Resumen del documento emanado de la Mesa Representativa con anotaciones según la respuesta del Rector y el documento emanado de las discusiones de carrera. Los elementos marcados con rojo indican correspondencia con nuestra posición como Ciencia Política.
De la implementación de la figura del ombudsperson (+posición de carrera)
1. De la Implementación de la
figura del Ombudsperson
Resumen del documento emanado de la Mesa
Representativa con anotaciones según la respuesta del
Rector y el documento emanado de las discusiones de
carrera. Los elementos marcados con rojo indican
correspondencia con nuestra posición como Ciencia Política.
2. Índice
• Objetivos y ámbito de competencia.
• Principios y características del cargo.
• Deberes y atribuciones.
• Modo de Implementación.
3. Objetivos y ámbito de competencia.
• Ombudsperson es una “institución que tiene por
principal finalidad velar por el respeto a los
miembros de la comunidad universitaria,
fundamentalmente en l relativo a sus derechos
fundamentales, evitando así todo tipo de abusos
y garantizando la buena convivencia entre los
mismos”.
• Se entiende por miembro de la comunidad
universitaria a académicos, estudiantes,
administrativos y toda persona que mantenga
relación de cotidianeidad con la UC.
4. Principios y características del cargo.
Principios Características
Principio de Confidencialidad: mantener
estricta reserva de denuncias que recibe.
Independencia y autonomía de los
demás órganos de la jerarquía
universitaria
Principio de Informalidad: No reemplaza
vías formales de resolución de conflictos.
Imparcialidad y neutralidad, por tanto, no
puede tener ningún tipo de conflicto de
interés con organismos dependientes de
la UC, como fundaciones o empresas.* Se
deben definir inhabilidades.
Principio de Rapidez: debe actuar
conforme a plazos más breves que los de
los mecanismos tradicionales de
resolución de conflictos.
Trayectoria académica y coherencia.
5. Deberes y atribuciones.
Deberes Atribuciones
Promover una cultura de dialogo y
participación de la comunidad
universitaria.
Ejercer facultades de mediación respecto
a los miembros de la comunidad en
conflicto.
Escuchar quejas y atender conflictos de
cualquier miembro de la comunidad,
dando pronta respuesta a la solicitud o
conflicto.
Sugerir cambios y mejoras estructurales a
los reglamentos de la Universidad de
manera tanto reactiva como proactiva.
Rendir cuenta pública de fácil acceso a la
comunidad. La cuenta pública se realizará
anualmente tanto en el Consejo Superior
como en el Encuentro Universitario.
Acceder de manera expedita y prioritaria
a todo tipo de documentos pertinentes
para cumplir su función como concretar
reuniones con cualquier persona que
estime conveniente para el caso.
Supervisar y velar por el cumplimiento de
las garantías del debido proceso.
6. Modo de Implementación.
Propuesta de la Mesa Respuesta del Rector Posición de Carrera
Institucionalización de la
Mesa Multi-Estamental
como mecanismo por su
representatividad y
transparencia en su
funcionamiento. Tendría
dos atribuciones:
a) Recoger propuestas de
la comunidad para
levantamiento de
nombres para someter
a la elección del HCS.
b) Supervigilar el avance y
desarrollo del cargo
durante sus primeros
años proponiendo
eventuales reformas.
Comité de Búsqueda como
mecanismo oficial de
elección de autoridades
unipersonales de la UC.
Apertura a que dicho
Comité cuente con
representación de los
diferentes estamentos de
la comunidad.
Se trataría de un único y
excepcional Comité de
Búsqueda Multi-
Estamental.
Importancia de la
participación de la
comunidad en dos niveles:
en la construcción de la
figura y en la elección
misma de quién
desempeñará el cargo.
No se definen mecanismos
precisos, solo se apunta
que este debe garantizar a
la Comunidad Universitaria
que su voluntad tendrá
incidencia real y vinculante
en la construcción de la
figura y su posterior
elección.
7. Posición de Directiva CECIP.
• Documento –base para la creación de la figura-
recoge elementos esenciales de nuestra discusión
como carrera.
• Aunque hemos rechazado en otras instancias los
Comités de Búsqueda por reducir la participación
a la consulta de opinión y por la poca
transparencia del proceso comprendemos y
aceptamos la necesidad de que el Ombuds sea
elegido vía Comité, frente al peligro de no-
implementación que significa perseverar en
propuestas alternativas.
8. Posición de Directiva CECIP.
• Sin embargo, apostamos a un Comité de Búsqueda
Multi-Estamental y Transparente, en los criterios a
utilizar para la selección o veto de posibles candidatos.
• Creemos que esto reduce la injerencia excesiva del
Rector en el proceso y permite un tipo de participación
de la comunidad más amplia que la mera opinión,
significando un cambio cualitativo que, manteniendo
la forma, cambia el carácter mismo del proceso.
• Finalmente, esperamos que un Comité de Búsqueda
Multi-estamental siente un precedente a considerar en
las próximas elecciones de director de carrera y Decano
indicando un camino de reforma en pos de ampliar la
participación.