PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
1. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL
DE COVID-19 EN EL TRABAJO
I. DATOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA.
RAZON SOCIAL : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
R.U.C. : 20171329206.
DIRECCIÓN : Plaza de Armas S/N.
REGIÓN : Junín.
PROVINCIA : Junín.
DISTRITO : Ulcumayo.
II. DATOS DEL LUGAR DE TRABAJO.
El Distrito de Ulcumayo es uno de los cuatro que conforman la Provincia de Junín,
ubicada en el Departamento de Junín, bajo la administración del Gobierno regional de
Junín, en la zona central del Perú.
III. DATOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS
TRABAJADORES.
………(consultar con el puesto de salud si algún médico puede colaborar) nombre del
puesto de salud, nombre del médico, colegiatura, dirección del puesto de
salud……………………………………………………………………………………
……….
IV. INTRODUCCIÓN.
El COVID-19 es un nuevo tipo de coronavirus que afecta a los humanos; reportado por
primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China.
La epidemia de COVID-19 se extendió rápidamente, siendo declarada una pandemia
por la Organización Mundial de la Salud el 1 de marzo del 2020. Para el día 6 de marzo
del 2020 se reportó el primer caso de infección por coronavirus en el Perú. Ante este
panorama, se tomaron medidas como la vigilancia epidemiológica que abarca desde la
búsqueda de casos sospechosos por contacto, hasta el aislamiento domiciliario de los
casos confirmados y procedimientos de laboratorio (serológicos y moleculares) para el
diagnóstico de casos COVID-19, manejo clínico de casos positivos y su comunicación
para investigación epidemiológica y medidas básicas de prevención y control del
contagio en centros hospitalarios y no hospitalarios.
La exposición al virus SARS-CoV2 que produce la enfermedad COVI D-19, representa
un riesgo biológico por su comportamiento epidémico y alta transmisibilidad. Siendo
que los centros laborales constituyen espacios de exposición y contagio, se deben
considerar medidas para su vigilancia, prevención y control.
2. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
Con fecha 06 de mayo del 2020, en la página de Facebook de la Dirección Regional de
Salud de Junín se ha reportado que en la provincia de Junín existen 31 casos positivos
de Covid-19.
En este marco, resulta conveniente establecer lineamientos para la vigilancia de salud
de los servidores de la Municipalidad Distrital de Ulcumayo, estableciéndose criterios
a cumplir durante el período de emergencia sanitaria y posterior al mismo.
V. OBJETIVOS.
5.1. Establecer reglas para la vigilancia, prevención y control de la salud de los
trabajadores de la Municipalidad Distrital de Ulcumayo que realizan actividades
durante la pandemia COVID-19.
5.2. Establecer reglas para el regreso y reincorporación al trabajo después de
levantado el estado de emergencia declarado por D.S. Nº 044-2020-PCM y
prorrogado por el D.S. Nº 075-2020-PCM.
5.2.3. Garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control
adoptadas para evitar la transmisibilidad de Sars-Cov-2 (COVID-19).
VI. NÓMINA DE TRABAJADORES Y SERVIDORES POR RIESGO DE
EXPOSICIÓN A COVID-19.
ING. DAVID VARGAS ARIAS 40218662 ALCALDE 993127804
WILSON PELE VICUÑA ARZAPALO 20898868 1ºREGIDOR 972879643
AMADOR HUAMALI PAUCAR 20898138 2º REGIDOR 916650215
MERINA MELITINA VICUÑA ROJAS 9735594 3º REGIDOR 917411381
NILDA CANDY MACHACUAY SALCEDO 61998456 4º REGIDOR 965331388- 064813855
ADRIAN SALCEDO PONCE 20895825 5º REGIDOR 997244888
EDGAR SINCHE VASQUEZ 4087013 GERENTE MUNCIPAL 976633852
ELI JESUS ULLOA TRUJILLO GERENTE DE OBRAS 966255527
RENEE TERRAZOS BUSTAMANTE 20900104 SGAT Y PVL 939332007
DAVID ROMAN HUARANGA ALMACEN 931412650
ALDAIR YACHAS ROJAS 70760836 TESORERO 999543649
GULIVER LOPEZ CALLUPE 41168866 REG.CIVIL 941371487
JAVIER CORONEL ZACARIAS ASIT.OBRAS 969916999- 954432211
HECTOR CHUCO LEON 46209728 RR.PP. 988477571
JUAN CARLOS VEGA PAUCAR ATM 953392824-927319265
JENIFER J. QUISPE YALII 73690566 SECRET.GM 929250586
SILVIA CONDOR QUIQUIA 72288012 SECRETARIA 918481161
BRAYAN HUARANGA PAUCAR 70127387 ASIS. SISFOH 918232370
SONIA SAEZ PORRAS 46488316 OMAPED DEMUNA 956063400
MIGUEL A.VICUÑA VENTOCILLA 40401090 ALMACEN 918550447
SUMILDA ELI LOZANO LAZO 70200364 MEDIO.A 900807467
NORA GAMARRA GALVES 73659856 ASIT.TESORERIA 910434046
EDITH PORRAS ESTRELLA 40696589 CMAN 988455973
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YOEL LUIS QUIQUIA JARAMILLO 46808202 CONDUCTOR 957194388-975098039
VICTOR ESTRELLA VOLQUETE 951209684
FERNANDO CHUCO URETA GASFITERO
SELVINO HUAMAN COLACHAGUA OPERADOR MOTONIV 928489916
CIRO GOZAR MACHACUAY CARGADOR FRONTAL 927487189
XAVIER SLIVER TACUMAN
MACHACUAY
74020639
ASISTENTE DE
ABASTECIMIENTO 981817519
EDSON ZEVALLOS RICRA 42911352 DEFENSA CIVIL 963733641
EVER JHON VICTORIO GUADALUPE 43306667 ABASTECIMIENTO 951853685
JAVIER SOLIS QUIQUIA 43518601 ASISTENTE DE ALMACEN 987919890
CHRISTIAN VICUÑA VASQUEZ ASISTENTE DE OBRAS 925385624
RUTH LILIANA CAMPOSANO BRICEÑO 74635767 ARCHIVO GANERAL 922727118
YESICA TRUJILLO GOMES 42702438 CONTADORA 945837505
YUDITH URETA GAMARRA 73338530 PRACTICANTE 928642051
ABRAHAN OMAR VILCHEZ FERREYRA ASESOR EXTERNO 942662478
ING. FERNANDO BASILIO RESIDENTE DE OBRA 988765892
NILDA MACHACUAY SOTO MECANICA 972357595
YOSMEL SALCEDO
AYUDANTE DE
MAQUINARIAS 921211449
WILMER
VIGILANCIA PLAZA DE
TOROS 921690085
MAXIMO ECHENIQUE
VIGILANCIA DE LA
MUNICIPALIDAD 929590917
VII. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19.
1.LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO
1.1. Las reglas de este apartado buscan asegurar superficies libres de
COVID-19, por lo que el proceso de limpieza y desinfección aplica a ambientes,
mobiliario, herramientas, equipos, útiles de escritorio y vehículos, con la
metodología y los procedimientos adecuados.
1.2. Se deberá verificar el cumplimiento de las reglas de este apartado previo
al inicio de las labores diarias.
1.3. La limpieza de ambientes, mobiliario, equipos y útiles de escritorio se
efectuará diariamente, utilizando las reglas establecidas en la GUÍA PARA LA
LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE MANOS Y SUPERFICIES, aprobada por
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2020-INACAL/DN, publicada el 06 de
abril del 2020 en “El Peruano”. En consecuencia:
1.3.1. Diariamente el personal de limpieza dotado de guantes y botas de
jebe procederá a eliminar la suciedad e impurezas de las
superficies utilizando agua y jabón o detergente.
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1.3.2. Seguidamente por medio de agentes químicos, reducirá los
microorganismos que pudieran estar presentes en las superficies.
Para ello, el personal de limpieza deberá medir 20 mililitros de
lejía al 5 % y diluirla en un litro de agua, en caso de necesitar
mayor o menor cantidad de líquido, siempre deberá ajustarse a
las proporciones indicadas.
Deberá hacer la dilución en un lugar ventilado y tomar la
precaución de no inhalar la solución, siguiendo las instrucciones
del fabricante para la aplicación.
1.4. La limpieza de las herramientas y vehículos, es obligación del personal
al que se le ha encargado su cuidado. Deberá ser realizarla después de haber
utilizado la herramienta o el vehículo, procediendo a eliminar la suciedad e
impurezas de las superficies utilizando agua y jabón o detergente.
Seguidamente por medio de agentes químicos, reducirá los microorganismos
que pudieran estar presentes en las superficies.
Para ello, el personal de limpieza deberá medir 20 mililitros de lejía al 5 % y
diluirla en un litro de agua, en caso de necesitar mayor o menor cantidad de
líquido, siempre deberá ajustarse a las proporciones indicadas.
Deberá hacer la dilución en un lugar ventilado y tomar la precaución de no
inhalar la solución, siguiendo las instrucciones del fabricante para la aplicación.
1.5. El Encargado del Área de Abastecimientos hará conocer las reglas de
LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO, al personal
encargado de su cumplimiento, así como garantizará la disponibilidad de las
sustancias a emplear en la limpieza y desinfección.
2. EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL TRABAJADOR
PREVIO Al REGRESO O REINCORPORACIÓN Al CENTRO DE
TRABAJO
El profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá
gestionar o ejecutar para todos los trabajadores los siguientes pasos:
2.1. Aplicar a cada trabajador y servidor, de manera previa al regreso o
reincorporación, la Ficha de sintomatología COVID-19, que forma parte de los
LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL
DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN
A COVID-19 (Anexo 2), aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-
SA. La indicada ficha debe ser llenada y respondida en su totalidad por el
trabajador.
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2.2. Aplicar pruebas serológicas o moleculares para COVID-19, según
normas del Ministerio de Salud, a todos los trabajadores que regresan o se
reincorporan a puestos de trabajo con Muy Alto Riesgo, Alto Riesgo y Mediano
Riesgo, mismas que están a cargo del empleador. Para puestos de trabajo de
Bajo Riesgo la aplicación de pruebas serológicas o moleculares para COVID-
19 es potestativa, según lo indique el profesional de salud del Servicio de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. IDENTIFICACIÓN DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19 PREVIO AL
INGRESO AL CENTRO DE TRABAJO
El profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá
gestionar o ejecutar directamente, o a través de la encargada de personal, para
todos los trabajadores los siguientes pasos:
3.1. Diariamente, controlar la temperatura corporal antes de que el
trabajador, servidor o administrado ingrese al centro de trabajo. En caso que la
temperatura del trabajador, servidor o administrado sea superior a 37 grados
centígrados, no podrá ingresar al centro de trabajo.
3.2. La aplicación de las pruebas para COVID-19, después del regreso o
reincorporación al trabajo, será necesaria si es que un trabajador presenta
síntomas notorios de la enfermedad, no pudiendo ingresar al centro de labores a
menos que la prueba aplicada indique que el trabajador no está contagiado.
3.3. De identificarse un caso sospechoso en trabajadores de puestos de
trabajo de bajo riesgo, se procederá con las siguientes medidas:
3.3.1. Aplicación de la Ficha epidemiológica COVID-19 establecida
por el MINSA.
3.3.2. Aplicación de Prueba Serológica o Molecular COVID-19, según
normas del Ministerio de Salud, al caso sospechoso.
3.3.3. Identificación de contactos en domicilio.
3.3.4. Comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción para el
seguimiento de casos correspondiente.
Para las acciones específicas tomar en cuenta lo establecido en la Resolución
Ministerial Nº 193-2020/MINSA, "Aprueban el Documento Técnico:
Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19
en el Perú".
Se debe realizar seguimiento clínico a distancia diario al trabajador identificado
como caso sospechoso, según corresponda. Dicho seguimiento será realizado
por el personal de la salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en
coordinación con el área competente de las DIRIS/DISA/DIRESA/GERESA,
según corresponda. El primer día de seguimiento se realiza a través de una visita
6. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
domiciliaria y los días siguientes (hasta completar los 14 días) podrá ser
realizado mediante llamadas telefónicas.
Los trabajadores identificados como caso sospechoso y se confirma el
diagnóstico de COVID-19, luego de cumplir los 14 días calendario de
aislamiento y antes del regreso al trabajo, deberán volver a someterse a las reglas
revistas en el apartado EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL
TRABAJADOR PREVIO Al REGRESO O REINCORPORACIÓN AL
CENTRO DE TRABAJO, de este plan.
4. LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO.
4.1. Antes del ingreso o reingreso al local de la municipalidad, los
trabajadores, servidores y administrados deberán lavarse las manos de acuerdo
a las reglas establecidas en la GUÍA PARA LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
DE MANOS Y SUPERFICIES, aprobada por RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 003-2020-INACAL/DN, publicada el 06 de abril del 2020 en “El Peruano”.
En consecuencia deberán lavarse las manos con agua y jabón por al menos 20
segundos, en el lavamanos instalado frente a la municipalidad.
4.2. Dentro del local de la municipalidad existen servicios higiénicos que
estarán dotados de jabón, el encargado de abastecimientos es responsable de que
ese insumo nunca falte en los servicios higiénicos ni en el lavamanos instalado
frente a la municipalidad. También debe supervisar que los servicios higiénicos
siempre cuenten con papel toalla.
4.3. Los trabajadores, servidores y administrados que permanezcan en el
local de la municipalidad deberán lavarse las manos frecuentemente con agua y
jabón por al menos 20 segundos, especialmente antes de ingerir algún alimento,
después de sonarse la nariz, toser o estornudar o haber utilizado los servicios
higiénicos.
4.4. Los trabajadores, servidores y administrados que permanezcan en el
local de la municipalidad deberán evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca con
las manos sin lavar.
4.5. En la parte superior de cada punto de lavado o desinfección deberá
indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de lavado
correcto para la higiene de manos.
5. SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL
CENTRO DE TRABAJO
Para asegurar ambientes saludables frente al COVID-19, el profesional de salud
del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, directamente o a través de la
encargada de personal, asegura las siguientes actividades para la sensibilización
a los trabajadores:
7. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
5.1. Exponer información sobre coronavirus y medios de protección laboral
en las actividades de capacitación, como también en carteles en lugares visibles
y medios existentes.
5.2. Exponer la importancia del lavado de manos, toser o estornudar
cubriéndose la boca con la flexura del codo, no tocarse el rostro.
5.3. El uso de mascarillas es obligatorio durante la jornada laboral, el tipo de
mascarilla o protector respiratorio es de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de
trabajo.
5.4. Sensibilizar en la importancia de reportar tempranamente la presencia de
sintomatología COVID-19.
5.5. Facilitar medios para responder las inquietudes de los trabajadores
respecto a COVID-19.
5.6. Educar permanentemente en medidas preventivas, para evitar el contagio
por COVID-19 dentro del centro de trabajo, en la comunidad y en el hogar.
5.7. Educar sobre la importancia de prevenir diferentes formas de
estigmatización.
6. MEDIDAS PREVENTIVAS COLECTIVAS
6.1. Los encargados de cada oficina tienen la obligación de:
6.1.1. Mantener los ambientes a su cargo adecuadamente ventilados.
6.1.2. Distanciamiento social de dos metros entre trabajadores, además
del uso permanente de mascarilla quirúrgica o comunitaria según
corresponda.
6.2. Los trabajadores y servidores de la municipalidad tienen la obligación
de:
6.2.1. Evitar las reuniones de trabajo en las que participen más de dos
personas. Las reuniones, capacitaciones y sesiones de concejo
que se realicen serán efectuadas en el auditorio de la
municipalidad, debiendo mantener los asistentes un
distanciamiento de un metro como mínimo, sin embargo, estas
reuniones son excepcionales.
6.2.2. Exigir que los administrados que deseen ser atendidos mantengan
una distancia de por lo menos un metro de ellos, salvo cuando
8. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
entreguen algún documento, luego de lo cual deberán otra vez
mantener su distancia. Los administrados deben recomendados
por el personal que cuida la entrada de esta regla, al ingreso al
local de la municipalidad.
6.3. Los trabajadores, servidores y administrados tienen la obligación de:
6.3.1. Limpiar y desinfectar la planta de sus calzados antes de ingresar
a áreas del local municipal, en el lugar que la municipalidad
habilitará en la puerta de ingreso a la municipalidad.
6.3.2. Evitar aglomeraciones durante el ingreso y la salida del centro de
trabajo.
6.3.3. Proponer y generar mecanismos para prevenir el contagio.
6.4. El encargado de vigilar la puerta de la municipalidad tiene la obligación
de:
6.4.1. Tomar la temperatura a cada administrado que desee ingresar a
la municipalidad. En caso la temperatura del administrado sea
superior a 37 grados centígrados, se le informará que no puede
ingresar.
6.4.2. No dejar pasar a más de un administrado a cada oficina; sólo
después de que el administrado que ha ingresado ha sido atendido
y salido del local municipal, puede dejar pasar al siguiente
administrado.
Para que cumpla adecuadamente la obligación indicada, el
encargado del área de abastecimientos le proporcionará un
cuaderno en el que el vigilante deberá anotar en diferentes
páginas las oficinas de atención de la municipalidad, cada vez
que un administrado ingrese a una oficina deberá anotarlo en el
cuaderno y cuando el administrado salga deberá anotar también
la salida, para de esa manera saber qué oficina está libre para
atender al público.
6.5. Los administrados que deseen ingresar al local de la municipalidad para
ser atendidos, tienen la obligación de esperar fuera del local municipal,
guardando una distancia mínima de dos metros de los demás administrados que
esperen su turno, lavarse las manos antes de su ingreso e ingresar cuando lo
autorice el vigilante.
6.6. El encargado del área de abastecimientos tiene la obligación de
establecer puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal
9. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
usados, usados, material descartable posiblemente contaminado (guantes,
mascarillas u otros), para el manejo adecuado como material contaminado.
7. MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
La municipalidad, a través del área de abastecimientos, asegura la disponibilidad
de mascarillas quirúrgicas e implementa las medidas para su uso correcto y
obligatorio, en coordinación con el encargado de personal.
8. VIGILANCIA PERMANENTE DE COMORBILIDADES
RELACIONADAS AL TRABAJO EN EL CONTEXTO COVID-19.
8.1. La vigilancia de la salud de los trabajadores, es una práctica necesaria
ante el riesgo de exposición al COVID-19 y debe realizarse de forma
permanente durante el tiempo que establezca el Ministerio de Salud.
8.2. Como actividad de vigilancia, se controlará la temperatura corporal de
cada trabajador, al momento de ingresar al centro de trabajo y al finalizar la
jornada laboral.
8.3. El encargado de personal es responsable de que se realice, la toma y
registro de la temperatura de cada trabajador.
8.4. Se indicará la evaluación médica de síntomas COVID-19, a todo
trabajador que presente temperatura mayor a 38 grados centígrados.
8.5. A todo trabajador con fiebre superior a los 38 grados centígrados y
evidencia de signos o sintomatología COVID-19, que sea identificado por el
encargado de personal, se considerará como caso sospechoso, y se le realizará:
8.5.1. Aplicación de la Ficha epidemiológica COVID-19 establecida
por MINSA.
8.5.2. Aplicación de Pruebas serológica o molecular COVID-19, según
las normas del Ministerio de Salud, al caso sospechoso.
8.5.3. Identificación de contactos en el centro de trabajo, que cumplan
criterios establecidos en normativa MINSA.
8.5.4. Toma de Pruebas serológica o molecular COVID-19 a los
contactos del centro de trabajo a cargo del empleador.
8.5.5. Identificación de contactos en domicilio.
8.5.6. Comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción para el
seguimiento de casos correspondiente.
10. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
8.6. La vigilancia a la exposición a otros factores de riesgo, de tipo
ergonómicos (jornadas de trabajo, posturas prolongadas, movimientos
repetitivos y otros), psicosocial (condiciones de empleo, carga mental, carga de
trabajo, doble presencia y otros), u otros, que se generen como consecuencia de
trabajar en el contexto de la Pandemia COVID-19. De ser necesario se
establecen las medidas preventivas y correctivas que correspondan, según lo
determine el encargado de personal.
8.7. Cuando el trabajador se sienta estresado, con la finalidad de conservar
un adecuado clima laboral, podrá pedir permiso al encargado de personal para
descansar por veinte minutos, durante los cuales podrá incluso salir del centro
de trabajo.
8.8. Los trabajadores que tengan alguna discapacidad y sientan que requieran
de alguna medida adicional para su seguridad, deben comunicarlo al encargado
de personal para que tome las medidas del caso.
8.9. En caso de presentarse un brote en el centro de trabajo, la autoridad
sanitaria correspondiente comunica de forma inmediata a la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL a efecto de cumplir con lo
dispuesto en el artículo 15 de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección de
Trabajo y sus modificatorias, sobre el cierre o paralización inmediata de labores.
VIII. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS PARA EL REGRESO Y
REINCORPORACIÓN AL TRABAJO.
1. PROCESO PARA EL REGRESO AL TRABAJO
Los trabajadores y servidores que estuvieron en cuarentena y no presentaron, ni
presentan, sintomatología COVID-19, ni fueron caso sospechoso o positivo de
COVID-19; y que dejaron de asistir a su centro de labores debido a medidas de
restricción emitidas por el Gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por
COVID-19, deberán sujetarse a las reglas contenidas en el presente PLAN
PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN
EL TRABAJO.
2. PROCESO PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO.
Los trabajadores que cuentan con alta epidemiológica COVID-19. En casos
leves, se reincorpora 14 días calendario después de haber iniciado el aislamiento
domiciliario. En casos moderados o severos, 14 días calendario después de la
alta clínica. Este periodo podría varias según las evidencias que se tenga
disponible.
11. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
El encargado de personal, debe contar con los datos de los trabajadores con estas
características, con el fin de realizar el seguimiento clínico. Dicho seguimiento
será realizado por el personal de la salud del Servicio de Seguridad y Salud en
el Trabajo, en coordinación con el área competente de las
DIRIS/DISA/DIRESA/GERESA, según corresponda. El primer día de
seguimiento se realiza a través de una visita domiciliaria y los días siguientes
(hasta completar los 14 días) podrá ser realizado mediante llamadas telefónicas.
El personal que se reincorpora al trabajo, debe evaluarse para ver la posibilidad
de realizar trabajo remoto como primera opción. De ser necesaria la prestación
de servicios de manera presencial, debe usar mascarilla o el equipo de protección
respiratoria según su puesto de trabajo, durante su jornada laboral, además
recibe monitoreo de sintomatología COVID-19 por 14 días calendario y se le
ubica en un lugar de trabajo no hacinado.
3. REVISIÓN Y REFORZAMIENTO A TRABAJADORES EN
PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO CON RIESGO CRÍTICO EN PUESTOS
DE TRABAJO
No corresponde debido a que no existen trabajadores con ese nivel de riesgo en
la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO.
4. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO
DE TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19.
Son trabajadores que presentan factores de riesgo para COVID -19 los
siguientes:
• Edad mayor de 40 años.
• Hipertensión arterial.
• Enfermedades cardiovasculares.
• Cáncer.
• Diabetes Mellitus.
• Asma.
• Enfermedad pulmonar crónica.
• Insuficiencia renal crónica.
• Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
• Obesidad con IMC de 40 a más.
4.1. Para los trabajadores, contemplados en el listado anterior, y aquellos que
establezca el encargado de personal, mantendrán la cuarentena domiciliaria
según lo establezca la normatividad correspondiente.
4.2. Cuando corresponda, un profesional de la salud del Hospital de Apoyo Junín
determinará el seguimiento clínico que corresponda, correspondiéndole además
a éste determinar la reincorporación y regreso al trabajo.
12. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ULCUMAYO
IX. RESPONSABILIDADES DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN.
Los trabajadores, servidores y administrados, son los responsables del cumplimiento
del presente plan, de acuerdo a lo normado en él.
X. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA EL
CUMPLIMIENTO DEL PLAN.
TERMÓMETRO DIGITAL DE FRENTE
JABÓN
PAPEL TOALLA
LETREROS PARA EL LAVADO DE MANOS EN BAÑOS Y LAVADERO
FRENTE A MUNICIPALIDAD.
MASCARILLAS
BOTAS DE JEBE
GUANTES
LEJÍA
DETERGENTE
MATERIALES PARA FELPUDOS CON LEJÍA EN LA PUERTA.
CUADERNO Y LAPICERO PARA REGISTRO DE PERSONAS QUE INGRESEN
A LA MUNICIPALIDAD.
CUADERNO Y LAPICERO PARA REGISTRO DIARIO DE LA TEMPERATURA
DE LOS TRABAJADORES (INGRESO Y SALIDA).
XI. DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO.