El documento resume los decretos 1500 de 2007 y 2270 de 2012, los cuales establecen el reglamento técnico en Colombia para la inspección, vigilancia y control de la cadena cárnica. Estos decretos crean el Sistema Oficial de Inspección a lo largo de la producción primaria, beneficio, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización y expendio de carne. Adicionalmente, los establecimientos deben implementar sistemas de aseguramiento de la inocuidad como prerequisitos HACCP, controles san
Reporte de simulación de flujo del agua en un volumen de control MNVA.pdf
Decreto 1500
1. ACTIVIDAD 2: MAPA CONCEPTUAL: PRERREQUISITOS IMPLEMENTADOS EN DECRETO 1500 DE 2007
ESTUDIANTE
BIAGINI OLIVIERI JIMENEZ
DOCENTE
LUIS MANUEL RUIZ VEGA
SERVICIO NACIONAL DE APREDIZAJE(SENA)
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN PRODUCTOS CARNICOS (2318979)
AGUACHICA – CESAR
2021
2. DECRETO 1500 DEL 2007
Y el Decreto 2270 de 2012 (que lo modifica),
DECRETO 1500 DEL
2007 En estos decretos se determina el
reglamento técnico en el país, a través
del cual se crea el Sistema Oficial de
Inspección, Vigilancia y Control a lo largo
de la cadena cárnica (bovinos y
bufalinos, porcinos, zoocrías, ovinos y
caprinos)
Decreto 2270 de 2012
En su producción primaria,
beneficio,
desposte,
desprese,
procesamiento,
almacenamiento,
transporte,
comercialización,
expendio,
importación o exportación
Artículo 4.predios y transporte de animales en pie,
Artículo5. Responsabilidades de los establecimientos
y del transporte de la carne
Artículo 6°. Inscripción, autorización sanitaria y
registro de establecimientos
Artículo 8°. Cadena de frío. Con el fin de garantizar la
inocuidad de la carne
Artículo 9°. Vida útil de la carne
Paralelamente estos establecimientos
deben crear un Sistema de
Aseguramiento de la Inocuidad que esté
conformado por los siguientes
requisitos:
Tienen por objeto actualizar el Sistema Oficial de
Inspección, Vigilancia y Control de la Carne y Productos
Cárnicos Comestibles, destinados para el consumo
humano en todo el territorio nacional, establecido en el
Decreto 1500 de 2007
Plantas de beneficio, desposte,
desprese y derivados cárnicos
Prerrequisitos HACCP.
Estándares de ejecución sanitaria
Programas complementarios
Procedimientos Operativos Estandarizados de
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
(Invima) es la autoridad sanitaria encargada a nivel nacional de
la inspección, vigilancia y control de la etapa de transformación
de la cadena productiva de la carne, en plantas de beneficio,
desposte, desprese y de derivados cárnicos.
También establece los requisitos
sanitarios y de inocuidad que
deben cumplir la carne
Artículo 2. Modifíquese el artículo 2 del Decreto 1500 de
2007, Artículo 2. Campo de aplicación.
Artículo 4. Modifíquese el artículo 4 del Decreto 1500 de
2007, Articulo 4. Transporte de animales en pie.
Artículo 7. Modifíquese el artículo 12 del Decreto 1500
de 2007, "Artículo 12. Instalaciones y áreas de
producción primaria.
Artículo 8. Modifíquese el artículo 14 del Decreto 1500
de 2007, Artículo 14. Obligaciones sanitarias
Artículo 9. Modifíquese el artículo 15 del Decreto 1500
de 2007, Artículo 15. Obligaciones del Personal en
predios de producción primaria
Artículo 17. Modifíquese el artículo 27 del Decreto 1500
de 2007, Artículo 27. Plan de muestreo.
Resolución 2640 (28
sep. 2007)
condiciones
sanitarias y de
inocuidad en la
producción porcina
Resolución 2304 (de
2015 julio 06)
establecen los
requisitos sanitarios
y de inocuidad para
la producción de
primaria de ovinos y
caprinos destinados
al sacrificio para
consumo humano.
Resolución 20186
(26 dic.2016)
establecen los
requisitos sanitarios
y de inocuidad para
la producción de
animales acuáticos