Exposición desarrollada en el marco de las Jornadas "Derecho para todos" en la UNPSJB, organizadas por el Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas.
Con Alejandro Jones y Johana Madrinal
1. Observatorio de Economía de los Recursos
Naturales de la Patagonia Sur
Jueves 15 de Agosto - 18 Horas
Jornadas de Derecho Laboral – Aula Magna
www.economicasunp.edu.ar
2. • “No se puede analizar las
partes sin conocer el
todo, cuando se conoce el
todo cada parte adquiere un
significado global y revela los
lazos con otras.” Alejandro
Jodorowsky
3. A modo de conceptualización
global
Justo Injusto
Bien Mal
Humano Inhumano
Sentido Sin sentido
Politica
Moral
Espiritual
Niveles Sistema Tributario Impacto económico Impacto social
Mundial Favorece al K financiero Concentración Riqueza extrema
Sistema Capitalista sobre el trabajo Desigualdad Exclusión
Latinoamericano Sigue lineamientos Mayor desigualdad en el Riqueza extrema
Mayor part. Estatal mundiales mundo Exclusión
Nacional Mayor presión tributaria Disminución del Yd Trabajadores formales
Impuestos al consumo Transferencias Informalidad
Fuente: Elaboración propia
4. Mundo desigual
i
Habitantes U$D/ Día Pobreza
1.300.000.000 1,00 Extrema
3.000.000.000 2,00 Atenuada
4.300.000.000 Total
1.300.000.000 Sin agua potable
3.000.000.000 Sin intalaciones sanitarias
2.000.000.000 Sin electricidad
Fuente: El Capital Social y la Cultura: Dimensiones pos-
tergadas del desarrollo -Bernardo KLIKSBERG
5.
6. Modelo tributario de la OEA: características
fundamentales del impuesto a la renta personal.
• Materia Imponible: renta neta, real o
presunta, percibida o devengada.
• Hecho Generador: Obtención de renta.
• Contribuyente: personas naturales y unidades
familiares.
• Valor: renta global neta anual deducidos el
mínimo no imponible y las rebajas por
dependientes.
• Modalidad de imposición: tasas progresivas
según niveles crecientes de renta.
7. • Debe expresarse y computarse en dinero.
• En alta inflación se generan ganancias ficticias
(valores nominales del tributo sin posibilidad
de ajuste por inflación). Debe guiarse por
ganancias reales
• Invade el patrimonio del contribuyente y
desvirtúa los principios de la capacidad
contributiva y equidad.
• “Puede resultar admisible su aplicación
transitoria como imposición reguladora”.
• La falta de ajuste de la renta imponible
(desvalorización monetaria) es un propio
13. Hogares Población Ingresos insuficientes
Indigencia 3,5% 5,4% 31,1%
Pobreza 13,6% 21,9%
Capacidad de ahorro
17,6%
Inseguridad 25% 43%
Alimentaria Severa Moderada Sector empleo informal
Fuente: Observatorio de la deuda social UCA 48,0%
La diferencia entre el 10% mas rico y el 10% mas pobre supera las 20 veces
Coeficiente de Gini: 0,401
Fuente: Plan Fenix
Hogares pobres
Desarrollo humano e integración social
14. Carga tributaria efectiva en Argentina
Entre 170 y 195 días de trabajo
Insume la carga tributaria efectiva
17. Es un tributo de carácter personal y directo que
grava, la renta de las personas físicas de acuerdo
con su naturaleza y sus circunstancias
personales y familiares.
La investigación surgió por la percepción negativa de una parte
de la sociedad ante una forma de liquidación no acorde y
distorsiones por la falta de ajuste de sus rubros.
Objetivo
Analizar las causas que generan alteraciones en la
liquidación y si se puede hallar un método de ajuste
más eficiente y que promueva una mayor justicia
tributaria
18. Liquidación
Determinada por la Ley de Impuesto a las Ganancias (Art. 90)
Ganancia bruta
-
Deducciones generales( jubilación, aportes obra
social)
=
Ganancia neta
-
Deducciones especiales, mínimo no
imponible, cargas de familia
=
Ganancia neta sujeta impuesto( pasa por la tabla)
19. Ejemplo:
Datos: Calculo del periodo fiscal de un año.
Remuneración anual $ 130.000.- (Igual a 10.000 * 13, o sea 12 sueldos
mensuales más 1 sueldo de SAC). Deduce: 1 esposa 1 hijo
A) Determinación de Ganancia Neta
Ganancia Bruta: $ 130.000.-
Deducciones Generales:
Aportes personales de jub ( 11 % ) $ 14.300
Aportes O Social y Ley 19032 $ 7.800
Ganancia Neta $ 107.900.-
B) Determinación de Ganancia Neta Sujeta a Impuesto
Ganancia Neta $ 107.900.-
Deducciones Especiales o Técnicas
Esposa $ 14.400.-
Hijo $ 7.200.-
Mínimo no Imponible $ 12.960.-
Deducción especial $62208.-
Deducción especial Total $ 96.768.-
Ganancia Neta Sujeta a Impuesto $ 11.132.-
20. C) Determinación del Impuesto a Retener
El importe de la Ganancia Neta Sujeta a Impuesto $11.132.- se pasa
por la tabla. Se ubica en el segundo rango, Entre 10000 – 20000, por
ello corresponde el 14% sobre el excedente de 10000 (o sea sobre $
1132.-) más los $900.-del Impuesto Fijo.
Impuesto Variable $1.132 * 14 % = $158.48.-
Impuesto Fijo$ 900,00.-
Total de Impuesto a retener $ 1.058.48.- (anuales)
21. Solución:
El problema se encuentra en las escalas
desactualizadas al periodo actual.
-
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
evolución de salario por sector
A AGRICULTURA, GANADERIA, CAZA Y SILVICULTURA 0 0 0
0
B PESCA
C EXPLOTACION DE MINAS Y CANTERAS 0 0 0
D INDUSTRIAS MANUFACTURERAS 0 0
E SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA 0 0 0
F CONSTRUCCION 0
G COMERCIO Y REPARACIONES 0 0
H HOTELES Y RESTAURANTES 0 0
I TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES
0 0 0 0
J INTERMEDIACION FINANCIERA 0 0
K ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, EMPRESARIALES Y DE
ALQUILER 0 0 0 0 0
M ENSEÑANZA 0
N SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD 0 0
O OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS COMUNITARIAS,
SOCIALES Y PERSONALES 0 0 0 0 0 0
22.
23. Siguiendo con el ejemplo anterior, la ganancia neta sujeto a
impuestos de $11132 ahora se ubicaría en la primera escala de la
tabla no pagando el tributo.
Actualmente una persona soltera a partir de $7895 pasa a tributar
el impuesto, con la nueva tabla con mas de $13460 pesos
mensuales, pagaría el impuesto.
Y en el caso del ejemplo anterior el casado con un hijo pagaría el
impuesto con un sueldo mayor a $15460 pesos mensuales. Cuando
ahora lo hace con $ 9900.
Conclusión:
Al aumentar los salarios 7 veces más, durante los transcurridos
13 años, entraron más personas a pagar el impuesto, si modifica
la tabla mucho menos trabajadores pagarían dicho impuesto.
el estado argentino no desea actualizar las escalas, ya que
perdería a un gran porcentaje de contribuyentes, y dicho
impuesto representa un gran porcentaje en las
recaudaciones, en su financiamiento.
La solución esta en las escalas, teniendo mas relevancia que
aumentos en el mínimo u otras deducciones.