El documento define los conceptos de transformación, fusión y disolución de sociedades mercantiles según la Ley General de Sociedades Mercantiles de México. Explica que la transformación implica el cambio de una sociedad a otra forma regulada por la ley, la fusión implica la unión de dos o más sociedades en una sola, y la disolución pone fin a una sociedad y da paso a su liquidación y cierre formal.
La fusión de sociedades implica la disolución de una o más sociedades que absorbe otra nueva o existente, transfiriendo todos sus derechos y obligaciones. Puede ser por integración, donde nace una nueva entidad, o por absorción, donde una subsiste absorbiendo a las otras. Legalmente requiere acuerdo de socios y registro en SUNARP e inscripción en el diario oficial. Los principales motivos de fusión son aumentar ingresos, reducir costos y competir mejor. El registro contable implica valuar activos, ajustar cu
La fusión implica la unión de dos o más sociedades mercantiles en una sola entidad, disolviendo las sociedades originales. Puede ocurrir mediante la creación de una nueva sociedad o la absorción de una sociedad por otra. Legalmente, la fusión requiere la aprobación de cada sociedad, publicación en el periódico oficial, registro público y cumplimiento de obligaciones con acreedores. Las empresas generalmente se fusionan para aumentar ingresos, disminuir costos y mejorar la productividad.
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADESCarlos Mario
Esta presentación nos ofrece un breve resumen sobre la transformación, fusión y escisión de las sociedades. Así mismo el tema relativo a la conversión de sociedades a E.U y a la inversa.
En el presente artículo se trata el tema de la transformación de sociedades mercantiles, se realiza una corta definición, se tocan los aspectos legales, contables y el procedimiento contable a realizarse en dicho tema.
El documento describe las causales de disolución de una sociedad según la ley peruana, incluyendo el vencimiento del plazo, la conclusión del objeto social, pérdidas que reduzcan el patrimonio neto, acuerdo de socios y causales judiciales. También explica los pasos de la disolución como la liquidación, funciones de los liquidadores, y el balance final requerido.
Este documento define los conceptos de contrato, contratos asociativos, contrato de asociación en participación y consorcio. Explica que un contrato es un acuerdo entre dos o más partes para realizar un acto o negocio. Los contratos asociativos crean relaciones de participación en negocios comunes. El contrato de asociación en participación permite a un asociado participar en los resultados de los negocios del asociante. El consorcio es un contrato donde personas se asocian para desarrollar negocios de forma coordinada y aut
Este documento describe el proceso de escisión de sociedades en Perú. Explica que la escisión permite dividir una empresa en dos o más nuevas empresas para facilitar la reorganización. Detalla los tipos de escisión, como la escisión por división y por segregación, y los requisitos legales como la creación de un proyecto de escisión. Finalmente, resume los pasos del proceso de escisión según la ley peruana.
La fusión de sociedades implica la unión de dos o más sociedades para formar una sola. Existen dos formas de fusión: por incorporación, en la que las sociedades que se fusionan se extinguen e incorporan a una nueva sociedad; y por absorción, donde las sociedades absorbidas se extinguen y son absorbidas por una sociedad existente. El proceso requiere la aprobación de un proyecto de fusión por el directorio o administración de cada sociedad, la convocatoria a junta general para su aprobación, la publicación de av
La fusión de sociedades implica la disolución de una o más sociedades que absorbe otra nueva o existente, transfiriendo todos sus derechos y obligaciones. Puede ser por integración, donde nace una nueva entidad, o por absorción, donde una subsiste absorbiendo a las otras. Legalmente requiere acuerdo de socios y registro en SUNARP e inscripción en el diario oficial. Los principales motivos de fusión son aumentar ingresos, reducir costos y competir mejor. El registro contable implica valuar activos, ajustar cu
La fusión implica la unión de dos o más sociedades mercantiles en una sola entidad, disolviendo las sociedades originales. Puede ocurrir mediante la creación de una nueva sociedad o la absorción de una sociedad por otra. Legalmente, la fusión requiere la aprobación de cada sociedad, publicación en el periódico oficial, registro público y cumplimiento de obligaciones con acreedores. Las empresas generalmente se fusionan para aumentar ingresos, disminuir costos y mejorar la productividad.
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADESCarlos Mario
Esta presentación nos ofrece un breve resumen sobre la transformación, fusión y escisión de las sociedades. Así mismo el tema relativo a la conversión de sociedades a E.U y a la inversa.
En el presente artículo se trata el tema de la transformación de sociedades mercantiles, se realiza una corta definición, se tocan los aspectos legales, contables y el procedimiento contable a realizarse en dicho tema.
El documento describe las causales de disolución de una sociedad según la ley peruana, incluyendo el vencimiento del plazo, la conclusión del objeto social, pérdidas que reduzcan el patrimonio neto, acuerdo de socios y causales judiciales. También explica los pasos de la disolución como la liquidación, funciones de los liquidadores, y el balance final requerido.
Este documento define los conceptos de contrato, contratos asociativos, contrato de asociación en participación y consorcio. Explica que un contrato es un acuerdo entre dos o más partes para realizar un acto o negocio. Los contratos asociativos crean relaciones de participación en negocios comunes. El contrato de asociación en participación permite a un asociado participar en los resultados de los negocios del asociante. El consorcio es un contrato donde personas se asocian para desarrollar negocios de forma coordinada y aut
Este documento describe el proceso de escisión de sociedades en Perú. Explica que la escisión permite dividir una empresa en dos o más nuevas empresas para facilitar la reorganización. Detalla los tipos de escisión, como la escisión por división y por segregación, y los requisitos legales como la creación de un proyecto de escisión. Finalmente, resume los pasos del proceso de escisión según la ley peruana.
La fusión de sociedades implica la unión de dos o más sociedades para formar una sola. Existen dos formas de fusión: por incorporación, en la que las sociedades que se fusionan se extinguen e incorporan a una nueva sociedad; y por absorción, donde las sociedades absorbidas se extinguen y son absorbidas por una sociedad existente. El proceso requiere la aprobación de un proyecto de fusión por el directorio o administración de cada sociedad, la convocatoria a junta general para su aprobación, la publicación de av
Este documento describe las características y regulaciones de las acciones en una sociedad. Explica que las acciones representan una parte del capital de la sociedad y tienen el mismo valor nominal. También cubre temas como la emisión, representación, propiedad, tipos de acciones, derechos de los accionistas, y limitaciones y gravámenes sobre las acciones.
Este documento presenta las reglas generales aplicables a todas las sociedades de acuerdo con la Ley General de Sociedades. Define conceptos clave como la constitución de una sociedad, los requisitos de los socios y aportes, el objeto social, la representación legal y los requisitos de inscripción. Además, establece normas sobre el domicilio, duración y disolución de las sociedades.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Sociedades en Perú. Explica que una sociedad es una organización económica constituida por aportes de bienes o servicios de sus socios para realizar actividades económicas en común. Las sociedades pueden ser de personas naturales o jurídicas, y existen diferentes formas como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas y otras. Además, detalla aspectos como la constitución de una sociedad mediante el pacto social, escritura pública e inscripción
Este documento describe los conceptos y procedimientos de las fusiones y escisiones de empresas según la ley peruana. Explica que una fusión implica la unión de dos o más empresas para formar una sola, y puede realizarse por incorporación o absorción. Detalla los pasos del procedimiento de fusión como la aprobación del proyecto por los directorios, las juntas de socios y la escritura pública. También resume el tratamiento tributario de las fusiones en el impuesto a la renta.
La liquidación de una sociedad mercantil es el proceso mediante el cual se cancelan las deudas de la sociedad, se fijan los haberes sociales y se reparte el patrimonio restante entre los socios. Este proceso se inicia una vez la sociedad se ha disuelto y concluye con la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad.
La transformación de una sociedad permite cambiar su forma jurídica sin disolverse, adoptando el régimen de la nueva forma. La responsabilidad de los socios por deudas anteriores no cambia, salvo que la nueva forma sea de responsabilidad ilimitada. La participación de los socios en el capital tampoco se modifica sin su consentimiento, excepto por ejercicio del derecho de separación. El proceso requiere acuerdo de junta general, publicaciones y balance antes de la escritura pública.
Este documento presenta la regulación fiscal mexicana sobre los dictámenes fiscales. Establece que las personas morales y físicas con actividades empresariales deben obtener un dictamen fiscal de un contador público autorizado si cumplen ciertos umbrales de ingresos o activos. También deben hacerlo las entidades gubernamentales y aquellas autorizadas para recibir donaciones deducibles de impuestos. El dictamen fiscal evalúa el cumplimiento de las obligaciones fiscales y puede ser presentado de forma electrónica.
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Joselyn Castañeda
Este documento trata sobre la fusión, liquidación y disolución de las sociedades mercantiles. Explica que la transformación de sociedades es un cambio jurídico de una especie de sociedad a otra, como de una S.R.L. a una S.A. Describe los tipos de fusión como la fusión pura y por incorporación, y los aspectos legales de la fusión de sociedades. Finalmente, detalla el proceso de liquidación de una sociedad, incluyendo las facultades de los liquidadores.
Este documento describe los aspectos fundamentales de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en España. Está dividida en participaciones iguales que no responden personalmente por las obligaciones sociales. Tiene como órganos la Junta General y el Gerente. El Gerente administra la sociedad y responde por daños causados por negligencia. Las participaciones pueden transmitirse por sucesión o prenderse, y los socios pueden ser excluidos por infringir estatutos u ocasionar daños a la sociedad.
La fusión y escisión son operaciones corporativas complejas donde ocurren cambios en la estructura societaria. La fusión implica la disolución de dos o más sociedades cuyos patrimonios se integran en una nueva sociedad o en una preexistente. La escisión es lo opuesto, donde el patrimonio de una sociedad se divide en dos o más partes que son transferidas a nuevas sociedades escindidas o ya existentes. Ambas operaciones requieren acuerdos entre las sociedades involucradas y su inscripción en registros públicos.
Este documento describe los procesos de disolución y liquidación de una sociedad mercantil. Explica que una disolución puede ser parcial o total, y que una disolución total da como resultado la liquidación del patrimonio de la sociedad. También detalla las causas y efectos de una disolución total, el proceso de liquidación y las responsabilidades de los liquidadores.
El documento describe los conceptos clave de las fusiones y adquisiciones. Define una fusión como la transferencia del patrimonio de una sociedad a otra, seguida de la disolución de la primera. Explica que las fusiones pueden ser horizontales, verticales o conglomeradas. Finalmente, señala que el éxito de un proceso de fusión depende de que genere más valor que la suma de sus partes y de una buena gestión del cambio.
Este documento describe la escisión de sociedades según la Ley General de Sociedades de Perú. Explica que la escisión permite transferir activos, pasivos o un fondo empresarial de una sociedad a una o más nuevas sociedades. Describe las modalidades de escisión total y parcial y los motivos para realizar una escisión como la especialización de actividades o la reducción de impuestos. Finalmente, resume los pasos del proceso de escisión y sus implicancias contables y tributarias.
El documento describe las características de dos tipos de sociedades: la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Ambas incluyen socios comanditantes con responsabilidad ilimitada que administran la sociedad, y socios comanditarios con responsabilidad limitada. La sociedad en comandita simple se diferencia en que no está dividida en acciones, mientras que la sociedad en comandita por acciones sí lo está.
Reglas aplicables a todas las sociedadesMarcos unico
Este documento resume las principales reglas aplicables a todas las sociedades según la Ley General de Sociedades. Explica que todas las sociedades deben tener como fin la realización de actividades económicas en común y que se pueden constituir de dos formas: simultáneamente por varios socios o mediante oferta pública en el caso de la sociedad anónima. También establece que la sociedad adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el registro y que los actos anteriores deben ser ratificados posteriormente para ser válidos.
5 clasificacion de acciones de la socioedad anonima smileinfected
Las acciones se pueden clasificar de varias maneras: por su contenido (numérico o especie), forma (nominativas o al portador), negociabilidad (negociables o no negociables), número representado (sencillas o múltiples), forma de pago (liberadas o pagaderas), derechos otorgados (ordinarias, preferentes, acumulativas o convertibles), y valor (con o sin valor nominal). El documento también describe acciones de goce, bonos de fundador, acciones de trabajo, y acciones desertas.
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformacióntanihastephania
Este documento describe diferentes conceptos legales y doctrinales relacionados con la transformación, escisión, fusión, disolución y liquidación de sociedades mercantiles. Define cada uno de estos conceptos y explica los sujetos involucrados y características de cada proceso.
Este documento describe diferentes procesos de transformación, fusión y escisión de sociedades comerciales. Explica que la transformación implica convertir una sociedad en otro tipo pero conservando su personalidad jurídica, mientras que la fusión implica la extinción de dos o más sociedades para crear una nueva y la escisión implica dividir el patrimonio de una sociedad en dos o más bloques para crear nuevas sociedades. También resume los requisitos y procesos contables involucrados en cada caso.
Este documento explica los pasos a seguir para crear una sociedad, disolver una sociedad y el proceso de liquidación. Entre los pasos clave para crear una sociedad se encuentran confirmar el nombre, revisar la actividad económica, registrar la marca, consultar el uso del suelo y el tipo de sociedad. Para disolver una sociedad, los socios deben declarar la disolución, elevarla a escritura pública e inscribirla. Finalmente, el liquidador paga las deudas y distribuye los activos restantes entre los socios.
Las cooperativas surgieron en Colombia a inicios del siglo XX. Se definen como organizaciones económicas sin ánimo de lucro cuyos dueños son los socios. Están reguladas por leyes que exigen su constitución democrática y la reinversión de excedentes en la educación y bienestar de los asociados. Existen diversos tipos de cooperativas que se especializan en actividades como ahorro, crédito, producción lechera u otros campos.
Este documento describe las características y regulaciones de las acciones en una sociedad. Explica que las acciones representan una parte del capital de la sociedad y tienen el mismo valor nominal. También cubre temas como la emisión, representación, propiedad, tipos de acciones, derechos de los accionistas, y limitaciones y gravámenes sobre las acciones.
Este documento presenta las reglas generales aplicables a todas las sociedades de acuerdo con la Ley General de Sociedades. Define conceptos clave como la constitución de una sociedad, los requisitos de los socios y aportes, el objeto social, la representación legal y los requisitos de inscripción. Además, establece normas sobre el domicilio, duración y disolución de las sociedades.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Sociedades en Perú. Explica que una sociedad es una organización económica constituida por aportes de bienes o servicios de sus socios para realizar actividades económicas en común. Las sociedades pueden ser de personas naturales o jurídicas, y existen diferentes formas como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas y otras. Además, detalla aspectos como la constitución de una sociedad mediante el pacto social, escritura pública e inscripción
Este documento describe los conceptos y procedimientos de las fusiones y escisiones de empresas según la ley peruana. Explica que una fusión implica la unión de dos o más empresas para formar una sola, y puede realizarse por incorporación o absorción. Detalla los pasos del procedimiento de fusión como la aprobación del proyecto por los directorios, las juntas de socios y la escritura pública. También resume el tratamiento tributario de las fusiones en el impuesto a la renta.
La liquidación de una sociedad mercantil es el proceso mediante el cual se cancelan las deudas de la sociedad, se fijan los haberes sociales y se reparte el patrimonio restante entre los socios. Este proceso se inicia una vez la sociedad se ha disuelto y concluye con la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad.
La transformación de una sociedad permite cambiar su forma jurídica sin disolverse, adoptando el régimen de la nueva forma. La responsabilidad de los socios por deudas anteriores no cambia, salvo que la nueva forma sea de responsabilidad ilimitada. La participación de los socios en el capital tampoco se modifica sin su consentimiento, excepto por ejercicio del derecho de separación. El proceso requiere acuerdo de junta general, publicaciones y balance antes de la escritura pública.
Este documento presenta la regulación fiscal mexicana sobre los dictámenes fiscales. Establece que las personas morales y físicas con actividades empresariales deben obtener un dictamen fiscal de un contador público autorizado si cumplen ciertos umbrales de ingresos o activos. También deben hacerlo las entidades gubernamentales y aquellas autorizadas para recibir donaciones deducibles de impuestos. El dictamen fiscal evalúa el cumplimiento de las obligaciones fiscales y puede ser presentado de forma electrónica.
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Joselyn Castañeda
Este documento trata sobre la fusión, liquidación y disolución de las sociedades mercantiles. Explica que la transformación de sociedades es un cambio jurídico de una especie de sociedad a otra, como de una S.R.L. a una S.A. Describe los tipos de fusión como la fusión pura y por incorporación, y los aspectos legales de la fusión de sociedades. Finalmente, detalla el proceso de liquidación de una sociedad, incluyendo las facultades de los liquidadores.
Este documento describe los aspectos fundamentales de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en España. Está dividida en participaciones iguales que no responden personalmente por las obligaciones sociales. Tiene como órganos la Junta General y el Gerente. El Gerente administra la sociedad y responde por daños causados por negligencia. Las participaciones pueden transmitirse por sucesión o prenderse, y los socios pueden ser excluidos por infringir estatutos u ocasionar daños a la sociedad.
La fusión y escisión son operaciones corporativas complejas donde ocurren cambios en la estructura societaria. La fusión implica la disolución de dos o más sociedades cuyos patrimonios se integran en una nueva sociedad o en una preexistente. La escisión es lo opuesto, donde el patrimonio de una sociedad se divide en dos o más partes que son transferidas a nuevas sociedades escindidas o ya existentes. Ambas operaciones requieren acuerdos entre las sociedades involucradas y su inscripción en registros públicos.
Este documento describe los procesos de disolución y liquidación de una sociedad mercantil. Explica que una disolución puede ser parcial o total, y que una disolución total da como resultado la liquidación del patrimonio de la sociedad. También detalla las causas y efectos de una disolución total, el proceso de liquidación y las responsabilidades de los liquidadores.
El documento describe los conceptos clave de las fusiones y adquisiciones. Define una fusión como la transferencia del patrimonio de una sociedad a otra, seguida de la disolución de la primera. Explica que las fusiones pueden ser horizontales, verticales o conglomeradas. Finalmente, señala que el éxito de un proceso de fusión depende de que genere más valor que la suma de sus partes y de una buena gestión del cambio.
Este documento describe la escisión de sociedades según la Ley General de Sociedades de Perú. Explica que la escisión permite transferir activos, pasivos o un fondo empresarial de una sociedad a una o más nuevas sociedades. Describe las modalidades de escisión total y parcial y los motivos para realizar una escisión como la especialización de actividades o la reducción de impuestos. Finalmente, resume los pasos del proceso de escisión y sus implicancias contables y tributarias.
El documento describe las características de dos tipos de sociedades: la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Ambas incluyen socios comanditantes con responsabilidad ilimitada que administran la sociedad, y socios comanditarios con responsabilidad limitada. La sociedad en comandita simple se diferencia en que no está dividida en acciones, mientras que la sociedad en comandita por acciones sí lo está.
Reglas aplicables a todas las sociedadesMarcos unico
Este documento resume las principales reglas aplicables a todas las sociedades según la Ley General de Sociedades. Explica que todas las sociedades deben tener como fin la realización de actividades económicas en común y que se pueden constituir de dos formas: simultáneamente por varios socios o mediante oferta pública en el caso de la sociedad anónima. También establece que la sociedad adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el registro y que los actos anteriores deben ser ratificados posteriormente para ser válidos.
5 clasificacion de acciones de la socioedad anonima smileinfected
Las acciones se pueden clasificar de varias maneras: por su contenido (numérico o especie), forma (nominativas o al portador), negociabilidad (negociables o no negociables), número representado (sencillas o múltiples), forma de pago (liberadas o pagaderas), derechos otorgados (ordinarias, preferentes, acumulativas o convertibles), y valor (con o sin valor nominal). El documento también describe acciones de goce, bonos de fundador, acciones de trabajo, y acciones desertas.
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformacióntanihastephania
Este documento describe diferentes conceptos legales y doctrinales relacionados con la transformación, escisión, fusión, disolución y liquidación de sociedades mercantiles. Define cada uno de estos conceptos y explica los sujetos involucrados y características de cada proceso.
Este documento describe diferentes procesos de transformación, fusión y escisión de sociedades comerciales. Explica que la transformación implica convertir una sociedad en otro tipo pero conservando su personalidad jurídica, mientras que la fusión implica la extinción de dos o más sociedades para crear una nueva y la escisión implica dividir el patrimonio de una sociedad en dos o más bloques para crear nuevas sociedades. También resume los requisitos y procesos contables involucrados en cada caso.
Este documento explica los pasos a seguir para crear una sociedad, disolver una sociedad y el proceso de liquidación. Entre los pasos clave para crear una sociedad se encuentran confirmar el nombre, revisar la actividad económica, registrar la marca, consultar el uso del suelo y el tipo de sociedad. Para disolver una sociedad, los socios deben declarar la disolución, elevarla a escritura pública e inscribirla. Finalmente, el liquidador paga las deudas y distribuye los activos restantes entre los socios.
Las cooperativas surgieron en Colombia a inicios del siglo XX. Se definen como organizaciones económicas sin ánimo de lucro cuyos dueños son los socios. Están reguladas por leyes que exigen su constitución democrática y la reinversión de excedentes en la educación y bienestar de los asociados. Existen diversos tipos de cooperativas que se especializan en actividades como ahorro, crédito, producción lechera u otros campos.
Este documento describe el proceso de transformación de una sociedad colectiva en una sociedad de responsabilidad limitada. Explica que la transformación no implica un cambio en la personalidad jurídica de la sociedad y que la nueva sociedad asume todos los derechos y obligaciones de la anterior. Además, presenta el caso específico de la transformación de la sociedad "EL PROBLEMA" de Rodríguez S.C. en la sociedad "EL PROBLEMA" SRL y el balance de situación financiera de la sociedad original antes de la transformación.
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La SAS es una figura jurídica flexible para emprender un negocio. Se constituye mediante documento privado inscrito en el registro mercantil, con responsabilidad limitada de los accionistas hasta el monto de sus aportes. Permite establecer reglas personalizadas de administración, emisión de diversas clases de acciones, y adaptarse a empresas familiares y pequeñas.
El documento describe el proceso histórico de la Iglesia en los primeros concilios ecuménicos para definir la doctrina cristológica y combatir las herejías, estableciendo el dogma de la divinidad de Cristo. Los concilios de Nicea, Constantinopla y Éfeso definieron que Cristo es verdadero Dios y verdadero hombre, rechazando herejías como el arrianismo, nestorianismo y monofisismo. Los padres de la Iglesia también jugaron un papel importante en la defensa de la fe a trav
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El documento habla sobre cómo el envejecimiento de la piel causa una disminución en la densidad de vasos sanguíneos en la epidermis, lo que hace que la regeneración sea más lenta y disminuya la función de las glándulas sudoríparas, además de una pérdida de colágeno y una mayor fragilidad de los capilares.
Este documento proporciona instrucciones sobre el uso y cuidado de un horno empotrado. Explica las funciones del panel de control, incluidas las teclas, el mando giratorio y la pantalla. También describe los accesorios que vienen con el horno y cómo usarlos de manera segura. Además, ofrece consejos sobre cómo encender y apagar el horno, programar funciones como el tiempo y la temperatura, y realizar la limpieza automática.
Este documento describe los procedimientos legales para la fusión, transformación y escisión de sociedades en México. Explica que la fusión requiere la aprobación de cada sociedad participante y su inscripción en el Registro Público de Comercio. También cubre los derechos de los acreedores y el proceso para la transformación de una sociedad a otro tipo. Finalmente, define la escisión como la división del activo, pasivo y capital de una sociedad entre nuevas sociedades, describiendo los 10 pasos legales que debe seguir el proceso de es
Este documento describe los procesos de disolución y liquidación de las sociedades mercantiles según la ley societaria mexicana. Explica las causas comunes de disolución como la expiración del plazo, la imposibilidad de cumplir el objeto social o la pérdida de más de las dos terceras partes del capital. También cubre los pasos de la liquidación como la designación de liquidadores, el pago de deudas y la distribución final del haber social entre los socios. Por último, introduce el tema de la fus
Este documento presenta las modificaciones a la Ley 222 de 1995 sobre procesos de escisión de sociedades comerciales en Colombia. Define la escisión como la transferencia de parte del patrimonio de una sociedad a nuevas o existentes, con o sin disolución. Establece los requisitos para el proyecto de escisión, publicidad, derechos de acreedores y tenedores de bonos, y efectos de la escisión una vez aprobada e inscrita. También determina la responsabilidad solidaria de las sociedades participantes en caso de incu
Este documento presenta las disposiciones legales sobre escisión de sociedades comerciales en Colombia. Define la escisión como la división del patrimonio de una sociedad en dos o más partes transferidas a nuevas o existentes sociedades beneficiarias. Establece que el proceso requiere la aprobación de socios, publicidad en diarios y otorgamiento de una escritura pública con la distribución de activos y pasivos. Las sociedades beneficiarias asumen las obligaciones y adquieren los derechos transferidos una vez inscrita la escritura
Este documento proporciona una introducción a las sociedades mercantiles en México. Explica que las sociedades mercantiles son organizaciones dedicadas al lucro a través del comercio y tienen personalidad jurídica propia. Además, describe los requisitos para constituir una sociedad mercantil legalmente, incluido el acta constitutiva, y clasifica los diferentes tipos de sociedades mercantiles reconocidas por la ley mexicana. Por último, resume los procedimientos para la disolución y liquidación de las sociedades mercantiles.
1. El documento describe el procedimiento y efectos jurídicos de la escisión de sociedades, que es una figura mediante la cual una sociedad transmite total o parcialmente su patrimonio a una o más sociedades existentes o nuevas.
2. La escisión puede darse por incorporación o integración y su procedimiento debe adecuarse a cada caso para proteger los intereses de terceros como acreedores.
3. La transmisión patrimonial entre las sociedades involucradas en la escisión no causa Impuesto sobre la Renta ni Impuesto
1. La escisión es la transmisión del patrimonio de una sociedad a una o más sociedades existentes o nuevas.
2. Puede ser la transmisión de la totalidad o parte del patrimonio, y no necesariamente conlleva la extinción de la sociedad escindida.
3. La escisión no genera impuestos como el ISR o IVA, y permite transmitir bienes sin causar gravámenes.
1. El documento describe el procedimiento y efectos jurídicos de la escisión de sociedades, que es una figura mediante la cual una sociedad transmite su patrimonio total o parcial a una o más sociedades existentes o nuevas.
2. La escisión puede darse por incorporación o integración y su procedimiento debe adecuarse a cada caso para proteger los intereses de terceros como acreedores.
3. La transmisión patrimonial entre las sociedades involucradas en la escisión no causa el pago de impuestos como el I
Este documento describe los procesos de transformación, fusión, escisión y disolución de sociedades en el Perú según el Decreto Legislativo N° 311 de 1984. Define cada proceso y establece los requisitos y pasos a seguir, incluyendo la aprobación de proyectos, publicación de acuerdos, balances y escrituras públicas. El objetivo final es regular la reorganización y extinción de personas jurídicas de forma legal.
LEY Nº 26887 - LEY GENERAL DE SOCIEDADES - REORGANIZACION DE SOCIEDADES(Fusió...Max Lapa Puma
CONCORDANCIAS: R. Nº 200-2001-SUNARP-SN
R. Nº 057-2002-SUNARP-SN
LEY N° 28036, Art. 59
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY GENERAL DE SOCIEDADES
INDICE
LIBRO IV NORMAS COMPLEMENTARIAS
SECCION SEGUNDA REORGANIZACION DE SOCIEDADES
TITULO I Transformación
TITULO II Fusión
TITULO III Escisión
TITULO IV Otras formas de Reorganización
Ley 19550 de sociedades comerciales - sociedadeslegales.com.arpabloems
Sociedades Comerciales, Asesoramiento Juridico - Sociedadeslegales.com.ar
En sociedades legales brindamos asesoramiento jurídico a aquellos que deseen conformar sociedades comerciales, respecto a cuál es el tipo societario ideal para su emprendimiento comercial.
http://www.sociedadeslegales.com.ar
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Estudio Candame.
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Cuadro comp. de trasf. escis.fsusion,liqui etc.Iris Francisco
Este cuadro comparativo resume las diferencias entre la transformación, fusión, escisión, liquidación, disolución y otros conceptos relacionados con las sociedades mercantiles. La transformación permite que una sociedad cambie su forma legal. La fusión implica la unión de dos o más sociedades. La escisión divide el activo, pasivo y capital de una sociedad entre nuevas sociedades. La liquidación sigue a la disolución y liquida los activos y pasivos restantes. La disolución pone fin a la capacidad legal de una sociedad.
La ley de compañías establece las disposiciones generales sobre los tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta), la constitución, representación legal, administración, deberes de inscripción y funcionamiento de las compañías. Además, prohíbe la formación de compañías contrarias al orden público o que tiendan al monopolio y establece la responsabilidad de quienes cometan fraudes a nombre de una compañía.
La liquidación es un estado que comienza con la disolución de la sociedad, una vez efectuada ésta se pone en liquidación. Podemos entender por liquidación todas aquellas operaciones necesarias para concluir los negocios pendientes a cargo de la sociedad para cobrar lo que le corresponde, pagar las deudas que tenga pendientes y vender todo el activo y transformarlo en dinero líquido para dividir entre los socios.
El documento describe diferentes formas de reorganización societaria como la transformación, fusión y escisión. La transformación implica cambiar la forma jurídica de una sociedad a otra. La fusión implica que dos o más sociedades se unen para formar una nueva. La escisión implica dividir el patrimonio de una sociedad en dos o más partes que se transfieren a nuevas sociedades.
Este documento establece las regulaciones sobre la transformación y fusión de sociedades en Perú. Detalla los procedimientos y requisitos para la transformación de una sociedad en otra forma societaria o persona jurídica, incluyendo la publicación del acuerdo, el balance de transformación y la escritura pública. También especifica los procesos y etapas para la fusión de dos o más sociedades, como la aprobación del proyecto de fusión, la convocatoria a juntas generales, la escritura pública y los derechos de oposición
Este documento presenta la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas de Chile. La ley establece los requisitos para la constitución, organización y funcionamiento de las sociedades anónimas en Chile. Define las diferentes clases de sociedades anónimas y especifica los requisitos de publicación e inscripción de los estatutos sociales. Además, detalla los elementos que deben incluirse en la escritura de constitución de una sociedad anónima y las consecuencias de omitir dichos requisitos.
El documento resume los aspectos legales de las sucursales y sociedades en el Perú, incluyendo definiciones, responsabilidades, establecimiento, representación legal, disolución y más. También cubre temas de transformación, fusión, escisión, reestructuración patrimonial, cierre de sociedades e irregularidades.
Este documento describe los procedimientos legales para la reorganización de sociedades en Perú a través de la transformación, fusión y escisión. Establece los requisitos para aprobar proyectos de reorganización, los documentos que deben publicarse, la escritura pública requerida y las fechas de vigencia. También especifica cómo se distribuyen las acciones o participaciones entre los socios originales y cómo se determinan los balances financieros de las nuevas entidades creadas.
La estructura organizativa del trabajo que tenga una empresa influye directamente en la percepción que pueda tener un trabajador de sus condiciones laborales y en su rendimiento profesional.
Actividad Sumativa #2 Realizado por Luis Leal..pptx
Fusión de sociedades
1.
2. La Real Academia Española, define a la
transformación, como: Del latín “ transformare “, que
significa hacer cambiar de forma a una persona o cosa;
transmutar una cosa en otra; hacer mudar de porte o
de costumbre a una persona.
Es el fenómeno jurídico del cambio de formas de una
sociedad mercantil, en otras palabras es cuando una
sociedad deja la forma que tiene o tenía, para adquirir
una nueva forma, de las reguladas en la Ley General
de Sociedades Mercantiles, en su artículo 227, pero
solo las sociedades establecidas de la fracción I a la V,
podrán transformarse, como es el caso de las
sociedades cooperativas, que no pueden adoptar otra
forma.
3. Es el cambio que experimenta una compañía, que
pasa de un tipo de sociedad a otro distinto del que
tenía al momento de constituirse, conservando la
misma personalidad jurídica.
La transformación de las compañías mercantiles,
es posible, cuando se refiere al paso de uno de
los tipos de sociedades mercantiles regulados por
el derecho, como en el caso de la comanditaria,
anónima, colectiva y de responsabilidad limitada.
4.
5.
6. Es la unión jurídica de dos o mas sociedades en
una sola, disolviéndose las demás.
7.
8. 1. Fusión por incorporación o absorción
Empresa A
Empresa B
Fusión con
disolución de
la empresa B
Subsiste la A
9. 2. Fusión pura o por integración
Empresa X
Empresa Y
Fusión por
disolución
Empresa Z
10.
11. Art 222 La fusión de varias sociedades deberá ser
decidida por cada una de ellas, en la forma y
términos que correspondan según su naturaleza.
LGSM
12. Art 223 (Acuerdos)
Deberán inscribirse en el Registro Público de
Comercio
Se publicarán en el Periódico Oficial del domicilio de
las sociedades que hayan de fusionarse.
Cada empresa sociedad deberá publicar su ultimo
balance, y las que vallan a desaparecer deberán
publicar el sistema establecido para la desaparición
de su pasivo.
LGSM
13. Art. 2 y7 Fracción I RRPC
Presentar la forma precodificada y el testimonio,
póliza o acta correspondiente, en la oficina del
registro acompañado del medio magnético que
contenga tales documentos.
Para que este a través del sistema integral de
gestión registral, genere una ficha de control de
pago, con la información el acto de inscribir, el
monto de los derechos a pagar, el numero de
control interno y datos generales de recepción.
14.
15. Art. 224 La fusión no podrá tener efecto sino tres meses
después de haberse efectuado la inscripción prevenida en
el artículo anterior.
1. Durante dicho plazo, cualquier acreedor de las
sociedades que se fusionan, podrá oponerse
judicialmente en la vía sumaria, a la fusión, la que se
suspenderá hasta que cause ejecutoria la sentencia que
declare que la oposición es infundada.
2. Transcurrido el plazo señalado sin que se haya
formulado oposición, podrá llevarse a cabo la fusión, y la
sociedad que subsista o la que resulte de la fusión,
tomará a su cargo los derechos y las obligaciones de las
sociedades extinguidas.
LGSM
16. Art 225 La fusión tendrá efecto en el momento de la
inscripción cuando:
I. Se pactare el pago de todas las deudas de las
sociedades que hayan de fusionarse
II. Se constituyere el depósito de su importe en una
institución de crédito
III. Constare el consentimiento de todos los
acreedores. A este efecto, las deudas a plazo se
darán por vencidas.
El certificado en que se haga constar el depósito,
deberá publicarse conforme al artículo 223.
17. La sociedad fusionada deberá:
a) Cerrar libros
b) Entregar comprobantes
c) Entregar documentación
d) Entregar activos a la fusionante.
18. La sociedad fusionante:
a) Recibirá y registrara lo que recibe de la (s)
sociedad (es) fusionada (s)
b) Emitirá nuevas acciones
c) Si se trata de un fusión por integración deberá
protocolizar una nueva acta constitutiva.
19. Art 226 Cuando de la fusión de varias sociedades
haya de resultar una distinta, su constitución se
sujetará a los principios que rijan la constitución
de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer.
20.
21. LGSM CAPITULO X
De la disolución de las sociedades
Artículo 229.- Las sociedades se disuelven:
I.- Por expiración del término fijado en el contrato social;
II.- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto
principal de la sociedad o por quedar éste consumado;
III.- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad
con el contrato social y con la Ley;
IV.- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior
al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes
de interés se reúnan en una sola persona;
V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital
social.
22. Artículo 230.- La sociedad en nombre colectivo se
disolverá, salvo pacto en contrario, por la muerte,
incapacidad, exclusión o retiro de uno de los socios, o
por que el contrato social se rescinda respecto a uno de
ellos.
En caso de muerte de un socio, la sociedad solamente
podrá continuar con los herederos, cuando éstos
manifiesten su consentimiento; de lo contrario, la
sociedad, dentro del plazo de dos meses, deberá
entregar a los herederos la cuota correspondiente al
socio difunto, de acuerdo con el último balance
aprobado.
23. Artículo 231.- Las disposiciones establecidas en
el artículo anterior son aplicables a la sociedad
en comandita simple y a la sociedad en
comandita por acciones, en lo que concierne a
los comanditados.
24. Artículo 232.- En el caso de la fracción I del artículo 229,
la disolución de la sociedad se realizará por solo
transcurso del término establecido para su duración.
En los demás casos, comprobada por la sociedad la
existencia de causas de disolución, se inscribirá ésta en el
Registro Público de Comercio.
Si la inscripción no se hiciere a pesar de existir la causa
de disolución, cualquier interesado podrá ocurrir ante la
autoridad judicial, en la vía sumaria, a fin de que ordene el
registro de la disolución.
25. Cuando se haya inscrito la disolución de una
sociedad, sin que a juicio de algún interesado
hubiere existido alguna causa de las enumeradas
por la Ley, podrá ocurrir ante la autoridad judicial,
dentro del término de treinta días contados a partir
de la fecha de la inscripción, y demandar, en la vía
sumaria, la cancelación de la inscripción.
26. Artículo 233.- Los Administradores no podrán
iniciar nuevas operaciones con posterioridad al
vencimiento del plazo de duración de la
sociedad, al acuerdo sobre disolución o a la
comprobación de una causa de disolución. Si
contravinieren esta prohibición, los
Administradores serán solidariamente
responsables por las operaciones efectuadas.
27. CAPITULO XI
De la liquidación de las sociedades
Artículo 234.- Disuelta la sociedad, se
pondrá en liquidación.
Artículo 235.- La liquidación estará a
cargo de uno o más liquidadores, quienes
serán representantes legales de la
sociedad y responderán por los actos que
ejecuten excediéndose de los límites de su
encargo.
28. Artículo 236.- A falta de disposición del contrato social, el
nombramiento de los liquidadores se hará por acuerdo de
los socios, tomado en la proporción y forma que esta Ley
señala, según la naturaleza de la sociedad, para el
acuerdo sobre disolución. La designación de liquidadores
deberá hacerse en el mismo acto en que se acuerde o se
reconozca la disolución. En los casos de que la sociedad
se disuelva por la expiración del plazo o en virtud de
sentencia ejecutoriada, la designación de los liquidadores
deberá hacerse inmediatamente que concluya el plazo o
que se dicte la sentencia.
Si por cualquier motivo el nombramiento de los
liquidadores no se hiciere en los términos que fija este
artículo, lo hará la autoridad judicial en la vía sumaria, a
petición de cualquier socio.
29. Artículo 237.- Mientras no haya sido inscrito en el
Registro Público de Comercio el nombramiento de los
liquidadores y éstos no hayan entrado en funciones,
los administradores continuarán en el desempeño de
su encargo.
Artículo 238.- El nombramiento de los liquidadores
podrá ser revocado por acuerdo de los socios, tomado
en los términos del artículo 236 o por resolución
judicial, si cualquier socio justificare, en la vía sumaria,
la existencia de una causa grave para la revocación.
Los liquidadores cuyos nombramientos fueren
revocados, continuarán en su encargo hasta que
entren en funciones los nuevamente nombrados.
Artículo 239.- Cuando sean varios los liquidadores,
éstos deberán obrar conjuntamente.
30. Artículo 240.- La liquidación se practicará con
arreglo a las estipulaciones relativas del contrato
social o a la resolución que tomen los socios al
acordarse o reconocerse la disolución de la
sociedad. A falta de dichas estipulaciones, la
liquidación se practicará de conformidad con las
disposiciones de este capítulo.
Artículo 241.- Hecho el nombramiento de los
liquidadores, los Administradores les entregarán
todos los bienes, libros y documentos de la
sociedad, levantándose en todo caso un
inventario del activo y pasivo sociales
31. Artículo 242.- Salvo el acuerdo de los socios o las
disposiciones del contrato social, los liquidadores tendrán las
siguientes facultades:
I.- Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado
pendientes al tiempo de la disolución;
II.- Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ella
deba;
III.- Vender los bienes de la sociedad;
IV.- Liquidar a cada socio su haber social;
V.- Practicar el balance final de la liquidación, que deberá
someterse a la discusión y aprobación de los socios, en la
forma que corresponda, según la naturaleza de la sociedad.
El balance final, una vez aprobado, se depositará en el
Registro Público de Comercio;
VI.- Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación
de la inscripción del contrato social, una vez concluida la
liquidación.
32. Artículo 243.- Ningún socio podrá exigir de los liquidadores la
entrega total del haber que le corresponda; pero sí la parcial
que sea compatible con los intereses de los acreedores de la
sociedad, mientras no estén extinguidos sus créditos pasivos, o
se haya depositado su importe si se presentare inconveniente
para hacer su pago. El acuerdo sobre distribución parcial
deberá publicarse en el Periódico Oficial del domicilio de la
sociedad, y los acreedores tendrán el derecho de oposición en
la forma y términos del artículo 9o.
Artículo 244.- Las sociedades, aún después de disueltas,
conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la
liquidación.
Artículo 245.- Los liquidadores mantendrán en depósito,
durante diez años después de la fecha en que se concluya la
liquidación, los libros y papeles de la sociedad.
33. Artículo 246.- En la liquidación de las sociedades en nombre
colectivo, en comandita simple o de responsabilidad limitada, una
vez pagadas las deudas sociales, la distribución del remanente
entre los socios, si no hubiere estipulaciones expresas, se
sujetará a las siguientes reglas:
I.- Si los bienes en que consiste el haber social son de fácil
división, se repartirán en la proporción que corresponda a la
representación de cada socio en la masa común;
II.- Si los bienes fueren de diversa naturaleza, se fraccionarán en
las partes proporcionales respectivas, compensándose entre los
socios las diferencias que hubiere;
III.- Una vez formados los lotes, el liquidador convocará a los
socios a una junta en la que les dará a conocer el proyecto
respectivo; y aquéllos gozarán de un plazo de ocho días hábiles
a partir del siguiente a la fecha de la junta, para exigir
modificaciones, si creyeren perjudicados sus derechos;
34. IV.- Si los socios manifestaren expresamente su conformidad
o si, durante el plazo que se acaba de indicar, no formularen
observaciones, se les tendrán por conformes con el
proyecto, y el liquidador hará la respectiva adjudicación,
otorgándose, en su caso, los documentos que procedan;
V.- Si, durante el plazo a que se refiere la fracción III, los
socios formularen observaciones al proyecto de división, el
liquidador convocará a una nueva junta, en el plazo de ocho
días, para que, de mutuo acuerdo, se hagan al proyecto las
modificaciones a que haya lugar; y si no fuere posible
obtener el acuerdo, el liquidador adjudicará el lote o lotes
respecto de los cuales hubiere inconformidad, en común a
los respectivos socios, y la situación jurídica resultante entre
los adjudicatarios se regirá por las reglas de la copropiedad;
35. VI.- Si la liquidación social se hiciere a virtud
de la muerte de uno de los socios, la división
o venta de los inmuebles se hará conforme a
las disposiciones de esta Ley, aunque entre
los herederos haya menores de edad.
36. Artículo 247.- En la liquidación de las sociedades anónimas y en
comandita por acciones, los liquidadores procederán a la distribución
del remanente entre los socios con sujeción a las siguientes reglas:
I.- En el balance final se indicará la parte que a cada socio
corresponda en el haber social;
II.- Dicho balance se publicará por tres veces, de diez en diez días,
en el Periódico Oficial de la localidad en que tenga su domicilio la
sociedad. El mismo balance quedará, por igual término, así como los
papeles y libros de la sociedad, a disposición de los accionistas,
quienes gozarán de un plazo de quince días a partir de la última
publicación, para presentar sus reclamaciones a los liquidadores.
III.- Transcurrido dicho plazo, los liquidadores convocarán a una
Asamblea General de Accionistas para que apruebe en definitiva el
balance. Esta Asamblea será presidida por uno de los liquidadores.
37. Artículo 248.- Aprobado el balance general, los
liquidadores procederán a hacer a los accionistas los
pagos que correspondan, contra la entrega de los
títulos de las acciones.
Artículo 249.- Las sumas que pertenezcan a los
accionistas y que no fueren cobradas en el transcurso
de dos meses, contados desde la aprobación del
balance final, se depositarán en una institución de
crédito con la indicación del accionista. Dichas sumas
se pagarán por la institución de crédito en que se
hubiese constituido el depósito.
38. CAPITULO XII
De las sociedades extranjeras
Artículo 250.- Las sociedades extranjeras
legalmente constituidas tienen personalidad jurídica
en la República.
Artículo 251.- Las sociedades extranjeras sólo
podrán ejercer el comercio desde su inscripción en
el Registro.
La inscripción sólo se efectuará previa autorización
de la Secretaría de Economía, en los términos de
los artículos 17 y 17 A de la Ley de Inversión
Extranjera. Las sociedades extranjeras estarán
obligadas a publicar anualmente un balance general
de la negociación visado por un Contador Público
titulado.
39. CAPITULO XIII
De la asociación en participación
Artículo 252.- La asociación en participación es un contrato
por el cual una persona concede a otras que le aportan bienes
o servicios, una participación en las utilidades y en las
pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias
operaciones de comercio.
Artículo 253.- La asociación en participación no tiene
personalidad jurídica ni razón social o denominación.
Artículo 254.- El contrato de asociación en participación debe
constar por escrito y no estará sujeto a registro.
Artículo 255.- En los contratos de asociación en participación
se fijarán los términos, proporciones de interés y demás
condiciones en que deban realizarse.
40. Artículo 255.- En los contratos de asociación en participación se fijarán los
términos, proporciones de
interés y demás condiciones en que deban realizarse.
Artículo 256.- El asociante obra en nombre propio y no habrá relación jurídica
entre los terceros y los
asociados.
Artículo 257.- Respecto a terceros, los bienes aportados pertenecen en propiedad
al asociante, a no
ser que por la naturaleza de la aportación fuere necesaria alguna otra formalidad, o
que se estipule lo
contrario y se inscriba la cláusula relativa en el Registro Público de Comercio del
lugar donde el asociante
ejerce el Comercio. Aun cuando la estipulación no haya sido registrada, surtirá sus
efectos si se prueba
que el tercero tenía o debía tener conocimiento de ella.
41. Artículo 258.- Salvo pacto en contrario, para la distribución de las
utilidades y de las pérdidas, se
observará lo dispuesto en el artículo 16. Las pérdidas que
correspondan a los asociados no podrán ser
superiores al valor de su aportación.
Artículo 259.- Las asociaciones en participación funcionan, se
disuelven y liquidan, a falta de
estipulaciones especiales, por las reglas establecidas para las
sociedades en nombre colectivo, en
cuanto no pugnen con las disposiciones de este capítulo.