Este documento resume el objeto de la prueba en Venezuela. Explica que la prueba comprende los hechos y el derecho. Detalla las excepciones a la apertura del lapso probatorio, la diferencia entre juicios de hecho y derecho, y clasifica los diferentes tipos de hechos. También cubre que el derecho nacional no requiere prueba pero el derecho extranjero sí, y menciona la Convención de la Habana como marco para probar leyes extranjeras.