La educación es un servicio público y de interés social cuya legislación debe tener un carácter nacional. La educación sirve para fortalecer la identidad nacional, desarrollar las capacidades humanas y formar individuos que sirvan a la sociedad. Las leyes educativas de México, como la Constitución y la Ley General de Educación, reconocen a la educación como un derecho y establecen su carácter público y obligatorio.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
Linea del tiempo sobre la evolución del sistema educativo en México. importancia de conocer los acontecimientos durante el trayecto de la educación con la finalidad de generar un aprendizaje sobre la historia de esta menara podemos observar los procesos que se han generado durante los acontecimientos y sus relaciones con el tiempo histórico.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
Linea del tiempo sobre la evolución del sistema educativo en México. importancia de conocer los acontecimientos durante el trayecto de la educación con la finalidad de generar un aprendizaje sobre la historia de esta menara podemos observar los procesos que se han generado durante los acontecimientos y sus relaciones con el tiempo histórico.
1. LA EDUCACIÓN
SERVICIO DE
ORDEN
PÚBLICO E
INTERÉS
SOCIAL. EL
CARÁCTER
NACIONAL DE
LA
LEGISLACIÓN
EDUCATIVA
2. Esto se ha tomado desde que la educación ha
sido tomada como un derecho, ha servido como el
medio para fortalecer la identidad y la conciencia
nacional, para el desarrollo de las capacidades
humanas, el fomento del progreso científico
además de que forma al individuo como un ser
que sirve a la sociedad. La educación es el actor
principal de elaborar normas con características
de participación y aceptación para todos los
sujetos que integran la comunidad.
3. • La educación es un servicio público, ya que está
destinada a satisfacer necesidades sociales permanentes
y sujetas a un régimen de derecho público; por lo que la
Ley Federal de Educación, cuya iniciativa se presenta a la
consideración del honorable Congreso de la
Unión, reconoce como tal a la función educativa que
regula, ya sea que dicho servicio se preste por
particulares con autorización o reconocimiento oficial.
• Las finalidades de la educación se gestan y se
desarrollan en el seno mismo de la sociedad, el poder
público no las impone arbitrariamente. Toca al Estado
hacerlas explícitas y darles la formulación coherente.
• La educación debe preparar al hombre para vivir una vida
en plenitud, es decir, en relación creadora con sus
semejantes y con la naturaleza. También comprende
otras metas como son el alcanzar una comunidad que
proteja, conserve y acreciente los bienes y valores que
constituyen nuestra herencia cultural.
4. • “La educación es para todos”, ésta política se ha
convertido en uno de los máximos anhelos de la población
mexicana, pues aún no se ha podido integrar a todos en
un programa eficaz, capaz y acorde a las necesidades de
nuestro país.
Los servicios educativos que brinda el estado son públicos
y se supone que deben de ser gratuitos hasta el nivel
básico. Y para que este servicio sea de calidad y de
satisfacción a las necesidades de demanda educativa, se
ha hecho necesaria la existencia de leyes para
regularlo, teniendo así las mismas oportunidades y
conocimientos para los alumnos sin distinción alguna.
Pero también el servicio educativo puede ser impartido
por particulares y que de acuerdo con las leyes de
educación, aún siendo particulares, se tiene que dar una
autorización y reconocimiento de validez oficial de
estudios ante la Secretaria de Educación Pública
6. • En materia de legislación educativa de la
República Mexicana, podemos encontrar
las siguientes leyes como:
- Art. 3º Constitucional, el cual tuvo su
última reforma en el año de 1992. Sus
propósitos eran "consagrar el derecho a
la educación, precisar la obligación del
Estado de impartir educación preescolar y
secundaria, además de primaria;
establecer la obligatoriedad de la
secundaria, garantizar la vigencia del
carácter nacional que debe tener la
educación y terminar con la situación
jurídica que afectaba a los miembros de la
sociedad civil dedicados a ofrecer
servicios educativos de tipo privado."
7. • Otra ley reglamentaria en materia de
educación pública, es la Ley General de
Educación, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 13 de julio de 1993. La
Ley General de Educación, abroga cuatro
leyes:
Ley Federal de Educación, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 29 de
noviembre de 1973.
Ley del Ahorro Escolar, publicada en el
DO el 7 de septiembre de 1945.
Ley que establece la educación normal
para profesores de Centros de
Capacitación para el Trabajo, publicada
en el DO el 20 de diciembre de 1963.
Ley Nacional de Educación para
adultos, publicada en DO el 31 de
diciembre de 1975.
8. • En la Ley Federal de Educación, se
confirma al poder ejecutivo
federal, por conducto de la SEP, la
facultad de formular para toda
la república los planes y
programas para educación
primaria, secundaria y normal, y
la de cualquier tipo o grado
destinada a obreros y campesinos;
la de autorizar el uso de material
educativo, elaborar y mantener
actualizados los libros de texto
gratuitos.