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Gestión de la Propiedad
Intelectual y Opencourses.
  La cultura de lo Común.


  Programa de Formación To Tic or To Tic
               Mayo 2012
Indice


• Contexto Actual: CEDRO y sus
  denuncias a las Universidades.
• Decálogo de los Derechos de Autor.
• Presentación de la Iniciativa OpenCourse
  Ware - OCW: Licencias Creative
  Commons
• Acceso al OCW site de prueba de la
  Universidad de Alcalá.

                                        2 / 34
Contexto Actual
Contexto Actual


• En estos momentos se vive un pulso entre
  CEDRO y la Universidades españolas.
• ¿Qué es CEDRO?
  – Centro Español de Derechos Reprográficos.
    Asociación que gestiona los derechos de
    propiedad intelectual de los autores y editores.
• ¿Por qué ese pulso?
  – Desde que las fotocopias han dejado de ser
    un “negocio”.

                                               4 / 34
Contexto Actual


• CEDRO, solicitó a las Universidades un
  canon de 5 €/alumno por derechos de
  autor.
• La Universidad de Alcalá entre Estudios
  Oficiales, Postgrado y Estudios Propios
  ronda los 30.000 alumnos
• Canon = 150.000€


                                        5 / 34
Contexto Actual


• CEDRO toma la iniciativa y a primeros de
  Marzo denuncia a la Universidad Carlos III
  por distribuir en su campus virtual
  contenidos de autores y editores, sin
  autorización.
• A primeros de Abril vuelve a denunciar por
  los mismos motivos a la Universidad
  Autónoma de Barcelona.

                                        6 / 34
Contexto Actual

   Fecha: Wed, 21 Mar 2012 12:35:13 +0100




                                            7 / 34
Contexto Actual


• En Abril la CRUE – Conferencia de
  Rectores de las Universidades Españolas
  expresa su malestar por las denuncias
  interpuestas por CEDRO contra las
  Universidades Carlos III de Madrid y
  Autónoma de Barcelona.
• Y ahora que …….. ¿?



                                      8 / 34
Derechos de Autor
Derechos de Autor


• Decálogo del respeto a los derechos de
  autor en la publicación en Internet de
  materiales didácticos.
• Autor: Prof. Dr. Carlos Lema Devesa
  – Catedrático de Derecho Mercantil de la
    Universidad Complutense de Madrid.




                                             10 / 34
Derechos de Autor


• Primera.- Obras Protegidas.
  – Son objeto de propiedad intelectual todas las
    creaciones originales literarias, artísticas o
    científicas expresadas por cualquier medio
    o soporte, tangible o intangible, actualmente
    conocido o que se invente en el futuro.




                                              11 / 34
Derechos de Autor


• Segunda.- Titular Derechos de Autor.
  – La propiedad intelectual de una obra literaria,
    artística o científica corresponde al autor por
    el sólo hecho de su creación.




                                               12 / 34
Derechos de Autor

• Tercera.- Nacimiento de los Derechos
  de Autor.
  – Los derechos de propiedad intelectual se
    adquieren en el momento de la creación.
  – Diferencias con otros derechos de
    exclusividad como las patentes que necesita
    un proceso y registro previo.
  – Existen Registros de la Propiedad Intelectual
    (Ministerio de Cultura y CCAA) donde el
    registro de la obra tiene exclusivamente
    efectos probatorios.
                                             13 / 34
Derechos de Autor

• Cuarta.- Contenidos de los Derechos
  de Autor.
  – La creación, por tanto, otorga al autor de un
    conjunto de derechos que se integran bajo el
    nombre de derechos de autor o derechos de
    la propiedad intelectual.
  – Dos clases de derechos de autor:
    • Derechos de carácter personal
    • Derechos patrimoniales



                                             14 / 34
Derechos de Autor

• Quinta.- Derechos de carácter personal. (I)
  – Conocido como derecho moral de autor, dispone
    de las siguientes facultades:
    1. Decidir si la obra ha de ser divulgada y en que forma.
    2. Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su
       nombre, bajo seudónimo o anónimamente.
    3. Exigir el reconocimiento de su condición de autor de
       la obra
    4. Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir
       cualquier deformación, modificación y alteración.



                                                     15 / 34
Derechos de Autor

• Quinta.- Derechos de carácter personal. (II)
    1. Modificar la obra respectando los derechos
       adquiridos por terceros.
    2. Retirar la obra del comercio, por cambio de sus
       convicciones intelectuales o morales, previa
       indemnización de daños y perjuicios a los titulares de
       los derechos de explotación
    3. Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando
       se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho
       de divulgación o cualquier otro que le corresponda.




                                                        16 / 34
Derechos de Autor

• Sexta.- Derechos patrimoniales (I).
  – Los derechos de autor integra los derechos
    morales junto con una serie de derechos de
    carácter patrimonial.
  – Se suele hablar de derechos de explotación y
    son los siguientes:
    •   El derecho de reproducción. (parcial o total)
    •   El derecho de distribución. (a disposición del público)
    •   El derecho de comunicación pública. (acceso obra)
    •   El derecho de transformación. (modificación = otra
        obra)

                                                         17 / 34
Derechos de Autor

• Sexta.- Derechos patrimoniales (II).
  – Corresponden en exclusividad al autor y no
    pueden ser llevadas a cabo sin su
    consentimiento.
  – Este derecho de exclusividad es durante toda la
    vida del autor y setenta años después de su
    muerte.
  – Diferencia frente a los de carácter personal es
    que los derechos patrimoniales son
    transmisibles.

                                              18 / 34
Derechos de Autor

• Séptima.- Reproducción de obras en
  materiales docentes.
  – La utilización como material docente de obras
    originales protegidas por el derecho de autor
    exige el previo consentimiento del titular de los
    derechos de explotación.
  – El titular de los derechos de explotación puede
    ser el autor o un tercero a quién el autor se los
    haya transmitido.


                                                 19 / 34
Derechos de Autor

• Octava.- Derecho de cita.
  – El derecho de exclusividad del autor sobre su
    obra encuentra un límite en el derecho de cita.
  – Es lícito la inclusión en una obra propia de
    fragmentos de otras ajenas, siempre que se trate
    de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a
    título de cita o para su análisis, comentario o
    juicio crítico.
  – Sólo podrá realizarse con fines docentes o de
    investigación e indicando la fuente y el nombre
    del autor. NO es necesario el consentimiento.
                                               20 / 34
Derechos de Autor

• Novena.- Condiciones del derecho de cita.
  – Para resultar lícita la cita se deben cumplir las
    siguientes condiciones:
     a) Obras ya divulgadas.
     b) Siempre sobre fragmentos de la obra ajena.
     c) Para el análisis, comentario o juicio crítico del texto
        citado con fines docente e investigadores.
     d) El alcance de la cita debe ser proporcional con el fin
        que la justifica.
     e) Acompañada de la fuente y del nombre del autor de
        la obra citada.

                                                        21 / 34
Derechos de Autor

• Décima.- Obras de dominio público.
  – Las obras son de dominio público por haber
    expirado el plazo (vida del autor + setenta años)
  – Estas obras pueden ser libremente utilizadas en
    el material docente.




                                                22 / 34
Iniciativa OpenCourseWare
OpenCourseWare


• OpenCourseWare es una iniciativa
  editorial electrónica a gran escala, puesta
  en marcha en Abril del 2001 por el
  Instituto Tecnológico de Massachusetts
  (MIT) en colaboración con la Fundación
  William and Flora Hewlett y la Fundación
  Andrew W. Mellon.
• La Universidad de Alcalá forma parte de
  esta iniciativa desde este año.
                                         24 / 34
OpenCourseWare


• Forma parte de un movimiento global que
  promueve el acceso al conocimiento de
  forma libre y sin restricciones.
• A través de los OCW site, los profesores
  de enseñanza superior ofrecen en abierto
  los materiales docentes que utilizan
  habitualmente en sus enseñanzas



                                       25 / 34
OpenCourseWare


• Su objetivo fundamental es promover y
  desarrollar la educación compartiendo los
  recursos docentes con:
  – Otros educadores que los pueden reutilizar
    para sus enseñanzas.
  – Estudiantes, graduados y en general
    cualquier persona que los pueden usar para
    mejorar su conocimiento personal.



                                           26 / 34
OpenCourseWare


• OCW site, es un espacio web que
  contiene materiales docentes creados por
  profesores.
• El profesor debe garantizar que el material
  que publica en el OCW site es original o
  tiene los derechos.
• Los OCW site NO ofrecen a los usuarios
  un servicio de Educación a Distancia

                                         27 / 34
OpenCourseWare


• OCW site, es un espacio web que
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  que publica en el OCW site es original o
  tiene los derechos.
• Los OCW site NO ofrecen a los usuarios
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                                         28 / 34
OpenCourseWare


• A día de hoy en la Universidad de Alcalá
  se está trabajando en el desarrollo del
  OCW site.
• En próximos meses se informará a los
  profesores para quien quiera colaborar lo
  pueda hacer.




                                        29 / 34
Licencia Creative Commons
Creative Commons

• Publicar contenidos docentes en abierto no
  supone el ceder los derechos.
• Más bien, el concepto de “compartir
  libremente” significa ceder los materiales
  bajo un conjunto de condiciones que
  permite a los usuarios su utilización,
  adaptación o redistribución.
• En concreto, la iniciativa OCW se acoge a la
  licencia “Creative Commons” que conlleva
  los siguientes derechos y deberes:
                                        31 / 34
Creative Commons

1. Cede a los usuarios el derecho de usar y
   distribuir los materiales tal como están o de
   forma adaptada.
2. Permite a los usuarios crear trabajos
   derivados mediante su:
  – Edición
  – Traducción
  – Añadiéndolos, combinándolos o
    incorporándolos a otros materiales de otros
    autores
                                            32 / 34
Creative Commons

• Pero también obliga a los usuarios a
  respetar ciertos requisitos en su utilización:
  – Restringe a propósitos educativos.
  – Exige que los materiales utilizados sean
    atribuidos a la Institución y a los autores.
  – Requiere que si el original o los materiales
    derivados son de nuevo publicados o
    distribuidos, éstos sean ofrecidos libremente a
    otros usuarios bajo idénticas condiciones de
    licencia de uso.

                                               33 / 34
Gestión de la Propiedad
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  • 1. Gestión de la Propiedad Intelectual y Opencourses. La cultura de lo Común. Programa de Formación To Tic or To Tic Mayo 2012
  • 2. Indice • Contexto Actual: CEDRO y sus denuncias a las Universidades. • Decálogo de los Derechos de Autor. • Presentación de la Iniciativa OpenCourse Ware - OCW: Licencias Creative Commons • Acceso al OCW site de prueba de la Universidad de Alcalá. 2 / 34
  • 4. Contexto Actual • En estos momentos se vive un pulso entre CEDRO y la Universidades españolas. • ¿Qué es CEDRO? – Centro Español de Derechos Reprográficos. Asociación que gestiona los derechos de propiedad intelectual de los autores y editores. • ¿Por qué ese pulso? – Desde que las fotocopias han dejado de ser un “negocio”. 4 / 34
  • 5. Contexto Actual • CEDRO, solicitó a las Universidades un canon de 5 €/alumno por derechos de autor. • La Universidad de Alcalá entre Estudios Oficiales, Postgrado y Estudios Propios ronda los 30.000 alumnos • Canon = 150.000€ 5 / 34
  • 6. Contexto Actual • CEDRO toma la iniciativa y a primeros de Marzo denuncia a la Universidad Carlos III por distribuir en su campus virtual contenidos de autores y editores, sin autorización. • A primeros de Abril vuelve a denunciar por los mismos motivos a la Universidad Autónoma de Barcelona. 6 / 34
  • 7. Contexto Actual Fecha: Wed, 21 Mar 2012 12:35:13 +0100 7 / 34
  • 8. Contexto Actual • En Abril la CRUE – Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas expresa su malestar por las denuncias interpuestas por CEDRO contra las Universidades Carlos III de Madrid y Autónoma de Barcelona. • Y ahora que …….. ¿? 8 / 34
  • 10. Derechos de Autor • Decálogo del respeto a los derechos de autor en la publicación en Internet de materiales didácticos. • Autor: Prof. Dr. Carlos Lema Devesa – Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid. 10 / 34
  • 11. Derechos de Autor • Primera.- Obras Protegidas. – Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. 11 / 34
  • 12. Derechos de Autor • Segunda.- Titular Derechos de Autor. – La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el sólo hecho de su creación. 12 / 34
  • 13. Derechos de Autor • Tercera.- Nacimiento de los Derechos de Autor. – Los derechos de propiedad intelectual se adquieren en el momento de la creación. – Diferencias con otros derechos de exclusividad como las patentes que necesita un proceso y registro previo. – Existen Registros de la Propiedad Intelectual (Ministerio de Cultura y CCAA) donde el registro de la obra tiene exclusivamente efectos probatorios. 13 / 34
  • 14. Derechos de Autor • Cuarta.- Contenidos de los Derechos de Autor. – La creación, por tanto, otorga al autor de un conjunto de derechos que se integran bajo el nombre de derechos de autor o derechos de la propiedad intelectual. – Dos clases de derechos de autor: • Derechos de carácter personal • Derechos patrimoniales 14 / 34
  • 15. Derechos de Autor • Quinta.- Derechos de carácter personal. (I) – Conocido como derecho moral de autor, dispone de las siguientes facultades: 1. Decidir si la obra ha de ser divulgada y en que forma. 2. Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o anónimamente. 3. Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra 4. Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación y alteración. 15 / 34
  • 16. Derechos de Autor • Quinta.- Derechos de carácter personal. (II) 1. Modificar la obra respectando los derechos adquiridos por terceros. 2. Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de los derechos de explotación 3. Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda. 16 / 34
  • 17. Derechos de Autor • Sexta.- Derechos patrimoniales (I). – Los derechos de autor integra los derechos morales junto con una serie de derechos de carácter patrimonial. – Se suele hablar de derechos de explotación y son los siguientes: • El derecho de reproducción. (parcial o total) • El derecho de distribución. (a disposición del público) • El derecho de comunicación pública. (acceso obra) • El derecho de transformación. (modificación = otra obra) 17 / 34
  • 18. Derechos de Autor • Sexta.- Derechos patrimoniales (II). – Corresponden en exclusividad al autor y no pueden ser llevadas a cabo sin su consentimiento. – Este derecho de exclusividad es durante toda la vida del autor y setenta años después de su muerte. – Diferencia frente a los de carácter personal es que los derechos patrimoniales son transmisibles. 18 / 34
  • 19. Derechos de Autor • Séptima.- Reproducción de obras en materiales docentes. – La utilización como material docente de obras originales protegidas por el derecho de autor exige el previo consentimiento del titular de los derechos de explotación. – El titular de los derechos de explotación puede ser el autor o un tercero a quién el autor se los haya transmitido. 19 / 34
  • 20. Derechos de Autor • Octava.- Derecho de cita. – El derecho de exclusividad del autor sobre su obra encuentra un límite en el derecho de cita. – Es lícito la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. – Sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación e indicando la fuente y el nombre del autor. NO es necesario el consentimiento. 20 / 34
  • 21. Derechos de Autor • Novena.- Condiciones del derecho de cita. – Para resultar lícita la cita se deben cumplir las siguientes condiciones: a) Obras ya divulgadas. b) Siempre sobre fragmentos de la obra ajena. c) Para el análisis, comentario o juicio crítico del texto citado con fines docente e investigadores. d) El alcance de la cita debe ser proporcional con el fin que la justifica. e) Acompañada de la fuente y del nombre del autor de la obra citada. 21 / 34
  • 22. Derechos de Autor • Décima.- Obras de dominio público. – Las obras son de dominio público por haber expirado el plazo (vida del autor + setenta años) – Estas obras pueden ser libremente utilizadas en el material docente. 22 / 34
  • 24. OpenCourseWare • OpenCourseWare es una iniciativa editorial electrónica a gran escala, puesta en marcha en Abril del 2001 por el Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT) en colaboración con la Fundación William and Flora Hewlett y la Fundación Andrew W. Mellon. • La Universidad de Alcalá forma parte de esta iniciativa desde este año. 24 / 34
  • 25. OpenCourseWare • Forma parte de un movimiento global que promueve el acceso al conocimiento de forma libre y sin restricciones. • A través de los OCW site, los profesores de enseñanza superior ofrecen en abierto los materiales docentes que utilizan habitualmente en sus enseñanzas 25 / 34
  • 26. OpenCourseWare • Su objetivo fundamental es promover y desarrollar la educación compartiendo los recursos docentes con: – Otros educadores que los pueden reutilizar para sus enseñanzas. – Estudiantes, graduados y en general cualquier persona que los pueden usar para mejorar su conocimiento personal. 26 / 34
  • 27. OpenCourseWare • OCW site, es un espacio web que contiene materiales docentes creados por profesores. • El profesor debe garantizar que el material que publica en el OCW site es original o tiene los derechos. • Los OCW site NO ofrecen a los usuarios un servicio de Educación a Distancia 27 / 34
  • 28. OpenCourseWare • OCW site, es un espacio web que contiene materiales docentes creados por profesores. • El profesor debe garantizar que el material que publica en el OCW site es original o tiene los derechos. • Los OCW site NO ofrecen a los usuarios un servicio de Educación a Distancia 28 / 34
  • 29. OpenCourseWare • A día de hoy en la Universidad de Alcalá se está trabajando en el desarrollo del OCW site. • En próximos meses se informará a los profesores para quien quiera colaborar lo pueda hacer. 29 / 34
  • 31. Creative Commons • Publicar contenidos docentes en abierto no supone el ceder los derechos. • Más bien, el concepto de “compartir libremente” significa ceder los materiales bajo un conjunto de condiciones que permite a los usuarios su utilización, adaptación o redistribución. • En concreto, la iniciativa OCW se acoge a la licencia “Creative Commons” que conlleva los siguientes derechos y deberes: 31 / 34
  • 32. Creative Commons 1. Cede a los usuarios el derecho de usar y distribuir los materiales tal como están o de forma adaptada. 2. Permite a los usuarios crear trabajos derivados mediante su: – Edición – Traducción – Añadiéndolos, combinándolos o incorporándolos a otros materiales de otros autores 32 / 34
  • 33. Creative Commons • Pero también obliga a los usuarios a respetar ciertos requisitos en su utilización: – Restringe a propósitos educativos. – Exige que los materiales utilizados sean atribuidos a la Institución y a los autores. – Requiere que si el original o los materiales derivados son de nuevo publicados o distribuidos, éstos sean ofrecidos libremente a otros usuarios bajo idénticas condiciones de licencia de uso. 33 / 34
  • 34. Gestión de la Propiedad Intelectual y Opencourses. La cultura de lo Común. Programa de Formación To Tic or To Tic Mayo 2012