TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
Deroma1 tema 2.3.4 complementaria
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2.3.4. Las Constituciones Imperiales.
Las constituciones imperiales (constitutio principis) son actos por medio de los
cuales los emperadores crean normas jurídicas. “La constitución imperial es lo que
el emperador manda por edicto o por epistola”, ‘Constitutio principis est quod
imperator decreto vel edicto vel epístula constituit” (Gayo)
Las Constituciones pueden clasificarse en:
Edicto: dirigidas a toda o parte de la población, son aquellas que derivan del
derecho de ordenar (jus edicendi) del emperador, el que posee como consecuencia
de tener ya el mando (imperium) proconsular.
Decreto: son las decisiones de controversias judiciales, referidas extra ordinem al
conocimiento de los emperadores, en primera instancia o en apelación.
Rescripto: son respuestas que otorgan los emperadores sobre cuestiones de
derecho que les son sometidas a su consideración por oficiales públicos y privados.
Mandato: son las instrucciones impartidas por los emperadores a los órganos de la
administración periférica, gobernadores de provincia, tanto de las provincias
senaturiales como de las imperiales. Nunca están explícitamente enumeradas como
constituciones, pero no hay duda alguna de que son también fuentes de derecho.
El emperador Adriano lleva a cabo la reorganización de uno de sus principales
órganos asesores, la Cancillería imperial. A partir de ahora se integran en ella
prestigiosos juristas que le ayudarán en una tarea que los emperadores ya habían
comenzado a acometer: las respuestas a consultas jurídicas que le planteaban
particulares, magistrados y altos funcionarios de la organización imperial. Es decir,
el emperador asume la función de dar respuestas que antes monopolizaba la
jurisprudencia, pero para ello se vale de los propios juristas, ahora en calidad de
funcionarios del emperador. Las constituciones imperiales se conocen con el
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nombre de ''epistulae'' cuando se trata de respuestas a preguntas formuladas por
magistrados o funcionarios.
Si la consulta la eleva un particular, la constitución imperial toma el nombre de
rescripto. Estos particulares, si lo estiman conveniente, pueden presentar el
rescripto en el juicio en que estén involucrados.
Cuando el emperador es juez en un litigio, su decisión se conoce como decreto. Si
la constitución imperial se dirige a dar instrucciones a gobernadores de provincia,
se denominan mandatos. Finalmente, las constituciones adoptan el nombre de
edictos, en ejercicio de la función que desempeñaban los pretores.
Las constituciones imperiales son registradas y expuestas al público. A partir de ese
momento sirven de modelo de solución a problemas similares en el futuro.