2. Proceso comúnProceso común
Fases del proceso penal común (CPPFases del proceso penal común (CPP
04)04)::
1) Investigación preparatoria, a cargo del Fiscal.1) Investigación preparatoria, a cargo del Fiscal.
Comprende las diligencias preliminares y laComprende las diligencias preliminares y la
investigación formalizada;investigación formalizada;
2) Etapa intermedia, a cargo del Juez de la2) Etapa intermedia, a cargo del Juez de la
Investigación Preparatoria. Comprende elInvestigación Preparatoria. Comprende el
control del requerimiento de sobreseimiento, decontrol del requerimiento de sobreseimiento, de
la acusación y la preparación del juicio;la acusación y la preparación del juicio;
3) Juzgamiento, a cargo del Juez Penal.3) Juzgamiento, a cargo del Juez Penal.
Comprende los alegatos, la práctica de pruebas,Comprende los alegatos, la práctica de pruebas,
deliberación y el fallodeliberación y el fallo
3. Proceso comúnProceso común
I.I. INVESTIGACIÓN PREPARATORIAINVESTIGACIÓN PREPARATORIA
1.1. CaracterísticasCaracterísticas
A)A) No jurisdiccionalNo jurisdiccional , pues las funciones de, pues las funciones de
investigación están bajo conducción del Fiscal yinvestigación están bajo conducción del Fiscal y
no del Juez a quien compete las laboresno del Juez a quien compete las labores
decisorias. Los elementos de conviccióndecisorias. Los elementos de convicción
colectados en esta fase no sirven para fundar lacolectados en esta fase no sirven para fundar la
sentencia, en tanto los actos de prueba sesentencia, en tanto los actos de prueba se
producen en juicio; pero sí para emitirproducen en juicio; pero sí para emitir
resoluciones dentro de la misma investigación yresoluciones dentro de la misma investigación y
en la etapa intermedia.en la etapa intermedia.
4. Proceso comúnProceso común
B)B) Finalidad preparatoriaFinalidad preparatoria , porque busca, porque busca
reunir los elementos de cargo o de descargoreunir los elementos de cargo o de descargo
que permitan al Fiscal acusar o no hacerlo y alque permitan al Fiscal acusar o no hacerlo y al
imputado preparar su defensa, determinar si hayimputado preparar su defensa, determinar si hay
causa probable o base para iniciar un juiciocausa probable o base para iniciar un juicio
No le toca probar el delito y la responsabilidadNo le toca probar el delito y la responsabilidad
del imputado, función del juzgamiento, de ahídel imputado, función del juzgamiento, de ahí
que las actuaciones fiscales sólo tengan eficaciaque las actuaciones fiscales sólo tengan eficacia
interna en esta fase y la intermedia más no en elinterna en esta fase y la intermedia más no en el
juicio, salvo los casos de prueba anticipada ojuicio, salvo los casos de prueba anticipada o
actos irreproducibles, cuya lectura autoriza elactos irreproducibles, cuya lectura autoriza el
código.código.
5. Proceso comúnProceso común
C)C) Protección de derechos y garantíasProtección de derechos y garantías
El Juez de la investigación preparatoria controlaEl Juez de la investigación preparatoria controla
que las diligencias que realiza la policía y elque las diligencias que realiza la policía y el
Fiscal no violen los derechos fundamentales delFiscal no violen los derechos fundamentales del
imputado, caso contrario dicta medidas deimputado, caso contrario dicta medidas de
corrección o protección.corrección o protección.
La restricción de los derechos fundamentalesLa restricción de los derechos fundamentales
está sujeta a autorización previa, convalidaciónestá sujeta a autorización previa, convalidación
y control judiciales.y control judiciales.
6. Proceso comúnProceso común
D)D) FlexibilidadFlexibilidad
El código busca un cambio de paradigmas, prácticas y estrategias,El código busca un cambio de paradigmas, prácticas y estrategias,
distintas al estilo de acumular papeles y citar personas sin sentido.distintas al estilo de acumular papeles y citar personas sin sentido.
Las diligencias preliminares no se repiten, aunque si puedenLas diligencias preliminares no se repiten, aunque si pueden
ampliarse.ampliarse.
La formalización no siempre tiene que darse, pues, bajo ciertasLa formalización no siempre tiene que darse, pues, bajo ciertas
circunstancias (flagrancia, prueba evidente, confesión), el Fiscalcircunstancias (flagrancia, prueba evidente, confesión), el Fiscal
puede formular directamente la acusaciónpuede formular directamente la acusación
Los actos de investigación (declaraciones de testigos, peritos y deLos actos de investigación (declaraciones de testigos, peritos y de
la víctima) de la policía y del Fiscal no son prueba, por lo que nola víctima) de la policía y del Fiscal no son prueba, por lo que no
forman el expediente para el juicio.forman el expediente para el juicio.
La Fiscalía de la Nación a través de directivas establece políticasLa Fiscalía de la Nación a través de directivas establece políticas
de persecución penalde persecución penal
El Fiscal conduce y dirige la pesquisa preliminar que realiza laEl Fiscal conduce y dirige la pesquisa preliminar que realiza la
policía, diseñando la estrategia de investigación del caso.policía, diseñando la estrategia de investigación del caso.
7. Proceso comúnProceso común
E)E) EficaciaEficacia, dirigida a la seguridad ciudadana,, dirigida a la seguridad ciudadana,
procesando con éxito los casos y priorizándolos segúnprocesando con éxito los casos y priorizándolos según
su trascendencia social, reduciendo la impunidad,su trascendencia social, reduciendo la impunidad,
frustración y demoras que suscitan excarcelaciones ofrustración y demoras que suscitan excarcelaciones o
prescripciones.prescripciones.
El diseño de estrategias importará, en ciertos casos, queEl diseño de estrategias importará, en ciertos casos, que
el Fiscal desarrolle diligencias preliminares sin formularel Fiscal desarrolle diligencias preliminares sin formular
un requerimiento al Juez o solicitar una medida cautelarun requerimiento al Juez o solicitar una medida cautelar
personal contra el imputado, porque de hacerlo estaríapersonal contra el imputado, porque de hacerlo estaría
obligado a formalizar la investigación y con ello dar copiaobligado a formalizar la investigación y con ello dar copia
de todos los elementos de convicción reunidos,de todos los elementos de convicción reunidos,
truncando el probable éxito del asunto, e imposibilitadotruncando el probable éxito del asunto, e imposibilitado
de archivarlo por sí mismo, sin mediar decisión judicialde archivarlo por sí mismo, sin mediar decisión judicial
8. Proceso comúnProceso común
Instrumentos para la eficacia de la persecuciónInstrumentos para la eficacia de la persecución
del delitodel delito
Control de identidad. Vídeo vigilancia. Pesquisas.Control de identidad. Vídeo vigilancia. Pesquisas.
Intervenciones corporales. Allanamiento. Exhibición eIntervenciones corporales. Allanamiento. Exhibición e
incautación de bienes, actuaciones y documentos noincautación de bienes, actuaciones y documentos no
privados. Agente encubierto. Entrega vigilada de bienes.privados. Agente encubierto. Entrega vigilada de bienes.
Interceptación o intervención postal y deInterceptación o intervención postal y de
comunicaciones o telecomunicaciones. Aseguramiento ecomunicaciones o telecomunicaciones. Aseguramiento e
incautación de documentos privados. Levantamiento delincautación de documentos privados. Levantamiento del
secreto bancario y de la reserva tributaria. Clausura osecreto bancario y de la reserva tributaria. Clausura o
vigilancia de locales e inmovilización. Prueba anticipada.vigilancia de locales e inmovilización. Prueba anticipada.
Colaboración eficaz. Medidas de protección.Colaboración eficaz. Medidas de protección.
Mecanismos de cooperación judicial internacionalMecanismos de cooperación judicial internacional
9. Proceso comúnProceso común
F)F) RacionalizaciónRacionalización o flujo adecuado de casos, parao flujo adecuado de casos, para
ello el Fiscal puede:ello el Fiscal puede:
1) No iniciar la investigación, indicando que no procede1) No iniciar la investigación, indicando que no procede
formalizar y continuar ésta y archivar lo actuado.formalizar y continuar ésta y archivar lo actuado.
2) Reservar provisionalmente las actuaciones2) Reservar provisionalmente las actuaciones
preliminarespreliminares
3) Aplicar el principio de oportunidad y los acuerdos3) Aplicar el principio de oportunidad y los acuerdos
reparatorios, bajo criterios de mediación y privilegio de lareparatorios, bajo criterios de mediación y privilegio de la
reparación.reparación.
4) Instar la terminación anticipada mediante un acuerdo4) Instar la terminación anticipada mediante un acuerdo
con el imputado o negociando con él la pena, reparacióncon el imputado o negociando con él la pena, reparación
y demás consecuencias accesoriasy demás consecuencias accesorias
10. Proceso comúnProceso común
G)G) Ingreso de la oralidad y contradicciónIngreso de la oralidad y contradicción ,,
mediante audiencias ordenadas y dirigidas pormediante audiencias ordenadas y dirigidas por
el Juez con intervención de las partes, en lasel Juez con intervención de las partes, en las
cuales se debate y resuelve, entre otroscuales se debate y resuelve, entre otros
asuntos, los medios de defensa técnica, laasuntos, los medios de defensa técnica, la
convalidación de la detención preliminar, laconvalidación de la detención preliminar, la
prisión preventiva.prisión preventiva.
Otra manifestación de esto es que en laOtra manifestación de esto es que en la
diligencias de la etapa el Fiscal podrá permitir ladiligencias de la etapa el Fiscal podrá permitir la
asistencia de lo sujetos procesales y que losasistencia de lo sujetos procesales y que los
abogados tendrán derecho a solicitar copias deabogados tendrán derecho a solicitar copias de
las actuaciones.las actuaciones.
11. Proceso comúnProceso común
2.2. RolesRoles
A)A) Ministerio PúblicoMinisterio Público , responsable de la, responsable de la
investigación de los delitos, de acusar a losinvestigación de los delitos, de acusar a los
presuntos responsables y de ejercer facultadespresuntos responsables y de ejercer facultades
discrecionales para manejar racionalmente ladiscrecionales para manejar racionalmente la
carga de trabajo. No sólo es titular del ejerciciocarga de trabajo. No sólo es titular del ejercicio
de la acción penal sino, sobre todo, director dede la acción penal sino, sobre todo, director de
la investigación desde su inicio, responsable dela investigación desde su inicio, responsable de
la carga de la prueba y contralor de la legalidadla carga de la prueba y contralor de la legalidad
de las actuaciones policialesde las actuaciones policiales
12. Proceso comúnProceso común
Atribuciones y deberes del FiscalAtribuciones y deberes del Fiscal ::
Dirige y conduce la investigación, decidiendo su estrategia, ademásDirige y conduce la investigación, decidiendo su estrategia, además
de controlar los actos de investigación policiales.de controlar los actos de investigación policiales.
Practica u ordena actos de investigación. Dispone la conducción dePractica u ordena actos de investigación. Dispone la conducción de
imputados y testigosimputados y testigos
Archiva las investigaciones preliminares y plantea el sobreseimientoArchiva las investigaciones preliminares y plantea el sobreseimiento
Ejerce la acción privada y la acción civil.Ejerce la acción privada y la acción civil.
Tiene la carga de la prueba y solicita la prueba anticipadaTiene la carga de la prueba y solicita la prueba anticipada
Actúa con objetividad.Actúa con objetividad.
Requiere las decisiones judiciales sobre medidas de coerción yRequiere las decisiones judiciales sobre medidas de coerción y
restrictivas de derechos.restrictivas de derechos.
Aplica el principio de oportunidad y propone acuerdos reparatorios.Aplica el principio de oportunidad y propone acuerdos reparatorios.
Garantiza la legalidad y regularidad de las diligenciasGarantiza la legalidad y regularidad de las diligencias
Formaliza la continuación de la investigación y avisa al Juez de ello.Formaliza la continuación de la investigación y avisa al Juez de ello.
Emite disposiciones motivadas e impugna resoluciones judicialesEmite disposiciones motivadas e impugna resoluciones judiciales
Garantiza el derecho de defensa y demás derechos fundamentalesGarantiza el derecho de defensa y demás derechos fundamentales
Dispone la protección de los indicios materiales en la escena delDispone la protección de los indicios materiales en la escena del
delitodelito
13. Proceso comúnProceso común
B)B) El juez en la investigaciónEl juez en la investigación
preparatoriapreparatoria, garante del debido, garante del debido
proceso y del respeto a los derechosproceso y del respeto a los derechos
fundamentales, tercero imparcial quefundamentales, tercero imparcial que
controla la actividad del Ministerio Públicocontrola la actividad del Ministerio Público
y conoce de los incidentes, gracias a lay conoce de los incidentes, gracias a la
diferenciación entre poder investigador ydiferenciación entre poder investigador y
poder de decisiónpoder de decisión
14. Proceso comúnProceso común
Atribuciones del juezAtribuciones del juez
Pronunciarse sobre las medidas limitativas de derechos y las dePronunciarse sobre las medidas limitativas de derechos y las de
protección, lo que comprende las medidas de coerción personal, laprotección, lo que comprende las medidas de coerción personal, la
convalidación de la detención y otras, la confirmación y reexamen.convalidación de la detención y otras, la confirmación y reexamen.
Éstas requieren resolución motivada, pedido de parte, observaciónÉstas requieren resolución motivada, pedido de parte, observación
de garantías, elementos de convicción suficientes, proporcionalidadde garantías, elementos de convicción suficientes, proporcionalidad
y razonabilidad.y razonabilidad.
Tutelar los derechos del imputado, advirtiéndole de ello, y sobreTutelar los derechos del imputado, advirtiéndole de ello, y sobre
sus alcances y la consecuencia de la renuncia que se haga de lossus alcances y la consecuencia de la renuncia que se haga de los
mismos. Garantizarle, además, sus derechos durante las diligenciasmismos. Garantizarle, además, sus derechos durante las diligencias
preliminares o en la investigación, decidiendo en audiencia sepreliminares o en la investigación, decidiendo en audiencia se
subsanen omisiones o dictando medidas de corrección o protecciónsubsanen omisiones o dictando medidas de corrección o protección
Resolver medios de defensa técnicaResolver medios de defensa técnica
Autorizar la constitución de las partesAutorizar la constitución de las partes
Realizar actos de prueba anticipadaRealizar actos de prueba anticipada
Controlar el cumplimiento del plazo de la investigaciónControlar el cumplimiento del plazo de la investigación
15. Proceso comúnProceso común
C)C) La policía.La policía.
AtribucionesAtribuciones
Su actividad investigadora y las diligencias que practica, salvo lasSu actividad investigadora y las diligencias que practica, salvo las
irrepetibles, no pueden fundar una declaración de culpabilidad.irrepetibles, no pueden fundar una declaración de culpabilidad.
Es órgano de apoyo del Ministerio Público, cumple sus mandatos yEs órgano de apoyo del Ministerio Público, cumple sus mandatos y
sus actos están bajo control jurídico de éste. Toma conocimiento desus actos están bajo control jurídico de éste. Toma conocimiento de
los delitos y da cuenta inmediata al Fiscal, sin perjuicio de practicarlos delitos y da cuenta inmediata al Fiscal, sin perjuicio de practicar
diligencias urgentes.diligencias urgentes.
Realiza diligencias preliminares que le encarga el Fiscal y ejerce lasRealiza diligencias preliminares que le encarga el Fiscal y ejerce las
facultades previstas en el artículo 68.1 del códigofacultades previstas en el artículo 68.1 del código
Respeta las garantías y formalidades en las diligencias que efectúa.Respeta las garantías y formalidades en las diligencias que efectúa.
Instruye al imputado de sus derechos y los respeta. Facilita a éste yInstruye al imputado de sus derechos y los respeta. Facilita a éste y
a su defensa el conocimiento de lo actuadoa su defensa el conocimiento de lo actuado
Investiga preliminarmente, por orden del Juez, en los casos deInvestiga preliminarmente, por orden del Juez, en los casos de
delitos dependientes de instancia privada o sujetos a ejerciciodelitos dependientes de instancia privada o sujetos a ejercicio
privado de la acciónprivado de la acción
16. Proceso comúnProceso común D)D) El abogado defensorEl abogado defensor , es uno de los pilares del modelo, es uno de los pilares del modelo
acusatorio – adversativo. El derecho del imputado a contar con laacusatorio – adversativo. El derecho del imputado a contar con la
asistencia de un defensor es irrenunciable.asistencia de un defensor es irrenunciable.
AtribucionesAtribuciones ::
Asesorar desde que su patrocinado es citado o detenidoAsesorar desde que su patrocinado es citado o detenido
Ingresar a los penales y dependencias policiales para entrevistarseIngresar a los penales y dependencias policiales para entrevistarse
con aquelcon aquel
Acceder al expediente e informarse del procesoAcceder al expediente e informarse del proceso
Participar en todas las diligencias salvo en la declaración delParticipar en todas las diligencias salvo en la declaración del
imputado que no defiendeimputado que no defiende
Aportar medios de investigación y de prueba, interrogarAportar medios de investigación y de prueba, interrogar
directamente a su defendido, coprocesados, testigos y peritos,directamente a su defendido, coprocesados, testigos y peritos,
recurrir a la asistencia reservada de expertosrecurrir a la asistencia reservada de expertos
Expresarse con amplia libertad, interponer medios de defensaExpresarse con amplia libertad, interponer medios de defensa
técnica e impugnar.técnica e impugnar.
La comisión que elaboró el código no discutió acerca de la facultadLa comisión que elaboró el código no discutió acerca de la facultad
el abogado de citar a testigos y peritos para entrevistarlos en suel abogado de citar a testigos y peritos para entrevistarlos en su
despacho, como admite el código italiano, modificado el 2001despacho, como admite el código italiano, modificado el 2001
17. Proceso comúnProceso común
E)E) El imputadoEl imputado
DerechosDerechos
Ser considerado inocente y tratado como tal. SerSer considerado inocente y tratado como tal. Ser
informado por jueces, fiscales y policías de susinformado por jueces, fiscales y policías de sus
derechos. Contar con una defensa técnica desde elderechos. Contar con una defensa técnica desde el
inicio de la investigación y con tiempo razonable parainicio de la investigación y con tiempo razonable para
afrontar los cargos. Conocer la imputación que se leafrontar los cargos. Conocer la imputación que se le
hace y la razón de su detención. Designar a quién debehace y la razón de su detención. Designar a quién debe
comunicársele de su ésta. Abstenerse de declarar y sicomunicársele de su ésta. Abstenerse de declarar y si
acepta hacerlo contar con la presencia de su abogado.acepta hacerlo contar con la presencia de su abogado.
No incriminarse ni incriminar a sus familiaresNo incriminarse ni incriminar a sus familiares
No ser coaccionado, ni sometido a técnicas que alterenNo ser coaccionado, ni sometido a técnicas que alteren
su libre voluntad o a sufrir restricciones no autorizadasu libre voluntad o a sufrir restricciones no autorizada
por la ley. Ser examinado por un médico legista u otropor la ley. Ser examinado por un médico legista u otro
profesional de la saludprofesional de la salud
No ser perseguido, ni sancionado más de una vez porNo ser perseguido, ni sancionado más de una vez por
un mismo hechoun mismo hecho
18. Proceso comúnProceso común
F)F) La víctimaLa víctima. Es agraviado todo aquél que resulte. Es agraviado todo aquél que resulte
directamente ofendido por el delito o perjudicado por lasdirectamente ofendido por el delito o perjudicado por las
consecuencias del mismo, también los socios oconsecuencias del mismo, también los socios o
miembros de personas jurídicas afectadas por actos demiembros de personas jurídicas afectadas por actos de
quienes las dirigen, administran o controlan.quienes las dirigen, administran o controlan.
Además de las personas naturales se confiereAdemás de las personas naturales se confiere
facultades a asociaciones, debidamente inscritas yfacultades a asociaciones, debidamente inscritas y
reconocidas, cuando se trata de delitos que afectanreconocidas, cuando se trata de delitos que afectan
intereses colectivos o de crímenes internacionalesintereses colectivos o de crímenes internacionales
Además de reconocérsele participación para obtener laAdemás de reconocérsele participación para obtener la
reparación civil, tiene derecho a ser informada de lasreparación civil, tiene derecho a ser informada de las
actuaciones en que ha intervenido y del resultado delactuaciones en que ha intervenido y del resultado del
proceso, a ser escuchada antes de decidirse la extinciónproceso, a ser escuchada antes de decidirse la extinción
o suspensión de la acción, a ser tratada con respeto yo suspensión de la acción, a ser tratada con respeto y
protegida, a preservarse su identidad en casos de delitoprotegida, a preservarse su identidad en casos de delito
sexual.sexual.
19. Proceso comúnProceso común
2.2. ProcedimientoProcedimiento
A)A) Inicio de la investigaciónInicio de la investigación , por, por
denuncia, iniciativa del Fiscal,denuncia, iniciativa del Fiscal,
conocimiento e información policial.conocimiento e información policial.
Cualquiera puede denunciar los delitos deCualquiera puede denunciar los delitos de
persecución pública. Ciertas personaspersecución pública. Ciertas personas
están obligadas a hacerlo por mandato deestán obligadas a hacerlo por mandato de
ley, tener la calidad de funcionarios o porley, tener la calidad de funcionarios o por
razón de cargorazón de cargo
20. Proceso comúnProceso común
B)B) Diligencias preliminaresDiligencias preliminares , ante la noticia criminal, el Fiscal, ante la noticia criminal, el Fiscal
las realiza o dispone que las haga la policía, con el propósito delas realiza o dispone que las haga la policía, con el propósito de
determinar si formaliza o no la investigación preparatoria.determinar si formaliza o no la investigación preparatoria.
Comprenden actos urgentes para establecer si el hecho tuvo lugarComprenden actos urgentes para establecer si el hecho tuvo lugar
y su delictuosidad, asegurar los indicios materiales, individualizar ay su delictuosidad, asegurar los indicios materiales, individualizar a
los involucrados y asegurarlos, conforme a ley.los involucrados y asegurarlos, conforme a ley.
Su plazo es 20 días, salvo que medie detención. El Fiscal puedeSu plazo es 20 días, salvo que medie detención. El Fiscal puede
fijar un plazo distinto, según las características del caso; asimismo,fijar un plazo distinto, según las características del caso; asimismo,
constituirse al lugar de los hechos, con personal y mediosconstituirse al lugar de los hechos, con personal y medios
especializados, para comprobar lo sucedido, impedir lasespecializados, para comprobar lo sucedido, impedir las
consecuencias ulteriores del delito y la alteración de la escena,consecuencias ulteriores del delito y la alteración de la escena,
disponer medidas de protección de los indicios.disponer medidas de protección de los indicios.
La policía, siempre que intervenga, eleva un informe al FiscalLa policía, siempre que intervenga, eleva un informe al Fiscal
referido a los antecedentes de su intervención, a las diligenciasreferido a los antecedentes de su intervención, a las diligencias
efectuadas y el análisis de los hechos, sin calificarlos jurídicamenteefectuadas y el análisis de los hechos, sin calificarlos jurídicamente
o atribuir responsabilidadeso atribuir responsabilidades
21. Proceso comúnProceso común
C)C) Calificación y formalizaciónCalificación y formalización
El Fiscal puede declarar que no procede formalizar y continuar laEl Fiscal puede declarar que no procede formalizar y continuar la
investigación, ordenando su archivo, la que no será reabierta porinvestigación, ordenando su archivo, la que no será reabierta por
otro Fiscal si no median nuevos elementos de convicción,otro Fiscal si no median nuevos elementos de convicción,
correspondiendo el reexamen al Fiscal que previno.correspondiendo el reexamen al Fiscal que previno.
Cuando el hecho es delictuoso y la acción no ha prescrito, peroCuando el hecho es delictuoso y la acción no ha prescrito, pero
falta identificar al autor o partícipe, el Fiscal ordena la intervenciónfalta identificar al autor o partícipe, el Fiscal ordena la intervención
de la policía para tal finde la policía para tal fin
Ante la falta de una condición de procedibilidad el Fiscal dispone laAnte la falta de una condición de procedibilidad el Fiscal dispone la
reserva provisional, notificandoreserva provisional, notificando
Si aparecen indicios reveladores de un delito, la acción no haSi aparecen indicios reveladores de un delito, la acción no ha
prescrito y se ha individualizado al imputado, además, en su caso,prescrito y se ha individualizado al imputado, además, en su caso,
satisfecho los requisitos de procedibilidad, el Fiscal dispone lasatisfecho los requisitos de procedibilidad, el Fiscal dispone la
formalización y continuación de la investigaciónformalización y continuación de la investigación
Requisitos de la disposición fiscal de formalizaciónRequisitos de la disposición fiscal de formalización ::
Nombre del imputado, hechos y tipificación específica, nombre delNombre del imputado, hechos y tipificación específica, nombre del
agraviado, si es posible, diligencias a actuarse. El Fiscal comunicaagraviado, si es posible, diligencias a actuarse. El Fiscal comunica
esta disposición al Juez.esta disposición al Juez.
22. Proceso comúnProceso común
Obligación de formalizar la investigaciónObligación de formalizar la investigación . El. El
Fiscal habrá de hacerlo cuando requiere la intervenciónFiscal habrá de hacerlo cuando requiere la intervención
judicial para determinadas diligencias, la actuación dejudicial para determinadas diligencias, la actuación de
prueba anticipada o la imposición de medidas coercitivasprueba anticipada o la imposición de medidas coercitivas
Efectos de la formalizaciónEfectos de la formalización : a) Suspende la: a) Suspende la
prescripción de la acción, b) el Fiscal ya no puedeprescripción de la acción, b) el Fiscal ya no puede
archivar lo actuado sin intervención judicialarchivar lo actuado sin intervención judicial
Formulación directa de acusaciónFormulación directa de acusación , cuando el, cuando el
Fiscal considera que las diligencias preliminaresFiscal considera que las diligencias preliminares
establecen suficientemente la realidad del delito y laestablecen suficientemente la realidad del delito y la
intervención del imputado. Esta es una buenaintervención del imputado. Esta es una buena
herramienta para manejar la carga que representan losherramienta para manejar la carga que representan los
casos menos complejoscasos menos complejos
23. Proceso comúnProceso común
D)D) Control de la investigaciónControl de la investigación ..
Toca al Juez hacer efectivos los derechos del imputadoToca al Juez hacer efectivos los derechos del imputado
y demás personas sobre los que recaen medidasy demás personas sobre los que recaen medidas
limitativas de derechos o requerimientos del Fiscal.limitativas de derechos o requerimientos del Fiscal.
También le compete controlar el plazo de las diligenciasTambién le compete controlar el plazo de las diligencias
preliminares, cuando resulte excesivo.preliminares, cuando resulte excesivo.
Se pronuncia o despacha las medidas limitativasSe pronuncia o despacha las medidas limitativas
Confirma o reexamina la procedencia de una diligenciaConfirma o reexamina la procedencia de una diligencia
denegada por el Fiscaldenegada por el Fiscal
Controla el plazo de la investigación formalizada,Controla el plazo de la investigación formalizada,
pudiendo ordenar su conclusión, en cuyo caso el Fiscalpudiendo ordenar su conclusión, en cuyo caso el Fiscal
tiene 10 días para pronunciarse sobre el sobreseimientotiene 10 días para pronunciarse sobre el sobreseimiento
o la acusacióno la acusación
24. Proceso comúnProceso común
E)E) Los actos de investigaciónLos actos de investigación
Las diligencias preliminares forman parte de la investigación. No seLas diligencias preliminares forman parte de la investigación. No se
repiten, aunque es posible ampliarlasrepiten, aunque es posible ampliarlas
El Fiscal dispone la concurrencia del imputado y demás personasEl Fiscal dispone la concurrencia del imputado y demás personas
que informen sobre circunstancias útiles para la pesquisa; también,que informen sobre circunstancias útiles para la pesquisa; también,
exige información de cualquier particular o funcionario público.exige información de cualquier particular o funcionario público.
Las partes pueden solicitar al Fiscal la práctica de diligencias queLas partes pueden solicitar al Fiscal la práctica de diligencias que
estimen conveniente, éste las realiza si son pertinentes, útiles yestimen conveniente, éste las realiza si son pertinentes, útiles y
conducentes.conducentes.
El Fiscal puede permitir la asistencia de los otros sujetos procesalesEl Fiscal puede permitir la asistencia de los otros sujetos procesales
a las diligenciasa las diligencias
Estos actos son: la declaración del imputado, la testimonial, laEstos actos son: la declaración del imputado, la testimonial, la
pericia, el careo, los relacionados con los documentos, elpericia, el careo, los relacionados con los documentos, el
reconocimiento, la inspección, la reconstrucción, la entrega vigiladareconocimiento, la inspección, la reconstrucción, la entrega vigilada
de bienes delictivos, el agente encubierto, los enfilados a buscarde bienes delictivos, el agente encubierto, los enfilados a buscar
fuentes de prueba mediante la restricción de derechos como elfuentes de prueba mediante la restricción de derechos como el
control de identidad, la video vigilancia, las pesquisas,control de identidad, la video vigilancia, las pesquisas,
intervenciones corporales, el allanamiento, la exhibición eintervenciones corporales, el allanamiento, la exhibición e
incautación de bienes, etc.incautación de bienes, etc.
25. Proceso comúnProceso común
F)F) Conclusión de la investigaciónConclusión de la investigación , cuando vence, cuando vence
el plazo de ley, esto es, 120 días naturales, prorrogablesel plazo de ley, esto es, 120 días naturales, prorrogables
por 60 días más. Si la investigación es compleja el plazopor 60 días más. Si la investigación es compleja el plazo
es de 8 meses, la prórroga en estos casos la concede eles de 8 meses, la prórroga en estos casos la concede el
Juez. El Fiscal puede darla por concluida cuandoJuez. El Fiscal puede darla por concluida cuando
considere logrado su objetivo. Si vencido los plazos elconsidere logrado su objetivo. Si vencido los plazos el
Fiscal no da por concluida la investigación, las partesFiscal no da por concluida la investigación, las partes
pueden pedir al Juez su conclusión, si éste la ordena, elpueden pedir al Juez su conclusión, si éste la ordena, el
Fiscal debe pronunciarse en 10 días, requiriendo elFiscal debe pronunciarse en 10 días, requiriendo el
sobreseimiento o acusandosobreseimiento o acusando
Casos complejosCasos complejos , por la cantidad de actos de, por la cantidad de actos de
investigación, número de delitos, cantidad de imputadosinvestigación, número de delitos, cantidad de imputados
o agraviados, presencia de bandas u organizacioneso agraviados, presencia de bandas u organizaciones
criminales, pericias que comporten revisión decriminales, pericias que comporten revisión de
documentación, diligencias en el extranjero, revisión dedocumentación, diligencias en el extranjero, revisión de
la gestión de personas jurídicas o entidades estatalesla gestión de personas jurídicas o entidades estatales
26. Proceso omúnProceso omún
4.4. Medidas de coerción procesalMedidas de coerción procesal ..
Requieren solicitud del sujeto procesalRequieren solicitud del sujeto procesal
legitimado, autorización legal, resolución judiciallegitimado, autorización legal, resolución judicial
y motivación, proporcionalidad, necesidad,y motivación, proporcionalidad, necesidad,
suficiencia de elementos de convicciónsuficiencia de elementos de convicción
Los autos que las disponen son reformables,Los autos que las disponen son reformables,
aún de oficio, cuando varían los supuestos queaún de oficio, cuando varían los supuestos que
las motivaron. También pueden serlas motivaron. También pueden ser
impugnados. El actor civil y el tercero civilmenteimpugnados. El actor civil y el tercero civilmente
responsable sólo puede recurrir respecto de lasresponsable sólo puede recurrir respecto de las
medidas que afecten su derecho a la reparaciónmedidas que afecten su derecho a la reparación
civil.civil.
Su infracción motiva que de oficio o por peticiónSu infracción motiva que de oficio o por petición
se sustituyan o acumulen con otra medida másse sustituyan o acumulen con otra medida más
gravegrave
27. Proceso comúnProceso común
A)A) La detenciónLa detención
La policía está autorizada a detener, sin mandato judicial, a quienLa policía está autorizada a detener, sin mandato judicial, a quien
sorprenda en delito flagrante.sorprenda en delito flagrante.
Se reconoce el arresto ciudadano, también en flagrancia, aSe reconoce el arresto ciudadano, también en flagrancia, a
condición que se entregue de inmediato al arrestado y las cosas acondición que se entregue de inmediato al arrestado y las cosas a
la policía.la policía.
Fuera de flagrancia, el Juez puede disponer, a solicitud del Fiscal,Fuera de flagrancia, el Juez puede disponer, a solicitud del Fiscal,
lala detención preliminardetención preliminar , si existen razones para considerar que, si existen razones para considerar que
el imputado ha incurrido en delito sancionado con pena privativa deel imputado ha incurrido en delito sancionado con pena privativa de
libertad superior a 4 años y que existe peligro de fuga; asimismo,libertad superior a 4 años y que existe peligro de fuga; asimismo,
cuando fugó luego de ser sorprendido en flagrancia, o lo hizo de uncuando fugó luego de ser sorprendido en flagrancia, o lo hizo de un
centro de detención preliminar. Ejecutada la detención la policíacentro de detención preliminar. Ejecutada la detención la policía
advierte al afectado de sus derechos, comunica del hecho al Fiscaladvierte al afectado de sus derechos, comunica del hecho al Fiscal
y pone al detenido a disposición del Juez. En casos de terrorismo,y pone al detenido a disposición del Juez. En casos de terrorismo,
espionaje y tráfico de drogas el Juez tiene especiales facultades.espionaje y tráfico de drogas el Juez tiene especiales facultades.
Convalidación de la detenciónConvalidación de la detención Vencido el plazo de laVencido el plazo de la
detención, si subsisten las razones que la determinaron, requerirádetención, si subsisten las razones que la determinaron, requerirá
del Juez un auto de convalidación, en caso contrario lo liberará. Ladel Juez un auto de convalidación, en caso contrario lo liberará. La
detención convalidada dura siete días, vencidos los cuales eldetención convalidada dura siete días, vencidos los cuales el
detenido será puesta a disposición del Juez para determinar si sedetenido será puesta a disposición del Juez para determinar si se
dicta prisión preventiva o comparecenciadicta prisión preventiva o comparecencia
28. Proceso comúnProceso común
B)B) Prisión preventivaPrisión preventiva , bajo los requisitos del actual, bajo los requisitos del actual
artículo 135 del CPP 91, agregándose la existencia deartículo 135 del CPP 91, agregándose la existencia de
razonables elementos de convicción sobre larazonables elementos de convicción sobre la
pertenencia del imputado a una organización delictiva opertenencia del imputado a una organización delictiva o
su reintegración a ésta y se advierta que podrá usarsu reintegración a ésta y se advierta que podrá usar
medios que aquella le brinde para facilitar su fuga o lamedios que aquella le brinde para facilitar su fuga o la
de otros. Se precisan, además los alcances del peligrode otros. Se precisan, además los alcances del peligro
de fuga u obstrucción probatoriade fuga u obstrucción probatoria
Se decide enSe decide en audienciaaudiencia que el Juez efectúa dentro deque el Juez efectúa dentro de
las 48 horas del requerimiento Fiscallas 48 horas del requerimiento Fiscal
PlazoPlazo. En los procesos complejos es de 18 meses, con. En los procesos complejos es de 18 meses, con
una posibilidad de prolongación a solicitud del Fiscaluna posibilidad de prolongación a solicitud del Fiscal
29. Proceso comúnProceso común
Excarcelación por vencimiento del plazo límiteExcarcelación por vencimiento del plazo límite ,,
sin sentenciasin sentencia
Prisión del sujeto a comparecenciaPrisión del sujeto a comparecencia si en el cursosi en el curso
de la investigación aparecen indicios que se hallade la investigación aparecen indicios que se halla
incurso en los supuestos de la prisión preventivaincurso en los supuestos de la prisión preventiva
Libertad provisional eliminadaLibertad provisional eliminada y opción por lay opción por la
cesación de la prisión preventivacesación de la prisión preventiva si dejan desi dejan de
concurrir los presupuestos que la motivaron,concurrir los presupuestos que la motivaron,
sustituyéndola por la comparecenciasustituyéndola por la comparecencia
Revocatoria de la cesación de la prisiónRevocatoria de la cesación de la prisión porpor
infracción de las reglas de conducta, inasistenciainfracción de las reglas de conducta, inasistencia
indebida a las diligencias, preparativos de fuga o nuevasindebida a las diligencias, preparativos de fuga o nuevas
circunstancias exijan dictar auto de prisióncircunstancias exijan dictar auto de prisión
30. Proceso comúnProceso común
C)C) IncomunicaciónIncomunicación , procede contra el imputado con prisión, procede contra el imputado con prisión
preventiva, en delito grave y por no más de 10 días. No impide laspreventiva, en delito grave y por no más de 10 días. No impide las
entrevistas con el defensor.entrevistas con el defensor.
D)D) ComparecenciaComparecencia
La dicta el Juez cuando el Fiscal no solicita la prisión o cuandoLa dicta el Juez cuando el Fiscal no solicita la prisión o cuando
requiriéndolo no concurren los presupuestos de ésta.requiriéndolo no concurren los presupuestos de ésta.
Puede ser acompañada de otras restricciones y utilizarse técnicas oPuede ser acompañada de otras restricciones y utilizarse técnicas o
sistemas electrónicos o computarizados de control.sistemas electrónicos o computarizados de control.
El incumplimiento de las restricciones, previo requerimiento,El incumplimiento de las restricciones, previo requerimiento,
motivará su revocatoria y dictado del mandato de prisiónmotivará su revocatoria y dictado del mandato de prisión
El código define la posibilidad de imponer caución y sus clases:El código define la posibilidad de imponer caución y sus clases:
personal y real, así como su devolución cuando no se ha infringidopersonal y real, así como su devolución cuando no se ha infringido
las reglas de conducta.las reglas de conducta.
Detención domiciliariaDetención domiciliaria para imputados a los que correspondepara imputados a los que corresponde
detención, siempre que se trate de ancianos, enfermos graves odetención, siempre que se trate de ancianos, enfermos graves o
incurables, incapacitados físicos permanentes, madres gestantes.incurables, incapacitados físicos permanentes, madres gestantes.
Su plazo es el mismo que el de la prisiónSu plazo es el mismo que el de la prisión
31. Proceso comúnProceso común
E)E) Internación preventivaInternación preventiva del imputado endel imputado en
un establecimiento psiquiátrico, previo dictamenun establecimiento psiquiátrico, previo dictamen
sobre su salud mental y del peligro quesobre su salud mental y del peligro que
representa para sí o para terceros, además derepresenta para sí o para terceros, además de
la existencia de suficientes elementos parala existencia de suficientes elementos para
sostener que es autor del hecho y quesostener que es autor del hecho y que
probablemente será objeto de una medida deprobablemente será objeto de una medida de
seguridad internación, y de la probabilidad queseguridad internación, y de la probabilidad que
no se someta al procedimiento y obstruya unno se someta al procedimiento y obstruya un
acto de la investigaciónacto de la investigación
32. Proceso comúnProceso común F)F) Impedimento de salidaImpedimento de salida , del imputado o de un, del imputado o de un
testigo importante, si el delito está conminado con penatestigo importante, si el delito está conminado con pena
privativa de libertad superior a 3 años y es indispensableprivativa de libertad superior a 3 años y es indispensable
para la pesquisa. Para los imputados su plazo es de 4para la pesquisa. Para los imputados su plazo es de 4
meses, prorrogables por igual periodo; para los testigosmeses, prorrogables por igual periodo; para los testigos
dura sólo 30 días.dura sólo 30 días.
G)G) Suspensión preventiva de derechosSuspensión preventiva de derechos , procede, procede
cuando se trata de delitos conminados con inhabilitacióncuando se trata de delitos conminados con inhabilitación
o sea necesaria para evitar la reiteración delictivao sea necesaria para evitar la reiteración delictiva
Importa la suspensión temporal de la patria potestad,Importa la suspensión temporal de la patria potestad,
tutela, curatela, ejercicio de cargo, empleo o comisióntutela, curatela, ejercicio de cargo, empleo o comisión
públicos, actividades profesionales, comerciales,públicos, actividades profesionales, comerciales,
empresariales, de la autorización para conducirempresariales, de la autorización para conducir
vehículos o portar armas de fuego, también lavehículos o portar armas de fuego, también la
prohibición de acercarse al ofendido y su familia oprohibición de acercarse al ofendido y su familia o
abandonar el hogar que se comparte o suspensión deabandonar el hogar que se comparte o suspensión de
visitas.visitas.
Dura no más de la mitad del tiempo de la pena deDura no más de la mitad del tiempo de la pena de
33. Proceso comúnProceso común
H)H) EmbargoEmbargo, cuando concurran el fumus delicti y el, cuando concurran el fumus delicti y el
periculum in mora. Recae sobre bienes o derechos delpericulum in mora. Recae sobre bienes o derechos del
imputado o el tercero responsable, busca asegurar lasimputado o el tercero responsable, busca asegurar las
responsabilidades pecuniarias y costas.responsabilidades pecuniarias y costas.
La solicitud debe especificar el bien o derecho, el montoLa solicitud debe especificar el bien o derecho, el monto
y la forma. El actor civil ofrece contracautela.y la forma. El actor civil ofrece contracautela.
En caso de condena, aún impugnada, procede elEn caso de condena, aún impugnada, procede el
embargo sin contracautelaembargo sin contracautela
Puede ser variada la medida, incluirse el alzamiento oPuede ser variada la medida, incluirse el alzamiento o
sustitución del bien, y su levantamiento previo empoce.sustitución del bien, y su levantamiento previo empoce.
La absolución o sobreseimiento suscita su levantamientoLa absolución o sobreseimiento suscita su levantamiento
de oficio o a solicitud, determinándose los daños yde oficio o a solicitud, determinándose los daños y
perjuicios.perjuicios.
El procesado o condenado puede vender el bien oEl procesado o condenado puede vender el bien o
derecho embargado en subasta públicaderecho embargado en subasta pública
34. Proceso comúnProceso común
I)I) IncautaciónIncautación, la policía o el Fiscal pueden, la policía o el Fiscal pueden
incautar los efectos o instrumentos del delito,incautar los efectos o instrumentos del delito,
siempre que exista peligro por la demora,siempre que exista peligro por la demora,
medida que requerirá luego resoluciónmedida que requerirá luego resolución
confirmatoria del Juez.confirmatoria del Juez.
Los propietarios de estos bienes, que no hanLos propietarios de estos bienes, que no han
intervenido en el delito pueden pedir elintervenido en el delito pueden pedir el
levantamiento de la incautación y entregalevantamiento de la incautación y entrega
35. Proceso comúnProceso común
J)J) Otras medidas realesOtras medidas reales
Orden de inhibición para disponer y gravar bienes delOrden de inhibición para disponer y gravar bienes del
imputado o del tercero responsable.imputado o del tercero responsable.
Desalojo preventivo, en casos de usurpaciónDesalojo preventivo, en casos de usurpación
Medidas anticipadas para evitar la permanencia delMedidas anticipadas para evitar la permanencia del
delito o prolongación de sus efectos, y relacionadas condelito o prolongación de sus efectos, y relacionadas con
las consecuencias pecuniariaslas consecuencias pecuniarias
Medidas preventivas contra personas jurídicasMedidas preventivas contra personas jurídicas
(clausura, suspensión de actividades, nominación de(clausura, suspensión de actividades, nominación de
administrador, vigilancia, anotación registral del proceso)administrador, vigilancia, anotación registral del proceso)
Pensión alimenticia anticipada, en delitos de sangre,Pensión alimenticia anticipada, en delitos de sangre,
omisión de asistencia familiar, sexuales o relacionadosomisión de asistencia familiar, sexuales o relacionados
con la violencia domésticacon la violencia doméstica
36. 5.5. Búsqueda de fuentes de pruebaBúsqueda de fuentes de prueba
y restricción de derechosy restricción de derechos , bajo los, bajo los
principios de legalidad, proporcionalidad,principios de legalidad, proporcionalidad,
necesidad, suficiencia de elementos denecesidad, suficiencia de elementos de
convicción y motivación de la resolución.convicción y motivación de la resolución.
El afectado tiene derecho a impugnar oEl afectado tiene derecho a impugnar o
pedir el reexamen por el Juez de lapedir el reexamen por el Juez de la
investigación si nuevas circunstanciasinvestigación si nuevas circunstancias
aconsejan un cambioaconsejan un cambio
37. Proceso comúnProceso común
A)A) Control policial de identidadControl policial de identidad ,,
comprende el requerimiento de identificación,comprende el requerimiento de identificación,
registro de vestimenta, equipaje y vehículo,registro de vestimenta, equipaje y vehículo,
conducción a la dependencia policial del que noconducción a la dependencia policial del que no
exhiba el documento de identidad, permanenciaexhiba el documento de identidad, permanencia
en ella por no más de 4 horas, toma de huellas yen ella por no más de 4 horas, toma de huellas y
constatación de requisitorias, control de vías,constatación de requisitorias, control de vías,
lugares o establecimientos públicos con fines delugares o establecimientos públicos con fines de
identificación, registro vehicular, controlidentificación, registro vehicular, control
superficial de efectos personales para descartarsuperficial de efectos personales para descartar
sustancias o instrumentos prohibidos osustancias o instrumentos prohibidos o
peligrosos. La toma de fotos, no voluntaria,peligrosos. La toma de fotos, no voluntaria,
requiere orden fiscalrequiere orden fiscal
38. Proceso comúnProceso común
B)B) Vídeo vigilanciaVídeo vigilancia, ordenada por el Fiscal sin que el, ordenada por el Fiscal sin que el
afectado conozca de ello. Comprende toma de fotos yafectado conozca de ello. Comprende toma de fotos y
registro de imágenes, uso de medios técnicos pararegistro de imágenes, uso de medios técnicos para
observar e investigar el lugar de residencia delobservar e investigar el lugar de residencia del
imputado. Se trata de medios técnicos residuales queimputado. Se trata de medios técnicos residuales que
requieren autorización judicial cuando se practican en elrequieren autorización judicial cuando se practican en el
interior de inmuebles o lugares cerradosinterior de inmuebles o lugares cerrados
C)C) PesquisasPesquisas para comprobar el estado de personas,para comprobar el estado de personas,
lugares o cosas, rastros y otros efectos materiales. Laslugares o cosas, rastros y otros efectos materiales. Las
practica la policía, por sí, o por orden del Fiscal. Sepractica la policía, por sí, o por orden del Fiscal. Se
perennizan con planos o fotos. La policía puedeperennizan con planos o fotos. La policía puede
disponer la retención de personas en el lugar, por nodisponer la retención de personas en el lugar, por no
más de 4 horas, para prolongarla se requieremás de 4 horas, para prolongarla se requiere
autorización judicial. También puede registrar a unaautorización judicial. También puede registrar a una
persona, sin afectar su dignidad, el equipaje que porte opersona, sin afectar su dignidad, el equipaje que porte o
su vehículo, cuando median fundadas razones parasu vehículo, cuando median fundadas razones para
considerar que oculta bienes relacionados con el delitoconsiderar que oculta bienes relacionados con el delito
39. Proceso comúnProceso común
D)D) Intervención corporalIntervención corporal , aun sin consentimiento del afectado,, aun sin consentimiento del afectado,
siempre que se trate de delitos conminados con pena privativa desiempre que se trate de delitos conminados con pena privativa de
libertad superior a 4 años, no se tema un daño grave para la saludlibertad superior a 4 años, no se tema un daño grave para la salud
del imputado y se practique por un médico. También puededel imputado y se practique por un médico. También puede
examinarse el cuerpo de no imputados para determinar siexaminarse el cuerpo de no imputados para determinar si
presentan huella del delito.presentan huella del delito.
El Fiscal puede ordenarla por razones de urgencia e instar luego laEl Fiscal puede ordenarla por razones de urgencia e instar luego la
confirmación judicial. Tanto él como la policía, con su conocimiento,confirmación judicial. Tanto él como la policía, con su conocimiento,
toma de muestras de sangre, piel o cabello, que no perjudique latoma de muestras de sangre, piel o cabello, que no perjudique la
salud de la persona y el experto que la practica la considera nosalud de la persona y el experto que la practica la considera no
riesgosa.riesgosa.
En caso de comprobación policial de tasas de alcoholemia en aireEn caso de comprobación policial de tasas de alcoholemia en aire
expirado, si el resultado es positivo o son evidentes los signos deexpirado, si el resultado es positivo o son evidentes los signos de
estar bajo influencia de alcohol o drogas, el intervenido seráestar bajo influencia de alcohol o drogas, el intervenido será
retenido y conducido al centro respectivo para realizarretenido y conducido al centro respectivo para realizar la pruebala prueba
de intoxicación en sangre y otros fluidosde intoxicación en sangre y otros fluidos
40. Proceso comúnProceso común
E)E) AllanamientoAllanamiento, con autorización judicial, siempre, con autorización judicial, siempre
que existan motivos para a) considerar que en elque existan motivos para a) considerar que en el
inmueble se oculta el imputado o hallan bienes delictivosinmueble se oculta el imputado o hallan bienes delictivos
o cosas relevantes, y b) prever que será negado elo cosas relevantes, y b) prever que será negado el
ingresoingreso
ElEl requerimiento fiscal y la resolución judicialrequerimiento fiscal y la resolución judicial
deben consignar la ubicación del lugar a ser registrado,deben consignar la ubicación del lugar a ser registrado,
finalidad, diligencias a practicarse, tiempo aproximadofinalidad, diligencias a practicarse, tiempo aproximado
de duración (no más de dos semanas), losde duración (no más de dos semanas), los
apercibimientos en caso de resistencia. Puedenapercibimientos en caso de resistencia. Pueden
disponer que comprenda la detención de personas edisponer que comprenda la detención de personas e
incautación de bienesincautación de bienes
Durante la diligencia el Fiscal puede disponer el registroDurante la diligencia el Fiscal puede disponer el registro
personal si sospecha que se oculta bienes delictivos opersonal si sospecha que se oculta bienes delictivos o
relacionados con el hecho, también el no alejamiento derelacionados con el hecho, también el no alejamiento de
una persona hasta que concluya la diligencia, suuna persona hasta que concluya la diligencia, su
retención y conducción coactiva al lugarretención y conducción coactiva al lugar
41. Proceso comúnProceso común
F)F) Exhibición forzosa e incautaciónExhibición forzosa e incautación
De bienesDe bienes, por orden judicial cuando el requerido por, por orden judicial cuando el requerido por
el Fiscal se niega a entregarlos o exhibirlos. No seel Fiscal se niega a entregarlos o exhibirlos. No se
requiere esta autorización cuando se trata de delitorequiere esta autorización cuando se trata de delito
flagrante. En casos de urgencia la dispone el Fiscal yflagrante. En casos de urgencia la dispone el Fiscal y
luego solicita confirmación judicial, también leluego solicita confirmación judicial, también le
corresponde supervisar lacorresponde supervisar la cadena de custodia de locadena de custodia de lo
incautadoincautado
De actuaciones y documentos no privadosDe actuaciones y documentos no privados , el, el
que los tenga debe exhibirlos o entregarlos al Fiscal,que los tenga debe exhibirlos o entregarlos al Fiscal,
salvo que se trate de secreto profesional o de Estado. Elsalvo que se trate de secreto profesional o de Estado. El
afectado puede instar la intervención judicial.afectado puede instar la intervención judicial.
42. Proceso comúnProceso común G)G) Control de comunicaciones y documentosControl de comunicaciones y documentos
privadosprivados
PostalPostal. La correspondencia dirigida al imputado y. La correspondencia dirigida al imputado y
cursada por él puede ser interceptada, incautada ycursada por él puede ser interceptada, incautada y
abierta por resolución judicial. La medida se practica sinabierta por resolución judicial. La medida se practica sin
conocimiento del afectadoconocimiento del afectado
Comunicaciones y telecomunicacionesComunicaciones y telecomunicaciones
Se sigue la pauta de la ley 27697.Se sigue la pauta de la ley 27697.
El Juez puede ordenar la intervención cuando el delitoEl Juez puede ordenar la intervención cuando el delito
está conminado con pena superior a 4 años de privaciónestá conminado con pena superior a 4 años de privación
de libertad, existen suficientes elementos de convicciónde libertad, existen suficientes elementos de convicción
y resulta necesaria para la pesquisa. Su plazo es dey resulta necesaria para la pesquisa. Su plazo es de
hasta 30 días.hasta 30 días.
La diligencia importa la grabación y el Fiscal dispone laLa diligencia importa la grabación y el Fiscal dispone la
trascripción de lo grabado, conservando los originalestrascripción de lo grabado, conservando los originales
Practicada la diligencia el afectado puede pedir elPracticada la diligencia el afectado puede pedir el
reexamen judicialreexamen judicial
43. Proceso comúnProceso común
Aseguramiento e incautación de documentos privadosAseguramiento e incautación de documentos privados . El Fiscal o. El Fiscal o
la policía pueden asegurarlos cuando son hallados en poder del imputado ola policía pueden asegurarlos cuando son hallados en poder del imputado o
en el lugar inspeccionado o allanado, no incautarlos o examinar suen el lugar inspeccionado o allanado, no incautarlos o examinar su
contenido, porque corresponde al Juez que los recibe aceptar o no lacontenido, porque corresponde al Juez que los recibe aceptar o no la
solicitud de incautación. El Fiscal o la policía, por orden de aquél, puedensolicitud de incautación. El Fiscal o la policía, por orden de aquél, pueden
inspeccionar libros, comprobantes y documentos contables oinspeccionar libros, comprobantes y documentos contables o
administrativos de las personas, su incautación es necesariamente judicialadministrativos de las personas, su incautación es necesariamente judicial
Levantamiento del secreto bancario y la reserva tributariaLevantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria , se, se
siguen las pautas de la LGSFSS 26702 y de la Ley 27379, procedimientosiguen las pautas de la LGSFSS 26702 y de la Ley 27379, procedimiento
de medidas excepcionales de limitación de derechos en investigacionesde medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones
preliminares. El código autoriza la incautación del documento, título valor,preliminares. El código autoriza la incautación del documento, título valor,
dinero o cualquier otro bien, el bloqueo o inmovilización de cuentas, y ladinero o cualquier otro bien, el bloqueo o inmovilización de cuentas, y la
pesquisa o registro de entidades del sistema bancario o financiero. En lopesquisa o registro de entidades del sistema bancario o financiero. En lo
que toca a reserva tributaria se sigue las pautas del artículo 2.5 de laque toca a reserva tributaria se sigue las pautas del artículo 2.5 de la
Constitución, 85 del Código Tributario y la Ley 27397 (2.5.)Constitución, 85 del Código Tributario y la Ley 27397 (2.5.)
Clausura o vigilancia de locales e inmovilizaciónClausura o vigilancia de locales e inmovilización , por disposición, por disposición
judicial y por no más de 15 días, si el delito es conminado con penajudicial y por no más de 15 días, si el delito es conminado con pena
superior a 4 años de privación de libertad. La inmovilización de muebles sesuperior a 4 años de privación de libertad. La inmovilización de muebles se
basa en su naturaleza o dificultades de depósito. En casos urgentes elbasa en su naturaleza o dificultades de depósito. En casos urgentes el
Fiscal puede disponerlas con cargo de obtener luego confirmación judicialFiscal puede disponerlas con cargo de obtener luego confirmación judicial
44. Proceso comúnProceso común
II.II. LA FASE INTERMEDIALA FASE INTERMEDIA
1.1. CaracterísticasCaracterísticas
EsEs dirigida por el juezdirigida por el juez de la investigaciónde la investigación
preparatoria.preparatoria.
FuncionalidadFuncionalidad: Previo debate se decide sobre el: Previo debate se decide sobre el
sobreseimiento, o se controla la acusación, admitesobreseimiento, o se controla la acusación, admite
prueba ofrecida, resuelven los medios técnicos deprueba ofrecida, resuelven los medios técnicos de
defensa y sanea el proceso para bien preparar eldefensa y sanea el proceso para bien preparar el
juicio. Finalmente, se dicta el auto de enjuiciamientojuicio. Finalmente, se dicta el auto de enjuiciamiento
Evaluación de la investigaciónEvaluación de la investigación : El Juez decide si: El Juez decide si
hay causa probable para proceder a juicio, para ellohay causa probable para proceder a juicio, para ello
examina la investigación, respetando el contradictorioexamina la investigación, respetando el contradictorio
y mediante audiencia, en la que las partes alegan susy mediante audiencia, en la que las partes alegan sus
pretensiones y elementos de convicciónpretensiones y elementos de convicción
45. Proceso comúnProceso común
Control de la acusaciónControl de la acusación , porque para pasar a juicio, porque para pasar a juicio
la acusación debe reposar en elementos de convicciónla acusación debe reposar en elementos de convicción
que establezcan la fundada probabilidad que el acusadoque establezcan la fundada probabilidad que el acusado
ha cometido el delito, y en el ofrecimiento de pruebasha cometido el delito, y en el ofrecimiento de pruebas
para probar ello en juicio. Las partes pueden objetar lapara probar ello en juicio. Las partes pueden objetar la
forma y el fondo de la acusación y el Juez controlarla enforma y el fondo de la acusación y el Juez controlarla en
ambos aspectos, sobreseyendo cuando no hay baseambos aspectos, sobreseyendo cuando no hay base
para el juicio.para el juicio.
Preparación del juicioPreparación del juicio ,, gracias al saneamiento degracias al saneamiento de
vicios, aclaración de la acusación, resolución de mediosvicios, aclaración de la acusación, resolución de medios
de defensa técnica, adopción o cambio de medidasde defensa técnica, adopción o cambio de medidas
coercitivas, actuación de prueba anticipada, admisión ocoercitivas, actuación de prueba anticipada, admisión o
no de pruebas, aprobación de convenciones probatoriasno de pruebas, aprobación de convenciones probatorias
46. Proceso comúnProceso común
2.2. SobreseimientoSobreseimiento , porque el hecho no se, porque el hecho no se
realizó o no puede atribuírselo al imputado, esrealizó o no puede atribuírselo al imputado, es
atípico o concurre causa de justificación,atípico o concurre causa de justificación,
inculpabilidad o de no punibilidad, de extincióninculpabilidad o de no punibilidad, de extinción
de la acción o no existe posibilidad dede la acción o no existe posibilidad de
incorporar nuevos datos o los elementos deincorporar nuevos datos o los elementos de
convicción son insuficientes para pedir pasar aconvicción son insuficientes para pedir pasar a
juicio. Es objeto de control mediante audiencia.juicio. Es objeto de control mediante audiencia.
El Juez puede acoger el pedido fiscal y dictar elEl Juez puede acoger el pedido fiscal y dictar el
auto de sobreseimiento, total o parcial, oauto de sobreseimiento, total o parcial, o
discrepar y elevar lo actuado al Fiscal Superior.discrepar y elevar lo actuado al Fiscal Superior.
47. Proceso comúnProceso común
3.3. AcusaciónAcusación, contiene relación del hecho atribuido. Si, contiene relación del hecho atribuido. Si
se trata de varios hechos, separa y detalla cada uno.se trata de varios hechos, separa y detalla cada uno.
Anota los elementos de convicción que la sustentan, laAnota los elementos de convicción que la sustentan, la
participación atribuida al imputado y los medios departicipación atribuida al imputado y los medios de
prueba ofrecidos para actuarse en audiencia.prueba ofrecidos para actuarse en audiencia.
Ha de referirse a los hechos materia de la formalizaciónHa de referirse a los hechos materia de la formalización
de la investigación, aunque la calificación jurídica varíede la investigación, aunque la calificación jurídica varíe
Puede contener alternativas que permitan calificar laPuede contener alternativas que permitan calificar la
conducta en un tipo penal distinto, en caso no seconducta en un tipo penal distinto, en caso no se
demuestren en el debate los elementos que componendemuestren en el debate los elementos que componen
la calificación jurídica principal, posibilitando así lala calificación jurídica principal, posibilitando así la
defensadefensa
Precisa las medidas coercitivas subsistentes, pide suPrecisa las medidas coercitivas subsistentes, pide su
variación o el dictado de otrasvariación o el dictado de otras
48. Proceso comúnProceso común
Notificación de la acusación yNotificación de la acusación y
objecionesobjeciones. Las partes pueden observar sus. Las partes pueden observar sus
defecto formales, deducir medios de defensadefecto formales, deducir medios de defensa
técnica, solicitar la imposición variación detécnica, solicitar la imposición variación de
medidas de coerción, la actuación de pruebamedidas de coerción, la actuación de prueba
anticipada, el sobreseimiento, la aplicación delanticipada, el sobreseimiento, la aplicación del
principio de oportunidad, ofrecer pruebas,principio de oportunidad, ofrecer pruebas,
objetar la reparación, etc.objetar la reparación, etc.
También pueden proponer los hechos queTambién pueden proponer los hechos que
aceptan y se tienen por acreditados, plantearaceptan y se tienen por acreditados, plantear
acuerdos sobre los medios de pruebaacuerdos sobre los medios de prueba
necesarios, de los que el Juez está facultado anecesarios, de los que el Juez está facultado a
desvincularse.desvincularse.
49. Proceso comúnProceso común
4.4. Audiencia preliminar y control de laAudiencia preliminar y control de la
acusaciónacusación, bajo dirección del Juez y con la presencia, bajo dirección del Juez y con la presencia
obligatoria del Fiscal y defensor del acusado. En unobligatoria del Fiscal y defensor del acusado. En un
escenario de alegación oral y debate se decidirá sobreescenario de alegación oral y debate se decidirá sobre
todas las cuestiones planteadas en esta etapatodas las cuestiones planteadas en esta etapa
intermediaintermedia
No se actúan diligencias de investigación o de prueba,No se actúan diligencias de investigación o de prueba,
salvo la anticipada y documental, para decidir lasalvo la anticipada y documental, para decidir la
solicitudessolicitudes
El Juez puede rechazar la acusación que no tengaEl Juez puede rechazar la acusación que no tenga
sustento o base para ir a juicio, con el sobreseimientosustento o base para ir a juicio, con el sobreseimiento
6.6. Auto de enjuiciamientoAuto de enjuiciamiento , que además refiere los, que además refiere los
medios de prueba admitidos y las convencionesmedios de prueba admitidos y las convenciones
probatorias y la orden de remisión de lo actuado al Juezprobatorias y la orden de remisión de lo actuado al Juez
Penal, encargado del juicio, quien expide elPenal, encargado del juicio, quien expide el auto deauto de
citación a juiciocitación a juicio, para la fecha más próxima, con, para la fecha más próxima, con
intervalo no menor de 10 díasintervalo no menor de 10 días
50. Proceso comúnProceso común
III.III. Juicio oralJuicio oral
1.1. Características:Características:
A)A) Fase principalFase principal del proceso común, aplicable a losdel proceso común, aplicable a los
procesos especiales.procesos especiales.
B) A cargo de unB) A cargo de un Juez imparcialJuez imparcial, no contaminado por, no contaminado por
prejuzgamientos. Las partes aportan la prueba, sólo porprejuzgamientos. Las partes aportan la prueba, sólo por
excepción dispone pruebas de oficio. Ordena, conduce yexcepción dispone pruebas de oficio. Ordena, conduce y
modera el debatemodera el debate
C)C) Oralidad y desburocratizaciónOralidad y desburocratización , mediante, mediante
alegaciones, declaraciones de las partes, de testigos,alegaciones, declaraciones de las partes, de testigos,
peritos, sujetos a interrogatorio y contra interrogatorios,peritos, sujetos a interrogatorio y contra interrogatorios,
y presentación e incorporación de prueba material yy presentación e incorporación de prueba material y
documental. Así se sirve a la inmediación. Por esto tododocumental. Así se sirve a la inmediación. Por esto todo
incidente se plantea oralmente y se prohíbe leerincidente se plantea oralmente y se prohíbe leer
escritos. El juez puede dictar el fallo a viva voz.escritos. El juez puede dictar el fallo a viva voz.
51. Proceso comúnProceso común
D.D. Rapidez y flexibilidadRapidez y flexibilidad , mediante la, mediante la
continuidad de sesiones, eliminación de lacontinuidad de sesiones, eliminación de la
lectura de la acusación, empleo de lalectura de la acusación, empleo de la
conformidad, cambio de defensor inasistente,conformidad, cambio de defensor inasistente,
determinación de específicas causas dedeterminación de específicas causas de
suspensión, oralidad de peticiones incidentes, elsuspensión, oralidad de peticiones incidentes, el
registro técnico de audiencias, la limitaciónregistro técnico de audiencias, la limitación
temporal del uso de la palabra por las partes ytemporal del uso de la palabra por las partes y
sus alegatos, orden no rígido de la actuación desus alegatos, orden no rígido de la actuación de
pruebas, eliminación de las preguntas repetidas,pruebas, eliminación de las preguntas repetidas,
uso de la video conferencia, lectura resumida deuso de la video conferencia, lectura resumida de
documentos o informes, dictado del fallo a vivadocumentos o informes, dictado del fallo a viva
vozvoz
52. Proceso comúnProceso común
2.2. Principios del juicioPrincipios del juicio
OralidadOralidad, medio apropiado para que se expresen las, medio apropiado para que se expresen las
partes, los testigos y peritos, esto es, para la práctica departes, los testigos y peritos, esto es, para la práctica de
la prueba, sirve a la concentración, inmediación, alla prueba, sirve a la concentración, inmediación, al
control de la fiabilidad probatoria y a la contradicción.control de la fiabilidad probatoria y a la contradicción.
PublicidadPublicidad, al servicio de la comunidad y, al servicio de la comunidad y
transparencia, en atención al carácter social deltransparencia, en atención al carácter social del
proceso. Admite excepciones en muy señalados casos.proceso. Admite excepciones en muy señalados casos.
InmediaciónInmediación o percepción de la prueba por parte delo percepción de la prueba por parte del
juez, de ahí que sólo se puedan incorporar las pruebasjuez, de ahí que sólo se puedan incorporar las pruebas
percibidas directamente por éste. La sirven los principiospercibidas directamente por éste. La sirven los principios
de identidad del juzgador, concentración y continuidadde identidad del juzgador, concentración y continuidad
53. Proceso comúnProceso común
ContradicciónContradicción o derivación del derecho deo derivación del derecho de
defensa. La parte contra la que se opone undefensa. La parte contra la que se opone un
prueba debe tener la oportunidad de conocerla yprueba debe tener la oportunidad de conocerla y
discutirla.discutirla.
El interrogatorio y contrainterrogatorio deEl interrogatorio y contrainterrogatorio de
testigos y peritos, competen al Fiscal y a lostestigos y peritos, competen al Fiscal y a los
abogados de las partes, en razón del principioabogados de las partes, en razón del principio
de igualdad de armas.de igualdad de armas.
La prueba se discute en los alegatos deLa prueba se discute en los alegatos de
clausuraclausura
54. Proceso comúnProceso común
3.3. Instalación, alegatos iniciales e informaciónInstalación, alegatos iniciales e información
al acusadoal acusado
Al instalar el juicio, el Juez anuncia su finalidadAl instalar el juicio, el Juez anuncia su finalidad
indicando qué es lo que se va a juzgar.indicando qué es lo que se va a juzgar.
La Fiscalía y la defensa del acusado, como también losLa Fiscalía y la defensa del acusado, como también los
defensores de las otras partes, presentan su caso,defensores de las otras partes, presentan su caso,
resumiendo los hechos, sus pretensiones, argumentosresumiendo los hechos, sus pretensiones, argumentos
jurídicos y pruebas que actuaránjurídicos y pruebas que actuarán
El Juez informa al acusado de sus derechos, entre ellos,El Juez informa al acusado de sus derechos, entre ellos,
el de libertad de manifestación o de no declarar.el de libertad de manifestación o de no declarar.
ConformidadConformidad, opera cuando el acusado admite ser, opera cuando el acusado admite ser
autor o partícipe del delito acusado y responsable de laautor o partícipe del delito acusado y responsable de la
reparación. El Juez da por concluido el juicio yreparación. El Juez da por concluido el juicio y
sentencia. Es permitido que el acusado llegue a unsentencia. Es permitido que el acusado llegue a un
acuerdo con el Fiscal sobre la penaacuerdo con el Fiscal sobre la pena
55. Proceso comúnProceso común
4.4. Actividad probatoriaActividad probatoria
AporteAporte
Rige el principio de aportación de parte,Rige el principio de aportación de parte,
excepcionalmente y cuidando de no reemplazar laexcepcionalmente y cuidando de no reemplazar la
actuación propia de las partes, el Juez puede disponeractuación propia de las partes, el Juez puede disponer
la actuación de otros medios probatorios.la actuación de otros medios probatorios.
Admisión de pruebasAdmisión de pruebas , siempre que sean, siempre que sean
conducentes, útiles y pertinentes. No se prueban lasconducentes, útiles y pertinentes. No se prueban las
máximas de la experiencia, leyes naturales, normasmáximas de la experiencia, leyes naturales, normas
jurídicas internas, la cosa juzgada, lo imposible yjurídicas internas, la cosa juzgada, lo imposible y
notorio. No se pueden usar métodos incompatibles connotorio. No se pueden usar métodos incompatibles con
la libertad de autodeterminación o pruebas obtenidasla libertad de autodeterminación o pruebas obtenidas
con violación de derechos fundamentales. Puedecon violación de derechos fundamentales. Puede
limitarse la pruebas sobreabundanteslimitarse la pruebas sobreabundantes
56. Proceso comúnProceso común
Convenciones probatoriasConvenciones probatorias : Las partes pueden: Las partes pueden
acordar que determinada circunstancia no necesita seracordar que determinada circunstancia no necesita ser
probada, proponer hechos que aceptan y los mediosprobada, proponer hechos que aceptan y los medios
necesarios para probar determinados hechos. El Jueznecesarios para probar determinados hechos. El Juez
puede desvincularse de estos acuerdos.puede desvincularse de estos acuerdos.
Reglas de la actuación probatoriaReglas de la actuación probatoria
OrdenOrden: examen del acusado, practica de los medios: examen del acusado, practica de los medios
probatorios admitidos, oralización de mediosprobatorios admitidos, oralización de medios
Interrogatorio directo y contrainterrogatorioInterrogatorio directo y contrainterrogatorio
El Juez conduce la actividad probatoriasEl Juez conduce la actividad probatorias
No se admiten preguntas impertinentes, inútiles,No se admiten preguntas impertinentes, inútiles,
capciosas, repetidas y que tengan respuestas sugeridas.capciosas, repetidas y que tengan respuestas sugeridas.
El Juez modera esta actividad, las partes pueden objetarEl Juez modera esta actividad, las partes pueden objetar
las preguntas que se formulen y pedir la reposición de lolas preguntas que se formulen y pedir la reposición de lo
decidido por el Juez al respectodecidido por el Juez al respecto
57. Proceso comúnProceso común
TestigosTestigos. Toda persona es hábil para testimoniar. Se admiten. Toda persona es hábil para testimoniar. Se admiten
indagaciones y pericias para verificar la idoneidad física y psíquicaindagaciones y pericias para verificar la idoneidad física y psíquica
del testigo.del testigo.
No están obligados a declarar sobre hechos que los comprometaNo están obligados a declarar sobre hechos que los comprometa
penalmentepenalmente
Declaran con relación al objeto de pruebaDeclaran con relación al objeto de prueba
Si son de referencia deben precisar cómo obtuvo la información, ySi son de referencia deben precisar cómo obtuvo la información, y
se insistirá para lograr el dicho de los referentes. Si se niegan ase insistirá para lograr el dicho de los referentes. Si se niegan a
indicar al referente su testimonio no puede ser utilizadoindicar al referente su testimonio no puede ser utilizado
No se les admite apreciaciones personales, salvo que seanNo se les admite apreciaciones personales, salvo que sean
técnicostécnicos
Pueden declarar desde el extranjero, a través de apropiadosPueden declarar desde el extranjero, a través de apropiados
mecanismosmecanismos
Los menores de 16 declaran en condiciones especialesLos menores de 16 declaran en condiciones especiales
Si no se acuerdan de un hecho puede leerse parte de suSi no se acuerdan de un hecho puede leerse parte de su
declaración anterior, otro tanto ocurre si hay discrepancia entre lodeclaración anterior, otro tanto ocurre si hay discrepancia entre lo
declarado en juicio y lo vertido antesdeclarado en juicio y lo vertido antes
Procede el careo entre agraviados y testigos, más no entre elProcede el careo entre agraviados y testigos, más no entre el
acusado y la víctima menor de 14, salvo que lo pida la defensa deacusado y la víctima menor de 14, salvo que lo pida la defensa de
ésta.ésta.
58. Proceso comúnProceso común
PeritosPeritos
Exponen el contenido y conclusiones de su dictamen, el que seExponen el contenido y conclusiones de su dictamen, el que se
puede leer; ratifican la suscripción del mismo y explican laspuede leer; ratifican la suscripción del mismo y explican las
operaciones realizadas.operaciones realizadas.
Las partes pueden confrontarlos con sus propios dichos u otrasLas partes pueden confrontarlos con sus propios dichos u otras
versiones presentadas en juicioversiones presentadas en juicio
Es factible el debate pericial, previa lectura de los dictámenes oEs factible el debate pericial, previa lectura de los dictámenes o
informes concernidosinformes concernidos
Exhibición de instrumentos o efectos del delito y objetos o vestigiosExhibición de instrumentos o efectos del delito y objetos o vestigios
incautados o recogidosincautados o recogidos
La prueba material puede ser presentada a los acusados, testigos yLa prueba material puede ser presentada a los acusados, testigos y
peritos durante sus declaraciones para que la reconozcan operitos durante sus declaraciones para que la reconozcan o
informeninformen
El reconocimiento durante la investigación preparatoria, conEl reconocimiento durante la investigación preparatoria, con
presencia del Juez, se considera prueba anticipadapresencia del Juez, se considera prueba anticipada
59. Proceso comúnProceso común
Reconocimiento de voces, sonidos y cualquierReconocimiento de voces, sonidos y cualquier
objeto de percepción sensorialobjeto de percepción sensorial
Inspección o reconstrucciónInspección o reconstrucción si no se hizo en lasi no se hizo en la
investigación o la hecha es insuficienteinvestigación o la hecha es insuficiente
Actas que contienen diligencias objetivas eActas que contienen diligencias objetivas e
irreproduciblesirreproducibles y determinados documentos sey determinados documentos se
incorporan a juicio mediante lectura. Losincorporan a juicio mediante lectura. Los
registros de imágenes, sonidos o en soporteregistros de imágenes, sonidos o en soporte
informático pueden reproducirse en audiencia.informático pueden reproducirse en audiencia.
60. Proceso comúnProceso común
Reglas de valoración de la pruebaReglas de valoración de la prueba
No puede valorarse pruebas diferentes a lasNo puede valorarse pruebas diferentes a las
legítimamente incorporadas en juicio.legítimamente incorporadas en juicio.
El Juez se atiene a las reglas de la lógica, ciencia yEl Juez se atiene a las reglas de la lógica, ciencia y
experiencia. Examina primero las pruebasexperiencia. Examina primero las pruebas
individualmente y luego conjuntamenteindividualmente y luego conjuntamente
Los dichos de testigos de referencia y colaboradoresLos dichos de testigos de referencia y colaboradores
exigen corroboraciónexigen corroboración
Es de aplicación la prueba por indiciosEs de aplicación la prueba por indicios
5.5. Alegatos finalesAlegatos finales del Fiscal, de los abogados deldel Fiscal, de los abogados del
actor civil y del tercero responsable, del abogado delactor civil y del tercero responsable, del abogado del
acusado y autodefensa de éste. No está permitido leeracusado y autodefensa de éste. No está permitido leer
el alegato aunque si servirse de notas y medios gráficosel alegato aunque si servirse de notas y medios gráficos
y audio visuales. Puede concedérsele la palabra aly audio visuales. Puede concedérsele la palabra al
agraviado presenteagraviado presente
61. Proceso comúnProceso común
6.6. Deliberación y sentenciaDeliberación y sentencia
Cerrado el debate, de inmediato, los juecesCerrado el debate, de inmediato, los jueces
pasan a deliberar en secreto. Deciden porpasan a deliberar en secreto. Deciden por
mayoría. Cuando hay discrepancia sobre elmayoría. Cuando hay discrepancia sobre el
monto de la pena o la reparación se aplica elmonto de la pena o la reparación se aplica el
término mediotérmino medio
Se ocupan de las cuestiones incidentalesSe ocupan de las cuestiones incidentales
diferidas; de la existencia del hecho y susdiferidas; de la existencia del hecho y sus
circunstancias, la responsabilidad del acusado ycircunstancias, la responsabilidad del acusado y
el grado de participación en el hecho, lael grado de participación en el hecho, la
calificación legal de éste, individualización de lacalificación legal de éste, individualización de la
pena, reparación, consecuencias accesorias ypena, reparación, consecuencias accesorias y
costascostas
62. Proceso comúnProceso común
Redacción de la sentenciaRedacción de la sentencia::
a) Motivación de cada hecho y circunstancias que se dan pora) Motivación de cada hecho y circunstancias que se dan por
probadas o no. Valoración de la prueba y del raciocinio que laprobadas o no. Valoración de la prueba y del raciocinio que la
justifica.justifica.
b) Fundamentos de derecho (legales, jurisprudenciales, doctrinales)b) Fundamentos de derecho (legales, jurisprudenciales, doctrinales)
que solventan el falloque solventan el fallo
Pronunciamiento en la misma sesión en que se pasó a deliberar dePronunciamiento en la misma sesión en que se pasó a deliberar de
la parte dispositiva de la sentencia y síntesis de sus fundamentosla parte dispositiva de la sentencia y síntesis de sus fundamentos..
Redacción ulterior de la sentencia integral y lectura ( 8 días)Redacción ulterior de la sentencia integral y lectura ( 8 días)
Introducción, por el Juez, de la tesis desvinculanteIntroducción, por el Juez, de la tesis desvinculante cuando loscuando los
hechos no se corresponden con la calificación dada por lahechos no se corresponden con la calificación dada por la
acusación, advirtiendo a las partes para que ejerzan su defensaacusación, advirtiendo a las partes para que ejerzan su defensa
El Juez no puede aplicar pena más grave que la solicitada en laEl Juez no puede aplicar pena más grave que la solicitada en la
acusaciónacusación, salvo que se haya pedido pena por debajo del mínimo, salvo que se haya pedido pena por debajo del mínimo
legal sin justificar la atenuación.legal sin justificar la atenuación.
LaLa condena se cumple aunque se recurracondena se cumple aunque se recurra. Si el condenado está en. Si el condenado está en
libertad el Juez puede optar por la inmediata ejecución o imponerlibertad el Juez puede optar por la inmediata ejecución o imponer
restricciones en tanto se resuelve el recursorestricciones en tanto se resuelve el recurso