Este documento presenta un resumen de un memorial de 1745 de la Diputación del Reino de Navarra ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya. El autor José Fermín Garralda Arizcun analiza la naturaleza del Reino de Navarra como una monarquía limitada y no absoluta, inserta en la Corona de Castilla pero manteniendo su propia identidad y fueros. Se incluye el documento original facsímil.
El testamento político de Carlos VII y el Decreto de creación de la Regencia por Alfonso Carlos I, aúnan el Derecho y la mutua fidelidad entre un pueblo como el español y una Dinastía como la Casa de Borbón. Así mismo, en este trabajo se analiza el derecho a la sucesión en 1833, y se aportan datos sobre los fieles carlistas de la actualidad.
La Restauración en el Reino de Navarra el 4 de mayo de 1814josefermin
Este documento analiza el impacto del decreto del 4 de mayo de 1814 en el Reino de Navarra tras la restauración de Fernando VII al trono español. Explica que Navarra era un exponente de la monarquía tradicional o moderada, con Cortes que tenían gran importancia y un pactismo secular con la Corona de Aragón. Sin embargo, la Constitución de 1812 abolía los fueros de Navarra y la declaraba una provincia más, lo que exasperó a los navarros. A pesar de que Fernando VII restauró a Navarra
Este documento resume la situación de las familias navarras de Zozaya e Irigoyen que emigraron a Cuba entre 1869 y 1909. La familia Zozaya poseía varias propiedades en Navarra y tres grandes haciendas azucareras en la provincia de Matanzas, Cuba. La familia Irigoyen también tenía intereses en Cuba. El documento analiza los motivos de la emigración navarras a Cuba y el impacto económico y cultural que tuvieron en sus regiones de origen.
El documento analiza la figura histórica de Juana I de Castilla y si realmente padecía una enfermedad mental o su encierro fue orquestado por motivos políticos. Se exponen diferentes crónicas y fuentes históricas de la época que ofrecen perspectivas contradictorias sobre su salud mental y el papel de su padre Fernando y su hijo Carlos I en mantenerla recluida para gobernar en su lugar.
Este documento resume el periodo de gobierno de Carlos I y Felipe II en España durante el siglo XVI. Con Carlos I se estableció la Casa de Austria en el trono español. Su reinado estuvo marcado por revueltas como la de las Comunidades de Castilla y la de las Germanías en Aragón, debido al descontento con su gobierno y el poder de los nobles extranjeros. Felipe II continuó con el modelo autoritario de gobierno centralizado de su padre.
El documento resume la vida de Juana I de Castilla y analiza si realmente estaba loca o no. Brevemente describe su matrimonio con Felipe I el Hermoso, la muerte de su madre Isabel y cómo su padre Fernando la declaró incapaz para gobernar y la mantuvo recluida en Tordesillas por más de 40 años hasta su muerte. Existen opiniones contradictorias sobre su salud mental en las crónicas de la época, pero parece que su locura fue utilizada por su padre para apartarla del poder y gobernar como regente.
Este documento presenta un resumen de los reinos cristianos que surgieron en la Península Ibérica después de la conquista musulmana. Explica que los primeros reinos cristianos se formaron en el norte, como el reino astur-leonés bajo Pelayo y Alfonso I. También habla sobre el surgimiento de los reinos de Navarra, Aragón y los condados catalanes en los Pirineos. Describe la expansión progresiva de los reinos cristianos hacia el sur y la repoblación de los nuevos territorios a trav
El documento resume ocho perspectivas históricas sobre la identidad peruana desde la época colonial hasta el siglo XX. Estas incluyen la identidad dinástica basada en la lealtad a la corona española; la identidad territorial basada en el territorio geográfico del Perú; y la identidad étnica y cultural basada en las diferentes culturas y etnias del Perú. El documento analiza a los principales pensadores asociados con cada perspectiva.
El testamento político de Carlos VII y el Decreto de creación de la Regencia por Alfonso Carlos I, aúnan el Derecho y la mutua fidelidad entre un pueblo como el español y una Dinastía como la Casa de Borbón. Así mismo, en este trabajo se analiza el derecho a la sucesión en 1833, y se aportan datos sobre los fieles carlistas de la actualidad.
La Restauración en el Reino de Navarra el 4 de mayo de 1814josefermin
Este documento analiza el impacto del decreto del 4 de mayo de 1814 en el Reino de Navarra tras la restauración de Fernando VII al trono español. Explica que Navarra era un exponente de la monarquía tradicional o moderada, con Cortes que tenían gran importancia y un pactismo secular con la Corona de Aragón. Sin embargo, la Constitución de 1812 abolía los fueros de Navarra y la declaraba una provincia más, lo que exasperó a los navarros. A pesar de que Fernando VII restauró a Navarra
Este documento resume la situación de las familias navarras de Zozaya e Irigoyen que emigraron a Cuba entre 1869 y 1909. La familia Zozaya poseía varias propiedades en Navarra y tres grandes haciendas azucareras en la provincia de Matanzas, Cuba. La familia Irigoyen también tenía intereses en Cuba. El documento analiza los motivos de la emigración navarras a Cuba y el impacto económico y cultural que tuvieron en sus regiones de origen.
El documento analiza la figura histórica de Juana I de Castilla y si realmente padecía una enfermedad mental o su encierro fue orquestado por motivos políticos. Se exponen diferentes crónicas y fuentes históricas de la época que ofrecen perspectivas contradictorias sobre su salud mental y el papel de su padre Fernando y su hijo Carlos I en mantenerla recluida para gobernar en su lugar.
Este documento resume el periodo de gobierno de Carlos I y Felipe II en España durante el siglo XVI. Con Carlos I se estableció la Casa de Austria en el trono español. Su reinado estuvo marcado por revueltas como la de las Comunidades de Castilla y la de las Germanías en Aragón, debido al descontento con su gobierno y el poder de los nobles extranjeros. Felipe II continuó con el modelo autoritario de gobierno centralizado de su padre.
El documento resume la vida de Juana I de Castilla y analiza si realmente estaba loca o no. Brevemente describe su matrimonio con Felipe I el Hermoso, la muerte de su madre Isabel y cómo su padre Fernando la declaró incapaz para gobernar y la mantuvo recluida en Tordesillas por más de 40 años hasta su muerte. Existen opiniones contradictorias sobre su salud mental en las crónicas de la época, pero parece que su locura fue utilizada por su padre para apartarla del poder y gobernar como regente.
Este documento presenta un resumen de los reinos cristianos que surgieron en la Península Ibérica después de la conquista musulmana. Explica que los primeros reinos cristianos se formaron en el norte, como el reino astur-leonés bajo Pelayo y Alfonso I. También habla sobre el surgimiento de los reinos de Navarra, Aragón y los condados catalanes en los Pirineos. Describe la expansión progresiva de los reinos cristianos hacia el sur y la repoblación de los nuevos territorios a trav
El documento resume ocho perspectivas históricas sobre la identidad peruana desde la época colonial hasta el siglo XX. Estas incluyen la identidad dinástica basada en la lealtad a la corona española; la identidad territorial basada en el territorio geográfico del Perú; y la identidad étnica y cultural basada en las diferentes culturas y etnias del Perú. El documento analiza a los principales pensadores asociados con cada perspectiva.
La Reconquista cristiana comenzó con la victoria del rey astur Don Pelayo sobre los musulmanes en la Batalla de Covadonga en 722. Los reinos cristianos de Asturias y León se expandieron hacia el sur y el este, mientras que en los Pirineos surgieron los reinos de Navarra, Aragón y los condados catalanes. Entre los siglos XI y XIII, los reinos cristianos conquistaron la mayor parte de la Península Ibérica hasta el río Guadalquivir, incluyendo los valles de los r
Varios coleccion de documentos para la historia de mexicoAmilcar Rafael
Este documento presenta una biografía resumida de Fray Toribio de Benavente, también conocido como Motolinía, uno de los primeros misioneros franciscanos que llegaron a México en 1524 para evangelizar a los indígenas. Describe su origen en España, el viaje a México, su llegada a Tlaxcala y la Ciudad de México, su adopción del nombre Motolinía, y sus esfuerzos iniciales por proteger a los indígenas, lo que lo puso en conflicto con las autoridades coloniales. También menciona su
Este documento presenta una introducción a la unidad sobre el nacimiento y expansión de los territorios cristianos en la Península Ibérica durante la Edad Media. Explica que se analizará el origen de los diferentes reinos cristianos como Asturias, León, Castilla, la Marca Hispánica y los territorios pirenaicos. También se explicará la expansión de estos reinos en los siglos XI y XII y el surgimiento del Reino de Portugal y la Corona de Aragón.
El documento resume el reinado de Carlos I de España y V de Alemania desde 1516 hasta 1556. Carlos heredó una gran amalgama de territorios que lo convirtieron en el monarca más poderoso de su tiempo. Sin embargo, tuvo dificultades iniciales debido a que no era español y trajo muchos asesores flamencos. Esto llevó a las revueltas de las Comunidades de Castilla y las Germanías de Valencia. Más tarde, Carlos se centró en su política exterior enfrentándose a Francia, los protestantes y los turcos, alcan
N 20081006 don alvaro de luna- condestable de castillarubindecelis32
Álvaro de Luna (1390-1453) fue un noble castellano que se convirtió en el favorito y hombre más poderoso durante el reinado de Juan II de Castilla. Ocupó cargos como Condestable de Castilla y Gran Maestre de la Orden de Santiago. Tuvo un gran poder e influencia durante décadas, pero finalmente cayó en desgracia y fue ejecutado después de ser acusado de varios crímenes. Más tarde fue declarado inocente de dichos cargos. Su figura histórica ha sido retratada en varias obras
Este documento presenta una introducción sobre la necesidad de comprender la historia de México desde su nacimiento con la conquista española en el siglo XVI. Luego describe algunos antecedentes del Imperio español y la Hispanidad, incluyendo detalles sobre la unión de Castilla y Aragón y la elección de Carlos I como emperador. Finalmente, analiza la llegada de Hernán Cortés a México y cómo fue confundido con Quetzalcóatl, antes de fundar la Nueva España.
1 claves colón-orígenes del reino de aragónMarisa Azuara
1ª Conferencia de un ciclo de cuatro charlas que pretende contextualizar, adecuadamente, la investigación sobre la identidad de Cristóbal Colón y la España que él conoció
Este documento resume el periodo de 1788 a 1898 en España, conocido como la Era de las Revoluciones. Describe los reinados de Carlos IV y Fernando VII, las invasiones napoleónicas que llevaron a José Bonaparte al trono español, el levantamiento del 2 de mayo de 1808 que inició la Guerra de Independencia, la constitución liberal de 1812 promulgada en Cádiz, y el trienio liberal de 1820-23, así como la represión absolutista posterior.
Este documento resume la decadencia política y económica de la Monarquía Hispánica durante el siglo XVII bajo los reinados de Felipe III, Felipe IV y Carlos II. Destaca la corrupción durante el gobierno del duque de Lerma como valido de Felipe III, los intentos de reforma fiscal y militar del conde-duque de Olivares que provocaron revueltas en Cataluña y Portugal, y las derrotas militares frente a Francia y los Países Bajos que debilitaron el poder español. El documento concluye describiendo la disput
España ha mantenido su unidad a través de la dinastía histórica a pesar de dividirse inicialmente en cuatro reinos después de la conquista musulmana. Aunque hubo diferentes dinastías y apellidos reales debido a matrimonios, todas formaban parte de una misma dinastía histórica. La monarquía compuesta unió a los reinos bajo una misma corona hasta la imposición del centralismo borbónico. La constitución española está en lo correcto al defender la dinastía histórica como forma de unidad de España.
Este documento resume la nobleza peruana durante la dominación española y las tentativas de establecer la monarquía en el Perú a principios del siglo XIX. La nobleza peruana tenía tres orígenes principales y llegó a incluir un duque, 58 marqueses y 45 condes. Aunque poseían grandes haciendas, la nobleza peruana prefería una vida perezosa en las ciudades. Varias figuras históricas como Belgrano intentaron restaurar la monarquía inca o establecer nuevos reinos con monarcas europeos, pero
Conquista, colonización y administración de las Indiaspapefons Fons
El documento resume la conquista, colonización y administración de las Indias por parte de España. Cristóbal Colón realizó cuatro viajes entre 1492 y 1504, descubriendo las Américas para España. Los españoles posteriormente conquistaron gran parte de Mesoamérica y Sudamérica en el siglo XVI, incluyendo los imperios azteca e inca. Establecieron una administración colonial a través de virreinatos y otras instituciones. Sin embargo, la población indígena sufrió mucho debido a la explotación y las enfermed
Tercera ponencia de la serie de conferencias impartidas por Marisa Azuara en el Club Náutico de Zaragoza sobre las claves del Reino y de la Corona de Aragón que nos permiten comprender la figura de Cristóbal Colón.
Cervantes sevilla familia inglesa julio mayofjgn1972
SEVILLA Y LA FAMILIA INGLESA DE CERVANTES
JULIO MAYO
ABC de Sevilla, 23 de abril de 2016, pp. 28-29
«La española inglesa» está colmada de referencias que establecen
la relación entre el escritor y la Inglaterra de Shakespeare
Los titón y los herver el mundo - eduardo del campofjgn1972
LOS TITÓN Y LOS HERVER
LA FAMILIA INGLESA DE CERVANTES
Diario El Mundo, domingo 24 de abril de 2016.
EDUARDO DEL CAMPO
http://www.elmundo.es/cronica/2016/04/24/571a65bd468aeb9d178b45d9.html
El documento discute la importancia de que Felipe IV se convierta en rey de España unificando los reinos bajo las leyes de Castilla. Esto fortalecería su poder y le permitiría extender la religión cristiana. Se sugieren tres caminos para lograr esto de manera discreta para evitar conflictos, aunque en un asunto tan importante se podrían pasar por alto pequeños inconvenientes con tal de lograr el objetivo principal.
El Proyecto Matriz #117 SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA EN ESPAÑA Y UN GUIÑOProyecto Matriz
El documento resume las relaciones entre la Soberana Orden Militar de Malta y España. Carlos V donó la isla de Malta a los Caballeros Hospitalarios en 1530. En el siglo XIX, Carlos IV se declaró Gran Maestre de la Orden en España. Actualmente, los caballeros españoles pertenecen a dos entidades. Las relaciones diplomáticas entre España y la Orden se establecieron formalmente en 1937 y 1948. Varios reyes españoles han recibido honores de la Orden. El documento también menciona una posible referencia a la Or
Este documento presenta un resumen de los hechos clave del reinado de los Reyes Católicos Isabel de Castilla y Fernando de Aragón. Explica que su matrimonio unió dinásticamente Castilla y Aragón, y que tras la guerra civil entre 1474 y 1479 se consolidó el poder de Isabel sobre Castilla. También se produjo la conquista de Granada y la unificación religiosa de la península, al tiempo que los Reyes Católicos reforzaron el poder de la monarquía frente a la nobleza.
Este documento resume la evolución de los reinos cristianos en la Península Ibérica desde el siglo VIII hasta el XV. Explica el surgimiento del reino asturiano tras la batalla de Covadonga, la formación posterior de los reinos de León, Castilla, Navarra y la Corona de Aragón, así como los procesos de reconquista y repoblación. También describe la organización política y el desarrollo de los estilos artísticos románico y gótico en estos reinos medievales hispánicos.
La Reconquista cristiana comenzó con la victoria del rey astur Don Pelayo sobre los musulmanes en la Batalla de Covadonga en 722. Los reinos cristianos de Asturias y León se expandieron hacia el sur y el este, mientras que en los Pirineos surgieron los reinos de Navarra, Aragón y los condados catalanes. Entre los siglos XI y XIII, los reinos cristianos conquistaron la mayor parte de la Península Ibérica hasta el río Guadalquivir, incluyendo los valles de los r
Varios coleccion de documentos para la historia de mexicoAmilcar Rafael
Este documento presenta una biografía resumida de Fray Toribio de Benavente, también conocido como Motolinía, uno de los primeros misioneros franciscanos que llegaron a México en 1524 para evangelizar a los indígenas. Describe su origen en España, el viaje a México, su llegada a Tlaxcala y la Ciudad de México, su adopción del nombre Motolinía, y sus esfuerzos iniciales por proteger a los indígenas, lo que lo puso en conflicto con las autoridades coloniales. También menciona su
Este documento presenta una introducción a la unidad sobre el nacimiento y expansión de los territorios cristianos en la Península Ibérica durante la Edad Media. Explica que se analizará el origen de los diferentes reinos cristianos como Asturias, León, Castilla, la Marca Hispánica y los territorios pirenaicos. También se explicará la expansión de estos reinos en los siglos XI y XII y el surgimiento del Reino de Portugal y la Corona de Aragón.
El documento resume el reinado de Carlos I de España y V de Alemania desde 1516 hasta 1556. Carlos heredó una gran amalgama de territorios que lo convirtieron en el monarca más poderoso de su tiempo. Sin embargo, tuvo dificultades iniciales debido a que no era español y trajo muchos asesores flamencos. Esto llevó a las revueltas de las Comunidades de Castilla y las Germanías de Valencia. Más tarde, Carlos se centró en su política exterior enfrentándose a Francia, los protestantes y los turcos, alcan
N 20081006 don alvaro de luna- condestable de castillarubindecelis32
Álvaro de Luna (1390-1453) fue un noble castellano que se convirtió en el favorito y hombre más poderoso durante el reinado de Juan II de Castilla. Ocupó cargos como Condestable de Castilla y Gran Maestre de la Orden de Santiago. Tuvo un gran poder e influencia durante décadas, pero finalmente cayó en desgracia y fue ejecutado después de ser acusado de varios crímenes. Más tarde fue declarado inocente de dichos cargos. Su figura histórica ha sido retratada en varias obras
Este documento presenta una introducción sobre la necesidad de comprender la historia de México desde su nacimiento con la conquista española en el siglo XVI. Luego describe algunos antecedentes del Imperio español y la Hispanidad, incluyendo detalles sobre la unión de Castilla y Aragón y la elección de Carlos I como emperador. Finalmente, analiza la llegada de Hernán Cortés a México y cómo fue confundido con Quetzalcóatl, antes de fundar la Nueva España.
1 claves colón-orígenes del reino de aragónMarisa Azuara
1ª Conferencia de un ciclo de cuatro charlas que pretende contextualizar, adecuadamente, la investigación sobre la identidad de Cristóbal Colón y la España que él conoció
Este documento resume el periodo de 1788 a 1898 en España, conocido como la Era de las Revoluciones. Describe los reinados de Carlos IV y Fernando VII, las invasiones napoleónicas que llevaron a José Bonaparte al trono español, el levantamiento del 2 de mayo de 1808 que inició la Guerra de Independencia, la constitución liberal de 1812 promulgada en Cádiz, y el trienio liberal de 1820-23, así como la represión absolutista posterior.
Este documento resume la decadencia política y económica de la Monarquía Hispánica durante el siglo XVII bajo los reinados de Felipe III, Felipe IV y Carlos II. Destaca la corrupción durante el gobierno del duque de Lerma como valido de Felipe III, los intentos de reforma fiscal y militar del conde-duque de Olivares que provocaron revueltas en Cataluña y Portugal, y las derrotas militares frente a Francia y los Países Bajos que debilitaron el poder español. El documento concluye describiendo la disput
España ha mantenido su unidad a través de la dinastía histórica a pesar de dividirse inicialmente en cuatro reinos después de la conquista musulmana. Aunque hubo diferentes dinastías y apellidos reales debido a matrimonios, todas formaban parte de una misma dinastía histórica. La monarquía compuesta unió a los reinos bajo una misma corona hasta la imposición del centralismo borbónico. La constitución española está en lo correcto al defender la dinastía histórica como forma de unidad de España.
Este documento resume la nobleza peruana durante la dominación española y las tentativas de establecer la monarquía en el Perú a principios del siglo XIX. La nobleza peruana tenía tres orígenes principales y llegó a incluir un duque, 58 marqueses y 45 condes. Aunque poseían grandes haciendas, la nobleza peruana prefería una vida perezosa en las ciudades. Varias figuras históricas como Belgrano intentaron restaurar la monarquía inca o establecer nuevos reinos con monarcas europeos, pero
Conquista, colonización y administración de las Indiaspapefons Fons
El documento resume la conquista, colonización y administración de las Indias por parte de España. Cristóbal Colón realizó cuatro viajes entre 1492 y 1504, descubriendo las Américas para España. Los españoles posteriormente conquistaron gran parte de Mesoamérica y Sudamérica en el siglo XVI, incluyendo los imperios azteca e inca. Establecieron una administración colonial a través de virreinatos y otras instituciones. Sin embargo, la población indígena sufrió mucho debido a la explotación y las enfermed
Tercera ponencia de la serie de conferencias impartidas por Marisa Azuara en el Club Náutico de Zaragoza sobre las claves del Reino y de la Corona de Aragón que nos permiten comprender la figura de Cristóbal Colón.
Cervantes sevilla familia inglesa julio mayofjgn1972
SEVILLA Y LA FAMILIA INGLESA DE CERVANTES
JULIO MAYO
ABC de Sevilla, 23 de abril de 2016, pp. 28-29
«La española inglesa» está colmada de referencias que establecen
la relación entre el escritor y la Inglaterra de Shakespeare
Los titón y los herver el mundo - eduardo del campofjgn1972
LOS TITÓN Y LOS HERVER
LA FAMILIA INGLESA DE CERVANTES
Diario El Mundo, domingo 24 de abril de 2016.
EDUARDO DEL CAMPO
http://www.elmundo.es/cronica/2016/04/24/571a65bd468aeb9d178b45d9.html
El documento discute la importancia de que Felipe IV se convierta en rey de España unificando los reinos bajo las leyes de Castilla. Esto fortalecería su poder y le permitiría extender la religión cristiana. Se sugieren tres caminos para lograr esto de manera discreta para evitar conflictos, aunque en un asunto tan importante se podrían pasar por alto pequeños inconvenientes con tal de lograr el objetivo principal.
El Proyecto Matriz #117 SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA EN ESPAÑA Y UN GUIÑOProyecto Matriz
El documento resume las relaciones entre la Soberana Orden Militar de Malta y España. Carlos V donó la isla de Malta a los Caballeros Hospitalarios en 1530. En el siglo XIX, Carlos IV se declaró Gran Maestre de la Orden en España. Actualmente, los caballeros españoles pertenecen a dos entidades. Las relaciones diplomáticas entre España y la Orden se establecieron formalmente en 1937 y 1948. Varios reyes españoles han recibido honores de la Orden. El documento también menciona una posible referencia a la Or
Este documento presenta un resumen de los hechos clave del reinado de los Reyes Católicos Isabel de Castilla y Fernando de Aragón. Explica que su matrimonio unió dinásticamente Castilla y Aragón, y que tras la guerra civil entre 1474 y 1479 se consolidó el poder de Isabel sobre Castilla. También se produjo la conquista de Granada y la unificación religiosa de la península, al tiempo que los Reyes Católicos reforzaron el poder de la monarquía frente a la nobleza.
Este documento resume la evolución de los reinos cristianos en la Península Ibérica desde el siglo VIII hasta el XV. Explica el surgimiento del reino asturiano tras la batalla de Covadonga, la formación posterior de los reinos de León, Castilla, Navarra y la Corona de Aragón, así como los procesos de reconquista y repoblación. También describe la organización política y el desarrollo de los estilos artísticos románico y gótico en estos reinos medievales hispánicos.
1) Sancho VI de Navarra reinó entre 1150 y 1194 y se le conoció como Sancho el Sabio.
2) Los primeros años de su reinado estuvieron marcados por su vasallaje a Castilla, pero tras la muerte de varios monarcas castellanos pudo desligarse de este vasallaje.
3) A partir de entonces se embarcó en la recuperación de los dominios históricos de Navarra y en la consolidación de su monarquía frente a sus vecinos Castilla y Aragón.
La Fundación Sancho el Sabio toma su nombre del rey navarro Sancho VI el Sabio que dio fuero a Vitoria en 1181. Su reinado se extendió sobre el viejo reino durante casi cuarenta y cuatro años,
entre 1150 y 1194. El objetivo de este trabajo es abordar su biografía, de modo que el lector pueda conocer algunos de los hechos fundamentales
en los que intervino y sus iniciativas políticas, militares y diplomáticas.
En primer lugar, trataré de concretar por qué ha pasado a la historia con ese sobrenombre. A continuación, siguiendo a quienes se han ocupado de estudiar su reinado –especialmente a los profesores José María Lacarra, Ángel J. Martín Duque, Luis Javier Fortún y Juan Francisco Elizari– dividiré su reinado en cuatro etapas, en torno a las cuales organizaré la información
sobre el mismo.
El documento resume la historia de los Reyes Católicos Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón. Tras la guerra civil en Castilla y la unificación de los reinos bajo su mando, se dedicaron a la conquista de Granada (1481-1492) y la expulsión de judíos y musulmanes. También reforzaron el poder real, establecieron la Inquisición, y expandieron su influencia por Italia, África y el Atlántico.
Este documento resume los principales acontecimientos políticos, económicos y sociales de la Baja Edad Media en la Península Ibérica. Explica la organización política de Castilla y la Corona de Aragón, la crisis demográfica y económica causada por las malas cosechas y epidemias, y la expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo a través de conquistas en Sicilia, Cerdeña y Nápoles. También analiza las instituciones de gobierno de ambos reinos y las tensiones
Este documento resume el contexto histórico de España durante el Siglo de Oro, cuando se escribió El Quijote. Explica que los Reyes Católicos unieron los reinos de Castilla y Aragón, conquistaron Granada en 1492 y expandieron el dominio español a Italia y América. Sin embargo, durante el reinado de los Austrias Menores, España entró en crisis económica, política y social. Aun así, surgió el Siglo de Oro de las artes españolas, con autores como Cervantes, Lope de Ve
Este documento presenta un resumen de los grandes reinos peninsulares en la Edad Media. En los siglos XII y XIII, se consolidaron los cuatro reinos cristianos de la península ibérica a través de la unificación y expansión. Los reinos de Castilla y la Corona de Aragón se fortalecieron militarmente y expandieron sus territorios. La economía de Castilla dependía principalmente de la ganadería ovina y la exportación de lana, lo que fortaleció el poder de la nobleza.
Este documento resume el tema de los reinos cristianos peninsulares durante la Edad Media. Explica que estos reinos surgieron a partir del siglo VIII tras la invasión musulmana, incluyendo el Reino de Asturias, los condados catalanes y aragoneses, y el Reino de Pamplona. Luego describe el proceso de Reconquista desde el siglo X y la fase de Repoblación por parte de las nuevas monarquías, consolidándose los reinos de Castilla-León, Navarra, Aragón, Portugal y Granada en el
Tema 4 La Baja Edad Media. Crisis siglos XIV y XV.Teresa Pérez
4) La Baja Edad Media. La crisis de los S.XIV y S. XV. La organización política. Instituciones. Crisis demográfica, económica y política .Expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo. Las rutas Atlánticas: castellanos y portugueses. Las Islas Canarias.
1) Los Reyes Católicos unieron las coronas de Castilla y Aragón, estableciendo las bases para la futura unificación política de España. 2) Gobernaron con el objetivo de lograr el dominio peninsular, la unidad religiosa, la expansión exterior y la centralización del poder real. 3) Notables logros de su reinado fueron la conquista de Granada en 1492, la incorporación de Navarra en 1512-1513, y el patrocinio de los viajes de Cristóbal Colón que resultaron en el descubrimiento de América.
La Monarquía Autoritaria de los Reyes Católicospapefons Fons
Este documento resume la monarquía autoritaria de los Reyes Católicos Isabel de Castilla y Fernando de Aragón. Tras una guerra civil de 4 años, el Tratado de Alcáçovas en 1479 reconoció a Isabel como reina de Castilla. Aunque Castilla y Aragón mantuvieron sus propias instituciones y leyes, los Reyes Católicos centralizaron el poder real y reformaron la administración para fortalecer su autoridad, como con la creación de la Santa Hermandad en Castilla y el nombramiento de virre
Este documento resume la historia de Cataluña desde tiempos antiguos hasta el siglo XIX. Explica que la Península Ibérica ha estado poblada durante cientos de miles de años y ha sido hogar de diversos pueblos. Cataluña emergió como entidad en la Edad Media bajo presión de los francos y musulmanes. Aunque la historia de España y Cataluña ha estado entrelazada, los nacionalismos usan versiones sesgadas del pasado para legitimar sus reivindicaciones actuales.
Charles Rivera, nos vuelve a regalar uno de sus libros. Esta vez, nos traslada al s. XV, Una historia repleta de luchas, aventuras y supervivencia a través de las andanzas de nuestro vecino Tricio Egia.
La Fundación Sancho el Sabio, dependiente de la Obra Social de Caja Vital Kutxa, es un centro de documentación sobre la cultura vasca. Con casi medio siglo de vida, ha evolucionado desde la
biblioteca tradicional a la difusión de contenidos en acceso abierto. Sus fondos incluyen una tipología documental variada: impresos, manuscritos, publicaciones seriadas, fondos iconográficos, archivos privados, etc. en distintos soportes.
El documento describe el Siglo de Oro español (siglos XVI y XVII) como un período de gran esplendor artístico y literario. Coincidió con dos momentos históricos distintos: en el siglo XVI hubo expansión económica debido al oro de América, mientras que en el XVII hubo crisis económicas y endeudamiento creciente del estado. Toledo y Castilla-La Mancha estuvieron vinculadas a muchos de los grandes ingenios y artistas de esta época dorada de España. El documento presenta document
Los reinos cristianos peninsulares en la edad mediaoscarjgope
Este documento describe la historia de los reinos cristianos peninsulares durante la Edad Media. Resume la formación de los primeros reinos cristianos como Asturias y León en el norte, y los condados pirenaicos como Pamplona y Aragón. Explica cómo estos reinos se consolidaron y expandieron durante los siglos XI-XII, dando lugar a entidades políticas más grandes como Castilla, Portugal, Navarra y la Corona de Aragón. También resume la organización política, económica y social de estos reinos durante la plena
El documento describe la situación política y socioeconómica de las coronas de Castilla y Aragón durante los siglos XIV y XV. En Castilla, la monarquía logró imponer su autoridad sobre la nobleza y establecer una legislación uniforme. Sin embargo, hubo crisis demográfica y económica debido a la peste negra y malas cosechas, lo que generó conflictos sociales. En Aragón se mantuvo un sistema pactista y cada territorio conservó sus propias instituciones. La corona expandió su influencia por el Mediterrá
Este documento resume la revuelta de los irmandiños en Galicia entre 1467 y 1469. Los irmandiños, gente común de Galicia, se levantaron contra la nobleza gallega debido a los abusos y agravios cometidos por los señores. La formación de la Santa Irmandade, inspirada en la hermandad de Castilla y León, les dio la organización y legitimidad para rebelarse. Los irmandiños rápidamente tomaron el control de Galicia, derrocando fortalezas y castigando a los malhechores. Su actu
Similar a Fueros del Reino de Navarra. Su defensa en el Memorial de la Diputación del Reino en respuesta al Señorío de Vizcaya. Año 1745 (20)
La función del sector público en la economía. Presentaciónjosefermin
Al construir un pantano, el sector público modifica la naturaleza y su curso normal. Así mismo, cuando un Gobierno o administración pública interviene en la economía, modifica el normal funcionamiento del mercado.
Hay un debate constante sobre el grado en el que el sector publico debe intervenir en la economía; su papel y participación han crecido paradójica y contantemente en los países desarrollados, donde la libertad económica ha sido el principal agente del desarrollo material. La idea de que el Estado debe ocuparse del bienestar de todos sus ciudadanos ha provocado de hecho el crecimiento del sector público. Ahora bien, ocuparse no significa sustituir, controlar, o bien competir con el sector privado, que es la iniciativa social, la verdadera que crea riqueza.
Función del Sector Público en la economía. Resolución de examenjosefermin
Al construir una autopista, un aeropuerto, un pantano... el sector público altera la naturaleza y su transcurrir normal.
Así mismo, cuando un Gobierno interviene en la economía, modifica el normal funcionamiento del mercado.
Es constante el debate sobre el grado en el que el sector público debe intervenir en la economía de una sociedad, su función y participación, que de hecho ha crecido en los países desarrollados, de forma constante, y sin duda excesiva. Si formulamos nuestro criterio, más que el Estado del bienestar, es preciso formular la sociedad del bienestar, en la que el poder civil o administración pública debe respetar, colaborar y no competir . Más que "propiedad para el Estado", digamos "propiedad para todos los ciudadanos y agentes sociales". Más que servir al Estado, digamos que el poder civil sirva a la sociedad entera, y no a los plutócratas quienes, en realidad, desean controlar el Estado que es de todos.
El sistema financiero bancario y no bancariojosefermin
La Bolsa de valores es un mercado financiero. Sin embargo, además de las Bolsas, el sistema financiero es bastante más extenso. Interesan aquí los intermediarios financieros bancarios y los intermediarios financieros no bancarios. En particular, se estudia el mercado de valores y el banco central (Banco de España y Banco Central Europeo).
La función del sector público en la economía nacional. Si al construir un pantano o una autopista el sector público modifica la naturaleza creada por Dios y su curso normal, del mismo modo, cuando un Gobierno interviene en la economía, modifica el funcionamiento normal del mercado. La pregunta es cuándo el sector público debe intervenir en la economía, cuanto, con qué condiciones y para qué. La economía mixta de mercado no debe desplazarse a una economía cada vez más dirigida y hasta pre totalitaria. El poder civil debe reafirmar y estimular el dinamismo libre de la sociedad, reconocer el principio de subsidiariedad y el bien común, y subrayar el salario familiar.
Dinero e inflación. El dinero actúa como medio de cambio, unidad de cuenta y depósito de valor. Facilita los intercambios, a especialización y división del trabajo, el ahorro. Sin dinero los modernos sistemas económicos no podrían existir. Cuando surge algún nivel de especialización, aparece el dinero materializándose en cualquier tipo de bien (conchas, piedras preciosas, perlas, sal, metales etc.). Nos interesa estudiar el dinero, sus funciones, clases, evolución en el tiepo, y su proceso de creación. También se analiza el proceso de pérdida de capacidad adquisitiva del dinero, llamado inflación, tanto sus teorías explicativas como sus efectos sobre la economía. Los actuales Gobiernos y el nuevo Orden Mundial a la vista, deben velar por el bien común, el salario familiar y el principio de subsidiariedad, sin manipular el valor del dinero.
Este documento presenta un resumen del curso UD14 Sistema Financiero. Explica conceptos clave como intermediarios financieros bancarios y no bancarios, el mercado de valores, y los bancos centrales. Cubre temas como las funciones de los bancos, su balance, y tipos de intermediarios financieros. También describe el mercado primario y secundario de valores, así como los tipos de renta fija y variable. El objetivo es proporcionar una introducción a estos temas financieros fundamentales y su importancia para el ámbito lab
Estamos en el ámbito de la biografía. El marco es la Revolución política liberal, que incidió de lleno en la España del siglo XIX. Esta dividió a las familias, condicionó formas de vida y la manera de acceder al poder político, e impulsó a unos a la vida política por razón de prestigio o inquietud, y a otros -sobre todo los tradicionalistas- a tomar las armas en momentos límite. El diputado por Navarra don Miguel María Zozaya e Irigoyen, del valle de Baztán (Errazu), perteneció al sector pudiente de la Montaña de Navarra, tuvo un gran prestigio social, y , hombre activo y práctico, ocupó cargos políticos: dos veces fue diputado a Cortes antes de la Revolución de 1868 por la Provincial Foral de Navarra -antiguo Reyno-; dos veces diputado foral de Navarra por el partido fusionista; una vez gobernador civil de Pamplona con Sagasta; dos veces fue alcalde del valle de Baztán siendo moderado, y, sin duda al servicio de sus vecinos, también ocupó el cargo de alcalde pedáneo de Errazu y tesorero de este pueblo de la Montaña. Hasta 1876 fue liberal conservador y tras 1880 liberal fusionista. No obstante, su paso por cargos políticos fue breve. Sin embargo, dos hermanas suyas fueron carlistas, como su cuñado Ortigosa en 1870, y los cinco hijos Ortigosa-Zozaya. También lo fueron algunos amigos suyos. Fue un hombre de gran inteligencia y carácter, activo y prudente, apto para los negocios, inversor financiero, propietario de tierras y ganadero, fue muy creativo, eficaz como agente en Madrid mientras era diputado, refundó el pueblo de Murillo de las Limas a 7 km. de Tudela, y gozaba de elevados ingresos procedentes de la isla de Cuba donde tenía tres grandes haciendas compradas a finales del siglo XVIII. Vivió una época convulsa y le afectaron de llenos los problemas de España en Cuba, así como las dos guerras civiles en Cuba (1868 y 1895). Pertenecía a la nobleza arraigada en el país navarro (cabo de Armería) y a la nueva nobleza por diferentes servicios institucionales y políticos. ¿Cuál fue su caminar y opciones políticas, cuáles sus circunstancias e influencias, y cuál el cambio que fue experimentando a su alrededor?
Como institución canónica de la Iglesia católica, la Hermandad de Caballeros Voluntarios de la Cruz, fundada por ese gran obispo que fue mons. Olaechea Loizaga el 26-XII-1939, tenía unos objetivos de naturaleza religiosa, recordando que el desgraciado conflicto civil en España iniciado en 1936, se planteó por muchísimos como una Cruzada en defensa de la religión católica ante la persecución antirreligiosa abierta en el ámbito privado, social y político. También se planteó como freno y supervivencia de toda la nación ante la Revolución galopante, desarrollada desde 1931, y, especialmente, desde febrero de 1936. (Ya se ha demostrado que las elecciones de febrero fueron un fraude). Una Revolución dirigida por el marxismo y con un carácter estalinista, pues era Stalin quien presidía la dictadura del proletariado en la URRS, y Moscú quien dirigía la IIIª AIT. Largo Caballero (PSOE) pretendía imponer el soviet mediante la Revolución abierta, como prolongación del golpe de Estado antidemocrático continuado como guerra civil en 1934, y realizado en Cataluña y sobre todo Asturias, golpe y Revolución liderados por el PSOE, PC, CNT/FAI y los separatistas. La persecución religiosa a los católicos y el camino directo hacia la Revolución y dictadura del proletariado, impulsó a los católicos y el resto de España que se resistía a morir, a la legítima defensa. En recuerda de estos móviles, para evitar que de nuevo se llegase a tales extremos, y sin relación alguna con actuaciones odiosas en retaguardias, se fundó la Hermandad de Caballeros Voluntarios de la Cruz, en Navarra aunque con vocación de extenderse por toda España.
Hemos sufrido la crisis económica de 2007 de la que aún no hemos salido, para empalmar con otra posterior. Las crisis cíclicas tienen al hombre como sujeto agente y no sólo como paciente, y han sido estudiadas en el ámbito de la edad contemporánea. La actual situación originada por el Covid expresa que la sucesión de crisis no sólo se debe a la superproducción, a la ambición del capitalismo en el caso que sea desenfrenado y a los desajustes y errores del capitalismo de Estado. La explicación de la crisis de 2007 por el profesor Leopoldo Abadía permite entender bien lo ocurrido y lo que pudiera ocurrir de nuevo de actuar igual y en las mismas circunstancias.
La Guerra de Sucesión española (1700-1713/14) se debió a la disputa sobre quién debía heredar los territorios de la monarquía hispánica tras la muerte sin herederos de Carlos II de España. Los principales candidatos fueron José Fernando de Baviera, Carlos de Habsburgo y Felipe de Borbón. Los tratados de partición buscaron dividir los territorios entre las potencias europeas, pero Carlos II nombró heredero a Felipe de Borbón. Esto llevó a la guerra entre la alianza borbón
Este documento resume el primer Congreso Internacional Garciano celebrado en línea del 24 al 26 de septiembre de 2021 para conmemorar el bicentenario del nacimiento del presidente ecuatoriano Gabriel García Moreno en 1821. El congreso, organizado por el recién refundado Instituto Nacional Garciano de Ecuador, contó con la participación de sacerdotes, doctores y profesores de Ecuador, Estados Unidos, España, Italia, México y Brasil. Sus objetivos fueron rescatar, reivindicar y honrar la memoria de García Moreno y continuar su
¿Cómo se expresó la ciencia cartográfica en los siglos XVI y XVII, y en los años que les precedieron? El asombro se apodera del interesado en estos preciosos temas, y ante los mapas elaborados no tenemos otra alternativa que admirarnos hasta el sobrecogimiento. Este tema expresa lo mucho que empequeñecemos a los hombres del pasado, y lo mucho que condensamos indebidamente el paso del tiempo. Sin exploradores aventureros, sin comercio, sin afán por saber, sin expertos en la navegación, sin sabios en levantar mapas, sin dibujantes e impresores de una enorme categoría... nada hubiera sido posible.
Ofrecemos unos elementos básicos e imprescindibles sobre la primera y segunda revoluciones agrarias e industriales, como esquema que sirva para profundizar posterior y ordenadamente en ellas. La enorme complejidad del tema exige, como planteamiento didáctico, el aprendizaje evolutivo y por descubrimiento por parte del alumno. De estos materiales y observaciones inicialmente sencillas, el alumno se adentrará, si lo desea, en niveles superiores. En el texto, identificadas las coordenadas básicas, se indican varias consecuencias, y se aporta un apéndice para conocer los inventos relativos a las máquinas y la ciencia. Por otra parte, la ordenación y clasificación, el apoyo mediante imágenes de los descubrimientos y semblantes de autores, el uso del mapa y hasta de secuencias literarias y de cine, diferenciarán los distintos niveles de aprendizaje.
He aquí una síntesis bien ordenada de la primera guerra mundial, necesaria para retener adecuadamente un tema apasionante, en su miseria y grandeza, con el que se inicia el conflictivo siglo XX. Insistir en las nuevas armas mortíferas y en la guerra de trincheras, así como en las revoluciones en Rusia y las consecuencias de la guerra submarina, identifica este conflicto en relación con las guerras anteriores y posteriores. El mal planteamiento de los tratados de paz, sobre todo el de Versalles con Alemania, inicia unas tensiones posteriores que, unidas sobre todo a los virajes finales de política internacional, conducirán a la IIª Guerra mundial.
La Primera Guerra Mundial estalló en 1914 tras el asesinato del Archiduque Francisco Fernando de Austria en Sarajevo a manos de nacionalistas serbios. Las alianzas entre las potencias europeas llevaron rápidamente al conflicto entre la Triple Entente (Francia, Rusia, Reino Unido) y la Triple Alianza (Alemania, Austria-Hungría, Italia). La guerra duró de 1914 a 1918 e involucró a 32 naciones en una guerra de trincheras que resultó en millones de bajas antes de que terminara con
Este documento resume los principales movimientos obreros del siglo XIX. Comenzó con el ludismo en Inglaterra en 1779-1813, donde los obreros destruían máquinas en protesta por las malas condiciones laborales. Luego surgieron los primeros sindicatos en Inglaterra en los inicios del siglo XVIII y en 1834 con las Trade Unions. También hubo movimientos como el cartismo entre 1838-1848 que luchaba por mejoras laborales y el sufragio universal. Por otro lado, se desarrollaron dos tipos de
El documento resume las principales características de la 1a y 2a revolución agraria e industrial. La 1a revolución tuvo lugar entre 1767-1870 e introdujo máquinas como la máquina de vapor, la lanzadera volante, y la hiladora, aplicadas inicialmente a la agricultura y luego a la industria textil. La 2a revolución desde 1870 en adelante se caracterizó por avances en electricidad, petróleo, química y transporte, con máquinas más complejas. El documento también analiza factores como las materias pri
El documento describe el periodo del absolutismo y despotismo ilustrado en España bajo los reinados de Carlos IV y Fernando VII. Explica cómo el favorito Manuel Godoy acaparó poder pero cometió errores que llevaron a la invasión napoleónica en 1808 y el levantamiento popular del Dos de Mayo en Madrid.
Esta aportación es una síntesis sobre la independencia de las Trece colonias inglesas frente a las exigencias jurídicas y de impuestos señaladas por el Gobierno y Parlamento de Londres en la segunda mitad del s. XVIII. El estallido jurídico fue clave en este episodio. Con dolor surgió una nueva nación, a la que una élite racionalista impuso una Constitución llamada "moderna". Así, tras la independencia en 1783, las Trece colonias independientes entre sí, se federaron, siendo posterior la tentación de transformarse, ante en nuevo centralismo, en una confederación.
Programación anual de Geografía de España y Navarra. 2º Bachillerato. Selectividad. Contiene una programación concreta para todo el año académico, que sirve al mismo profesor como modelo de otras, para presentar al Departamento o Equipo Técnico de Centro. Se completa con la programación o guía anual del alumno, las Guías de cada Unidad Didáctica (que no son, en este curso, Guías de Trabajo Autónomo), y la programación diaria del profesor. Esta última es muy útil para realizar la programación anual del año siguiente, conforme a las posibilidades reales del aula.
Fueros del Reino de Navarra. Su defensa en el Memorial de la Diputación del Reino en respuesta al Señorío de Vizcaya. Año 1745
1. Recordatorio Foral
El Fuero de Navarra II
FUERO Y NATURALEZA
DEL REINO DE NAVARRA
MEMORIAL FÁCSÍMIL DE LA DIPUTACIÓN DEL REINO
DE NAVARRA EN 1745, ANTE LAS PRETENSIONES DEL
SEÑORÍO DE VIZCAYA
José Fermín Garralda Arizcun
Doctor en Historia
Col. Nueva Bermeja nº 13
Pamplona
Enero, 2014
2. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Autor: José Fermín Garralda Arizcun, doctor en Historia
“La naturaleza del Reino de Navarra. Memorial facsímil de la Diputación del Reino de Navarra
en 1745, ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya”
Año 2014
C/ Arrieta nº 2
31002 Pamplona – Navarra - España
rargonz@gmail.com
historiadenavarraacuba.blogspot.com
Colección: Nueva Bermeja nº 13
* Queda prohibida la reproducción total o parcial de este trabajo sin permiso del autor
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3. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
FUERO Y NATURALEZA DEL REINO DE NAVARRA.
MEMORIAL FACSÍMIL DE LA DIPUTACIÓN DEL
REINO DE NAVARRA EN 1745,
ANTE LAS PRETENSIONES DEL SEÑORÍO DE
VIZCAYA
José Fermín Garralda Arizcun
Doctor en Historia
Pamplona, diciembre de 2013
ÍNDICE:
1. Monarquía limitada y no absoluta
2. Un caso de defensa foral del Reino en general desconocido. Memorial de la
Diputación del Reino en 1745
3. Contenidos del Memorial de 1745 al rey Felipe VII de Navarra y V de Castilla
4. Edición facsímil del Memorial de la Diputación del Reino en 1745
5. Bibliografía
NO ES DIFÍCIL ADVERTIR cómo el gran público de hoy, llevado por
una excesiva información muchas veces sin contrastar e imbuido de ciertas
dosis de afección a lo material y un elevado interés individualista, no esté al
tanto de lo que dice la investigación seria sobre el pasado histórico.
Es más, alguno puede pensar:
“- ¿El pasado? ¡Qué más da! Así como nos aprovechamos del presente
todo lo que podemos, ¿por qué no aprovecharnos igualmente del pasado,
utilizándolo a nuestro provecho para intereses extra históricos como, por
ejemplo, la deconstrucción del presente y la consiguiente construcción de la
utopía?”. Así dicen algunos, mientras hablan del pasado histórico sin hacer
mucho caso a los profesionales de la ciencia histórica.
Súmese a ello la existencia de escritores algo ligeros, que tergiversan el
ayer desde posiciones ideológicas, utilizando para ello abundantes medios que
los historiadores profesionales ya quisieran para ofrecer al público el
conocimiento de nuestros resultados.
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4. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Por todo ello, en estas páginas de nuestro blog de historia de Navarra
(historiadenavarraacuba.blogspot.com) ofrecemos una aportación documental
que creemos desconocida incluso para el público erudito y universitario. El
lector encontrará el documento completo y facsímil, un resumen del mismo y el
marco general de la naturaleza de Navarra como reino.
Así pues, ponemos a disposición del lector un documento impreso del
que, hoy por hoy, hay poquísimos ejemplares, y que no he visto reproducido en
libro alguno.
A Dios gracias, los medios digitales son muy útiles y con más motivo en
tiempo de crisis social y económica, en el que resulta muy caro imprimir libros
convencionales para un reducido mercado. Es difícil encontrar una editorial que
se arriesgue a no cubrir gastos por tratarse de temas especializados, y –sobre
todo- cada vez es más compleja la comercialización y distribución de los textos.
Incluso hay Congresos de Historia en los que se ha planteado cobrar una cuota
elevada para ayudar a editar las Actas, pues las subvenciones resultan de todo
insuficientes. No nos parece mal; que subsista quien pueda, aunque sabemos
que la unión hace la fuerza sobre todo en nuestra sociedad desvertebrada,
convertida en una suma de vínculos más o menos rotos. De todas maneras, la
red es por ahora un medio muy útil aunque no tenga el prestigio del papel
impreso, y está sujeta a la copia y al plagio. Por eso protegemos nuestro texto
con derechos de autor para que así pueda servir a todos.
Escudo de Armas del Reino de Navarra, tomado del Libro Viejo de Armería del Reino de Navarra, del siglo XVI.
Este Libro, de Gabriel de Huarte Ibarra y Navarra, Rey de Armas del Reino navarro,
recoge 784 escudos de armas y 107 asientos de escudos de armas
con sus certificados, añadidos posteriormente. Blog.
historiadenavarraacuba.blogspot.com (voz: Heráldica)
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5. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
1. Monarquía limitada y no absoluta
1.1. La incorporación de Navarra a Castilla. Planteemos a
continuación un marco general. El Reino de Navarra, originado a mediados del
s. IX, fue independiente y mantuvo su propia dinastía –en exclusiva- durante
siete siglos, hasta que se incorporó a la Corona de Castilla en 1515. Lo hizo
previa conquista militar por el duque de Alba, que actuó al mando de las tropas
castellanas en 1512, en las que se insertaban contingentes armados alaveses,
guipuzcoanos y vizcaínos.
Los navarros de entonces estaban divididos en agramonteses y
beaumonteses. Unos y otros deseaban mantener su reino independiente,
aunque con el apoyo exterior de Francia o de Aragón respectivamente. En
aquellos momentos la alta política de cada Reino dependía de la política
internacional. El conflicto secular entre Francia y Aragón involucró a Navarra
después de 650 años del nacimiento del viejo Reino.
Tras la fácil invasión de Navarra por el duque de Alba en 1512, y la rápida
rendición de la Pamplona beaumontesa, las circunstancias de la incorporación
de Navarra a la Corona de Castilla fueron las siguientes. El 23-III-1513
Fernando juró los Fueros del Reino en las Cortes de Navarra, donde se realizó el
juramento mutuo Rey-Reino. Dos años después, el 7-VII-1515 el Acta de las
Cortes de Castilla recogerá el acto de incorporación del Reino de Navarra a
dicha Corona, es decir, “a la corona real de estos reinos de Castilla y de León y
de Granada (…) para siempre jamás”.
Como indica la historiadora del Derecho Mercedes Galán Lorda, en dicha
Acta no se especifica la forma de la incorporación, aunque al año siguiente -el
10-VII-1516- y desde Bruselas -precisamente en la ratificación de su juramento
como rey de Navarra-, Carlos I de Castilla añadía como cláusula nueva, repetida
por sus sucesores, que juraba guardar los Fueros y leyes del Reino de Navarra
“no obstante la incorporación hecha de este reino a la corona de Castilla, para
que el dicho reino quede por sí”.
Más tarde, en 1645, Felipe IV de Castilla reconoció que dicha
incorporación se hizo realidad de “igual a igual”, o “incorporación principal”
(eqüe-principal). Según Floristán Imízcoz, esta forma de incorporación no había
sido extraña en la Europa del siglo XVI, pues se conservan varios ejemplos
además del caso de Navarra.
Así, a comienzos del siglo XVI, el Reino pasó de ser independiente a
insertarse en la Corona hispánica manteniéndose como reino “POR SÍ”, aunque
en los siglos anteriores ya se encontraba plenamente inserto en la comunidad
cultural –no por ello política- peninsular. Aunque los monarcas de Navarra
habían sido muchas veces de procedencia francesa durante la Edad Media, sin
embargo los navarros ya estaban involucrados en el resto de la nación
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6. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
(entendida como “nacido en…”) española, como dice el Concilio de Constanza.
De ésta manera, hasta 1841 Navarra se mantuvo como Reino “POR SI” inserto
en la Corona de Castilla, año en el que, ocurrida la derrota militar de los
Ejércitos Reales carlistas –tras la traición de Vergara, a cuyo acto no acudió
batallón navarro alguno-, el Reino pasó a ser provincia foral.
***
1.2. Naturaleza de la Monarquía. Se comprende fácilmente que no
exista Reino sin rey ni rey sin Reino. Durante toda la Edad Moderna, es decir,
desde 1512 prolongándose hasta 1841, Navarra mantuvo los caracteres de una
monarquía efectiva, toda vez que el monarca era el titular de la suprema
potestas y poseía los medios adecuados para cumplir sus fines específicos.
También Navarra era una monarquía preeminencial porque el máximo
gobernante gozaba del honor supremo.
Era autoritaria frente a una nobleza, que el rey sujetaba y asociaba a las
labores de gobierno. Con ello la nobleza quedó muy favorecida y, sobre todo, lo
fue el pueblo llano navarro, que evitó ver proyectados en él los posibles
conflictos nobiliarios.
Se acabaron las luchas banderizas propias de la baja Edad Media entre
agramonteses y beaumonteses en Navarra. Acabó la competencia entre la
nobleza y el monarca, las veleidades y dominio nobiliario del reino, la
inestabilidad y división social y política, y al fin se realizó la unión de los tres
estamentos (como modos básicos de estar en sociedad) en torno al rey y las
instituciones reales y del reino.
Todos estos ámbitos sociales e institucionales, más el clero, formaban por
entonces la Monarquía.
En Navarra –como en el resto de la Corona de España- la monarquía era
moderada respecto a la extensión y límites del poder, lejos del absolutismo
habitual de los gobiernos de otros países, ya de la época ya posteriores.
Así, durante el siglo XVIII, Navarra representaba uno de los ejemplos de
monarquía templada en el ámbito de una Europa donde por entonces
triunfaban las monarquías absolutas. Templada significaba que la potestas o
poder socialmente reconocido, estaba limitado por los derechos de las personas
y sociedades, individuales y colectivos, por los Fueros, y por las atribuciones
propias de las Cortes e instituciones políticas del Reino. Si es convincente la
diferenciación de Álvaro D’ Ors entre potestas (poder socialmente reconocido) y
auctoritas (saber socialmente reconocido), en este caso podríamos identificar
como auctoritas todo aquello que subordinaba al gobernante, ya por expresar
una limitación al gobierno ya en el momento de que instituciones como el
Consejo Real y las Cortes ejerciesen sus atribuciones específicas.
***
1.3. En Navarra no existía un poder político absoluto y menos
aún era un Estado absolutista. En el viejo Reino no existía el Estado del
absolutismo. Es más, sólo podríamos hablar de un Estado en germen. El
gobernante supremo, en su caso el monarca, no tenía superior social y político
alguno en el ejercicio de sus máximas y exclusivas responsabilidades, por otra
parte bien definidas y limitadas. Debido a esta limitación, no existía absolutismo
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7. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
del Estado o del rey, aunque el rey estaba absuelto (absoluto) y no era juzgado
por nadie en el ámbito que le correspondía, limitándose a ejercer su jurisdicción
privativa que era la suprema. Es más, rey y reino no se identificaban, a
diferencia de lo que ocurrirá con la soberanía nacional del s. XIX, en la que
pueblo y gobernante teóricamente se identificaron en el acto electoral. Incluso
buena parte del Reino navarro estaba fuera de la jurisdicción del gobernante,
pues sus instituciones y derechos privativos estaban realmente reconocidos por
el poder supremo.
El cuerpo político del Reino se sustentaba en tres pilares o vértices: los
Fueros y las Cortes en la parte inferior pero básica del cuerpo político, más el
vértice superior coronado por el rey, quien conservaba sus atribuciones
exclusivas para confirmar Fueros, pactar con el Reino en las Cortes, firmar y
publicar las leyes de Cortes, declarar la guerra y la paz, y que se impartiese
justicia en su nombre.
Más que un triángulo con una gran base y cuerpo desposeído de sus
derechos, desvertebrado y sin actuación política, dominado por un monarca en
el vértice o bien unas oligarquías, la Monarquía por entonces estaba enmarcada
por tres lados distintos entre sí –con tres ángulos y vértices- que eran
insustituibles para configurar el todo. El ángulo y vértice superior -en el ámbito
político- se encontraba el monarca.
El modelo de monarquía de Navarra, configurada paulatinamente en el
transcurso de siglos, se identificaba con la propia de los Austrias españoles, con
omisión de los coyunturales intentos centralistas del conde-duque de Olivares
con ocasión de la Unión de Armas promulgada en 1626, y de cierto memorial
secreto suyo redactado in extremis y que expresaba planes singularmente
maquiavélicos. No referimos al memorial que comienza así:
“Este papel, Señor será la recopilación del dictamen que tengo dado
en la materia del Estado de todos los reinos de V.M., de cada uno de ellos
por mayor y, después, de toda la Monarquía junta.
Tenga V.M. por el negocio más importante de su Monarquía, el
hacerse Rey de España; quiero decir, Señor, que no se contente V.M. con
ser rey de Portugal, de Aragón, de Valencia, Conde Barcelona, sino que
trabaje y piense con consejo mudado y secreto, por reducir estos reinos
de que se compone España, al estilo y leyes de Castilla sin ninguna
diferencia, que si V.M. lo alcanza, será el príncipe más poderoso del
mundo (…)”
Este “Gran memorial” está fechado en Madrid a 25-XII-1624 (1). Su
planteamiento y deseo político por otra parte coyuntural en la ya comenzada
guerra de los Treinta Años, deseo que muchos no compartían, refleja la
explicación que ofrece Francisco Quevedo, enemigo acérrimo de Olivares,
cuando dice: “Sólo Castilla y León / y el noble reino andaluz /llevan a cuesta la
cruz …” . Hubo motines en Vizcaya contra el impuesto de la sal y el
reclutamiento militar, y las Cortes de Cataluña de 1632 no aceptaron la Unión
de Armas.
¿Qué supuso la guerra de Sucesión en Navarra? Tras la guerra de
Sucesión (en España de 1705 a 1714), Navarra mantuvo su categoría de Reino,
por ser fiel a Felipe V de Borbón –ni siquiera se planteó otra cosa-, mientras que
los Reinos de la Corona de Aragón optaron con “rebelión” a favor el Archiduque
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8. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
de Austria, después de jurar fidelidad al nuevo monarca de la casa francesa de
Borbón. Esto hizo que, una vez que los Reinos de Aragón y Valencia austracistas
fuesen derrotados en buena lid por las tropas borbónicas, perdiesen sus Fueros
de carácter público –no así el derecho privado-, para lo cual el joven rey Felipe
alegó su “derecho de conquista”.
No obstante, esta era una mera ocasión para la supresión foral, porque,
en el decreto de Buen Retiro el 29-VI-1707 que declara la supresión de los
Fueros de Aragón y Valencia, el rey Felipe consideraba los Fueros como una
concesión graciosa, y mostraba su intención de suprimirlos con o sin conquista.
Así, el absolutismo dieciochesco en España concebía los Fueros como una
concesión del monarca, y no como un derecho preexistente del Reino anterior al
rey, a pesar de los juramentos de mutua fidelidad cada vez que accedía un nuevo
rey al trono, y de la insistencia del Reino en dejar bien claro cuál era su
naturaleza política.
En este marco, jurídica y políticamente delicado, se sitúa el Memorial de
1745 que presentamos en el que el Reino se mostraba en una situación
parcialmente defensiva.
Dicho esto, concluyamos que la tradición Navarra era de monarquía
moderada y templada, y no absoluta. Sus leyes e instituciones estaban lejos de
un absolutismo político e ideológico del siglo XVIII, que en otros países fue
cuajando en siglos anteriores. En contra de lo que algunos afirman, la
monarquía de Navarra no era ilimitada. Claro está que la historiografía de tintes
ideológicos–ahí están las diferentes escuelas- ofrecen una imagen de los Fueros
de Navarra que no se correspondía con lo que eran en realidad, ni refleja lo que
los Fueros eran para quienes los vivían.
Me refiero a la imagen de un absolutismo regio como poder unilateral del
monarca sobre los Fueros y costumbres, ajeno al pacto mutuo entre el Rey y el
Reino, y partidario del uso frecuente por el rey de las regalías fundadas en la
excepcionalidad y urgencia de las circunstancias.
El absolutismo era una moda que se fue imponiendo en Europa, quizás
como culmen de una monarquía autoritaria cada vez más secularizada –no así
en España-, para evitar la crisis propia del Barroco como época durante la
Guerra de los Treinta Años (1618-1648) y la guerra de Sucesión española (17001714), y durante las diversas guerras que estallaron en la Europa central durante
el s. XVIII. Asimismo, ahí están las diferentes rebeliones que sufrió Europa en el
siglo XVII. En estas crisis, se fortaleció lo que nosotros llamamos el poder
ejecutivo en manos del rey, disminuía la participación de las Cortes en el
legislativo, e incluso la se relegaba la actuación y convocatoria de las Cortes y
Parlamentos. Ahora bien, esto sólo ocurrió en la España del siglo XVIII, con
exclusión en ella de Navarra.
En Navarra, la costumbre podía convertirse en ley positiva civil, no
escrita o bien escrita. Sobre ello el magisterio de Fco. Salinas Quijada sobre el
derecho civil y público, entre otros juristas, ha sido insustituible. Las leyes
escritas se realizaban entre las Cortes y el monarca, aunque para García Pérez el
monarca nunca reconociese la facultad legislativa de las Cortes (2). Ello es
cierto sólo en el sentido de que la firma del monarca era necesaria para validar
la ley redactada -presentada y/o corregida- entre el Rey y Reino; la participación
de las Cortes era necesaria y, en este sentido, tan actuante en la redacción de la
Ley como lo era la decisiva firma del rey o su virrey, en cuanto representante
suyo en Navarra.
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9. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
El Fuero Reducido de 1528-1530 fue una reelaboración y actualización del
Fuero medieval. Aunque no llegó a tener la sanción del rey, sí se utilizó en la
práctica. Dicho Fuero es una recopilación no oficial. A lo que vamos: en él se
estipulaba el juramento mutuo entre el Rey y el Reino, que se mantuvo hasta la
revolución liberal. En su segundo capítulo, titulado “Cómo los reyes de Navarra
deben ser elegidos”, se retoma con detalle el contenido medieval: “Navarra ha
sido y es en sí reino antiquísimo, y los reyes del dicho reino se han de coronar y
ungir en la ciudad de Pamplona”, Novíssima Recopilación, Pamplona, 1735, lib.
I, tit.I, ley 1. Floristán Imízcoz recuerda que dicho contenido exigía al monarca:
“respeto de las leyes y reparo de agravios, reserva de oficios para los naturales
salvo la excepción de cinco, participación de los ricoshombres en las cortes, con
cuyo acuerdo han de tratarse los grandes asuntos” (3).
Las leyes de Navarra se encuentran en las Recopilaciones oficiales como las
de Antonio Chavier (1686), en la Novísima Recopilación de Joaquín Elizondo
(1735), y en los Cuadernos de las Leyes de Cortes de 1724 a 1829. Así mismo,
existen diferentes recopilaciones no oficiales, como la del citado Fuero Reducido
(1530), las Ordenanzas de Pasquier (1557 y 1567), las del Consejo Real de
Navarra recogidas por Eusa (1622), la Recopilación de Armendáriz no aprobada
por el Reino en Cortes (1614), la Recopilación de Sada y Murillo no aprobada
por el monarca (1614) y el Repertorio de leyes publicado por Irurzun (1665).
Fruto de todo ello, el absolutismo político como poder poco limitado en la
época, era ajeno a las instituciones de Navarra, y sólo cuajó de alguna manera
en una minoría de la élite social del último tercio del s. XVIII, generalmente la
más domiciliada en Madrid. Navarra es original en mantener su naturaleza y
peculiaridad, lo que ciertos historiadores ideologizados, o muy interesados en
una visión concreta del pasado, no reconocen.
Armas del emperador Carlos V,
que incluyen el escudo regio de Navarra.
Puerta principal del actual Archivo General y Real de Navarra.
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10. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
1.4. Hacia el absolutismo de la soberanía nacional.
En el siglo XVIII, el Reino Navarra se conservó al margen del
absolutismo monárquico, aunque los ministros de la Corte de Madrid iniciaron
un camino antiforal durante la segunda mitad del siglo XVIII. El Reino se
resistió todo lo que pudo, tolerando no obstante algunas intromisiones –en
materia de alistamientos militares y contribuciones económicas- mientras
protestaba sus Fueros. Todo ello lo ha estudiado Rodríguez Garraza en sus dos
primeros libros que ya son clásicos y punto de referencia de cualquier
historiador (4).
Más adelante, ya en las Cortes de Cádiz (5), el liberalismo llevará a
término la política antiforal iniciada por el absolutismo borbónico –que no
existió en Navarra- en el último tercio del siglo XVIII. Este último tendrá su
culmen cuando en 1796 Godoy pretendió poner a examen unilateral de los
Fueros de Navarra, y en 1829 con Fernando VII. Sin embargo, entre el
absolutismo ministerial y el liberalismo hay tres diferencias patentes.
En primer lugar, los móviles del absolutismo sobre Navarra tenía unos
objetivo prácticos: levas o alistamientos forzosos mediante el sistema de
“quintas” para el Ejército en 1773, 1775 y 1777 etc. y contribuciones indirectas.
No se trataba de justificaciones doctrinales, a diferencia de lo que hará la
ideología liberal, que pretendía modelar la realidad desde el fortalecimiento y
soberanía del Estado. Sin embargo, según desarrolla García Pérez, en 1772 los
fiscales Campomanes y Mena realizaron una interpretatio del Fuero para
justificar a partir de él los contrafueros según el Reino, mientras que dos
décadas después Godoy se preguntará sobre el carácter pactado de los Fueros.
Observo que hasta ahora los historiadores afirmaban que el despotismo
ilustrado era antiforal, mientras que ahora el profesor García Pérez parece
señalar que el despotismo no se apartaba de los Fueros precisamente por
efectuar sobre ellos una interpretatio diferente a la realizada secularmente por
el Reino. Lógicamente, la Diputación aclaró en 1777 la necesidad de remitirse al
espíritu de la norma escrita, y a que el juramento del rey era guardar los Fueros
“segun y en la forma que los ha usado y acostumbrado, y el mismo uso en la
sustancia, forma, y modo, que tan plenamente tiene convenido”. Creo que no se
deben forzar las cosas porque de lo contrario desaparece la materia de la
historia, se vuelven inteligibles las discusiones de la época, y podría ser
admisible cualquier argumento dado aparentemente desde dentro de la
legislación establecida.
En segundo lugar, el móvil más patente del despotismo ilustrado,
incluidas las decisiones del todopoderoso Godoy, era hacer frente a la crisis
económica de la monarquía, mientras que la motivación del liberalismo era el
principio teórico centralizador y uniformista, propio de una soberanía nacional
por naturaleza ilimitada (y que sólo aparentemente –esta apariencia la olvida
del J. I. Burgo Tajadura- podía autolimitarse) (6).
Por último, el despotismo ilustrado, a diferencia del liberalismo, criticó
parte de los derechos del Reino de Navarra, pero no todos ellos en bloque.
Durante la Edad Moderna hasta el último tercio del s. XVIII, el Reino y el
monarca coincidían, pues la unión eqüe principal estaba vinculada al concepto
de pacto entre Rey y Reino. En diversas ocasiones durante el s. XVIII el Reino
mantendrá su misma postura, como explica García Pérez.
Si decimos que en Navarra existía un embrión de Estado, en realidad éste
era extraño y ajeno al Estado pensado por Bodino y más todavía por Spinoza,
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11. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Hobbes etc. También el modelo ideológico de Locke era extraño al
planteamiento político de Navarra, pues el pactismo natural e irrevocable no
tenía relación alguna con el pactismo racionalista y de sólo voluntad promovido
por Locke desde su filosofía política. Así pues, y como señala Vallet de Goytisolo
para el principado de Cataluña, no hay relación alguna entre el pactismo
tradicional de los pensadores españoles del siglo XVI (la escuela de
Salamanca…) y el pactismo que dará origen a la revolución liberal, del que se
hará eco Martínez Marina en las Cortes de Cádiz confundiéndolo forzadamente
con la escuela tradicional.
En el liberalismo gaditano de 1812, las Cortes sustituyen al rey y además
aumentan su poder hasta llegar a ser un poder “todopoderoso”, más poderoso
todavía que el de los ministros del despotismo ilustrado. Las Cortes no estarían
limitadas por los Fueros o derechos personales, institucionales, eclesiásticos y
del Reino o políticos. Tampoco por las costumbres. Las Cortes liberales –que en
nada tenían que ver con las tradicionales, pudiéndose cambiar el término por el
de una asamblea política- prescindirán de la civilización constituida,
reduciéndose al mero estado de naturaleza, atemporal y a histórico. Por otra
parte, el rey se subordinaría totalmente a las Cortes, identificadas con el pueblo
una vez declarada la soberanía nacional. No habría pacto jurídico entre el Rey y
el Reino, ni entre las Cortes y la sociedad. Al margen, pero relacionado con esto,
del pueblo soberano se excluía en realidad a los que no podían votar, incluidas
las mujeres, organizándose el voto de manera individualista y sin organizarse en
instituciones.
Si avanzamos algo en el tiempo, y en los momentos críticos para la
monarquía en España, algunos absolutistas como el conde de Guenduláin
optaron por doña Isabel en el crítico año 1833, pues, como éste dice en sus
Memorias, había que obedecer el testamento de Fernando VII por ser voluntad
del rey. Ya se encargará el virrey de Navarra por orden del Gobierno de Madrid
de entrometerse en las instituciones del Reino y cambiar la clara mayoría
carlista del Ayuntamiento pamplonés (siete regidores de un total de diez) y de la
Diputación del reino (cinco diputados de un total de siete), por otras mayorías
afectas a la hija de Fernando VII, doña Isabel II, de modo que no tienen razón
Mª Cruz Mina Apat y los que le siguen (Pan Montojo, Felones en libros
escolares etc.) cuando afirman que dichas instituciones eran partidarias de doña
Isabel.
Sí, partidarias pero sólo una vez que el virrey expulsó a los carlistas
suficientes para cambiar la mayoría aunque quedasen otros en ambas
instituciones. Por otra parte, otro día transcribiremos un documento localizado
en los archivos de Madrid, donde se demuestra que el infante don Carlos María
Isidro –el futuro Carlos VIII de Navarra y V de Castilla- tenía muchos más
apoyos en Pamplona y Navarra de los que cierta historiografía plantea, como si
las élites “conservadoras” que ocupaban y controlaban los puestos públicos
fuesen isabelinas y a la postre anticarlistas.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
2. Un caso de defensa foral del Reino en general
desconocido. Memorial de la Diputación del Reino en 1745.
Esta defensa del Fuero de Navarra, resulta muy amena para el
historiador. Sin embargo, es muy poco conocida. No la recoge García Pérez en
Antes leyes que reyes, ni Floristán Imízcoz. Huici Goñi tan sólo hace una breve
mención a ella. Lo que sí recoge Floristán de esa época (7), es la conocida e
irónica opinión del P. José Francisco de Isla S.I. sobre el Reino de Navarra y su
Diputación, vertida en el libro del jesuita titulado Triunfo del amor y de la
lealtad. Día grande de Navarra (1746), aunque, al margen del prestigio del
jesuita en el mundo de las letras, su aportación sea absolutamente insustancial
frente a los contenidos de la Memoria que la Diputación del Reino redacta en
defensa de los Fueros con ocasión de las abusivas pretensiones del Señorío de
Vizcaya.
En este caso, una vez más la Diputación del Reino reafirmará en 1745 la
personalidad milenaria de Navarra, como Reino de por sí y en sí de las Españas,
aunque también posteriormente (8).
Vayamos al caso, pues hay varios memoriales dirigidos al rey.
El caso es que la Diputación de Navarra reclamó por primera vez a Felipe
VII porque V en Castilla, contra el Señorío de Vizcaya, porque éste último se le
había adelantado en el besamanos de la Delfina de Francia en su paso por la
ciudad de Vitoria.
Por su parte, Vizcaya respondió con un primer Memorial dirigido a su
Señor el rey Felipe V de Castilla. Su contenido originó una seria polémica,
porque el Señorío, si bien se mostraba fuerista y gozoso de pertenecer al Reino
de Castilla, cometía el desliz o el error de desconocer totalmente la naturaleza
del Reino de Navarra, poniéndola incluso en entredicho.
La historiadora María Puy Huici Goñi dice con rotundidad que, en dicho
documento, Vizcaya “desprecia los privilegios del Reino diciendo que son
concesiones generosas después de la conquista” (9).
El Señorío mostraba ignorar la naturaleza jurídico-política del Reino de
Navarra y –queriéndolo o no- tendía a congratularse con el absolutismo real en
contra de los derechos de Navarra. Este Reino era pequeño pero
territorialmente era muchísimo mayor que Vizcaya, su importancia aumentaba
al ser fronterizo con Francia como “antemural de la Patria”, y además su
naturaleza política era muchísimo más importante que la del Señorío en el
concierto de las realidades políticas del momento.
Flaco servicio hacía el Señorío de Vizcaya al Reino de Navarra en la
manera como aquel defendió su preferencia a los navarros en dicho besamanos.
No obstante, este hecho dio ocasión al Reino para recordar al monarca los
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14. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
derechos regios en Navarra, así como la exquisita fidelidad del Reino a la real
persona. Un error de tal calibre por parte del Señorío provocó una segunda
reclamación de Navarra.
El segundo Memorial o Representación de la Diputación del Reino de
Navarra está impreso con elegancia formal (19 páginas y 39 notas al ladillo). Lo
refieren las Actas de Diputación (10), y 4 de sus 40 párrafos los recoge el libro
de Huici Goñi. Este interesantísimo Memorial es poco citado –ignoro por quéen los libros especializados de Historia, y ello justifica que lo refiramos con
cierta amplitud. Poseemos una fotocopia del mismo, realizada del original
impreso que fue propiedad del librero-anticuario don Francisco Asín Remírez
de Esparza, y luego por vía de compra de don Francisco Javier de Lizarza e Inda
Hay otro ejemplar impreso en el Archivo General de Navarra.
Podemos preguntarnos cómo Navarra mantuvo su naturaleza de ser
Reino de por sí o en sí, inmersa en una época de moda absolutista. La
Diputación del Reino de Navarra (Pamplona, martes, 14-IX-1745) deshacía
en su memorial, una a una, las ocho afirmaciones del Señorío de Vizcaya. Sus
formulaciones eran prudentes y enérgicas (rasmia se llama en Navarra), y
estaban planteadas con detalle y rotundidad, finura e inteligencia política.
Esta fue la manifestación del “estallido” navarro: una diplomacia firme
no exenta a veces de cierta y oculta ironía (o sorna en tierras navarras). Con la
verdad jurídica y no exenta de una notable habilidad diplomática, la Diputación
del Reino hizo fácil lo difícil. Dio respuesta satisfactoria en cuanto Reino por sí
ante la cultura absolutista, centralista y uniformadora en la que estaba imbuido
el rey Felipe V en Castilla, titular también del Señorío de Vizcaya, rey que
respetó siempre los Fueros de Navarra aunque hacía cuatro décadas había
arrebatado los de la Corona de Aragón por derecho de conquista: a Aragón y
Valencia en 1707 (Buen Retiro, 29-VI) y a Cataluña y Mallorca en 1714. Navarra
también puso de manifiesto las expresiones aduladoras del Señorío de Vizcaya
hacia su señor natural Felipe V de Castilla. Los navarros no se dejaron “comer el
terreno” ni el Reino, por un ilustre Señorío que quiso trepar posiciones ante el
monarca absoluto, a costa de la verdad y de lo que aquel dijo que fue la
conquista de 1512.
Al argumento (lo ponemos en cursiva) del Señorío de Vizcaya le sigue la
respuesta (señalamos como R.) de la Diputación del Reino de Navarra. Esta
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15. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
respuesta contiene nada menos que 39 notas de citas. Entre ellas no hay piezas
documentales manuscritas, quizás de difícil acceso en aquella época, sino obras
impresas de fácil consulta, pertenecientes a cronistas e historiadores del altura
como el arzobispo de Toledo Rodrigo Ximénez de Rada, el Abulense, los padres
Aleson y Moret, Elizondo, Esteban de Garibay, Pedro Peralta, Jerónimo Zurita,
el príncipe Carlos de Viana, el obispo Sandoval, Oihenarto, Antonio Navarro de
Larreategui, Juan Solórzano Pereyra y un largo etcétera. Aunque estas fuentes
no pertenecen a la historia crítica, son útiles para reflejar el imaginario de la
época. Ahora bien, los aspectos más importantes del Memorial sí tienen un
apoyo documental recogido en las obras impresas de algunos de dichos
historiadores.
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16. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
3. Contenidos del memorial de la Diputación del Reino al
rey Felipe VII de Navarra y V de Castilla de 1745.
1. Navarra introducía "novedades" (Memorial, p. 2), término éste que
en la época era claramente descalificador. En esta época las obras de los padres
y generaciones importaban mucho, había deberes filiales hacia ellos, y además
la vida se concebía como un “suma y sigue”. Por otra parte, la realidad se
mostraba como una continuidad perfectiva.
Respuesta de Navarra (R): 1º) La jerarquía universal exigía que los
Reinos, como era el caso de Navarra, precediesen a las Provincias en el
besamanos, como era Vizcaya. 2º) Vizcaya y no Navarra era con sus actos la que
aspiraba a ser la primera en la jerarquía natural. 3º) Luego era Vizcaya la que
actuó con una "novedad de ninguna recomendación" al adelantarse a Navarra a
besar la mano a la Delfina de Francia en su paso por la ciudad de Vitoria. Este
punto enlaza con el último de la misma Representación.
2. Vizcaya defendía el honor y la antigüedad de los vizcaínos, que
igualaba -si no excedía- a la propia de los navarros (p. 3-10).
R: 1º) En primer lugar, la cláusula "si no excede" molestaba lógicamente
a la Diputación del Reino. ¿Quiénes eran los unos para ponerse por encima de
los otros? 2º) Este argumento de Vizcaya negaba la verdadera historia desde
Tubal, según el texto, así como el origen milenario de Navarra. La mención al
patriarca Tubal como poblador de “España (en) la Epoca mas distante” pudiera
parecer ociosa, pero no lo era en el imaginario de la época. Pues bien, si Vizcaya
exaltaba “su antigüedad, hasta fixarla en tan ilustre Fundador”, lo mismo
correspondería hacer a Navarra. Es más, Navarra, según la Diputación, debía a
Tubal “el cuidadoso afan de poblarla, con alguna prenda de haverla destinado
primer Solar para la propagacion de España”. A continuación, y mostrando su
erudición, la Diputación efectuaba otras consideraciones sobre la historia
antigua de España (p. 3-7). 3º) Además, y en un ámbito mucho más objetivo y
totalmente probado, recuerda que "Ilustraba yá á Navarra el carácter
esclarecido de Reyno, muchos tiempos antes que se concibiessen en idea el
Señorio de Vizcaya” (p. 9). 4º). Por si eso no fuera poco, en la época medieval
Vizcaya había estado subordinada a la Corona de Navarra durante varios siglos
(p. 9), en calidad de "fragmento" del Reino navarro (p. 10), gozando los reyes
navarros "el dominio Supremo Mayestático de aquella Provincia" (p. 10).
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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3. Los vizcaínos eran libres y los navarros vasallos (p. 10-12).
R: 1º) Para la Diputación de Navarra, un Reino como era Navarra no
podía ser inferior a un Señorío como era Vizcaya. 2º) El argumento de Vizcaya
era perjudicial para todos los Reinos de España, sobre todo para los de Castilla y
Aragón, porque Sancho III el Mayor de Navarra (mejor sería decir sus sucesores
inmediatos) elevó a la categoría de Reinos al condado de Castilla (Fernando I) y
al condado de Aragón (Ramiro I). Aquí la Diputación simplifica el argumento,
porque Ramiro se proclamará rey de Aragón, rompiendo con el vasallaje que
debía a su hermano el rey de Navarra. También el reino de Portugal nació al
independizarse del rey de Castilla, y el principado de Cataluña se fue
independizando de hecho del rey de Francia hasta el reconocimiento de su
independencia por el rey francés en el siglo XIII. 3º) Si Vizcaya tenía Fueros,
también Navarra gozaba de ellos, que además eran "mas antiguos, y nada
menos ilustres" que los de Vizcaya. 4º) El cetro de Navarra "siempre ha estado
en las excelsas Manos de Soberanos, á diferencia de Vizcaya, cuyos naturales
(...) reconocieron en muchos tiempos la sujeción de un Vassallage duplicado"
(p. 12). Quizás esto se refiriese al vasallaje hacia el rey de Navarra y luego el de
Castilla.
4. Vizcaya se unió a Castilla más de un siglo antes que Navarra (p. 12).
R.: 1º) Según la Diputación del Reino, decir esto era auxiliarse "de
agenos explendores" y "forasteros realzes" como eran los propios de Castilla.
No le faltaba razón, porque si Castilla era un reino nobilísimo, Vizcaya se sumó
a él pero permaneciendo como Señorío. 2º) Máxime cuando "las glorias de
Castilla" no se debían a la una singular aportación de Vizcaya. 3º) Además, el
cauce legal establecido por Vizcaya le impedía beneficiarse de las distinciones de
Castilla.
5. Vizcaya se unió naturalmente ("insensible transmision de la sangre")
a Castilla, mientras que Navarra lo hizo por conquista (p. 12-14).
R.: 1º) El argumento de Vizcaya resultaba "impertinente" y carecía de
entidad. Esta afirmación pretendía vulnerar una de las bases y fundamentos
jurídicos del Reino. 2º) La Corona de Castilla conquistó el Reino de Navarra en
1512, y expulsó al rey Juan de Labrit de Navarra, que era "Sexto Abuelo de V.M."
(Felipe VII de Navarra y V de Castilla). Aquí la Diputación se mostró
dialécticamente magnífica y contundente.
¿No quería Vizcaya engatusar al rey absolutista Felipe V diciendo que
Navarra se había opuesto al rey Fernando de Aragón y a las tropas castellanas,
siendo como era Felipe V sucesor en la Corona de dicho Fernando? Pues, miren
señores míos: ese rey Felipe a quien Vds. desean engatusar, era precisamente
descendiente directo de los últimos reyes de Navarra expulsados por Fernando
de Aragón. En efecto, la familia de Borbón de España procedía de Francia
(1700), y los Borbones franceses –como Felipe de Anjou-, procedían de Enrique
IV de Francia, que tenía sangre real de Navarra, siendo llamado Enrique III de
Navarra y sucesor de los últimos reyes navarros huidos a Francia en 1512. De
ésta manera era como la familia y sangre del rey Felipe V era la misma que la de
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los últimos reyes de Navarra antes de incorporarse ésta a Castilla. ¿Qué podía
decir a ello el Señorío de Vizcaya?
3º) Entrando más en materia, para muchos autores las Bulas de
excomunión del Papa Julio II no incluían a los reyes navarros. Decir esto era
importante, porque Fernando el Católico obtuvo unas bulas de excomunión de
los reyes navarros por apoyar al rey francés y así justificar la conquista de
Navarra. No entraremos a analizar el valor jurídico etc. de las bulas que ha sido
recientemente tratado por diversos historiadores.
De ésta manera, en estas dos últimas razones aducidas en el Memorial de
1745, la Diputación de Navarra defendía a los antepasados de Felipe de Borbón,
rey de Castilla y Señor de Vizcaya, al que los vizcaínos adulaban, “cazando” así a
estos en su propia trampa, cuando para adular al rey de Castilla –y Señor de
Vizcaya- ignoraban que Felipe V procedía de aquella familia real de Navarra que
sufrió la conquista.
6. Los Fueros de Vizcaya eran un derecho propio, mientras que los de
Navarra eran una concesión gratuita, debido al derecho de conquista de los
reyes (p. 14-15). Digamos que ésta afirmación vulneraba gravemente la
constitución interna de Navarra, máxime cuando Felipe V suprimió los Fueros
de Aragón por derecho de conquista (1707). Por eso, éste documento que
comentamos adquiere una importancia de primer grado.
R.: 1º) Se debía diferenciar conquista y ocupación. Navarra fue ocupada,
pero no fue tierra conquistada, ni subyugada. Los Fueros sólo quedaban al
arbitrio del vencedor cuando había subversión una vez que aquel ha ocupado el
territorio. Esta subversión no existió en Navarra (y sí en la Corona de Aragón en
1705, aunque la Diputación no se refiere a este último caso). Dice la Diputación:
“La violencia de este discurso consiste, en equivocar indistintas las
visibles diferencias de conquista, á la ocupacion de un Pays, que deben
discernirse por el movil impulsivo de las armas; cuyos progressos serán
propiamente conquistas, dexando los fueros del vencido al arbitrio del
vencedor, quando las agitáre alguna de aquellas verdaderas causas, que
justifican la subversión de agenos Dominios; mas no en el caso de
acaudillarlas el designio de extender los proprios sin titulo positivo, y
cierto, que autorice la invasión; pues entonces quedan ilesas, y
subsistentes á los rendidos las excempciones de sus nativos Privilegios”
(p. 14).
2º) No obstante, de hecho los navarros conservaron sus Fueros. 3º) Los
navarros -como súbditos y no vasallos- aceptaron al rey de Castilla como
monarca propio, jurando este último los Fueros del Reino ocupado. Así, y por
mutuo acuerdo, los Fueros no fueron concedidos sino reconocidos por el rey en
varios Pactos.
“Para demostrar Navarra, que los suyos (Fueros) no padecieron
alguna depresion, apenas necesita recurrir á este asylo, sino hacer
presente, que su obediencia á los Reyes Catholicos se allanó baxo la
solemne Capitulacion de preservarselos inviolables (Pactos estipulados al
entregarse Pamplona, recopilados en la Anotacion al lib. 19 cap. 4 tom.
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5 de los Anales de Navarra –nota mía: del P. Moret-); sin la qual, tal vez,
huvieran sido menos felices las armas de aquellos Principes, à quienes se
subordinaron los Navarros en calidad de subditos, no de vasallos (P.
Elizondo Epitome de los Anales de Navarra, lib. 4 cap. 4); convenciendo
estas singularidades, quanto lexos estuvo de juzgarse entonces conquista
la ocupación de este Reyno, y con quanta impropiedad se apellida a(h)ora
gratuìto el uso de sus Fueros, establecido en las precisiones de un
contrato” (p. 15). (Las Notas son del texto).
7. Las Armas de Vizcaya anteceden a las de Navarra en el escudo de
Armas Reales que para perpetuo monumento permanece en la Sala de
Embajadores del Palacio Real del Buen-Retiro (p. 15-16).
R.: 1º) Esto sólo expresaba que plasmar “la Divisa de Vizcaya en los
blasones de Castilla” únicamente era anterior en el tiempo a la “Empresa de
Navarra, unida posteriormente á aquella Corona”, lo que no significaba que
Vizcaya fuese anterior propiamente en honor. 2º). Resulta que esto era así
máxime cuando las Leyes del Rey ordenaban que, en los Escudos Reales, las
Cadenas de Navarra fuesen inmediatas a las Armas de Castilla, "dexando asi
muy postergados á los Lobos de Vizcaya".
8. Por último, Vizcaya tergiversaba los hechos al decir que en Las
funciones de besamanos de reyes y príncipes realizadas en Vitoria los años
1700, 1710 y 1745, establecieron la costumbre de que Vizcaya antecediese a
Navarra (p. 16-18).
R.: 1º) Con esto último, Vizcaya desfiguraba la verdad de los hechos. 2º)
Lo que ocurrió en 1700 es que el Reino Navarra delegó en el obispo de
Pamplona, sin que éste último tolerase el desaire del Señorío Vizcaya cuando se
adelantó a dicho clérigo –príncipe de la Iglesia- en el besamanos. 3º) Unos años
después, en 1710 Vizcaya se adelantará a Navarra porque los legados del Reino
llegaron unos días después al acto del besamanos. 4º) En 1745 Vizcaya se
adelantó, alegando "cautelosamente" el caso de 1710, razón desde luego era
insuficiente para crear una costumbre, máxime por la razón alegada.
Este bello Memorial que la “Corona independiente” de Navarra –aunque
incorporada a Castilla mediante unión “eqüe-princial”- dirigía al monarca,
finalizaba de la manera siguiente, no sin una calculada solemnidad muy propia
de la época, en la que la figura egregia del rey se elevaba de alguna manera sobre
el universo político:
"Todas (Señor) conspiran à exaltar la classe de los Reynos sobre
qualesquiera particulares Señoríos; y brillando este universal lustre con
alguna distincion en Navarra: Reyno el mas antiguo de España;
Monarchia de Principes Ungidos; Solàr de donde se propagaron Reyes à
las Provincias mas principales; y Corona independiente, aun despues de
enlazada à Castilla; se promete con la mayor confianza, salga de esta
Competencia ileso su explendor, felizmente reservado à las inalterable
justificacion de V. M. en quien venera restablecidas las excelsas glorias, y
Augusta descedencia de sus antiguos Monarchas (...) N. Señor guarde la
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S.C.R.P. de V.M. como la Christiandad ha menester, y estos sus fieles
Vassallos necessitan" (p. 18).
Aclaremos que la unción de los reyes se había desterrado de Navarra en
la Edad Media por no ser necesaria.
Este escudo fue tallado por encargo del Consejo Real de Navarra hacia 1735.
Se conserva hoy en el zaguán del Ayuntamiento de Pamplona.
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NOTAS:
(1)
REGLÁ, JOVER, SECO, Historia de España Moderna y
Contemporánea, Barcelona, Ed. Teide, 1969, pág. 539-540
(2)
GARCÍA PÉREZ Rafael, Antes leyes que reyes. Cultura jurídica y
constitución política en la edad moderna (Navarra, 1512-1808), Milano, Giuffè
Editore, 2008, 546 pp.
(3)
FLORISTÁN IMÍZCOZ Alfredo, “El uso político de una imagen: el
levantamiento sobre el pavés de los reyes de Navarra (1686 y 1815)”, Pamplona,
Rev. “Príncipe de Viana” (enero-abril, 2008), nº 243, 260 pp., pág. 99-115, p.
107-108.
(4)
RODRÍGUEZ GARRAZA, Rodrigo, Tensiones de Navarra con la
administración central (1778-1808), Pamplona, Diputación Foral de Navarra,
1974, 360 pp.; ÍDEM., Navarra de Reino a Provincia (1828-1841), Pamplona,
EUNSA, 1968, 516 pp.
(5)
En relación con la revolución liberal incipiente: “Las Cortes de
Cádiz de 1812, el ideario de la Revolución Francesa y la herencia política de
España”, Conferencia impartida en Zaragoza el 12 de abril de 2008, texto
ampliado y publicado en la revista digital “Arbil” nº 116 (2008).
Permita el lector que refiera algunos trabajo de mi autoría que puedan ser
útiles al respecto. En relación con el Ayuntamiento de Pamplona: GARRALDA
J. F., “¿El Fuero es un mito? La defensa del Fuero de Navarra frente al
Despotismo Ilustrado y su heredero político el liberalismo”, Madrid, Ed. Speiro,
Rev. “Verbo” nº 271-272, (enero-febrero 1989), 300 pp. pág. 227-286; “La
encrucijada de un siglo. El siglo XVIII pamplonés: Fuero municipal y
absolutismo borbónico”, Madrid, Ed. Speiro, Rev. “Verbo” nº 261-262,(enerofebrero 1988), 289 pp, pág. 251-277; “Ilustración y Tradición. El Ayuntamiento
de Pamplona: siglo XVIII”, Madrid, Ed. Speiro, Rev. “Verbo” nº 275-276,
(mayo-julio 1989), 303 pp., pág. 775-834; “El siglo de ‘las luces’ en Pamplona:
progreso, mito y realidad”, en VV.AA. Congreso de jóvenes historiadores y
geógrafos, Madrid, Ed. Universidad Complutense, 1990, 2 vols., v. II, 1.014 pp.
pág. 357-371; “El Fuero municipal de Pamplona. Siglo XVIII”, VVAA III
Congreso General de Historia de Navarra. Navarra y Europa, Pamplona,
Gobierno de Navarra, 1998, CD-Rom.
(6) BURGO, Jaime Ignacio del, Por la senda de la Constitución, Madrid,
Ediciones Académicas, 2044, 266 pp. , pág. 69, 80 ss., 102, 175 etc.
(7) FLORISTÁN IMÍZCOZ Alfredo, “Menosprecio y tergiversación de los
Fueros de Navarra a finales del Antiguo Régimen”, en VV.AA. Cuestiones de
Historia Moderna y Contemporánea de Navarra, Pamplona, Eunsa, 1986, 142
pp., pág. 55-69. VV.AA. Historia ilustrada de Navarra, Pamplona, Diario de
Navarra, 1993, 656 pp. pág. 433-464.
(8) AGN Sec. Casamientos y muertes de Reyes, sucesión en la Corona etc,
Leg. 3, carp. 63 (1759)
(9) HUICI GOÑI Mª Puy, En torno a la conquista de Navarra, 1993, 170
pp., p.100-104.
(10) AGN, Libro 13, f. 161, y 4 de sus 40 párrafos los recoge Huici Goñi
(vid. nota 8)
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22. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
4. Edición facsímil del Memorial de la Diputación del
reino en 1745
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23. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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24. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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26. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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27. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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29. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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30. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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32. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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33. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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34. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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38. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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41. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Detalle facsímil de varios fragmentos del facsímil incorporado:
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42. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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44. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
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46. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Para ilustrar la naturaleza del reino de Navarra, completamos los
facsímiles anteriores con el siguiente, que es la portada de la Nueva
Recopilación de las leyes del Reino, elemento jurídico político que el Señorío de
Vizcaya carecía.
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47. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
Portada de la Novísima Recopilación de Leyes del Reyno de Navarra por Joaquín de Elizondo
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Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
5. BIBLIOGRAFÍA
Además de la bibliografía mencionada en el texto, añadamos la que sigue
a continuación
ARVIZU F. de, “Las Cortes de Navarra en la Edad Moderna (Estudio desde
la perspectiva de la Corona)” en VV.AA., Las Cortes de Castilla y León en la
Edad Moderna, Valladolid, 1989, pág. 600-615
BURGO (TORRES) Jaime del, Historia General de Navarra. De los
orígenes hasta nuestros días, Madrid, Ed. Rialp, 1992, 3 vols.
BURGO (TAJADURA) Jaime Ignacio del, Origen y fundamento del
Régimen Foral de Navarra, Pamplona, Diputación Foral de Navarra, 1968, 550
pp.
FLORISTÁN IMÍZCOZ Alfredo, “El uso político de una imagen: el
levantamiento sobre el pavés de los reyes de Navarra (1686 y 1815)”, Pamplona,
Rev. “Príncipe de Viana” (enero-abril, 2008), nº 243, 260 pp., pág. 99-115, p.
107-108.
ÍDEM.: Historia ilustrada de Navarra. 2. Edades moderna y
contemporánea, Pamplona, Diario de Navarra, 1993, 656 pp, pág. 289-464
ÍDEM. La Monarquía española y el gobierno del reino de Navarra, 15121808. Comentario de textos históricos, Pamplona, Gobierno de Navarra, 1991,
313 pp.
ÍDEM. “Las Cortes de Navarra después de la conquista: renovación e
innovación institucional en el siglo XVI, en VV.AA. Les Corts a Catalunya,
Barcelona, 1991, pág. 329-340.
GALÁN LORDA Mercedes, Historia de los Fueros de Navarra, Pamplona,
Eunate, 2007, 205 pp. + 7 s.n. Sobre si la Ley de 1841 es paccionada o no, vid. p.
166-169. Sus argumentos al respecto me parecen convincentes.
GARRALDA ARIZCUN, José Fermín, “Navarra en tres centenarios: las
Navas de Tolosa (1212), la conquista de Navarra y su incorporación a Castilla
(1512-1515), la pérdida en 1812 del Reino “por sí” y de su unión “eqüe-principal”
a Castilla como Reino. ¿Qué queda del Fuero de Navarra?”,
historiadenavarraacuba.blogspot.com, jueves 29-IX-2011, 38 pp.
ÍDEM. “Recordatorio Foral. El Fuero de Navarra. 120 aniversario de la
Gamazada (1893-2013)”, historiadenavarraacuba.blogspot.com, viernes 6-IX2013, 16 pp.
ÍDEM., “Cataluña y la monarquía pactista. Fuero y subsidiariedad en la
España de ayer. (Un análisis del Fuero privado y público en la historia medieval
de España ante el llamado principio social de subsidiariedad”, 91 pp., Blog.
Historiadenavarraacuba.blogspot.com entrada del jueves 15 de noviembre de
2012
GARRIGA, C., “Orden jurídico y poder político en el Antiguo Régimen”,
Rev. “Istor”, nº 16, (2004), p. 13-44
48
49. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
GONZÁLEZ ENCISO, Agustín, “Crisis y readaptación: la plenitud foral
(1610-1814)”, en NAVARRO, Fco. Javier (ed.), Nueva Historia de Navarra,
Pamplona, Eunsa, 2010, 653 pp., pág. 337-373
HUICI GOÑI María Puy, Las Cortes de Navarra durante la Edad
Moderna, Pamplona. Ed. Rialp, 1963, 482 pp., 6 lám.
ÍDEM., “Las Cortes de Navarra durante la Edad Moderna”, Burlada, Ed.
Gómez, Diputación Foral de Navarra, 1980, 18 pp.
ITURRIOZ, J., La sociedad y su reconstrucción, Bilbao, El Mensajero del
Corazón de Jesús, 1946, 190 pp. A pesar de su distante fecha, esta exposición es
clara cuando analiza las diferentes teorías de autores como Bodino, Hobbes,
Locke etc.
IZU BELLOSO Miguel José, Navarra como problema. Nación y
nacionalismo en Navarra, Madrid, Biblioteca Nueva, 2001, 461 pp. pág. 117118. El autor de éste interesante libro, que es un ensayo de síntesis
interpretativa, sólo trabaja con fuentes bibliográficas.
LACARRA, José Mª, “Estructura político-administrativa de Navarra antes
de la Ley Paccionada”, Pamplona, Rev. Príncipe de Viana, nº 92-93 (1963), pág.
231-248
LARA LÓPEZ Emilio Luis, Historia de las transiciones en España (18081978): el triunfo de los reformadores, Jaén, Meta, 2006, 227 pp. El autor
diferencia las corrientes reformistas, rupturistas y continuistas, de manera que
identifica el reformismo con el liberalismo moderado, el rupturismo con el
liberalismo radical y el continuismo con varios términos como el absolutismo,
realismo, tradicionalismo y luego Carlismo. Estos clichés son un tanto antiguos
y han quedado refutados por diversos autores.
MARTÍN DUQUE Ángel, Reino ‘de por sí’, unión ‘eqüeprincipal’ a la
Corona de Castilla, en Signos de identidad histórica para Navarra, 1996, 279
pp., pág. 9-24.
OLAECHEA Rafael, El Reino de Navarra en el siglo XVIII, PamplonaBurlada, Ed. Gómez, 1980, 86 pp.
OTAMENDI R. BETHENCOIURT Juan José, Un diccionario jurídico
navarro del siglo XVI. Estudio del origen del Fuero General, Pamplona, Ed.
Aranzadi, 1986, 153 pp., pág. 70-75. Este diccionario es anónimo y contiene un
interesante estudio del Fuero General y de su Amejoramiento de Felipe III de
Navarra entre 1330 y 1342. Este trabajo no lo cita García Pérez.
PUY, Fco., El pensamiento tradicional en la España del siglo XVIII (17001760). Introducción para un estudio de las ideas jurídico-políticas españolas,
Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1966, 315 pp.
SALCEDO IZU, Joaquín, “Instituciones y gobierno de Navarra en la Edad
Moderna (1512-1841)”, en NAVARRO, Fco. Javier (ed.), Nueva Historia de
Navarra, Pamplona, Eunsa, 2010, 653 pp., pág. 375-411.
Son muy a tener en cuenta los trabajos de dicho autor sobre el Consejo
Real de Navarra en el siglo XVI (1964), las atribuciones de la Diputación del
Reino de Navarra (1974) y la misma Diputación (1969), el derecho de sobrecarta
(1969), el sistema fiscal navarro en la Cámara de Comptos Reales (1981), la
función pública de Navarra (1983) etc.
SALINAS QUIJADA Francisco, Derecho Civil de Navarra, Pamplona,
Diputación Foral de Navarra, 2ª ed., 1983, 422 pp.
ÍDEM., Elementos de Derecho Civil de Navarra, Pamplona, Diputación
Foral de Navarra, 1979, 134 pp.
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50. La naturaleza del Reino de Navarra.
Memorial de la Diputación del Reino en 1745 ante las pretensiones del Señorío de Vizcaya.
José Fermín Garralda Arizcun, 2014
ÍDEM., Artículos y Conferencias (1977-1992), 1993, 497 pp.
SÁNCHEZ BELLA, Ismael, “El Reino de Navarra y América”, en Segundo
Congreso General de Historia de Navarra, Rev. “Príncipe de Viana”, Anejo 131991, 2 vols v. I: 453 pp., pág. 19-29.
SANCHO IZQUIERDO, Miguel, HERVADA, Javier, Compendio de
Derecho Natural, Pamplona, Eunsa, 2 vols. 1980-1981 Sobre Grocio, Hobbes y
Spinoza v. II, pág. 313-330
USUNÁRIZ GARAYOA, J. Mª, “Las instituciones del Reino de Navarra
durante la Edad Moderna (1512-1808)”, Revista internacional de Estudios
Vascos, vol. 46 (2001), pp. 685-744
VALLET DE GOYTISOLO, Juan Berchmans, Reflexiones sobre Cataluña
(Religación, interacción y dialéctica en su historia y en su derecho), Barcelona,
Fundación Caja Barcelona, 1989, 321 pp. Edición en catalán, Fundación Fco.
Elías de Tejada, Marcial Pons, Ediciones jurídicas y sociales, Madrid y
Barcelona, 2007, 287 pp. Este trabajo es muy completo y útil pare comprender
las obras de los hombres en el tiempo. En este libro hemos apoyado parte de
nuestro citado trabajo: GARRALDA, “Cataluña y la monarquía pactista. Fuero y
subsidiariedad…” (2012).
VÁZQUEZ DE PRADA, Valentín (dir.), Las Cortes de Navarra desde su
incorporación a la Corona de Castilla. Tres siglos de actividad legislativa
(1513-1829), Pamplona, 1993, 2 vols.
Laus Deo
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