16/09/2018
TEMA 1: ELUSIÓN Y EVASIÓN
Integrantes:
• Susana Berríos Núñez del Prado
• Víctor Eyzaguirre Cuadros
• Magaly Contreras Sánchez
• Lady Alave Condori
ELUSIÓN TRIBUTARIA
Viene del proverbio HUDIR, que
significa eludir el pago de tributos.
Entonces la Elusión Tributaria consiste
que mediante el empleo de la ley, el
contribuyente busca la manera de
pagar menos TRIBUTOS de una manera
LICITA.
16/09/2018
ELUSIÓN
ELUSIÓN
Elude el
cumplimiento de
las obligaciones
acudiendo a
medios lícitos
Relacionada
con la
vaguedad o
laguna de la
norma jurídica
Sin violación de
la ley
Uso abusivo de
la legislación
PROPÓSITO:
Reducir el pago
de impuestos
TÉCNICAS DE ELUSIÓN DE IMPUESTOS
Paraísos fiscales
Transferencia de bienes
Sucesiones y donaciones
Licencia comercial
Renta de personas naturales
Patrimonio
Incrementos de capital
Valor añadido
16/09/2018
TRATAMIENTO NORMATIVO DE LA ELUSIÓN
TRIBUTARIA
La elusión tributaria se encuentra regulada
en nuestro Texto Único Ordenado del
Código Tributario, de manera algo
imprecisa; sin embargo, el 12 de julio del
2014 se publicó en el Diario Oficial El
Peruano la Ley N° 30230 que suspende la
aplicación de la normatividad sobre
elusión tributaria hasta la promulgación de
una nueva norma que regule una serie de
aspectos.
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
La norma XVI del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario prescribe:
Calificación, elusión de normas tributarias y
simulación.
la SUNAT tomará en cuenta los actos, situaciones y
relaciones económicas que efectivamente realicen,
persigan o establezcan los deudores tributarios. En
caso que se detecten supuestos de elusión de
normas tributarias, la Superintendencia Nacional
de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT
se encuentra facultada para exigir la deuda
tributaria o disminuir el importe de los saldos o
créditos a favor, pérdidas tributarias
16/09/2018
LA LEY N° 30230
El 12 de julio del 2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30230, la cual “establece
medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la
inversión en el país”, siendo que la misma, en su artículo 8, acordó la suspensión de la aplicación de la
Norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, según el siguiente texto:
“Artículo 8. Suspensión de la aplicación de la Norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado
del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133- 2013-EF y norma modificatoria.
EL REGLAMENTO DE LA NORMA XVI
La SUNAT señaló que, a finales de mayo del 2014, publicaría el proyecto de
Reglamento de la Norma XVI del Código Tributario (siendo básicamente un
Reglamento sobre la calificación de actos de elusión tributaria), para que sea
sometido a discusión de los gremios empresariales, antes de ser promulgado.
16/09/2018
FUENTE : SEMANA ECONÓMICA
F U E N T E : S E M A N A E C O N Ó M I C A
EVASIÓN
Evasión
Falta de
cumplimiento de
obligaciones por
parte de los
contribuyentes.
Violan las normas
jurídicas
establecidas
Carácter
encubierto y
derivado de una
conducta
consciente y
deliberada
Pérdida de
ingreso fiscales
Distorsión del
sistema tributario
16/09/2018
MÉTODO DE ESTIMACIÓN DE LA EVASIÓN
TRIBUTARIA
Debería
recaudar
Realmente
recauda
BRECHA
TRIBUTARIA
CAUSAS DE EVASIÓN TRIBUTARIA
1.
• Inexistencia de una conciencia tributaria en la
población
2.
• Complejidad y limitaciones de la legislación
tributaria
3.
• Ineficiencia de la administración tributaria
16/09/2018
SANCIONES
Penas
económicas
significativas
Pena
privativa de
la libertad
FORMAS DE EVASIÓN
No emitir
comprobante de
pago
No declarar el
ingreso obtenido
No pagar
impuestos que le
corresponden
Apropiarse del
IGV pagado por
el comprador
Entregar
comprobantes
falsos
16/09/2018
 La mayoría que alquila inmuebles no paga
mensualmente el Impuesto a la Renta y los que
alquilan bienes muebles tampoco pagan.
 Quienes ganan intereses por préstamos
efectuados no tributan y menos los
contribuyentes que ceden en uso Patentes,
Marcas, Inventos, etc.
 La adquisición ilegal de facturas por compras o
servicios recibidos sin que se haya realizado el
acto necesariamente para aumentar los gastos
 La mayoría no declara todos sus ingresos, solo
declaran parcialmente. Ya sea por
desconocimiento o sino porque no quieren
declarar.
CASOS DE EVASIÓN TRIBUTARIA
El nivel de informalidad, es una de las causas más
fuertes de la evasión tributaria
Como por ejemplo el
no realizar obras sociales construcción de
carreteras, hospitales, etc.
Genera pérdidas al estado nivel de crecimiento económico lento
y sobre todo el incumplimiento de las necesidades de los
ciudadanos
¿QUÉ GENERA EL INCUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS?
16/09/2018
CONCLUSIONES
 La falta de fiscalización e investigación por
parte de los entes del Estado, la inobservancia
de los mecanismos de control, y en muchos casos
el abuso de la utilización de las excepciones en
las normas legales. Todo esto desincentiva la
tarea de recaudación tributaria, equitativa y
eficiente, y una ejecución transparente y
socialmente rentable del gasto público.
La pérdida de recursos deteriora los esfuerzos
del gobierno y debe ser combatida a fin de
introducir más justicia en el sistema tributario y
fortalecer la tarea del gobierno para cumplir los
objetivos de desarrollo.

Elusion y Evasion

  • 1.
    16/09/2018 TEMA 1: ELUSIÓNY EVASIÓN Integrantes: • Susana Berríos Núñez del Prado • Víctor Eyzaguirre Cuadros • Magaly Contreras Sánchez • Lady Alave Condori ELUSIÓN TRIBUTARIA Viene del proverbio HUDIR, que significa eludir el pago de tributos. Entonces la Elusión Tributaria consiste que mediante el empleo de la ley, el contribuyente busca la manera de pagar menos TRIBUTOS de una manera LICITA.
  • 2.
    16/09/2018 ELUSIÓN ELUSIÓN Elude el cumplimiento de lasobligaciones acudiendo a medios lícitos Relacionada con la vaguedad o laguna de la norma jurídica Sin violación de la ley Uso abusivo de la legislación PROPÓSITO: Reducir el pago de impuestos TÉCNICAS DE ELUSIÓN DE IMPUESTOS Paraísos fiscales Transferencia de bienes Sucesiones y donaciones Licencia comercial Renta de personas naturales Patrimonio Incrementos de capital Valor añadido
  • 3.
    16/09/2018 TRATAMIENTO NORMATIVO DELA ELUSIÓN TRIBUTARIA La elusión tributaria se encuentra regulada en nuestro Texto Único Ordenado del Código Tributario, de manera algo imprecisa; sin embargo, el 12 de julio del 2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30230 que suspende la aplicación de la normatividad sobre elusión tributaria hasta la promulgación de una nueva norma que regule una serie de aspectos. EL CÓDIGO TRIBUTARIO La norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario prescribe: Calificación, elusión de normas tributarias y simulación. la SUNAT tomará en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios. En caso que se detecten supuestos de elusión de normas tributarias, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT se encuentra facultada para exigir la deuda tributaria o disminuir el importe de los saldos o créditos a favor, pérdidas tributarias
  • 4.
    16/09/2018 LA LEY N°30230 El 12 de julio del 2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30230, la cual “establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”, siendo que la misma, en su artículo 8, acordó la suspensión de la aplicación de la Norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, según el siguiente texto: “Artículo 8. Suspensión de la aplicación de la Norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133- 2013-EF y norma modificatoria. EL REGLAMENTO DE LA NORMA XVI La SUNAT señaló que, a finales de mayo del 2014, publicaría el proyecto de Reglamento de la Norma XVI del Código Tributario (siendo básicamente un Reglamento sobre la calificación de actos de elusión tributaria), para que sea sometido a discusión de los gremios empresariales, antes de ser promulgado.
  • 5.
    16/09/2018 FUENTE : SEMANAECONÓMICA F U E N T E : S E M A N A E C O N Ó M I C A EVASIÓN Evasión Falta de cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes. Violan las normas jurídicas establecidas Carácter encubierto y derivado de una conducta consciente y deliberada Pérdida de ingreso fiscales Distorsión del sistema tributario
  • 6.
    16/09/2018 MÉTODO DE ESTIMACIÓNDE LA EVASIÓN TRIBUTARIA Debería recaudar Realmente recauda BRECHA TRIBUTARIA CAUSAS DE EVASIÓN TRIBUTARIA 1. • Inexistencia de una conciencia tributaria en la población 2. • Complejidad y limitaciones de la legislación tributaria 3. • Ineficiencia de la administración tributaria
  • 7.
    16/09/2018 SANCIONES Penas económicas significativas Pena privativa de la libertad FORMASDE EVASIÓN No emitir comprobante de pago No declarar el ingreso obtenido No pagar impuestos que le corresponden Apropiarse del IGV pagado por el comprador Entregar comprobantes falsos
  • 8.
    16/09/2018  La mayoríaque alquila inmuebles no paga mensualmente el Impuesto a la Renta y los que alquilan bienes muebles tampoco pagan.  Quienes ganan intereses por préstamos efectuados no tributan y menos los contribuyentes que ceden en uso Patentes, Marcas, Inventos, etc.  La adquisición ilegal de facturas por compras o servicios recibidos sin que se haya realizado el acto necesariamente para aumentar los gastos  La mayoría no declara todos sus ingresos, solo declaran parcialmente. Ya sea por desconocimiento o sino porque no quieren declarar. CASOS DE EVASIÓN TRIBUTARIA El nivel de informalidad, es una de las causas más fuertes de la evasión tributaria Como por ejemplo el no realizar obras sociales construcción de carreteras, hospitales, etc. Genera pérdidas al estado nivel de crecimiento económico lento y sobre todo el incumplimiento de las necesidades de los ciudadanos ¿QUÉ GENERA EL INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS?
  • 9.
    16/09/2018 CONCLUSIONES  La faltade fiscalización e investigación por parte de los entes del Estado, la inobservancia de los mecanismos de control, y en muchos casos el abuso de la utilización de las excepciones en las normas legales. Todo esto desincentiva la tarea de recaudación tributaria, equitativa y eficiente, y una ejecución transparente y socialmente rentable del gasto público. La pérdida de recursos deteriora los esfuerzos del gobierno y debe ser combatida a fin de introducir más justicia en el sistema tributario y fortalecer la tarea del gobierno para cumplir los objetivos de desarrollo.