PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
Fundamentos del derecho administrativo
1. UNIDAD I
Fundamentos del
Derecho Administrativo
MATERIA:
Derecho Administrativo
ASESORA:
Lic. Yeselmi Pavón Del Ángel
ALUMNA:
Juana Ma. Vargas Rivera
IV CUATRIMESTRE LIC. EN CONTADURÍA PÚBLICA
Agosto 2021
2. UNIDAD 1
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
1.1. CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO.ELEMENTOS Y
CARACTERISTICAS.
El derecho administrativo es la rama del derecho que estudia la organización,
deberes y funciones del Estado y de sus instituciones, en especial las atribuciones
del poder ejecutivo.
ELEMENTOS PRINCIPALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
1- Competencia
Se refiere a la legalidad que posee un órgano para poder actuar. Por ejemplo, el
hecho de demandar a alguien, en virtud de las características de grado, materia,
lugar y tiempo.
La competencia en razón del tiempo se refiere a aquellos órganos que tienen
facultades concedidas por un lapso de tiempo determinado.
2- Causa
Es el origen del conflicto, los antecedentes y circunstancias que llevaron a que se
rompiera una norma del derecho administrativo.
Por ejemplo, el no presentar una declaración jurada en tiempo y forma es una
circunstancia. La presentación de la declaración jurada de manera correcta es un
antecedente.
3- Voluntad
En el acto administrativo voluntad es un proceso por medio del que una o varias
personas aportan ideas a las partes de una declaración que es llevada a cabo en el
ejercicio de la función administrativa.
4- Motivación
Es lo que provoca que el acto administrativo se ponga en acción. Es una situación
legal o de hecho prevista por la ley como condición necesaria para que se ponga en
acción la actividad del derecho administrativo.
3. 5- Objeto
Es la resolución del caso concreto, el resultado práctico que se pretende lograr. Por
eso la ley debe ser posible tanto físicamente (que se pueda concretar) como
jurídicamente (que no esté prohibida).
6- Procedimientos
Son los pasos que deben completarse antes de lograr la resolución del acto. Los
procedimientos suelen ser muy meticulosos y complicados, con la presentación de
evidencia y documentación, presentaciones personales y otros documentos.
7- Finalidad
La finalidad del acto administrativo debe ser el bienestar público. No se deben
perseguir fines personales y encubiertos.
Sin este elemento el acto administrativo no tiene validez y se considera nulo, como
si nunca se hubiese iniciado un acto del derecho administrativo.
8- Forma
Se refiere al modo en que se conoce la resolución del administrado luego de dictado
el acto. En derecho administrativo las formas cumplen la función de garantía.
Es la manera en la cual se registra y se expone la voluntad administrativa. Debe ser
documentada y publicada, expresada o exteriorizada.
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El derecho administrativo se caracteriza por ser:
Común. Pues sus principios se aplican a diversas materias administrativas y
en todas las instancias del Estado.
Autónomo. Pues obedece a sus propios principios generales.
Local. Pues responde a la organización jurídico-política de cada país.
Exorbitante. Pues su ámbito de acción excede al derecho privado: en donde
quiera que exista un Estado, habrá también un derecho administrativo.
4. 1.2. ORIGEN Y EVOLUCION DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
Si queremos tratar el origen y la evolución del derecho administrativo debemos
empezar diciendo que la Administración Pública existe prácticamente desde que
existe el Estado. Y este último existe desde que se generaron los elementos que lo
constituyen. Definimos Estado como la entidad jurídica ubicada en un ámbito físico
determinado y que ejerce poder respecto de un conjunto de personas, que a su vez
es producto del acuerdo entre ellas, a lo cual se ha llamado pacto o contrato social.
Ahora bien, se define en general como poder a la capacidad que tiene una entidad
o persona de influir en las conductas de las demás personas, estando el poder
político caracterizado por la coerción que se puede ejercer sobre la población a
través del uso de la fuerza, legitimada por el Derecho. El poder político existe
entonces desde la antigüedad, que es el que le da legitimidad al poder de la
Administración Pública, que se ejerce respecto de los administrados.
Durante la edad media el Estado sufrió serias transformaciones. La desaparición
del Imperio Romano y las invasiones bárbaras implicaron la transformación de las
instituciones jurídicas y políticas existentes, modificando la naturaleza del Estado
que existía en dicho momento. Así, dichas instituciones fueron reemplazadas por
un régimen social y político denominado feudalismo, el cual dominó buena parte de
los países europeos.
Sin embargo, la evolución de la economía y la sociedad medieval fue llevando a un
desarrollo importante de un conjunto de instituciones jurídicas y políticas. Así, los
estados fueron obteniendo cada vez mayor poder respecto de los señores feudales
gracias al crecimiento de la burguesía y a la necesidad de un mayor control de la
seguridad nacional y del orden público. Ello, evidentemente, generó un mayor
crecimiento y complejidad de la administración pública en dichos países.
Dicho incremento de poder político una vez entrada la edad moderna, implicó una
importante transformación de las estructuras estatales, generando el paso de los
5. estados feudales a los estados nación europeos, y de ahí a los estados absolutos.
De hecho, la monarquía absoluta implicaba no solo el aumento sustancial del poder
del monarca, sino un mayor poder del aparato administrativo, el cual carecía de
control efectivo interno o externo, siendo común la afectación a los derechos de los
administrados.
1.3. RAMAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
El derecho administrativo comprende las siguientes subdivisiones o ramas:
Derecho administrativo orgánico. Estudia todas las formas y principios de la
administración por igual.
Derecho administrativo funcional. Se centra en el estudio de la actividad
formal del Estado, o sea, sus procedimientos y actos administrativos.
Derecho procesal administrativo. Estudia las normas que rigen la actuación
del Estado.
Derecho ambiental. Se centra en la protección del medio ambiente.
Derecho urbanístico. Estudia las normas que rigen la construcción y el diseño
de las ciudades.
Derecho aduanero. Estudia el régimen de aduanas y control sobre las
importaciones y exportaciones de un país.
Derecho migratorio. Se centra en las normas estatales que regulan la
extranjería y la radicación en un país.
Derecho vial. Estudia las normas que rigen el trazado de vías, caminos y el
tránsito.
Derecho municipal. Estudia el modo en que el Estado se compartimenta a sí
mismos en secciones más pequeñas y de ámbito local (municipios).
Contratación pública. Se ocupa de la normativa que rige la entrada de nuevo
personal a las labores de la Administración Pública.
6. 1.4. FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
Las fuentes del derecho administrativo son aquellas que enmarcan la aplicación
de las leyes y/o normativas administrativas, y que dan sentido a la implementación
de estos principios de ley.
Se distinguen dos tipos de fuentes del derecho administrativo: las fuentes formales
—es decir, la Constitución, la legislación, la jurisprudencia y los reglamentos— y las
fuentes sustanciales, que son las costumbres, las doctrinas y los hechos sociales.
Las 2 fuentes principales del derecho administrativo
1- Fuentes formales
Son el marco legal que establece los principios de creación, edición o sustracción
de las normativas jurídicas.
La Constitución
La Constitución es la carta magna de un país. Allí se detalla la norma jurídica que
indica cómo debe organizarse el Estado, con base en la libertad política, los
derechos y deberes de los ciudadanos.
La Constitución es de carácter supremo; es decir, no existe nada por encima de
esta.
La legislación
Las leyes son las normas jurídicas redactadas, discutidas y aprobadas por el órgano
legislativo de cada país.
Por ende, la legislación es entendida como una de las más importantes
manifestaciones de la voluntad soberana.
Los reglamentos
Los reglamentos son normativas de un orden inferior a las leyes. En un reglamento
se detallan las reglas o pautas de aplicación de una ley en particular.
La jurisprudencia
La jurisprudencia es el conjunto y la ciencia del derecho, y comprende el histórico
de aplicaciones de ley que viene dado por decisiones, fallos o sentencias dictadas
por los entes competentes en el área judicial.
7. 2- Fuentes sustanciales
Promueven u originan a las fuentes formales del derecho administrativo en el ámbito
social y político. Es decir, dan contexto a la normativa jurídica.
Hechos sociales
También conocidas como fuentes materiales, son aquellos hechos históricos que
originan la generación de una nueva normativa.
Doctrinas
Son hechos reconocidos en un país, y suelen ser aplicadas ante la presencia de
escenarios controversiales o inéditos, en los cuales no es viable la aplicación de la
normativa jurídica base.
Costumbres
Dese el punto de vista legal, las costumbres se entienden como una certeza popular
derivada de la práctica común de un procedimiento.
1.5. RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS JURÍDICAS Y NO
JURÍDICAS.
Derecho Administrativo y Administración
La administración es considerada una ciencia social, y sostiene que ninguna tarea
puede ser eficientemente desarrollada, si no es previamente investigada,
debidamente planeada, si los medios que deben ejecutarla no se han organizado
adecuadamente, y si las actividades y proyectos a ejecutarse no son correctamente
controlados.
Derecho Administrativo y La Historia.
El Derecho Administrativo, no podría haber avanzado a su nivel sin el conocimiento
del pasado y su proyección al futuro.
8. Derecho Administrativo y La Economía
La economía y la Administración pública se vinculan por ser ciencias y los campos
de estudio macro y micro económico, como el presupuesto y la administración fiscal
son temas de interés propio para ambas disciplinas.
Derecho Administrativo y La Educación
Si tenemos en cuenta que la educación es un proceso permanente que tiene por
objeto el pleno desarrollo de la persona humana y que se inspira en los principios
de la democracia social el Derecho Administrativo deberá tener relación con la
educación de los administrados y en la medida que ellos estén mejor educados
mejor será la eficiencia de los administrados y administradores públicos.
Derecho Administrativo y Antropología
La Antropología es la ciencia Social que tiene como objeto de estudio al hombre y
a sus manifestaciones culturales, de manera, que la “administración pública” es
creación humana y los fines de ésta son el logro del bien común y el desarrollo pleno
de las personas humanas.