Esta norma establece principios para el desarrollo y uso de etiquetas y declaraciones ambientales. Los principios incluyen que la información debe ser exacta, verificable y relevante; debe basarse en metodología científica; y debe considerar todos los aspectos ambientales del ciclo de vida del producto. Además, el proceso de desarrollo debe incluir consulta con partes interesadas y la información debe estar disponible para compradores.
¿Estas realizando el mantenimiento del estado validado?
¿Tu evidencia está sustentada eficazmente?
Asegúrate de que todo está bien, solo con los expertos…
Este documento describe los principales cambios en la norma ISO 22000:2018 con respecto a la primera edición ISO 22000:2005, se describe la estructura de alto nivel (HLS) para los sistemas de gestión así como la gestión de riesgos en los sistemas de gestión de inocuidad alimentaria y el liderazgo.
Demuestre de manera simplificada a los operadores lo que se debe realizar con la ISO 9001:2015, y ejemplifique algunos eventos para que le den la importancia de mantener sus lugares en orden y usted mismo recuerde de que trata la mejora.
Aplicación de Gestión de Riesgos en Protocolos de Calificación y Validación E...Nombre Apellidos
¿Sabes manejar correctamente el sistema de gestión de riesgo en los protocolos de calificación?
¿Se fundamentan las pruebas a realizar?
Aprovecha correctamente y aprende con los expertos… Terra Farma
Material de apoyo que describe los requisitos generales para la acreditación de un laboratorio de ensayo y calibración ISO 17025
Elaborado por: Ing Carlos A Peralta Gonzalez
contacto: ingcap@outlook.com
cel: 669 220 5639
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Este documento describe los principales cambios en la norma ISO 22000:2018 con respecto a la primera edición ISO 22000:2005, se describe la estructura de alto nivel (HLS) para los sistemas de gestión así como la gestión de riesgos en los sistemas de gestión de inocuidad alimentaria y el liderazgo.
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Elaborado por: Ing Carlos A Peralta Gonzalez
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Dar a conocer cómo se puede articular la introducción de criterios ambientales en los principales suministros y servicios corporativos de las organizaciones privadas: personas implicadas, relación con proveedores, criterios y/o certificados ambientales exigibles, etc.
Además se estudiará como el desarrollo de este trabajo puede alimentar a otros sistemas de gestión, políticas o compromisos de las propias organizaciones.
Presentación utilizada durante el webinar "Aplicación de las Ecoetiquetas en proyectos Ejecutivos", de Laura Silva, Técnica del Departamento de Construcción Sostenible del ITeC
¿Sabes aplicar correctamente las diferencias en la validación cuando se habla de limpieza y cuando de sanitización?
¿Qué tan cuestionados han sido tus protocolos en las auditorias?
Los mercados internacionales y los consumidores finales son cada vez mas exigentes en materia de inocuidad de los alimentos, buen trato de los trabajadores, condición laboral, igualdad de genero, etc.
1. ISO 14020:2000
Etiquetas y Declaraciones Ambientales
PRINCIPIOS GENERALES
INTRODUCCION
Las etiquetas y declaraciones ambientales proporcionan información acerca de un
producto o servicio en términos de su carácter ambiental general, un aspecto ambiental
específico, o un número de aspectos.
Los compradores y posibles compradores pueden usar esta información al escoger los
productos o servicios que ellos desean basados en consideraciones ambientales o de
otra clase.
El proveedor del producto o servicio espera que la etiqueta o declaración ambiental
será efectiva al influir en la decisión de la compra a favor de un producto o servicio, al
tener este efecto, la participación en el mercado del producto o servicio puede
aumentar y otros proveedores pueden responder mejorando los aspectos ambientales
de sus productos o servicios para capacitarse en el uso de las etiquetas ambientales o
hacer declaraciones ambientales.
OBJETO DE LA NORMA ISO 14020:2000
Esta norma internacional establece principios de guía para el desarrollo y uso de
etiquetas y declaraciones ambientales; la misma no está destinada al uso como una
especificación para propósitos de certificación o registro.
OBJETIVOS DE LAS ETIQUETAS Y DECLARACIONES AMBIENTALES
La meta general de las etiquetas y declaraciones ambientales es:
•
Por medio de la comunicación de información exacta y verificable, que no
sea desviada, sobre aspectos ambientales de productos o servicios,
•
Estimular la demanda y el suministro de aquellos productos y servicios que
causan menos tensión en el ambiente, aumentando de esta manera el
potencial para el mejoramiento ambiental continuo conducido hacia el
mercado.
2. PRINCIPIOS
Todos los 9 principios indicados a continuación son aplicables a todas las etiquetas y
declaraciones ambientales.
1. Las etiquetas y declaraciones ambientales deben ser exactas,
verificables, importantes y no desviadas.
La utilidad y eficiencia de las etiquetas y declaraciones ambientales depende
de la extensión a la cual transmiten información confiable y significativa
acerca de los aspectos ambientales de un producto o servicio.
o Las etiquetas y declaraciones ambientales deben proveer información
exacta acerca de los aspectos ambientales de un producto o servicio.
o La base técnica y de hecho para etiquetas y declaraciones
ambientales debe ser verificable.
o Las etiquetas y declaraciones ambientales deben proveer información
que sea importante; deben dirigirse solamente a aspectos ambientales
no triviales relacionados con las circunstancias reales de extracción,
fabricación, distribución, uso y desecho de recursos naturales
asociados a un producto o servicio.
o Una revisión periódica de la base para las etiquetas y declaraciones
ambientales debe hacerse para explicar la innovación. La información
debe ser recogida a una frecuencia consistente con el paso de la
innovación.
o Las etiquetas y declaraciones ambientales deben ser comprensibles y
no engañar al posible comprador del producto o servicio.
2. Los procedimientos y requisitos para etiquetas y declaraciones
ambientales no deben ser preparados, adoptados o aplicados con vista
a, o con el efecto de crear obstáculos innecesarios al comercio
internacional.
Deben ser tomadas en cuenta las disposiciones e interpretaciones aplicables
de la Organización Mundial de Comercio.
3. Las etiquetas y declaraciones ambientales deben estar basadas en la
metodología científica que sea suficientemente amplia y comprensiva
para apoyar el aviso y que produzca resultados que sean exactos y
reproductibles.
La información que apoya las etiquetas y declaraciones ambientales debe ser
recogida y evaluada usando métodos que sean reconocidos y ampliamente
3. aceptados en disciplinas científicas o profesionales, o, de otro modo,
científicamente defendibles.
•
Los métodos deben seguir normas reconocidas que tengan aceptabilidad
internacional (estas pueden incluir normas internacionales, regionales o
nacionales) o sean métodos de la industria o el comercio que hayan sido
sometidos a una revisión comparada, donde tales normas o métodos
existan.
•
Los métodos usados deben ser adecuados al aviso y deben proveer
información que sea importante y necesaria para apoyar el aviso tanto
como exacta y reproducible.
4. La información concerniente al procedimiento, metodología y cualquier
criterio usado para apoyar las etiquetas y declaraciones ambientales
debe estar disponible y ser provista a pedido de todas las partes
interesadas.
La información debe incluir:
•
•
•
Principios fundamentales,
Hipótesis y
Condiciones limitantes.
Esta información debe ser suficiente y razonablemente comprensible para
permitir a los compradores, compradores en potencia y otras partes
interesadas el evaluar y comparar las etiquetas y declaraciones ambientales
en términos de principios científicos, importancia y validez general y
determinar si una etiqueta o declaración ambiental es consistente con las
normas aplicables dentro de la serie ISO 14020.
Esta información debe también indicar claramente si la etiqueta o declaración
ambiental es un aviso ambiental, auto-declarado o está basada en una
declaración independiente.
Los medios de obtener esta información deben hacerse conocer a los
compradores y compradores en potencia donde quiera que el producto o
servicio sea negociado.
5. El desarrollo de etiquetas y declaraciones ambientales debe tomar en
consideración todos los aspectos importantes del ciclo de vida del
producto.
4. El ciclo de vida de un producto o servicio fluctúa desde las actividades
asociadas con la producción y entrega de las materias primas o la
generación de recursos naturales hasta el desecho final.
La consideración del ciclo de vida de un producto o servicio permite a una
parte desarrollar una etiqueta o declaración ambiental para tomar en cuenta
una escala de factores que impactan sobre el ambiente. Ella permite además
a esa parte identificar el potencial para un impacto que va a ser aumentado
en el proceso de reducir otro.
6. Las etiquetas y declaraciones ambientales no deben inhibir la
innovación la cual mantiene o tiene el potencial para mejorar el
rendimiento ambiental.
Los requisitos deben expresarse en términos de rendimiento antes que de
diseño o características descriptivas. Este acceso deja la máxima flexibilidad
para la innovación técnica o de otro tipo. Los criterios de diseño prescriptivos
o la preferencia implícita por una tecnología deben ser evitados por causa de
la posibilidad de restringir o desanimar mejoras en productos o servicios que
no afecten la conformidad con criterios ambientales aplicables a los cuales
podrían conducir a un mejoramiento ambiental significativo.
7. Cualesquiera requisitos administrativos o demandas de información
relacionadas con las etiquetas y declaraciones ambientales deben estar
limitados a aquellos necesarios para establecer conformidad con
criterios y normas de las etiquetas y declaraciones que sean aplicables.
Todas las organizaciones, aparte de su tamaño, deben tener igual
oportunidad para usar las etiquetas y declaraciones ambientales. La
implicación no debe ser impedida por factores o requisitos extraños tales
como complejidad de procedimientos, información no razonable o demandas
administrativas.
8. El proceso de desarrollar etiquetas y declaraciones ambientales debería
incluir una consulta abierta participativa con las partes interesadas.
Deben hacerse esfuerzos razonables para alcanzar un consenso a
través de este proceso.
El proceso para desarrollar normas y criterios debe estar abierto a todas las
partes interesadas. Las partes deben ser invitadas a participar y estimuladas
a estar involucradas mediante una notificación oportuna y adecuada. Las
5. partes pueden escoger entre una participación directa o por otros medios
como correspondencia escrita o electrónica. Los comentarios y aportes
deben ser tomadas en cuenta de un modo significativo que tome en cuenta la
sustancia del comentario o aporte.
9. La información sobre los aspectos ambientales de los productos y
servicios correspondientes a una etiqueta o declaración ambiental debe
estar disponible para los compradores y posible compradores en
potencia desde la parte que hace la etiqueta o declaración ambiental.
La eficiencia de las etiquetas y declaraciones ambientales depende de su
capacidad para preparar a los compradores y posibles compradores en
potencia para tomar responsabilidad y hacer selecciones informadas acerca
de los aspectos ambientales de sus decisiones de compra e influir en los
compradores y posibles compradores en potencia en su selección de
productos o servicios. Esto, está relacionado con el grado de aceptación que
los compradores entendidos y los posibles compradores tienen de la
información provista acerca de aspectos ambientales.
Por lo tanto las partes que usan etiquetas y declaraciones ambientales tienen
un incentivo y una responsabilidad para proveer a sus compradores con
acceso a la información de modo que el comprador y el posible comprador
pueda entender el significado de cualquier aviso, símbolo o término.
Esto puede ser alcanzado a través de varios medios, tales como:
•
Anuncios,
•
Paneles explicativos al nivel de venta por menor,
•
Números de teléfono libres y
•
Programas de educación, entre otros.
La información provista debe ser apropiada y suficiente para la naturaleza y
alcance del reclamo ambiental que se está haciendo.
TÉRMINOS Y DEFINICIONES
6. Para el propósito de esta norma internacional, se aplican los siguientes términos y
definiciones.
Etiqueta ambiental declaración ambiental: Aviso que indica los aspectos
ambientales de un producto o servicio.
Ciclo de vida: Etapas consecutivas y enlazadas del sistema de un producto, desde la
adquisición de la materia prima o generación de recursos naturales hasta el desecho
final.
Aspecto ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una
organización que pueden interactuar con el ambiente.