INSTRUCTIVO CONTABLE NUMERO 2 :  CRITERIO DE VALUACIÓN DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO, MÉTODO Y PORCENTAJES DE DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
OBJETIVO Dar a conocer al usuario del Sistema Contable Gubernamental la metodología a seguir para la valuación y depreciación de los bienes del Estado.
FINALIDAD Establecer las normas que deben cumplir las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas para determinar los criterios de valuación de los bienes. Establecer el método y porcentajes de depreciación. Determinar el valor de un bien a ser considerado como Activo Fijo.
BASE LEGAL Ley Nº 24680  Resolución CNC. Nº 010-97-EF/93.01  Resolución Nº 005-94-EF/93.01 del CNC
ALCANCE Entidades del Gobierno Central  Instancias Descentralizadas del Sector Público
CRITERIOS DE VALUACION Bienes adquiridos : Al valor de factura se le adicionara los desembolsos incurridos. Bienes construidos : Debe  tener un costo donde se incluya los gastos de construcción. Bienes donados : Se registran a precio de mercado. Bienes transferidos o adjudicados : Se registra al valor de libros menos depreciaciones acumuladas. Bienes entregados por el Estado a empresas publicas como aporte de capital : La transferencia se efectúa al valor de tasación.
Bienes Usados : Cuando adquieren bienes usados, su valor de compra  se registrará en libros de modo que muestre el valor de costo, o valor total. Mejoras : Los costos por mejoras, se deben agregar al valor del bien, si reúne al menos una de las siguientes características:  Cuando contribuyan a aumentar su capacidad de servicio. Cuando prolonguen su vida útil. Otros casos : Para que un bien sea considerado como activo fijo, su valor mínimo debe de representar 1/8 de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de la adquisición y tenga una duración mayor de 1 año.
METODO Y PORCENTAJE DE DEPRECIACION Método : Las entidades deben depreciar sus bienes usando el método de línea recta. Porcentajes : Los porcentajes anuales de depreciación serán los siguientes: Edificios 3% Infraestructura Pública 3% Maquinaria, Equipo y otras Unidades para la Producción 10% Equipo de Transporte 25% Muebles y Enseres 10% Las entidades podrán modificar los porcentajes de depreciación con Resolución de la Alta Dirección y tal cambio se debe de comunicar a la Contaduría Pública de la Nación.  
COMENTARIOS 1. Para que un bien se califique como activo fijo se deberá tener en cuenta: Que su vida útil sea mayor a un año Que sea destinado para uso de la entidad Que esté sujeto a depreciación, excepto los terrenos Que su valor monetario sea mayor a 1/8 de la UIT 2. El valor de los bienes que sean menores a 1/8 de la UIT, cuya vida útil se estime en más de un año, se debitará como gasto.  3. La depreciación de los incrementos por mejoras en el valor de los bienes del activo fijo, se calcula en función de la vida útil del bien. 4. La conformidad de la valuación de los bienes del activo fijo se deberá establecer con la intervención del Contador General o funcionario que haga sus veces.

Instructivo contable numero 2[1][1]

  • 1.
    INSTRUCTIVO CONTABLE NUMERO2 : CRITERIO DE VALUACIÓN DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO, MÉTODO Y PORCENTAJES DE DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
  • 2.
    OBJETIVO Dar aconocer al usuario del Sistema Contable Gubernamental la metodología a seguir para la valuación y depreciación de los bienes del Estado.
  • 3.
    FINALIDAD Establecer lasnormas que deben cumplir las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas para determinar los criterios de valuación de los bienes. Establecer el método y porcentajes de depreciación. Determinar el valor de un bien a ser considerado como Activo Fijo.
  • 4.
    BASE LEGAL LeyNº 24680 Resolución CNC. Nº 010-97-EF/93.01 Resolución Nº 005-94-EF/93.01 del CNC
  • 5.
    ALCANCE Entidades delGobierno Central Instancias Descentralizadas del Sector Público
  • 6.
    CRITERIOS DE VALUACIONBienes adquiridos : Al valor de factura se le adicionara los desembolsos incurridos. Bienes construidos : Debe tener un costo donde se incluya los gastos de construcción. Bienes donados : Se registran a precio de mercado. Bienes transferidos o adjudicados : Se registra al valor de libros menos depreciaciones acumuladas. Bienes entregados por el Estado a empresas publicas como aporte de capital : La transferencia se efectúa al valor de tasación.
  • 7.
    Bienes Usados :Cuando adquieren bienes usados, su valor de compra se registrará en libros de modo que muestre el valor de costo, o valor total. Mejoras : Los costos por mejoras, se deben agregar al valor del bien, si reúne al menos una de las siguientes características: Cuando contribuyan a aumentar su capacidad de servicio. Cuando prolonguen su vida útil. Otros casos : Para que un bien sea considerado como activo fijo, su valor mínimo debe de representar 1/8 de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de la adquisición y tenga una duración mayor de 1 año.
  • 8.
    METODO Y PORCENTAJEDE DEPRECIACION Método : Las entidades deben depreciar sus bienes usando el método de línea recta. Porcentajes : Los porcentajes anuales de depreciación serán los siguientes: Edificios 3% Infraestructura Pública 3% Maquinaria, Equipo y otras Unidades para la Producción 10% Equipo de Transporte 25% Muebles y Enseres 10% Las entidades podrán modificar los porcentajes de depreciación con Resolución de la Alta Dirección y tal cambio se debe de comunicar a la Contaduría Pública de la Nación.  
  • 9.
    COMENTARIOS 1. Paraque un bien se califique como activo fijo se deberá tener en cuenta: Que su vida útil sea mayor a un año Que sea destinado para uso de la entidad Que esté sujeto a depreciación, excepto los terrenos Que su valor monetario sea mayor a 1/8 de la UIT 2. El valor de los bienes que sean menores a 1/8 de la UIT, cuya vida útil se estime en más de un año, se debitará como gasto. 3. La depreciación de los incrementos por mejoras en el valor de los bienes del activo fijo, se calcula en función de la vida útil del bien. 4. La conformidad de la valuación de los bienes del activo fijo se deberá establecer con la intervención del Contador General o funcionario que haga sus veces.