IGV JUSTO:
PRÓRROGA DEL PAGO
DEL IGV PARA LA MICRO
Y PEQUEÑA EMPRESA
Gerencia de Servicios al
Contribuyente
Intendencia Lima
NORMAS LEGALES DEL IGV
JUSTO
• Ley N° 30524: Ley de
Prorroga del Pago del
Impuesto General a las
Ventas para la Micro y
Pequeña Empresa - “IGV
Justo”.
Ley 30524: IGV Justo
Ley de Prórroga
del Pago del
Impuesto General
a las Ventas para
la Micro y
Pequeña Empresa
- “IGV Justo”
Fecha de publicación: 13 de
diciembre del 2016.
Fecha de Vigencia: Día siguiente
de publicado el Reglamento.
Reglamentación: D.S. del MEF en
plazo de 30 días calendarios.
Normas complementarias: R.S.
establece normas para mejor
aplicación de la ley.
Reglamento: D. S. N° 026-2017-EF
publicado 16 de febrero de 2017.
Ley 30524 - IGV Justo:
Objeto y Finalidad
• Establecer la prorroga del pago del IGV que
corresponda a las micro y pequeñas empresas:
• Con ventas anuales hasta 1700 UIT.
• Cumplan requisitos del art. 5 del D.S. 013-
2013-PRODUCE.
• Vendan bienes y servicios sujetos al pago del
impuesto.
Objeto:
• Efectivizar el principio de igualdad tributaria y;
• Coadyuvar a la construcción de la formalidad.
Finalidad:
Declaración y Pago del
Impuesto
• Pueden postergar el pago del
impuesto por tres meses
posteriores a su obligación de
declarar.
• La postergación no genera
intereses moratorios ni multas.
MYPE con
ventas
anuales hasta
1700 UIT
El “IGV Justo” no comprende a:
MYPES:
Mantienen deudas tributarias exigibles coactivamente
mayores a 1 UIT.
Tienen como titular a una PN o socios que hubieran sido
condenados por delitos tributarios.
Se encuentran en proceso concursal.
Incumplen con presentar sus declaraciones y/o efectuar
el pago del IGV e IR , correspondiente a los 12 periodos
anteriores. Salvo que regularicen pagando o fraccionando
en un plazo de hasta 90 días previos al acogimiento.
Cuyas ventas anuales sean mayores a 1700 UIT
Plazo de Pago para MYPES
• Modificación del artículo 29 del TUO del Código
Tributario.
– Los tributos de determinación mensual, los anticipos
y los pagos a cuenta mensuales se pagarán dentro
de los doce primeros días hábiles del mes siguiente,
salvo las excepciones establecidas por ley.
GRACIAS
Gerencia de Servicios al Contribuyente
Intendencia Lima

IGV JUSTO

  • 1.
    IGV JUSTO: PRÓRROGA DELPAGO DEL IGV PARA LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Gerencia de Servicios al Contribuyente Intendencia Lima
  • 2.
    NORMAS LEGALES DELIGV JUSTO • Ley N° 30524: Ley de Prorroga del Pago del Impuesto General a las Ventas para la Micro y Pequeña Empresa - “IGV Justo”.
  • 3.
    Ley 30524: IGVJusto Ley de Prórroga del Pago del Impuesto General a las Ventas para la Micro y Pequeña Empresa - “IGV Justo” Fecha de publicación: 13 de diciembre del 2016. Fecha de Vigencia: Día siguiente de publicado el Reglamento. Reglamentación: D.S. del MEF en plazo de 30 días calendarios. Normas complementarias: R.S. establece normas para mejor aplicación de la ley. Reglamento: D. S. N° 026-2017-EF publicado 16 de febrero de 2017.
  • 4.
    Ley 30524 -IGV Justo: Objeto y Finalidad • Establecer la prorroga del pago del IGV que corresponda a las micro y pequeñas empresas: • Con ventas anuales hasta 1700 UIT. • Cumplan requisitos del art. 5 del D.S. 013- 2013-PRODUCE. • Vendan bienes y servicios sujetos al pago del impuesto. Objeto: • Efectivizar el principio de igualdad tributaria y; • Coadyuvar a la construcción de la formalidad. Finalidad:
  • 5.
    Declaración y Pagodel Impuesto • Pueden postergar el pago del impuesto por tres meses posteriores a su obligación de declarar. • La postergación no genera intereses moratorios ni multas. MYPE con ventas anuales hasta 1700 UIT
  • 6.
    El “IGV Justo”no comprende a: MYPES: Mantienen deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 1 UIT. Tienen como titular a una PN o socios que hubieran sido condenados por delitos tributarios. Se encuentran en proceso concursal. Incumplen con presentar sus declaraciones y/o efectuar el pago del IGV e IR , correspondiente a los 12 periodos anteriores. Salvo que regularicen pagando o fraccionando en un plazo de hasta 90 días previos al acogimiento. Cuyas ventas anuales sean mayores a 1700 UIT
  • 7.
    Plazo de Pagopara MYPES • Modificación del artículo 29 del TUO del Código Tributario. – Los tributos de determinación mensual, los anticipos y los pagos a cuenta mensuales se pagarán dentro de los doce primeros días hábiles del mes siguiente, salvo las excepciones establecidas por ley.
  • 8.
    GRACIAS Gerencia de Serviciosal Contribuyente Intendencia Lima

Notas del editor