Es un mecanismo presente en algunas democracias, mediante el cual se pueden tomar decisiones de política pública mediante el voto directo del total del electorado
referendum: Es un mecanismo de participación y control popular del Poder Publico en sus tres niveles político – territoriales. En efecto, se trata de una institución política mediante la cual el pueblo o el cuerpo electoral opina sobre la aprobación o rechazo de una decisión del Estado.
Es un mecanismo presente en algunas democracias, mediante el cual se pueden tomar decisiones de política pública mediante el voto directo del total del electorado
referendum: Es un mecanismo de participación y control popular del Poder Publico en sus tres niveles político – territoriales. En efecto, se trata de una institución política mediante la cual el pueblo o el cuerpo electoral opina sobre la aprobación o rechazo de una decisión del Estado.
1. PARA EL ENSAYO: explicar los limites que tienen Las Disposiciones constitucionales que regulan la participación ciudadana y la gestión local a nivel nacional.
2. PARA EL VIDEO: EXPLICAR conceptos, nociones generales, base constitucional y legal de las siguientes figuras jurídicas: La elección de cargos públicos; el referendo consultivo, abrogatorio; la consulta popular; la revocatoria del mandato; las iniciativas legislativas (constitucional y constituyente)
La iniciativa le corresponde la Junta Parroquial, al Concejo Municipal, al Consejo Legislativo por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, al Gobernador del estado , al Alcalde o por iniciativa del diez por ciento del total de inscritos en la circunscripción correspondientes que lo soliciten (art 71 CRBV).
Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de Herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
BQTO-EDO LARA
EL REFERENDO Y LA INCIATIVA
LEGISLATIVA
PARTICIPANTE:
DANIELA SILVA
C.I. 17.507.860
SAIA J
2. El Referéndum, es el procedimiento jurídico por el que se someten al voto
popular, leyes o actos administrativos con la finalidad de aprobar o ratificar dichas
acciones. Es el mecanismo de la democracia directa y complementa el régimen de
democracia participativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral. Se
trata de un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen
el derecho de sufragio para decidir acerca de una decisión de resolución mediante la
expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber la mayoría
absoluta entre los votos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece 4 tipos de
referendos: Consultivo: es el medio que se utiliza para someter a consulta popular las
materias de especial trascendencia nacional, estadal, municipal y parroquial.
Revocatorio: medio de participación que tiene como objeto revocar del cargo o
magistratura popular a los funcionarios de elección popular que no hayan cumplido con
su deber ante los electores. Aprobatorio: referendo al que son sometidos aquellos
proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional. También son susceptibles a
este medio los convenios o acuerdos internacionales que pudieran comprometer la
soberanía nacional. Abrogatorio: la finalidad de este tipo de referendo busca derogar
total o parcialmente las leyes (excepto las de presupuesto, que modifiquen o establezcan
impuestos, las de crédito público, las de amnistía, las que protejan, garanticen o
desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales) y
decretos con fuerza de ley.
Ahora bien, En Venezuela, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece uno de estos
mecanismos mencionados anteriormente como lo es el referéndum consultivo, el cual
señala que puede ser aplicable en diferentes niveles de gobierno. En el caso del
referéndum a nivel Estadal podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de
especial trascendencia estadal. La iniciativa debe ser impulsada por el Consejo
Legislativo, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, o al Gobernador o
Gobernadora de Estado, o a un número no menor del diez por ciento del total de
inscritos en la circunscripción correspondiente, que lo soliciten.
3. Respecto a el referéndum revocatorio establece que todos los cargos y
magistraturas de elección popular son revocables lo que quiere decir, que a nivel estadal
puede darse el caso de un revocatorio siempre y cuando haya transcurrido la mitad del
período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, debe ser convocado por un
número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la
correspondiente. Para revocar un funcionario público solo hace falta un acumulado del
25% de la población electoral, lo que hace que este funcionario sea revocado de forma
inmediata, y por esto se buscara cubrir la falta absoluta del cargo. Es importante
señalara que a un funcionario público no se le podrá hacer más de una solicitud de
revocación durante su periodo de mandato.
En cuanto a la iniciativa legislativa, se puede decir que consiste en poder llevar
ante las instancias parlamentarias, planteamientos para someter a su consideración el
estudio de alguna situación que amerite regulación mediante normas de carácter legal,
por parte de los ciudadanos como medio de participación ciudadana.
Siguiendo lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (CRBV, 1999) en lo atinente a la formación de las leyes, se observa que el
Ejecutivo Nacional puede solicitarle a la Asamblea Nacional el estudio y consideración
de normas en el ámbito nacional.
En igual situación se encuentran los estados, donde el Poder Ejecutivo está a
cargo del Gobernador y el Legislativo por el Consejo Legislativo; donde también se
reconoce iniciativa legislativa al Gobernador o a los electores, por ejemplo.
Lógicamente ambos niveles mencionados lo hacen dentro de sus respectivas esferas de
competencia, ya que todos deben respetar la autonomía que cada uno posee.
Concluyendo la idea; la CRBV, partiendo de la estructura federal de nuestro
país, ha pautado que en los tres niveles políticos territoriales, es decir, República,
estados y municipios; los ciudadanos y algunas autoridades definidas pueden elevar
proyectos legislativos para su discusión por el órgano parlamentario, atendiendo el
principio de colaboración entre los poderes públicos para alcanzar los fines del Estado.