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LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS SEGÚN: LAS LEYES, LA DOCTRINA Y L A JURISPRUDENCIA
1. LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS SEGÚN:
LAS LEYES, LA DOCTRINA Y LA JURISPRUDENCIA
BARQUISIMETO JUNIO DE 2020
AUTOR:
FRANNY ATENCIA
C.I: 27.290.213
ASIGNATURA:
DERECHO
ADMINISTRATIVO
2. LA LEY LA DOCTRINA LA JURISPRUDENCIA
Los Funcionarios Públicos
Según: Las Leyes La
Doctrina La Jurisprudencia
La CRBV: En su art. 145
“Los funcionarios públicos
y funcionarias públicas
están al servicio del Estado
y no de parcialidad alguna”.
Según la doctrina, es
Funcionario Público toda
persona que desarrolle una
función pública al servicio de un
ente público, es decir, toda
persona que realiza una
actividad a través de la cual se
realizan todos los fines del
Estado. Para CHAPUS, no
puede sino entenderse por
funcionario al agente público
titular, o bien el agente público
que ha sido titularizado en uno
de los grados de la Función
Pública.
El carácter de funcionario público
que ostente una persona, no implica
per se un derecho a la estabilidad.
Los funcionarios de carrera y los de
libre nombramiento y remoción
Sentencia Nº 02825 de Sala
Político Administrativa,
Expediente Nº 0252 de fecha
27/11/2001. Según esta sentencia se
establecen dos modalidades en ese
sentido, configuradas: Por los
funcionarios de carrera, que dado su
desempeño con carácter permanente,
encuentran un alto grado de
estabilidad, sin que ello implique
necesariamente una condición
irrestricta dentro del Poder Judicial.
La Ley del Estatuto de la Función
Pública: En su art. 3 “Funcionario
o funcionaria público será toda
persona natural que, en virtud de
nombramiento expedido por la
autoridad competente, se
desempeñe en el ejercicio de una
función pública remunerada, con
carácter permanente”.
Para RONDON de Sansó, quien
utiliza el término “cargo público”
lo define como una esfera de
competencias, atribuciones,
deberes y derechos de una
organización, por lo tanto, el
funcionario público es el sujeto de
la función pública.
Los de libre nombramiento y
remoción, resulta clara su condición
dentro de la función pública al variar
su situación respecto de los
funcionarios de carrera, por estar
aquellos desprovistos de la garantía
de la estabilidad,