El documento describe los principales aspectos del procedimiento administrativo en Venezuela de acuerdo con la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Explica las diferentes fases del procedimiento administrativo incluyendo iniciación, sustanciación, terminación y ejecución. También define varios principios clave como economía procedimental, oficialidad, impulsión de oficio e investigación de la verdad material.
Análisis jurídico del anteproyecto de Ley de Procedimientos AdministrativosFUSADES
Desde hace varios años, los principales indicadores y encuestas nacionales e internacionales señalan que la excesiva o ineficiente burocracia es uno de los principales obstáculos para realizar negocios. Asimismo, estudios sobre las condiciones para la inversión describen los siguientes problemas relacionados con los procedimientos administrativos.
Análisis jurídico del anteproyecto de Ley de Procedimientos AdministrativosFUSADES
Desde hace varios años, los principales indicadores y encuestas nacionales e internacionales señalan que la excesiva o ineficiente burocracia es uno de los principales obstáculos para realizar negocios. Asimismo, estudios sobre las condiciones para la inversión describen los siguientes problemas relacionados con los procedimientos administrativos.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
1. Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto Estado Lara
Yesenis Gómez
C.I 13.227.144
SAIA A
Febrero, 2018
2. En materia de procedimiento administrativo en nuestro país hay un hito de enorme trascendencia
representado por La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos a través de la cual se permite reglamentar
los Procedimientos Administrativos como un recurso necesario para producir actos jurídicamente válidos y eficaces dentro
del ámbito de la administración.
Procedimiento
Radica en una pluralidad de actos en
principio, de un mismo rango, porque
pertenecen a una misma capa, grado o
estrato normativo y donde los mismos se
encuentran vinculados y coordinados
entre sí.
Procedimiento Administrativo
Constituye todo mecanismo existente en la
administración para que se produzcan acto de
validez y eficacia jurídicamente. El procedimiento
administrativo implica la exteriorización de los
actos jurídicos, mediante un iter procedimental que
debe ser seguido por el Estado para la formación
de sus manifestaciones de voluntad, es decir, para
poder dictar un acto administrativo que sea capaz
de afectar los derechos e intereses de los
ciudadanos.
3. Preliminar
• Referida a las actuaciones previas que efectivamente existen de indicios o circunstancias que
ameriten iniciar dicho procedimiento.
Constitutivo • Faltas o delitos que le están reservados a la ley.
Funcional
• Todos los actos que avocan a la consecución de un determinado fin, que es el
correspondiente a cada procedimiento administrativo.
Bilateral • Responsabilidad y obligaciones de ambas partes.
Inquisitivo
• el cual le permite, entre otras cosas, la corrección de irregularidades que no hayan sido alegadas por
las partes con base en el principio del control de la legalidad y la protección de los intereses
colectivos.
Impugnativo
• Es el medio por el cual puede ponerse remedio al error en una decisión judicial que
causa un agravio injusto a una de las partes.
Características
4. Principios Derivados de la
Idea de Eficacia
Administrativa
Principio de la Economía
Procedimental
Principio de la Oficialidad
(Articulo 53 y 54. LOPA). Principio de Antiformalismo.
Principios doctrinarios, constitucionales, legales y
jurisprudenciales creados para explicar la eficacia
administrativa
5. Principios Derivados de la
Idea de Racionalidad
Administrativa
Principio de
Eficacia o
Administración
Eficiente
(Articulo 30.
LOPA).
Principio de
Información
General
(Articulo 33 y
59. LOPA).
Principio de
Unidad del
Expediente
(Articulo 31.
LOPA).
Principio de
Imparcialidad
(Articulo 30.
LOPA).
Principio de
Administración
al Servicio del
Ciudadano
(Articulo 141.
CRBV).
Principio de
Buena Fe del
Ciudadano
(Articulo 8 y 9.
LSTA).
Principios doctrinarios, constitucionales, legales y
jurisprudenciales creados para explicar la eficacia
administrativa
6. Principios Derivados de la
Organización
Administrativa
Principio de
Proporcionalid
ad (Articulo 12.
LOPA).
Principio de
Independencia
de
Responsabilida
des.
Principio de
Competencia
(Articulo 137.
CRBV).
Principio de
Presunción de
Legitimidad
(Articulo 87.
LOPA).
Principio de
Revisión de
Oficio (Artículo
81 y ss. LOPA).
Principio del
Agotamiento
de la Vía
Administrativa
(Articulo 93.
LOPA).
Principios doctrinarios, constitucionales, legales y
jurisprudenciales creados para explicar la eficacia
administrativa
7. Tal y como lo establece el Art 30
LOPA es un principio que manifiesta
lo concerniente a los arreglos y
principios de economía, eficacia,
celeridad e imparcialidad y por el
cumplimiento de estas normas por
parte de las autoridades superiores
de cada organismo en lo
concerniente a dirimir todo asunto
relativo a las normas de
procedimiento.
Principio de economía en el
empleo de los medios jurídicos:
Principio cuyo fin es el uso de
procedimientos expeditivos en la
tramitación por parte los órganos
administrativos sobre materia que lo
convaliden y en el caso de ser
idénticos los motivos y fundamentos
de las resoluciones se darán uso a
medios en serie sin desfavorecer
las garantías jurídicas de los
interesados. Art 35 LOPA.
Principio de la Doble Instancia:
En nuestro país, la norma de la
doble instancia tiene una
estrecha e íntima relación con el
debido proceso y el derecho a la
defensa, ya que busca la
protección de los derechos
fundamentales de quienes
acuden ante el órgano
judicial en busca de justicia
Principio de la Simplificación de
Trámites: Es un principio que
persigue el fin de la racionalización y
optimización de trámites en nuestro
país, según la normativa
caracterizada, persigue que los
mismos sean eficaces, eficientes,
pertinentes y útiles, cuyo propósito es
el logro de su mayor celeridad y
funcionalidad y, además, reducir
gastos operativos, obtener ahorros
presupuestarios, así como
compensar las insuficiencias de
carácter fiscal y, en definitiva, mejorar
las relaciones de la Administración
Pública con las personas. (Artículo 1
y 4. LSTA).
Principios de la economía procedimental
8. Principio de la Oficialidad (Articulo 53 y 54. LOPA)
Principio de la
Impulsión de
Oficio. (Artículo
53. LOPA)
Principio de la
Instrucción.
(Artículo 56 y
66. LOPA).
Principio de
Investigación
de la Verdad
Material.
(Artículo 54.
LOPA).
Principio de Antiformalismo
Globalidad
(Artículo 62 y
89 LOPA)
Pruebas
(Articulo 58.
LOPA)
Pruebas
(Articulo 58.
LOPA)
Conservación
del Acto
(Artículo 21.
LOPA)
9. Procedimiento Administrativo
FASES
Iniciación
De Oficio Art. 48: Corresponde a la autoridad competente o al de superior jerarquía , la
apertura y notificación a los particulares cuyos derechos legítimos, personales y directos, sean
afectados. Estos tendrán para exponer sus razones y pruebas.
A instancia de parte interesada: Se realizará mediante solicitud escrita, que debe contener
los requisitos establecidos en la ley. A falta de uno de los requisitos el funcionario notificará al
interesado y éste tendrá 15 días para corregirlo. De haber nueva objeción, éste podrá
presentar recurso jerárgico o la nueva corrección.
Sustanciación
Constituye la fase fundamental y por demás más variada y variable del Procedimiento
Administrativo, cabe destacar que en el desarrollo o transcurso de la misma se realizan los
actos en virtud de los cuales, se determina, se conoce, y se comprueban los datos (de hecho
y de derecho) acerca de la fundamentación de la resolución definitiva del procedimiento.
ART.53 de la (LOPA)
-Principios
-Alegatos
-Pruebas
-Informes
Terminación
Etapa final del procedimiento este consiste en adoptar el acto que pone fin al mismo. Es
fundamental acotar que todo procedimiento debería tener un fin normal, es decir a través de
un acto resolutorio que decide sobre lo planteado, esto ocurre durante la etapa de
sustanciación. Sin embargo, existen formas que se escapan de esta normalidad de la
terminación del procedimiento, pero que el ordenamiento jurídico atribuye la misma eficacia
de darlo por terminado, como son la perención y el desistimiento y por otra parte, el silencio –
administrativo de efectos negativos.
Ejecución
10. Procedimiento Administrativo
Fases
Ejecución
Art. 78 LOPA Para realizar actos materiales deben
existir una decisión previa que sirva de fundamento a
tales actos.
Art. 79 LOPA EJECUCIÓN FORZOSA: Es la realizada
de oficio por la administración pública, excepto cuando
la ley establezca que la realice la autoridad judicial.
Ejecución Indirecta:
Art. 80 LOPA Cuando se
trate de actos de
ejecución indirecta,
podrá ser realizada por
la administración o bien
por la persona que esta
designe a costa del
obligado.
Ejecución Personal: Art
80 LOPA Cuando se trata
de actos de ejecución
personal y exista
resistencia por parte del
obligado se les impondrá
multas sucesivas.
11. Referencias Bibliográficas
• Plataforma SAIA
• http://www.muci-
abraham.com/uploads/publicaciones/76ca460678c150132bc0b19b6e6a83e8d334baa1.pdf
• http://guarico.gob.ve/pagina_oficial/wp-content/uploads/guarico/leyes_reglamentos/LOPA.pdf
• http://webdelprofesor.ula.ve/economia/fremoba/docs/proced_adminst_especialidad_principios.pdf
• Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)