo bajo relación de dependencia o por el libre ejercicio de
profesiones no mercantiles y los provenientes de regalías o
participaciones análogas, salvo lo que en contrario establezca la Ley.
(ISLR Art. 16, 2015)
16. 16
Renta Presunta
La renta presunta es aquella que el legislador estima que se producirá en
cuanto al patrimonio, el cual generara un mínimo de renta y es por tanto que está
sujeto a retención el uso de la renta presunta se encuentra vinculada con el
tributos durante un proceso de fiscalización, el proceso de fiscalización parte de un
hecho de subjetividad por parte del ente fiscalizador y el mismo busca gravar
ingresos que en la administración tributaria no fueron debidamente declarado y por
tanto no fueron sujeto de la tributación que están obligados.
Es importante para ello que se puedan realizar los análisis entre la venta
netamente declarada mensualmente en un principio de año y posteriormente
semanalmente en el IVA la venta que se está declarando o se va a declarar del
impuesto sobre la renta definitivo con los ingresos que se hayan obtenido por
medio de las cuentas por cobrar y los ingresos que se estarían registrando,
contabilizando en las cuentas bancarias. Las conciliaciones deben estar
transparentes a los efectos de una posible determinación de una renta presuntiva
por parte de la administración tributaria. En el Capítulo IV de la ley del ISLR
establece:
Artículo 34. Los enriquecimientos netos de los contribuyentes
productores de películas en el exterior y similares para el cine o la
televisión, estarán constituidos por el veinticinco por ciento (25%) de
sus ingresos brutos. Estos ingresos estarán representados por el
precio de la cesión del derecho de exhibición y por cualesquiera
otros obtenidos en el país relacionado con las actividades señaladas.
Igual régimen se aplicara a los contribuyentes que desde el exterior
distribuyan para el país las películas y similares a que se contrae
este artículo.
17. 17
Proceso de retención
Artículo 1.- Están obligados a practicar la retención del impuesto en
el momento del pago o del abono en cuenta y a enterarlo en una
oficina receptora de fondos nacionales dentro de los plazos,
condiciones y formas aquí establecidos, los deudores o pagadores
de los siguientes enriquecimientos netos o ingresos brutos a los que
se refieren los artículos 27, 31, 34, 35, 36,37, 38, 39, 40, 41, 48, 50,
52, 53, 64, 65, 74 y 77 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Parágrafo Único: De conformidad con lo previsto en el Reglamento
General de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, se entenderá por
abono en cuenta las cantidades que los deudores o pagadores del
enriquecimiento neto o del ingreso bruto acrediten en su contabilidad
o registro, mediante asientos nominativos, a favor de sus acreedores
por tratarse de créditos exigibles jurídicamente a la fecha del asiento.
(Decreto 1808 Art. 1, 1997)
Los agentes de retenciones de impuestos sobre la renta son todas las personas
naturales y jurídicas siendo los beneficiarios de las retenciones realizadas los
trabajadores asalariados y las empresas de servicios exceptuándose de realizar
las retenciones del impuesto sobre la renta los servicios básicos otorgados por el
Estado como lo es la electricidad, el gas, el aseo domiciliario, la telefonía fija o
celular, el transporte público entre otros. Las retenciones de ISLR deben de
realizarse al momento del pago o del abono en cuenta aplicando el porcentaje de
retención que se encuentra publicado por el SENIAT en ochenta y seis códigos
por conceptos, porcentajes y sustraendos diferentes para las retenciones de
dichos impuestos.
Uno de los procesos frecuentes en cuanto a las retenciones es la validación de
la retención realizada por el sujeto pasivo responsable y es por medio de la
emisión y entrega de un comprobante de retención, de existir una pérdida del
comprobante de retención el beneficiario se encuentra en el derecho de solicitarlo
ante el retenedor el cual entregara una copia fiel y exacta del original, en el caso
de existir más de una retención correspondiente al periodo fiscal el sujeto pasivo
18. 18
responsable de las retenciones deberá emitir un ARCV dentro de él se contempla
un resumen de todas las retenciones realizadas dentro del año fiscal o por medio
del ingreso a la plataforma del SENIAT en donde encontrara el resumen de las
retenciones enteradas.
En relación al monto que le fue retenido deberá declararse ante el SENIAT en
cuanto el procedimiento para enterar las retenciones se procederá a la realización
de un archivo XML que contendrá el código del concepto a retener, este archivo
será cargado en la página conforme a la fecha que corresponda, dentro de la
plataforma del SENIAT se encuentra el instructivo el cual indica paso a paso como
se deber cumplir con la obligación.
19. 19
BIBLIOGRAFÍA
Aduanera, E. S. (2020). Providencia Administrativa SNAT/2020/00006. Caracas:
Gaceta Oficial N° 41.839. Recuperado el 22 de Junio de 2020, de
https://gerenciaytributos.blogspot.com/2020/03/nuevo-valor-de-la-unidad-
tributaria-1500-
2020.html#:~:text=SENIAT%20reajusta%20el%20valor%20de%20la%20Uni
dad%20Tributaria%20a%201500%20Bol%C3%ADvares,-
el%20marzo%2016&text=En%20la%20Gaceta%20Oficial%20Nro,50%
Agregado, L. d. (2015). Capítulo III De las Deducciones y del Enriquecimiento Neto
Artículo 27. Caracas: Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.210. Recuperado el
22 de Junio de 2020, de
http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTE
NIDO_SENIAT/01NOTICIAS/00IMAGENES/GACETAOFICIAL36203.pdf
DE, R. P. (1997). CAPITULO I Disposición general Artículo 1. Caracas: Gaceta
Oficial 36203 Decreto 1808. Recuperado el 23 de Junio de 2020
Jesús, L. C. (2020). Impuesto Sobre la Renta. Caracas. Recuperado el 23 de
Junio de 2020, de Classroom
20. 20
Mariela, L. (28 de Abril de 2020). Nayma Consultores. Recuperado el 22 de Junio
de 2020, de Salario: https://naymaconsultores.com/salario-minimo-
venezuela-2020/
Negocio, B. y. (01 de Marzo de 2018). ISLR. Recuperado el 23 de Junio de 2020,
de Desgravamen único o detallado: http://www.bancaynegocios.com/islr-
desgravamen-unico-o-detallado-cual-escoger/
Renta, L. d. (2015). Titulo II Capítulo I De los Ingresos Brutos Art. 16. Caracas:
Gaceta Oficial Extraordinario N°6.210. Recuperado el 23 de Junio de 2020,
de
http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTE
NIDO_SENIAT/01NOTICIAS/00IMAGENES/GACETAOFICIAL36203.pdf
Renta, L. d. (2015). Titulo III De las Tarifas y su aplicación y del gravamen
proporcional a otros enriquecimientos Artículo 50. Caracas: Gaceta Oficial
N°. Recuperado el 22 de Junio de 2020
Renta, L. d. (2015). Título VI (CAPITULO I) De la Declaración Definitiva Artículo
77. Caracas: Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.210. Recuperado el 23 de
Junio de 2020, de
http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTE
NIDO_SENIAT/01NOTICIAS/00IMAGENES/GACETAOFICIAL36203.pdf
República, P. d. (27 de Abril de 2020). Ingremento al ingreso minimo mensual y la
protección social. Caracas: Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.532.
21. 21
Recuperado el 23 de Junio de 2020, de
https://pandectasdigital.blogspot.com/2020/04/gaceta-oficial-de-la-
republica_38.html
Tributario, C. O. (2020). Capítulo III Del Sujeto Pasivo sección primera Artículo 19.
Caracas: Gaceta Oficial N° 6.507 Extraordinario. Recuperado el 23 de Junio
de 2020