2. Las funciones del Auxiliar de Enfermería vienen recogidas en
los artículos 74 al 84, con las prohibiciones referidas en
el artículo 85, del Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo
de la Seguridad Social. Dicho estatuto se plasmó en una Orden
del Ministerio de Trabajo de 26 de Abril de 1973 (publicado en
el B.O.E. del 28 y 30 de Abril de 1973). Aunque se ha
promulgado el nuevo Estatuto Marco que afecta a todo el
personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (Ley
55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres estatutos
vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el antiguo
Estatuto continúan vigentes (según la Disposición Transitoria
Sexta de la Ley 55/2003).
3. Concepto de enfermería
Enfermería es un concepto vinculado a la salud y al sistema
sanitario. Puede tratarse de la profesión que consiste en
el cuidado y la atención de enfermos y heridos bajo criterios
clínicos; los estudios que se exigen para obtener dicha
titulación; la dependencia para la atención de los enfermos; o
el conjunto de enfermos de un determinado lugar o tiempo.
4. Auxiliar, por otra parte, es aquel o aquello que
auxilia (que presta asistencia, ayuda o
colaboración). El término se utiliza para nombrar
al funcionario técnico o administrativo de
categoría subalterna.
Se conoce como auxiliar de enfermería a
la persona que tiene una titulación técnica en
cuidados de enfermería. Los alcances de esta
profesión varían según el país, ya que el concepto
se utiliza para nombrar diversos grados de
capacitación.
5. Se conoce como auxiliar de enfermería a la persona que tiene
una titulación técnica en cuidados de enfermería. Los alcances de
esta profesión varían según el país, ya que el concepto se utiliza
para nombrar diversos grados d capacitación.
En España, por ejemplo, el auxiliar de enfermería está capacitado
para alimentar e higienizar a enfermos o heridos, analizar signos
vitales y suministrar medicación por vía oral o rectal.
6. En América Latina, los enfermeros auxiliares cuentan
con una formación básica en enfermería y están en
condiciones de realizar curaciones o limpiezas bajo la
supervisión de un superior.
Lo habitual es que el auxiliar de enfermería trabaje
en equipo junto a enfermeros y médicos en hospitales,
centros de salud o consultorios. El médico es quien
toma las decisiones más importantes y ordena al
auxiliar de enfermería qué tareas realizar.
7. La enfermería como profesión
La enfermería también es una profesión de
titulación universitaria que se dedica al cuidado
integral del individuo, la familia y la comunidad en
todas las etapas del ciclo vital y en sus procesos
de desarrollo. En España y Colombia existe otro
oficio dentro de la Enfermería cuyas funciones
complementan la labor de los enfermeros:
el titulado técnico en cuidados auxiliares de
enfermería, más conocido como auxiliar de
enfermería.
8. Las Auxiliares de Enfermería, bajo la dependencia del
enfermero/a en el ámbito de responsabilidad de enfermería
deberán realizar las actividades y tareas correspondientes a
su titulación que se enumeran a continuación. Su desarrollo
se realizará en función del centro en el que prestan servicios.
9. En los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios
y Socio sanitarios, realizarán las siguientes:
.Colaborar con el enfermero/a y bajo su supervisión,
en la recogida de los datos termométricos.
Igualmente, recogerá los signos que hayan llamado su
atención y de las espontáneas manifestaciones de los
enfermos sobre sus propios síntomas, que comunicará
al responsable correspondiente.
.Colaborar con el enfermero/a en el rasurado de los
enfermos.
.Preparación de guantes, apósitos de gasa y otro
material.
.Recepción de los carros de comida y la distribución
de la misma.
.Dar comidas a los enfermos que no puedan hacerlo
por sí mismos, salvo en aquellos casos que requieran
cuidados especiales.
10. .Servir las comidas a los enfermos, atendiendo a la colocación y retirada de
bandejas, cubiertos y vajillas y carros a nivel de planta.
.Clasificar y ordenar la lencería del Servicio correspondiente, de reposición
de ropas y de vestuario, efectuando el control y recuento tanto de ropa
sucia como de limpia.
.Hechura y arreglo de las camas de los enfermos, excepto cuando por su
estado le corresponda al Enfermero/a, ayudando al mismo en este caso.
.Traslado de ropa usada a la lavandería y recogida de la ropa limpia desde la
misma.
.Llevar y poner las cuñas a los enfermos y retirarlas, teniendo cuidado de su
limpieza.
.Realizar la limpieza de los carros de curas y elementos materiales, vitrinas
y su material, aparataje clínico y de laboratorio.
11. .Realizar la recogida y limpieza de instrumental de quirófano y prestar la
ayuda necesaria al Enfermero/a en el ordenamiento de vitrinas y arsenal,
así como la preparación de material para su esterilización.
.Retirar los residuos sanitarios de las distintas dependencias del centro
hasta los puntos determinados en el Plan de eliminación de residuos,
establecido para el centro y normas complementarias.
.Realizar el aseo y limpieza de los enfermos, ayudando al enfermero/a
cuando la situación del enfermo lo requiera.
.Por indicaciones del Enfermero/a colaborará en la administración de
medicamentos por vía oral y rectal, con exclusión de la vía parenteral,
cerciorándose de la toma de los mismos por el paciente, asimismo
aplicarán enemas de limpieza, salvo en casos de pacientes graves.
.Ayudar al Enfermero/a en la colocación o fijación del paciente en el lugar
especial de su tratamiento.
12. • Controlar las posturas estáticas de los pacientes, levantar y acostar a los
pacientes. Controlar y ayudar, en su caso, en la de ambulación de los
mismos.
• Ayudar en la preparación de los chasis radiográficos, así como el
revelado, clasificación y distribución de las radiografías y a la preparación
de los aparatos de electro medicina, cuando preste servicios en unidades
correspondientes.
• Recepción de volantes y documentos y su registro correspondiente para
la asistencia a los enfermos. Tendrán a su cargo la orientación y
distribución de dichos pacientes, en su caso.
• Control de la diuresis con cambio de bolsa o vaciado y colocar los
colectores.
• En general, todas aquellas actividades que vienen a facilitar las funciones
del Médico y del Enfermero/a, en cuanto no se opongan a lo establecido
en las presentes normas.
• Colaboran también en las actividades y programas que se realicen en el
ámbito comunitario.