El Monotributo Social es un régimen tributario creado para facilitar la incorporación a la economía formal de personas en situación de vulnerabilidad social. Está dirigido a personas de bajos ingresos que realizan actividades económicas por cuenta propia. El régimen les permite emitir facturas, acceder a obra social y jubilarse pagando una cuota fija mensual.
CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
IMPUESTO A LA RENTA
• IRACIS (Impuesto A La Renta Comercial, Industrial O De Servicios )
IRACIS General
IRACIS Especial
IRACIS Simplificado
• IMAGRO (Impuesto A La Renta Agropecuaria )
IMAGRO General
IMAGRO Especial
• IRPC (Impuesto A La Renta Del Pequeño Contribuyente)
• IRP (Impuesto A La Renta Del Servicio De Carácter Personal)
• TRIBUTO UNICO ( Dejo de estar en vigencia a partir del periodo 2006 para pasar a IRPC y IVA Simplificado)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
• IVA General
• IVA Semestral
• IVA Simplificado
IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC)
• ISC General
• Impuesto a los Actos y Documentos.
• Patente Fiscal Extraordinaria para auto vehículos.
• Régimen de Infracciones Fiscales.
• Sistema de Timbrado de Comprobantes de Venta.
¿QUE GRAVA EL IVA?
La enajenación de bienes o venta de servicios, entiéndase a título oneroso -pagando- o en forma gratuita, en consignación u otras formas de transferencia de bienes contenidas en la ley.
La prestación de servicios, excluidos los de carácter personal que se presten en relación de dependencia.
Servicios independientes o también llamados servicios personales, como el ejercicio de profesiones universitarias y artes; y las actividades de comisionistas, corretajes e intermediaciones en general.
¿QUIENES PAGAN?
PERSONAS QUE PAGAN EL IRACIS (IMPUESTO A LA RENTA COMERCIAL, INDUSTRIAL O DE SERVICIOS)
Empresas unipersonales (Personas físicas).
Sociedades en general (S.A., S.R.L).
Asociaciones, corporaciones y entidades privadas.
Entidades sin fines de lucro.
Organismos no gubernamentales (ONG’s).
Cooperativas.
Empresas públicas (ANDE, PETROPAR, INC, etc.).
Personas o entidades privadas del exterior.
Sucursales o agencias de entidades cuya casa central se encuentran en el exterior.
Estos son identificados en la ley como Empresas Unipersonales y Sociedades con o sin personería jurídica, asociaciones, corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza, empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y sociedades de economía mixta, personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos en el país.
PERSONAS QUE PAGAN EL IMAGRO (IMPUESTO A LA RENTA AGROPECUARIA)
Las personas físicas, se incluyen los núcleos familiares, las sucesiones indivisas, los condominios, los aparceros y los socios cooperativos.
Las sociedades con o sin personería jurídica.
Las asociaciones, corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza.
Las empresas públicas, entes autárquicos, entidades centralizadas y sociedades de economía mixta.
Las personas o entidades domiciliadas o constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos en el país.
Serán contribuyentes
CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
IMPUESTO A LA RENTA
• IRACIS (Impuesto A La Renta Comercial, Industrial O De Servicios )
IRACIS General
IRACIS Especial
IRACIS Simplificado
• IMAGRO (Impuesto A La Renta Agropecuaria )
IMAGRO General
IMAGRO Especial
• IRPC (Impuesto A La Renta Del Pequeño Contribuyente)
• IRP (Impuesto A La Renta Del Servicio De Carácter Personal)
• TRIBUTO UNICO ( Dejo de estar en vigencia a partir del periodo 2006 para pasar a IRPC y IVA Simplificado)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
• IVA General
• IVA Semestral
• IVA Simplificado
IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC)
• ISC General
• Impuesto a los Actos y Documentos.
• Patente Fiscal Extraordinaria para auto vehículos.
• Régimen de Infracciones Fiscales.
• Sistema de Timbrado de Comprobantes de Venta.
¿QUE GRAVA EL IVA?
La enajenación de bienes o venta de servicios, entiéndase a título oneroso -pagando- o en forma gratuita, en consignación u otras formas de transferencia de bienes contenidas en la ley.
La prestación de servicios, excluidos los de carácter personal que se presten en relación de dependencia.
Servicios independientes o también llamados servicios personales, como el ejercicio de profesiones universitarias y artes; y las actividades de comisionistas, corretajes e intermediaciones en general.
¿QUIENES PAGAN?
PERSONAS QUE PAGAN EL IRACIS (IMPUESTO A LA RENTA COMERCIAL, INDUSTRIAL O DE SERVICIOS)
Empresas unipersonales (Personas físicas).
Sociedades en general (S.A., S.R.L).
Asociaciones, corporaciones y entidades privadas.
Entidades sin fines de lucro.
Organismos no gubernamentales (ONG’s).
Cooperativas.
Empresas públicas (ANDE, PETROPAR, INC, etc.).
Personas o entidades privadas del exterior.
Sucursales o agencias de entidades cuya casa central se encuentran en el exterior.
Estos son identificados en la ley como Empresas Unipersonales y Sociedades con o sin personería jurídica, asociaciones, corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza, empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y sociedades de economía mixta, personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos en el país.
PERSONAS QUE PAGAN EL IMAGRO (IMPUESTO A LA RENTA AGROPECUARIA)
Las personas físicas, se incluyen los núcleos familiares, las sucesiones indivisas, los condominios, los aparceros y los socios cooperativos.
Las sociedades con o sin personería jurídica.
Las asociaciones, corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza.
Las empresas públicas, entes autárquicos, entidades centralizadas y sociedades de economía mixta.
Las personas o entidades domiciliadas o constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos en el país.
Serán contribuyentes
Teoría sobre la Actividad Principalmente debemos tomar en consideración que la actividad financiera se refiere a la gestión que realiza el estado y los demás entes públicos secundarios, con el objetivo de proveerse de los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de los servicios públicos y también la ejecución de esos mismos gastos, en resumen, se puede establecer que la actividad financiera es la entrada y salida de dinero en la caja del estado, con la finalidad de cumplir con las necesidades de la colectividad.
Ahora bien, la teoría sobre la actividad financiera establece el resultado de ingresos para financiar los gastos del estado. A su vez se encargad de involucrar aspectos de distintas índoles, de este modo dicha teoría se centra en la recolección de ingresos públicos, su adecuada administración y culminando con una correcta aplicación para alcanzar las metas y fines establecidos.
Fines de la actividad financieraPodemos resumir los fines de la actividad financiera en la recaudación de los recursos necesarios para satisfacer los gastos públicos, la satisfacción de las necesidades colectivas y la realización de sus metas y fines.
Los tributos son ingresos públicos de derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincula el deber de contribuir
Teoría sobre la Actividad Principalmente debemos tomar en consideración que la actividad financiera se refiere a la gestión que realiza el estado y los demás entes públicos secundarios, con el objetivo de proveerse de los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de los servicios públicos y también la ejecución de esos mismos gastos, en resumen, se puede establecer que la actividad financiera es la entrada y salida de dinero en la caja del estado, con la finalidad de cumplir con las necesidades de la colectividad.
Ahora bien, la teoría sobre la actividad financiera establece el resultado de ingresos para financiar los gastos del estado. A su vez se encargad de involucrar aspectos de distintas índoles, de este modo dicha teoría se centra en la recolección de ingresos públicos, su adecuada administración y culminando con una correcta aplicación para alcanzar las metas y fines establecidos.
Fines de la actividad financieraPodemos resumir los fines de la actividad financiera en la recaudación de los recursos necesarios para satisfacer los gastos públicos, la satisfacción de las necesidades colectivas y la realización de sus metas y fines.
Los tributos son ingresos públicos de derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincula el deber de contribuir
El Nivel General del Índice de precios al consumidor San Luis, se elevó 13,0% en el mes de febrero de 2024,
con una variación acumulada interanual de 277,4%, es decir respecto a febrero del año anterior.
Se publicaron los datos respectivos a la evolución de las empresas, salarios y puestos de trabajo de la construcción, correspondientes al cuarto trimestre del año 2023
En el mes de Octubre, el total de las ventas a precios corrientes, en la provincia, registró un incremento del
158,8% respecto al mismo mes del año anterior. Dentro de este periodo, los grupos de artículos con los
aumentos más significativos son: “Carnes” 174,5%; “ Panaderia” 174,1% y “Almacen” 170,8%.
A nivel país, las ventas totales a precios corrientes registraron un incremento porcentual interanual del
166,7%. Los grupos de artículos con los aumentos más significativos respecto al mismo mes del año anterior,
vuelven a ser “Indumentaria, calzados y Textiles para el hogar” 181,9% y “Bebidas” 180,6%.
Proyecto expresando solidaridad y acompañamiento al gobernador de la Provincia de San Luis, Claudio Poggi, ante la preocupante situación económica y financiera en la que el gobernador saliente, Alberto Rodriguez Saá, dejó la provincia.
Este martes, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de San Luis dispuso la destitución del Dr. José Agustín Ruta como Juez Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial.
2. ¿Qué es el Monotributo Social?
Es un régimen tributario optativo (Ley 26.565), creado
con el objeto de facilitar y promover la incorporación
a la economía formal de aquellas personas en situación
de vulnerabilidad social que han estado históricamente
excluidas.
Este régimen es de carácter nacional y el organismo
encargado de gestionarlo es el Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación.
3. ¿A quién va dirigido?
A aquellas personas que:
Realicen una única actividad económica
de producción, comercialización y/o servicios,
Cumplan con los requisitos de ingreso
según la Resolución SCyMI Nº 10.204,
Tengan un ingreso anual por dicha actividad
no superior a $32.196.
4. ¿A quiénes considera Pequeños
Contribuyentes este régimen?
Personas Físicas que realicen venta de cosas
muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.
Grupos asociativos de hasta tres (3) personas
denominados Proyectos Productivos que realicen
venta de cosas muebles, locaciones y/o
prestaciones de servicios.
Grupos asociativos de seis (6) o más personas
conformados como Cooperativa de Trabajo.
5. ¿Qué derechos reconoce?
Los monotributistas sociales pagando un monto fijo
mensual (actualmente $35) pueden:
Emitir factura;
Acceder a una obra social,
Ingresar al sistema previsional (jubilación) y
Ser proveedores del Estado por compra directa.
6. ¿Tiene límite la permanencia en este
régimen?
El Monotributo Social es un régimen tributario
optativo y la permanencia en el mismo no tiene
limitación en tanto y en cuanto se mantenga la
vulnerabilidad social y la situación declarada por el
titular al momento de la inscripción.
7. Inscripción
El trámite es personal y presencial en el Registro Nacional de
Efectores o en cualquiera de los Centros de Referencia del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. También en las
Organizaciones Ejecutoras del Programa de Microcrédito “Padre
Carlos Cajade”, que tengan convenio.
El interesado deberá completar un formulario de inscripción con
carácter de Declaración Jurada y presentar la documentación
correspondiente.
El Registro Nacional de Efectores evalúa la solicitud cotejando
datos patrimoniales y sociales.
Una vez aprobada la solicitud, se generará el Formulario 152
(credencial de pago) que quedará a disposición del interesado en
la página de AFIP
8. Compatibilidades
Los cruces o hallazgos compatibles serán:
Propietarios de un bien mueble registrable y un bien
inmueble;
Seguro de Desempleo (al momento de registrarse el alta
como monotributista social, dejará de percibirlo);
Pensión no contributiva;
Pensión contributiva o jubilación que no supere los valores
del Salario Mínimo, Vital y Móvil;
Titulares de la Asignación Universal por Hijo;
Antecedentes en el Monotributo General,
Participen de un programa de ingreso social municipal,
provincial o nacional.-
9. Incompatibilidades
Los cruces o hallazgos incompatibles serán:
Profesionales para ejercicio de su profesión;
Personas en relación de dependencia;
Personas registradas como empleadoras;
Titulares de acciones de sociedades comerciales;
Propietarios de dos o más bienes muebles registrables no
afectados al emprendimiento;
Propietarios de dos o más bienes inmuebles;
Quienes perciban una jubilación superior al Salario
Mínimo, Vital y Móvil;
Personas cuyos ingresos brutos anuales no superen los
$32.196,
Inscriptos en el Régimen de Servicio Doméstico u otro
régimen especial.
10. ¿Cuánto y dónde se debe abonar?
Una vez aprobado el trámite, el titular accede a la
credencial de pago (Formulario 152) que contiene la Clave
Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único
de Revista (CUR) y el importe a abonar.
El monotributista social paga el 50% del componente de la
obra social.
La credencial puede bajarse de www.afip.gov.ar sin clave
fiscal.
El pago se realizará del 1 al 20 de cada mes preferentemente
en entidades bancarias o lugares habilitados para tal efecto.
11.
12.
13. ¿Qué documentación se necesita para
inscribirse?
Persona Física
Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica
(LC) o Libreta de Enrolamiento (LE). Fotocopia de 1º y 2º
hoja. Los extranjeros con DNI argentino deberán
presentar hasta la 3º hoja inclusive.
Proyecto Productivo
DNI, LC o LE de cada uno de los integrantes. Fotocopia
de 1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º
hoja inclusive.
Cooperativa de Trabajo
DNI, LC o LE de cada uno de los asociados. Fotocopia de
1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º
hoja inclusive.
14. ¿Qué tipo de facturación se emite?
En los casos de las Personas Físicas y los Proyectos
Productivos la factura que se emite es de tipo “C”. Las
Cooperativas de Trabajo podrán emitir
comprobantes de tipo “A”, “A con leyenda de CBU
informado” o “M”, según el destinatario.
Los Proyectos Productivos y las Cooperativas de
Trabajo son quienes emiten la factura (no sus
integrantes o asociados).
15. Obra social
La elección de la obra social se realiza al momento de la
inscripción en el Registro Nacional de Efectores.
Son las mismas obras sociales nacionales sindicales que
brindan cobertura a los monotributistas generales.
Las obras sociales tienen la obligación de brindar el Plan
Médico Obligatorio (PMO), al que se accede
progresivamente hasta alcanzar la totalidad de la cobertura
a los tres meses.
16. Altas y bajas de familiares a la obra
obra social
Para efectuar el alta o la baja de los familiares a la obra
social, el titular podrá completar el formulario
correspondiente en el Registro Nacional de Efectores o
enviar una nota a dicho organismo expresando su solicitud.
17. Cambio de obra social
La opción de cambio puede ser ejercida una vez al año
(el primer cambio puede realizarse sin esperar un año,
y marca el inicio del período anual hasta el próximo
cambio).
Se hará efectivo el primer día del tercer mes a partir de la
presentación de la solicitud.
La opción de cambio deberá realizarse en la obra social a la
cual se desea ingresar, excepto que el inscripto no haya
realizado ningún pago, en en cuyo caso se tramitará en el
Registro Nacional de Efectores.
18. Componente previsional
Al monotributista social se le reconocerá como período
trabajado el tiempo de permanencia en este régimen.
Para certificar el período correspondiente al Monotributo
Social, el inscripto deberá solicitar en el Registro Nacional de
Efectores el Formulario 09.001 y presentarlo en ANSES para
iniciar el trámite jubilatorio.
19. Impuestos nacionales
En el Monotributo Social las Personas Físicas se encuentran
exentas del pago del componente impositivo (IVA e impuesto
a las Ganancias).
Las Cooperativas de Trabajo están exentas del pago del
impuesto a las Ganancias. Con respecto al IVA, gozan de una
reducción del 50% de la alícuota general siempre que el
comprador, locador o prestatario sea el Estado y se
encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores.
20. Impuestos provinciales
En la mayoría de las provincias, los monotributistas
sociales se encuentran exentos del pago impuesto a los
Ingresos Brutos, debiendo cumplir con los deberes
formales exigidos por cada autoridad provincial.
21. Argentina Compra Sustentable
El portal Argentina Compra es un sitio de encuentro entre los
organismos que contratan y los proveedores que abastecen al
Estado.
A partir del acuerdo alcanzado con la Oficina Nacional de
Compras, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de
la Nación, desde www.argentinacompra.gob.ar se puede
acceder al listado de monotributistas sociales o
emprendedores inscriptos en el programa Marca Colectiva.
Así, se promueve la contratación directa por parte de organismos
públicos nacionales de emprendedores de la Economía Social.