Este documento presenta una introducción a la donación entre vivos en Colombia. Define la donación como un acto mediante el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra que la acepta. Explora las características, requisitos, clases, efectos, formas y causales de nulidad de las donaciones. Finalmente, detalla los derechos y obligaciones de donantes y donatarios, así como los casos en los que una donación puede ser nula.
El patrimonio familiar es una institución que protege económicamente a la familia mediante la afectación de bienes como la casa y pertenencias para su uso. El patrimonio familiar puede ser constituido por la madre, padre, cónyuges, concubinos u otros para proteger legal y económicamente a su familia, y comprende bienes cuya suma no exceda cierto valor máximo. Los bienes que conforman el patrimonio familiar son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
1) La donación entre vivos es un acto jurídico mediante el cual una persona llamada donante transfiere gratuitamente a otra llamada donatario el dominio sobre un bien.
2) Para que sea válida, la donación debe cumplir con requisitos personales como la capacidad de las partes y requisitos reales como la determinación del bien donado.
3) Los efectos de la donación son el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario, quien asume responsabilidades como deudas y alimentos del donante.
1) El documento describe los diferentes modos de extinguir las obligaciones según la ley chilena, incluyendo la resciliación, el pago, y otros métodos.
2) Específicamente, explica que la resciliación es cuando las partes mutuamente acuerdan dar por terminada una obligación vigente.
3) También explica los requisitos legales para que un pago sea válido, como que la persona que paga debe ser el dueño de lo que se paga o contar con el consentimiento del dueño.
El documento habla sobre el cumplimiento y incumplimiento de las obligaciones. Explica que el cumplimiento se refiere a la ejecución puntual de la prestación debida por parte del deudor, mientras que el incumplimiento es el defecto de la prestación. Luego describe las formas de cumplimiento como voluntario o forzoso, y las formas de incumplimiento como involuntario o culposo. Finalmente, menciona elementos como la mora del deudor o acreedor.
Este documento resume el origen y regulación del divorcio en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el divorcio (divortium) podía producirse por incapacidad matrimonial, muerte de un cónyuge, condena a prisión u otras razones. En Venezuela, el divorcio está regulado en el Código Civil y puede darse por adulterio, abandono, maltrato, separación por más de 5 años u otras causales. El documento también explica los procedimientos de divorcio como la separación de cuerpos y bienes y el divorcio
Este documento describe varios métodos para interpretar contratos, incluyendo interpretaciones restrictiva, doctrinaria, extensiva y armónica. Explica que la interpretación de un contrato determina su calificación jurídica y efectos legales. También cubre las interpretaciones subjetiva u objetiva, y las reglas básicas como interpretar cláusulas ambiguas a favor del deudor.
El documento define el contrato de donación como un acto por el cual el donante transfiere la propiedad de un bien de forma irrevocable al donatario. Para que sea válido, la donación debe realizarse ante notario y cumplir con ciertos requisitos como la capacidad legal del donante y donatario. Las donaciones pueden ser nulas si no cumplen con estos requisitos legales. El documento también discute casos en los que no se requieren todas las formalidades, como las donaciones manuales de bienes muebles o las donaciones indirectas.
Mapa conceptual de derecho de las obligaciones UNYemmanuela1901
El documento trata sobre el derecho de las obligaciones como rama del derecho civil. Explica que originalmente las obligaciones involucraban al deudor entregándose al acreedor como garantía, pero luego la ley cambió para que el deudor responda con sus bienes en lugar de su persona. También define una obligación civil como un vínculo que permite al acreedor exigir cierto comportamiento del deudor, y explica los elementos básicos de una relación y prestación obligatoria.
El patrimonio familiar es una institución que protege económicamente a la familia mediante la afectación de bienes como la casa y pertenencias para su uso. El patrimonio familiar puede ser constituido por la madre, padre, cónyuges, concubinos u otros para proteger legal y económicamente a su familia, y comprende bienes cuya suma no exceda cierto valor máximo. Los bienes que conforman el patrimonio familiar son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
1) La donación entre vivos es un acto jurídico mediante el cual una persona llamada donante transfiere gratuitamente a otra llamada donatario el dominio sobre un bien.
2) Para que sea válida, la donación debe cumplir con requisitos personales como la capacidad de las partes y requisitos reales como la determinación del bien donado.
3) Los efectos de la donación son el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario, quien asume responsabilidades como deudas y alimentos del donante.
1) El documento describe los diferentes modos de extinguir las obligaciones según la ley chilena, incluyendo la resciliación, el pago, y otros métodos.
2) Específicamente, explica que la resciliación es cuando las partes mutuamente acuerdan dar por terminada una obligación vigente.
3) También explica los requisitos legales para que un pago sea válido, como que la persona que paga debe ser el dueño de lo que se paga o contar con el consentimiento del dueño.
El documento habla sobre el cumplimiento y incumplimiento de las obligaciones. Explica que el cumplimiento se refiere a la ejecución puntual de la prestación debida por parte del deudor, mientras que el incumplimiento es el defecto de la prestación. Luego describe las formas de cumplimiento como voluntario o forzoso, y las formas de incumplimiento como involuntario o culposo. Finalmente, menciona elementos como la mora del deudor o acreedor.
Este documento resume el origen y regulación del divorcio en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el divorcio (divortium) podía producirse por incapacidad matrimonial, muerte de un cónyuge, condena a prisión u otras razones. En Venezuela, el divorcio está regulado en el Código Civil y puede darse por adulterio, abandono, maltrato, separación por más de 5 años u otras causales. El documento también explica los procedimientos de divorcio como la separación de cuerpos y bienes y el divorcio
Este documento describe varios métodos para interpretar contratos, incluyendo interpretaciones restrictiva, doctrinaria, extensiva y armónica. Explica que la interpretación de un contrato determina su calificación jurídica y efectos legales. También cubre las interpretaciones subjetiva u objetiva, y las reglas básicas como interpretar cláusulas ambiguas a favor del deudor.
El documento define el contrato de donación como un acto por el cual el donante transfiere la propiedad de un bien de forma irrevocable al donatario. Para que sea válido, la donación debe realizarse ante notario y cumplir con ciertos requisitos como la capacidad legal del donante y donatario. Las donaciones pueden ser nulas si no cumplen con estos requisitos legales. El documento también discute casos en los que no se requieren todas las formalidades, como las donaciones manuales de bienes muebles o las donaciones indirectas.
Mapa conceptual de derecho de las obligaciones UNYemmanuela1901
El documento trata sobre el derecho de las obligaciones como rama del derecho civil. Explica que originalmente las obligaciones involucraban al deudor entregándose al acreedor como garantía, pero luego la ley cambió para que el deudor responda con sus bienes en lugar de su persona. También define una obligación civil como un vínculo que permite al acreedor exigir cierto comportamiento del deudor, y explica los elementos básicos de una relación y prestación obligatoria.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica conceptos como la sucesión, los herederos, los legatarios y la indignidad. Define la sucesión como la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes tipos de herederos y legatarios, así como los fundamentos y elementos de la sucesión. Finalmente, detalla aspectos como la apertura de la sucesión, la capacidad para suceder y las causales de exclusión por indignidad.
Las sucesiones en el derecho internacional privadoLuiperz1234
El documento habla sobre las sucesiones en el derecho internacional privado. Explica que existen dos tipos principales de sucesión: la legítima o ab intestato, que se produce cuando el causante no deja testamento, y la testamentaria, que se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes mediante testamento. También describe conceptos como la sucesión a título particular y universal, la legitima, y la bona vacancia. La ley de derecho internacional privado somete las sucesiones al derecho del domicilio del causante y reconoce la
El documento describe los diferentes tipos de cumplimiento de obligaciones, incluyendo cumplimiento en especie, cumplimiento por equivalencia, cumplimiento voluntario e involuntario. También describe las causas de incumplimiento como caso fortuito, fuerza mayor, dolo y culpa. Define la mora como el incumplimiento doloso o culpable y clasifica la mora del deudor y del acreedor.
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
Este documento describe la historia y evolución de las obligaciones y contratos desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica conceptos clave como obligación, deudor, acreedor, objeto y fuentes de las obligaciones según el derecho romano y el Código Civil. Resume la regulación de las obligaciones en el Código Civil, incluyendo artículos específicos.
El documento habla sobre el derecho civil. El derecho civil regula las relaciones entre personas privadas y públicas. Incluye normas sobre personas y familia, obligaciones y contratos, propiedad, responsabilidad civil, sucesiones y más. El registro civil es un organismo que registra nacimientos, matrimonios y defunciones para dejar constancia del estado civil de las personas.
Cuadro sobre la clasificación general de las obligaciones. Anmaris Perazaanmarisperaza
Este documento presenta una clasificación general de las obligaciones según varios criterios como: el contenido de la prestación (obligaciones de dar, hacer y no hacer), la naturaleza de las cosas sobre las que recae (obligaciones sobre cuerpo cierto y genéricas), el carácter coactivo (civiles y naturales), su modalidad (puras, condicionales y a término), la divisibilidad del objeto (divisibles e indivisibles), la singularidad o pluralidad de prestaciones (conjuntivas, alternativas y facultativas), la singularidad o pluralidad de sujet
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
El documento resume las características y tipos de obligaciones de acuerdo con la legislación mexicana. Explica que las obligaciones pueden ser condicionales, a plazo, simples o complejas, divisibles o indivisibles. También cubre temas como el cumplimiento de obligaciones a través del pago, la teoría de los riesgos, y la protección de los acreedores. Finalmente, proporciona algunas referencias bibliográficas sobre el tema.
El documento describe el proceso de juicio económico-coactivo regulado en el Código Tributario. La demanda debe cumplir con los requisitos legales. Se da audiencia al demandado por 5 días para que se oponga o plantee excepciones, y si no lo hace, no hay oposición. Si el demandado se opone, también se da audiencia a la administración tributaria por 5 días y el caso puede abrirse a pruebas por 10 días antes de emitir una sentencia en un plazo de 15 días.
Este documento define y explica las servidumbres prediales. En resumen: (1) Una servidumbre es un derecho real que grava un predio (llamado sirviente) en beneficio de otro predio (llamado dominante); (2) Las servidumbres tienen características como ser derechos reales inmuebles, accesorios e indivisibles; (3) Se clasifican por su origen, ejercicio y tipo de carga sobre el predio sirviente; y (4) Pueden constituirse mediante acto jurídico, sent
El documento resume las bases romanas de los derechos reales. Explica la clasificación de las cosas y conceptos como la posesión, propiedad, servidumbres, usufructo, superficie y enfiteusis. Define estos derechos reales y sus elementos, modos de adquisición y extinción. Asimismo, detalla los tipos de servidumbres prediales y personales, y los principios que rigen a cada derecho real.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosJoordanS
El documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según el Código Civil venezolano. Explica que la sucesión testamentaria es aquella que se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes señalando a sus herederos. Luego clasifica los testamentos en ordinarios abiertos y cerrados, y especiales, los cuales pueden otorgarse en casos como epidemias, buques o por militares. Finalmente, destaca los requisitos de capacidad y forma que deben cumplir los testamentos
Este documento describe la sucesión por causa de muerte en Chile. Explica que existe sucesión cuando una persona reemplaza a otra en una relación jurídica después de su fallecimiento, ya sea por testamento o por ley. También distingue entre sucesión a título universal, que comprende la totalidad del patrimonio, y sucesión a título singular, que involucra bienes específicos. Finalmente, señala que en Chile rige el sistema romano de sucesión, donde los herederos continúan la personalidad del difunto.
El documento define los actos jurídicos como manifestaciones de voluntad que buscan crear efectos legales. Los actos pueden ser unilaterales, bilaterales o plurilaterales. También distingue entre actos inter vivos y mortis causa, y entre actos onerosos y gratuitos. Define los hechos jurídicos como aquellos que producen consecuencias legales, ya sea creando, modificando o extinguiendo obligaciones.
El pago por consignación es un mecanismo mediante el cual el deudor puede liberarse de su obligación de pago depositando la cantidad adeudada ante un juez cuando el acreedor se niega a recibir el pago de forma injustificada. El deudor debe haber ofrecido previamente el pago al acreedor y demostrar ante el juez que el acreedor se ha negado injustificadamente a recibirlo para que el depósito ante el juez lo libere de su deuda de forma retroactiva a la fecha del ofrecimiento inicial.
Este documento describe las diferentes clases de testamentos según la ley española, incluyendo los testamentos solemnes (abierto y cerrado), los testamentos menos solemnes (verbal, militar y marítimo), y los requisitos formales para cada uno. Explica que los testamentos solemnes requieren más formalidades como la presencia de testigos y un notario, mientras que en los menos solemnes se pueden omitir algunas formalidades en circunstancias especiales. También analiza conceptos como la capacidad putativa de los testigos y las personas que no pueden ser
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento del poder ejecutivo. Explica que regula la organización de la administración pública, los poderes y derechos de las personas administrativas para manejar los servicios públicos, y el ejercicio de estos poderes y derechos.
Este documento define la donación como una liberalidad realizada sin obligación legal. Para que sea válida, debe cumplir con cuatro requisitos: empobrecimiento del donante, enriquecimiento del donatario, intención del donante y consentimiento del donatario. También describe las características de una donación, los casos en que puede ser revocada y los tipos de donaciones según el Código Civil Federal.
La donación se define como la transferencia gratuita de propiedad de una cosa de una persona a otra. Para que sea válida, requiere capacidad de las partes, objeto transferible, forma escrita ante notario, y consentimiento. El documento explica los elementos, características, tipos y efectos de las donaciones según la ley civil.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica conceptos como la sucesión, los herederos, los legatarios y la indignidad. Define la sucesión como la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes tipos de herederos y legatarios, así como los fundamentos y elementos de la sucesión. Finalmente, detalla aspectos como la apertura de la sucesión, la capacidad para suceder y las causales de exclusión por indignidad.
Las sucesiones en el derecho internacional privadoLuiperz1234
El documento habla sobre las sucesiones en el derecho internacional privado. Explica que existen dos tipos principales de sucesión: la legítima o ab intestato, que se produce cuando el causante no deja testamento, y la testamentaria, que se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes mediante testamento. También describe conceptos como la sucesión a título particular y universal, la legitima, y la bona vacancia. La ley de derecho internacional privado somete las sucesiones al derecho del domicilio del causante y reconoce la
El documento describe los diferentes tipos de cumplimiento de obligaciones, incluyendo cumplimiento en especie, cumplimiento por equivalencia, cumplimiento voluntario e involuntario. También describe las causas de incumplimiento como caso fortuito, fuerza mayor, dolo y culpa. Define la mora como el incumplimiento doloso o culpable y clasifica la mora del deudor y del acreedor.
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
Este documento describe la historia y evolución de las obligaciones y contratos desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica conceptos clave como obligación, deudor, acreedor, objeto y fuentes de las obligaciones según el derecho romano y el Código Civil. Resume la regulación de las obligaciones en el Código Civil, incluyendo artículos específicos.
El documento habla sobre el derecho civil. El derecho civil regula las relaciones entre personas privadas y públicas. Incluye normas sobre personas y familia, obligaciones y contratos, propiedad, responsabilidad civil, sucesiones y más. El registro civil es un organismo que registra nacimientos, matrimonios y defunciones para dejar constancia del estado civil de las personas.
Cuadro sobre la clasificación general de las obligaciones. Anmaris Perazaanmarisperaza
Este documento presenta una clasificación general de las obligaciones según varios criterios como: el contenido de la prestación (obligaciones de dar, hacer y no hacer), la naturaleza de las cosas sobre las que recae (obligaciones sobre cuerpo cierto y genéricas), el carácter coactivo (civiles y naturales), su modalidad (puras, condicionales y a término), la divisibilidad del objeto (divisibles e indivisibles), la singularidad o pluralidad de prestaciones (conjuntivas, alternativas y facultativas), la singularidad o pluralidad de sujet
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
El documento resume las características y tipos de obligaciones de acuerdo con la legislación mexicana. Explica que las obligaciones pueden ser condicionales, a plazo, simples o complejas, divisibles o indivisibles. También cubre temas como el cumplimiento de obligaciones a través del pago, la teoría de los riesgos, y la protección de los acreedores. Finalmente, proporciona algunas referencias bibliográficas sobre el tema.
El documento describe el proceso de juicio económico-coactivo regulado en el Código Tributario. La demanda debe cumplir con los requisitos legales. Se da audiencia al demandado por 5 días para que se oponga o plantee excepciones, y si no lo hace, no hay oposición. Si el demandado se opone, también se da audiencia a la administración tributaria por 5 días y el caso puede abrirse a pruebas por 10 días antes de emitir una sentencia en un plazo de 15 días.
Este documento define y explica las servidumbres prediales. En resumen: (1) Una servidumbre es un derecho real que grava un predio (llamado sirviente) en beneficio de otro predio (llamado dominante); (2) Las servidumbres tienen características como ser derechos reales inmuebles, accesorios e indivisibles; (3) Se clasifican por su origen, ejercicio y tipo de carga sobre el predio sirviente; y (4) Pueden constituirse mediante acto jurídico, sent
El documento resume las bases romanas de los derechos reales. Explica la clasificación de las cosas y conceptos como la posesión, propiedad, servidumbres, usufructo, superficie y enfiteusis. Define estos derechos reales y sus elementos, modos de adquisición y extinción. Asimismo, detalla los tipos de servidumbres prediales y personales, y los principios que rigen a cada derecho real.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosJoordanS
El documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según el Código Civil venezolano. Explica que la sucesión testamentaria es aquella que se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes señalando a sus herederos. Luego clasifica los testamentos en ordinarios abiertos y cerrados, y especiales, los cuales pueden otorgarse en casos como epidemias, buques o por militares. Finalmente, destaca los requisitos de capacidad y forma que deben cumplir los testamentos
Este documento describe la sucesión por causa de muerte en Chile. Explica que existe sucesión cuando una persona reemplaza a otra en una relación jurídica después de su fallecimiento, ya sea por testamento o por ley. También distingue entre sucesión a título universal, que comprende la totalidad del patrimonio, y sucesión a título singular, que involucra bienes específicos. Finalmente, señala que en Chile rige el sistema romano de sucesión, donde los herederos continúan la personalidad del difunto.
El documento define los actos jurídicos como manifestaciones de voluntad que buscan crear efectos legales. Los actos pueden ser unilaterales, bilaterales o plurilaterales. También distingue entre actos inter vivos y mortis causa, y entre actos onerosos y gratuitos. Define los hechos jurídicos como aquellos que producen consecuencias legales, ya sea creando, modificando o extinguiendo obligaciones.
El pago por consignación es un mecanismo mediante el cual el deudor puede liberarse de su obligación de pago depositando la cantidad adeudada ante un juez cuando el acreedor se niega a recibir el pago de forma injustificada. El deudor debe haber ofrecido previamente el pago al acreedor y demostrar ante el juez que el acreedor se ha negado injustificadamente a recibirlo para que el depósito ante el juez lo libere de su deuda de forma retroactiva a la fecha del ofrecimiento inicial.
Este documento describe las diferentes clases de testamentos según la ley española, incluyendo los testamentos solemnes (abierto y cerrado), los testamentos menos solemnes (verbal, militar y marítimo), y los requisitos formales para cada uno. Explica que los testamentos solemnes requieren más formalidades como la presencia de testigos y un notario, mientras que en los menos solemnes se pueden omitir algunas formalidades en circunstancias especiales. También analiza conceptos como la capacidad putativa de los testigos y las personas que no pueden ser
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento del poder ejecutivo. Explica que regula la organización de la administración pública, los poderes y derechos de las personas administrativas para manejar los servicios públicos, y el ejercicio de estos poderes y derechos.
Este documento define la donación como una liberalidad realizada sin obligación legal. Para que sea válida, debe cumplir con cuatro requisitos: empobrecimiento del donante, enriquecimiento del donatario, intención del donante y consentimiento del donatario. También describe las características de una donación, los casos en que puede ser revocada y los tipos de donaciones según el Código Civil Federal.
La donación se define como la transferencia gratuita de propiedad de una cosa de una persona a otra. Para que sea válida, requiere capacidad de las partes, objeto transferible, forma escrita ante notario, y consentimiento. El documento explica los elementos, características, tipos y efectos de las donaciones según la ley civil.
Este documento presenta una introducción a la donación desde una perspectiva legal. Explica que la donación es un contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente algo de su patrimonio a otra persona que lo acepta. Luego discute las características de la donación, como que es unilateral, irrevocable y requiere consentimiento libre. También cubre los efectos de la donación a través de la historia legal y cómo la ley protege a donantes, herederos, acreedores y el fisco. Finalmente, analiza la naturaleza contractual de la
En este trabajo se describen definiciones, tipos, características del contrato de donación desde la perspectiva del Derecho Civil Mexicano así como su impacto a nivel Fiscal, tomando como referencias el Código Civil Federal, Código Civil de BCS , la Ley del ISR, Ley de Hacienda del Edo. BCS y Ley de Hacienda del municipio de Los Cabos.
Este trabajo también puede servir como un marco de referencia u orientación en materia de estudio.
Este documento resume los principales aspectos legales de las donaciones según el Código Civil venezolano. Explica que una donación es un contrato unilateral y gratuito mediante el cual una persona transfiere la propiedad de un bien a otra que la acepta. También describe quiénes no pueden recibir donaciones, los motivos por los cuales una donación puede ser nula o revocada, y el derecho a solicitar la reducción de donaciones excesivas realizadas en los últimos 10 años de vida.
El documento es una insinuación de donación ante notario de un bien valorado en más de 50 salarios mínimos legales mensuales. El donante solicita al notario autorizar la donación de un bien inmueble o mueble a un donatario, describiendo el bien y afirmando que tanto donante como donatario tienen capacidad legal para realizar la donación sin afectar derechos de terceros ni violar leyes. El donante también manifiesta contar con otros bienes y recursos para su subsistencia.
El documento describe las diferencias entre donaciones revocables e irrevocables. Las donaciones revocables son actos unilaterales que surten efecto después de la muerte del donante y que pueden ser revocadas, mientras que las donaciones irrevocables son contratos entre vivos que transfieren la propiedad de manera definitiva. Las donaciones revocables requieren solemnidades como un testamento para ser válidas y se confirman automáticamente si el donante fallece sin revocarlas.
Este documento es un contrato de donación entre una entidad donante y la Fundación ProSurgir como donataria. La entidad donante transfiere el dominio de cierto bien a la fundación con el fin de que sea utilizado exclusivamente para un propósito específico. El contrato describe el bien donado, su valor, y establece las obligaciones de cada parte, como la entrega del bien y su uso exclusivo para el fin acordado. El contrato queda perfeccionado una vez firmado por las partes y publicado en la gaceta departamental.
La donación revocable es aquella en la que el donante mantiene el derecho de recuperar los bienes donados. Se considera un testamento y debe crearse con las solemnidades requeridas para los testamentos. La donación revocable se perfecciona con la muerte del donante y caduca si el donante fallece antes que el donatario.
El documento describe la donación en el derecho romano. Se define como un acto de atribución patrimonial lucrativo donde una persona (donante) transfiere propiedad a otra (donatario). La donación requería el empobrecimiento del donante, enriquecimiento del donatario, y intención del donante de realizar un acto de liberalidad. Había diferentes tipos de donaciones como entre cónyuges o la dote. Los legados también permitían transferencias particulares de derechos con obligaciones para el heredero.
El documento presenta una definición y características del contrato de obra. Define el contrato de obra como aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar un trabajo determinado a cambio de un precio. Explica que existen dos tipos de contrato de obra dependiendo de si el contratista provee los materiales o solo la mano de obra. Además, describe las partes del contrato, los elementos, la responsabilidad del contratista y las diferencias con el contrato de trabajo.
Este documento trata sobre la donación de órganos y tejidos. Explica los tipos de donación, como donación viva o de cadáver, así como los órganos y tejidos que se pueden donar. También describe los criterios para evaluar a donantes potenciales y los tipos de donación como pura, condicional o remuneratoria. Finalmente, incluye preguntas frecuentes sobre la donación.
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE Y DONACIONES ENTRE VIVOSAndrés Villegas
Sucesión por causa de muerte: modo de adquirir el dominio del patrimonio de una persona difunta, o sea, el conjunto de sus derechos y obligaciones transmisibles, o una cuota de dicho
patrimonio, o especies o cuerpos ciertos.
Este documento presenta un resumen del Módulo VI sobre Derecho de sucesiones y donación en Derecho Romano. Se explican conceptos clave como herencia, sucesión, heredero y causante. Se describen los tipos de sucesión como testamentaria, ab intestato y forzosa, así como los trámites de delación, aceptación y adquisición de la herencia. Por último, se menciona brevemente la donación como otro tema cubierto.
1) La donación es un acto entre vivos por el cual el donante se desprende actual e irrevocablemente de la cosa donada a favor del donatario que la acepta.
2) Las donaciones deben hacerse ante notario bajo pena de nulidad.
3) Existen excepciones como las donaciones disfrazadas, indirectas y el don manual que no requieren formalidad.
El documento describe los diferentes tipos de contratos de obras civiles, incluyendo contratos indefinidos, a tiempo parcial, a todo costo, y a precio fijo. También explica conceptos como la memoria descriptiva, diagramas de Gantt y PERT, fianzas y actas que son parte integral de los contratos de obras civiles.
El documento define el contrato de obra como aquel en el que una persona se obliga a ejecutar un determinado trabajo a cambio de una contraprestación o precio que la otra parte se obliga a pagar. Explica que el contratista es la persona que se obliga a realizar la obra y el comitente es generalmente el dueño que paga por el servicio. También brinda definiciones breves de otros tipos de contratos como el de prácticas, el integral y el de administración delegada.
El documento define el contrato como un acuerdo de voluntades entre dos o más partes que se obligan a cumplir con los términos acordados. El contrato regula las relaciones jurídicas entre las partes y produce efectos obligatorios. Para que sea válido, el contrato requiere del consentimiento de las partes, un objeto y una causa.
contrato de obras civiles bachiller: jesus marcanojesus33562
Este documento presenta información sobre contratos de obras civiles, incluyendo las partes de un contrato de obras, diferentes tipos de contratos, una memoria descriptiva de un proyecto de construcción de un auditorio, especificaciones técnicas y trabajos preliminares para la obra, así como un cronograma de trabajo y diagramas PERT y CPM.
El documento define el contrato de donación como aquel en el que una persona llamada donante transfiere gratuitamente la propiedad de uno o más bienes a otra persona llamada donatario. Para que sea válida, ambas partes deben tener capacidad legal y manifestar su voluntad de dar/recibir el bien bajo los términos acordados. Existen diferentes tipos de donaciones como la simple, irrevocable u onerosa, y las formalidades varían según el bien donado.
El documento resume los principales tipos de contratos relacionados con la propiedad: el retracto (convencional y legal), la venta con reserva de dominio, la venta de propiedad horizontal, la cesión de créditos, la donación y el mandato. Explica los requisitos y efectos legales de cada uno de estos contratos.
La donación es un contrato gratuito mediante el cual el donante transfiere la propiedad de un bien al donatario. Para que sea válida, una donación de bienes muebles debe ser verbal si vale menos del 25% de la UIT o escrita si vale más, mientras que una donación de bienes inmuebles siempre requiere escritura pública. El donante puede revocar la donación por causas como la indignidad del donatario, pero la revocación debe comunicarse al donatario dentro de 60 días para ser efectiva.
Este documento resume el tema del negocio jurídico. Explica que un negocio jurídico es un acto jurídico que produce efectos legales y tiene como objetivo establecer, modificar o extinguir una relación jurídica. Describe los diferentes tipos de negocios jurídicos como unilaterales, bilaterales y otros. También explica conceptos clave como consentimiento, objeto y causa.
Este documento resume el tema del negocio jurídico. Explica que un negocio jurídico es un acto jurídico que produce efectos legales y tiene como objetivo establecer, modificar o extinguir una relación jurídica. Describe los diferentes tipos de negocios jurídicos como unilaterales, bilaterales y otros. También explica conceptos clave como consentimiento, objeto y causa.
Este documento resume el tema del negocio jurídico. Explica que un negocio jurídico es un acto jurídico que produce efectos legales y tiene como objetivo establecer, modificar o extinguir una relación jurídica. Describe los diferentes tipos de negocios jurídicos como unilaterales, bilaterales y otros. También explica conceptos clave como consentimiento, objeto y causa.
Este documento resume el tema del negocio jurídico. Define el negocio jurídico como un acto jurídico de declaración de voluntad que tiende a constituir, modificar o extinguir una relación jurídica. Explica los elementos esenciales del negocio jurídico como la capacidad, voluntad, objeto y causa. También clasifica los negocios jurídicos y analiza conceptos como el consentimiento, vicios del consentimiento y formas de manifestación de la voluntad.
Este documento resume el tema del negocio jurídico. Define el negocio jurídico como un acto jurídico de declaración de voluntad que tiende a constituir, modificar o extinguir una relación jurídica. Explica los elementos esenciales del negocio jurídico como la capacidad, voluntad, objeto y causa. También clasifica los negocios jurídicos y analiza conceptos como el consentimiento, vicios del consentimiento y formas de manifestación de la voluntad.
Regimen fiscal de las donaciones en el derecho dominicano (1)Ana Magnolia Mendez
Este documento resume el régimen fiscal de las donaciones en el derecho dominicano. Define las donaciones y cómo se clasifican. Explica quiénes pueden hacer y recibir donaciones y las formalidades requeridas. Detalla los impuestos aplicables a las donaciones, como el 25% del valor donado, y el proceso de declaración jurada dentro de los 10 días posteriores a la donación. También cubre las sanciones por incumplimiento de las formalidades.
La acción que conocemos como “dar el vuelto” o “dar cambio”, cuando se entrega al vendedor más dinero que el precio, debe ser encuadrado como un cuasicontrato, no regulado expresamente en el Código Civil, pero que tiene sus fundamentos en el “enriquecimiento sin causa”, además de otras figuras como el Derecho de Propiedad.
Este documento resume los principales conceptos y reglas sobre las donaciones en México. Define la donación como un contrato irrevocable mediante el cual el donante transfiere un bien sin recibir nada a cambio. Explica que las donaciones deben hacerse por medio de un acto notarial y ser aceptadas expresamente por el donatario. También cubre las excepciones a los requisitos formales, los efectos de las donaciones, y los casos en que una donación puede ser revocada, como por incumplimiento de cargas o ingratitud del donatario.
Este documento trata sobre el contrato de compraventa. Define la compraventa como un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien y el comprador a pagar el precio. Explica las obligaciones del vendedor como la entrega del bien y la garantía de saneamiento, y las obligaciones del comprador como el pago del precio. También cubre los requisitos de validez como la capacidad de las partes y el objeto del contrato, así como los efectos de la compraventa como la transferencia de la propiedad.
Este documento describe dos modalidades básicas para contraer matrimonio en México: la sociedad conyugal y la separación de bienes. La sociedad conyugal implica que los bienes obtenidos durante el matrimonio son compartidos por ambos cónyuges, mientras que la separación de bienes significa que cada cónyuge mantiene sus propios bienes de forma independiente. También se discuten las donaciones antenupciales, las donaciones entre cónyuges y el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo, el cual fue legalizado en
Este documento describe las condiciones y efectos de las donaciones según el Código Civil dominicano. Discuten conceptos como la irrevocabilidad, cláusulas de reserva de usufructo y reversión, y excepciones como la revocación por incumplimiento de cargas, ingratitud del donatario, o el nacimiento de un hijo del donante. También cubre las formalidades requeridas como la necesidad de un acto notarial y la aceptación expresa del donatario.
Este documento resume las características, elementos, requisitos y clases de donaciones según el Código Civil y Código Familiar. Define la donación como un contrato gratuito mediante el cual el donante transfiere bienes presentes al donatario. Describe los elementos necesarios para su validez como consentimiento, objeto y capacidad de las partes. Además, explica los diferentes tipos de donaciones como las prenupciales, entre cónyuges, entre vivos y por causa de muerte. Finalmente, señala las causales y procedimientos para la
Tema vii al x de contratos y garantia (rosmar)fernancasme
1) La permuta y la donación son contratos por los cuales se transfiere la propiedad de bienes. En la permuta, cada parte da un bien a cambio del otro, mientras que la donación implica una transferencia gratuita de bienes.
2) Tanto la permuta como la donación requieren consentimiento y capacidad de las partes. La permuta también requiere que los bienes sean determinados y determinables, mientras que la donación debe referirse a bienes presentes.
3) Ambos contratos generan obligaciones como transferir la propiedad y ent
Este documento resume las principales características de las donaciones antenupciales y entre consortes según el Código Civil de Baja California. Explica que las donaciones antenupciales son aquellas realizadas antes del matrimonio por los futuros esposos o por terceros, mientras que las donaciones entre consortes son las que se hacen durante el matrimonio entre los cónyuges. Se destacan las particularidades que diferencian a estas donaciones de las donaciones comunes, como los requisitos de aceptación, revocación y nulidad.
La cesión de derechos es la transmisión del derecho de un acreedor (cedente) a otro (cesionario) sin la necesidad de consentimiento del deudor (cedido). La cesión debe constar por escrito bajo pena de nulidad, salvo que el acto o contrato que origina la obligación ya esté por escrito. Los sujetos de la cesión son el cedente y cesionario.
Este documento presenta información sobre contratos comerciales en la Facultad de Negocios de la Universidad Católica de Salta. Se define el concepto de contrato y se describen características de los contratos comerciales como la solidaridad presunta y plazos de prescripción más breves. También se explican temas como la formación, interpretación y prueba de los contratos comerciales. Finalmente, se clasifican diferentes tipos de contratos comerciales como de colaboración, garantía y cambio.
Similar a Donación entre vivos en la legislación colombiana. (20)
Donación entre vivos en la legislación colombiana.
1.
2. LA DONACIÓN ENTRE VIVOS
INTEGRANTES:
KAREN BARRETO CASTRO
RAFAEL ESCORCIA CARRANZA
ADRIANA PÁEZ DE LA HOZ
MANUEL POTES
LEONARDO RUA
DOCENTE:
RENATO ARTURO DE SILVESTRI SAADE
Contratos Civiles y Comerciales I
Universidad del Atlántico
3. PLAN DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
DONACIÓN. Noción
CARÁCTERISTICAS
REQUISITOS DEL CONTRATO DE
DONACIÓN
CLASES DE DONACIONES
EFECTOS DE LAS DONACIONES
FORMAS DE LAS DONACIONES
NULIDAD, RESOLUCIÓN, RESCISIÓN Y
REVOCACIÓN DE LAS DONACIONES
5. Noción
La define el Código Civil en su articulo 1443 de
la siguiente manera:
«La donación entre vivos es un acto por el
cual una persona transfiere, gratuita e
irrevocablemente, una parte de sus bienes a
otra que la acepta».
6. Criticas
1. Toda donación entre vivos es un contrato mas
no un acto, pues este exige el acuerdo de
voluntades del donante y del donatario, y sin la
aceptación de éste la sola voluntad del donante
constituiría únicamente una oferta.
2. La donación no es un modo de transmitir el
dominio, sino un contrato sujeto a las teorías del
título y del modo. El titulo es el contrato y el
modo, la tradición o la entrega de la cosa. Esto
quiere decir que la donación que se haga por
virtud de un contrato requiere de la tradición del
bien donado.
8. La donación entre vivos, tal como lo ha dicho la
Corte Suprema de Justicia cuenta con las
siguientes características:
«es un contrato, a título gratuito, principal,
nominado, irrevocable, solemne cuando recae
sobre inmuebles, unilateral en cuanto solo
nacen obligaciones para el donante, de
enriquecimiento y empobrecimiento correlativo
para las partes y es de excepción porque la
donación entre vivos no se presume (C.S.J. 30
de Octubre de 1978)».
9. Características
El donante se obliga
para con el donatario
que no contrae
obligación alguna
(articulo 1496 C.C).
Tiene por objeto la
utilidad de una de las
partes, soportando la
otra el gravamen. Es
decir, el donante se
grava al donar y el
donatario reporta
utilidad al recibir
(articulo 1497 C.C).
UNILATERAL GRATUITO (o de beneficencia)
10. Características
Subsiste por sí mismo sin
necesidad de otro contrato
(articulo 1499 C.C).
Está contemplado y
definido en la ley (artículos
1443 al 1493 C.C).
PRINCIPAL NOMINADO
11. Características
En los casos en que la ley no
exige solemnidad alguna. La
donación es ante todo un acto
de liberalidad y en tal caso la
persona es libre de donar por
ejemplo bienes menores
(muebles) que no requieren
solemnidades especiales.
Cuando la ley exige formalidades
especiales, como cuando se
realiza la donación de un bien
inmueble que para que surta
efectos jurídicos debe inscribirse
en la Oficina de Instrumentos
Públicos.
La donación es solemne en
particular:
Cuando versa sobre bienes
raíces.
Cuando la donación está
sujeta a plazo o condición.
Cuando existen donaciones
con causa onerosa.
CONSENSUAL SOLEMNE
13. El contrato de donación exige los mismos
requisitos que los contratos en general:
1. Consentimiento
2. Capacidad
3. Objeto
14. 1. CONSENTIMIENTO
«Animus donandi»
La voluntad de donar, según la opinión del autor
VALENCIA ZEA, la integran un elemento positivo y otro
negativo; el positivo que consiste en la voluntad de
desprenderse de un derecho patrimonial a favor de otra
persona, y el negativo, en no querer recibir nada a cambio
de lo dado.
Esta voluntad de dar generalmente está acompañada de
motivos, motivos psicológicos que son de diferente
naturaleza pero, existe uno que los abarca todos:
expansión del sentimiento de bondad.
15. Aceptación del donatario
Debe mediar la aceptación del donatario y esta debe estar
dirigida a recibir sin dar nada.
El código civil define el contrato de donación como un acto
mediante el cual se transfieren de manera gratuita e
irrevocable una parte de los bienes a otra persona que lo
acepta, de ahí que sea necesario entender que la
aceptación de la donación es un requisito indispensable
para decir que hay contrato de donación.
Es tan importante la aceptación de la donación que
mientras que dicha manifestación no se haya efectuado y
por consiguiente no se haya notificado de la misma al
donante, este podrá revocar la donación.
16. 1.1 Vicios del Consentimiento
Las donaciones pueden encontrase viciadas por
error, dolo y fuerza.
Error: carece de influencia el que recae sobre la
persona, salvo que según lo dispuesto, esta sea
la consideración principal del contrato; y en la
donación, es precisamente la persona del
donatario la condición esencial. Por lo tanto, el
error que recae sobre la identidad de la persona,
su identidad civil o social es causal de nulidad de
la donación.
17. Dolo y fuerza: son nulas las donaciones
obtenidas por medio de la fuerza o dolo, el cual
en las donaciones adopta formas especiales,
como por ejemplo la captación, en donde se
efectúan maquinaciones y maniobras que
despiertan en el donante odio a sus futuros
herederos; y en segundo lugar la sugestión, que
consiste en fingir un afecto profundo o de servicio
al donante fundados en falsas causas.
18. 2. CAPACIDAD
En cuanto a la capacidad, debe distinguirse entre capacidad para
donar y capacidad para recibir donaciones.
Capacidad para donar: exige los mismos requisitos que la
capacidad contractual. Es capaz para contratar el que ha
cumplido 18 años de edad y no padece de discapacidades
mentales; esto misma capacidad se exige para donar (artículo
1444 C.C).
Capacidad para recibir donaciones: toda persona tiene
capacidad para ser donatario, tanto las personas físicas como
las jurídicas. De este modo, solo se requiere que el donatario
exista al momento de hacerse la donación (artículo 1447,
parágrafo 1° C.C) salvo las excepciones previstas por el
parágrafo 2 del artículo 1447 en concordancia con el artículo
1019 del Código Civil.
19. 2.2 Inhabilidades
La ley prohíbe que existan donaciones entre ciertas personas,
en razón de los vínculos de autoridad o de parentesco que hay
entre ellas.
Donaciones entre pupilo y curador:“antes de que el curador haya
exhibido las cuentas de la curaduría, y pagado el saldo, si lo
hubiere, en su contra” (artículo 1449 C.C). Dicha prohibición se
sanciona con nulidad absoluta.
Donaciones entre cónyugues: En el artículo 3º de la Ley 28 de
1932, estipulaba que “[Son nulos absolutamente entre cónyuges
las donaciones irrevocables y los contratos relativos a
inmuebles], salvo el de mandato general o especial”, pero luego
la Corte Constitucional declaró inexequibles las expresiones
entre corchetes en sentencia C-068 de 10 de febrero de 1999.
20. 3. OBJETO
El objeto de la donación es el bien que se transmite del
patrimonio del donante al patrimonio del donatario. Todos los
derechos patrimoniales del donante pueden ser objeto de
donación, ya sea considerados singularmente, o ya sea
tomando todos en conjunto.
Puede donarse la propiedad que se tenga sobre una cosa
mueble o inmueble, o también la simple posesión de la
cosa o demás derechos reales como el usufructo,
servidumbre, etc.
Además, pueden donarse universalidades jurídicas, como
por ejemplo el heredero puede donar los derechos
herenciales que le corresponden en una herencia, y el
cónyuge sobreviviente puede donar los gananciales que le
correspondan en una sociedad conyugal ya disuelta.
22. Clases de Donaciones
Donaciones a Titulo Universal: requieren de un
inventario solemne de los bienes donados; y los
bienes que no se especifiquen en el inventario,
no quedaran comprendidos en la donación.
Donaciones a Titulo Singular: Son aquellas que
se hacen sobre bienes individualmente
considerados, lo cual lleva a contemplar varios
casos especiales según se trate de bienes
muebles o inmuebles, de donaciones a plazo o
bajo condición, donaciones con causa onerosa,
remuneratorias o por razón del matrimonio.
24. Donaciones a Titulo Singular
La validez de este tipo de
donaciones esta sometida, en
primer término, a la escritura
pública debidamente inscrita en
el registro de instrumentos
públicos, y en segunda instancia
a la insinuación judicial
(artículos 1457 y 1458 C.C).
Cuando se trate de un bien
mueble esta podrá hacerse
verbalmente o por escrito. La
verbal requiere la entrega
simultánea de la cosa donada.
Faltando este requisito no surtirá
efecto si no hace por escrito y
consta en la misma forma la
aceptación.
Toda donación de bienes
muebles cuyo valor sea superior
a los cincuenta salarios mínimos
requerirá de insinuación judicial.
Donaciones de bienes
inmuebles
Donaciones de bienes
muebles
25. Estas donaciones deben
constar por escrito (escritura
privada o pública) en que se
exprese la condición o plazo,
y si su valor fuere superior a
los cincuenta salarios
mínimos mensuales será
necesaria la escritura pública
registrada e insinuación, de
lo contrario valdrá hasta la
suma de los cincuenta
salarios mínimos mensuales
(art. 1460 C.C).
Según el artículo 1461 del
código civil, se entiende por
donación con causa onerosa
la que impone una carga al
donatario que no implica un
gravamen avaluable en
dinero, como por ejemplo
aquellas donaciones que son
hechas con ocasión del
matrimonio, las hechas para
que el donatario abrace cierta
carrera o estado.
Donaciones a plazo o
condición
Donaciones con causa
onerosa
26. Estas revisten dos formas:
Las del artículo 1463 del C.C,
que hace referencia a las
donaciones que hacen los
esposos en las capitulaciones
patrimoniales (Articulo 1777
C.C).
Las donaciones
contempladas en el artículo
1842 y siguientes del código
(Titulo XXII, Capítulo VII “De
la dote y de las donaciones
por causa de matrimonio”).
Son las que expresamente se
hacen en remuneración de
servicios específicos,
siempre que estos sean de
los que suelen pagarse. Si no
constare por escritura pública
o privada, según los casos,
que la donación ha sido
remuneratoria, o si en la
escritura no se especifican
los servicios, la donación se
entenderá gratuita (articulo
1490 C.C).
Donaciones con ocasión del
matrimonio Donaciones remuneratorias
28. 1. Obligaciones y derechos del
Donante
El enajenante a título gratuito goza del beneficio de
competencia tal como lo señala el artículo 1474 del
Código Civil cuando el donatario exija el cumplimiento de
las obligaciones contraídas, que es aquel que consiste en
no obligar a ciertos deudores a pagar más de lo que
buenamente puedan, dejándoseles en consecuencia lo
necesario para su congrua subsistencia. Y es que tal y
como lo plantea el artículo 1465 del código, quien hace
una donación de todos sus bienes deberá reservarse lo
necesario para su subsistencia.
29. 2. Obligaciones y responsabilidad
de los donatarios
En todo los casos en que al donatario se hubiere
impuesto una carga u obligación (donaciones con
causa onerosa), deberá cumplir con la carga u
obligación en los mismos términos en que debe
cumplirse cualquier obligación. y si el donatario
estuviere en mora de cumplir lo que en la
donación se le ha impuesto, el donante tendrá
derecho para hacer que el donatario se vea
obligado a cumplir o para que se rescinda la
donación.
31. NULIDAD
La nulidad indica una irregularidad en el contrato de donación
que puede ser falta de alguna de las formalidades prescritas
para su validez, un vicio del consentimiento, falta de capacidad
o de un objeto irreal o ilícito. Decretada la nulidad, viene el
restablecimiento del estado anterior en su totalidad.
Conforme al art 1196 del C.C, son nulas las donaciones
revocables (mortis causa) de personas que no pueden testar o
donar entre vivos.
Son nulas, así mismo, las entre personas que no pueden recibir
asignaciones testamentarias o donaciones entre vivos una de
otra.
Sin embargo, las donaciones entre conyugues valen como
donaciones revocables.
32. Dicho esto y conforme a múltiples artículos y jurisprudencia de la
presente legislación, los casos en concreto donde se presenta nulidad
ya sea absoluta o relativa con lo dispuesto en el contrato de donación
son :
1. Personas inhábiles para testar [ art 1061]: Tanto el impúber
2. el que se hallara en interdicción por causa de demencia
3. el que actualmente no se encontrase en su sano juicio por
ebriedad u otra causa
4. todo el que de palabra o por escrito no pudiere expresar su
voluntad claramente
Personas inhábiles para donar [ art 1445] son inhábiles para
donar los q no tiene libre administración de sus bienes; salvo en
los casos y con los requisitos que la leyes prescriben los cuales
serian [prohibición de donar bienes raíces x parte de curador art
491 C.C, el art 1196 C.C ya mencionado, monto máximo de la
donación entre esposos art 1848 C.C, otras prohibiciones a
razón de la administración de bienes de menores art 304 C.C].
33. Nulidad de donación al curador (art 1449): «es nula la
donación hecha al curador del donante, antes que el
curador haya exhibido las cuentas de la curaduría y
pagado el saldo, si lo hubiere, en su contra».
34. RESOLUCIÓN
La resolución en materia de donaciones entre vivos
tiene el mismo tratamiento que en los contratos.
De acuerdo con el Código Civil, habrá lugar a la
resolución de la donación, cuando se cumpla la
condición expresada en la escritura pública
constitutiva del negocio, de haber nacido al donante
con posterioridad a la fecha de la donación, uno o
más hijos. Dicha condición debe ser consignada, de
manera expresa, en la escritura pública donde se
instrumentalizó la donación.
35. También se hace referencia a la resolución de la donación,
siguiendo las reglas generales consagradas en los
artículos 1546 y 1609 del Código Civil, en las
circunstancias en las que el donatario se encuentre en
mora de cumplir con la carga u obligación a él impuesta al
momento de celebrarse la donación. En tales casos, el
donante tiene la opción de solicitar el cumplimiento de la
carga impuesta al donatario, o solicitar la resolución del
negocio. En cualquiera de las dos posibilidades, se
deberán los perjuicios por parte del donatario al donante,
desde el momento mismo de la infracción.
36. RESCISIÓN
Tiene ocurrencia cuando se efectúa una donación,
que una vez ha fallecido el donante, se comprueba
que la misma ha excedido la cuantía de la cuarta de
libre disposición, de manera tal que su cumplimiento
lesiona las partidas correspondientes a las legítimas
forzosas y las mejoras.
Es de anotar que su eventual aplicación se difiere
hasta el momento de la muerte del donante, y en
especial hasta que se realice la partición de la
herencia del donante, pues sólo hasta entonces podrá
saberse si la donación que en vida del donante se
realizó, afectó o no las legítimas rigurosas o la cuarta
de mejoras. Sólo a partir de ese momento, los
legitimarios y asignatarios pueden solicitar la
restitución en contra del donatario.
37. REVOCACIÓN
La donación entre vivos es un contrato irrevocable. Sin
embargo existen excepciones: La primera excepción nos
dice que la donación podrá ser revocada por el donante
mientras no haya sido aceptada por el donatario. La
segunda excepción señala que la donación también puede
revocarse por ingratitud de la que habla el art 1485 C.C.
“se entiende por acto de ingratitud cualquier hecho
ofensivo del donatario que le hiciere indigno de heredar al
donante”.
38. Así mismo la revocación es una manifestación
unilateral de voluntad proveniente del donante,
tendente a dejar sin efectos la donación en caso
dado de que la donación ya hubiese sido
aceptada, la misma habría adquirido efectos
irrevocables para quienes celebraron el negocio.
Entonces, no parecería que lo más apropiado
fuera señalar que se trata de una revocación de
un negocio jurídico de donación, sino de una
revocación o retractación de una oferta de
donación.
39. La revocación de la donación se hace a través
de la acción revocatoria, la cual prescribe en
cuatro años “desde que el donante tuvo
conocimiento del hecho ofensivo” [art. 1487].
Esta acción la pueden impetrar: en primer lugar
el donante. Pero si éste no puede -por haber
perdido la razón u otra causa- lo pueden hacer
el cónyuge o sus descendientes o ascendientes.
40. Se debe anotar, además, que la ley 550 de 1999
(posteriormente derogada por ley 1106 de 2006 que
modifica en cierta medida el articulado de la norma
anterior con respecto a este punto) , prevé la
posibilidad de que los acreedores puedan intentar la
acción revocatoria o de simulación contra actos o
contratos (entre estos las donaciones) que haya
realizado un empresario dentro de los dieciocho (18)
meses anteriores a la iniciación de la negociación de
un acuerdo de reestructuración empresarial.
Estas acciones se tramitan ante la Superintendencia
de Sociedades, en única instancia y a través de un
procedimiento verbal sumario.