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Delitoscontrala
seguridadyla
libertadsexual
Medicina Forense
Dr. Francisco Jassiel Navarro León
Violación
01 Acoso y abuso sexual
02 Estupro
03
CONTENIDO
GENERALIDADES
De acuerdo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de
violencia, la violencia sexual se define como: “cualquier acto que degrada o daña
el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad,
dignidad e integridad física”.
Este fenómeno no sólo se limita a actos físicos sexuales, también incluye las
tentativas para consumar actos, así como la violencia verbal y psicológica.
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
La legislación en México considera los Delitos
contra la Libertad y el Normal Desarrollo
Psicosexual, en el Título decimoquinto del
Código Penal Federal, donde se abordan los
delito de:
➤ Hostigamiento sexual - Artículo 259.
➤ Abuso sexual - Artículo 260-261.
➤ Estupro - Artículo 271.
➤ Violación - Artículo 265-266.
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
Acosoyabuso
sexual
01
Hostigamiento
sexual
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo,
valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales,
docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le
impondrá sanción hasta de ochocientos días multa.
Código Penal Federal:
Artículo 259 Bis.
Se expresa en conductas verbales,
físicas o ambas relacionadas con la
sexualidad de connotación lasciva.
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
Si fuese servidor público...
Se le destituye del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público
hasta por un año.
Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño.
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
“Comportamiento de tono sexual tal como contactos físicos e insinuaciones y/ o
observaciones de tipo sexual, exhibición de pornografía y exigencias sexuales,
verbales o de hecho.”
- Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las
Mujeres (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer - CEDAW)
Acososexual
En México, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia define que el hostigamiento ocurre de un jefe a una
empleada subordinada, el acoso sexual, por su parte se presenta
en relaciones laborales del mismo nivel jerárquico.
Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual.
Recuperado 7 de marzo de 2021
¿Cómosemanifiestaelacososexual?
Comochantaje
Comoambientelaboral
hostil
Se condiciona a la víctima con la
consecución de un beneficio, para que
acceda a comportamientos de connotación
sexual.
Los comportamientos que se califican como acoso
sexual pueden ser de naturaleza:
● Física
● Verbal
● No verbal
Intimidación o humillación
Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual. Recuperado 7 de marzo de 2021
Abuso sexual
Artículo 260
Quien ejecute en una persona, sin su
consentimiento, o la obligue a ejecutar para
sí o en otra persona, actos sexuales sin el
propósito de llegar a la cópula.
● Cuando se realicen en una persona sin
su consentimiento actos sexuales sin el
propósito de penetrar a la víctima
● Cuando se obligue a una persona a
realizarlos.
● Cuando se obligue a la víctima a
presenciarlos.
● Cuando se obligue a una persona a
exhibir su cuerpo.
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
Se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y
hasta doscientos días multa.
Si para obligar a la persona se usara la violencia, ya sea
física o psicológica, la pena se aumentará en un
cincuenta por ciento.
Artículo 261
En una persona menor de 15 años
Que no tenga la capacidad de
comprender el significado
Que no pueda resistirse
Que lo obligue a ejecutarlo
Se le impondrá una pena de seis a trece años
de prisión y hasta quinientos días multa.
Si se hiciera uso de violencia → 50%
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
estupro
02
Alquetengacópulacon
personamayordequince
añosymenor de
dieciocho,obteniendo su
consentimiento por
mediodeengaño.
Artículo 262 del
Código Penal Federal
Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 31 de Agosto de 1831
Latín stuprum,
engaño o estafa
Elementosdel
delito
➔ Adulto y menor de edad
➔ El consentimiento se da mediante el
engaño
➔ Cópula
Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 31 de Agosto de 1831.
Edad minima 12, 16
años.
Federal
Artículo 263.- En el caso del
artículo anterior, no se
procederá contra el sujeto
activo, sino por queja del
ofendido o de sus
representantes.
3 meses a 4 años de
prisión
Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 14 de Agosto de 1931.
1931
violación
03
Hombre o
mujer.
violación
Acceso
carnal
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cópula.
Sujetoactivo
Sujeto
pasivo
Medios
violentos
Constituyen un conjunto de delitos que tienen en común la falta de libertad en el
consentimiento de la víctima para la relación sexual.
Introducción completa
o incompleta del
miembro viril en la vía
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de la víctima.
Introducción por vía
vaginal o anal de
cualquier elemento o
instrumento distinto
del miembro viril.
Hombre o
mujer.
Violencia
física o moral.
HOMBRE
Penetración con el
miembro viril.
MUJER
Mediante introducción
de cualquier
elemento o
instrumento distinto
del miembro viril.
Ambos pueden ser
vícitimas del delito de
violación.
Se trata de violencia
física o moral que
emplea el actor del
delito para vencer la
voluntad de la
víctima.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Situaciones
particulares
01 02 03 04
Violación de menores de
edad.
Violación de una
prostituta.
Violación de persona
“privada de razón”.
Violación dentro del
matrimonio.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Aspecto
médicolegales
La prueba médica es indispensable para
fundamentar la denuncia de la persona ofendida.
Los objetivos de la pericia del médico forense son:
● Diagnóstico de acceso carnal reciente.
● Diagnóstico de la manera en que fue
realizado.
● Diagnóstico de vinculación del acusado con
el hecho.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
03
02
01
Examende
lavíctima
Examen
del
acusado
Examendel
escenario
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Para cumplir con tales objetivos se debe seguir este procedimiento:
Examendela
víctima
Para llevar a cabo este examen, el médico forense debe contar con los siguientes elementos:
● Orden judicial específica para estudio por este tipo de delito.
● Consentimiento informado de la víctima o su representante legal.
● Presencia de una enfermera o de otro funcionario judicial durante el examen.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
El
examen
médico
legal
comprende:
01
02
03
04
Interrogatorio
03
04
05
Inspección
Muestras para laboratorio
Examen de las lesiones
Evaluación psicopatológica forense
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
¿Cómo?
¿Quién o quiénes?
¿Cuándo?
¿Dónde?
¿Por qué?
Interrogatorio
Interesa saber:
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
01
Inspección
Interesa: Tipo constitucional, estatura,
peso, desarrollo musculoesquelético y
genital, actitud, facies, lesiones en piel,
orden o desorden de cabellos y
maquillaje, y daño en las ropas (si son
las mismas que llevaba al ser asaltada).
La actitud puede ser normal
deprimida, angustiada, indiferente.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
02
Examendelas
lesiones
Para este objetivo, se divide el
cuerpo en tres áreas:
1. Área genital
2. Área paragenital
3. Área extragenital
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
03
Semiologíamedicolegaldel
áreagenitalfemenina
Para el examen médico legal de los
genitales, la mujer debe ser explorada en
una mesa ginecológica.
Posición:
Acostada sobre la espalda, los miembros
inferiores flexionados en las rodillas, los
pies apoyados en los estribos, y los
muslos separados para exponer el área
genital.
Técnica:
El examinador dispondrá de los dedos
pulgar e índice de la mano izquierda en
“U” invertida, a fin de separar los labios
mayores, mientras apoya la palma de la
mano sobre el monte de Venus.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Examendegenitalesexternos
1
Recolección de pelos,
fibras, manchas y otros
indicios en la vulva. 2
Descripción de
lesiones en la vulva.
3
Descripción de las
lesiones y recolección
de indicios en la
vagina.
Descripción de la
condición del himen.
4
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Clasificacióndeloshímenes
Himen septado o
tabicado
Himen cribiforme
Himen en coliflor
Imperforado
típicos
Se reconocen 3
tipos.
Himen anular
Himen semilunar
Himen labiado
atípicos
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Diagnósticoderuptura
Localización
En el caso del himen típico es necesario establecer el tipo para
ubicar la posición de las posibles rupturas, de acuerdo con los
respectivos puntos débiles.
Antiguedad
La verdadera ruptura del himen debe llegar hasta el borde de
inserción.
● Reciente → Menor a 10 días.
Muestra signos de inflamación aguda (enrojecimiento,
hinchazón, calor, dolor y sangrado).
● Antigua → Mayor a 10 días.
Tiene la forma de una “V” con el vértice sobre dicho borde.
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Examendelavía
anal
Signos de violencia
reciente
➤Desgarro triangular en hora 6.
➤Desgarros de pliegues anales.
➤Desgarros recto perineales.
➤Hemorragia incoercible en
desgarros de paredes anorrectales o
perineales.
Signo de coito
anal habitual
➤Cicatrices antiguas del ano
Técnica de examen
Se coloca al paciente de rodillas
sobre la mesa de examen, con el
tronco y la cabeza más bajos que
las nalgas, que pueden ser
separadas por las manos del
mismo paciente.
En la descripción de lesiones se
seguirá el orden de la carátula del
reloj.
Interesa establecer si hay signos de violencia reciente o de coito anal habitual.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Semiologíamedicolegaldelárea
paragenitalyextragenital
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Área paragenital
Puede mostrar contusiones (excoriaciones, equimosis,
hematomas y hasta heridas contusas).
Área extragenital
Debe buscarse:
➤Contusiones en piel cabelluda.
➤Hematomas y excoriaciones en rostro, cuello, tórax.
➤Sugilaciones y mordeduras en cuello y mamas.
➤Hematomas en abdomen, muslos, rodillas y piernas.
➤Signos de compresión toracoabdominal.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Muestraspara
laboratorio
Tiene como objetivo establecer:
➤Coito reciente.
➤Grupo sanguíneo de víctima y agresor.
➤Administración de tóxicos a la víctima.
➤ETS preexistentes en la víctima.
➤Embarazo preexistente a la agresión.
➤Fibras para identificar el lugar
del hecho y el agresor.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
04
COITORECIENTE
➢ Semen en la vagina, en recto y en la
boca de la víctima.
○ Movilidad de espermatozoides
○ Origen humano
○ Marcadores genéticos
➢ Fosfatasa ácida
○ Determinación cuantitativa
➢ Proteína p 30.
➢ Cinc en contenido vaginal
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
GRUPOSSANGUÍNEOS
Muestra de sangre y saliva.
ADMINISTRACIÓNDETÓXICOSALAVÍCTIMA
ETSPREEXISTENTESENLAVÍCTIMA
Investigar alcohol, psicotrópicos, estupefacientes y anestésicos.
La positividad posterior permitirá correlacionar con el hecho, con base en la
cronología de los respectivos períodos de incubación.
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido el delito de violación. Subsecretaría
de Prevención, Vinculación y Derechos Humanos
EMBARAZOPREEXISTENTE
Determinar si el embarazo es producto de una
relación sexual anterior
FIBRASPARAIDENTIFICARELLUGARYELAGRESOR
Búsqueda en ropas, cabellos, piel, vagina y recto.
- Peinado púbico
- Raspado de uñas
- Búsqueda de saliva del agresor
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición
EVALUACIÓN
PSICOPATOLÓGICA
● Está a cargo de psiquiatras y
psicólogos forenses.
- Determinar si la víctima estaba
privada de razón o incapacitada
para resistir
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
05
➤Tratamiento de los traumatismos físicos
➤Prevención de ETS
➤Prevención de embarazo
➤Tratamiento de traumatismo emocional
● Respuesta aguda
- Estado expresado
- Estado controlado
● Consecuencias tardías
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido el delito de violación. Subsecretaría de Prevención, Vinculación y Derechos
06 ATENCIÓNCURATIVA
DELAVÍCTIMA
INSTITUCIONESQUEOFRECENAPOYO
PSICOLÓGICOAVÍCTIMASDEVIOLACIÓN
Secretaríade
seguridadjalisco
Centrodeorientación
yprevención dela
agresiónsexual
Lago Tequesquitengo #2600.
L-V 7:30 a 19:00
Teléfonos: (52-33) 1199-3641/1199-3642
CEEAVJ
López Cotilla #773
Teléfonos: (52-33) 3826 6671/3826 6670
ayuda@contralaviolencia.org
Avenida Unión #199
Teléfonos: (52-33) 3898 2340
01800 015 16 17
(55) 55 75 54 61
VICTIMATEL
Líneapro-ayudaa
lamujer
(55) 52 59 81 21
SAPTEL
Apoyovía
telefónica
Examendel
acusado
ASPECTOSA
DETERMINAR
a) Capacidad de erección
b) Fuerza física
c) Signos de coito reciente
d) Signos de coito con violencia
e) Signos que lo vinculen con el
delito investigado
EXPLORACIÓN FÍSICA:
- Signos generales
- Signos específicos
MUESTRAS DE LABORATORIO:
- Signos de coito reciente
- Grupos sanguíneos
- ETS preexistentes.
- Fibras correspondientes a la víctima y al lugar del
hecho.
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EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
Examendel
escenario
Situaciones en las que las
penas previstas para el
abuso sexual y la violación
se aumentarán.
Art. 66 bis
Equiparaciones de
violación:
I: Cópula con persona <12
años de edad
II: Cópula con persona que
no tenga la capacidad de
comprender el significado
del hecho o no pueda
resistirlo.
Art. 266
LEGISLACIÓNPENAL
Al que por medio de la
violencia física o moral
realice cópula con
persona de cualquier
sexo, se le impondrá
prisión de 8 - 14 años.
Art. 265
Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
● Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
● Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
● Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual. Recuperado 7
de marzo de 2021, de https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---
sro-san_jose/documents/publication/wcms_227404.pdf
● Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 14 de Agosto de 1931.
● Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido
el delito de violación. Subsecretaría de Prevención, Vinculación y Derechos Humanos
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Delitos contra la seguridad y libertad sexual

  • 2. Violación 01 Acoso y abuso sexual 02 Estupro 03 CONTENIDO
  • 3. GENERALIDADES De acuerdo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, la violencia sexual se define como: “cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física”. Este fenómeno no sólo se limita a actos físicos sexuales, también incluye las tentativas para consumar actos, así como la violencia verbal y psicológica. Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 4. La legislación en México considera los Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, en el Título decimoquinto del Código Penal Federal, donde se abordan los delito de: ➤ Hostigamiento sexual - Artículo 259. ➤ Abuso sexual - Artículo 260-261. ➤ Estupro - Artículo 271. ➤ Violación - Artículo 265-266. Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 6. Hostigamiento sexual Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de ochocientos días multa. Código Penal Federal: Artículo 259 Bis. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 7. Si fuese servidor público... Se le destituye del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año. Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño. Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 8. “Comportamiento de tono sexual tal como contactos físicos e insinuaciones y/ o observaciones de tipo sexual, exhibición de pornografía y exigencias sexuales, verbales o de hecho.” - Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las Mujeres (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW) Acososexual En México, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define que el hostigamiento ocurre de un jefe a una empleada subordinada, el acoso sexual, por su parte se presenta en relaciones laborales del mismo nivel jerárquico. Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual. Recuperado 7 de marzo de 2021
  • 9. ¿Cómosemanifiestaelacososexual? Comochantaje Comoambientelaboral hostil Se condiciona a la víctima con la consecución de un beneficio, para que acceda a comportamientos de connotación sexual. Los comportamientos que se califican como acoso sexual pueden ser de naturaleza: ● Física ● Verbal ● No verbal Intimidación o humillación Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual. Recuperado 7 de marzo de 2021
  • 10. Abuso sexual Artículo 260 Quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula. ● Cuando se realicen en una persona sin su consentimiento actos sexuales sin el propósito de penetrar a la víctima ● Cuando se obligue a una persona a realizarlos. ● Cuando se obligue a la víctima a presenciarlos. ● Cuando se obligue a una persona a exhibir su cuerpo. Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 11. Se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días multa. Si para obligar a la persona se usara la violencia, ya sea física o psicológica, la pena se aumentará en un cincuenta por ciento. Artículo 261 En una persona menor de 15 años Que no tenga la capacidad de comprender el significado Que no pueda resistirse Que lo obligue a ejecutarlo Se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa. Si se hiciera uso de violencia → 50% Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019.
  • 13. Alquetengacópulacon personamayordequince añosymenor de dieciocho,obteniendo su consentimiento por mediodeengaño. Artículo 262 del Código Penal Federal Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 31 de Agosto de 1831 Latín stuprum, engaño o estafa
  • 14. Elementosdel delito ➔ Adulto y menor de edad ➔ El consentimiento se da mediante el engaño ➔ Cópula Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 31 de Agosto de 1831. Edad minima 12, 16 años.
  • 15. Federal Artículo 263.- En el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo, sino por queja del ofendido o de sus representantes. 3 meses a 4 años de prisión Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 14 de Agosto de 1931. 1931
  • 17. Hombre o mujer. violación Acceso carnal Denominado cópula. Sujetoactivo Sujeto pasivo Medios violentos Constituyen un conjunto de delitos que tienen en común la falta de libertad en el consentimiento de la víctima para la relación sexual. Introducción completa o incompleta del miembro viril en la vía vaginal, anal o bucal de la víctima. Introducción por vía vaginal o anal de cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril. Hombre o mujer. Violencia física o moral. HOMBRE Penetración con el miembro viril. MUJER Mediante introducción de cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril. Ambos pueden ser vícitimas del delito de violación. Se trata de violencia física o moral que emplea el actor del delito para vencer la voluntad de la víctima. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 18. Situaciones particulares 01 02 03 04 Violación de menores de edad. Violación de una prostituta. Violación de persona “privada de razón”. Violación dentro del matrimonio. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 19. Aspecto médicolegales La prueba médica es indispensable para fundamentar la denuncia de la persona ofendida. Los objetivos de la pericia del médico forense son: ● Diagnóstico de acceso carnal reciente. ● Diagnóstico de la manera en que fue realizado. ● Diagnóstico de vinculación del acusado con el hecho. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 20. 03 02 01 Examende lavíctima Examen del acusado Examendel escenario Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica Para cumplir con tales objetivos se debe seguir este procedimiento:
  • 21. Examendela víctima Para llevar a cabo este examen, el médico forense debe contar con los siguientes elementos: ● Orden judicial específica para estudio por este tipo de delito. ● Consentimiento informado de la víctima o su representante legal. ● Presencia de una enfermera o de otro funcionario judicial durante el examen. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 22. El examen médico legal comprende: 01 02 03 04 Interrogatorio 03 04 05 Inspección Muestras para laboratorio Examen de las lesiones Evaluación psicopatológica forense Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 23. ¿Cómo? ¿Quién o quiénes? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué? Interrogatorio Interesa saber: Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica 01
  • 24. Inspección Interesa: Tipo constitucional, estatura, peso, desarrollo musculoesquelético y genital, actitud, facies, lesiones en piel, orden o desorden de cabellos y maquillaje, y daño en las ropas (si son las mismas que llevaba al ser asaltada). La actitud puede ser normal deprimida, angustiada, indiferente. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica 02
  • 25. Examendelas lesiones Para este objetivo, se divide el cuerpo en tres áreas: 1. Área genital 2. Área paragenital 3. Área extragenital Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica 03
  • 26. Semiologíamedicolegaldel áreagenitalfemenina Para el examen médico legal de los genitales, la mujer debe ser explorada en una mesa ginecológica. Posición: Acostada sobre la espalda, los miembros inferiores flexionados en las rodillas, los pies apoyados en los estribos, y los muslos separados para exponer el área genital. Técnica: El examinador dispondrá de los dedos pulgar e índice de la mano izquierda en “U” invertida, a fin de separar los labios mayores, mientras apoya la palma de la mano sobre el monte de Venus. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 27. Examendegenitalesexternos 1 Recolección de pelos, fibras, manchas y otros indicios en la vulva. 2 Descripción de lesiones en la vulva. 3 Descripción de las lesiones y recolección de indicios en la vagina. Descripción de la condición del himen. 4 Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 28. Clasificacióndeloshímenes Himen septado o tabicado Himen cribiforme Himen en coliflor Imperforado típicos Se reconocen 3 tipos. Himen anular Himen semilunar Himen labiado atípicos Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 29. Diagnósticoderuptura Localización En el caso del himen típico es necesario establecer el tipo para ubicar la posición de las posibles rupturas, de acuerdo con los respectivos puntos débiles. Antiguedad La verdadera ruptura del himen debe llegar hasta el borde de inserción. ● Reciente → Menor a 10 días. Muestra signos de inflamación aguda (enrojecimiento, hinchazón, calor, dolor y sangrado). ● Antigua → Mayor a 10 días. Tiene la forma de una “V” con el vértice sobre dicho borde. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 30. Examendelavía anal Signos de violencia reciente ➤Desgarro triangular en hora 6. ➤Desgarros de pliegues anales. ➤Desgarros recto perineales. ➤Hemorragia incoercible en desgarros de paredes anorrectales o perineales. Signo de coito anal habitual ➤Cicatrices antiguas del ano Técnica de examen Se coloca al paciente de rodillas sobre la mesa de examen, con el tronco y la cabeza más bajos que las nalgas, que pueden ser separadas por las manos del mismo paciente. En la descripción de lesiones se seguirá el orden de la carátula del reloj. Interesa establecer si hay signos de violencia reciente o de coito anal habitual. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 31. Semiologíamedicolegaldelárea paragenitalyextragenital Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica Área paragenital Puede mostrar contusiones (excoriaciones, equimosis, hematomas y hasta heridas contusas). Área extragenital Debe buscarse: ➤Contusiones en piel cabelluda. ➤Hematomas y excoriaciones en rostro, cuello, tórax. ➤Sugilaciones y mordeduras en cuello y mamas. ➤Hematomas en abdomen, muslos, rodillas y piernas. ➤Signos de compresión toracoabdominal. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 32. Muestraspara laboratorio Tiene como objetivo establecer: ➤Coito reciente. ➤Grupo sanguíneo de víctima y agresor. ➤Administración de tóxicos a la víctima. ➤ETS preexistentes en la víctima. ➤Embarazo preexistente a la agresión. ➤Fibras para identificar el lugar del hecho y el agresor. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica 04
  • 33. COITORECIENTE ➢ Semen en la vagina, en recto y en la boca de la víctima. ○ Movilidad de espermatozoides ○ Origen humano ○ Marcadores genéticos ➢ Fosfatasa ácida ○ Determinación cuantitativa ➢ Proteína p 30. ➢ Cinc en contenido vaginal Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 34. GRUPOSSANGUÍNEOS Muestra de sangre y saliva. ADMINISTRACIÓNDETÓXICOSALAVÍCTIMA ETSPREEXISTENTESENLAVÍCTIMA Investigar alcohol, psicotrópicos, estupefacientes y anestésicos. La positividad posterior permitirá correlacionar con el hecho, con base en la cronología de los respectivos períodos de incubación. Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido el delito de violación. Subsecretaría de Prevención, Vinculación y Derechos Humanos
  • 35. EMBARAZOPREEXISTENTE Determinar si el embarazo es producto de una relación sexual anterior FIBRASPARAIDENTIFICARELLUGARYELAGRESOR Búsqueda en ropas, cabellos, piel, vagina y recto. - Peinado púbico - Raspado de uñas - Búsqueda de saliva del agresor Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición
  • 36. EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA ● Está a cargo de psiquiatras y psicólogos forenses. - Determinar si la víctima estaba privada de razón o incapacitada para resistir Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica 05
  • 37. ➤Tratamiento de los traumatismos físicos ➤Prevención de ETS ➤Prevención de embarazo ➤Tratamiento de traumatismo emocional ● Respuesta aguda - Estado expresado - Estado controlado ● Consecuencias tardías Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido el delito de violación. Subsecretaría de Prevención, Vinculación y Derechos 06 ATENCIÓNCURATIVA DELAVÍCTIMA
  • 38. INSTITUCIONESQUEOFRECENAPOYO PSICOLÓGICOAVÍCTIMASDEVIOLACIÓN Secretaríade seguridadjalisco Centrodeorientación yprevención dela agresiónsexual Lago Tequesquitengo #2600. L-V 7:30 a 19:00 Teléfonos: (52-33) 1199-3641/1199-3642 CEEAVJ López Cotilla #773 Teléfonos: (52-33) 3826 6671/3826 6670 ayuda@contralaviolencia.org Avenida Unión #199 Teléfonos: (52-33) 3898 2340
  • 39. 01800 015 16 17 (55) 55 75 54 61 VICTIMATEL Líneapro-ayudaa lamujer (55) 52 59 81 21 SAPTEL Apoyovía telefónica
  • 41. ASPECTOSA DETERMINAR a) Capacidad de erección b) Fuerza física c) Signos de coito reciente d) Signos de coito con violencia e) Signos que lo vinculen con el delito investigado EXPLORACIÓN FÍSICA: - Signos generales - Signos específicos MUESTRAS DE LABORATORIO: - Signos de coito reciente - Grupos sanguíneos - ETS preexistentes. - Fibras correspondientes a la víctima y al lugar del hecho. - Tóxicos. EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 43. Situaciones en las que las penas previstas para el abuso sexual y la violación se aumentarán. Art. 66 bis Equiparaciones de violación: I: Cópula con persona <12 años de edad II: Cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o no pueda resistirlo. Art. 266 LEGISLACIÓNPENAL Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de 8 - 14 años. Art. 265 Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica
  • 44. ● Takajashi Medina, Felipe Edmundo; MEDICINA FORENSE; Ed. Manual Moderno; Edición 2019. ● Vargas Alvarado Eduardo, MEDICINA LEGAL, Ed. Trillas, Costa Rica ● Organización internacional del Trabajo. (2012). El hostigamiento o acoso sexual. Recuperado 7 de marzo de 2021, de https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/--- sro-san_jose/documents/publication/wcms_227404.pdf ● Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, 14 de Agosto de 1931. ● Secretaría de Seguridad Pública. (2009). Protocolo de atención para personas que han sufrido el delito de violación. Subsecretaría de Prevención, Vinculación y Derechos Humanos BIBLIOGRAFÍA

Notas del editor

  1. En una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.
  2. a diferencia de la violación, la violencia física no está presentes, porque hay consentimiento