ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Contrato
1. Especialidad Administración - Liceo TPCH Contrato de Trabajo Gestión de Recursos Humanos Aprendizaje Esperado Efectúa el proceso de contratación de nuevos empleados de acuerdo con la normativa laboral vigente.
2. Especialidad Administración - Liceo TPCH El Contrato de Trabajo Es una convención (acuerdo de voluntades) por la cual el empleador y el trabajador dependiente se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios bajo dependencia o subordinación del primero y aquél a pagar por estos servicios, una remuneración determinada. El contrato puede ser individual o colectivo. El contrato es individual cuando se hace entre un empleador y un trabajador. El contrato o convenio es colectivo cuando se hace entre una o más organizaciones sindicales ( o varios trabajadores que se unen para negociar colectivamente) y uno o más empleadores, estableciendo condiciones comunes de trabajo, remuneración y otros beneficios. El contrato de trabajo puede ser de duración indefinida, de plazo fijo o por obra o faena Gestión de Recursos Humanos
3. Especialidad Administración - Liceo TPCH Gestión de Recursos Humanos Contrato Indefinido : es aquel que no contiene una fecha de término para la relación laboral. Sólo se puede poner término por renuncia, despido o muerte del trabajador Contrato Plazo Fijo : es aquel que contiene la fecha de término de la relación laboral. La duración del contrato de plazo fijo no podrá exceder de un año. En el caso de personas que tengan un título profesional o técnico otorgado por una institución de educación superior la duración de un contrato de plazo fijo no podrá exceder los dos años. El contrato de plazo fijo se transforma automáticamente en contrato de duración indefinida cuando ocurre cualquiera de las siguientes situaciones: el trabajador continúa prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo o se renueva por segunda vez un contrato a plazo fijo Contrato por Obra o Faena : son aquellos que se caracterizan por su breve duración y cuya terminación no está determinada por el plazo, sino por la naturaleza de los servicios contratados. Tipos de Contrato
4. Especialidad Administración - Liceo TPCH La ley presume la existencia de un contrato de trabajo, aún cuando éste no se haya escriturado, cuando se compruebe la prestación de servicios personales bajo subordinación o dependencia. En todo caso el empleador será sancionado, con multa a beneficio fiscal, cuando no escriture el contrato de trabajo en el plazo legal. Se puede alterar o cambiar el contenido del contrato de trabajo, pero sólo puede modificarse previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, es decir, cuando ambos estén de acuerdo. La ley exige que los cambios en el contrato se consignen por escrito y sean firmados por las dos partes al dorso de los ejemplares del mismo contrato o en un documento anexo, quedando una copia en poder de cada una de las partes. Gestión de Recursos Humanos
5. Especialidad Administración - Liceo TPCH Qué Debe Contener un Contrato de Trabajo 1. Lugar y fecha del contrato; 2. Individualización del empleador y del trabajador, incluyendo la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador; 3. Determinación de la naturaleza (o tipo) de los servicios y del lugar de ciudad en que hayan de prestarse. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias; 4. Forma y período de pago de la remuneración acordada; 5. Duración y distribución de la jornada de trabajo. Si en la empresa existe el sistema de turnos, su duración y distribución se determinará según el reglamento interno de ésta; 6. Precisar si el contrato es de duración indefinida, de plazo fijo, o transitorio. 7. Otros aspectos que acuerden el empleador y el trabajador, tales como gratificación convencional, indemnización e todo evento, asignación de movilización, etc.) Gestión de Recursos Humanos
6. Especialidad Administración - Liceo TPCH Ejemplo El Supermercado Líder., Rut 85.121. 278-9, cuyo representante es el señor Carlos Camilo Castillo Cortés, Rut 13.959.125-K, de profesión Contador Auditor y cuya oficina se encuentra ubicada en la calle 21 de Mayo Nº 5878 de Antofagasta, contrata a Marta María Muñoz Muñoz, Rut 15.254.147-5, chilena, nacida el 10 de Enero de 1983, domiciliada en Chillán 495, casada, procedente de Calama, quien cumplirá labores como cajera con una remuneración mensual de $ 180.000. Su jornada será de lunes a viernes cumpliendo 45 horas semanales. La trabajadora ingresa el día 09 de Febrero del 2008, con contrato indefinido. El contrato se hace el día 13 de Febrero. Gestión de Recursos Humanos