Este documento presenta una introducción a los conceptos de estado, forma de estado y forma de gobierno. Explica las diferencias entre estados unitarios, federales y confederados, y describe los estados federales simétricos y asimétricos. También define las formas de gobierno democráticas como presidenciales y parlamentarias, e introduce las formas autoritarias como monarquías, despotismos y dictaduras. Finalmente, lista algunos ejemplos de estados federales y unitarios en América.
FORMAS DE ESTADO
I. Concepto
El concepto de “formas de Estado” tiene una extensión de significado muy amplia, lo que confiere al vocablo gran libertad de interpretación. Este concepto es utilizado por algunos especialistas en Derecho Político para diferenciar la distribución espacial de la actividad estatal de la distribución de tal actividad entre los órganos que componen el Estado o “forma de gobierno”. Este significado de “formas de Estado” refiere al grado de descentralización –y consiguiente centralización– con base territorial, existente en un Estado. Así, se distingue: Estado Unitario, Estado Federal y Estado Confederado. Otros autores usan el concepto de “formas de Estado” en su acepción de “formas de gobierno”.
• Estados pueden adoptar en base a la relación dada entre sus tres elementos constitutivos, que son el territorio, la población y el poder.
• De acuerdo a esto, el Estado puede ser:
Estado Unitario
Estado Federal
ESTADO UNITARIO
Un Estado unitario es aquel en donde por definición se entiende que el poder está concentrado y existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo estado. Éste, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central, y en su mayoría; puede contar con un solo aparato legislador; salvo ciertas excepciones, que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y en cuyo seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional; un solo poder ejecutivo, que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes, etc.); y una sola constitución política, que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. En otras palabras, en el Estado unitario se da la cuádruple unidad: unidad de ordenamiento jurídico (derecho), unidad de autoridades gubernativas, unidad de gobernados o destinatarios del ordenamiento jurídico y de las decisiones políticas y unidad de territorio.
ESTADO FEDERAL
Un estado federado, entidad federativa o entidad federal es, en una de sus acepciones, la entidad subnacional en que se divide una federación. Se caracteriza por ser una porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque sometidos en ciertos asuntos a las decisiones del poder federal central. Por lo general, los estados subnacionales anteceden al nacional, lo que da coherencia al sistema federal.
Es decir, es una unidad delimitada territorialmente que en unión de otras entidades conforman a una nación. En los sistemas federales las entidades pueden participar en las actividades gubernamentales nacionales y actuar unilateralmente, con un alto grado de autonomía, en las esferas autorizadas en la constitución, incluso en relación con cuestiones decisivas y, en cierta medida, en opos
FORMAS DE ESTADO
I. Concepto
El concepto de “formas de Estado” tiene una extensión de significado muy amplia, lo que confiere al vocablo gran libertad de interpretación. Este concepto es utilizado por algunos especialistas en Derecho Político para diferenciar la distribución espacial de la actividad estatal de la distribución de tal actividad entre los órganos que componen el Estado o “forma de gobierno”. Este significado de “formas de Estado” refiere al grado de descentralización –y consiguiente centralización– con base territorial, existente en un Estado. Así, se distingue: Estado Unitario, Estado Federal y Estado Confederado. Otros autores usan el concepto de “formas de Estado” en su acepción de “formas de gobierno”.
• Estados pueden adoptar en base a la relación dada entre sus tres elementos constitutivos, que son el territorio, la población y el poder.
• De acuerdo a esto, el Estado puede ser:
Estado Unitario
Estado Federal
ESTADO UNITARIO
Un Estado unitario es aquel en donde por definición se entiende que el poder está concentrado y existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo estado. Éste, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central, y en su mayoría; puede contar con un solo aparato legislador; salvo ciertas excepciones, que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y en cuyo seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional; un solo poder ejecutivo, que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes, etc.); y una sola constitución política, que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. En otras palabras, en el Estado unitario se da la cuádruple unidad: unidad de ordenamiento jurídico (derecho), unidad de autoridades gubernativas, unidad de gobernados o destinatarios del ordenamiento jurídico y de las decisiones políticas y unidad de territorio.
ESTADO FEDERAL
Un estado federado, entidad federativa o entidad federal es, en una de sus acepciones, la entidad subnacional en que se divide una federación. Se caracteriza por ser una porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque sometidos en ciertos asuntos a las decisiones del poder federal central. Por lo general, los estados subnacionales anteceden al nacional, lo que da coherencia al sistema federal.
Es decir, es una unidad delimitada territorialmente que en unión de otras entidades conforman a una nación. En los sistemas federales las entidades pueden participar en las actividades gubernamentales nacionales y actuar unilateralmente, con un alto grado de autonomía, en las esferas autorizadas en la constitución, incluso en relación con cuestiones decisivas y, en cierta medida, en opos
El profesor costarricense Rubén Hernández Valle señala que los gobiernos de facto regresentan una contraposición a los gobiernos de jure, que no tienen fundamento constitucional expreso“.
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Conceptos básicos de la Teoría del Estado en la Filosofía Moderna.
Presentación de los conceptos básicos de la Teorías del Estado desde la filosofía política mostrando además las relaciones entre los mismos y los problemas que plantean.
Características del estado nación y los retos de los actores en el sistema in...Marisol Prado
Estado puede ser definido como una organización respaldada por el denominado monopolio de la violencia legitima.
Nación Es un conjunto de personas de un mismo origen étnico que tienen unos vínculos históricos, tradicionales y culturales.
Artículo 417 bis... del código civil del estado jalisco.Orozco Jorge
El pasado 19 de junio del 2013, la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso del Estado de Jalisco, aprobó diversas modificaciones a la legislación civil del estado en materia de divorcios bajo el régimen de separación de bienes
Esta investigación, no pretende ser un estudio jurídico profundo sobre los problemas del Derecho del Trabajo, mas bien un estudio simple y en lenguaje llano de lo que conlleva un juicio laboral ordinario, esto con el propósito de ser comprendido por toda la comunidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
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los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. 1.-CONCEPTO DE ESTADO Y
FORMAS DE ESTADO
• “Corporación territorial dotada de poder de mando originario”.
Georg Jellinek
• “Aquella sociedad territorial, organizada conforme a Derecho y
dotada de un poder calificado como soberano”. Merino
Merchán, Pérez-Ugena y Vera Santos
3. TIPOS DE ESTADOS SEGÚN LA
DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DEL
PODER
• Unitario
• Federal
• Confederado
• Supranacional
4. FEDERALISMO, CONCEPTO Y
ORIGEN
• Procedente de la palabra latina foedus, que significa alianza,
unión, liga, pacto, se puede definir al federalismo como una forma
de organización política que integra distintos sujetos políticos
territoriales (autónomos), en un esquema de unión voluntaria,
cuyo objeto es la conformación de un poder central común y la
subsistencia de esferas competenciales exclusivas de las partes
(federal y estatal).
• Constitucionalmente el federalismo fue adoptado por primera vez
en 1787 en EUA, erigiendo una organización político-territorial
con una estructura estatal configurada por dos grandes ámbitos
de gobierno: central y subnacional.
5. SUPUESTOS BÁSICOS DEL
ESTADO FEDERAL
• Es una forma de Estado que alude específicamente a la distribución territorial del poder
político entre dos esferas constitucionalmente competentes y responsables. Se caracteriza
por una dualidad de poderes (federal/central y subnacional/local), una distribución de
competencias constitucionales en dos esferas de autoridad.
• Conformado, en términos de representación política por una estructura de representación
bicameral (cámara baja-intereses nacionales y alta- intereses de las entidades
componentes)
• Son competencia exclusiva del gobierno federal la política exterior y defensa territorial,
políticas monetarias y de desarrollo económico del conjunto del país.
• Los demás asuntos son competencias de los gobiernos subnacionales o locales o bien
conforman campos de concurrencia de competencias federales y locales.
6. ESTADOS FEDERALES EN EL
CONTINENTE AMERICANO.
• Estados Unidos de América
• México
• Argentina
• Brasil
• Venezuela
• Canadá
7. EL ESTADO UNITARIO
• Lo conforma un solo sujeto político-territorial. Posee un poder
central que se impone por igual en todo el territorio nacional.
• Fundado en un solo ámbito de poder central-nacional, el
unitarismo permite una diferenciación de corporaciones
territoriales a las cuales se les concede derecho de
autoadministración (municipios, regiones) no de autonomía
constitucional.
• Esta facultad incluye la autorización para prestar una serie de
servicios públicos y que los funcionarios locales sean en algunos
casos designados por métodos de elección popular.
8. ESTADOS UNITARIOS EN EL
CONTINENTE AMERICANO
• Chile
• Ecuador
• Uruguay
• Colombia
• Costa Rica
• Guatemala
• Nicaragua
9. TIPOLOGÍA MÁS MODERNA DE LOS
ESTADOS DE ACUERDO A SU
ESTRUCTURA TERRITORIAL
1. Estados federales simétricos (EE.UU., Alemania, México,
Argentina, Brasil, Australia)
2. Estados federales asimétricos (Suiza, Canadá, Bélgica,
Rusia, India)
3. Estados Unitarios (Francia, Gran Bretaña, Colombia, Chile,
Costa Rica)
4. Estados Autonómicos (Híbridos) (federo-regionales o
unitarios con elementos federales asimétricos. (España,
Italia, Finlandia, Suecia, Irlanda)
10. DIFERENCIA ENTRE ESTADO
FEDERAL SIMÉTRICO Y
ASIMÉTRICO
• Reflejan como es la distribución de competencias entre el gobierno federal
y los gobiernos sub nacionales.
• Si la distribución es basada en la igualdad de competencias para todas
las entidades regionales o federativas, el federalismo es simétrico (ADN
del federalismo).
• Si existen entidades que en base a sus diferencias culturales
(lingüísticas, étnicas o religiosas) cuentan con distinto grado de
autonomía y poder ante el Gobierno central, sea de facto o a través de la
Constitución, el federalismo es asimétrico.
(http://otroladoespejo.blogspot.mx/2012/10/que-es-esa-cosa-llamada-
federalismo.html)
11. APUNTES DEL FEDERALISMO EN
MÉXICO.
• Pese a una Constitución federal, el régimen posrevolucionario se
caracterizó por un marcado centralismo. La subordinación de los
Estados al Centro fue total.
• Tres fueron los instrumentos de dominación del centro: políticos
(partido hegemónico), jurídicos (traslado de competencias de los
Estados al Centro) y económicos (el núcleo del federalismo, el
control del dinero, en 1995 el Centro controlaba el 85% de los
recursos, los Estados el 12% y el 3% los municipios).
• Conclusión: Un federalismo sin contenido, débil.
12. 2.-FORMAS DE GOBIERNO
• Las formas de Gobierno ha sido un tema recurrente dentro de la
historia de las ideas políticas y jurídicas.
• La forma de gobierno es el modo en que están organizados los
principales poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y
la forma en que son electos los individuos que lo detentan.
• Los principales poderes pueden estar concentrados en una sola
persona (o grupo) o dispersos entre varias instituciones que lo
comparten.
• Las personas que detentan los poderes pueden hacerlo de forma
vitalicia, vía hereditaria o ser electos periódicamente en
elecciones manipuladas o libres.
13. TIPOLOGÍA DE LAS FORMAS DE
GOBIERNO
• Atendiendo a ello existen dos tipos de forma de gobierno:
• Democrática
• Autoritaria
14. TIPOLOGÍA DE LAS FORMAS DE
GOBIERNO DEMOCRÁTICAS
• Formas de gobierno democráticas: Se distinguen atendiendo a
la relación que se establece entre el poder de gobernar
(Ejecutivo) y el poder de hacer las leyes (Legislativo), pues el
poder judicial en todos los casos permanece independiente.
• 1.- Si hay separación entre el poder de gobernar (Ejecutivo) y
el poder de hacer las leyes (Legislativo) se llama forma de
gobierno presidencial. La separación consiste en que el Jefe de
Estado y Gobierno (Presidente) no es electo por el parlamento
ni tampoco puede ser sustituido por él y los ministros no los
designa ni los puede sustituir el parlamento sino sólo el Jefe
de Estado y Gobierno.
15. TIPOLOGÍA DE LAS FORMAS DE
GOBIERNO DEMOCRÁTICAS
• 2.-Si no hay separación Ejecutivo –Legislativo, se llama
forma de gobierno parlamentaria. No hay separación
cuando el Ejecutivo (Primer Ministro) y sus
colaboradores provienen o son electos por el Parlamento,
que también puede destituirlos.
• 3.-Existe una forma mixta o híbrida que puede combinar
etapas de separación entre los poderes con etapas de no
separación. Se le denomina forma de gobierno
Semipresidencial o Semiparlamentario.
16. SUBTIPOS DE FORMAS DE
GOBIERNO PRESIDENCIAL
• A su vez existen diferencias dentro de las formas de gobierno presidencial y
parlamentarias. En la forma de gobierno presidencial encontramos al menos las
siguientes combinaciones:
1. multipartidista, bicameral, federal, con régimen electoral mixto (México, Argentina)
2. bipartidista, bicameral, federal, con régimen electoral mayoritario (Estados Unidos)
3. multipartidista, unitario, unicameral, con régimen electoral de representación
proporcional (Ecuador, Costa Rica)
4. Multipartidista, unitario, bicameral, con régimen electoral mixto ( Colombia)
5. Bipolar, unitario, bicameral con régimen electoral binominal (Chile)
• Nota: el régimen electoral se refiere a cómo son electos los legisladores, pues los
presidentes siempre son electos por mayoría, aunque aquí también hay diferencias.
17. TIPOLOGÍA DE FORMAS DE
GOBIERNOS AUTORITARIAS
• Monarquía: Es aquella en la que el poder se trasmite por herencia
y el monarca efectivamente gobierna (Arabia Saudita o
¿Inglaterra, Holanda y España?)
• Despotismo: Implica el gobierno de un déspota. No es sólo un
único gobernante, sino la noción de arbitrariedad, la ausencia de
sujeción al derecho .
• Autocracia: Es una variante de las anteriores que se caracteriza
por la autoinvestidura del poder. No reconoce su origen en la
voluntad popular sino en la del autócrata que gobierna por sí y
para sí.
18. TIPOLOGÍA DE FORMAS DE
GOBIERNOS AUTORITARIAS
• Dictadura: es una estructura de poder que permite su uso ilimitado y
discrecional (arbitrario). El estado dictatorial es un estado
inconstitucional, un estado en el cual el dictador viola la Constitución, o
escribe una Constitución que le permita todo. Excluye todo elemento
democrático, suprime libertades individuales, toda forma de control
popular y lo sustituye por el control sobre el pueblo ejercido desde el
gobierno, se prolonga indefinidamente en el tiempo, difunde el temor,
viola derechos humanos.
• Totalitarismo: Es un sistema de vida diseñado como un todo que absorbe
al individuo en la colectividad uniformada. El totalitarismo se refiere al
sistema social en su conjunto, pretende refundar la sociedad e inclusive
recrear el ser humano de acuerdo con una ideología.
19. BIBLIOGRAFÍA
• Norberto Bobbio, Estado, Gobierno y Sociedad, FCE, páginas
144-152 (Tipología clásica y moderna)
• Gustavo Emmerich, Tratado de Ciencia Política, UAM,
páginas 112-128
• Norberto Bobbio, La teoría de las formas de gobierno en la
historia del pensamiento político. FCE, Introducción y prólogo.
• Felipe Tena Ramírez, Derecho Constitucional Mexicano,
Editorial Porrúa, S.A.,1991, páginas 87-101.