El documento describe el Impuesto sobre la Renta en Venezuela. Este impuesto se declara y paga de forma obligatoria por los ciudadanos y empresas en los primeros tres meses del año y se calcula en base a los ingresos del año fiscal anterior. Los sujetos pasivos incluyen personas naturales, empresas, asociaciones y entidades con ingresos en Venezuela. El impuesto se paga mediante servicios bancarios en línea o en oficinas del organismo tributario, y la declaración incluye detalles sobre los ingresos y se realiza de forma online o presencial.
Derecho Tributario
Es un conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas”; es decir, que el Derecho Tributario establece los parámetros legales a seguir, ya sea por el contribuyente o por los funcionarios.
Derecho Financiero
Es la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que reglamentan la recaudación, la gestión y la erogación de los medios económicos que necesita el Estado y los otros órganos públicos para el desarrollo de sus actividades, así como, el estudio de las relaciones jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado entre los mismos ciudadanos que derivan de la aplicación de esas normas.
Diferencia existente entre las fuentes del derecho tributario con el derecho financiero
Son muchas las circunstancias en las que vemos cómo se usan indistintamente ambas expresiones, por lo que no es de extrañar que haya muchas personas que tengan dudas sobre cuáles son las diferencias entre el Derecho Fiscal y el Derecho Tributario. Esta confusión es aún mayor entre quienes no tienen ningún tipo de formación especial al respecto, pero que si saben que se trata de materias que les afectan más o menos directamente.
Porque, más allá de si hay diferencias entre el Derecho Fiscal y el Derecho Tributario, lo que todo el mundo tiene claro es que se está hablando de temas como impuestos, tasas y hacienda, con las directas implicaciones que suponen para la vida cotidiana de cualquiera. Pero, sigue siendo difícil distinguir si hay diferencias entre Derecho fiscal y Derecho tributario hablando incluso con los expertos.
Hay especialistas que consideran que no existen diferencias entre ambas disciplinas, que se trata de preferencias personales a la hora de denominar una asignatura, por ejemplo, en el caso de los estudios universitarios. Para ellos, sería el propio profesor el que optaría por una u otra expresión para referirse a su asignatura, pero sin que implique cambios en el contenido.
Por el contrario, otros expertos encuentran una clara diferencia entre Derecho fiscal y Derecho tributario. Para ellos el Derecho fiscal es la materia general que se ocupa de los ingresos y presupuestos del estado, mientras el Derecho tributario es la rama que se ocupa solo de la parte de las contribuciones, sin tocar el tema de los gastos o su distribución.
Fuentes del Derecho Tributario
El Código Orgánico Tributario venezolano vigente, preceptúa en su artículo 2º, de manera expresa las fuentes de ésta rama del Derecho, así se tiene:
Artículo 2: Constituyen fuentes del derecho tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados porla República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales.
5. Las reglamentaciones y de
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Expo (2)
1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Tributario.
Alumna:
Duivimar Armella 27.379.220
Sección: SAIAC
Profesor: Emily Ramírez.
Materia: Derecho Tributario
2. Impuesto sobre la renta: En Venezuela, el Imuesto Sobre la Renta (ISLR) es
un arancel tributario que se declara y paga de manera obligatoria en los
primeros tres meses del año (enero, febrero y marzo) al estado. Es calculado
de acuerdo a los ingresos percibidos por el contribuyente durante el año
fiscal anterior. Los impuestos representan una importante fuente de ingresos
para el gobierno nacional, ya que posteriormente son reinvertidos en
educación, salud, implementación de justicia y seguridad, así como otros
temas fundamentales para el país.
Sujetos Pasivos: El sujeto pasivo es toda persona natural o jurídica,
residente o domiciliada en Venezuela, la cual pagarán impuestos sobre sus
rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté
situada dentro del país o fuera de él. También las personas naturales o
jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al
impuesto establecido en la ley del I.S.L.R., dicho de otra forma, están
sometidos al Impuesto Sobre la Renta los siguientes:
Las personas naturales
Las compañías anónimas y
las sociedades de responsabilidad limitada;
Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las
comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de
personas.
Los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de
hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte.
Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades
jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.
Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados
en el territorio nacional.
3. Las herencias yacentes se considerarán contribuyentes asimilados
a las personas naturales; y las sociedades de responsabilidad
limitada, en comandita por acciones y las civiles.
Cuál es su ámbito territorial: Puede definirse el ámbito espacial de un tributo
como el territorio al cual se extiende la soberanía del Estado que implanta tal
impuesto.
Hecho imponible: El hecho imponible es la circunstancia que marca el
nacimiento de una obligación fiscal. Es el supuesto fijado por la ley para
modelar cada tributo y cuya realización haga el nacimiento de la obligación
tributaria principal, así mismo, es el presupuesto fáctico, de
carácter jurídico o , que la ley establece para configurar cada tributo cuya
realización tiene como consecuencia el devengo del impuesto, es decir,
el nacimiento de la obligación tributaria. La Ley podrá completar
la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no
sujeción.
Alícuota impositiva: La alícuota impositiva general aplicable a la base
imponible correspondiente podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y
estará comprendida entre un límite mínimo de ocho por ciento (8%) y un
máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%). El Ejecutivo Nacional podrá
establecer alícuotas distintas para determinados bienes y servicios, pero las
mismas no podrá exceder los límites previstos en la Ley. Se aplicará una
alícuota adicional que podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional.
Como se hace el pago del impuesto: Dentro de las opciones más prácticas
para realizar este pago, es recomendable hacer uso de los servicios de
banca en línea que ofrecen las diferentes instituciones financieras que
operan en el país. Las personas naturales pueden cancelarlo hasta en tres
4. partes. La primera debe ser al momento de la declaración, es decir, hasta el
31 de marzo. El segundo pago será 40 días después del 31 de marzo, y el
tercero, 40 días después de la fecha en que hizo efectivo la segunda cuota.
Para cancelarlo en partes, el contribuyente debe indicarlo al sistema al
momento de su declaración.
Declaración del impuesto: La declaración y pago del ISLR se realiza
directamente a través de la página online o también en las oficinas del
SENIAT o en las jornadas de recaudación que el organismo implementa en
diferentes localidades del país. Ley de Impuesto sobre la Renta detalla que
deben declarar el Impuesto Sobre la Renta las personas naturales,
asalariados con ingreso anual superior a 1.000 UT y no asalariados con
ingresos brutos mayores a 1.500 UT. No obstante, conforme a lo previsto en
el decreto de emergencia económica actual la base para este cálculo será de
6.000 U.T. Por otro lado, todas las personas jurídicas deberán declarar
independientemente de los ingresos generados.