1. INDAGACION PREVIA No. 170101812010699 (IP 0021-2012-TMR)
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO.- FISCALIA DE PICHINCHA.- FISCALIA
ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1.- Quito, 24 de octubre del 2012, a
las 11h55.- Dentro de la Indagación Previa No. 170101812010699 (IP 0021-
2012-TMR), presentada por FISCALIA GENERAL DEL ESTADO por el presunto
delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACION, se
ha dispuesto lo siguiente: 1.- Mediante parte de aprehensión Caso No. 997 se pone
en conocimiento de esta fiscalía que se ha aprehendido una sustancia húmeda
amarillenta presumiblemente droga en la Agencia de Correos LATIN TRAVEL de Quito,
y depositada en la misma Agencia, en la Ciudad de Loja.El Art. 195 de la Constitución
del Ecuador dispone que la Fiscalía dirija, de oficio o a petición de parte, la
investigación preprocesal y procesal penal. Del resultado de la investigación, nos lleva
a determinar materialidad, pero no así a losresponsables. Por lo expuesto,
considerando que no nos encontramos ante una conducta típica, antijurídica y
culpable, que es el esquema del delito, tanto más que ni siquiera se ha podido dar con
las personas que habían dejado la droga en ese lugar, en virtud de lo dispuesto en los
Arts. 38 y 39 de la Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 555, del 24 de marzo del 2009, esta Fiscalía
aplicando los principios constitucionales de oportunidad, mínima intervención penal,
celeridad y oportunidad, y haciendo uso eficaz de los recursos para la investigación
penal y el derecho de las partes, solicito al señor Juez de Garantías Penales de
Pichincha la DESESTIMACIÓN del expediente. Para lo cual remítase el expediente en
SESENTA Y CUATRO (64) FOJAS, al señor Jefe de la Sala de Sorteos de la Función
Judicial a fin que se proceda a disponer con el sorteo correspondiente. Notificaciones
que me correspondan las recibiré en la casilla judicial No. 1298.- NOTIFÍQUESE Y
CÚMPLASE.-
Dra. Thania Moreno Romero
FISCAL DE PICHINCHA
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
Lo Certifico.-
Dr. Andrés Jorge Cuasapaz Arcos
SECRETARIO DE FISCALES
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
2. INDAGACION PREVIA No. 170101812010699 (IP 0021-2012-TMR)
RAZÓN.- Siento por tal que, el día de hoy, quince de octubre del año dos mil
doce, notifiqué a la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO, mediante
boleta dejada en la casilla judicial No. 1200;a los señores Christian Costa Díaz
y Edison Germán Tupe, en la casilla judicial No. 5387, perteneciente a la
DEFENSORÍA PÚBLICA; al señor JEFE DE LA SALA DE SORTEOS DE LA
FUNCION JUDICIAL, mediante Oficio No. 2058-2012-FGE-FPP-FEDOTI-
170101812010699 (IP 0021-2012-TMR).- Lo Certifico.-
Dr. Andrés Jorge Cuasapaz Arcos
SECRETARIO DE FISCALES
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
3. BOLETA DE NOTIFICACIÓN
INDAGACION PREVIA No. 170101812010699 (IP 0021-2012-TMR)
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
Casilla judicial No. 1200
Hago saber que se ha dispuesto lo que a continuación transcribo:
“FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO.- FISCALIA DE PICHINCHA.- FISCALIA
ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1.- Quito, 24 de octubre del 2012, a
las 11h55.- Dentro de la Indagación Previa No. 170101812010699 (IP 0021-
2012-TMR), presentada por FISCALIA GENERAL DEL ESTADO por el presunto
delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACION, se
ha dispuesto lo siguiente: 1.- Mediante parte de aprehensión Caso No. 997 se pone
en conocimiento de esta fiscalía que se ha aprehendido una sustancia húmeda
amarillenta presumiblemente droga en la Agencia de Correos LATIN TRAVEL de Quito,
y depositada en la misma Agencia, en la Ciudad de Loja. El Art. 195 de la Constitución
del Ecuador dispone que la Fiscalía dirija, de oficio o a petición de parte, la
investigación preprocesal y procesal penal. Del resultado de la investigación, nos lleva
a determinar materialidad, pero no así a losresponsables. Por lo expuesto,
considerando que no nos encontramos ante una conducta típica, antijurídica y
culpable, que es el esquema del delito, tanto más que ni siquiera se ha podido dar con
las personas que habían dejado la droga en ese lugar, en virtud de lo dispuesto en los
Arts. 38 y 39 de la Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 555, del 24 de marzo del 2009, esta Fiscalía
aplicando los principios constitucionales de oportunidad, mínima intervención penal,
celeridad y oportunidad, y haciendo uso eficaz de los recursos para la investigación
penal y el derecho de las partes, solicito al señor Juez de Garantías Penales de
Pichincha la DESESTIMACIÓN del expediente. Para lo cual remítase el expediente en
SESENTA Y CUATRO (64) FOJAS, al señor Jefe de la Sala de Sorteos de la Función
Judicial a fin que se proceda a disponer con el sorteo correspondiente. Notificaciones
que me correspondan las recibiré en la casilla judicial No. 1298.- NOTIFÍQUESE Y
CÚMPLASE.-“ f) Dra. Thania Moreno Romero, FISCAL DE PICHINCHA -
FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1.- Lo Certifico.-
Dr. Andrés Jorge Cuasapaz Arcos
SECRETARIO DE FISCALES
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
4. BOLETA DE NOTIFICACIÓN
INDAGACION PREVIA No. 170101812010699 (IP 0021-2012-TMR)
DEFENSORÍA PÚBLICA
Casilla judicial No. 5387
CHRISTIAN COSTA DÍAZ
EDISON GERMÁN TUPE
Hago saber que se ha dispuesto lo que a continuación transcribo:
“FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO.- FISCALIA DE PICHINCHA.- FISCALIA
ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1.- Quito, 24 de octubre del 2012, a
las 11h55.- Dentro de la Indagación Previa No. 170101812010699 (IP 0021-
2012-TMR), presentada por FISCALIA GENERAL DEL ESTADO por el presunto
delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACION, se
ha dispuesto lo siguiente: 1.- Mediante parte de aprehensión Caso No. 997 se pone
en conocimiento de esta fiscalía que se ha aprehendido una sustancia húmeda
amarillenta presumiblemente droga en la Agencia de Correos LATIN TRAVEL de
Quito, y depositada en la misma Agencia, en la Ciudad de Loja.El Art. 195 de la
Constitución del Ecuador dispone que la Fiscalía dirija, de oficio o a petición de parte,
la investigación preprocesal y procesal penal. Del resultado de la investigación, nos
lleva a determinar materialidad, pero no así a losresponsables. Por lo expuesto,
considerando que no nos encontramos ante una conducta típica, antijurídica y
culpable, que es el esquema del delito, tanto más que ni siquiera se ha podido dar con
las personas que habían dejado la droga en ese lugar, en virtud de lo dispuesto en los
Arts. 38 y 39 de la Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 555, del 24 de marzo del 2009, esta Fiscalía
aplicando los principios constitucionales de oportunidad, mínima intervención penal,
celeridad y oportunidad, y haciendo uso eficaz de los recursos para la investigación
penal y el derecho de las partes, solicito al señor Juez de Garantías Penales de
Pichincha la DESESTIMACIÓN del expediente. Para lo cual remítase el expediente en
SESENTA Y CUATRO (64) FOJAS, al señor Jefe de la Sala de Sorteos de la Función
Judicial a fin que se proceda a disponer con el sorteo correspondiente. Notificaciones
que me correspondan las recibiré en la casilla judicial No. 1298.- NOTIFÍQUESE Y
CÚMPLASE.-“ f) Dra. Thania Moreno Romero, FISCAL DE PICHINCHA -
FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1.- Lo Certifico.-
Dr. Andrés Jorge Cuasapaz Arcos
SECRETARIO DE FISCALES
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
5. Oficio No. 2058-2012-FGE-FPP-FEDOTI-170101812010699 (IP 0021-2012-
TMR)
Quito, 24 de octubre del 2012
Señor
JEFE DE LA SALA DE SORTEOS DE LA FUNCION JUDICIAL
Presente
De mi consideración:
DRA. THANIA MORENO ROMERO, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada
contra la Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional No. 1, en
relación a la Indagación Previa No.170101812010699 (IP 0021-2012-
TMR), que se sigue en mi despacho, a Usted muy comedidamente digo:
Mediante parte de aprehensión Caso No. 997 se pone en conocimiento de
esta fiscalía que se ha aprehendido unasustancia húmeda amarillenta
presumiblemente droga en la Agencia de Correos LATIN TRAVEL de Quito, y
depositada en la misma Agencia, en la Ciudad de Loja.El Art. 195 de la
Constitución del Ecuador dispone que la Fiscalía dirija, de oficio o a petición de
parte, la investigación preprocesal y procesal penal. Del resultado de la
investigación, nos lleva a determinar materialidad, pero no así a
losresponsables. Por lo expuesto, considerando que no nos encontramos ante
una conducta típica, antijurídica y culpable, que es el esquema del delito, tanto
más que ni siquiera se ha podido dar con las personas que habían dejado la
droga en ese lugar, en virtud de lo dispuesto en los Arts. 38 y 39 de la Ley
Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 555, del 24 de marzo del 2009, esta Fiscalía aplicando los
principios constitucionales de oportunidad, mínima intervención penal, celeridad
y oportunidad, y haciendo uso eficaz de los recursos para la investigación penal
y el derecho de las partes, solicito al señor Juez de Garantías Penales de
Pichincha la DESESTIMACIÓN del expediente. Para lo cual remítase el
expediente en SESENTA Y CUATRO (64) FOJAS, al señor Jefe de la Sala de
Sorteos de la Función Judicial a fin que se proceda a disponer con el sorteo
correspondiente.
PRESUNTO DELITO: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS SUJETAS A
FISCALIZACION
DENUNCIANTE: FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
6. DENUNCIADO: CHRISTIAN COSTA DÍAZ Y EDISON GERMÁN
TUPE
CASILLA JUDICIAL: 1298. FEDOTI1
SOLICITUD: DESESTIMACION
FOJAS: SESENTA Y CUATRO (64)
Dr. Andrés Jorge Cuasapaz Arcos
SECRETARIO DE FISCALES
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1
7. SEÑOR JUEZ DE GARANTIAS PENALES DE PICHINCHA
DRA. THANIA MORENO ROMERO, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada contra
la Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional No. 1, en relación a la
Indagación Previa No. 170101812010699 (IP 0021-2012 TMR), que se sigue
en mi despacho, a Usted muy comedidamente digo:
Mediante parte de aprehensión Caso No. 997 se pone en conocimiento de esta
fiscalía que se ha aprehendido una sustancia húmeda amarillenta presumiblemente
droga en la Agencia de Correos LATIN TRAVEL de Quito, y depositada en la misma
Agencia, en la Ciudad de Loja.El Art. 195 de la Constitución del Ecuador dispone que la
Fiscalía dirija, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal
penal. Del resultado de la investigación, nos lleva a determinar materialidad, pero no
así a losresponsables. Por lo expuesto, considerando que no nos encontramos ante una
conducta típica, antijurídica y culpable, que es el esquema del delito, tanto más que ni
siquiera se ha podido dar con las personas que habían dejado la droga en ese lugar,
en virtud de lo dispuesto en los Arts. 38 y 39 de la Ley Reformatoria al Código de
Procedimiento Penal, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 555, del 24
de marzo del 2009, esta Fiscalía aplicando los principios constitucionales de
oportunidad, mínima intervención penal, celeridad y oportunidad, y haciendo uso eficaz
de los recursos para la investigación penal y el derecho de las partes, solicito al señor
Juez de Garantías Penales de Pichincha la DESESTIMACIÓN del expediente, para lo
cual remito los siguientes datos:
PRESUNTO DELITO: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS SUJETAS A
FISCALIZACION
DENUNCIANTE: FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
DENUNCIADO: CHRISTIAN COSTA DÍAZ Y EDISON GERMÁN TUPE
CASILLA JUDICIAL: 1298. FEDOTI 1
SOLICITUD: DESESTIMACION
Dra. Thania Moreno Romero
FISCAL DE PICHINCHA
FISCALÍA ESPECIALIZADA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
TRANSNACIONAL E INTERNACIONAL No. 1