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Tecnologías de la Investigación Jurídica
Maestra:
Lourdes Leticia Chávez Álvarez
Tema:
El Derecho de la propiedad intelectual y las nuevas Tecnologías de
la Información y Comunicación
Equipo:
1151136 Flores González Cinthia Carolina
01151048 García Ventura Stephanie
1149857 García Zazueta Dacia
Mexicali B.C, a 16 de Mayo del 2017
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA
CALIFORNIA
Facultad de Derecho Mexicali
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1. Introducción
El Derecho informático no se dedica al estudio del uso de los
aparatos informáticos como ayuda al Derecho, sino que
constituye un conjunto de normas, aplicaciones, procesos,
relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la
aplicación y desarrollo de la informática.
Uno de los problemas más importantes que confronta el
Derecho de la Informática es la protección jurídica derivada de
las nuevas tecnologías de la Información y Comunicación.
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2. Programas de Computación
Son el conjunto de procedimientos que integran el soporte
lógico de las maquinas que permiten la ejecución del
proceso de tratamiento de la información.
Los programas de fuente están ligados al funcionamiento
mismo de las maquinas que guardan relación con las
memorias centrales para traducir, interpretar, editar.
Los programas de objeto son los que satisfacen las
necesidades más variadas de los usuarios y permiten el
tratamiento de datos definidos concretamente y disociables
de la máquina.
Los programas de aplicación guardan estrecha relación
con las memorias centrales y auxiliares de la computadora
.
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3.Protección Jurídica de los
Programas de Computo
Veremos cómo diferentes
ramas del Derecho se
enfrentan al problema de la
protección jurídica de los
programas.
La vía Civil y Mercantil por medio
de contratos es decir a través de un
conjunto de cláusulas alusivas a la
seguridad y protección de los
programas, consignando el eventual
acceso a los mismos por personas no
autorizadas , uso inadecuado,
modificaciones no pactadas,
destrucción de información.
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Todo contrato referente a un programa deberá en
efecto hacer alusión a cláusulas que garanticen la
seguridad de los datos y prohibir el acceso a los
mismos a toda persona no autorizada a:
• Destruir información, borrar contenido de un
disco o una banda magnética.
• Explotar un programa donde el uso este
reservado por contrato
• Utilizar los recursos de un sistema sin
autorización.
Por competencia desleal, es la vía jurídica que permite
contrarrestar los actos de competidores que son los
contrarios a los usos honestos del comercio y
principalmente los que puedan crear una confusión con el
establecimiento, los productos o la actividad industrial o
comercial de un competidor.
Por enriquecimiento sin causa está en base de una teoría
que dice que esta prohibido enriquecerse en detrimento de
otro.
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En la vía penal se menciona sobre lo que concierne de
los secretos comerciales, que se implica una divulgación
intencional de alguna información (en este caso referida
en un programa de computo) dichas figuras si bien
apropiadas en apariencia pero revisten dificultades a nivel
probatorio en cuanto a la difusión de información.
En el fraude se requiere un engaño o aprovecharse de un
error que permita hacerse ilícitamente de alguna cosa o
para alcanzar un lucro indebido.
En el robo es el apoderamiento de algo, en este caso no
es tangible si no algo inmaterial (software)
7. En la propiedad Industrial aquí se mencionan las patentes es un
derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una
invención, la que proporciona derechos exclusivos que permitirán
utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la utilicen sin su
consentimiento. Si opta por no explotar la patente, puede venderla o
ceder los derechos a otra empresa para que la comercialice bajo
licencia.
En las Marcas, son un signo visible protegido por un derecho
exclusivo concedido en virtud de la ley, que sirve para diferenciar las
mercancías de una empresa de otra. Le permite tener un producto
con carácter distintivo, poder proteger el producto de la empresa,
indica el origen y la publicidad que es de suma importancia.
En la propiedad literaria y artística se encuentra algo muy
importante que es el copyright (también conocido como derechos de
autor) que es el derecho que la ley reconoce al autor de una obra
intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los
beneficios que esta genere
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4.Situación Nacional sobre la protección
Jurídica de los Programas de Cómputo.
Se entiende por programa de computación la expresión original en cualquier forma,
lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia,
estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o
dispositivo realice una tarea o función específica.
Los programas de computación se protegen en los mismos términos que las obras
literarias. Dicha protección se extiende tanto a los programas operativos como a los
programas aplicativos, ya sea en forma de código fuente o de código objeto. Se
exceptúan aquellos programas de cómputo que tengan por objeto causar efectos
nocivos a otros programas o equipos
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Salvo pacto en contrario, los derechos patrimoniales sobre un programa de
computación y su documentación, cuando hayan sido creados por uno o varios
empleados en el ejercicio de sus funciones o siguiendo las instrucciones del
empleador, corresponden a éste.
El usuario legítimo de un programa de computación podrá realizar el número de
copias que le autorice la licencia concedida por el titular de los derechos de autor,
o una sola copia de dicho programa siempre y cuando: I. Sea indispensable para
la utilización del programa, o II. Sea destinada exclusivamente como resguardo
para sustituir la copia legítimamente adquirida, cuando ésta no pueda utilizarse por
daño o pérdida.
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5. La piratería en Programas de
Computo
El uso de software ilegal en el país registró en los últimos 10
años un descenso importante, al pasar de 65 a 52%, debido a
una mayor conciencia de los usuarios y a una mayor evolución
del mercado, destacó el director Kiyoshi Tsuru de
BSA The Software Alliance en México.
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6. Protección Jurídica de los
nombres de Dominio.
Un dominio en términos generales es un nombre que puede
ser alfanumérico que generalmente se vincula a
una dirección física que generalmente es una computadora
o dispositivo electrónico.
Generalmente se utilizan para representar las direcciones
de las páginas web. Puesto que Internet se
basa en direcciones IP (Protocolo de Internet) que en
términos simples se puede decir que son los números de
conexión de cada computadora que está conectada a
internet.
12. También hay diferentes tipos de TLD que es el Top Level Domain entre los más
importantes son el, .com, .info, .net, .org.
EL .com es la extensión de dominio más popular, es el típicamente asociado con los
negocios con fines de lucro.
El .net es la extensión de dominio .net está asociada con negocios cuya base principal
está online: comercios que se hayan principalmente en internet y con la puesta en
marcha de desarrollos de última tecnología.
El .org resume el término "organización" y es comúnmente utilizado por organizaciones
sin fines de lucro
El .info es una abreviación del término 'información" y generalmente es utilizado por
sitios con un concepto educacional o con una base informativa.
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7. Registro de los Nombres de
Dominio
Los dominios se registran de acuerdo con su disponibilidad sin
comprobar si se tiene relación con el nombre que está
arrendando o puede originarse un conflicto legal de derechos de
marca. Esto ha hecho que muchas empresas se dediquen a
arrendar nombres con potencial valor para luego
subarrendarlos.
14. Conclusión
Los programas de cómputo necesitan
protegerse jurídicamente debido a la acentuada
piratería de los mismos. El Derecho en sus
diferentes ramas existen figuras referentes a
la violabilidad de contratos, de competencia
desleal y enriquecimiento sin causa, asimismo
en el Derecho Penal se han generado delitos
referentes a la propiedad industrial en lo
relativo a las marcas y patentes , así como
derechos de autor , todo esto para poder
proteger los programas