1. AUDIENCIA DE JUICIO ORALAUDIENCIA DE JUICIO ORAL
(Clase 10)(Clase 10)
Giammpol Taboada PilcoGiammpol Taboada Pilco
2. PRINCIPIOSPRINCIPIOS
ORALIDADORALIDAD
La audiencia se realiza oralmente, se graba en audio yLa audiencia se realiza oralmente, se graba en audio y
video, se registra en acta (firma juez y asistente).video, se registra en acta (firma juez y asistente).
Prohibido dar lectura a escritos.Prohibido dar lectura a escritos.
PUBLICIDADPUBLICIDAD
• REGLA:REGLA: Funcionarios públicos, delitos de prensa yFuncionarios públicos, delitos de prensa y
derechos fundamentales.derechos fundamentales.
• EXCEPCIÓN:EXCEPCIÓN: Audiencia privada total o parcial cuandoAudiencia privada total o parcial cuando
afecte pudor, vida privada, integridad física deafecte pudor, vida privada, integridad física de
participantes, orden público, seguridad nacional, secretoparticipantes, orden público, seguridad nacional, secreto
personal, comercial o industrial, manifestaciones delpersonal, comercial o industrial, manifestaciones del
público, menores de edad.público, menores de edad.
INMEDIACIÓNINMEDIACIÓN
Presencia obligatoria en juicio del Juez, Fiscal, Acusado yPresencia obligatoria en juicio del Juez, Fiscal, Acusado y
Defensor.Defensor.
3. PRINCIPIOSPRINCIPIOS
CONTRADICCIÓNCONTRADICCIÓN
Los jueces preservaran el principio de igualdad procesal,Los jueces preservaran el principio de igualdad procesal,
teniendo las partes (fiscal y defensa) iguales posibilidadesteniendo las partes (fiscal y defensa) iguales posibilidades
de ejercer sus facultades y derechos en juicio.de ejercer sus facultades y derechos en juicio.
UNIDADUNIDAD
• CONTINUIDAD:CONTINUIDAD: Iniciada la audiencia seguirá en sesionesIniciada la audiencia seguirá en sesiones
continuas e ininterrumpidas hasta su conclusión.continuas e ininterrumpidas hasta su conclusión.
• SUSPENSIÓN:SUSPENSIÓN: Hasta 8 días hábiles por enfermedad, casoHasta 8 días hábiles por enfermedad, caso
fortuito o fuerza mayor, cuando Código lo permita. Durantefortuito o fuerza mayor, cuando Código lo permita. Durante
la suspensión no pueden realizarse otro juicios.la suspensión no pueden realizarse otro juicios.
Interrupción: Más de 8 días hábiles, deja sin efecto el juicioInterrupción: Más de 8 días hábiles, deja sin efecto el juicio
• RECESO:RECESO: Practica judicial no regulada normativamente,Practica judicial no regulada normativamente,
que sirve para diferir la audiencia por un plazo brevísimo aque sirve para diferir la audiencia por un plazo brevísimo a
efectos de mejor resolver. Ejm. la revisión por juez deefectos de mejor resolver. Ejm. la revisión por juez de
carpeta fiscal en audiencia de prisión preventiva.carpeta fiscal en audiencia de prisión preventiva.
4. PRINCIPIOSPRINCIPIOS
DIRECCIÓNDIRECCIÓN
- Juez dirigirá el juicio y ordenará los actos necesarios paraJuez dirigirá el juicio y ordenará los actos necesarios para
su desarrollo, garantizando el ejercicio pleno de lasu desarrollo, garantizando el ejercicio pleno de la
acusación y de la defensa.acusación y de la defensa.
- Resolver toda cuestión reglada o no reglada que surja en elResolver toda cuestión reglada o no reglada que surja en el
juiciojuicio
- Limitar el uso de palabra a las partes y sus abogados, asíLimitar el uso de palabra a las partes y sus abogados, así
como, interrumpir a quien abusa de su facultadcomo, interrumpir a quien abusa de su facultad
- Expulsar de la sala y/o detener por 24 horas a aquel queExpulsar de la sala y/o detener por 24 horas a aquel que
amenace, agreda al juez o las partes, o perturbe o impidaamenace, agreda al juez o las partes, o perturbe o impida
el desarrollo del juicio, incluso al abogado defensor o alel desarrollo del juicio, incluso al abogado defensor o al
acusado, previo apercibimiento.acusado, previo apercibimiento.
- Ordenar la detención de la persona que cometa un delitoOrdenar la detención de la persona que cometa un delito
perseguible de oficio durante el juicio.perseguible de oficio durante el juicio.
5. INSTALACIÓNINSTALACIÓN
El juzgamiento tendrá lugar en la Sala deEl juzgamiento tendrá lugar en la Sala de
Audiencias que designe el Juzgado Penal, porAudiencias que designe el Juzgado Penal, por
excepción (enfermedad), puede realizarse en elexcepción (enfermedad), puede realizarse en el
lugar donde se encuentre el acusado.lugar donde se encuentre el acusado.
Juez tendrá a su frente al acusado, a su derechaJuez tendrá a su frente al acusado, a su derecha
al Fiscal y al abogado de la parte civil; y a sual Fiscal y al abogado de la parte civil; y a su
izquierda al abogado defensor del acusado.izquierda al abogado defensor del acusado.
Juez sólo podrá instalar la audiencia con laJuez sólo podrá instalar la audiencia con la
presencia obligatoria de Fiscal, acusado ypresencia obligatoria de Fiscal, acusado y
defensor, la inasistencia de cualquiera de ellosdefensor, la inasistencia de cualquiera de ellos
causa su frustración, debiendo señalarse nuevacausa su frustración, debiendo señalarse nueva
fecha de audiencia.fecha de audiencia.
La inconcurrencia las demás partes y órganos deLa inconcurrencia las demás partes y órganos de
prueba no impide la instalación de la audiencia.prueba no impide la instalación de la audiencia.
6. INSTALACIÓNINSTALACIÓN
La inasistencia del acusado determina que el Juez lo declareLa inasistencia del acusado determina que el Juez lo declare
contumaz y ordene su captura, reservándose la nuevacontumaz y ordene su captura, reservándose la nueva
fecha de audiencia hasta su captura efectiva.fecha de audiencia hasta su captura efectiva.
Instalada la audiencia, el Juez enunciará:Instalada la audiencia, el Juez enunciará:
- Fecha y horaFecha y hora
- Nombre y cargo del JuezNombre y cargo del Juez
- Finalidad especifica del juicioFinalidad especifica del juicio
- Número del procesoNúmero del proceso
- Nombre del acusadoNombre del acusado
- Situación jurídica del acusadoSituación jurídica del acusado
- Delito objeto de acusaciónDelito objeto de acusación
- Nombre del agraviadoNombre del agraviado
Juez hace conocer a las partes que el desarrollo de laJuez hace conocer a las partes que el desarrollo de la
audiencia será registrada íntegramente en sistema deaudiencia será registrada íntegramente en sistema de
audio.audio.
7. IDENTIFICACIONIDENTIFICACION
Juez solicita a los intervinientes en la audiencia que seJuez solicita a los intervinientes en la audiencia que se
identifiquen en el siguiente orden:identifiquen en el siguiente orden:
FISCAL:FISCAL: nombre, cargo y domicilio procesal.nombre, cargo y domicilio procesal.
ACTOR CIVIL y TERCERO CIVIL:ACTOR CIVIL y TERCERO CIVIL: nombre, numero denombre, numero de
DNI, domicilio real, deberá ser entregado al Juez paraDNI, domicilio real, deberá ser entregado al Juez para
verificar su identidad.verificar su identidad.
ACUSADO:ACUSADO: nombre, DNI, fecha y lugar de nacimiento,nombre, DNI, fecha y lugar de nacimiento,
edad, nombre de sus padres, estado civil y domicilio real.edad, nombre de sus padres, estado civil y domicilio real.
Adicionalmente, el Juez deberá describir sus característicasAdicionalmente, el Juez deberá describir sus características
físicas, talla y contextura (individualización), para evitarfísicas, talla y contextura (individualización), para evitar
casos de homonimias en caso se expida más adelantecasos de homonimias en caso se expida más adelante
órdenes de captura (Art. 3º Ley Nº 27411).órdenes de captura (Art. 3º Ley Nº 27411).
ABOGADOS:ABOGADOS: nombre, numero de colegiatura, domicilionombre, numero de colegiatura, domicilio
procesal. Los abogados se identifican inmediatamenteprocesal. Los abogados se identifican inmediatamente
después que lo hace su patrocinado.después que lo hace su patrocinado.
8. CONCILIACION (Querellas)CONCILIACION (Querellas)
Juez insta a las partes (querellante y querellado) a arribar aJuez insta a las partes (querellante y querellado) a arribar a
un acuerdo conciliatorio sobre los hechos objeto deun acuerdo conciliatorio sobre los hechos objeto de
querella. Se realiza en sesión privada, debiendo el públicoquerella. Se realiza en sesión privada, debiendo el público
desalojar la sala (cierran puertas), de ser el caso, se harádesalojar la sala (cierran puertas), de ser el caso, se hará
un breve “receso” a efectos que las partes discutan losun breve “receso” a efectos que las partes discutan los
términos del acuerdo.términos del acuerdo.
ACUERDOACUERDO:: Juez expide auto de aprobación de laJuez expide auto de aprobación de la
conciliación conforme a los términos acordados por lasconciliación conforme a los términos acordados por las
partes, constituye una forma de conclusión del proceso conpartes, constituye una forma de conclusión del proceso con
declaración sobre el fondo. Tiene los efectos de unadeclaración sobre el fondo. Tiene los efectos de una
sentencia con la calidad de cosa juzgada.sentencia con la calidad de cosa juzgada.
NO ACUERDONO ACUERDO:: Se deja constancia de las razonesSe deja constancia de las razones
expuestas por las partes y continúa el juicio en actoexpuestas por las partes y continúa el juicio en acto
público.público.
9. ALEGATOS PRELIMINARESALEGATOS PRELIMINARES
El Fiscal empieza el alegato preliminar (de apertura),El Fiscal empieza el alegato preliminar (de apertura),
posteriormente en su orden, los abogados del actor civil yposteriormente en su orden, los abogados del actor civil y
del tercero civil, finalmente el defensor del acusado.del tercero civil, finalmente el defensor del acusado.
Sería recomendable que el defensor del acusado, efectúeSería recomendable que el defensor del acusado, efectúe
su alegato después que éste se haya pronunciado sobre susu alegato después que éste se haya pronunciado sobre su
responsabilidad en los hechos imputados ante la preguntaresponsabilidad en los hechos imputados ante la pregunta
del Juez.del Juez.
Los alegatos de apertura contienen la exposición de laLos alegatos de apertura contienen la exposición de la
Teoría del Caso y es la primera información que el juezTeoría del Caso y es la primera información que el juez
recibe de las partes sobre el hecho a juzgarse.recibe de las partes sobre el hecho a juzgarse.
La teoría del caso es la estrategia, plan o visión que tieneLa teoría del caso es la estrategia, plan o visión que tiene
cada parte sobre los hechos que va a probar. Es unacada parte sobre los hechos que va a probar. Es una
“promesa” de lo que se presentará en juicio. Se elabora“promesa” de lo que se presentará en juicio. Se elabora
como un relato, destacando hechos relevantes y el derechocomo un relato, destacando hechos relevantes y el derecho
aplicable, señalando las pruebas que la demuestran.aplicable, señalando las pruebas que la demuestran.
10. DERECHOS DEL ACUSADODERECHOS DEL ACUSADO
El Juez luego de culminados los alegatos preliminares,El Juez luego de culminados los alegatos preliminares,
informará al acusado los siguientes derechos:informará al acusado los siguientes derechos:
Conocer los cargos formulados en su contra.Conocer los cargos formulados en su contra.
Ser asistido por un abogado de su elección y comunicarseSer asistido por un abogado de su elección y comunicarse
permanentemente con él.permanentemente con él.
Abstenerse de declarar (guardar silencio).Abstenerse de declarar (guardar silencio).
Si decide declarar, será examinado por las partesSi decide declarar, será examinado por las partes
procesales, no pudiendo en este caso consultar con suprocesales, no pudiendo en este caso consultar con su
abogado antes de responder a las preguntas.abogado antes de responder a las preguntas.
Ser oído en cualquier estado del juicio, para aclarar,Ser oído en cualquier estado del juicio, para aclarar,
ampliar o complementar su declaración inicial o hacerlo siampliar o complementar su declaración inicial o hacerlo si
antes se hubiere abstenido.antes se hubiere abstenido.
Finalmente el Juez pregunta al acusado si ha entendido losFinalmente el Juez pregunta al acusado si ha entendido los
derechos enunciados.derechos enunciados.
11. POSICION DEL ACUSADOPOSICION DEL ACUSADO
El acusado luego de escuchar los alegatos preliminares,El acusado luego de escuchar los alegatos preliminares,
previa consulta con su abogado tiene las siguientesprevia consulta con su abogado tiene las siguientes
alternativas.alternativas.
ACEPTACION TOTAL:ACEPTACION TOTAL: Acusado admite su responsabilidadAcusado admite su responsabilidad
como autor o partícipe del delito y la reparación civil,como autor o partícipe del delito y la reparación civil,
pudiendo conferenciar previamente con el Fiscal para llegarpudiendo conferenciar previamente con el Fiscal para llegar
a un acuerdo sobre la pena, en este caso, el Juez puedea un acuerdo sobre la pena, en este caso, el Juez puede
suspender la audiencia. El acuerdo no es vinculante. El Juezsuspender la audiencia. El acuerdo no es vinculante. El Juez
da por concluido el juicio y expide sentencia “deda por concluido el juicio y expide sentencia “de
conformidad” en la misma sesión o dentro de un plazo deconformidad” en la misma sesión o dentro de un plazo de
48 horas.48 horas.
ACEPTACION PARCIAL:ACEPTACION PARCIAL: Acusado acepta los hechosAcusado acepta los hechos
objeto de acusación, pero cuestiona la pena y la reparaciónobjeto de acusación, pero cuestiona la pena y la reparación
civil, el Juez delimita el debate a estos puntos.civil, el Juez delimita el debate a estos puntos.
RECHAZO:RECHAZO: Juez continuara con el juicio y el abogadoJuez continuara con el juicio y el abogado
defensor procederá con el alegato de apertura.defensor procederá con el alegato de apertura.
12. CONFESIONCONFESION
La confesión para ser tal, debe consistir en laLa confesión para ser tal, debe consistir en la
admisión de los cargos o imputación formuladaadmisión de los cargos o imputación formulada
en su contra por el imputado.en su contra por el imputado.
Solo tendrá valor probatorio cuando esteSolo tendrá valor probatorio cuando este
debidamente corroborada con otro u otrosdebidamente corroborada con otro u otros
elementos de convicción; sea prestada librementeelementos de convicción; sea prestada libremente
y en estado normal de las facultades psíquicas yy en estado normal de las facultades psíquicas y
ante el juez o el Fiscal en presencia de suante el juez o el Fiscal en presencia de su
abogado.abogado.
Cuando la confesión es sincera y espontánea seCuando la confesión es sincera y espontánea se
podrá disminuir la pena hasta en una tercerapodrá disminuir la pena hasta en una tercera
parte por debajo del mínimo legal.parte por debajo del mínimo legal.
13. DEBATE PROBATORIODEBATE PROBATORIO
ADMISIÓN DE PRUEBASADMISIÓN DE PRUEBAS
-- PROCESO DE QUERELLA:PROCESO DE QUERELLA: Se admiten las pruebasSe admiten las pruebas
ofrecidas en la querella y en su absolución, así como nuevaofrecidas en la querella y en su absolución, así como nueva
prueba.prueba.
-- PROCESO COMUN:PROCESO COMUN: Se admite nuevos medios probatorios,Se admite nuevos medios probatorios,
entendiéndose aquellos que las partes han tenidoentendiéndose aquellos que las partes han tenido
conocimiento con posterioridad a la audiencia de control deconocimiento con posterioridad a la audiencia de control de
la acusación.la acusación.
- EXCEPCION:EXCEPCION: Las partes pueden reiterar el ofrecimiento deLas partes pueden reiterar el ofrecimiento de
un medio de prueba inadmitido en la audiencia de controlun medio de prueba inadmitido en la audiencia de control
de la acusación.de la acusación.
-- Toda prueba ofrecida por una parte en juicio, debe serToda prueba ofrecida por una parte en juicio, debe ser
absuelta por la contraparte, antes decidir su admisión oabsuelta por la contraparte, antes decidir su admisión o
rechazo. La resolución es inimpugnable.rechazo. La resolución es inimpugnable.
-- Juez escuchando a las partes (según su teoría del caso),Juez escuchando a las partes (según su teoría del caso),
decide el orden de las declaraciones y de los medios dedecide el orden de las declaraciones y de los medios de
prueba admitidos.prueba admitidos.
14. DEBATE PROBATORIODEBATE PROBATORIO
EXAMEN DEL ACUSADOEXAMEN DEL ACUSADO
-- Si el acusado se rehúsa a declarar, el JuezSi el acusado se rehúsa a declarar, el Juez
le advertirá que el juicio continuará y sele advertirá que el juicio continuará y se
leerán sus anteriores declaracionesleerán sus anteriores declaraciones
prestadas ante el Fiscal.prestadas ante el Fiscal.
-- Primero el Fiscal y al último el abogadoPrimero el Fiscal y al último el abogado
defensor del acusado.defensor del acusado.
-- No efectuar preguntas repetidas (salvoNo efectuar preguntas repetidas (salvo
aclaración), capciosas, impertinentes, niaclaración), capciosas, impertinentes, ni
sugeridas.sugeridas.
15. DEBATE PROBATORIODEBATE PROBATORIO
EXAMEN DE TESTIGOS/PERITOS:EXAMEN DE TESTIGOS/PERITOS:
Juez procede a la identificación del testigo y/o perito:Juez procede a la identificación del testigo y/o perito:
nombres, DNI, estado civil, ocupación/profesión, domicilionombres, DNI, estado civil, ocupación/profesión, domicilio
real.real.
Pregunta sobre algún vínculo familiar, amical u otro con elPregunta sobre algún vínculo familiar, amical u otro con el
acusado (puede abstenerse si es familiar, abogado oacusado (puede abstenerse si es familiar, abogado o
sacerdote y advertirle la no obligación de declarar sobre losacerdote y advertirle la no obligación de declarar sobre lo
que le perjudique personalmente).que le perjudique personalmente).
Informar la responsabilidad de faltar a la verdad en laInformar la responsabilidad de faltar a la verdad en la
declaración (delito de falsedad en Juicio tipificado en el art.declaración (delito de falsedad en Juicio tipificado en el art.
409° CP).409° CP).
Prestar Juramento o Promesa de Honor de decir la verdadPrestar Juramento o Promesa de Honor de decir la verdad
(de pié).(de pié).
Empieza a examinar la parte que lo ofreció.Empieza a examinar la parte que lo ofreció.
16. DEBATE PROBATORIODEBATE PROBATORIO
EXHIBICIÓN PRUEBA MATERIALEXHIBICIÓN PRUEBA MATERIAL
Cuerpo del delito, objetos o vestigios, seránCuerpo del delito, objetos o vestigios, serán
exhibidos, examinados y reconocidos por lasexhibidos, examinados y reconocidos por las
partes, informando sobre ellos.partes, informando sobre ellos.
La parte que pide la oralización de la pruebaLa parte que pide la oralización de la prueba
material, indicará el folio y destacará elmaterial, indicará el folio y destacará el
significado probatorio de su solicitud.significado probatorio de su solicitud.
Tras la lectura o reproducción, el Juez concede laTras la lectura o reproducción, el Juez concede la
palabra a las partes para aclarar, refutar o sepalabra a las partes para aclarar, refutar o se
pronuncien sobre contenido.pronuncien sobre contenido.
17. DEBATE PROBATORIODEBATE PROBATORIO
LECTURA PRUEBA DOCUMENTALLECTURA PRUEBA DOCUMENTAL
Incorporados y oralizados:Incorporados y oralizados: Actas de prueba anticipada,Actas de prueba anticipada,
denuncia, prueba documental o informe, certificados odenuncia, prueba documental o informe, certificados o
constataciones, informes o dictámenes periciales actuadasconstataciones, informes o dictámenes periciales actuadas
con concurrencia o emplazamiento de partes (sólo sicon concurrencia o emplazamiento de partes (sólo si
perito/testigo no pudo concurrir a juicio, muerte,perito/testigo no pudo concurrir a juicio, muerte,
enfermedad, ausencia no imputable a las partes)enfermedad, ausencia no imputable a las partes)
dictámenes por exhorto.dictámenes por exhorto.
Actas de testimoniales por exhorto o prestadas ante fiscalActas de testimoniales por exhorto o prestadas ante fiscal
por las mismas razones.por las mismas razones.
Actas PNP, Fiscal o Juez de Investigación Preparatoria enActas PNP, Fiscal o Juez de Investigación Preparatoria en
diligencias objetivas, irreproducibles (detención,diligencias objetivas, irreproducibles (detención,
reconocimiento, registro, inspección, revisión, pesaje,reconocimiento, registro, inspección, revisión, pesaje,
incautación, allanamiento, etc.).incautación, allanamiento, etc.).
18. ALEGATOS FINALESALEGATOS FINALES
DEFENSA TECNICADEFENSA TECNICA
• Ejercicio argumentativo donde abogado (o fiscal) sugiereEjercicio argumentativo donde abogado (o fiscal) sugiere
como deben interpretarse las pruebas actuadas en juicio,como deben interpretarse las pruebas actuadas en juicio,
acorde a su teoría del caso.acorde a su teoría del caso.
• Responde a la pregunta ¿Por qué debe prevalecer mi caso?Responde a la pregunta ¿Por qué debe prevalecer mi caso?
• Debe ser claro y directo, coherente, lógico, captar atenciónDebe ser claro y directo, coherente, lógico, captar atención
de juez y Oral.de juez y Oral.
• Es el momento de resaltar los argumentos de nuestro casoEs el momento de resaltar los argumentos de nuestro caso
y la forma como se ha probado ello en juicio.y la forma como se ha probado ello en juicio.
• Concluye solicitando absolución o condena.Concluye solicitando absolución o condena.
DEFENSA MATERIALDEFENSA MATERIAL
Autodefensa del acusado (última palabra).Autodefensa del acusado (última palabra).
19. SENTENCIASENTENCIA
El Juez y/o Jueces declaran “CERRADO ELEl Juez y/o Jueces declaran “CERRADO EL
DEBATE”DEBATE”
Se señala día y hora para la audiencia deSe señala día y hora para la audiencia de
expedición y lectura de sentencia dentro del plazoexpedición y lectura de sentencia dentro del plazo
de 48 horasde 48 horas
Las decisiones se adoptan por mayoríaLas decisiones se adoptan por mayoría
Si el voto de los jueces no guardan relación conSi el voto de los jueces no guardan relación con
los montos de la pena y la reparación civil, selos montos de la pena y la reparación civil, se
aplicará el término medio.aplicará el término medio.
Para imponer la pena de cadena perpetua sePara imponer la pena de cadena perpetua se
requiere decisión unánimerequiere decisión unánime
La sentencia concluye el juicio oral.La sentencia concluye el juicio oral.
20. SentenciaSentencia
La sentencia penal puede ser absolutoria oLa sentencia penal puede ser absolutoria o
condenatoria y debe contener:condenatoria y debe contener:
La mención del Juzgado Penal, el lugar y fecha enLa mención del Juzgado Penal, el lugar y fecha en
la que se ha dictado, el nombre los jueces y lasla que se ha dictado, el nombre los jueces y las
partes, y los datos personales del acusadopartes, y los datos personales del acusado
La enunciación de los hechos y circunstanciasLa enunciación de los hechos y circunstancias
objeto de la acusación, las pretensiones penales yobjeto de la acusación, las pretensiones penales y
civiles introducidas en el juicio y la pretensión deciviles introducidas en el juicio y la pretensión de
la defensa del acusado.la defensa del acusado.
La motivación clara, lógica y completa de cadaLa motivación clara, lógica y completa de cada
uno de los hechos y circunstancias que se danuno de los hechos y circunstancias que se dan
por probadas o improbadas, y la valoración de lapor probadas o improbadas, y la valoración de la
prueba que la sustenta, con indicación delprueba que la sustenta, con indicación del
razonamiento que la justifique.razonamiento que la justifique.
21. SentenciaSentencia
Los fundamentos de derecho, con precisión de lasLos fundamentos de derecho, con precisión de las
razones legales, jurisprudenciales o doctrinalesrazones legales, jurisprudenciales o doctrinales
que sirvan para calificar jurídicamente los hechosque sirvan para calificar jurídicamente los hechos
y sus circunstancias, y para fundar el fallo.y sus circunstancias, y para fundar el fallo.
La parte resolutiva, con mención expresa y claraLa parte resolutiva, con mención expresa y clara
de la condena o absolución de cada uno de losde la condena o absolución de cada uno de los
acusados por cada uno de los delitos que laacusados por cada uno de los delitos que la
acusación les haya atribuido.acusación les haya atribuido.
La firma del juez o jueces.La firma del juez o jueces.
Base legal: Art. 394º del CPP.Base legal: Art. 394º del CPP.
23. EVALUACION – T5EVALUACION – T5
Simulación:Simulación: Los alumnos en formaLos alumnos en forma
grupal (5) simularán una audiencia degrupal (5) simularán una audiencia de
juicio oral con el Nuevo Código Procesaljuicio oral con el Nuevo Código Procesal
Penal, asumiendo los roles de juez, fiscal,Penal, asumiendo los roles de juez, fiscal,
abogado defensor y testigos, conforme aabogado defensor y testigos, conforme a
un caso real extraído de los archivosun caso real extraído de los archivos
judiciales.judiciales.