Este documento presenta dos ejemplos de demandas contra entidades estatales. En el primer ejemplo, un particular interpone una demanda contra una alcaldía por incumplimiento de contrato. En el segundo ejemplo, varios ciudadanos interponen una demanda por daños y perjuicios contra la empresa estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA). El documento también explica que cuando se dictan sentencias contra el Estado, el juez solo declara el derecho del individuo pero no condena al Estado, el cual debe pagar por vía administrativa luego de un proceso potencialmente
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Demanda contra la República y
contra el Estado
Integrante:
Mosquera, Verónica
C.I: 20.672.468
SAIA-A
2. Demanda contra la
República
Demanda
Los particulares pueden instaurar acciones
judiciales en contra de la República, en el
momento que las actividades que son
realizadas por los órganos del Estado les
ocasiona algún daño.
3. Ejemplo
JUEZ PONENTE: EMILIO RAMOS GONZÁLEZ
Expediente Número AP42-G-2008-000019
En fecha 24 de marzo de 2008, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de
Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo Oficio N° 0014-
08, de fecha 22 de febrero de 2008, anexo al cual el Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, remitió expediente contentivo
de la demanda por “cumplimiento de contrato de obra y daños y perjuicios”, interpuesta
por el abogado Falkner Gustavo Toyo Isea, inscrito en el Instituto de Previsión Social
del Abogado bajo el Nº 86.087, actuando con el carácter de apoderado judicial de la
Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA DEL CAMPO CODELCA, C.A., inserta por
ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo,
anotada bajo el Nº 74, Tomo 6-A, en fecha 9 de febrero de 1990, contra la ALCALDÍA
DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO CARABOBO.
En este fragmento se puede apreciar como un particular interpone una demanda contra la
Alcaldía por incumplimiento del contrato con respecto a las obras que habían realizado.
4. El proceso se inicia mediante
escrito, deberá cumplir con los
requisitos señalados en la ley y
plantear claramente sus
pretensiones y acompañar los
documentos que cumples con
los requisitos para su
admisibilidad
El interesado puede acudir a la
vía contencioso-administrativa
para accionar contra de la
República para que sea
condenada al pago de sumas de
dinero y a la reparación de
daños.
5. Demanda contra el
Estado
Cuando hablamos de las sentencias
dictadas contra el Estado el juez declara
el derecho que tiene el individuo contra
el Estado, ya que los jueces solo dictan
sentencias meramente declarativas.
Esto es un privilegio que tiene el
Estado de no ser condenado, solo se le
obliga a al pago del derecho
reconocido en sede judicial por vía
administrativa, la persona que gano el
juicio contra el Estado después de unos
largos años que pueden ser entre 5, 10 o
20. no recibe lo que gana en la
sentencia, sino que debe cumplir los
requisitos que se establece por parte del
Estado para el pago.
6. Ejemplo
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar
ASUNTO: FP11-G-2013-000039
En la DEMANDA por daños y perjuicios incoada por los ciudadanos JOSÉ LEONEL
LORETO, MARTÍN ALONSO BARRETO, JESÚS ALEXANDER TABATA, JOSÉ ISAIL
VERA, RAÚL ANTONIO SIFONTES Y HONIS DE LAS NIEVES MARIÑO, titulares de la
cédulas de identidad Nros. V-11.172.273, V-8.858.666, V-11.731.983, V-8.856.688, V-
11.423.108 y V-8.888.414, respectivamente, representados judicialmente por los abogados
Jesús Andrés Durán Romero, Alberto Cayetano Rojas Reyes y Manuel Sánchez,
Inpreabogado Nros. 181.060, 6.697 y 192.148, respectivamente, contra la empresa estatal
PETRÓLEOS DE VENEZUELA SOCIEDAD ANÓNIMA (P.D.V.S.A), se procede a
pronunciarse sobre la competencia y la admisibilidad de la presente acción.
Es una demanda interpuesta al Estado, ya que la
empresa P.D.V.S.A pertenece a este ente.