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IMPUESTOS INDIRECTOS, ESTATALES Y
MUNICIPALES
M.B.A. Y L.C.P. JUAN ALEXIS MENDOZA
LÓPEZ
Unidad 1 Generalidades
TEMAS
Clasificación de los impuestos y su conceptualización
Ley de Ingreso de la Federación
Artículos
transitorios
Reglas de miscelánea fiscal y decretos
CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS
Existen tres principales categorías que engloban todos los tipos de impuestos
según cada uno de los regímenes fiscales en que nos encontramos los
contribuyentes:
Impuestos Federales
Impuestos Estatales
Impuestos
Municipales
Estos tres niveles de impuestos se rigen por derecho público; por lo tanto, tienen un
carácter de obligatoriedad para todos los mexicanos.
* IMPUESTOS FEDERALES
Son los tributos básicos aplicables en todo el territorio nacional, con los que
debe cumplir de forma obligatoria la mayoría de los contribuyentes
mexicanos y de los residentes extranjeros que ejerzan una actividad
económica dentro del país.
•Impuesto Sobre la Renta (ISR)
•Impuesto al Valor Agregado (IVA)
•Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
* IMPUESTOS ESTATALES
Son particulares de cada estado y no se trasladan entre uno y otro. Es decir,
cada entidad federativa posee su propia norma tributaria o Ley de Hacienda
que refiere cuáles son los gravámenes que cobran a sus ciudadanos.
Los impuestos estatales serán variables dependiendo el estado en el que vivas, estos
son los principales:
 Tenencia
 Agua
 Tránsito (licencias de conducir, tarjetones para taxistas, tarjetón para pasajeros,
etc.)
 Registro Civil (actas de nacimiento, matrimonio, búsqueda de datos, divorcios,
etc.)
 Impuesto sobre nóminas
 Notaria
* IMPUESTOS MUNICIPALES
Son un tipo de tributo cobrado por los Gobiernos locales y que no origina una
contraprestación directa al contribuyente.
La Tesorería Municipal es la encargada de elaborar el proyecto para la
recaudación de ingresos municipales, de acuerdo con el Art. 115
Constitucional y en conformidad con las leyes correspondientes (por ejemplo
la Constitución Política del Estado, el Código Fiscal Municipal y la Ley de
Hacienda Municipal).
También estos impuestos varían según cada municipio.
•Impuestos Sobre los Ingresos.
•Impuesto Sobre Espectáculos Públicos.
•Impuesto Sobre el Patrimonio.
•Impuesto Predial.
•Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones.
•Impuesto de Adquisición de Inmuebles.
OTRAS CLASIFICACIONES DE LOS
IMPUESTOS
Además de las tres categorías de impuestos nacionales que acabamos de ver,
existen otras maneras más detalladas de clasificar todos los gravámenes que
se pagan en el país.
Impuestos directos e indirectos
•Impuestos directos: en este tipo de tributo la obligación de pagar recae directamente
sobre la persona, empresa o sociedad.
•Impuestos indirectos: se establecen a través de la compra de bienes y servicios; es
decir, se imponen al objeto de la transacción en lugar de cobrarse de modo directo.
Impuestos según finalidad
•Impuestos con fines fiscales: se utilizan para cubrir el presupuesto de egresos del país.
•Impuestos con fines extrafiscales: su objetivo es social-económico y no recaudatorio.
Impuestos generales, específicos y especiales
•Impuestos generales: se aplican sobre actividades u operaciones diferentes, pero con un
factor común.
•Impuestos específicos: se fijan a partir de una medida específica (peso, cantidad, tamaño).
•Impuestos especiales: son exclusivamente para una actividad específica.
LEY DE INGRESOS
Ordenamiento jurídico propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el
Poder Legislativo que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar
los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación
durante un ejercicio fiscal. Los ingresos públicos se dividen en dos grandes
rubros:
Ingresos ordinarios
ingresos extraordinarios
los impuestos; los derechos; los ingresos por la venta de
bienes y servicios de los organismos y empresas
paraestatales, etc.
son recursos que no se obtienen de manera regular por
parte del Estado, tales como la enajenación de bienes
nacionales, contratación de créditos externos e internos
(empréstitos) o emisión de moneda por parte del Banco
de México.
Este ordenamiento tiene vigencia de un año, a partir del primero de enero
hasta el 31 de diciembre, y debe presentarse ante el Congreso de la Unión a
más tardar el 8 de septiembre de cada año anterior a su vigencia.
De acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH),
la Ley de Ingresos deberá ser aprobada por:
a más tardar el 20 de
octubre
a más tardar el 31 de diciembre
La LIF deberá contener la siguiente información:
1. Exposición de motivos
2. El Decreto
se debe señalar la política de ingresos del Ejecutivo Federal; montos de
ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales; estimación de los ingresos
para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes
cinco ejercicios fiscales; explicación para el año que se presupuesta sobre
los gastos fiscales, incluyendo los estímulos, así como los remanentes de
Banco de México y su composición; propuesta de endeudamiento neto
para el año que se presupuesta y las estimaciones para los siguientes
cinco ejercicios fiscales.
la estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las entidades de
control directo, así como los ingresos provenientes de financiamiento;
las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, de las
entidades y de la Ciudad de México, así como la intermediación
financiera, en los términos de los artículos 73 y 122 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
3. Ingresos por Financiamiento
En caso de considerarse este rubro, se deberán incluir:
ingresos por financiamiento; saldo y composición de la
deuda pública y el monto de los pasivos; saldo y
composición de la deuda del Gobierno Federal y el
impacto sobre la misma del techo de endeudamiento
solicitado diferenciando el interno del proveniente del
exterior; saldo y composición de la deuda de las
entidades y el impacto sobre la misma del techo de
endeudamiento solicitado, diferenciando el interno y el
externo.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Los artículos transitorios son considerados normas jurídicas; en sentido
estricto, dado que regulan conductas relativas a la aplicación de otras normas
se dirigen a las autoridades y su objeto consiste en determinar la vigencia o
modo de aplicación de las normas expedidas. Aunque la derogación por acto
expreso es posible, las normas...
CARACTERÍSTICAS
1.- Existen porque están vinculadas a otras disposiciones normativas
principales.
2.- Tienen por objeto precisar los detalles del cambio o “tránsito” de una
condición normativa a otra.
3.- Carecen de autonomía
4.- Su función es temporal
PERSPECTIVA SISTÉMICA E
IMPUGNABILIDAD DE LOS ARTÍCULOS
TRANSITORIOS
Dentro de la perspectiva sistémica del Derecho, en el sistema normativo, los
artículos transitorios pueden encontrarse presentes tanto en calidad de
insumos, como en los procesos y también como productos del Sistema
Jurídico.
En cuanto a la impugnabilidad de los artículos transitorios, en cuanto se
trata de actos de autoridad, que forman parte integral del texto normativo, se
estima que si pueden ser impugnados si se da el caso que vulneren o
restrinjan Derechos Humanos, y exista el interés previsto por la Ley de
Amparo
REGLAS MISCELÁNEAS Y
DECRETOS
CPEUM Y TRATADOS
INTERNACIONALES
LEYES Y CÓDIGOS
REGLAMENTOS
R.M.F.
JURISPRUDENCI
A
CFPC, CP.,
OTROS
CRITERIOS
ADMIVOS.
El orden jerárquico normativo del derecho mexicano se puede esclarecer con la ilustración de la pirámide de
jerarquía de las disposiciones jurídicas en materia fiscal, la cual se muestra a continuación:
La Resolución Miscelánea Fiscal, (RMF) es un instrumento para el cumplimiento de
obligaciones fiscales que todo contribuyente debe de conocer.
• La RMF es un documento con vigencia anual del 1 de enero al 31 de diciembre de
cada año, en el cual la autoridad fiscal agrupa los cambios a las legislaciones
fiscales del año y la forma en que se deben de cumplir las obligaciones tributarias.
• En dicho documento se detallan los impuestos, productos, aprovechamientos y
derechos federales, mismo que fue publicado por el Servicio de Administración
Tributaria en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de diciembre de 2021,
correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL
La Miscelánea Fiscal 2022 incluyó cambios en materia de ISR, IEPS, IVA y el
Código Fiscal de la Federación (CFF), con el espíritu de reforzar los
mecanismos para inhibir la evasión y elusión fiscales, a través de:
• Mayores cargas tributarias (aunque no se crearon impuestos)
• Adaptaciones fiscales para la nueva versión de factura electrónica: CFDI
4.0
• Nuevas obligaciones para los contribuyentes
• Creación del Régimen Simplificado de Confianza para ampliar la base de
contribuyentes y desincentivar a los EFOS.
DECRETO
Resolución escrita de carácter normativo expedida por el titular del Poder
Ejecutivo, en uso de sus facultades legislativas, o por el Poder Legislativo.
Al interior del Congreso, el decreto contiene un proyecto de ley aprobado por
el Pleno de una o de ambas cámaras. Sus disposiciones son regularmente de
carácter particular y su vigencia está limitada en espacio, tiempo, lugares,
corporaciones, establecimientos y/o personas, a diferencia de la ley que
contiene disposiciones generales y abstractas.
Resulta complicado el determinar los tipos de decreto, pues es una figura que
se utiliza de múltiples maneras, tal y como lo mencionad José Roldan, al
indicar: “el decreto es utilizado como instrumento que contiene lo mismo un
reglamento regulatorio, un reglamento orgánico o incluso un acto
administrativo
Uno de los criterios para su clasificación es atendiendo
a quién puede iniciarlos, que puede ser por el
Presidente de la República, por alguna de las cámaras
del Congreso de la Unión o por alguna legislatura
estatal.
Por otro lado, atendiendo al poder que lo emite pueden
ser: Decreto Legislativo, Decreto Judicial y Decreto
Administrativo o del Ejecutivo; y otros decretos como el
Decreto de destino.
La doctrina también contempla al decreto-ley y al decreto-delegado y como otros tipos al decreto
administrativo y al decreto judicial.
Decreto Legislativo: la constitución establece que toda resolución emitida por competencia de
los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión tiene el carácter de ley o decreto.
Los decretos judiciales: indica Rafael Martínez Morales “son resoluciones de trámite dentro de
un proceso. La actividad jurisdiccional se concreta esencialmente en el acto denominado
sentencia, pero para obtenerla existe un proceso con una serie de etapas entre las que se toman
decisiones que comúnmente se llaman decretos.
Dentro de los decretos administrativos la ley y la doctrina los ha denominado por competencia
del Presidente de la República: decretos administrativos o del ejecutivo; decreto de destino;
decretos promulgatorios; decreto-ley y decreto delegado.
DECRETO DELEGADO
Se presenta cuando el Congreso de la Unión previamente autorizado por la Constitución
delega sus funciones al Poder Ejecutivo por tiempo y forma limitada, esto para que pueda
emitir normas con fuerza de ley destinadas para resolver una situación específica.
La principal diferencia entre decreto ley y decreto delegado es que este último no necesita
que se declare un estado de emergencia para que el poder ejecutivo se encuentre facultado
para emitir supuestos jurídicos de carácter obligatorio, además en el decreto delegado es
necesario la autorización del congreso antes de hacer emitir las normas, mientras que en el
decreto ley no es obligación del poder Ejecutivo el rendir cuenta de sus acciones antes de
realizaras.
HORA DE EVALUAR LO
APRENDIDO
1.- Son los tributos básicos aplicables en todo el territorio nacional, con los
que debe cumplir de forma obligatoria la mayoría de los contribuyentes
Impuestos
estatales
Impuestos
federales
Impuestos
municipales
2.- ¿En qué Artículo de la CPEUM se establece que la Tesorería Municipal es
la encargada de elaborar el proyecto para la recaudación de ingresos
municipales?
Artículo 98 Artículo
31
Fracc.
IV
Artículo 115
3.- Los ingresos públicos se dividen en dos grandes rubros ¿Cuáles son?
Ingreso
Ordinario y
extraordinario
Ingresos
Federales y
Estatales
Impuestos
Directos e
Indirectos
4.- ¿Son considerados normas jurídicas; en sentido estricto, dado que regulan
conductas relativas a la aplicación de otras normas?
Decretos RMF
Transitorio
s
2 3
1 4
2 3
1 4
Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como la oportunidad para
penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber.
(A. Einstein)
Gracias por su
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Generalidades de los impuestos

  • 1. IMPUESTOS INDIRECTOS, ESTATALES Y MUNICIPALES M.B.A. Y L.C.P. JUAN ALEXIS MENDOZA LÓPEZ Unidad 1 Generalidades
  • 2. TEMAS Clasificación de los impuestos y su conceptualización Ley de Ingreso de la Federación Artículos transitorios Reglas de miscelánea fiscal y decretos
  • 3. CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS Existen tres principales categorías que engloban todos los tipos de impuestos según cada uno de los regímenes fiscales en que nos encontramos los contribuyentes: Impuestos Federales Impuestos Estatales Impuestos Municipales Estos tres niveles de impuestos se rigen por derecho público; por lo tanto, tienen un carácter de obligatoriedad para todos los mexicanos.
  • 4. * IMPUESTOS FEDERALES Son los tributos básicos aplicables en todo el territorio nacional, con los que debe cumplir de forma obligatoria la mayoría de los contribuyentes mexicanos y de los residentes extranjeros que ejerzan una actividad económica dentro del país. •Impuesto Sobre la Renta (ISR) •Impuesto al Valor Agregado (IVA) •Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
  • 5. * IMPUESTOS ESTATALES Son particulares de cada estado y no se trasladan entre uno y otro. Es decir, cada entidad federativa posee su propia norma tributaria o Ley de Hacienda que refiere cuáles son los gravámenes que cobran a sus ciudadanos. Los impuestos estatales serán variables dependiendo el estado en el que vivas, estos son los principales:  Tenencia  Agua  Tránsito (licencias de conducir, tarjetones para taxistas, tarjetón para pasajeros, etc.)  Registro Civil (actas de nacimiento, matrimonio, búsqueda de datos, divorcios, etc.)  Impuesto sobre nóminas  Notaria
  • 6. * IMPUESTOS MUNICIPALES Son un tipo de tributo cobrado por los Gobiernos locales y que no origina una contraprestación directa al contribuyente. La Tesorería Municipal es la encargada de elaborar el proyecto para la recaudación de ingresos municipales, de acuerdo con el Art. 115 Constitucional y en conformidad con las leyes correspondientes (por ejemplo la Constitución Política del Estado, el Código Fiscal Municipal y la Ley de Hacienda Municipal).
  • 7. También estos impuestos varían según cada municipio. •Impuestos Sobre los Ingresos. •Impuesto Sobre Espectáculos Públicos. •Impuesto Sobre el Patrimonio. •Impuesto Predial. •Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones. •Impuesto de Adquisición de Inmuebles.
  • 8. OTRAS CLASIFICACIONES DE LOS IMPUESTOS Además de las tres categorías de impuestos nacionales que acabamos de ver, existen otras maneras más detalladas de clasificar todos los gravámenes que se pagan en el país. Impuestos directos e indirectos •Impuestos directos: en este tipo de tributo la obligación de pagar recae directamente sobre la persona, empresa o sociedad. •Impuestos indirectos: se establecen a través de la compra de bienes y servicios; es decir, se imponen al objeto de la transacción en lugar de cobrarse de modo directo.
  • 9. Impuestos según finalidad •Impuestos con fines fiscales: se utilizan para cubrir el presupuesto de egresos del país. •Impuestos con fines extrafiscales: su objetivo es social-económico y no recaudatorio. Impuestos generales, específicos y especiales •Impuestos generales: se aplican sobre actividades u operaciones diferentes, pero con un factor común. •Impuestos específicos: se fijan a partir de una medida específica (peso, cantidad, tamaño). •Impuestos especiales: son exclusivamente para una actividad específica.
  • 11. Ordenamiento jurídico propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Poder Legislativo que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal. Los ingresos públicos se dividen en dos grandes rubros: Ingresos ordinarios ingresos extraordinarios los impuestos; los derechos; los ingresos por la venta de bienes y servicios de los organismos y empresas paraestatales, etc. son recursos que no se obtienen de manera regular por parte del Estado, tales como la enajenación de bienes nacionales, contratación de créditos externos e internos (empréstitos) o emisión de moneda por parte del Banco de México.
  • 12. Este ordenamiento tiene vigencia de un año, a partir del primero de enero hasta el 31 de diciembre, y debe presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar el 8 de septiembre de cada año anterior a su vigencia. De acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Ley de Ingresos deberá ser aprobada por: a más tardar el 20 de octubre a más tardar el 31 de diciembre
  • 13. La LIF deberá contener la siguiente información: 1. Exposición de motivos 2. El Decreto se debe señalar la política de ingresos del Ejecutivo Federal; montos de ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales; estimación de los ingresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales; explicación para el año que se presupuesta sobre los gastos fiscales, incluyendo los estímulos, así como los remanentes de Banco de México y su composición; propuesta de endeudamiento neto para el año que se presupuesta y las estimaciones para los siguientes cinco ejercicios fiscales. la estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las entidades de control directo, así como los ingresos provenientes de financiamiento; las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, de las entidades y de la Ciudad de México, así como la intermediación financiera, en los términos de los artículos 73 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
  • 14. 3. Ingresos por Financiamiento En caso de considerarse este rubro, se deberán incluir: ingresos por financiamiento; saldo y composición de la deuda pública y el monto de los pasivos; saldo y composición de la deuda del Gobierno Federal y el impacto sobre la misma del techo de endeudamiento solicitado diferenciando el interno del proveniente del exterior; saldo y composición de la deuda de las entidades y el impacto sobre la misma del techo de endeudamiento solicitado, diferenciando el interno y el externo.
  • 16. Los artículos transitorios son considerados normas jurídicas; en sentido estricto, dado que regulan conductas relativas a la aplicación de otras normas se dirigen a las autoridades y su objeto consiste en determinar la vigencia o modo de aplicación de las normas expedidas. Aunque la derogación por acto expreso es posible, las normas...
  • 17. CARACTERÍSTICAS 1.- Existen porque están vinculadas a otras disposiciones normativas principales. 2.- Tienen por objeto precisar los detalles del cambio o “tránsito” de una condición normativa a otra. 3.- Carecen de autonomía 4.- Su función es temporal
  • 18. PERSPECTIVA SISTÉMICA E IMPUGNABILIDAD DE LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS Dentro de la perspectiva sistémica del Derecho, en el sistema normativo, los artículos transitorios pueden encontrarse presentes tanto en calidad de insumos, como en los procesos y también como productos del Sistema Jurídico. En cuanto a la impugnabilidad de los artículos transitorios, en cuanto se trata de actos de autoridad, que forman parte integral del texto normativo, se estima que si pueden ser impugnados si se da el caso que vulneren o restrinjan Derechos Humanos, y exista el interés previsto por la Ley de Amparo
  • 20. CPEUM Y TRATADOS INTERNACIONALES LEYES Y CÓDIGOS REGLAMENTOS R.M.F. JURISPRUDENCI A CFPC, CP., OTROS CRITERIOS ADMIVOS. El orden jerárquico normativo del derecho mexicano se puede esclarecer con la ilustración de la pirámide de jerarquía de las disposiciones jurídicas en materia fiscal, la cual se muestra a continuación:
  • 21. La Resolución Miscelánea Fiscal, (RMF) es un instrumento para el cumplimiento de obligaciones fiscales que todo contribuyente debe de conocer. • La RMF es un documento con vigencia anual del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, en el cual la autoridad fiscal agrupa los cambios a las legislaciones fiscales del año y la forma en que se deben de cumplir las obligaciones tributarias. • En dicho documento se detallan los impuestos, productos, aprovechamientos y derechos federales, mismo que fue publicado por el Servicio de Administración Tributaria en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de diciembre de 2021, correspondiente al ejercicio fiscal 2022. RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL
  • 22. La Miscelánea Fiscal 2022 incluyó cambios en materia de ISR, IEPS, IVA y el Código Fiscal de la Federación (CFF), con el espíritu de reforzar los mecanismos para inhibir la evasión y elusión fiscales, a través de: • Mayores cargas tributarias (aunque no se crearon impuestos) • Adaptaciones fiscales para la nueva versión de factura electrónica: CFDI 4.0 • Nuevas obligaciones para los contribuyentes • Creación del Régimen Simplificado de Confianza para ampliar la base de contribuyentes y desincentivar a los EFOS.
  • 23. DECRETO Resolución escrita de carácter normativo expedida por el titular del Poder Ejecutivo, en uso de sus facultades legislativas, o por el Poder Legislativo. Al interior del Congreso, el decreto contiene un proyecto de ley aprobado por el Pleno de una o de ambas cámaras. Sus disposiciones son regularmente de carácter particular y su vigencia está limitada en espacio, tiempo, lugares, corporaciones, establecimientos y/o personas, a diferencia de la ley que contiene disposiciones generales y abstractas.
  • 24. Resulta complicado el determinar los tipos de decreto, pues es una figura que se utiliza de múltiples maneras, tal y como lo mencionad José Roldan, al indicar: “el decreto es utilizado como instrumento que contiene lo mismo un reglamento regulatorio, un reglamento orgánico o incluso un acto administrativo Uno de los criterios para su clasificación es atendiendo a quién puede iniciarlos, que puede ser por el Presidente de la República, por alguna de las cámaras del Congreso de la Unión o por alguna legislatura estatal. Por otro lado, atendiendo al poder que lo emite pueden ser: Decreto Legislativo, Decreto Judicial y Decreto Administrativo o del Ejecutivo; y otros decretos como el Decreto de destino. La doctrina también contempla al decreto-ley y al decreto-delegado y como otros tipos al decreto administrativo y al decreto judicial.
  • 25. Decreto Legislativo: la constitución establece que toda resolución emitida por competencia de los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión tiene el carácter de ley o decreto. Los decretos judiciales: indica Rafael Martínez Morales “son resoluciones de trámite dentro de un proceso. La actividad jurisdiccional se concreta esencialmente en el acto denominado sentencia, pero para obtenerla existe un proceso con una serie de etapas entre las que se toman decisiones que comúnmente se llaman decretos. Dentro de los decretos administrativos la ley y la doctrina los ha denominado por competencia del Presidente de la República: decretos administrativos o del ejecutivo; decreto de destino; decretos promulgatorios; decreto-ley y decreto delegado.
  • 26. DECRETO DELEGADO Se presenta cuando el Congreso de la Unión previamente autorizado por la Constitución delega sus funciones al Poder Ejecutivo por tiempo y forma limitada, esto para que pueda emitir normas con fuerza de ley destinadas para resolver una situación específica. La principal diferencia entre decreto ley y decreto delegado es que este último no necesita que se declare un estado de emergencia para que el poder ejecutivo se encuentre facultado para emitir supuestos jurídicos de carácter obligatorio, además en el decreto delegado es necesario la autorización del congreso antes de hacer emitir las normas, mientras que en el decreto ley no es obligación del poder Ejecutivo el rendir cuenta de sus acciones antes de realizaras.
  • 27. HORA DE EVALUAR LO APRENDIDO
  • 28. 1.- Son los tributos básicos aplicables en todo el territorio nacional, con los que debe cumplir de forma obligatoria la mayoría de los contribuyentes Impuestos estatales Impuestos federales Impuestos municipales
  • 29. 2.- ¿En qué Artículo de la CPEUM se establece que la Tesorería Municipal es la encargada de elaborar el proyecto para la recaudación de ingresos municipales? Artículo 98 Artículo 31 Fracc. IV Artículo 115
  • 30. 3.- Los ingresos públicos se dividen en dos grandes rubros ¿Cuáles son? Ingreso Ordinario y extraordinario Ingresos Federales y Estatales Impuestos Directos e Indirectos
  • 31. 4.- ¿Son considerados normas jurídicas; en sentido estricto, dado que regulan conductas relativas a la aplicación de otras normas? Decretos RMF Transitorio s
  • 34. Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como la oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber. (A. Einstein) Gracias por su asistencia