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Katherine Tabares Vásquez
AGENTES DIPLOMÁTICOS
La representación de Estado en el gobierno de otro Estado se ejerce
Agentes Diplomáticos.

a través de los

Sólo los estados soberanos pueden enviar y recibir agentes diplomáticos en virtud del
derecho de legalización que solo ejerce cuando hay acuerdo o consentimiento mutuo
FUNCIONES:
Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor
Proteger en el Estado Receptor los intereses del Estado Acreditante y sus nacionales
Negociar con el Estado receptor
Enviar relaciones periódicas a su gobierno acerca de la situación política y económica
del Estado Receptor
CATEGORÍAS
Embajadores o Nuncios
Los enviados, Ministros e Internuncios
Los encargados de Negocios
EN LA GUIA DIPLOMATICA (ART 116) SE
ESTABLECE
1. Guardar lealtad a la Constitución Nacional y a las leyes de la República
2. Desarrollar una amplia y constante labor de divulgación de la actualidad
Colombiana
3. Velar por el buen nombre de la Republica
4. Observar en lo personal y social una conducta ajustada a las normas del
mas alto decoro
5. Ejercer y aconsejar a todo el personal Diplomático una permanente
actividad social, aceptando y haciendo atenciones
6. Mantenerse y hacer que todos los funcionarios de la misión y de los
consulados se mantengan completamente ajenos a todos los asuntos
relacionados con la política del país receptor
7. Vigilar y Determinar el trabajo del personal, distribuyendo las labores de
cada uno
8. Diligenciar directamente los exhortos y tramitar por intermedio de la
respectiva cancillería las cartas rogatorias y otras providencias o diligencias
similares emanadas de las autoridades Colombianas
EN LA GUIA DIPLOMATICA (ART 116)
SE ESTABLECE
9. Mantener una cuidadosa reserva y hacerla mantener respecto a los
asuntos oficiales asignados
10. Responder y despachar la información o datos solicitados por la
cancillería a los diferentes entidades públicas y privadas.
11. Suministrar a entidades públicas y privadas y a las personas
cualquier información o datos no reservados que sean solicitados
respecto de Colombia
12. Suministrar a las entidades culturales que se interesen por Colombia
los elementos requeridos de información
13. Estudiar la conveniencia de la creación de becas y la realización de
exposiciones
14. Ejercer vigilancia de las oficinas consulares
15. Celebrar la Fiesta Nacional de Colombia
DOMICILIO DEL AGENTE DIPLOMATICO
Su domicilio es inviolable, la residencia particular del agente diplomático goza
de la misma inviolabilidad y protección de los locales de la misión al igual
que los documentos , correspondencia y bienes.
Los miembros del servicio exterior de Colombia remunerados les está
prohibido expresamente residir en una ciudad diferente a la del la sede del
gobierno extranjero o la fijada en el decreto de nombramiento.
Sólo se puede ausentar del país receptor con autorización de la cancillería
ordinariamente puede moverse libremente por el Estado Receptor sin
necesidad de dar aviso a la cancillería . Pero si tiene que salir del país debe
comunicar la fecha de la salida, el término de la ausencia y el funcionario que
lo remplazará; se debe comunicar a la cancillería y a los jefes de las misiones
diplomáticas
PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
INVIOLABILIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA MISION
La persona del agente diplomático es inviolable, no puede ser ni detenido, ni
arrestado igual su familia, siempre que no sea del estado receptor
INVIOLABILIDAD DE LOS LOCALES Y LAS RESIDENCIAS
Los agentes del Estado receptor no podrán entrar en ellas sin que medie
autorización. Los locales de la misión son inviolables, el Estado receptor
debe proteger los locales de todo daño igualmente la protección se hace
extensiva a la casa de habitación del agente diplomático y los medios de
transporte de que dispone para el embajador
INVIOLABILIDAD DEL DOCUMENTO, ARCHIVOS, ORRESPONDENCIA Y
VALIJA DIPLOMÁTICA
Los archivos y documentos de la embajada son inviolables donde quiera
que
se encuentren
Los agentes diplomáticos tienen libre circulación por el Estado receptor,
también libertad y comunicación
PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
INMUNIDAD
Los agentes tienen el privilegio de la inmunidad que consiste en que éstos no
pueden ser sometidos a tribunales locales. Igualmente gozan inmunidad
penal y civil , no pueden ser citados como testigos, no se les puede citar , no
le pueden embargar los bienes salvo los adquiridos a titulo personal
EXENCIONES TRIBUTARIAS
Se exoneran del pago inmediata de los locales de la misión , cuando es de
propiedad del estado acreditante
SEGURIDAD SOCIAL
Está exento de las disposiciones sobre seguridad social.
FRANQUICIAS ADUANERAS
Todos los bienes destinados al uso oficial de la misión están exentos de
impuestos y gravámenes igual los bienes destinados de uso personal del
agente y su familia
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RENUNCIA A LA INMUNIDAD DE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS
Un particular lesionado por un diplomático dispone de estos medios por la
vía diplomática, por renuncia voluntaria del diplomático, recurso ante los
órganos del Estado acreditante y el arbitraje
INMUNIDADES BIENES
 Inviolabilidad de los locales de la Misión.
 Inviolabilidad de los bienes ubicados en el local de la Misión.
 Inviolabilidad de los archivos y documentos de la Misión.
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 Inviolabilidad de la Valija Diplomática.
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particular

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Agente
PERSONALES
 Utilizar la bandera y el escudo del país acreditante en los locales de
la Misión, su residencia y Transporte
 Ayuda del estado receptor para obtener los locales necesarios
 La exención de los impuestos para el estado acreditante y jefe de la
Misión Sobre los locales de su propiedad o arrendados.
 Libertad de circulación y tránsito por todo el territorio del estado
receptor.
 Permitir y proteger la libre comunicación de la Misión con su
Gobierno.
 La exención fiscal sobre los derechos y aranceles que percibe la
Misión
CLASIFICACIÓN DE LOS CÓNSULES
CONSULES DE CARRERA O “MISSI”
Nombrados de acuerdo con los procedimientos internos de cada país.
Escogidos de entre los nacionales de l país que lo envían. Regidos por la
legislación de su Estado, y forman parte de lo que se denomina “Cuerpo
Consular”: En el país receptor deben dedicarse exclusivamente al cumplimiento
de la misión consular, o sea, que está prohibido ejercer actividades comerciales o
profesionales con fines personales.

CONSULES HONORARIOS, COMERCIALES O “ELECTI”
No es necesario que sean nacionales del Estado que los envía,
pueden ser del país donde ejercen su actividad o un tercer
Estado. No están regidos por las normas del país de los
nombra, funciones limitadas, libertad para realizar cualquier
actividad comercial o profesional.
NOMBRAMIENTO, INICIO Y TÉRMINO DE LA MISION
CONSULAR
Al cónsul se le conoce como tal, solamente después de haber recibido la
correspondiente autorización por parte del Estado que lo envía, es decir, el
nombramiento, el cual se hace mediante un documento denominado “Cartas Patentes”.
Este documento es un comunicado del Estado acreditante, dirigido al Estado receptor a
través de los canales diplomáticos.
La aceptación o reconocimiento que el Estado receptor hace de la persona nombrada
como Cónsul se denomina “Exequátur”
Las causas más comunes que originan la terminación de la actividad consular son:
Por fallecimiento del Agente Consular
Por llegar al término fijado para el cumplimiento de la Misión
Por renuncia del agente consular
Por ruptura de las relaciones diplomáticas
Por declaratoria de Guerra
Por extinción del Estado al que representa o del Estado Receptor
Por cambio de Cualquiera de los Jefes de Estado
Por su retiro forzoso, por ser declarado “Persona no Grata”
FUNCIONES CONSULARES
Artículo 5º. De la Convención de Viena de 1963:
 Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que representa y de
sus Nacionales
 Promover las relaciones de amistad y el desarrollo comercial, económico,
cultural y científico entre el Estado receptor y el que representa.
 Informarse por los medios legales de los cambios sucedidos en el Estado
receptor e informar a informar a su país.
 Ejercer derechos de supervisión
 Ayudar a las embarcaciones o aeronaves y sus tripulaciones, en cuanto a
trámites aditivos y resolver los litigios que se puedan presentar.
 Velar por los intereses de los menores y demás personas que carezcan de
capacidad plena y que sean nacionales del Estado que los envía.
 Asistir como notario y funcionario de registro civil
 Expedir pasaporte a los nacionales de su Estado y los documentos de viaje o
visas a los extranjeros que quieran visitar el Estado acreditante
 Presentar toda clase de ayuda a los nacionales del Estado que los envía.
INMUNIDADES Y PRIVILEGIOS
CONSULARES
Para el normal desempeño de sus funciones, los Cónsules deben gozar de
tratamiento especial que les dé ciertas garantías, seguridad e independencia

un

La convención de Viena concede a los agentes consulares inmunidades y privilegios,
aunque en menor medida que los que se les otorga a los agentes diplomáticos.
Inmunidades y privilegios relativos a los bienes a los bienes, archivos y a la oficina
consular:
El Estado acreditante tiene derecho a usar su bandera y escudo en el Estado
Receptor
El Estado receptor está obligado a conceder todas las facilidades para el ejercicio de
la Función consular
Los locales consulares son inviolables
Aún en caso de conflicto armado, el Estado receptor está obligado a respetar y
proteger los locales consulares, sus bienes y sus activos.
Los bienes, las oficinas consulares y sus medios de transporte no serán objeto de
requisa por parte de las autoridades del Estado receptor
Los locales consulares y la residencia del jefe de la oficina consular , están exentos de
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Explicación Mision diplomatica por Katherine Tabares

  • 2. AGENTES DIPLOMÁTICOS La representación de Estado en el gobierno de otro Estado se ejerce Agentes Diplomáticos. a través de los Sólo los estados soberanos pueden enviar y recibir agentes diplomáticos en virtud del derecho de legalización que solo ejerce cuando hay acuerdo o consentimiento mutuo FUNCIONES: Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor Proteger en el Estado Receptor los intereses del Estado Acreditante y sus nacionales Negociar con el Estado receptor Enviar relaciones periódicas a su gobierno acerca de la situación política y económica del Estado Receptor CATEGORÍAS Embajadores o Nuncios Los enviados, Ministros e Internuncios Los encargados de Negocios
  • 3. EN LA GUIA DIPLOMATICA (ART 116) SE ESTABLECE 1. Guardar lealtad a la Constitución Nacional y a las leyes de la República 2. Desarrollar una amplia y constante labor de divulgación de la actualidad Colombiana 3. Velar por el buen nombre de la Republica 4. Observar en lo personal y social una conducta ajustada a las normas del mas alto decoro 5. Ejercer y aconsejar a todo el personal Diplomático una permanente actividad social, aceptando y haciendo atenciones 6. Mantenerse y hacer que todos los funcionarios de la misión y de los consulados se mantengan completamente ajenos a todos los asuntos relacionados con la política del país receptor 7. Vigilar y Determinar el trabajo del personal, distribuyendo las labores de cada uno 8. Diligenciar directamente los exhortos y tramitar por intermedio de la respectiva cancillería las cartas rogatorias y otras providencias o diligencias similares emanadas de las autoridades Colombianas
  • 4. EN LA GUIA DIPLOMATICA (ART 116) SE ESTABLECE 9. Mantener una cuidadosa reserva y hacerla mantener respecto a los asuntos oficiales asignados 10. Responder y despachar la información o datos solicitados por la cancillería a los diferentes entidades públicas y privadas. 11. Suministrar a entidades públicas y privadas y a las personas cualquier información o datos no reservados que sean solicitados respecto de Colombia 12. Suministrar a las entidades culturales que se interesen por Colombia los elementos requeridos de información 13. Estudiar la conveniencia de la creación de becas y la realización de exposiciones 14. Ejercer vigilancia de las oficinas consulares 15. Celebrar la Fiesta Nacional de Colombia
  • 5. DOMICILIO DEL AGENTE DIPLOMATICO Su domicilio es inviolable, la residencia particular del agente diplomático goza de la misma inviolabilidad y protección de los locales de la misión al igual que los documentos , correspondencia y bienes. Los miembros del servicio exterior de Colombia remunerados les está prohibido expresamente residir en una ciudad diferente a la del la sede del gobierno extranjero o la fijada en el decreto de nombramiento. Sólo se puede ausentar del país receptor con autorización de la cancillería ordinariamente puede moverse libremente por el Estado Receptor sin necesidad de dar aviso a la cancillería . Pero si tiene que salir del país debe comunicar la fecha de la salida, el término de la ausencia y el funcionario que lo remplazará; se debe comunicar a la cancillería y a los jefes de las misiones diplomáticas
  • 6. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES INVIOLABILIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA MISION La persona del agente diplomático es inviolable, no puede ser ni detenido, ni arrestado igual su familia, siempre que no sea del estado receptor INVIOLABILIDAD DE LOS LOCALES Y LAS RESIDENCIAS Los agentes del Estado receptor no podrán entrar en ellas sin que medie autorización. Los locales de la misión son inviolables, el Estado receptor debe proteger los locales de todo daño igualmente la protección se hace extensiva a la casa de habitación del agente diplomático y los medios de transporte de que dispone para el embajador INVIOLABILIDAD DEL DOCUMENTO, ARCHIVOS, ORRESPONDENCIA Y VALIJA DIPLOMÁTICA Los archivos y documentos de la embajada son inviolables donde quiera que se encuentren Los agentes diplomáticos tienen libre circulación por el Estado receptor, también libertad y comunicación
  • 7. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES INMUNIDAD Los agentes tienen el privilegio de la inmunidad que consiste en que éstos no pueden ser sometidos a tribunales locales. Igualmente gozan inmunidad penal y civil , no pueden ser citados como testigos, no se les puede citar , no le pueden embargar los bienes salvo los adquiridos a titulo personal EXENCIONES TRIBUTARIAS Se exoneran del pago inmediata de los locales de la misión , cuando es de propiedad del estado acreditante SEGURIDAD SOCIAL Está exento de las disposiciones sobre seguridad social. FRANQUICIAS ADUANERAS Todos los bienes destinados al uso oficial de la misión están exentos de impuestos y gravámenes igual los bienes destinados de uso personal del agente y su familia
  • 8. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES RENUNCIA A LA INMUNIDAD DE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS Un particular lesionado por un diplomático dispone de estos medios por la vía diplomática, por renuncia voluntaria del diplomático, recurso ante los órganos del Estado acreditante y el arbitraje
  • 9. INMUNIDADES BIENES  Inviolabilidad de los locales de la Misión.  Inviolabilidad de los bienes ubicados en el local de la Misión.  Inviolabilidad de los archivos y documentos de la Misión.  Inviolabilidad de la correspondencia concerniente a la Misión.  Inviolabilidad de la Valija Diplomática.  Inviolabilidad Diplomático. de la residencia particular  Inviolabilidad de los transportes de la Misión. del Agente
  • 10. PERSONALES  Utilizar la bandera y el escudo del país acreditante en los locales de la Misión, su residencia y Transporte  Ayuda del estado receptor para obtener los locales necesarios  La exención de los impuestos para el estado acreditante y jefe de la Misión Sobre los locales de su propiedad o arrendados.  Libertad de circulación y tránsito por todo el territorio del estado receptor.  Permitir y proteger la libre comunicación de la Misión con su Gobierno.  La exención fiscal sobre los derechos y aranceles que percibe la Misión
  • 11. CLASIFICACIÓN DE LOS CÓNSULES CONSULES DE CARRERA O “MISSI” Nombrados de acuerdo con los procedimientos internos de cada país. Escogidos de entre los nacionales de l país que lo envían. Regidos por la legislación de su Estado, y forman parte de lo que se denomina “Cuerpo Consular”: En el país receptor deben dedicarse exclusivamente al cumplimiento de la misión consular, o sea, que está prohibido ejercer actividades comerciales o profesionales con fines personales. CONSULES HONORARIOS, COMERCIALES O “ELECTI” No es necesario que sean nacionales del Estado que los envía, pueden ser del país donde ejercen su actividad o un tercer Estado. No están regidos por las normas del país de los nombra, funciones limitadas, libertad para realizar cualquier actividad comercial o profesional.
  • 12. NOMBRAMIENTO, INICIO Y TÉRMINO DE LA MISION CONSULAR Al cónsul se le conoce como tal, solamente después de haber recibido la correspondiente autorización por parte del Estado que lo envía, es decir, el nombramiento, el cual se hace mediante un documento denominado “Cartas Patentes”. Este documento es un comunicado del Estado acreditante, dirigido al Estado receptor a través de los canales diplomáticos. La aceptación o reconocimiento que el Estado receptor hace de la persona nombrada como Cónsul se denomina “Exequátur” Las causas más comunes que originan la terminación de la actividad consular son: Por fallecimiento del Agente Consular Por llegar al término fijado para el cumplimiento de la Misión Por renuncia del agente consular Por ruptura de las relaciones diplomáticas Por declaratoria de Guerra Por extinción del Estado al que representa o del Estado Receptor Por cambio de Cualquiera de los Jefes de Estado Por su retiro forzoso, por ser declarado “Persona no Grata”
  • 13. FUNCIONES CONSULARES Artículo 5º. De la Convención de Viena de 1963:  Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que representa y de sus Nacionales  Promover las relaciones de amistad y el desarrollo comercial, económico, cultural y científico entre el Estado receptor y el que representa.  Informarse por los medios legales de los cambios sucedidos en el Estado receptor e informar a informar a su país.  Ejercer derechos de supervisión  Ayudar a las embarcaciones o aeronaves y sus tripulaciones, en cuanto a trámites aditivos y resolver los litigios que se puedan presentar.  Velar por los intereses de los menores y demás personas que carezcan de capacidad plena y que sean nacionales del Estado que los envía.  Asistir como notario y funcionario de registro civil  Expedir pasaporte a los nacionales de su Estado y los documentos de viaje o visas a los extranjeros que quieran visitar el Estado acreditante  Presentar toda clase de ayuda a los nacionales del Estado que los envía.
  • 14. INMUNIDADES Y PRIVILEGIOS CONSULARES Para el normal desempeño de sus funciones, los Cónsules deben gozar de tratamiento especial que les dé ciertas garantías, seguridad e independencia un La convención de Viena concede a los agentes consulares inmunidades y privilegios, aunque en menor medida que los que se les otorga a los agentes diplomáticos. Inmunidades y privilegios relativos a los bienes a los bienes, archivos y a la oficina consular: El Estado acreditante tiene derecho a usar su bandera y escudo en el Estado Receptor El Estado receptor está obligado a conceder todas las facilidades para el ejercicio de la Función consular Los locales consulares son inviolables Aún en caso de conflicto armado, el Estado receptor está obligado a respetar y proteger los locales consulares, sus bienes y sus activos. Los bienes, las oficinas consulares y sus medios de transporte no serán objeto de requisa por parte de las autoridades del Estado receptor Los locales consulares y la residencia del jefe de la oficina consular , están exentos de todos los impuestos y gravámenes nacionales, regionales o municipales. .