2. ¿QUE ES SST?
Es una actividad dirigida a proteger y
promover la salud de los trabajadores
mediante la prevención, control de
enfermedades, accidentes y la
eliminación de los factores y
condiciones que ponen en peligro la
salud y la seguridad en el trabajo.
además, procura generar y promover
el trabajo sano y seguro
3. POLITICA SST
Documento que expresa los principios
en los cuales se basa el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo de una Empresa, el grado
de compromiso de la Alta Dirección y la
participación de todas las partes en la
ejecución y desarrollo del mismo.
1. Estar fechada
2. Redactada con claridad
3. Divulgada a todos los
empleados
4. Concisa
5. Referente a los factores de
riesgo
6. Actualizada
4. Establecer los respectivos controles, buscando proteger la seguridad y
salud de la población expuesta.
Garantizar el buen funcionamiento del sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo cumpliendo con la normatividad nacional vigente.
Asumir la responsabilidad por parte de la dirección en promover un
ambiente de trabajo sano y seguro, vinculando a las partes interesadas en
el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Destinar los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la
gestión del SGSST.
Orientar todas las actividades y programas al fomento de una cultura
preventiva y del auto cuidad
5. Es un documento que tiene como objetivo o
finalidad la identificación, reconocimiento,
evaluación y control de los factores de riesgo
ambientales que se originen en los lugares de
trabajo y que puedan afectar la salud de los
trabajadores.
REGLAMENTO DE HIGIENE
6. RESPONSABILIDADES DEL
EMPLEADOR 01: Ejecución del SST
02: Garantizar la supervisión de STT
03: Garantizar la consulta y
participación de los trabajadores
04: Informar a los trabajadores sobre
los riesgos a los cuales están sometidos,
sus efectos y medidas preventivas.
05: Afiliar a los trabajadores a los
sistemas de seguridad y de salud
reglamentados en nuestro país EPS,
AFP Y ARL.
7. RESPONSABILIDADES
DE LOS EMPLEADOS
Reportar cualquier situación de
riesgo presente, que atente
contra la salud y seguridad
personal, el grupo de trabajo o
el equipo y sitio de trabajo.
Reportar los
accidentes e
incidentes laborales.
Conocer y tener
clara la política SST
y reglamento de
higiene.
Participar activamente de
todas las actividades
pertenecientes a SST
Suministrar información
clara, completa y veraz
sobre su estado de salud.
8. ACCIDENTE DE TRABAJO
Accidente de trabajo es todo suceso
repentino (no se planea) que
sobrevenga por causa o con ocasión
del trabajo (directamente de acuerdo
a la labor que se realiza) y que
produzca en el trabajador lesión
orgánica, perturbación funcional,
invalidez o muerte, daños a la
maquinaria, herramientas, equipos o
procesos.
9. Aquel que se produce
durante la ejecución de
órdenes del empleador o
jefe directo aún fuera del
lugar, labor y horario para
el que fue contratado.
TAMBIEN ES ACCIDENTE DE
TRABAJO
Aquel que se produzca
mediante permiso de
función sindical, siempre
y cuando el accidente sea
por dicha función.
Aquel que se produce
en el traslado del
empleado desde la
residencia – empresa
– residencia, siempre
y cuando la empresa
proporcione el
transporte.
Aquel producido en
actividades, recreativas,
lúdicas, culturales y/o
deportivas, que la empresa
realice con autorización del
empleador y con
conocimiento de la ARL.
12. El artículo 62 del Decreto 1295 de 1994,
establece para el empleador la
obligatoriedad de reportar todo
accidente de trabajo o enfermedad
laboral que ocurra en una empresa o
actividad económica, dentro de los dos
días hábiles siguientes a la ocurrencia
del accidente o diagnosticada la
enfermedad.
TIEMPO DEL REPORTE
13. INCIDENTE
Los incidentes no causan daños; es
posible que no hayan dañado el
equipo, pero pueden servir como
advertencias y llamadas de atención
para tomar medidas rápidas. De lo
contrario, la misma situación puede
provocar un accidente real la
próxima vez.
14. ENFERMEDAD LABORAL
Es la contraída como resultado de la exposición a
factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o
del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a
trabajar., será reconocida como enfermedad laboral,
conforme lo establecido en las formas legales vigentes.
(ley 1562 de 2012 artículo 4)
15. ENFERMEDAD GENERAL
Son aquellas condiciones de salud alterada que
pueden haber sido adquiridas por malos
hábitos, acciones o actividades fuera del
trabajo que tienen el potencial de hacerle daño al
organismo
23. FACTORES DE RIESGO MECÁNICO
MANIPULACIÓN DE MAQUINAS HERRAMIENTAS MANUALES
24. FACTORES DE RIESGO CONDICIONES DE SEGURIDAD
ELECTRICO EXPOSICIÓN
BAJA – MEDIANA TENSIÓN
LOCATIVO TRANSITO PÚBLICOS
25. ¿QUE ES PELIGRO?
Es toda situación o condición que por su potencialidad puede
causar daño a personas (trabajador, visitantes), equipos e
instalaciones o al ambiente
26. ¿QUE ES UN RIESGO?
Es toda situación o condición que por su potencialidad puede causar daño a
personas (trabajador, visitantes), equipos e instalaciones, o al ambiente
27. COPASST
Es un comité encargado de la
promoción y vigilancia de las normas en
temas de seguridad y salud en el trabajo
dentro de las empresas públicas y
privadas.
28. Es un grupo de empleados directamente
de la empresa, los cuales velan por
prevenir el acoso laboral dentro de la
misma, en cualquiera que fueren sus
métodos, e intervienen en actividades de
promoción.