El documento detalla un contrato de arrendamiento por un plazo determinado entre Luz María Pedroso Arteaga y un arrendatario. La arrendadora alquila un departamento de 3 cuartos en el Callao por un monto mensual especificado, a pagarse de forma adelantada. El contrato establece los derechos y obligaciones de ambas partes, como el pago puntual de la renta, el uso exclusivo del departamento como vivienda y la devolución del inmueble al vencimiento del contrato.
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modelo de Arrendamiento de habitaciones
1. ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO
Conste por el presente documento el contrato de arrendamiento de inmueble, que
celebran de una parte doña LUZ MARIA PEDROSO ARTEAGA, identificada con
DNI 25635741, con domicilio en calle Conde de Lemos N 668 edificio 4 dpto. 804
Villa Sol, Callao, a quien en adelante se le denominara LA ARRENDADORA, y de
la otra parte don _____________________________________, identificado con
DNI ____________, con domicilio ______________________________________ ,
a quien en adelante se le denominara EL ARRENDATARIO; en los términos y
condiciones siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERA. - LA ARRENDADORA es propietaria del Departamento N° 804 que
consta de 3 cuartos y azotea ubicado en Conde Lemos N° 668 Edificio 4 , Villa
Sol, Provincia del Callao.
SEGUNDA. - LA ARRENDADORA deja constancia que el cuarto a que se
refiere la cláusula anterior se encuentra desocupado, en buen estado de
conservación y habitabilidad.
OBJETO DEL CONTRATO
TERCERA. - Por el presente contrato LA ARRENDADORA se obliga a ceder el
uso del cuarto descrito en la cláusula primera a favor de EL ARRENDATARIO a
título de arrendamiento. Por su parte EL ARRENDATARIO se obliga a pagar a LA
ARRENDADORA el monto de la renta pactada en la cláusula siguiente, en la
forma y oportunidad convenidas.
RENTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
CUARTA. - Las partes acuerdan que el monto de la renta que pagara el
ARRENDATARIO en calidad de contraprestación por el uso del bien, asciende a la
suma de S/ _____.00 (___________ y 00/100 nuevos soles) mensuales;
cantidad que será cancelada en la forma y oportunidad a que se refiera la
siguiente clausula.
QUINTA.-La forma de pago de la renta será por mensualidad adelantadas que
EL ARRENDATARIO pagará a LA ARRENDADORA en la forma indicada
en la cláusula octava, los días ____ de cada mes contados a partir de ___ de
________ del 20__, debiendo abonar la suma adicional de SI. __.00
(________ Y 00/100 NUEVOS SOLES) por cada día de retraso.
PLAZO DEL CONTRATO
SEXTA.- Las partes convienen fijar un plazo de duración determinada para el
presente contrato, el cual será de __________ que se computará a de ___ de
________ del 20__ al ___ de ________ del 20__, fecha en la que EL
ARRENDATARIO está obligado a desocupar y devolver el bien arrendado, salvo
cuerdo mutuo de renovación del mismo.
2. OBLIGACIONES DE LOS CONTRATANTES
SÉTIMA.- LA ARRENDADORA se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su
cargo en la fecha de suscripciónde este documento, sinmás constancia que las firmas
de las partes puestas en él. Esta obligaciónse verifica con la entrega de las llaves del
inmueble.
OCTAVA.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto de
la renta, en forma mensual y en efectivo a LA ARRENDADORA. El importe de
la renta mensual incluye el servicio de agua y predio.
NOVENA. - EL ARRENDATARIO será el único que hará uso de la habitación de
tener visita esta no se debe prolongar por más de una semana y previa
coordinación con LA ARRENDADORA.
DÉCIMA. - EL ARRENDATARIO se obliga a destinar el departamento arrendado
único y exclusivamente para casa-habitación, no pudiendo emplear ninguna de las
partes del bien como oficina administrativa ni para el ejercicio del comercio,
profesión o industria. de igual manera queda estipulado que en el
departamento arrendado está totalmente prohibida la tenencia de mascotas
(perro, gatos, perico etc.)
DÉCIMO PRIMERA. - De otro lado, EL ARRENDATARIO está obligado a
permitir la inspección del bien arrendado por parte de LA ARRENDADORA,
para cuyo efecto ésta deberá cursar previo aviso por escrito, con una
anticipación no menor de 05 (cinco) días.
DÉCIMO SEGUNDA.- EL ARRENDATARIO está obligado a cuidar el bien y a
efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean
necesarios para conservar el bien en el mismo estado en que fue recibido. Las
reparaciones estructurales y las correspondientes a las instalaciones de agua
y desagüe correrán por cuenta y costo de LA ARRENDATARIO.
DÉCIMO TERCERA.- EL ARRENDATARIO queda prohibido de introducir
mejoras cambios o modificaciones internas y externas en el bien arrendado, sin el
consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA. Todas las mejoras,
inclusive las de recreo, serán de beneficio de LA ARRENDADORA, sin obligación
de pago alguno.
DÉCIMO CUARTA,- EL ARRENDATARIO no podrá ceder a terceros los bienes
materia del presente contrato bajo ningún título, ni subarrendarlo, total o
parcialmente, ni ceder su posición contractual, salvo que cuente con el sentimiento
expreso y por escrito de LA ARRENDADORA, en cuyo caso se suscribirá los
documentos que fueren necesarios.
3. DÉCIMO QUINTA.- EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar y devolver el bien
arrendado en la fecha de vencimiento del plazo estipulado en la cláusula sexta de
este contrato, si al vencimiento EL ARRENDATARIO no desocupara el
departamento, pagará a LA ARRENDADORA el importe de SI. ______
(_________________ Y 00/100 NUEVOS SOLES) diarios, hasta el día en que sea
desocupado. Una vez efectuada la devolución, LA ARRENDADORA no responderá
por el deterioro, destrucción, pérdida o sustracción de los bienes y valores de
cualquier especie, de propiedad de EL ARRENDATARIO o de terceros, dejados al
interior del inmueble.
CLAUSULA DE GARANTÍA
DÉCIMO SEXTA. - En la fecha de suscripción del presente documento
EL ARRENDATARIO entrega en efectivo a LA ARRENDADORA la suma de SI.
______________ (____________________________ Y 00/100 NUEVOS SOLES)
equivalente a un mes de renta, y SI. ____________
(____________________________ Y 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de
garantía, en efectivo, sin más constancia de su entrega y recepción que sus firmas
puestas al pie del mismo.
El mencionado depósito en garantía le será devuelto a EL ARRENDATARIO, sin
intereses o rentas, al vencimiento del presente contrato y una vez verificado el pago
mensual de arrendamiento en forma puntual, así como el buen estado
de conservación y funcionamiento del bien arrendado.
DÉCIMO SÉPTIMA.- Las partes dejan establecido que el depósito en garantía a
que se refiere la cláusula décimo sexta, se empleará para cubrir pagos por daños
ocasionados al bien arrendado.
ALLANAMIENTO A FUTURO
DÉCIMO OCTAVA.- De conformidad con lo estipulado en la Ley N° 30201 que
modifica el artículo 594 del Código Procesal Civil, EL ARRENDATARIO declara
expresamente allanarse a futuro a la restitución del bien por conclusión del
contrato o por resolución del mismo por falta de pago conforme a lo establecido
en el artículo 1697 del Código Civil.
En señal de conformidad y renunciando a cualquier cambio de decisiónposterior las
partes suscriben este documento en la ciudad del Callao, a los ___ días del mes de
_________ del 20__.
LUZ MARIA PEDROSO ARTEAGA _____________________________________
LA ARRENDADORA EL ARRENDATARIO