Las barreras arancelarias son restricciones al comercio externo de un país, mediante impuestos a la exportación e importación de bienes o servicios por parte de un país o una zona económica.
Las barreras arancelarias son restricciones al comercio externo de un país, mediante impuestos a la exportación e importación de bienes o servicios por parte de un país o una zona económica.
FISCALIDAD EN INTERNET
O BIT-TAX
¿QUÉ ES BIT TAX?
Impuesto sobre el comercio electrónico, se mide por el volumen de información digital transmitida electrónicamente.
El bit tax resulta ser una concepción ingeniosa de la fiscalidad, la cual responde lógicamente a la realidad moderna de las nuevas tecnologías. Si la actual tecnología se centra en el uso de la lógica binaria, que está detrás de todo el proceso de los ordenadores, lo que se debe hacer es gravar aquellos impulsos que permiten trasladar productos y servicios; de esta forma, estaremos sujetando a tributar a las actividades de comercio electrónico
¿QUÉ ES COMERCIO ELECTRÓNICO?
- Proviene de los términos en inglés Electronic Commerce o Comercio Electrónico. Este concepto engloba todas las actividades desarrolladas por medios electrónicos que involucran directamente al consumidor, como ventas, proceso de órdenes de compra, administración de las relaciones con los clientes y desarrollo de programas de lealtad comercial.
- El comercio electrónico, consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como el Intercambio electrónico de datos, sin embargo, con el advenimiento de la Internet y la World Wide Web a mediados de los años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito
FISCALIDAD EN INTERNET
O BIT-TAX
¿QUÉ ES BIT TAX?
Impuesto sobre el comercio electrónico, se mide por el volumen de información digital transmitida electrónicamente.
El bit tax resulta ser una concepción ingeniosa de la fiscalidad, la cual responde lógicamente a la realidad moderna de las nuevas tecnologías. Si la actual tecnología se centra en el uso de la lógica binaria, que está detrás de todo el proceso de los ordenadores, lo que se debe hacer es gravar aquellos impulsos que permiten trasladar productos y servicios; de esta forma, estaremos sujetando a tributar a las actividades de comercio electrónico
¿QUÉ ES COMERCIO ELECTRÓNICO?
- Proviene de los términos en inglés Electronic Commerce o Comercio Electrónico. Este concepto engloba todas las actividades desarrolladas por medios electrónicos que involucran directamente al consumidor, como ventas, proceso de órdenes de compra, administración de las relaciones con los clientes y desarrollo de programas de lealtad comercial.
- El comercio electrónico, consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como el Intercambio electrónico de datos, sin embargo, con el advenimiento de la Internet y la World Wide Web a mediados de los años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito
El empleo de las tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en las transacciones internacionales , viabilizan las operaciones de compraventa de bienes y la prestación de servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la fiscalidad, ya que el comercio electrónico genera un gran número de transacciones financieras susceptibles de tributación.
2. Legalidad de los pagos, cobros e
impuestos en sistemas de
eCommerce.
3. ¿Qué es comercio electrónico?
Comercio Electrónico: Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de
índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de
una o más comunicaciones electrónicas o de cualquier otro medio similar. Las
relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las operaciones
siguientes: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o
servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o
mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, incluyendo el factoraje
y el arrendamiento de bienes de equipo con opción a compra; de construcción
de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; de inversión;
de financiación; de banca; de seguros; de todo acuerdo de concesión o
explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de
cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros
por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera. (Decreto 47-2008)
4. A nivel mundial
Se busca el régimen de fiscalidad para actos de
comercio exterior
Hay varios fenómenos y varias soluciones
• Bienes
• Servicios
• Bienes electrónicos
• Streaming
5. Bienes
● Se grava en el país destino como una importación
● En el país de origen es una exportación
● En el caso de uso de “PO Box”, en Guatemala, al arribar
la mercancía es una importación
● Para el vendedor es quizás una venta local
● Recordemos que no tenemos correo, lo que nos coloca casi
en la obligación de usar un intermediario, aunque algunos
vendedores en Internet sí despachan a Guatemala con un
proveedor de mensajería como FEDEX
● Este fenómeno no presenta mucha complejidad
6. Servicios
● La prestación de servicios vía electrónica es una forma de
prestación de un servicio
● El régimen de fiscalidad deberá ser el mismo de cualquier
prestación de servicio desde el extranjero
● Una retención en el país que la recibe
● Un pago de impuesto (típicamente a la renta) en el país
de residencia del prestador del servicio
● Podrá ser considerada “exportación de servicios” en
cuanto al régimen del IVA
● No hay “importación de servicios” que “pase” por aduana
7. Bienes electrónicos
● Acá la cosa se pone interesante
● Un libro para Kindle, por ejemplo… está en el dispositivo, pero no
se hizo el trámite aduanal respectivo
● Esto ha empezado a alertar a los fiscos para buscar gravar en
el país receptor
● En bienes que llegan por “download” un mecanismo para
“legalizarlos”, con el efecto de aprovechamiento del gasto, ha sido
reconocer su “paso por frontera” y poder hacer trámites aduanales
cubriendo los impuestos respectivos.
● En Guatemala, sin embargo, el proceso aduanal no reconoce
lo incorpóreo y se requiere de un objeto que cruce la frontera.
8. Streaming
● Es similar al tema anterior, pero acá es un sistema en
el que se paga acceso a una plataforma para poder ver
el contenido, que puede ser de distinta naturaleza:
● Películas
● Series
● Cursos
● Material
● Bases de datos
● Procesos
10. ● Sistema impositivo guatemalteco es territorial
● No importa la residencia de las personas,
siempre y cuando presten servicios en el país,
generen renta en el país o vendan bienes que
están en el país, se debe tributar en Guatemala
● Las plataformas electrónicas pueden o no estar
sujetas, hoy día, a tributación en Guatemala
12. En el caso de Uber
Uber no presta un servicio de transporte. Comunica a un prestador del
servicio con el cliente final y cobra por el acceso a su aplicación.
13. En el caso de Uber
● Las implicaciones fiscales
● Uber:
● Tributa en el lugar de residencia por los cargos de uso de la
aplicación
● No presta servicios en Guatemala. No debe tributar en Guatemala
● El “chofer de Uber”
● Presta servicios en Guatemala y está obligado a tributar:
● IVA
● ISR
14. YouTube, Facebook: como Impuestos y Chocolate
Blog: impuestosychocolate.com
Twitter: impuestosychoco
Muchas gracias. Pueden seguirme en