El documento define y discute el concepto de funcionario público desde diferentes perspectivas legales y doctrinarias. Según Kirkiadis, un funcionario público es una persona natural que desempeña una función pública remunerada en virtud de un nombramiento oficial. La ley del Estatuto de la Función Pública establece que un funcionario es aquel que desempeña una función pública de manera permanente luego de ser nombrado. Finalmente, Lares Martínez señala que la distinción entre funcionario y empleado público carece de utilidad
2. FUNCIONARIO PÚBLICO
DOCTRINA LEY JURISPRUDENCIA
KIRIAKIDIS
Persona natural que en virtud de
nombramiento expedido por autoridad
competente, se desempeñe en el
ejercicio de una función pública
remunerada,
UROSA, D.
Toda aquella labor realizada por los
funcionarios que según la ley han sido
investidos de tal cualidad, a través de las
cuales se realizan las actividades que
corresponden a los entes públicos que
conforman el Estado.-
BREWER
Distingue entre funcionarios iure y de
hecho, indicando que el primero es
aquel que tiene un título legal y está
investido con la insignia, el poder y la
autoridad del cargo; y que el funcionario
de hecho es aquella persona que,
aunque no es legalmente funcionario,
está sin embargo, en posesión y ejercicio
de un cargo que conforman el Estado.
LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA. Artículos 3, 19 y 30
CHAPUS
Funcionario al agente público titular, o
bien el agente público que ha sido
titularizado en uno de los grados de la
Función Pública.
Funcionario o funcionaria público será
toda persona natural que, en virtud de
nombramiento expedido por la
autoridad competente, se desempeñe
en el ejercicio de una función pública
remunerada, con carácter permanente.
LEY DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
En dicha Ley se distinguen expresamente
dos categorías de funcionarios, los
denominados de libre nombramiento y
remoción por el Ejecutivo y los
funcionarios de carrera.
La Administración en materia de la
función pública participa de la misma
naturaleza que los demás actos
realizados por la Administración para
alcanzar sus fines,
Los entes estadales y de las autoridades
municipales relativos a los funcionarios
públicos son también actos
administrativos y no son más que
implicaciones de la descentralización del
régimen funcionarial,
Toda reclamación proveniente del
empleo público de los funcionarios
estadales y municipales se encuentra
atribuida a los tribunales con
competencia especial en materia
contencioso administrativa
LARES MARTÍNEZ
Señala que carece de utilidad en nuestra
legislación la distinción entre funcionario
o empleado público, los define como los
individuos que en razón de
nombramiento de autoridad
competente o de otro medio de derecho
público, participan en el ejercicio de
funciones públicas, al servicio de las
entidades públicas estatales.