Este documento describe las obligaciones de coordinación entre empresas que realizan actividades en un mismo centro de trabajo para prevenir riesgos laborales. Establece que las empresas deben informarse mutuamente sobre riesgos específicos que puedan afectar a otros, y que la información debe ser suficiente, proporcionarse antes del inicio de actividades o ante cambios relevantes. También indica que el empresario titular debe informar sobre riesgos del centro de trabajo que puedan afectar a otros, y que todos deben establecer medios de coordinación y cumplir las instru
Obras de rehabilitación: mas allá del R.D. 1627Prevencionar
Autor: D. Alberto ALONSO VIVAR - Responsable Área de PRL CT Araba - OSALAN. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales
Presentación del II Congreso Prevencionar 2019
Este documento trata sobre la coordinación de actividades empresariales en prevención de riesgos laborales. Explica que cuando trabajadores de dos o más empresas desarrollan actividades en un mismo centro de trabajo, estas empresas deben cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos. Además, describe los diferentes tipos de empresas concurrentes, sus obligaciones de información, coordinación e instrucción, y la documentación requerida.
Externalizar CAE: Poner en valor al técnico de PRLPrevencionar
Este documento discute la externalización de la gestión de la coordinación de actividades empresariales (CAE) para reducir la carga administrativa de los técnicos de prevención de riesgos laborales (TPRL) y permitirles enfocarse en el trabajo de campo. Propone el uso de herramientas digitales para que los TPRL puedan realizar visitas de seguridad y gestionar acciones correctivas de forma remota y en tiempo real. La externalización de la CAE puede ayudar a las empresas a cumplir con la normativa en materia de seguridad y sal
Lo último en tecnología ahora al servicio de la seguridad laboralPrevencionar
El documento describe una solución tecnológica llamada Ecommunicator para mejorar la salud, seguridad y bienestar de los empleados tanto dentro como fuera del trabajo. La solución usa dispositivos wearables y una plataforma central para detectar situaciones de emergencia y alertar automáticamente a los servicios de emergencia. El objetivo final es ayudar a las organizaciones a crear entornos de trabajo más saludables y convertirse en empresas socialmente responsables.
Retos normativos de la prevencion de riesgos laboralesPrevencionar
Autora: Sra. Dª Consolación Rodríguez Alba - Subdirección General de Ordenación Normativa - Dirección General de Trabajo
Presentación del II Congreso Prevencionar 2019
Este documento describe la evolución de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales y contratación de actividades en España desde 1971 hasta la actualidad. También explica el modelo tradicional de contratación entre industrias titulares, contratas principales y subcontratas, y propone un nuevo modelo llamado "CAE Inversa" mediante el cual una plataforma externa se encargaría de la gestión documental y cumplimiento normativo de la prevención de riesgos para las contratas. Este nuevo modelo permitiría a las contratas liberar recursos, control
La desconexión digital: la forma más antigua de protección de la salud laboralPrevencionar
La negociación colectiva ha tenido un papel importante en regular el derecho a la desconexión digital de los trabajadores en España, al no haber logrado la legislación estatal hacer efectivo este derecho. Varios convenios colectivos han establecido el derecho a no responder comunicaciones fuera de horario laboral, aunque a veces de forma declarativa sin medidas concretas. Se argumenta que la negociación colectiva debe ir más allá e implementar acciones formativas y garantizar que la desconexión digital sea tanto un derecho como una obligación para los trabajadores.
Obras de rehabilitación: mas allá del R.D. 1627Prevencionar
Autor: D. Alberto ALONSO VIVAR - Responsable Área de PRL CT Araba - OSALAN. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales
Presentación del II Congreso Prevencionar 2019
Este documento trata sobre la coordinación de actividades empresariales en prevención de riesgos laborales. Explica que cuando trabajadores de dos o más empresas desarrollan actividades en un mismo centro de trabajo, estas empresas deben cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos. Además, describe los diferentes tipos de empresas concurrentes, sus obligaciones de información, coordinación e instrucción, y la documentación requerida.
Externalizar CAE: Poner en valor al técnico de PRLPrevencionar
Este documento discute la externalización de la gestión de la coordinación de actividades empresariales (CAE) para reducir la carga administrativa de los técnicos de prevención de riesgos laborales (TPRL) y permitirles enfocarse en el trabajo de campo. Propone el uso de herramientas digitales para que los TPRL puedan realizar visitas de seguridad y gestionar acciones correctivas de forma remota y en tiempo real. La externalización de la CAE puede ayudar a las empresas a cumplir con la normativa en materia de seguridad y sal
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Retos normativos de la prevencion de riesgos laboralesPrevencionar
Autora: Sra. Dª Consolación Rodríguez Alba - Subdirección General de Ordenación Normativa - Dirección General de Trabajo
Presentación del II Congreso Prevencionar 2019
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La desconexión digital: la forma más antigua de protección de la salud laboralPrevencionar
La negociación colectiva ha tenido un papel importante en regular el derecho a la desconexión digital de los trabajadores en España, al no haber logrado la legislación estatal hacer efectivo este derecho. Varios convenios colectivos han establecido el derecho a no responder comunicaciones fuera de horario laboral, aunque a veces de forma declarativa sin medidas concretas. Se argumenta que la negociación colectiva debe ir más allá e implementar acciones formativas y garantizar que la desconexión digital sea tanto un derecho como una obligación para los trabajadores.
Digitalización en Prevención y el Ahorro de costesPrevencionar
La digitalización va más allá de simplemente digitalizar documentos y procesos existentes. Ofrece ventajas como mejorar la eficiencia, tomar decisiones más rápido con información en tiempo real, y mejorar la colaboración. Existen diferentes niveles de digitalización, desde lo básico hasta soluciones a medida, y puede ayudar a ahorrar costos a largo plazo al hacer procesos más rápidos y fiables.
Este documento trata sobre la coordinación de actividades preventivas en obras de construcción. Explica que el promotor es responsable de designar un coordinador de seguridad y salud que supervise la aplicación de las medidas de prevención de riesgos. También describe las funciones del coordinador, como aprobar el plan de seguridad, impartir instrucciones a las empresas contratistas, y paralizar los trabajos en caso de riesgo grave. Finalmente, resalta la importancia de que el coordinador establezca un procedimiento de coordinación claro con controles periódicos de seg
Este documento presenta el plan de seguridad y salud para la construcción de una vivienda unifamiliar y piscina. Incluye las condiciones legales, facultativas, técnicas y económicas relacionadas con la seguridad y salud en la obra. Detalla la normativa aplicable, las obligaciones de las partes implicadas, los requisitos para el coordinador de seguridad, el estudio de seguridad y salud, el plan de seguridad y salud, y los equipos de protección individual requeridos.
Este documento presenta el Plan de Seguridad y Salud para una obra de construcción de una vivienda unifamiliar y piscina. Incluye información sobre la empresa contratista, la descripción de los trabajos, el presupuesto, el personal, y las medidas de seguridad para cada fase de la obra. También presenta los centros médicos cercanos, el coordinador de seguridad y salud, y designa a un trabajador para vigilar el cumplimiento del plan de seguridad.
Este documento establece las normas mínimas de seguridad para actividades de construcción civil como edificación, obras públicas, montaje y desmontaje. Describe los requisitos generales del lugar de trabajo incluyendo señalización, primeros auxilios, electricidad, limpieza e instalaciones sanitarias. También especifica que todo proyecto debe contar con un plan de seguridad y salud que incluya capacitación, procedimientos de trabajo y supervisión, así como registro de accidentes.
La cotización ofrece tres opciones para la implementación, gestión y asesoría en materia de seguridad y salud ocupacional en Viña Tamaca, con costos mensuales de S/ 4,000, S/ 6,000 y S/ 8,000. Cada opción incluye inspecciones, supervisión de labores, presencia de personal especializado y firma de procedimientos. Adicionalmente, se ofrece apoyo sin costo para gestiones de certificaciones y recursos humanos.
Este documento establece el procedimiento de trabajo seguro para las actividades de izamiento, traslado y descarga en una obra. Detalla los roles y responsabilidades del personal involucrado, los recursos necesarios como equipos de protección personal y maquinaria, y el método a seguir que incluye delimitar el área de trabajo, fijar correctamente la carga, y extender los estabilizadores de la grúa para lograr máxima estabilidad durante la maniobra.
El documento describe los protocolos de seguridad e higiene para la industria de la construcción. Explica los principales riesgos como caídas, golpes y sobreesfuerzos. Detalla el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo objetivos como identificar riesgos y responder a emergencias. Además, presenta el análisis de seguridad en el trabajo y los pasos para elaborarlo, así como el reglamento de seguridad y salud para la construcción.
El documento presenta los servicios de una empresa de consultoría en seguridad laboral, protección civil y gestión de riesgos. La empresa ofrece programas de protección civil, capacitación, análisis y gestión de riesgos, y cuenta con el aval y registro de diversas instituciones gubernamentales. También menciona algunos de sus clientes y reconocimientos recibidos.
La ley establece nuevas regulaciones para la subcontratación y los servicios transitorios. La empresa principal ahora es responsable solidaria de las obligaciones laborales y de seguridad de todos los trabajadores en su obra o empresa, independientemente de su contratista. También es responsable de adoptar medidas para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. Los contratistas y subcontratistas deben cumplir con las normas de seguridad, y la empresa principal debe vigilar esto.
Este documento presenta el reglamento de higiene y seguridad industrial de Proyectos Metálicos, una empresa dedicada a la fabricación de elementos metálicos. El reglamento describe los riesgos laborales principales como físicos, químicos, biológicos y otros. También establece las responsabilidades de la empresa para implementar programas de seguridad y salud ocupacional, como la constitución de un comité de seguridad, y capacitar a los trabajadores en medidas de prevención. El reglamento entró en vigencia en abril de
El documento describe los principales riesgos de una vivienda común como la falta de salidas de emergencia, peligros en las escaleras por falta de iluminación y pasamanos, ventanas sin rejas que ponen en riesgo a los niños, tuberías de agua y gas descubiertas que pueden causar inundaciones o incendios, y líneas eléctricas sin la distancia de seguridad reglamentaria.
Este documento presenta el Plan de Emergencia y Evacuación de la Dirección de Desarrollo Comunitario. Describe los objetivos, conceptos, recursos humanos y técnicos, medidas preventivas, procedimientos y aspectos técnico-administrativos. Se establecen líderes de evacuación, rutas de escape y zonas de seguridad para proteger a las personas ante incendios, sismos u otras emergencias.
Este documento presenta la información sobre un curso de seguridad e higiene en la industria de la construcción. Los objetivos del curso son introducir los conceptos básicos de seguridad e higiene en la construcción, conocer la legislación vigente y reconocer los riesgos y medidas de prevención por etapa de obra. Entre los temas a desarrollar se incluyen el marco regulatorio, las responsabilidades en seguridad, el análisis de riesgos y medidas de prevención por etapa de obra.
Este documento presenta el nuevo Reglamento Especial para empresas Contratistas y Subcontratistas de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE), el cual entrará en vigencia el 17 de mayo de 2012. El reglamento actualiza la normativa relacionada con la Seguridad y Salud Ocupacional de los contratistas de acuerdo a cambios legales recientes. Establece objetivos, alcances, aplicación, definiciones, responsabilidades, requisitos de seguridad, documentación, actividades preventivas, normas de prevención, medidas preventivas, prohib
Este documento presenta información sobre las normas básicas para una charla obligatoria de información, incluyendo la prohibición del uso de dispositivos electrónicos y salidas sin autorización. También cubre aspectos legales como la Ley de Accidentes del Trabajo y las normas y reglas de la empresa RLU Servicios y Maquinaria sobre seguridad y salud ocupacional, políticas ambientales y de alcohol y drogas, entre otros temas.
La curva de bradley en el sector mineroPrevencionar
El documento explica la "Curva de Bradley", una herramienta que permite evaluar el estado de madurez en seguridad de los trabajadores de una empresa minera. La curva describe cuatro fases (reactiva, dependiente, independiente e interdependiente) que van desde la ausencia de compromiso con la seguridad hasta la cooperación entre equipos. El documento se enfoca en las últimas fases y la importancia de centrarse en los comportamientos inseguros de los operarios mineros, origen del 80% de los accidentes laborales.
Este documento presenta el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de un consorcio para un proyecto. Describe la política de seguridad y salud ocupacional, que incluye cumplir con las normas legales y proteger la salud de los trabajadores. También identifica los procesos y actividades del proyecto, y establece un procedimiento para identificar peligros, evaluar riesgos y determinar controles. El objetivo es prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales durante la ejecución del proyecto.
Este documento presenta el manual de seguridad y salud ocupacional de la empresa XYZ. Describe los objetivos del manual como evitar accidentes, mantener operaciones eficientes y fomentar acciones preventivas. Explica que el alcance aplica a todos los procesos de la empresa sin exclusión y ofrece datos de prevención, exámenes médicos y capacitación a todo el personal. También presenta las políticas de seguridad y salud ocupacional de la empresa y las referencias normativas que rigen el manual.
El documento describe las responsabilidades del empresario en materia de prevención de riesgos laborales en el sector de la hostelería. El empresario debe cumplir la normativa en prevención de riesgos, realizar evaluaciones de riesgos, informar y formar a los trabajadores, y garantizar su seguridad. De no hacerlo, puede incurrir en responsabilidades administrativas, civiles, penales y un recargo en las prestaciones de la seguridad social.
Digitalización en Prevención y el Ahorro de costesPrevencionar
La digitalización va más allá de simplemente digitalizar documentos y procesos existentes. Ofrece ventajas como mejorar la eficiencia, tomar decisiones más rápido con información en tiempo real, y mejorar la colaboración. Existen diferentes niveles de digitalización, desde lo básico hasta soluciones a medida, y puede ayudar a ahorrar costos a largo plazo al hacer procesos más rápidos y fiables.
Este documento trata sobre la coordinación de actividades preventivas en obras de construcción. Explica que el promotor es responsable de designar un coordinador de seguridad y salud que supervise la aplicación de las medidas de prevención de riesgos. También describe las funciones del coordinador, como aprobar el plan de seguridad, impartir instrucciones a las empresas contratistas, y paralizar los trabajos en caso de riesgo grave. Finalmente, resalta la importancia de que el coordinador establezca un procedimiento de coordinación claro con controles periódicos de seg
Este documento presenta el plan de seguridad y salud para la construcción de una vivienda unifamiliar y piscina. Incluye las condiciones legales, facultativas, técnicas y económicas relacionadas con la seguridad y salud en la obra. Detalla la normativa aplicable, las obligaciones de las partes implicadas, los requisitos para el coordinador de seguridad, el estudio de seguridad y salud, el plan de seguridad y salud, y los equipos de protección individual requeridos.
Este documento presenta el Plan de Seguridad y Salud para una obra de construcción de una vivienda unifamiliar y piscina. Incluye información sobre la empresa contratista, la descripción de los trabajos, el presupuesto, el personal, y las medidas de seguridad para cada fase de la obra. También presenta los centros médicos cercanos, el coordinador de seguridad y salud, y designa a un trabajador para vigilar el cumplimiento del plan de seguridad.
Este documento establece las normas mínimas de seguridad para actividades de construcción civil como edificación, obras públicas, montaje y desmontaje. Describe los requisitos generales del lugar de trabajo incluyendo señalización, primeros auxilios, electricidad, limpieza e instalaciones sanitarias. También especifica que todo proyecto debe contar con un plan de seguridad y salud que incluya capacitación, procedimientos de trabajo y supervisión, así como registro de accidentes.
La cotización ofrece tres opciones para la implementación, gestión y asesoría en materia de seguridad y salud ocupacional en Viña Tamaca, con costos mensuales de S/ 4,000, S/ 6,000 y S/ 8,000. Cada opción incluye inspecciones, supervisión de labores, presencia de personal especializado y firma de procedimientos. Adicionalmente, se ofrece apoyo sin costo para gestiones de certificaciones y recursos humanos.
Este documento establece el procedimiento de trabajo seguro para las actividades de izamiento, traslado y descarga en una obra. Detalla los roles y responsabilidades del personal involucrado, los recursos necesarios como equipos de protección personal y maquinaria, y el método a seguir que incluye delimitar el área de trabajo, fijar correctamente la carga, y extender los estabilizadores de la grúa para lograr máxima estabilidad durante la maniobra.
El documento describe los protocolos de seguridad e higiene para la industria de la construcción. Explica los principales riesgos como caídas, golpes y sobreesfuerzos. Detalla el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo objetivos como identificar riesgos y responder a emergencias. Además, presenta el análisis de seguridad en el trabajo y los pasos para elaborarlo, así como el reglamento de seguridad y salud para la construcción.
El documento presenta los servicios de una empresa de consultoría en seguridad laboral, protección civil y gestión de riesgos. La empresa ofrece programas de protección civil, capacitación, análisis y gestión de riesgos, y cuenta con el aval y registro de diversas instituciones gubernamentales. También menciona algunos de sus clientes y reconocimientos recibidos.
La ley establece nuevas regulaciones para la subcontratación y los servicios transitorios. La empresa principal ahora es responsable solidaria de las obligaciones laborales y de seguridad de todos los trabajadores en su obra o empresa, independientemente de su contratista. También es responsable de adoptar medidas para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. Los contratistas y subcontratistas deben cumplir con las normas de seguridad, y la empresa principal debe vigilar esto.
Este documento presenta el reglamento de higiene y seguridad industrial de Proyectos Metálicos, una empresa dedicada a la fabricación de elementos metálicos. El reglamento describe los riesgos laborales principales como físicos, químicos, biológicos y otros. También establece las responsabilidades de la empresa para implementar programas de seguridad y salud ocupacional, como la constitución de un comité de seguridad, y capacitar a los trabajadores en medidas de prevención. El reglamento entró en vigencia en abril de
El documento describe los principales riesgos de una vivienda común como la falta de salidas de emergencia, peligros en las escaleras por falta de iluminación y pasamanos, ventanas sin rejas que ponen en riesgo a los niños, tuberías de agua y gas descubiertas que pueden causar inundaciones o incendios, y líneas eléctricas sin la distancia de seguridad reglamentaria.
Este documento presenta el Plan de Emergencia y Evacuación de la Dirección de Desarrollo Comunitario. Describe los objetivos, conceptos, recursos humanos y técnicos, medidas preventivas, procedimientos y aspectos técnico-administrativos. Se establecen líderes de evacuación, rutas de escape y zonas de seguridad para proteger a las personas ante incendios, sismos u otras emergencias.
Este documento presenta la información sobre un curso de seguridad e higiene en la industria de la construcción. Los objetivos del curso son introducir los conceptos básicos de seguridad e higiene en la construcción, conocer la legislación vigente y reconocer los riesgos y medidas de prevención por etapa de obra. Entre los temas a desarrollar se incluyen el marco regulatorio, las responsabilidades en seguridad, el análisis de riesgos y medidas de prevención por etapa de obra.
Este documento presenta el nuevo Reglamento Especial para empresas Contratistas y Subcontratistas de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE), el cual entrará en vigencia el 17 de mayo de 2012. El reglamento actualiza la normativa relacionada con la Seguridad y Salud Ocupacional de los contratistas de acuerdo a cambios legales recientes. Establece objetivos, alcances, aplicación, definiciones, responsabilidades, requisitos de seguridad, documentación, actividades preventivas, normas de prevención, medidas preventivas, prohib
Este documento presenta información sobre las normas básicas para una charla obligatoria de información, incluyendo la prohibición del uso de dispositivos electrónicos y salidas sin autorización. También cubre aspectos legales como la Ley de Accidentes del Trabajo y las normas y reglas de la empresa RLU Servicios y Maquinaria sobre seguridad y salud ocupacional, políticas ambientales y de alcohol y drogas, entre otros temas.
La curva de bradley en el sector mineroPrevencionar
El documento explica la "Curva de Bradley", una herramienta que permite evaluar el estado de madurez en seguridad de los trabajadores de una empresa minera. La curva describe cuatro fases (reactiva, dependiente, independiente e interdependiente) que van desde la ausencia de compromiso con la seguridad hasta la cooperación entre equipos. El documento se enfoca en las últimas fases y la importancia de centrarse en los comportamientos inseguros de los operarios mineros, origen del 80% de los accidentes laborales.
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Este documento presenta el manual de seguridad y salud ocupacional de la empresa XYZ. Describe los objetivos del manual como evitar accidentes, mantener operaciones eficientes y fomentar acciones preventivas. Explica que el alcance aplica a todos los procesos de la empresa sin exclusión y ofrece datos de prevención, exámenes médicos y capacitación a todo el personal. También presenta las políticas de seguridad y salud ocupacional de la empresa y las referencias normativas que rigen el manual.
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Reglamento interno tipo seguridad insp trabajoJosé Espinoza M
Este documento presenta el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de un colegio particular. Establece normas sobre la jornada laboral, horario de colación, pago de horas extras y remuneraciones. También incluye disposiciones sobre el ingreso de trabajadores, contratos laborales, obligaciones y sanciones. El objetivo es prevenir riesgos y enfermedades laborales siguiendo la normativa chilena sobre seguridad e higiene ocupacional.
This document outlines a general prevention plan for contractor and subcontractor companies working on the same site. It details objectives to maximize safety, information sharing on risks, accident investigation procedures, health services, equipment and PPE use, prevention organization, training, and periodic inspections. The plan establishes basic safety rules and coordination requirements between companies to prevent risks from concurrent activities.
Este documento contiene el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de una empresa. Establece definiciones clave como trabajador, empresa, riesgo profesional, equipos de protección personal, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. También describe las obligaciones de los trabajadores y la empresa para cumplir con las normas de seguridad e higiene. El objetivo del reglamento es regular las condiciones de trabajo y proteger la salud y seguridad de los empleados.
Este documento presenta un reglamento interno de orden, higiene y seguridad para una empresa. Establece normas sobre ingreso de trabajadores, contratos laborales, jornada laboral, horas extras y remuneraciones. El objetivo es prevenir riesgos laborales y cumplir la ley chilena sobre seguridad e higiene. Incluye definiciones clave, responsabilidades de trabajadores y empleadores, y sanciones por incumplimiento de normas.
Este documento presenta un reglamento interno tipo de orden, higiene y seguridad para empresas industriales o comerciales que ocupen 10 o más trabajadores permanentes. El reglamento establece normas en 8 títulos que cubren disposiciones generales, el ingreso de trabajadores, contratos laborales, jornadas de trabajo, horas extras, remuneraciones, obligaciones de los trabajadores y permisos. El objetivo es prevenir riesgos laborales y mejorar la seguridad en el lugar de trabajo.
Este documento establece un protocolo de seguridad sanitaria laboral COVID-19 para [NOMBRE ENTIDAD EMPLEADORA], con el objetivo de prevenir el contagio de COVID-19 en los lugares de trabajo. Incluye medidas como el uso de mascarillas, lavado de manos, distanciamiento físico, limpieza y desinfección, y testeo de temperatura. También indica los pasos a seguir en caso de presentar síntomas o un posible contagio, y designa responsabilidades para la implementación y supervisión del protocolo.
Este documento aprueba el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales en Chile. Establece normas para la aplicación de la Ley 16.744 sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Incluye disposiciones sobre las obligaciones de las mutualidades y empresas en materia de prevención de riesgos, la organización de departamentos de prevención en las empresas, el registro de estadísticas de accidentes, y la implementación de reglamentos internos de seguridad e higiene.
Este documento presenta el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, el cual establece normas para la aplicación de la ley sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. El reglamento contiene disposiciones generales, normas para mutualidades y empresas de administración delegada, requisitos para departamentos de prevención de riesgos en las empresas, y establece la obligación de llevar estadísticas de accidentes.
Este documento presenta el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, el cual establece normas para la aplicación de la ley sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. El reglamento contiene disposiciones generales, normas para mutualidades y empresas de administración delegada, requisitos para departamentos de prevención de riesgos en las empresas, y establece la obligación de llevar estadísticas de accidentes.
Este documento aprueba un reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744, el cual establece normas de seguridad y salud laboral para obras, faenas o servicios donde trabajadores estén sujetos a subcontratación. El reglamento define las responsabilidades de la empresa principal y contratistas/subcontratistas para implementar un sistema de gestión de seguridad y salud. También establece requisitos como mantener registros de antecedentes, realizar evaluaciones de riesgos, e implementar comités paritarios cuando
La legislación establece normas para la higiene y seguridad en el trabajo, requiriendo que los establecimientos cuenten con Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Estos servicios tienen como objetivo fundamental prevenir daños a la vida y salud de los trabajadores creando condiciones para que la salud y seguridad sean responsabilidad de la organización en su conjunto.
1. El documento es el Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud de los trabajadores, adoptado en 1981.
2. El convenio establece principios y medidas para que los países formulen políticas nacionales de seguridad y salud laboral y creen sistemas de inspección y control.
3. También estipula obligaciones para empleadores como garantizar lugares de trabajo seguros y proveer equipos de protección, así como la cooperación de trabajadores.
Este documento presenta las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con la seguridad e higiene en los centros de trabajo. Incluye normas sobre la constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, los informes de riesgos laborales, la seguridad en procesos químicos y los servicios preventivos de seguridad y salud laboral. Las normas establecen los requisitos, responsabilidades y lineamientos para promover ambientes de trabajo seguros.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad actualizado en septiembre de 2016 de la empresa ChilePrevención Ltda. El reglamento contiene secciones sobre normas de orden, condiciones de ingreso, contrato de trabajo, y responsabilidades de la empresa y los trabajadores para mantener un ambiente de trabajo seguro. También incluye procedimientos para reportar accidentes y medidas para prevenir riesgos laborales.
Este decreto establece las directrices obligatorias para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en todas las empresas. Define los términos clave relacionados con la seguridad y salud ocupacional. Además, explica que el SG-SST debe aplicarse a todos los trabajadores dependientes, contratistas y cooperados con el fin de prevenir accidentes laborales y enfermedades ocupacionales. Finalmente, destaca la importancia de cumplir con los requisitos normativos en esta materia
Este decreto establece las directrices obligatorias para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en todas las empresas públicas y privadas en Colombia. Define los términos clave relacionados con la SST y establece que el SG-SST debe cubrir a todos los trabajadores dependientes, contratistas, cooperados y en misión. Además, determina que el SG-SST debe basarse en el ciclo de mejora continua PHVA y que las empresas deben realizar evaluaciones de riesgos,
Este decreto establece las directrices obligatorias para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en todas las empresas públicas y privadas en Colombia. Define los términos clave relacionados con la SST y establece que el SG-SST debe cubrir a todos los trabajadores dependientes, contratistas, cooperados y en misión. Además, determina que el SG-SST debe basarse en el ciclo de mejora continua PHVA y que las empresas deben realizar evaluaciones de riesgos,
Similar a Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales (20)
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
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1. 1. Gestión Prevención
1.2 Guía de Actuación Inspectora en
la coordinación de Actividades
Empresariales
SUBSECRETARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
2. SUBSECRETARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 2 de 8
1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS
EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO
El artículo 4.2 RD 171/2004 establece que las empresas a que
se refiere el apartado 1. ( tanto empresas como trabajadores
autónomos que desarrollen actividades en un mismo centro de
trabajo) deberán informarse recíprocamente sobre los riesgos
específicos de las actividades que desarrollen en el centro de
trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las otras
empresas concurrentes en el centro, en particular sobre
aquellos que puedan verse agravados o modificados por
circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades.
1.2, 1.3, 1.4, 1.5 : El segundo párrafo del artículo 4.2 RD
171/2004 indica que la información deberá ser:
- suficiente
- deberá proporcionarse antes del inicio de las
actividades
- siempre que se produzca un cambio en las
actividades concurrentes que sea relevante a efectos
preventivos
- siempre que se haya producido una situación de
emergencia (los empresarios a que se refiere el
apartado 1 deberán comunicarse de inmediato toda
situación de emergencia susceptible de afectar a la
salud o la seguridad de los trabajadores de las
empresas presentes en el centro de trabajo, de
acuerdo con el artículo 4.3 RD 171/2004).
1.6 En todo caso, debe exigirse que la información se entregue
por escrito siempre que alguna empresa de las citadas en el
apartado 1 del artículo 4 RD 171/2004, genere riesgos que sean
calificados como graves o muy graves.
1.7 Cuando, como consecuencia de los riesgos de las
actividades concurrentes, se produzca un accidente de trabajo,
el empresario deberá informar de aquél a los demás
empresarios presentes en el centro de trabajo, tal y como
establece el último párrafo del artículo 4.2 RD 171/2004.
OBJETIVOS DE LA COORDINACIÓN
Los principios de acción preventiva
Métodos de Trabajo
Control de las
interacciones
de las Actividades
Adecuación entre los riesgos derivados de la concurrencia y las medidas
aplicadas
- Riesgos Graves o Muy Graves
- Actividades incompatibles
Garantizar la
aplicación
CORRECTA
3. SUBSECRETARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 3 de 8
1.8 La información sobre los riesgos específicos de las
actividades de cada uno de los empresario intervinientes y que
debe ser suministrada con el alcance y el contenido antes
referido y que se recoge en el artículo 4.2 RD 171/2004, deberá
ser tenida en cuenta por todos los empresarios concurrentes en
la evaluación de riesgos y en la planificación de su actividad
preventiva. Deberán considerarse todos aquellos riesgos que,
siendo propios de cada empresa, surjan o se agraven por las
circunstancias de concurrencia en que las actividades se
desarrollan. Todo ello, de3 conformidad con el artículo 4.4 RD
171/2004.
Debe tenerse en cuenta la información suministrada por el
empresario titular a los mismos efectos indicados con
anterioridad, de acuerdo con el artículo 9.1 RD 171/2004.
1.9 Cada empresario deberá informar a sus trabajadores
respectivos de los riesgos derivados de la concurrencia de
actividades empresariales en el mismo centro de trabajo en los
términos previstos en el artículo 18.1 de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La información
deberá contemplar, por lo tanto:
- Los riesgos para la seguridad y la salud de los
trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten
a la empresa en su conjunto como a cada tipo de
puesto de trabajo o función.
- Las medidas y actividades de protección y prevención
aplicables a los riesgos señalados en el apartado
anterior.
- Las medidas de emergencia contempladas en el
artículo 20 de la Ley 31/1995.
También deberá informarse a los trabajadores de las
instrucciones que se reciban del empresario titular, de acuerdo
con el artículo 9.3 RD 171/2004.
1.10 En cumplimiento del deber de cooperación, los
empresarios concurrentes en el centro de trabajo establecerán
los medios de coordinación para la prevención de riesgos
laborales que consideren necesarios. Al establecer los medios
de coordinación se tendrán en cuenta el grado de peligrosidad
de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo, el
número de trabajadores de las empresas presentes en el centro
de trabajo y la duración de la concurrencia de las actividades
desarrolladas por tales empresas. El artículo 11 RD 171/2004
contiene una lista de medios de coordinación de carácter
meramente enunciativo. Deberá tenerse en cuenta otros medios
indicados en normativa específica en materia de seguridad y
salud, así como aquellos que pudieran haberes establecido a
través de la negociación colectiva. En el citado precepto se
señala:
a) El intercambio de información y de comunicaciones
entre las empresas concurrentes.
b) La celebración de reuniones periódicas entre las
empresas concurrentes.
c) Las reuniones conjuntas de los comités de seguridad
y salud de las empresas concurrentes o, en su
defecto, de los empresarios que carezcan de dichos
comités con los delegados de prevención.
d) La impartición de instrucciones.
e) El establecimiento conjunto de medidas específicas
de prevención de los riesgos existentes en el centro
de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de
las empresas concurrentes o de procedimientos o
protocolos de actuación.
f) La presencia en el centro de trabajo de los recursos
preventivos de las empresas concurrentes.
g) La designación de una o más personas encargadas
de la coordinación de las actividades preventivas.
CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN EL MISMO CENTRO
Información recíproca sobre riesgos de la propia actividad que puedan
afectar a los demás.
DEBER DE COOPERACIÓN La información será suficiente, antes del inicio de actividad o por
cambios relevantes o en situaciones de emergencia.
La Información deberá ser tenida en cuenta por los demás y trasladada
a sus respectivos trabajadores.
Afecta a empresarios y
autónomos
Medios de coordinación entre
ellos
4. SUBSECRETARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 4 de 8
1.11 Las instrucciones a que se refiere el artículo 8 RD
171/2004 dadas por el empresario titular del centro de trabajo
deberán ser cumplidas por los demás empresarios
concurrentes, de conformidad con el artículo 9.2 RD 171/2004.
1.12 Para el ejercicio de los derechos establecidos en el capítulo
V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riesgos Laborales, los delegados de prevención o, en su
defecto, los representantes legales de los trabajadores serán
informados cuando se concierte un contrato de prestación de
obras o servicios en los términos previstos en el artículo 42.4 y 5
y en el artículo 64.1.1º del Estatuto de los Trabajadores. De esta
manera, cuando la empresa concierte un contrato de prestación
de obras o servicios con una empresa contratista o
subcontratista, deberá informar a los representantes legales de
sus trabajadores sobre los siguientes extremos:
a) Nombre o razón social, domicilio y número de
identificación fiscal de la empresa contratista o
subcontratista.
b) Objeto y duración de la contrata.
c) Lugar de ejecución de la contrata.
d) En su caso, número de trabajadores que serán
ocupados por la contrata o subcontrata en el centro de
trabajo de la empresa principal.
e) Medidas previstas para la coordinación de actividades
desde el punto de vista de la prevención de riesgos
laborales.
Asimismo, la empresa contratista o subcontratista deberá
informar igualmente a los representantes legales de sus
trabajadores, antes del inicio de la ejecución de la contrata,
sobre los mismos extremos a que se refieren el apartado 3 del
artículo 42 ET (los trabajadores del contratista o subcontratista
deberán ser informados por escrito por su empresario de la
identidad de la empresa principal para la cual estén prestando
servicios en cada momento. Dicha información deberá facilitarse
antes del inicio de la respectiva prestación de servicios e incluirá
el nombre o razón social del empresario principal, su domicilio
social y su número de identificación fiscal). y las letras b) a e)
arriba enumeradas (artículo 42.4 ET).
EMPRESARIO TITULAR DEL CENTRO DE TRABAJO
Sobre riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a los
demás
DEBER DE INFORMACIÓN
La información será suficiente, antes del inicio de actividad o por
cambios relevantes del centro y por escrito
En función de la Información obtenida:
- Medidas para Prevenir Riesgos
- Y relativas a Situaciones de Emergencia
- Serán suficientes, adecuadas, y por escrito en caso de Riesgos
Graves o Muy Graves.
- Antes del inicio de la actividad y por cambios relevantes.
INSTRUCCIONES
Al resto de empresarios
concurrentes
Deben ser tenidas en cuenta, en la evolución cumplidas y
Trasladadas a sus trabajadores
5. SUBSECRETARIA
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INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 5 de 8
2. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO TITULAR DEL
CENTRO DE TRABAJO
2.1 El empresario titular deberá informar a los otros empresarios
concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que
puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las
medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas
de emergencia que se deben aplicar, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 7.1 RD 171/2004.
2.2, 2.3, 2.4 La información deberá ser suficiente y habrá de
proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se
produzca un cambio en los riesgos propios del centro de trabajo
que sea relevante a efectos preventivos, de acuerdo con el
artículo 7.2 RD 171/2004.
2.5 La información se facilitará por escrito cuando los riesgos
propios del centro de trabajo sean calificados como graves o
muy graves, de acuerdo con el artículo 7.3 RD 171/2004.
2.6 Recibida la información a que se refiere el artículo 4.2 y que
proviene del resto de empresarios concurrentes, el empresario
titular del centro de trabajo, cuando sus trabajadores desarrollen
actividades en él, dará al resto de empresarios concurrentes
instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el
centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las
empresas concurrentes y sobre las medidas que deben
aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 RD 171/2004.
2.7 Las instrucciones deberán ser suficientes y adecuadas a los
riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a
los trabajadores de las empresas concurrentes y a las medidas
para prevenir tales riesgos, de conformidad con el artículo 8.2
RD 171/2004.
2.8, 2.9 Las instrucciones habrán de proporcionarse antes del
inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los
riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a
los trabajadores de las empresas concurrentes que sea
elevante a efectos preventivos, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 8.3 RD 171/2004.
2.10 Las instrucciones se facilitarán por escrito cuando los
riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a
los trabajadores de las empresas
2.11 La designación de una o más personas encargadas de la
coordinación de las actividades preventivas se considerará
medio de coordinación preferente cuando concurran dos o más
de las siguientes condiciones:
a) Cuando en el centro de trabajo se realicen, por una de
las empresas concurrentes, actividades o procesos
reglamentariamente considerados como peligrosos o
con riesgos especiales, que puedan afectar a la
seguridad y salud de los trabajadores de las demás
empresas presentes.
b) Cuando exista una especial dificultad para controlar
las interacciones de las diferentes actividades
desarrolladas en el centro de trabajo que puedan
generar riesgos calificados como graves o muy
graves.
c) Cuando exista una especial dificultad para evitar que
se desarrollen en el centro de trabajo, sucesiva o
simultáneamente, actividades incompatibles entre sí
desde la perspectiva de la seguridad y la salud de los
trabajadores.
d) Cuando exista una especial complejidad para la
coordinación de las actividades preventivas como
consecuencia del número de empresas y trabajadores
concurrentes, del tipo de actividades desarrolladas y
de las características del centro de trabajo.
Cuando existan razones técnicas u organizativas justificadas, la
designación de una o más personas encargadas de las
actividades preventivas podrá sustituirse por cualesquiera otros
medios de coordinación que garanticen el cumplimiento de los
objetivos a que se refiere el artículo 3.
DESIGNACIÓN DE PERSONA ENCARGADA DE
LA COORDINACIÓN
LA INICIATIVA PARA SU DETERMINACIÓN
CORRESPONDIENTE AL EMPRESARIO TITULAR DEL
CENTRO
Actividades peligrosas a con riesgos especiales.
Especial dificultad para controlar interacciones que puedan
generar riesgos Graves o Muy Graves.
Especias dificultad por actividades incompatibles entre si.
Especial complejidad por número de empresas y
trabajadores concurrentes tipo de actividades o
características del centro.
Designación de Persona encargada de la coordinación
( Cuanto concurran dos o más condiciones)
6. SUBSECRETARIA
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SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 6 de 8
2.12 De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 RD
171/2004, la persona o las personas encargadas de la
coordinación de las actividades preventivas serán designadas
por el empresario titular del centro de trabajo cuyos trabajadores
desarrollen actividades en él.
Podrán ser encargadas de la coordinación de las actividades
preventivas las siguientes personas:
a) Uno o varios de los trabajadores designados para el
desarrollo de las actividades preventivas por el
empresario titular del centro de trabajo o por los
demás empresarios concurrentes, de conformidad con
el artículo 30 de la Ley 31/1995, y con el artículo 12
del Real Decreto 39/1997.
b) Uno o varios miembros del servicio de prevención
propio de la empresa titular del centro de trabajo o de
las demás empresas concurrentes.
c) Uno o varios miembros del servicio de prevención
ajeno concertado por la empresa titular del centro de
trabajo o por las demás empresas concurrentes.
d) Uno o varios trabajadores de la empresa titular del
centro de trabajo o de las demás empresas
concurrentes que, sin formar parte del servicio de
prevención propio ni ser trabajadores designados,
reúnan los conocimientos, la cualificación y la
experiencia necesarios en las actividades a que se
refiere el apartado 1.
e) Cualquier otro trabajador de la empresa titular del
centro de trabajo que, por su posición en la estructura
jerárquica de la empresa y por las funciones técnicas
que desempeñen en relación con el proceso o los
procesos de producción desarrollados en el centro,
esté capacitado para la coordinación de las
actividades empresariales.
f) Una o varias personas de empresas dedicadas a la
coordinación de actividades preventivas, que reúnan
las competencias, los conocimientos y la cualificación
necesarios en las actividades a que se refiere el
apartado 1.
La persona o personas encargadas de la coordinación de
actividades preventivas deberán contar con la formación
preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del
nivel intermedio, de conformidad con el artículo 14.4 RD
171/2004.
2.13 En cualquier caso, la persona o personas encargadas de la
coordinación de actividades preventivas deberán mantener la
necesaria colaboración con los recursos preventivos de los
empresarios concurrentes, según el último párrafo del artículo
13.3 RD 171/2004.
2.14 La persona o las personas encargadas de la coordinación
de las actividades preventivas tendrán las siguientes funciones:
a) Favorecer el cumplimiento de los objetivos previstos
en el artículo 3 RD 171/2004.
b) Servir de cauce para el intercambio de las
informaciones que, en virtud de lo establecido en este
Real Decreto, deben intercambiarse las empresas
concurrentes en el centro de trabajo.
c) Cualesquiera otras encomendadas por el empresario
titular del centro de trabajo.
Para el ejercicio adecuado de sus funciones, la persona o las
personas encargadas de la coordinación estarán facultadas
para:
NOMBRAMIENTO DE PERSONA ENCARGADA DE LA COORDINACIÓN
CORRESPONDE AL TITULAR DEL
CENTRO
la designación de la persona
encargada de la coordinación
( Esta función puede ser asumida por
quien tenga asignada la presencia de
recursos preventivos)
- Una o varias personas de empresas dedicadas a la
coordinación preventiva.
- Uno o varios miembros:
del S.P.A.
del S.P.P.
- Cualquier otro trabajador que por funciones o posición
jerárquica estén capacitados.
- Un o varios trabajadores :
designados
con conocimientos calificación y experiencia necesaria
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1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 7 de 8
CONCURRENCIA ENTRE EMPRESARIO PRINCIPAL, CONTRATISTA Y SUBCONTRATADOS
EL EMPRESARIO
PRINCIPAL
DE LAS CONTRATAS Y
SUBCONTRATAS
(Siempre que sean de su
propia actividad y en su
mismo centro de trabajo)
LOS CONTRATISTAS
(Deber de Vigilancia)
DE LAS
SUBCONTRATAS
Acreditación por escrito:
- La evaluación de riesgos
- La planificación preventiva
- Información
- Formación
Comprobar los medios de
coordinación entre ellas
Acreditación por escrito:
- La evaluación de riesgos
- La planificación preventiva
- Información a trabajadores
- Formación a trabajadores
a) Conocer las informaciones que, en virtud de lo
establecido en este Real Decreto, deben
intercambiarse las empresas concurrentes en el
centro de trabajo, así como cualquier otra
documentación de carácter preventivo que sea
necesaria para el desempeño de sus funciones.
b) Acceder a cualquier zona del centro de trabajo.
c) Impartir a las empresas concurrentes las instrucciones
que sean necesarias para el cumplimiento de sus
funciones.
d) Proponer a las empresas concurrentes la adopción de
medidas para la prevención de los riesgos existentes
en el centro de trabajo que puedan afectar a los
trabajadores presentes.
Se remite a lo indicado en el apartado 1.12 de la guía.
2.16 Los delegados de prevención o, en su defecto, los
representantes legales de los trabajadores de la empresa titular
del centro de trabajo cuyos trabajadores desarrollen actividades
en el centro de trabajo serán consultados, en los términos del
artículo 33 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, y en la medida en que repercuta en la
seguridad y salud de los trabajadores por ellos representados,
sobre la organización del trabajo en el centro de trabajo
derivada de la concurrencia de otras empresas en aquél.
El citado artículo 33 de la Ley 31/1995, indica que el empresario
deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la
adopción de las decisiones relativas a:
a) La planificación y la organización del trabajo en la
empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en
todo lo relacionado con las consecuencias que éstas
pudieran tener para la seguridad y la salud de los
trabajadores, derivadas de la elección de los equipos,
la determinación y la adecuación de las condiciones
de trabajo y el impacto de los factores ambientales en
el trabajo.
b) La organización y desarrollo de las actividades de
protección de la salud y prevención de los riesgos
profesionales en la empresa, incluida la designación
de los trabajadores encargados de dichas actividades
o el recurso a un servicio de prevención externo.
c) La designación de los trabajadores encargados de las
medidas de emergencia.
d) Los procedimientos de información y documentación a
que se refieren los artículos 18, apartado 1, y 23,
apartado 1, de la presente Ley.
e) El proyecto y la organización de la formación en
materia preventiva.
f) Cualquier otra acción que pueda tener efectos
sustanciales sobre la seguridad y la salud de los
trabajadores.
En las empresas que cuenten con representantes de los
trabajadores, las consultas a que se refiere el apartado anterior
se llevarán a cabo con dichos representantes.
8. SUBSECRETARIA
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SEGURIDAD SOCIAL
1.2 GUIA Cordinación Actividades Empresariales.doc Página 8 de 8
3. CONTROL DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
3.1 Antes del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el
empresario principal exigirá a las empresas contratistas y
subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado,
para las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos
y la planificación de su actividad preventiva, de acuerdo con el
artículo 10.2 RD 171/2004.
3.2 Así mismo, el empresario principal exigirá a tales empresas
que le acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones
en materia de información y formación respecto de los
trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de
trabajo, tal y como dispone el artículo 10.2 RD 171/2004.
3.3 Cuando la empresa contratista decidiese subcontratar parte
de la obra o servicio encomendado, deberá exigir por escrito al
mencionado subcontratista, que acredite haber realizado para
las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos y la
planificación preventiva, así como el cumplimiento de las
obligaciones en materia de información y formación de los
trabajadores que prestarán servicios en el centro de trabajo. El
empresario principal hará entrega de estas acreditaciones al
empresario principal, de acuerdo con el último párrafo del
artículo 10.2 RD 171/2004.
3.4 El empresario principal deberá comprobar que las empresas
contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de
trabajo han establecido los necesarios medios de coordinación
entre ellas (ver apartado 1.10 de la guía). El empresario
principal deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de
prevención de riesgos laborales por parte de las empresas
contratistas o subcontratistas de obras y servicios
correspondientes a su propia actividad y que se desarrollen en
su propio centro de trabajo.
3.5 Se remite a lo indicado en el apartado 1.12 de la guía.
MEDIOS DE COORDINACIÓN
INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN
DESIGNACIÓN DE
PERSONAS A CARGO DE
LA COORDINACIÓN
REUNIONES
PERIÓDICAS ENTE
EMPRESAS
REUNIONES CONJUNTAS
DE COMITÉS SEGURIDAD
Y SALUD
(o de empresarios y
delegados de prevención)
PRESENCIA DE
RECURSOS
PREVENTIVOS
ESTABLECIMIENTO
CONJUNTO DE MEDIDAS
Y PROCEDIMIENTOS
IMPARTICIÓN DE
INSTRUCCIONES
RELACIÓN
NO EXHAUSTIVA