CONTRATACIÓN
CONTRATACIÓN
Es el documento que se celebra entre patrón y trabajador y que contiene las bases
más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario,
descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro
contratante.
REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN
 La identidad de las partes.
 La fecha de inicio de la relación laboral y, en el caso de que se
trate de una relación temporal, la duración previsible.
 El domicilio social de la empresa.
 La categoría profesional del puesto de trabajo que vaya a
desempeñar el trabajador.
 La cuantía del salario base inicial y de los complementos
salariales, así como la periodicidad de su pago.
 La duración y distribución de la jornada.
 La duración de las vacaciones
 Los plazos de preaviso que deban de cumplir las partes en el
caso de extinción del contrato.
 El convenio aplicable a la relación laboral.
TIPOS DE CONTRATOS
Contrato a Término Fijo: Este tipo de contrato tiene una duración entre un día y tres
años y puede ser renovado hasta por tres veces su permanencia. El empleado goza
de todas las prestaciones sociales establecidas por la ley (cesantías, vacaciones y
primas) y para su finalización es necesario un preaviso de 30 días.
Contrato a término indefinido: Como su nombre lo índica este tipo de contrato no
tiene fecha de terminación establecida . El empleado goza de todas las prestaciones
sociales establecidas por la ley y tiene beneficios adicionales como la opción de
vinculación a cooperativas empresariales y ayudas especiales de acuerdo con cada
empresa.
TIPOS DE CONTRATO
Contrato de Obra o labor: El contrato es por una labor específica y termina en el
momento que la obra llegue a su fin.
Contrato civil por prestación de servicios: Este tipo de contrato se celebra de
manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica) especializada en
alguna labor específica. La remuneración se acuerda entre las partes y no genera
relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales.
TIPOS DE CONTRATO
Contrato de aprendizaje: Este tipo de contrato es una forma especial de vinculación a
una empresa y está enfocada a la formación de practicantes, este tipo de contrato
contiene el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que
el practicante adquiera formación profesional metódica en el oficio.
Contrato ocasional de trabajo: Este contrato no debe ser superior a 30 días y debe ser
por una labor específica diferente a las actividades comunes de la Compañía. El
trabajador recibe la remuneración acordada y al terminar no tiene derecho a ningún tipo
de prestación.

Contratación Laboral

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    CONTRATACIÓN Es el documentoque se celebra entre patrón y trabajador y que contiene las bases más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario, descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro contratante.
  • 3.
    REQUISITOS PARA LACONTRATACIÓN  La identidad de las partes.  La fecha de inicio de la relación laboral y, en el caso de que se trate de una relación temporal, la duración previsible.  El domicilio social de la empresa.  La categoría profesional del puesto de trabajo que vaya a desempeñar el trabajador.  La cuantía del salario base inicial y de los complementos salariales, así como la periodicidad de su pago.  La duración y distribución de la jornada.  La duración de las vacaciones  Los plazos de preaviso que deban de cumplir las partes en el caso de extinción del contrato.  El convenio aplicable a la relación laboral.
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    TIPOS DE CONTRATOS Contratoa Término Fijo: Este tipo de contrato tiene una duración entre un día y tres años y puede ser renovado hasta por tres veces su permanencia. El empleado goza de todas las prestaciones sociales establecidas por la ley (cesantías, vacaciones y primas) y para su finalización es necesario un preaviso de 30 días. Contrato a término indefinido: Como su nombre lo índica este tipo de contrato no tiene fecha de terminación establecida . El empleado goza de todas las prestaciones sociales establecidas por la ley y tiene beneficios adicionales como la opción de vinculación a cooperativas empresariales y ayudas especiales de acuerdo con cada empresa.
  • 5.
    TIPOS DE CONTRATO Contratode Obra o labor: El contrato es por una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin. Contrato civil por prestación de servicios: Este tipo de contrato se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica) especializada en alguna labor específica. La remuneración se acuerda entre las partes y no genera relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales.
  • 6.
    TIPOS DE CONTRATO Contratode aprendizaje: Este tipo de contrato es una forma especial de vinculación a una empresa y está enfocada a la formación de practicantes, este tipo de contrato contiene el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que el practicante adquiera formación profesional metódica en el oficio. Contrato ocasional de trabajo: Este contrato no debe ser superior a 30 días y debe ser por una labor específica diferente a las actividades comunes de la Compañía. El trabajador recibe la remuneración acordada y al terminar no tiene derecho a ningún tipo de prestación.