Cuadro resumen, sobre los delitos sexuales, los cuales estan clasificados segun la ley venezolana, y un breve ejemplo que esta representado con una foto
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Delitos venezolanos con respecto a la sexualidad
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Mosquera, Verónica.
C.I: 20.672.468.
Delito de violación
Este se comete por medio de violencias o
amenazas, en donde se cometa un acto carnal ya
sea por vía vaginal, anal u oral, aunque se haya
introducido un objeto, pero con el fin de tener un
propósito sexual, el culpable de dicho acto será
imputado con el cargo de violación.
Dicha pena será imputada también cuando no haya
uso de violencia o amenazas, pero fue ejecutado
sobre personas vulnerables, que su resistencia era
imposible.
Fundamento: Art 374 del Código Penal.
Ejemplo:
Actos lascivos
Estos son actos lujuriosos o dirigidos a la
luvicidad, lo que quiere expresar que son
tocamientos libidinosos dirigidos al goce sensual, a
la sexualidad o a la excitación; todo acto que
implique luvicidad o que este dirigido a la
excitación es un acto claramente lascivo, una
manera más precisa de describirlo es mencionar
que se trata solo de actos físicos sin llegar a la
cópula de nunca especie. Las personas a quien se le
ejerce este tipo de acto son vulnerables a la
defensa, ya sea por incapacidad mental, corporal,
por ser menores de 12 años, porque la persona
quien lo comete se aprovecha de su posición de
autoridad para cometerlo.
Fundamento Legal: Art 376 del Código Penal.
Ejemplo:
Corrupción de menores
Es aquel acto sexual, por medio de violencia o
amenazas donde se penetra ya sea con un objeto o
de forma carnal la vagina, ano o boca y lo realiza
una persona mayor de edad con una menor de 18
años, sin importar si no es su tutor, ascendiente.
Fundamento legal: Art 378 del Código Penal y
255 y 260 de la LOPPNA
Ejemplo:
2. Incesto
Todo aquel individuo que, en circunstancias
capaces de causar escándalo público, tenga
relaciones incestuosas con un ascendiente o
descendente, aunque fuere ilegitimo, con algún afín
en línea recta o con un hermano o hermana,
hermanos, consanguíneos o uterinos, será castigado
con presidio de tres a seis años.
Para que pueda considerarse incesto debe de existir
escándalo público, pero si no es de conocimiento
público y nadie llega a tener conocimiento de este
hecho no acarreara ningún efecto.
Fundamento Legal: Art 308 del Código Penal.
Ejemplo:
Ultrajes al pudor público
Es todo acto que ofenda el pudor, efectuándolo
públicamente (lugar público o expuesto a la vista
del público). Este consiste en hechos o actos que
sean atentatorios contra la moralidad (sexual),
realizados públicamente por un sujeto sobre su
propia persona o sobre otra que consciente en
dicho acto o aun en su contra.
Fundamento Legal: Art 381 del Código Penal.
Ejemplo: