Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Fase de juicio, apertura del debate
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectora Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Elaborado por:
Vegas Luisana
C.I.: 24.159.140
SAIA “A”
Derecho Procesal Penal I
2. El auto de apertura a juicio
(Art.314 COPP) dicho auto debe
contener:
Identificación del
acusado
Relación clara,
precisa de los
hechos
Las pruebas
admitidas
La orden de abrir
el juicio oral y
público
El
emplazamiento
de las partes
La remisión al
tribunal
competente
El juez fijará fecha para la
celebración de la audiencia
de juicio (Art. 325 COPP)
Verificada la presencia de quienes deban
participar en la audiencia, el juez o jueza
declara abierto el debate (Art. 327 COPP)
3. Las partes tienen derecho a
exponer la acusación y la
defensa su pretensión
A través de este debate se
realiza una exposición breve
y sucinta de las partes.
DELITO EN AUDIENCIA
(ART. 328)
Si se comete un delito, el
tribunal ordenará la
detención del autor.
Aquél será
puesto a
disposición del
funcionario del
Ministerio
Público
FORMALIDADES
(ART. 330)
El juez deberá siempre de
velar por preservar las
formalidades del proceso
FACULTAD DEL
IMPUTADO
(ART. 332)
El acusado podrá en todo
momento hablar con su
defensor
Formas de
Pronunciamiento
(ART. 347)
*Concluido el debate, la
sentencia se dictará el
mismo día.
4. Formalidades de la
Sentencia
(ART. 346)
*La mención del tribunal.
* La enunciación de los hechos.
* La determinación de los hechos.
* La decisión
* La firma del juezACTA DE DEBATE
(ART. 350) Es el único
acto escrito.
VALOR DEL ACTA
(ART. 352) Solo
demuestra el modo
cómo se desarrolló el
debate
Principios que rigen en
el juicio oral y público
ORALIDAD
PUBLICIDAD
CONCENTRACIÓN
INMEDIACIÓN
CONTRADICCIÓN