Este documento resume el sistema tributario de Venezuela, dividiendo los impuestos en nacionales, estadales y municipales. Explica que los impuestos nacionales como el ISLR e IVA son recaudados por el SENIAT y van dirigidos a gastos públicos como salud, educación y infraestructura. Los impuestos estadales incluyen estampillas y peajes, mientras que los municipales, recaudados por el SAMAT, son sobre bienes inmuebles, vehículos y actividades económicas. Finalmente, establece las limitaciones constit
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Impuestos Estadales
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
IMPUESTOS ESTADALES
Ysmary Caruci
C.I 10.849.026
Junio, 2017
2. En Venezuela la materia tributaria está divida en los tres poderes:
nacional, estadal y municipal. Cada uno tiene competencias en diferentes
impuestos, tasas y contribuciones. El Seniat, es el órgano tributario del Ejecutivo,
y está encargado de dos impuestos primordiales para la economía del país: el
ISLR y el IVA.
Todo país tiene su sistema tributario particular, en nuestro país cuando
hablamos de tributos encierra un género muy amplio donde es bueno diferenciar
cuáles son los de competencia del poder nacional, estadal y municipal. La
Constitución Bolivariana de Venezuela divide los poderes y a cada uno le otorga
competencias específicas en materia tributaria.
Los Impuestos: son erogaciones pecuniarias a favor del acreedor tributario
y que está regido por el derecho público, es decir son pagos que los individuos y
empresas tienen que realizar para financiar el estado con el fin de que en un
momento dado el estado se los retribuya en servicios públicos.
Los impuestos se clasifican en:
Impuestos directos: estos impuestos recaen principalmente sobre el
patrimonio del contribuyente. Un impuesto directo es el ISLR.
Impuestos directos: estos son los que gravan un gasto o consumo, estos
no recaen en los ingresos de los contribuyentes. Es impuestos directo el
IVA.
Los Impuestos nacionales: estos impuestos son emitidos por el Ejecutivo
Nacional y llevados a la Asamblea Nacional para su discusión y aprobación, estos
impuestos que ingresan al país van dirigidos al gasto público de salud, vivienda,
seguridad, educación, construcciones de infraestructuras como carreteras,
puertos, aeropuertos entre otros.
3. Son impuestos nacionales: ISLR, IVA, Impuestos sobre hidrocarburos y
minas, Impuesto sobre cigarrillo y tabaco, Impuestos por expendio de bebidas
alcohólicas, Impuestos sobre sucesiones, Impuestos de bingos y casinos,
Impuestos por la renta nacional de fosforo todos estos impuestos se encuentra
en el artículo 156 de la CNRBV numeral 12. Es estado cuenta con un organismo
a nivel nacional que es el encargado de adquirir todos estos impuestos que es el
SENIAT.
Los Impuestos estadales: estos impuestos son los que ingresan al
estado mediante la venta de estampillas, timbres fiscales, papel sellado, y en
algunos Estados donde aún existe los peajes esas tasas son tributos estadales.
Impuestos municipales: en las 335 alcaldías que se encuentran en
Venezuela, existe un organismo descentralizado que se encarga de recaudar los
impuestos municipales que es el SAMAT (Servicio Autónomo Municipal de la
Administración Tributaria), son tributos del estado: tasas por el uso de sus bienes
o servicios, tasas administrativas por licencias o autorizaciones, impuestos sobre
actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar,
impuesto sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos, juegos y
apuestas licitas, propaganda y publicidad comercial entre otros.
Los estados y municipios según el artículo 183 de la CNRBV no podrán:
Crear aduanas ni impuestos de importación, de exportación o de transito
sobre bienes nacionales o internacionales, o sobre las demás materias
rentísticas de la competencia nacional.
Gravar bienes de consumo antes de que entren en circulación dentro de
su territorio.
Prohibir el consumo de bienes producidos fuera de su territorio, ni
gravarlos en forma diferente a los producidos en él.
4. Los Estados y Municipios sólo podrán gravar la agricultura, la cría, la pesca
y la actividad forestal en la oportunidad, forma y medida que lo permita la
ley nacional.
El hecho imponible es el presupuesto de naturaleza jurídica o económica
fijado por la Ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el
nacimiento de la obligación tributaria. La Ley, en su caso, completará la
determinación concreta del hecho imponible mediante la mención de supuestos
de no sujeción.