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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO
           PENAL 1
ESCUELA:      Escuela de Ciencias Jurídicas
BIMESTRE:     Segundo Bimestre
NOMBRES:     Dra. Silvana Erazo Bustamante, Ph D.

            Octubre 2011- Febrero 2012
CAPÍTULO V
La prueba y su valoración
 ECHANDÍA: “la noción de la prueba está presente en
  todas las manifestaciones de la vida humana, siendo en
  las ciencias y actividades reconstructivas donde….
  Adquiere un sentido preciso y especial, que en sustancia
  es el mismo que tiene en derecho”


 CARRARA: “Prueba es todo lo que sirva para dar certeza
  acerca de la verdad de una proposición”




  Vaca Andrade Ricardo. Manual de Derecho Procesal Penal. Corporación de Estudios y
  Publicaciones. p. 807
Principios Fundamentales

    Principio de         Principio de           Principio de
     necesidad           inmediación             legalidad
• Establecer la      • Los jueces que       • La prueba debe
  existencia de la     dicten la              ser introducida
  infracción           sentencia, deben       respetando las
• La                   evaluar personal       normas
  responsabilidad      y directamente la      constitucionales y
  del procesado        prueba que             legales, para que
                       presente el fiscal     tengan plena
                       o la defensa.          validez dentro
                                              del proceso
                                              penal.
Principios Fundamentales


 Producidas en juicio, ante    Investigaciones y pericias se
                                                                      Derecho a no
 TGP, excepto testimonios       valoran como prueba en el
                                                                    autoincriminarse
      urgentes, JGP                        juicio




      Muestra de fluidos
                                                                 Establece existencia de
 corporales, consentimiento      Sólo tiene valor, prueba
                                                               infracción y responsabilidad
expreso. Art. 66 CE, derecho   obtenidas sin violar derechos
                                                                       del imputado
   a la integridad personal
Reglas valorativas          de    las   presunciones
  Para que de los indicios se pueda presumir el nexo causal
  entre infracción y responsables:




                                            Indicios que sirven
    Infracción          La presunción
                                             de premisa sean:
• Comprobada         • Fundada en          • Varios y
• Conforme a           hechos reales         concordantes
  derecho            • Hechos probados     • Unívocos y
                                             directos
LA    PRUEBA      MATERIAL:       El    juez   aprecia
directamente a través de sus sentidos

 - resultados de la infracción
 - vestigios
 - huellas
 - instrumentos utilizados
 - reconocimiento del lugar (Fiscal o P.J.)
 - reconoc. otras secciones territoriales.
 - incautación de objetos relacionados con la
  infracción u orden de allanamiento
 todo debe se recogido y conservado para ser
  presentado en juicio (cadena de custodia)
Los peritos:    la pericia sirve para introducir el
elemento de prueba en el proceso.


   La función de                           El informe pericial
                     Peritos presentan
     perito es                             es incorporado por
                     informe sobre su
  obligatoria y no                            el fiscal en el
                         experticia
puede ser recusado                             expediente


                                   Exámenes
          El defensor exhibe
                                  corporales a
          el documento en la
                                mujer, peritos del
           etapa intermedia
                                  mismo sexo
Contenido             del    informe          pericial:       será
 presentado al juez o al fiscal

    Descripción detallada de lo reconocido o
  examinado, tal cual como fue observado en el
     momento del reconocimiento o examen

                                                Tiempo probable
   Estado de lo examinado (persona o
                                               transcurrido desde
  cosa), antes del delito en cuanto sea
                                                el delito hasta el
                 posible
                                                 reconocimiento

  Pronóstico de la
                        Conclusiones finales
   evolución del                               Fecha del informe y
                        y por qué se llegó a
daño, por lo general                             firma del perito
                               ellas
   de las lesiones
Muerte de un ser humano


                                           Muerte
   Comprobar         Reconocimiento
                                        repentina, no
  identidad del         exterior y
                                      puede moverse el
     cadáver             autopsia
                                           cadáver




Delitos sexuales y      Muerte por       LESIONES:
aborto. Sin fiscal   veneno, examen     Detalladas
  ni secretario        toxicológico   minuciosamente
Delitos contra la propiedad

                                                         Si es necesario, se hará
       Justificar la       Los peritos reconocerán los    la reconstrucción del
  existencia de la cosa     instrumentos con que se        hecho para verificar
   sustraída y el lugar       cometió la infracción        cómo se cometió la
      donde estaba                                              infracción




                               Los objetos serán              Los actos de
   Abigeato: presentar          entregados a sus         reconocimientos serán
 certificado de marcas y     dueños, pero deberán          válidos, aunque se
 señales para identidad      presentarlos cuando la      declare nulo el proceso
        del ganado            autoridad lo solicite



                              La autoridad puede           Si el procesado se
     Si se recupera lo       prohibir que se salgan
  sustraído, se procede                                  declara autor, se debe
                                  del lugar del          seguir con el proceso
   al reconocimiento y      delito, hasta la práctica
          avalúo.                                              probatorio
                              de actos procesales
La prueba testimonial

Testimonio propio, del ofendido y del procesado

               Partes, informes, versiones, declaraciones
 Se recepta
    en la      anteriores, se utilizan para refrescar memoria, no
  etapa del    como prueba
    juicio        Acción
               privada, te   Versiones tienen valor de prueba
                stimonios    cuando se ratifiquen mediante
                  orales     testimonio
    Toda        Testimonio        Se designa        Sordomudo por
 declaració         s se       intérprete, si no       escrito o
 n será oral     grabarán        sabe idioma          intérprete
Testimonio propio

                           Tiene valor, como
                               prueba de             Testimonio
   No es parte en el
                         culpabilidad, cuando   inadmisible, parientes
  proceso ni ofendido
                          la infracción se ha        del acusado
                              demostrado




                          Menores de edad
  Declaran de uno en                            Tampoco depositarios
                            declaran sin
 uno y están separados                             de un secreto
                             juramento
Testimonio propio


             Obligatoriedad de       Residentes fuera del
               comparecer           lugar, declararán ante
             personalmente a        el juez penal del lugar
                  declarar              de su residencia




                Si está en el        Testigo imposibilitado
           extranjero, conforme a   declara ante juez penal
           Convenios Cooperación      del lugar donde se
                   Judicial                encuentre
Testimonio propio

        Prestar juramento por
                                Interrogatorio, contra
         su religión o por su
                                    interrogatorio
                 honor




                                   Peritos, pueden
           Prohibición de
                                presentar pruebas de
            interrupción
                                  cargo y descargo




          Obligatoriedad de
                                 Testimonio urgente
        nueva comparecencia
Testimonio del ofendido: es opcional si no ha
presentado acusación particular

                        Si presenta acusación particular

        Testimonio obligatorio                  Testimonio con juramento




 Declaración por sí sola no constituye prueba. Su prueba no tiene valor absoluto

  Quiénes participaron en el delito        Día, fecha y hora en que se cometió




        Quienes presenciaron la infracción o sabían que se iba a cometer
 Quienes darán datos para descubrir       Objetos usados, daños sufridos y forma
           responsables                            en que fue cometida
Testimonio del acusado

                       No se obliga
                       a declarar en
                        contra de sí
                          mismo

                                          Medio de
       Testimonio                         defensa y
       indivisible                        prueba a
                                           su favor




                 Si lo
            solicita, testi          Admite
                                  culpa, prueba
             monio bajo             contra él
             juramento
Prueba documental


  Constituida por documentos públicos y
  privados



                 La valoración depende por la calidad de
                 documentos y por su relación con las
                 demás pruebas


  No se obliga al imputado a reconocer
  documentos o firmas constantes
Prueba documental


                      Correspondencia es           Para abrir
   Documento
                      inviolable, excepto     correspondencia se
 impugnado, se
                     relación con delito o   notifica a interesado
 ordena prueba
                       participación del      y se leerá en forma
    pericial.
                          sospechoso               reservada

          Si el documento se
                                   Los documentos
         relaciona con delito
                                 agregados al proceso
              se agrega al
                                 será usado sólo para
         expediente después
                                 esclarecer la verdad
              de rubricado
Prueba documental


                                Sólo para impedir la
 El juez puede autorizar                                  Quienes interceptan deben
                             consumación de un delito
     intercepción de                                        guardar silencio, salvo
                             o comprobar la existencia
      conversaciones                                        cuando se los llama a
                               de uno cometido y sus
telefónicas o de otro tipo                                    declarar en juicio
                                    responsables



      No se requiere                                        No se puede hacer uso
                             Si los documentos forman
   autorización para el                                    procesal ni extraprocesal
                             parte de otro proceso, se
    reconocimiento de                                      de documentos inconexos
                                   obtendrá copia
grabaciones obtenidas por                                 con el proceso, quien viole
                             certificada, salvo que sea
cámaras de seguridad o en                                     la prohibición será
                              indispensable el original
     lugares públicos                                             sancionado
CAPÍTULO VI
Las medidas cautelares


       Garantizan         la   Medidas privativas de
       inmediación       del   libertad se adoptan
       procesado al proceso    excepcionalmente, cu
       y su comparecencia      ando medidas
       así como el pago de     alternativas a la
       daños y perjuicios al   prisión preventiva no
       ofendido.    El juez    son suficientes para
       puede dicta una o       evitar que el
       varias medidas.         procesado eluda la
                               acción de la justicia.
Las medidas cautelares
carácter personal
                        Reintegro a la     Quitar
      Abstenerse de
                          víctima al     custodia de
       ir a ciertos
                         domicilio y       víctima
         lugares
                        salida agresor     menor

      Abstenerse de        Prohibir       Presentarse
       acercarse a      persecución a    periódicamen
         ciertas        víctima, testg      te ante
        personas           o famlrs.       autoridad

       Sujeción a         Salida del
                                           Arresto
      vigilancia de     procesado de
                                         domiciliario
        autoridad        la vivienda

                        Suspensión de
                                         Detención y
      Prohibición de      tareas que
                                           prisión
       salir del país   influyan sobre
                                         preventiva
                            víctima
Las medidas cautelares
carácter real


                             Secuestro:
                             priva de la
                            tenencia del
                           bien hasta que
                             termine el
                                juicio
                              Embargo:
                            preventiva o
                           ejecutoria. Se
                             retiene la
                              cosa por
                           orden judicial
            Retención:
          rentas, crédit                    Prohibición de
          os o bienes en                       enajenar:
           poder de un                       bienes raíces
              tercero
Prisión preventiva


  Audiencia        Juez convoca       Primero el
oral, pública, c   hasta el plazo    fiscal, luego
 ontradictoria     de cinco días     contraparte




                     No asiste
                                    Resolución del
                     defensor;
                                    juez, oral, es
                     defensor
                                     notificación
                      público
Prisión preventiva: Requisitos


       Indicios suficientes   Indicios suficientes de
     sobre delito de acción       responsabilidad
             pública             (autor, cómplice)




       Delito con pena        Necesidad de privar de
     privativa de libertad    libertad para asegurar
      superior a un año           comparecencia
Prisión preventiva

  Auto dictado por el juez a petición del fiscal. Debe
                       contener:


     Datos                                        Cita de
                                    Debida
personales del                                 disposiciones
                Enunciación del fundamentació
procesado, que                                     legales
                hecho que se le     n de la
  permitan la                                 aplicables, tant
                    imputa       necesidad de
 individualiza-                                o sustantivas
                                   dictarla
ción completa                                 como adjetivas
Prisión preventiva
caducidad


                            A partir de la fecha que    No excede plazo si el
Hasta 6 meses por prisión
                            se hizo efectivo el auto     imputado impide su
  y 1 año por reclusión
                             de prisión preventiva          juzgamiento




                                   Producida la
                                                             Presentarse
                              caducidad, juez dicta
para provocar caducidad                                periódicamente ante el
                            otra medida cautelar que
 de prisión preventiva                                 juez y/o prohibición de
                            garantice la inmediación
                                                         ausentarse del país.
                                  del procesado
Prisión preventiva
revocatoria o suspensión
Indicios que la motivaron se desvanecen: no existe el
delito o no es responsable


    Procesado o acusado ha sido sobreseído: se ordena la
    libertad pero se volverá a dictar por nuevos indicios



         Juez considera sustituirla por otra medida



              Su duración exceda de los plazos: 6 meses y un año


                   Procesado       o      acusado       rinda     caución:
                   dinero, fianza, prenda, hipoteca , carta de garantía (SE
                   SUSPENDE)
Delito flagrante

 Cualquier persona puede “detener” (aprehender) en caso de
  delito flagrante de acción pública.


 Si detiene un policía, lleva al detenido al juez e informará
  inmediatamente al fiscal.


 Dentro de las 24 horas desde la detención, el fiscal solicita
  convocatoria a audiencia oral, para imputar o no, y si
  procede, pedir medida cautelar.
Audiencia de calificación de flagrancia
                     Escucha al         Concluye
 Identificación
                   detenido o a su   audiencia, dict
    del juez
                      defensor       a o no medidas


                                        Dispone
    Concede          Concede
                                     notificación a
   palabra al        palabra a
                                        sujetos
     fiscal          ofendido
                                      procesales


 Fiscal solicita   Plazo de hasta
    medida          30 días para
   cautelares         concluir
Delito flagrante


                             Descubierto
       En presencia de 1
                           inmediatamente
        o más personas
                              después




                           Encontrado con
          Persecución
                           armas u objetos
        ininterrumpida
                             relacionados
Detención

    A pedido del
                                          Se entrega
     fiscal por       Se ordena
                                        boleta a agente
  presunciones de   mediante boleta
                                        de Policía Jud.
  responsabilidad

                     Detenido tiene
     No puede                              Derecho al
                       derecho a
   exceder de 24                         silencio, a un
                    conocer razones
       horas                                abogado
                      de detención

      Derecho a                           De haber
  comunicarse con    Sin indicios, se   méritos, dicta
   la persona que   pone en libertad    auto de instr.
       indique                             Fiscal
La caución

                               Consiste en:
                                                    No se admite: pena
                          dinero, fianza, prend
  Suspende los efectos                               superior a 5 años;
                           a, hipoteca o carta
  de prisión preventiva                            condena anterior por
                               de garantía
                                                       delito público
                                financiera


                                En delitos
   Cuando procesado         sexuales, de odio     Monto suficiente para
   ocasione ejecución           , violencia       garantizar presencia
      de la caución        intrafamiliar o gran      del procesado
                              alarma social


               Monto no puede ser       Garante obligado a
               menor a los daños y         presentar a
                   perjuicios          procesado o pagar el
                  ocasionados            total de caución
La caución: solicitud

                • Presentar certificado Reg. Pro.
  Hipotecaria   • Se acepta por esc. Pública y se inscribe en el
                  Registro de la Propiedad


                • Obligación de responder deuda ajena
    Fianza      • Se acepta por escritura pública, no se inscribe


                • Acreditación del dominio saneado del bien
   Prendaria    • Se acepta por escritura pública y se inscribe en el
                  Registro de la Propiedad


                • Procesado por sí mismo u otro por él
  Pecuniaria    • Consiga efectivo o cheque certificado
El allanamiento:
no reconoce fuero
  La vivienda de un habitante del Ecuador no
          puede ser allanada, excepto:

                                  Para impedir
                                               Para recaudar
Para detener    Para perseguir          la
                                               cosa sustraída
al que tenga    al que comete    consumación
                                                u objetos de
   prisión           delito        de delito o
                                                  prueba.
preventiva, o   flagrante. No       socorrer
                                                Autorización
    esté        requiera auto     víctimas. No
                                                   de juez
 condenado.         de juez      requiere auto
                                               fundamentada
                                     de juez
El allanamiento:         Fiscal, Policía Judicial y
personas autorizadas.

                            Misiones           Naves y aeronaves
  Lugares públicos
                          diplomáticas         guerra extranjeras

• Juez avisa          • Para extraer          • Prófugos
  previamente           prófugo juez se         refugiados en
  funcionarios          dirige con copia de     nuestro
• Para allanar          proceso a M. R.         territorio, juez se
  Asamblea N., juez     Ext., solicita          dirige con copia
  necesita              reclame su entrega      del proceso a
  consentimiento de   • En negativa o           comandante de
  Asamblea o            silencio, no se         nave, solicita
  Presidente            realiza                 reclame su
                        allanamiento            entrega.
                                              • Negat, silencio se
                                                realiza allanam.
Ley Contra la Violencia a la Mujer y la
                   Familia




     Objetivo primordial                    A través de:                 Violencia intrafamiliar

• Proteger la integridad           • Prevención y sanción de la      • Acción u
  física, psíquica y la libertad     violencia intrafamiliar y los     omisión, física, psicológica
  sexual de la mujer y               demás atentados contra sus        o sexual, ejecutado por un
  miembros de su familia             derechos y los de su familia      miembro de la familia
Ley Contra la Violencia a la Mujer y la
                  Familia


  Supremacía de estas
                                Jurisdicción               Competencia
        normas
•Estas normas             •Jueces de familia;        •Está determinada por el
 prevalecen sobre otras    comisarios de la mujer     lugar donde se comete
 generales o especiales    y la familia;              la infracción o el
 que se les opongan.       intendentes, comisarios    domicilio de la víctima
 Estos derechos son        nacionales y tenientes
 irrenunciables            políticos; jueces y
                           tribunales de lo penal
Ley Contra la Violencia a la Mujer y la
               Familia

Obligación de denunciar, en plazo máximo de 48 horas de haber
                    tenido conocimiento




                                             Profesionales de
                                           Salud, pertenecient
   Agentes de la
                      Ministerio Público   es a instituciones de
  Policía Nacional
                                             salud públicas o
                                                  privadas
Ley Contra la Violencia a la Mujer y la
                 Familia

           Medidas de amparo a favor de la persona agredida




                                                    Otorgar custodia de
                              Evitar actos de
  Boletas de auxilio;                             víctima menor de edad
                         persecución del agresor
salida del agresor de la                             a persona idónea;
                         o terceros a la víctima;
 vivienda; prohibir el                            ordenar tratamiento a
                          reintegrar al domicilio
  acceso a la persona                             someterse a las partes
                             a víctima y salida
       violentada                                   e hijos menores de
                          simultánea de agresor
                                                           edad.
40

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Código de procedimiento penal

  • 1. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL 1 ESCUELA: Escuela de Ciencias Jurídicas BIMESTRE: Segundo Bimestre NOMBRES: Dra. Silvana Erazo Bustamante, Ph D. Octubre 2011- Febrero 2012
  • 2. CAPÍTULO V La prueba y su valoración  ECHANDÍA: “la noción de la prueba está presente en todas las manifestaciones de la vida humana, siendo en las ciencias y actividades reconstructivas donde…. Adquiere un sentido preciso y especial, que en sustancia es el mismo que tiene en derecho”  CARRARA: “Prueba es todo lo que sirva para dar certeza acerca de la verdad de una proposición” Vaca Andrade Ricardo. Manual de Derecho Procesal Penal. Corporación de Estudios y Publicaciones. p. 807
  • 3. Principios Fundamentales Principio de Principio de Principio de necesidad inmediación legalidad • Establecer la • Los jueces que • La prueba debe existencia de la dicten la ser introducida infracción sentencia, deben respetando las • La evaluar personal normas responsabilidad y directamente la constitucionales y del procesado prueba que legales, para que presente el fiscal tengan plena o la defensa. validez dentro del proceso penal.
  • 4. Principios Fundamentales Producidas en juicio, ante Investigaciones y pericias se Derecho a no TGP, excepto testimonios valoran como prueba en el autoincriminarse urgentes, JGP juicio Muestra de fluidos Establece existencia de corporales, consentimiento Sólo tiene valor, prueba infracción y responsabilidad expreso. Art. 66 CE, derecho obtenidas sin violar derechos del imputado a la integridad personal
  • 5. Reglas valorativas de las presunciones Para que de los indicios se pueda presumir el nexo causal entre infracción y responsables: Indicios que sirven Infracción La presunción de premisa sean: • Comprobada • Fundada en • Varios y • Conforme a hechos reales concordantes derecho • Hechos probados • Unívocos y directos
  • 6. LA PRUEBA MATERIAL: El juez aprecia directamente a través de sus sentidos  - resultados de la infracción  - vestigios  - huellas  - instrumentos utilizados  - reconocimiento del lugar (Fiscal o P.J.)  - reconoc. otras secciones territoriales.  - incautación de objetos relacionados con la infracción u orden de allanamiento  todo debe se recogido y conservado para ser presentado en juicio (cadena de custodia)
  • 7. Los peritos: la pericia sirve para introducir el elemento de prueba en el proceso. La función de El informe pericial Peritos presentan perito es es incorporado por informe sobre su obligatoria y no el fiscal en el experticia puede ser recusado expediente Exámenes El defensor exhibe corporales a el documento en la mujer, peritos del etapa intermedia mismo sexo
  • 8. Contenido del informe pericial: será presentado al juez o al fiscal Descripción detallada de lo reconocido o examinado, tal cual como fue observado en el momento del reconocimiento o examen Tiempo probable Estado de lo examinado (persona o transcurrido desde cosa), antes del delito en cuanto sea el delito hasta el posible reconocimiento Pronóstico de la Conclusiones finales evolución del Fecha del informe y y por qué se llegó a daño, por lo general firma del perito ellas de las lesiones
  • 9. Muerte de un ser humano Muerte Comprobar Reconocimiento repentina, no identidad del exterior y puede moverse el cadáver autopsia cadáver Delitos sexuales y Muerte por LESIONES: aborto. Sin fiscal veneno, examen Detalladas ni secretario toxicológico minuciosamente
  • 10. Delitos contra la propiedad Si es necesario, se hará Justificar la Los peritos reconocerán los la reconstrucción del existencia de la cosa instrumentos con que se hecho para verificar sustraída y el lugar cometió la infracción cómo se cometió la donde estaba infracción Los objetos serán Los actos de Abigeato: presentar entregados a sus reconocimientos serán certificado de marcas y dueños, pero deberán válidos, aunque se señales para identidad presentarlos cuando la declare nulo el proceso del ganado autoridad lo solicite La autoridad puede Si el procesado se Si se recupera lo prohibir que se salgan sustraído, se procede declara autor, se debe del lugar del seguir con el proceso al reconocimiento y delito, hasta la práctica avalúo. probatorio de actos procesales
  • 11. La prueba testimonial Testimonio propio, del ofendido y del procesado Partes, informes, versiones, declaraciones Se recepta en la anteriores, se utilizan para refrescar memoria, no etapa del como prueba juicio Acción privada, te Versiones tienen valor de prueba stimonios cuando se ratifiquen mediante orales testimonio Toda Testimonio Se designa Sordomudo por declaració s se intérprete, si no escrito o n será oral grabarán sabe idioma intérprete
  • 12. Testimonio propio Tiene valor, como prueba de Testimonio No es parte en el culpabilidad, cuando inadmisible, parientes proceso ni ofendido la infracción se ha del acusado demostrado Menores de edad Declaran de uno en Tampoco depositarios declaran sin uno y están separados de un secreto juramento
  • 13. Testimonio propio Obligatoriedad de Residentes fuera del comparecer lugar, declararán ante personalmente a el juez penal del lugar declarar de su residencia Si está en el Testigo imposibilitado extranjero, conforme a declara ante juez penal Convenios Cooperación del lugar donde se Judicial encuentre
  • 14. Testimonio propio Prestar juramento por Interrogatorio, contra su religión o por su interrogatorio honor Peritos, pueden Prohibición de presentar pruebas de interrupción cargo y descargo Obligatoriedad de Testimonio urgente nueva comparecencia
  • 15. Testimonio del ofendido: es opcional si no ha presentado acusación particular Si presenta acusación particular Testimonio obligatorio Testimonio con juramento Declaración por sí sola no constituye prueba. Su prueba no tiene valor absoluto Quiénes participaron en el delito Día, fecha y hora en que se cometió Quienes presenciaron la infracción o sabían que se iba a cometer Quienes darán datos para descubrir Objetos usados, daños sufridos y forma responsables en que fue cometida
  • 16. Testimonio del acusado No se obliga a declarar en contra de sí mismo Medio de Testimonio defensa y indivisible prueba a su favor Si lo solicita, testi Admite culpa, prueba monio bajo contra él juramento
  • 17. Prueba documental Constituida por documentos públicos y privados La valoración depende por la calidad de documentos y por su relación con las demás pruebas No se obliga al imputado a reconocer documentos o firmas constantes
  • 18. Prueba documental Correspondencia es Para abrir Documento inviolable, excepto correspondencia se impugnado, se relación con delito o notifica a interesado ordena prueba participación del y se leerá en forma pericial. sospechoso reservada Si el documento se Los documentos relaciona con delito agregados al proceso se agrega al será usado sólo para expediente después esclarecer la verdad de rubricado
  • 19. Prueba documental Sólo para impedir la El juez puede autorizar Quienes interceptan deben consumación de un delito intercepción de guardar silencio, salvo o comprobar la existencia conversaciones cuando se los llama a de uno cometido y sus telefónicas o de otro tipo declarar en juicio responsables No se requiere No se puede hacer uso Si los documentos forman autorización para el procesal ni extraprocesal parte de otro proceso, se reconocimiento de de documentos inconexos obtendrá copia grabaciones obtenidas por con el proceso, quien viole certificada, salvo que sea cámaras de seguridad o en la prohibición será indispensable el original lugares públicos sancionado
  • 20. CAPÍTULO VI Las medidas cautelares Garantizan la Medidas privativas de inmediación del libertad se adoptan procesado al proceso excepcionalmente, cu y su comparecencia ando medidas así como el pago de alternativas a la daños y perjuicios al prisión preventiva no ofendido. El juez son suficientes para puede dicta una o evitar que el varias medidas. procesado eluda la acción de la justicia.
  • 21. Las medidas cautelares carácter personal Reintegro a la Quitar Abstenerse de víctima al custodia de ir a ciertos domicilio y víctima lugares salida agresor menor Abstenerse de Prohibir Presentarse acercarse a persecución a periódicamen ciertas víctima, testg te ante personas o famlrs. autoridad Sujeción a Salida del Arresto vigilancia de procesado de domiciliario autoridad la vivienda Suspensión de Detención y Prohibición de tareas que prisión salir del país influyan sobre preventiva víctima
  • 22. Las medidas cautelares carácter real Secuestro: priva de la tenencia del bien hasta que termine el juicio Embargo: preventiva o ejecutoria. Se retiene la cosa por orden judicial Retención: rentas, crédit Prohibición de os o bienes en enajenar: poder de un bienes raíces tercero
  • 23. Prisión preventiva Audiencia Juez convoca Primero el oral, pública, c hasta el plazo fiscal, luego ontradictoria de cinco días contraparte No asiste Resolución del defensor; juez, oral, es defensor notificación público
  • 24. Prisión preventiva: Requisitos Indicios suficientes Indicios suficientes de sobre delito de acción responsabilidad pública (autor, cómplice) Delito con pena Necesidad de privar de privativa de libertad libertad para asegurar superior a un año comparecencia
  • 25. Prisión preventiva Auto dictado por el juez a petición del fiscal. Debe contener: Datos Cita de Debida personales del disposiciones Enunciación del fundamentació procesado, que legales hecho que se le n de la permitan la aplicables, tant imputa necesidad de individualiza- o sustantivas dictarla ción completa como adjetivas
  • 26. Prisión preventiva caducidad A partir de la fecha que No excede plazo si el Hasta 6 meses por prisión se hizo efectivo el auto imputado impide su y 1 año por reclusión de prisión preventiva juzgamiento Producida la Presentarse caducidad, juez dicta para provocar caducidad periódicamente ante el otra medida cautelar que de prisión preventiva juez y/o prohibición de garantice la inmediación ausentarse del país. del procesado
  • 27. Prisión preventiva revocatoria o suspensión Indicios que la motivaron se desvanecen: no existe el delito o no es responsable Procesado o acusado ha sido sobreseído: se ordena la libertad pero se volverá a dictar por nuevos indicios Juez considera sustituirla por otra medida Su duración exceda de los plazos: 6 meses y un año Procesado o acusado rinda caución: dinero, fianza, prenda, hipoteca , carta de garantía (SE SUSPENDE)
  • 28. Delito flagrante  Cualquier persona puede “detener” (aprehender) en caso de delito flagrante de acción pública.  Si detiene un policía, lleva al detenido al juez e informará inmediatamente al fiscal.  Dentro de las 24 horas desde la detención, el fiscal solicita convocatoria a audiencia oral, para imputar o no, y si procede, pedir medida cautelar.
  • 29. Audiencia de calificación de flagrancia Escucha al Concluye Identificación detenido o a su audiencia, dict del juez defensor a o no medidas Dispone Concede Concede notificación a palabra al palabra a sujetos fiscal ofendido procesales Fiscal solicita Plazo de hasta medida 30 días para cautelares concluir
  • 30. Delito flagrante Descubierto En presencia de 1 inmediatamente o más personas después Encontrado con Persecución armas u objetos ininterrumpida relacionados
  • 31. Detención A pedido del Se entrega fiscal por Se ordena boleta a agente presunciones de mediante boleta de Policía Jud. responsabilidad Detenido tiene No puede Derecho al derecho a exceder de 24 silencio, a un conocer razones horas abogado de detención Derecho a De haber comunicarse con Sin indicios, se méritos, dicta la persona que pone en libertad auto de instr. indique Fiscal
  • 32. La caución Consiste en: No se admite: pena dinero, fianza, prend Suspende los efectos superior a 5 años; a, hipoteca o carta de prisión preventiva condena anterior por de garantía delito público financiera En delitos Cuando procesado sexuales, de odio Monto suficiente para ocasione ejecución , violencia garantizar presencia de la caución intrafamiliar o gran del procesado alarma social Monto no puede ser Garante obligado a menor a los daños y presentar a perjuicios procesado o pagar el ocasionados total de caución
  • 33. La caución: solicitud • Presentar certificado Reg. Pro. Hipotecaria • Se acepta por esc. Pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad • Obligación de responder deuda ajena Fianza • Se acepta por escritura pública, no se inscribe • Acreditación del dominio saneado del bien Prendaria • Se acepta por escritura pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad • Procesado por sí mismo u otro por él Pecuniaria • Consiga efectivo o cheque certificado
  • 34. El allanamiento: no reconoce fuero La vivienda de un habitante del Ecuador no puede ser allanada, excepto: Para impedir Para recaudar Para detener Para perseguir la cosa sustraída al que tenga al que comete consumación u objetos de prisión delito de delito o prueba. preventiva, o flagrante. No socorrer Autorización esté requiera auto víctimas. No de juez condenado. de juez requiere auto fundamentada de juez
  • 35. El allanamiento: Fiscal, Policía Judicial y personas autorizadas. Misiones Naves y aeronaves Lugares públicos diplomáticas guerra extranjeras • Juez avisa • Para extraer • Prófugos previamente prófugo juez se refugiados en funcionarios dirige con copia de nuestro • Para allanar proceso a M. R. territorio, juez se Asamblea N., juez Ext., solicita dirige con copia necesita reclame su entrega del proceso a consentimiento de • En negativa o comandante de Asamblea o silencio, no se nave, solicita Presidente realiza reclame su allanamiento entrega. • Negat, silencio se realiza allanam.
  • 36. Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia Objetivo primordial A través de: Violencia intrafamiliar • Proteger la integridad • Prevención y sanción de la • Acción u física, psíquica y la libertad violencia intrafamiliar y los omisión, física, psicológica sexual de la mujer y demás atentados contra sus o sexual, ejecutado por un miembros de su familia derechos y los de su familia miembro de la familia
  • 37. Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia Supremacía de estas Jurisdicción Competencia normas •Estas normas •Jueces de familia; •Está determinada por el prevalecen sobre otras comisarios de la mujer lugar donde se comete generales o especiales y la familia; la infracción o el que se les opongan. intendentes, comisarios domicilio de la víctima Estos derechos son nacionales y tenientes irrenunciables políticos; jueces y tribunales de lo penal
  • 38. Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia Obligación de denunciar, en plazo máximo de 48 horas de haber tenido conocimiento Profesionales de Salud, pertenecient Agentes de la Ministerio Público es a instituciones de Policía Nacional salud públicas o privadas
  • 39. Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia Medidas de amparo a favor de la persona agredida Otorgar custodia de Evitar actos de Boletas de auxilio; víctima menor de edad persecución del agresor salida del agresor de la a persona idónea; o terceros a la víctima; vivienda; prohibir el ordenar tratamiento a reintegrar al domicilio acceso a la persona someterse a las partes a víctima y salida violentada e hijos menores de simultánea de agresor edad.
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