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Ensayo profesor oscar
1. Ensayo los derechos de los pacientes
Asignatura :
Informática y convergencia tecnológica
Presenta :
Jackie Melissa Cely Arevalo
Grupo : 50101
Docente:
Oscar Andres Eraso Eraso
Bogota 10 de febrero 2017
2. Ensayo sobre los derechos en los pacientes
Hace no muchos años, cuando las personas asistían para que se les prestara atención en
salud, simplemente tenían que hacer todo lo que el médico dijera, ya que había cierto
prestigio profesional hacia la rama de la salud en donde todo lo que el profesional decidiera
era lo mejor para el paciente el cual no opinaba, asumía una actitud pasiva frente a la
atención en salud y no se consideraban sus deseos y posibles decisiones.
Los continuos avances de la ciencia y de la tecnología de la salud han traído consigo
riesgos y práctica deshumanizada, lo cual ha llevado a diferentes polémicas éticas, y a que
los usuarios exijan mayor importancia al respeto por los derechos humanos reclamando
cada vez más por la atención en salud recibida.
Todo lo anterior hiso que se modificara la relación de los usuarios con los profesionales de
la salud que paso de el paternalismo medico a una relación en donde el usuario asume una
actitud activa y es participe frente a las decisiones que se tomen, siendo así el principio más
importante de esta relación la autonomía, conllevando a originar y hasta el momento a velar
por que se cumplan los derechos de los pacientes.
En Colombia la Resolución 13437 de 1991, da a conocer 10 derechos de los pacientes los
cuales mencionaremos a continuación y opinaremos acerca de que tan cierto o no es su
cumplimiento en la mayoría de casos, acá en esta resolución se encuentra el derecho a
elegir libremente el profesional de la salud y la institución de salud que presta el servicio de
lo cual podemos decir que el sistema de seguridad social ofrece a los afiliados la libre
elección de su EPS y sus IPS pero ¿qué tantas posibilidades de elección tienen? Si al igual
tienen que limitarse a las contrataciones que hacen sus administradoras con diferentes IPS,
y las administradoras se están convirtiendo en las mismas IPS lo que hace que este más
limitado la libre elección.
El derecho a que se le brinde información con respecto a toda la atención en salud que se
dé, en otras palabras se le debe explicar por tanto al paciente, como, cuanto, porque, que
riesgos y efectos hay de todos los procedimientos que se le realicen, y el mismo paciente si
es apto para tomar decisiones puede negarse a que se le realicen procedimientos. En parte
se cumple este derecho con el consentimiento informado en donde el paciente expresa si
está de acuerdo con lo que se le va a realizar habiendo recibido previamente la información
oportuna firmando un documento. Pero aun como lo decía anteriormente en la mayoría de
casos vemos que los profesionales de la salud no manejan adecuadamente la información
de los usuarios, y si el usuario no pregunta, no se le da información, además los pocos
profesionales que dan información a los usuarios no se aseguran de si esta información
brindada es realmente clara en los usuarios, todo esto lleva de cierta manera a que después
de muchos años la autonomía de los usuarios no se cumpla a cabalidad, ya que si no se
tiene claridad en la información no estaría apto para decidir realmente si si quiere que se le
realice un procedimiento o por el contrario si no está de acuerdo.
Con respecto al derecho a que se les respeten las creencias, costumbres y opiniones a
todos los usuarios de los servicios de salud, podemos decir que en las universidades esto
es algo que se les recalca mucho a los futuros profesionales de la salud, pero es difícil para
estos él no mezclar sus opiniones con las del paciente y ponerse con respecto a la atención
que brindan en un punto de vista lo más independiente de sus opiniones, vemos que las
creencias y costumbres son difíciles de erradicar de la vida de una persona por lo que desde
que estas no afecten la salud del paciente debemos respetarlas, desafortunadamente a
pesar de saber lo anterior, algunos los profesionales de la salud insisten en cambiar el estilo
de vida de los pacientes que va arraigado a sus creencias y no ven la complejidad del
asunto, además de los pocos que no respetan estos.
Otro derecho de la resolución 13437 de 1991 es el derecho de que toda la información
consignada en la historia clínica sea manejada de manera confidencial, esto implica que
todas las personas que manejan la historia clínica deben conocer la resolución 1995 de
1999, ya que en ella se habla de que la historia clínica es un documento privado, sometido a
reserva, en ella se encuentra toda la información acerca de las condiciones de salud del
usuario y todo lo que se le realiza en la institución de salud, a lo cual solo puede acceder el
3. usuario, el equipo de salud, las autoridades judiciales y de Salud en los casos previstos en
la Ley, y las demás personas determinadas en la ley. Los profesionales de salud en su
mayoría manejan de manera confidencial la información consignada en esta, al contrario de
unos pocos que no conocen acerca de su manejo.
El derecho a que se que se brinde al usuario la mejor asistencia disponible, respetando sus
deseos en enfermedad irreversible, nos lleva a opinar acerca de si se brinda la mejor
asistencia médica posible, y aparte de si realmente se respetan sus deseos en enfermedad
irreversible, lo que podemos decir es que este podría ser el derecho que menos se cumple
ya que las limitaciones que impone el sistema general de seguridad social en salud hace
que primero algunas personas ni siquiera tengan asistencia médica, que los recursos para la
asistencia sean limitados y además que los profesionales de salud no presten el mejor
servicio por diferentes razones ya sea desconocimiento o falta de ética en sus acciones,
todo lo anterior lo podemos decir por la insatisfacción creciente que manifiestan los usuarios
al acceder a los servicios de salud si es que pueden, y por el aumento de las fallas en la
atención que traen consigo consecuencias como en los peores casos la muerte de los
usuarios. Acerca del respeto de los deseos del usuario en el caso de enfermedad
irreversible, en Colombia y en el mundo este tema ha generado grandes polémicas y
discusiones, además de que no hay leyes claras con respecto al tema.
Acerca del derecho a revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios
obtenidos, tanto por parte de los profesionales de la salud como por las instituciones
sanitarias, podemos decir que cuando las personas se afilian a las EPS por lo general en
ningún momento ellas prestan información acerca de los costos por determinados servicios,
y las IPS no prestan información si no hasta cuando ya han terminado de brindar el servicio.
En cuanto al derecho a que en casos de emergencia, los servicios que reciba no estén
condicionados al pago anticipado de honorarios, se puede afirmar que este fue un tema que
entro en polémica no hace mucho por diferentes casos en los que se negó asistencia de
pacientes en urgencias por causas administrativas y estos murieron por la falta de asistencia
médica, este tema a entrado en discusión en las diferentes entidades y se ha logrado que en
algunas se preste esta atención oportunamente.
El derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea el culto religioso
que profesa se relaciona de cuando hablábamos de que los pacientes se pueden rehusar a
recibir ciertas intervenciones, igualmente acá se debe respetar la libertad de culto del
paciente aceptando también si este pide algún tipo de apoyo espiritual sea cual sea su
religión. Acerca del derecho a que se le respete la voluntad de participar o no en
investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se haya
recibido la información pertinente, podemos decir que antes las personas que hacían parte
de investigaciones no expresaban su voluntad de participar en ellas, y en parte con el código
de Núremberg el cual recoge una serie de principios que rigen la experimentación con seres
humanos hiso que se tuviera una importancia mayor al respeto a la autonomía y a la
opinión de los pacientes al participar en dichos experimentos, lo cual a llevado a que
actualmente se firme un consentimiento informado para participar en investigaciones.
Teniendo en cuenta la voluntad de los pacientes se encuentra el derecho a que se le
respete la voluntad de aceptación a rehusar la donación de sus órganos para que estos
sean trasplantados a otros enfermos, de lo cual podemos decir que mas alla de la voluntad
esto va ligado con el respeto a las creencias y opiniones espirituales de las personas para lo
cual si su deseo es donar órganos lo dejan expreso en vida para que esto realmente se
pueda llevar a cabo.El ultimo derecho de la resolución 13437 de 1991 es el de morir con
dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su
curso natural en la fase terminal de su enfermedad lo cual es muy importante cuando
decíamos el respetar los deseos de los pacientes este derecho se relaciona con la eutanasia
y en nuestro país no se cumple totalmente partiendo del hecho de que aun es un tema
polémico con gran variedad de puntos de vista en donde no hay una norma clara.
4. Al leer los 10 derechos de los pacientes pensaríamos que si lo inmerso en ellos realmente
se transformara en hechos reales la atención en salud seria una atención de calidad que
ayudaría a suplir las necesidades de los pacientes. Pero se necesita el aporte de la
administración de las instituciones prestadoras de servicios de salud y de todos los usuarios
para que esto pasara del papel a hechos. El ejercicio en la rama de la salud se basa en la
interacción con las personas, y como servicio social debe estar sujeta a normas que el
estado establece para garantizar la convivencia de los ciudadanos, por lo que sus normas
como los derechos de los pacientes están limitados por el gran marco jurídico que va desde
los derechos humanos hasta la constitución política de nuestro país
En la actualidad la mayoría de los pacientes son conscientes de su posición ante la
atención en salud. Por eso, y por brindar una atención de salud con calidad el profesional de
la salud debe estar en la capacidad de conocer los derechos de los pacientes y la forma de
aplicarlos a su práctica diaria.