Articulo que resume idea asuntos que siempre deben ser regularizados legalmente en la empresa familiar.
Publicado por Luis Scerpella
www.luisscerpella.com
Diez Mandamientos Legales para las Empresas Familiares
1. Diez Mandamientos Legales para las Empresas Familiares
¿Cuántos estamos cumpliendo?
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I.- Conferirás valor legal a tu “protocolo familiar”: Trasladarás las clausulas fundamentales
del “protocolo de empresa familiar” a documentos con valor legal (pactos de socios, estatutos
societarios, testamentos y/o fideicomisos).
Ii.- Mantendrás el control sobre quiénes ingresan como socios a tu empresa familiar:
Incorporarás a los estatutos una “cláusula de preferencia” para impedir ingresos no deseados
en casos de ventas, donaciones, embargos y remates, divorcios y/o sucesiones.
III.- No incorporarás a los parientes políticos a la propiedad, salvo excepciones: Cuidarás
que las acciones o cuotas sociales sean siempre bienes “propios” y no “gananciales” de los
familiares sanguíneos y que los futuros matrimonios se celebren por el nuevo régimen de
“separación patrimonial”.
IV.- Nunca harás un anticipo de herencia sin mantener el control: Solo donarás a tus hijos
una cantidad del capital social que te permita retener el control, o les anticiparás toda la
herencia pero por medio de un “fideicomiso societario de programación patrimonial sucesoria”.
V.- En caso de sucesión cuidarás que la propiedad de la empresa familiar, o al menos el
poder de gestionarla, pasen exclusivamente a los herederos comprometidos: Mediante la
formalización de un “pacto de herencia futura” con los herederos y/o de un “testamento” que
contenga una “partición por ascendiente” y/o la asignación del “tercio disponible”,
complementados con algunas reformas de los estatutos societarios.
VI.- Adaptarás tu estructura societaria a las necesidades de la empresa familiar: En lo
interno, reformando los estatutos para incorporar cláusulas que faciliten el funcionamiento de la
empresa familiar y prevengan conflictos. En lo externo, separando las diversas unidades de
negocios en sociedades distintas (que pueden ser “unipersonales”) controladas por una
sociedad “holding” familiar.
2. Diez Mandamientos Legales para las Empresas Familiares
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VII.- Evitarás por todo los medios el empate destructivo: Incorporando a los estatutos y/o
pactos de socios cláusulas y mecanismos de desempate para el caso que la propiedad deba
quedar en manos de dos hijos al 50% cada uno o de dos ramas familiares en forma igualitaria.
VIII.- Separarás los bienes de la empresa de los bienes de la familia: Pasando la titularidad
de los bienes de uso de la empresa a nombre de ésta y de los bienes de uso familiar a nombre
de los familiares, como así gestionando profesionalmente a los demás activos e inversiones de
la familia (“family office”). Además, separando las explotaciones con riesgo de los patrimonios
inmobiliarios mediante la creación de sociedades diferentes y con total autonomía funcional.
IX.- Darás encuadramiento legal a los dividendos, honorarios y salarios de familiares:
Pagando un dividendo, aunque sea mínimo, a todos los socios y cumpliendo los límites y
exigencias de las normas societarias, laborales y previsionales respecto de los familiares que
trabajan en la empresa.
X.- Mantendrás los conflictos familiares fuera de los tribunales: Firmando con todos los
integrantes de la familia un convenio o cláusula de “gestión y resolución privada de conflictos”
que prevea un procedimiento que incluya la negociación, la mediación y el arbitraje obligatorio
privado y confidencial
Nota:
Estos diez mandamiento han sido elaborados por Eduardo M. Favier Dubois y por Lucia
Spagnolo; ambos profesionales de nacionalidad argentina; sin embargo estos pueden ser
aplicables a familias empresarias de prácticamente cualquier nacionalidad.