1. CONCEPTO
 Es un contrato de pura liberalidad por el cual una
persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de
otra que la acepta.
 Naturaleza jurídica:
 Solemne conforme el articulo 491 del C.C. mediante
escritura publica ante Notario de Fé Pública y dos
testigos.
 Unilateral, una sola de las partes se obliga.
 Gratuito, existe un espíritu de beneficio sin
remuneración.
2. REQUISITOS
 Artículo 660.- (CAPACIDAD DE DONAR)
 Pueden donar todos los que tienen capacidad de
disponer de sus bienes.
 Menores de edad.
 Interdictos declarados
 Sordomudos y analfabetos.
 Pueden recibir una donación son las personas de
disponer sus bienes, es decir, los capaces, los padres y
tutores en nombre de sus hijos o pupilos.
 Artículo 663.-
(DONACION A PERSONA POR NACER)
 I. La donación puede hacerse en favor de quien está
solamente concebido, o en favor de hijos aún no
concebidos de una persona que vive en el momento de
la donación.
 II. Los padres de los hijos por nacer y de los no
concebidos, aceptan la donación.
FORMALIDADES DE VALIDEZ
 Artículo 667.- (REQUISITO DE FORMA)
 I. La donación debe hacerse mediante documento público,
bajo sanción de nulidad.
 II. La donación que tiene por objeto bienes muebles sólo es
válida cuando el documento especifica los bienes e indica su
valor.
 Artículo 668.- (ACEPTACIÓN)
 I. El donatario puede aceptar la donación por el mismo
documento público en que ha sido hecha o en otro posterior
que debe ser notificado al donante, pero el contrato quedará
concluido con la aceptación.
 II. El donante puede revocar su declaración antes de que la
donación sea aceptada.
3.- CUANTÍA DE LA DONACIÓN
 La ley impone limitaciones que son necesarias para
salvaguardar la legítima de los herederos forzosos.
 La disposición total de sus bienes produce una nulidad
de contrato pues debe reducirse a un quinto de los
bienes que una persona tiene para efectos de donación.
 La donación de bienes futuros produce la nulidad,
pues no es medible el patrimonio inexistente a la fecha
del donante.
4.- EFECTOS DE LA DONACIÓN
 La donación se perfecciona desde la aceptación por
parte del donatario.
 OBLIGACIONES DEL DONANTE.-
 Entrega de la cosa
 Responsabilidad por evicción
1) Si el contrato ha asumido expresamente esa
responsabilidad.
2) Si la evicción resulta de dolo o de un hecho personal
atribuibles a él.
3) Si la donación es con carga o remuneratoria, casos en
los cuales la responsabilidad se limita hasta la
concurrencia de la carga o de las prestaciones recibidas
por el donante.
OBLIGACIONES DEL DONATARIO
 Deber de gratitud
 Cumplimiento de cargas
 Artículo 674.- (DONACION CON CARGAS)
 I. Cuando la donación está gravada por una carga el
donatario queda obligado a cumplir con ella sólo en los
límites correspondientes al valor de la cosa donada.
5.- REVOCACIÓN DE LA DONACIÓN
 Artículo 679.- (REVOCACION POR INGRATITUD)
La donación puede ser revocada por ingratitud cuando
el donatario ha cometido contra el donante uno de los
hechos previstos en los casos 1 y 3 del artículo 1009.
Asimismo puede ser revocada cuando el donatario ha
difamado o injuriado o producido perjuicio grave en el
patrimonio del donante.
 1) Quien fuere condenado por haber voluntariamente
dado muerte o intentado matar al de cujus, a su
cónyuge, ascendientes o descendientes, o a uno
cualquiera de sus hermanos o sobrinos consanguíneos.
Esta indignidad comprende también al cómplice.
 3) Quien había acusado al de cujus, a su cónyuge,
ascendiente o descendientes, o a uno cualquiera de sus
hermanos o sobrinos consanguíneos de un delito grave
que podía costarles la libertad o la vida, y la acusación
es declarada calumniosa; o bien ha testimoniado
contra dichas personas imputadas de ese delito, y su
testimonio ha sido declarado falso en juicio penal.
RESOLUCION POR SUPERVIVENCIA
DE HIJOS (ART. 672)
 La donación hecha por quien no tenía hijos a tiempo
de celebrar el contrato, no queda resuelta por
sobrevenir los hijos, si expresamente no estuviese
establecida esta condición.
AUSENCIA DE NORMATIVA…
¿Cómo interactúan los 4 requisitos de formación
del contrato en un contrato de donación?
CONSENTIMIENTO
CAUSA
OBJETO
FORMA
Donacion

Donacion

  • 2.
    1. CONCEPTO  Esun contrato de pura liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra que la acepta.  Naturaleza jurídica:  Solemne conforme el articulo 491 del C.C. mediante escritura publica ante Notario de Fé Pública y dos testigos.  Unilateral, una sola de las partes se obliga.  Gratuito, existe un espíritu de beneficio sin remuneración.
  • 3.
    2. REQUISITOS  Artículo660.- (CAPACIDAD DE DONAR)  Pueden donar todos los que tienen capacidad de disponer de sus bienes.  Menores de edad.  Interdictos declarados  Sordomudos y analfabetos.  Pueden recibir una donación son las personas de disponer sus bienes, es decir, los capaces, los padres y tutores en nombre de sus hijos o pupilos.
  • 4.
     Artículo 663.- (DONACIONA PERSONA POR NACER)  I. La donación puede hacerse en favor de quien está solamente concebido, o en favor de hijos aún no concebidos de una persona que vive en el momento de la donación.  II. Los padres de los hijos por nacer y de los no concebidos, aceptan la donación.
  • 5.
    FORMALIDADES DE VALIDEZ Artículo 667.- (REQUISITO DE FORMA)  I. La donación debe hacerse mediante documento público, bajo sanción de nulidad.  II. La donación que tiene por objeto bienes muebles sólo es válida cuando el documento especifica los bienes e indica su valor.  Artículo 668.- (ACEPTACIÓN)  I. El donatario puede aceptar la donación por el mismo documento público en que ha sido hecha o en otro posterior que debe ser notificado al donante, pero el contrato quedará concluido con la aceptación.  II. El donante puede revocar su declaración antes de que la donación sea aceptada.
  • 6.
    3.- CUANTÍA DELA DONACIÓN  La ley impone limitaciones que son necesarias para salvaguardar la legítima de los herederos forzosos.  La disposición total de sus bienes produce una nulidad de contrato pues debe reducirse a un quinto de los bienes que una persona tiene para efectos de donación.  La donación de bienes futuros produce la nulidad, pues no es medible el patrimonio inexistente a la fecha del donante.
  • 7.
    4.- EFECTOS DELA DONACIÓN  La donación se perfecciona desde la aceptación por parte del donatario.  OBLIGACIONES DEL DONANTE.-  Entrega de la cosa  Responsabilidad por evicción 1) Si el contrato ha asumido expresamente esa responsabilidad. 2) Si la evicción resulta de dolo o de un hecho personal atribuibles a él. 3) Si la donación es con carga o remuneratoria, casos en los cuales la responsabilidad se limita hasta la concurrencia de la carga o de las prestaciones recibidas por el donante.
  • 8.
    OBLIGACIONES DEL DONATARIO Deber de gratitud  Cumplimiento de cargas  Artículo 674.- (DONACION CON CARGAS)  I. Cuando la donación está gravada por una carga el donatario queda obligado a cumplir con ella sólo en los límites correspondientes al valor de la cosa donada.
  • 9.
    5.- REVOCACIÓN DELA DONACIÓN  Artículo 679.- (REVOCACION POR INGRATITUD) La donación puede ser revocada por ingratitud cuando el donatario ha cometido contra el donante uno de los hechos previstos en los casos 1 y 3 del artículo 1009. Asimismo puede ser revocada cuando el donatario ha difamado o injuriado o producido perjuicio grave en el patrimonio del donante.
  • 10.
     1) Quienfuere condenado por haber voluntariamente dado muerte o intentado matar al de cujus, a su cónyuge, ascendientes o descendientes, o a uno cualquiera de sus hermanos o sobrinos consanguíneos. Esta indignidad comprende también al cómplice.  3) Quien había acusado al de cujus, a su cónyuge, ascendiente o descendientes, o a uno cualquiera de sus hermanos o sobrinos consanguíneos de un delito grave que podía costarles la libertad o la vida, y la acusación es declarada calumniosa; o bien ha testimoniado contra dichas personas imputadas de ese delito, y su testimonio ha sido declarado falso en juicio penal.
  • 11.
    RESOLUCION POR SUPERVIVENCIA DEHIJOS (ART. 672)  La donación hecha por quien no tenía hijos a tiempo de celebrar el contrato, no queda resuelta por sobrevenir los hijos, si expresamente no estuviese establecida esta condición.
  • 12.
  • 13.
    ¿Cómo interactúan los4 requisitos de formación del contrato en un contrato de donación? CONSENTIMIENTO CAUSA OBJETO FORMA