Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
La ecología como fuente del derecho ecológico en venezuela
1. Alumno: Johnn Lucena González
CI: 15.997.460
Materia: Derecho Ambiental (Electiva)
Docente: Keydis Pérez
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Noviembre, 2017
la Ecología como
Fuente del Derecho
Ecológico en
Venezuela
2. Ecología
Es el estudio de la distribución y abundancia de los
seres vivos, y cómo esas propiedades son afectadas por
la interacción entre los organismos y su medio
ambiente. El medio ambiente incluye las propiedades
físicas que pueden ser descritas como la suma de
factores abióticos locales, como el clima y la geología, y
los demás organismos que comparten ese hábitat
(factores bióticos).
3. Derecho Ecológico
La ecología es una disciplina científica que se encarga del estudio de la
relación existente entre los organismos y su medio ambiente físico
como biológico. Ayuda al estudio y la comprensión de los problemas
del medio ambiente y se encuentra considerada como la “biología de
los ecosistemas”.
Mientras que el Derecho Ecológico es una rama del Derecho Público,
donde se establecen normas preventivas, coercitivas y sancionadoras.
Que son destinadas a regular la conducta del hombre frente al medio
ambiente, estableciendo limitaciones referentes al ambiente, flora,
fauna y demás recursos naturales.
4. La Ecología como fuente del
Derecho Ecológico
La Ecología como ciencia que estudia las
interrelaciones de los diferentes seres vivos entre
si y con su entorno, es la principal fuente del
Derecho Ecológico ya que las normas preventivas
y punitivas para la protección del medio
ambiente derivan de las nociones y conocimiento
científicos de esta materia.
5. Evolución De La Ecología
A mediados del siglo XIX, se utilizó por primera vez el termino «ecología»
el biólogo alemán Ernst Haeckel fue el primero que lo definió como: «Es
el conjunto de conocimientos referentes a la economía de la naturaleza,
la investigación de todas las relaciones del animal, tanto con su medio
inorgánico como orgánico, incluyendo sobre todo su relación amistosa y
hostil con aquellos animales y plantas con los que se relaciona directa o
indirectamente»
Este tema, ha evolucionado en intima relación con la zoología sistemática, aunque se
trate con bastante inexactitud, sigue manteniendo vivo el interés por la zoología. El
zoologo francés Isodore Geoffroy St. Hilaire, propuso utilizar el termino «etología»
para el estudio de las relaciones de los organismos dentro de la familia y la sociedad en
el conjunto y en la comunidad, por su parte el naturista ingles St. George Jackson,
acuñó el termino «hexicología» para una definición similar a lo que es hoy en día la
ecología, sin embargo ambas tuvieron poca aceptación a diferencia del termino usado
por Haeckel «LA ECOLOGÍA»
6. Fuentes Del Derecho Ecológico
Fuentes Reales: Son los impactos negativos, hechos y
fenómenos de la actividad de los seres humanos sobre
los ecosistemas, que contribuyeron a la degradación del
medio ambiente.
Fuentes Históricas: Documentos que se expresan en
los convenios y tratados de protección del medio
ambiente.
Fuentes Formales: La ley, la costumbre, la
jurisprudencia y la doctrina.
7. La Ecología En Venezuela
El Derecho Ambiental es una disciplina relativamente nueva
y hay pocos abogados dedicados al ejercicio del mismo.
Con la vigencia de la Ley Penal del Ambiente puede ser que
algunos abogados empiecen a ejercer en el campo
ambiental. Otra razón del porqué hay escasos abogados en
el Derecho ambiental es que este, por estar vinculado a las
comunidades, no es lucrativo. En todo caso, esta decisión
favorable al ambiente permite a la gente actuar porque les
reconoce potestad y establece, de una u otra manera que
los recursos naturales deben estar al servicio de la mayoría.
8. En Venezuela el Derecho Ambiental es una disciplina un poco reciente; en 1977 se
crea el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (MARNR),
como un organismo público con políticas y acciones definidas en materia ambiental y
de los recursos naturales, siendo por ello considerada como pionera en
Latinoamérica. ”
En ese entonces esta Ley fue creada pero no fue consagrada en la Constitución de la
República de Venezuela, hasta el año 1999 que fue aprobada e incluida en el capitulo Xl
de la CRBV.
9. La Ecología En La Constitución
Venezolana
Constitución De La Republica Bolivariana De
Venezuela
En su artículo 127, indica
que el Estado protegerá
el ambiente, la diversidad
biológica, genética, los
procesos ecológicos;
también se refiere a que
cada generación tiene el
derecho y el deber de
cuidar el medio ambiente
que los rodea en
beneficio de los mismos y
para el desarrollo
ambiental.
El artículo 128 de la CRBV “El
Estado desarrollará una política
de ordenación del territorio
atendiendo a las realidades
ecológicas, geográficas,
poblacionales, sociales,
culturales, económicas, políticas,
de acuerdo con las premisas del
desarrollo sustentable, que
incluya la información, consulta y
participación ciudadana. Una ley
orgánica desarrollará los
principios y criterios para este
ordenamiento”: Por lo tanto el
Estado debe garantizar a través
de sus normas, un sistema de
información, el cual deberá ser
transmitida a toda la población
del país.
El artículo 129 de la
CRBV, es donde se les
comunica a los
ciudadanos y
empresarios, que cada
actividad que realicen
debe ser previamente
señalada y deben cumplir
por un procedimiento de
análisis, el cual deberá
arrojar resultados que no
tente contra el medio
ambiente y el proceso
ecológico.
10. Los citados artículos definen para Venezuela una
perspectiva en el derecho ambiental, tomando en
consideración que es por primera vez que el Estado
Venezolano asume la obligación de garantizar a la
población venezolana una mejor calidad de vida,
para lo cual se deberán modificar las existentes
leyes y sancionar otras normas que le permitan
llevar a cabo una gestión ambiental exitosa en el
cual la protección y preservación ambiental, sea el
norte de la política ambiental venezolana.
11. Ley Orgánica del Ambiente
Esta Ley tiene por objeto
establecer las disposiciones y
los principios rectores para la
gestión del ambiente, en el
marco del desarrollo
sustentable como derecho y
deber fundamental del
Estado y de la sociedad, para
contribuir a la seguridad y al
logro del máximo bienestar
de la población y al
sostenimiento del planeta, en
interés de la humanidad. De
igual forma, establece las
normas que desarrollan las
garantías y derechos
constitucionales aun
ambiente seguro, sano y
ecológicamente equilibrado.
Ley Penal del Ambiente
La presente Ley tiene por objeto tipificar
como delito los hechos atentatorios
contra los recursos naturales y el
ambiente e imponer las sanciones
penales. Asimismo, determinar las
medidas precautelativas, de restitución y
de reparación a que haya lugar y las
disposiciones de carácter procesal
derivadas de la especificidad de los
asuntos ambientales.
12. Leyes Que Protegen La Ecología
• Ley Penal del Ambiente
• Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio
• Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable
• Ley de Reforma Parcial del Decreto Nº 1
• Ley de Gestión Integral de La Basura
• Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio
• Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos
• Ley de Gestión de la Diversidad Biológica
• Ley de Bosques y Gestión Forestal
• Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y
Saneamiento
• Ley de Aguas
• Ley Orgánica del Ambiente
• Ley Orgánica del Poder Público Municipal
• Ley de Pesca y Acuicultura
• Ley Orgánica de Espacios Acuáticos e Insulares
• Decreto Con Fuerza de Ley de Zonas Costeras
• Ley de Planificación
• Ley sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos
• Ley Orgánica de la Administración Pública
13. • Normas Ambientales para la Apertura de Picas y Construcción de Vías de Acceso
• Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los
Desechos Peligrosos
• Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico
• Normas para la Administración de Actividades Forestales
• Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidos o
Efluentes líquidos
• Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud
• Normas para regular la afectación de los recursos naturales renovables asociada a la exploración
y extracción
• Normas para Regular la Introducción y Programación de Especies Exóticas de la Flora y Fauna
Silvestre y Acuática
• Normas para Regular las Actividades Capaces de Provocar Cambios de Flujo
• Normas para Regular y Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación y el uso
de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono
• Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosférica
• Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por Ruido
• Normas sobre evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente
• Normas sobre la regulación y el control del aprovechamiento de los recursos hídricos
• Normas Técnicas y Conservacionistas para Controlar el Ejercicio de la Actividad Pesquera
• Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radiactivo
Normas Que Protegen La Ecología