Este documento explica el concepto de leasing y su contabilización. Un contrato de leasing es un arrendamiento de bienes donde el arrendador es la entidad financiera y el arrendatario usa y disfruta del bien pagando cuotas periódicas. Al finalizar el contrato, el arrendatario puede comprar el bien. El documento detalla el marco legal, características, y cómo reconocer, medir y presentar las operaciones de leasing en los estados financieros de acuerdo a la normativa contable.
Mediante el Leasing Inmobiliario una entidad financiera Supervisada por la Superintendencia de Banca y Seguros AFP (SBS), financia el acceso del arrendatario al uso de un inmueble para vivienda recibiendo a cambio el pago de cuotas periódicas y con opción de compra a un valor previamente pactado.
La palabra Leasing proviene del inglés y es posible traducirla como “arrendamiento financiero”. Por Leasing se comprende un contrato realizado entre dos partes, compuestas por un arrendador financiero y un arrendatario financiero.
El contrato de Leasing consiste en que el arrendatario financiero obtiene el derecho al uso de cierto bien que ha sido proveído por el arrendador financiero a cambio del pago de rentas periódicas.
La utilización de dicho bien por parte del arrendatario tiene un plazo establecido en el contrato, que al momento de cumplirse le permite escoger entre varias opciones, entre las que puede devolver el bien, así como también renovar el contrato para continuar arrendándolo por un período de tiempo que, usualmente, es más corto al anteriormente establecido. Existe una última opción que consiste en comprar el bien a un precio residual, es decir, adquirirlo al monto calculado a partir de la diferencia obtenida entre el precio original en el que arrendador adquirió el bien (en el que se incluyen a demás los intereses y gastos asociados al uso del bien) y las sumas de dinero que el arrendatario ha ido aportando a través de la renta.
Fundamentalmente, existen 2 tipos de leasing, entre los que encontramos el Leasing Financiero. Para que un contrato de leasing se defina como tal el arrendador deberá traspasar la propiedad del bien en cuestión al arrendatario, y debe además considerarse que la duración del contrato de arriendo debe ser a lo menos de un 75% de la vida económica del bien. Por último, como se ha mencionado anteriormente, el arrendatario, si así lo requiere, podrá adquirir el bien, devolverlo o bien renovar el contrato.
Encontramos también el Leasing Operativo que consiste en un contrato en el que el período de arriendo del bien se realiza por períodos más cortos, y donde además, el arrendatario tiene la opción de devolverlo en el momento que le parezca más adecuado, sin aviso previo. Se trata de un contrato mucho más flexible, y es esta la razón de que este tipo de contrato sea el más utilizado.
Como podemos ver las ventajas del leasing son variadas, sin embargo, la más importante consistiría en la posibilidad de obtener determinado bien aún sin contar con el monto de dinero total necesario para su compra. A través del leasing es posible obtenerlo y darle uso a través del establecimiento de un contrato (con posibilidades de adquirirlo) con un arrendador que lo compra y a quien se le debe pagar una renta a cambio de su préstamo. Como un ejemplo, el leasing en la actualidad se ofrece en algunos lugares para adquirir automóviles, con la opción de compra o recambio por un modelo más nuevo pasados un par de años. Puede ser bastante conveniente, dependiendo del caso.
Mediante el Leasing Inmobiliario una entidad financiera Supervisada por la Superintendencia de Banca y Seguros AFP (SBS), financia el acceso del arrendatario al uso de un inmueble para vivienda recibiendo a cambio el pago de cuotas periódicas y con opción de compra a un valor previamente pactado.
La palabra Leasing proviene del inglés y es posible traducirla como “arrendamiento financiero”. Por Leasing se comprende un contrato realizado entre dos partes, compuestas por un arrendador financiero y un arrendatario financiero.
El contrato de Leasing consiste en que el arrendatario financiero obtiene el derecho al uso de cierto bien que ha sido proveído por el arrendador financiero a cambio del pago de rentas periódicas.
La utilización de dicho bien por parte del arrendatario tiene un plazo establecido en el contrato, que al momento de cumplirse le permite escoger entre varias opciones, entre las que puede devolver el bien, así como también renovar el contrato para continuar arrendándolo por un período de tiempo que, usualmente, es más corto al anteriormente establecido. Existe una última opción que consiste en comprar el bien a un precio residual, es decir, adquirirlo al monto calculado a partir de la diferencia obtenida entre el precio original en el que arrendador adquirió el bien (en el que se incluyen a demás los intereses y gastos asociados al uso del bien) y las sumas de dinero que el arrendatario ha ido aportando a través de la renta.
Fundamentalmente, existen 2 tipos de leasing, entre los que encontramos el Leasing Financiero. Para que un contrato de leasing se defina como tal el arrendador deberá traspasar la propiedad del bien en cuestión al arrendatario, y debe además considerarse que la duración del contrato de arriendo debe ser a lo menos de un 75% de la vida económica del bien. Por último, como se ha mencionado anteriormente, el arrendatario, si así lo requiere, podrá adquirir el bien, devolverlo o bien renovar el contrato.
Encontramos también el Leasing Operativo que consiste en un contrato en el que el período de arriendo del bien se realiza por períodos más cortos, y donde además, el arrendatario tiene la opción de devolverlo en el momento que le parezca más adecuado, sin aviso previo. Se trata de un contrato mucho más flexible, y es esta la razón de que este tipo de contrato sea el más utilizado.
Como podemos ver las ventajas del leasing son variadas, sin embargo, la más importante consistiría en la posibilidad de obtener determinado bien aún sin contar con el monto de dinero total necesario para su compra. A través del leasing es posible obtenerlo y darle uso a través del establecimiento de un contrato (con posibilidades de adquirirlo) con un arrendador que lo compra y a quien se le debe pagar una renta a cambio de su préstamo. Como un ejemplo, el leasing en la actualidad se ofrece en algunos lugares para adquirir automóviles, con la opción de compra o recambio por un modelo más nuevo pasados un par de años. Puede ser bastante conveniente, dependiendo del caso.
visita ingenierialegal.blogsome.com y enterate mas del leasing en sus diferentes formas y aspectos.
Presentacion de realizada en al calse del Dr. Gemio el 2004 en la CAtedra de ingenieria Legal en la Facultad de Ingenieria Indutrial de la Universidad Mayor de San Andres
Casos y explicaciones prácticos sobre el sistema de retenciones, percepciones y detracciones 2011 Perú.
Yuri Gonzales Conferensista, seminarios, talleres de aplicación.
Libros y Registros contables PCGE 2011.
972520977, RPM *885782 NEXT 823*3464.
A NIVEL NACIONAL.
visita ingenierialegal.blogsome.com y enterate mas del leasing en sus diferentes formas y aspectos.
Presentacion de realizada en al calse del Dr. Gemio el 2004 en la CAtedra de ingenieria Legal en la Facultad de Ingenieria Indutrial de la Universidad Mayor de San Andres
Casos y explicaciones prácticos sobre el sistema de retenciones, percepciones y detracciones 2011 Perú.
Yuri Gonzales Conferensista, seminarios, talleres de aplicación.
Libros y Registros contables PCGE 2011.
972520977, RPM *885782 NEXT 823*3464.
A NIVEL NACIONAL.
El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas para la valuación, presentación y revelación de los arrendamientos en los estados financieros de una entidad económica, ya sea como arrendataria o como arrendadora.
La NIF D-5 fue aprobada por unanimidad en noviembre de 2017
Para ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2019
Deroga el Boletín D-5, Arrendamientos
un arrendador debe clasificar cada uno de sus contratos de arrendamiento como operativo o financiero dependiendo de si existe una transferencia de sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de un activo subyacente. Por los arrendamientos financieros, el arrendador da de baja el activo subyacente y reconoce una cuenta por cobrar. Por los arrendamientos operativos, el arrendador no da de baja el activo subyacente y reconoce los pagos por arrendamiento procedentes de los arrendamientos como ingresos cuando se devengan.
2. QUE ES EL LEASING?
Un contrato leasing es un contrato de
arrendamiento de bienes muebles o
inmuebles (bienes de capital) donde, el
arrendador es la entidad financiera del
leasing, y quien adquiere un bien para ceder
su uso y disfrute, durante un plazo de
tiempo determinado contractualmente a un
tercero, denominado arrendatario. El
arrendatario o usuario del bien a cambio
está obligado a pagar una cantidad
periódica como contraprestación. Al
finalizar el contrato el arrendatario puede
ejercer o no la opción de compra a su valor
residual.
MARCO LEGAL:
*NIC 17 ARRENDAMIENTOS Resolución del CNC Nº 044-2010-EF/94.01
*Decreto legislativo Nº 299 y modificatorias.
*Decreto legislativo Nº 915.
3.
4. CARACTERISTICAS DEL ARRENDAMIENTO
FINANCIERO
• El arrendador transfiere la propiedad del activo al arrendatario al finalizar
el plazo del arrendamiento.
• El arrendatario tiene la opción de comprar el activo, el mismo que se
manifiesta en el contrato
• El plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida económica del
activo
• Los activos arrendados son de una naturaleza tan especializada que solo
el arrendatario tiene la posibilidad de usarlos sin realizar en ellos
modificaciones importantes.
6. CONTABILIZACION DE LA OPERACION
Las empresas que adquieran para efectos de
financiamiento contratos leasing deberán aplicar lo
indicado en la NIC 17, párrafo 20 para el
reconocimiento inicial de dicha operación y su
presentación en los estados financieros.
Por ende, se registraran en el mes en que comienza el
plazo de arrendamiento, en los EEFF del
arrendatario, utilizando el plan de cuentas contable
que se encuentre vigente considerando para su
reconocimiento el valor razonable del bien arrendado
o el valor presente de los pagos mínimos por el
arrendamiento, el menor entre ellos al inicio del
arrendamiento.
7. SUSTENTO TRIBUTARIO DE LA EXIGENCIAS DEL CONTENIDO DEL FONDO ECONÓMICO Y REALIDAD
CONTABILIZACION INICIAL CONTRATO PARA FINES FINANCIERA
TRIBUTARIOS
• La inclusión a la • La contabilización y
contabilidad del costo del • En este punto es de presentación se realiza de
mencionar que la exigencia acuerdo a su esencia
activo fijo adquirido vía la
consiste en que el contrato de económica y realidad
presente modalidad se arrendamiento financiero financiera, y no solamente a
encuentra sustentada con debe establecer el monto del su forma legal, siendo que
el contrato de capital financiado, el valor de legalmente un contrato de
arrendamiento financiero la opción de compra y las arrendamiento no otorga la
del cual se exige que esta cuotas pactadas; en dicho titularidad jurídica del bien al
haya sido celebrada de contrato también debe arrendatario, si no hasta que
acuerdo a las normas que detallarse de manera haya ejercido la opción de
discriminada el capital y los compra.
regulan la operación
intereses de las cuotas que se • El arrendatario adquiere los
hayan pactado. beneficios económicos
derivados de su uso y disfrute
respecto del bien arrendado.
9. MEDICIÓN POSTERIOR, RECONOCIMIENTO DE LAS CARGAS
FINANCIERAS
Luego del reconocimiento inicial del leasing se
identificara en los EEFF lo siguiente:
*Deuda conformada en cuotas pendientes de
amortización.
*Cargas financieras ( intereses)
Los intereses pactados en un contrato leasing se distribuirá en los periodos en que
constituyen el plazo del arrendamiento, de manera que se obtenga una tasa de
interés constante en cada periodo, sobre el saldo de la deuda pendiente de
amortizar, reconociéndose como gasto en la oportunidad de su devengado.
10. DEPRECIACION
Un contrato leasing, dará lugar a un
cargo por depreciación respecto de
los bienes o activos depreciables
sujetos al contrato, por ende la
empresa deberá aplicar una
política de depreciación para
activos arrendados.
Asimismo la depreciación al
contabilizarse se calculara sobre las
bases establecidas en la NIC
16, propiedades, planta y equipo y
la NIC 38, activos intangibles: costo
o valor revaluado.
11. DEPRECIACION CONTABLE
En la contabilidad debe incluirse la depreciación
financiera, el cual debe guardar referencia con lo
establecido en la NIC 16 Propiedades, Planta y
Equipos, pero también es de mencionar que si
financieramente no se tuviera la certeza de que la
empresa adquiriente (arrendataria) va a obtener la
propiedad del bien ( entiéndase de que no va ejercer
la opción de compra), el plazo para la amortización
debe ser en el tiempo estimado de vida útil o en el
plazo que dure el contrato, el menor.
12. DEPRECIACION TRIBUTARIA
Para fines tributarios, la depreciación puede practicarse de
dos formas:
. Empleando los porcentajes de depreciación indicadas en el
articulo 22º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la
Renta.
. En el plazo de duración del contrato
•El arrendatario debe utilizar los bienes arrendados
exclusivamente en el desarrollo de su actividad
empresarial.
•Su duración mínima ha de ser de dos (2) o de cinco (5)
años, según tengan por objeto bienes muebles o
inmuebles, respectivamente.
•La opción de compra solo podrá ser ejercitada al término
del contrato.
13. CASO PRÁCTICO
La empresa Tableros Push S. A. cuya actividad es la fabricación de
muebles en melanina, ha formulado la adquisición de una maquina
cortadora de madera, mediante un contrato de leasing financiero con
Leasing BDP S. A. con las siguientes condiciones:
Fecha de inicio del 02.01.12 Importe financiado s/. 120 000
contrato (costo total de la
maquinaria)
Duración del contrato 8 años Comisión de s/. 1 200
estructuración
Tasa de interés 10% Valor de cada cuota s/. 15 000
implícita anual anual
Vida útil del activo 10 años Opción de compra s/. 2 000
15. El capital financiero, por el leasing firmado se determina de la siguiente
manera:
Valor actual = 15 000*(((1+0.10)8 – 1 )/ (0.10(1+0.10)8))= s/. 80 023.89
Valor presente = 2 000*(1/(1+0.10)8) = s/. 933.01
Total capital financiado = = s/. 80 956.91
Costo del Activo sujeto a arrendamiento comprende la opción de compra y
cualquier otro costo directamente atribuible al contrato leasing:
S/. 120 000 (8 cuotas de s/. 15 000) + S/. 2 000 (opción de compra)
= S/. 122 000
Los gastos financieros ascienden a:
S/. 122 000 (15 000 x 8 cuotas + 2 000) - S/. 80 956.91 (capital
financiado)
= S/. 41 043.09
16. CONTABILIZACIÓN DE LA OPERACIÓN SERÁ:
1
ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO
32 FINANCIERO 80956,91
322 inmuebles, maquinaria y equipo
3223 maquinaria y equipo de explotación
Siendo la
comisión de
37 ACTIVO DIFERIDO 41043,09
373 intereses diferidos estructuració
45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 122000,00 n del
452 contratos de arrendamiento financiero 80956,91 contrato
455 ctos de financiación por pagar 41043,09
por el registro del contrato de arrendamiento,
leasing, un
X/X según el valor actual de los pagos mínimos . gasto
2
ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO
directamente
32 FINANCIERO 1200,00 atribuible a
322 inmuebles, maquinaria y equipo
la
3223 maquinaria y equipo de explotación
operación, es
40 TRIB. CONTRAPREST. Y APORTES A SPP 216,00
401
te se
1 IGV reconoce
10 EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO 1416,00 como parte
104 cts ctes en instituciones financieras del costo del
por el registro de la comisión de restructuración del
contrato leasing, siendo un costo directamente activo
X/X atribuible al costo del bien arrendado.
17. 3
45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 15000,00
La contratos de arrendamiento
amortización 452 financiero 6904,31
455 ctos de financiación por pagar 8095,69
de las cuotas 40 TRIB. CONTRAPREST. Y APORTES A SPP 2700,00
se reconoce 401 gobierno central
4011 IGV
de la 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS TERCEROS 17700,00
siguiente 469 otras cuentas por pagar diversas
manera: por la facturación de la 1ª cuota
X/X (capital + int. + igv)
4
67 GASTOS FINANCIEROS 8095,69
671 gastos en operaciones de endeudamiento y otros Reconocimiento
6712 Contratos de arrend. Financiero
37 ACTIVO DEFERIDO 8095,69 de los gastos
373 intereses diferidos financieros
por la provisión del gasto financiero devengado en
X/X el primer año devengados:
X
94 GASTOS FINANCIEROS 8095,69
79 CARGAS IMPUT. A CTA DE CTOS Y GTOS 8095,69
X/X por el destino de los gastos financieros
20. EL ASIENTO CONTABLE DE LA DEPRECIACION SERIA DE LA SIGUIENTE MANERA :
XX
68 VALUACION Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES 8095,69
681 depreciación
activos adquiridos en arrendamiento
6812 financiero
39 DEPRECICION,AMORTIZ Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS 8095,69
391 depreciación acumulada
activos adquiridos en arrendamiento
3912 financiero
X/X por la provisión de la depreciación primer periodo
CONTABILIZACION DE LA OPCION DE COMPRA:
XX
45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 2000,00
452 contratos de arrendamiento financiero
4521 DOCUMENTO DE CUOTA NO EMITIDO
40 TRIB. CONTRAPREST. Y APORTES A SPP 360,00
401 gobierno central
4011 IGV
45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 2360,00
452 contratos de arrendamiento financiero
4522 DOCUMENTO DE CUOTA EMITIDO
X/X por la contabilización de la opción de compra
21. A B C D E
PARTICIP. IR
PER DIFERENCIA B * 10% B-C D * 30%
INCIDENCIA CONTABLE 10% 30%
1 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
POR LA APLICACIÓN DE 2 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
LA MAYOR 3 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
4 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
DEPRECIACION 5 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
TRIBUTARIA: 6 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
7 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
8 -2023,92 -202,39 -1821,53 -546,46
9 8095,69 809,57 7286,12 2185,84
10 8095,70 809,57 7286,13 2185,84
0,00 0,00 0,00 0,00
RESULTADO
DESCRIPCION CONTABLE TRIBUTARIO DIFERENCIA
resultado del ejercicio 100000,00 100000,00
PAR FINES
(+) adiciones DIDACTICOS
permanentes 0 0 ASUMIMOS QUE LA
temporales 0 0
(-) deducciones
UTILIDAD ES DE S/.
permanentes 0 0 100000.00
temporales 0 -2023,92
renta neta imponible 100000,00 97976,08
participación trabajadores 10% -10000,00 -9797,61 -202,39
renta neta imponible IR 90000,00 88178,47
IR 30% 27000,00 26453,54 -546,46
22. LA CONTABILIZACION SERIA DE LA SIGUIENTE FORMA:
XX
87 PARTICIPACION DE TRABAJADORES 10000,00
88 IMPUESTO A LA RENTA 27000,00
40 TRIB. CONTRAPREST. Y APORTES A SPP 26453,54
401 gobierno central
4017 impuesto a la renta
40171 IR tercera categoría
41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 9797,61
413 participaciones de trabajadores
49 PASIVO DIFERIDO 748,85
491 IR diferido 546,46
492 participación de los trabajadores diferido 202,39
por la contabilización del pasivo tributario
diferido
X/X primer periodo