El documento habla sobre la contratación electrónica y la contratación informática. Explica que la contratación informática incluye todos los contratos cuyo objeto sea un bien o servicio informático, mientras que la contratación electrónica son aquellos contratos cuyo perfeccionamiento se da por vía informática. También describe la contratación electrónica como el tráfico de mensajes dentro de una red que permite la negociación, conclusión y ejecución de contratos a distancia, como en el comercio electrónico. A menudo, los contr
2. CONTRATACIÓN INFORMÁTICA:
En sentido amplio u objetivo, abarca todos aquellos
convenios cuyo objeto sea un bien o servicio informático,
independientemente de la vía por la que se celebren. El
objeto del contrato, por tanto, sería la prestación de un
servicio informático.
En sentido restringido o formal, son aquellos contratos cuyo
perfeccionamiento se da por vía informática,
indiferentemente de cual sea su objeto. A estos últimos se
les conoce también, propiamente, como contratos
electrónicos.
Ejemplo: Contratos de servicios auxiliares. Como pueden
ser, el mantenimiento de equipos y programas o la
formación de las personas que van a utilizar la aplicación
respecto a equipos, sistema o aplicaciones.
3. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA:
Es el tráfico de mensajes dentro de una red que permite la
negociación, conclusión y ejecución de contratos. Mencionamos
telemática, al ser el tratamiento automático de información a
distancia, lo que supone la existencia de un emisor y un receptor
que intercambian mensajes entre sí. El tráfico de mensajes es el
flujo de información que transcurre entre emisor y receptor de
mensajes y que contiene datos acerca de actividades
relacionadas con la contratación. Por tanto el flujo de mensajes
es la contratación telemática.
Ejemplos de este tipo pueden ser el comercio electrónico de
productos y servicios físicos, tal y como la compra de libros a
través de Internet, encargo de una servicio que se va a realizar en
el domicilio o la compra de un CD que remiten al domicilio.
4. ¿A QUÉ SE DENOMINA CONTRATOS DE ADHESIÓN? & ¿QUÉ RELACIÓN TIENE LA
CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA POR INTERNET CON LOS LLAMADOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN?
Los contratos informáticos, en muchas ocasiones, son contratos de
adhesión, son un modelo de contratación redactado únicamente
por una de las partes que lo suscriben, de manera tal que la otra
parte sólo pued
Se suele vincular al contrato de adhesión con la contratación a
cláusulas y condiciones generales. Sin embargo su naturaleza es
diversa. "El contrato de adhesión es una modalidad de la formación
del consentimiento& Esta oferta puede contener condiciones
generales, si cumple los requisitos de anticipación y generalidad de
éstas, pero puede limitarse, como usualmente ocurre en
transacciones simples, a la fijación de la cosa y el precio". Será
frecuente, en la contratación electrónica, suscribir contratos de
adhesión, con o sin condiciones generales.e aceptar o rechazar el
contrato en su totalidad.
5. ¿QUÉ SON LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN
TELECONTRATACIÓN? DE ALGUNOS EJEMPLOS DE ELLOS
EN LAS NTICS.
Las cláusulas vienen establecidas por el prestador del servicio y el
consumidor, únicamente, puede aceptarlas o rechazarlas, pero no puede ni
negociarlas, ni modificarlas, ni eliminarlas, como ocurriría ante un contrato
convencional. Lo que puede suponer dejar al consumidor en una posición
desfavorable frente al prestador del servicio.
La realidad es que existe gran conflictividad derivada del clausulado de los
contratos donde se insertan condiciones generales de marcado carácter
abusivo en claro perjuicio de los intereses de la parte más débil, EL
CLIENTE.
6. ¿A QUÉ SE DENOMINAN VICIOS DEL
CONSENTIMIENTO?
El vicio del Consentimiento es la ausencia de una voluntad sana con el
objetivo de falsear, adulterar, anular dicha voluntad y alcanzar propósitos
deseados lo cual compromete su eficacia. La voluntad queda excluida
cuando el consentimiento en su forma exterior está viciado.
Los Vicios del Consentimiento son: el error, el dolo, la violencia, la lesión y
la incapacidad.
7. ¿EN QUÉ CONSISTE EL OUTSOURCING EN
MATERIA DE CONTRATACIÓN INFORMÁTICA?
Se conoce por contrato de outsourcing informático a aquel en virtud del
cual una empresa dedicada a la gestión de sistemas informáticos para
empresas (el prestador) es contratada por otra (el cliente) para que le
realice determinados servicios informáticos con el objeto de incrementar
su productividad y competitividad. El prestador gestionará el sistema
informático del cliente con el fin de proporcionarle un sistema informático
actualizado y eficiente.